PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS NIIF
Fecha de Recepción en BMV: jueves 30 junio 2011 16:24 PM Archivo adjunto Prefijo EVENTORE Clave Cotización FEMSA Fecha 30/06/2011 Razón Social
FOMENTO ECONÓMICO MEXICANO, S.A.B. DE C.V.
Lugar
MONTERREY N.L. MÉXICO
Asunto
PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS NIIF
Eventos Relevantes
FOMENTO ECONÓMICO MEXICANO, S.A.B. DE C.V. ("FEMSA") (BMV: FEMSAUBD, NYSE: FMX) PRESENTA EL REPORTE SOBRE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE ADOPCION POR PARTE DE LA COMPAÑÍA DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA ("INTERNATIONAL FINANCIAL REPORTING STANDARDS" O "NIIF" ) Y SU PLAN DE IMPLEMENTACIÓN EN LA CONTABILIDAD. LO ANTERIOR, EN CUMPLIMIENTO A OFICIO DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES.
Mercado Exterior
REPORTE DEL PLAN SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN
DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA FOMENTO ECONÓMICO MEXICANO, S.A.B. DE C.V.
En cumplimiento con lo establecido en fecha 13 de mayo de 2011 (el “Oficio”) de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”), Fomento Económico Mexicano, S.A.B. de C.V. (“FEMSA” o la “Compañía”) hace del conocimiento de los inversionistas y el público en general el presente reporte sobre la situación que guarda el proceso de adopción por parte de la Compañía de las Normas Internacionales de Información Financiera (“International Financial
Reporting Standards” o “NIIF” ) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad (“International Accounting Standards Board” o “IASB”), así como el plan de implementación de las NIIF en la contabilidad de la Compañía (el “Reporte”) .
El presente reporte se realizó de acuerdo al instructivo contenido en el Anexo del Oficio de la CNBV.
Objetivo del Reporte
El objetivo del presente Reporte es dar a conocer de manera explicativa a la CNBV, al público inversionista y demás terceros interesados, el proceso de actividades y acciones que la Compañía ha considerado para implementar por primera vez las NIIF.
La divulgación de la mencionada información y explicación permitirá conocer las actividades que la Compañía ha realizado y seguirá realizando para adecuar sus procesos y sistemas a fin de alcanzar una implementación exitosa de las NIIF. Asimismo, el presente Reporte permitirá obtener un panorama de las posibles acciones y efectos que se puedan generar en la contabilidad de la Compañía y que conlleven a la Compañía a mostrar su información financiera de conformidad con la nueva normatividad contable.
Información a Revelar
1. Impactos Contables y de Negocio (1.1 – 1.8) 2. Impactos en Sistemas de Información (2.0) 3. Avance en la Transición (3.0)
4. Consideraciones Adicionales (4.0)
1. Impactos Contables y de Negocio
Los estados financieros consolidados de la Compañía por el año terminado el 31 de diciembre de 2012, serán los primeros estados financieros anuales que cumplirán con las NIIF. La Compañía aplicará la NIIF 1, “Adopción Inicial”, en la preparación de sus primeros estados financieros consolidados en NIIF.
La Fecha de Transición a NIIF de la Compañía será el 1 de enero de 2011 (la “Fecha de Transición”), por lo cual la administración se encuentra actualmente en proceso de elaboración del Estado de Posición Financiera de transición bajo NIIF a esa fecha.
Para el año terminado el 31 de diciembre de 2010, la Compañía presentó su información financiera a nivel consolidado bajo Normas de Información Financiera Mexicanas (“NIF”). En atención al requerimiento de la CNBV, en el presente Reporte se estarán detallando las diferencias en los requerimientos de reconocimiento, medición y presentación entre las NIIF y las NIF.
En la elaboración del Estado de Posición Financiera de transición a NIIF, la Compañía aplicó las excepciones obligatorias y ciertas exenciones opcionales establecidas en la NIIF 1, “Adopción Inicial”, sobre la completa aplicación retrospectiva de NIIF.
1.1 Exenciones Opcionales Utilizadas por la Compañía
La Compañía aplicó las siguientes exenciones opcionales: a) Adquisiciones de negocios
La Compañía no modificó sus adquisiciones de negocios anteriores a la Fecha de Transición por lo cual no realizó la remedición de los valores determinados a la fecha de adquisición; incluyendo el importe del crédito mercantil. La Compañía aplicó esta exención principalmente porque las últimas adquisiciones se han hecho en el marco de la NIF B-7 “Combinación de Negocios”, la cual converge con su equivalente NIIF 3 “Combinación de Negocios”.
b) Pagos Basados en Acciones
La administración de la Compañía tomará esta exención opcional si su plan de acciones otorgado a ciertos ejecutivos clave califica como pago basado en acciones – ver sección 1.3.1 (f).
c) Costo asumido o “deemed cost” A la Fecha de Transición a NIIF, la Compañía reconoció como su costo asumido para
NIIF el valor en libros bajo NIF (que representa el valor histórico indexado) de ciertos activos fijos. Por lo cual, para dichos activos fijos reconocidos a su costo asumido no existen efectos a la Fecha de Transición dado que su valor inicial en NIIF es igual al valor en NIF.
d) Beneficios a empleados
La Compañía aplicó la exención reconociendo todas las ganancias y pérdidas actuariales acumuladas contra utilidades retenidas a su Fecha de Transición.
e) Efecto acumulado por conversión
La Compañía aplicó la exención para no calcular de forma retrospectiva la diferencia por conversión de los estados financieros de operaciones extranjeras por lo que a la Fecha de Transición reclasificó el efecto acumulado de conversión registrado bajo NIF a utilidades retenidas y a partir del 1 de enero de 2011 calculará el efecto de conversión prospectivamente de acuerdo a la Norma International de Contabilidad (“NIC”) 21 “Efecto de las Variaciones en los Tipos de Cambio de la Moneda Extranjera”.
La aplicación de esta exención se detalla en la sección 1.3.1 (e).
f) Costos por intereses
La Compañía aplicó la exención establecida para costos por intereses manteniendo los activos calificables existentes a la Fecha de Transición y la capitalización de intereses correspondiente con base en las políticas de capitalización en NIF y a partir del 1 de enero de 2011 capitalizará los costos por intereses conforme a NIC 23 “Costos por Préstamos”.
1.2 Excepciones Obligatorias
La Compañía aplicó las siguientes excepciones obligatorias establecidas en la NIIF 1, las cuales no permiten la aplicación retrospectiva a los requerimientos establecidos en dichas normas:
a) Baja de activos y pasivos financieros
A la Fecha de Transición la Compañía aplicó las reglas de conformidad con la NIC 39 “Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición”, para dar de baja las transacciones que ocurrieron después de esa fecha y que no cumplen con el criterio de clasificación de esta norma.
A la Fecha de Transición, no existieron impactos para la Compañía relacionado con la aplicación de esta excepción.
b) Contabilidad de coberturas
A la Fecha de Transición, la Compañía midió a su valor razonable todos los instrumentos financieros derivados y solamente se designaron como coberturas contables aquellos instrumentos cuya relación de cobertura se designó y documentó de manera efectiva de acuerdo a NIC 39.
A la Fecha de Transición no existieron impactos para la Compañía relacionados con la aplicación de esta excepción.
c) Participaciones no controladoras
La Compañía aplicó los requerimientos de la NIC 27, “Estados Financieros Consolidados e Individuales”, relativos a las participaciones no controladoras, de forma prospectiva a partir de la Fecha de Transición.
No existieron impactos para la Compañía relacionados con la aplicación de esta excepción.
d) Estimaciones
Las estimaciones realizadas por la Compañía bajo NIIF al 1 de enero de 2011 son consistentes con las estimaciones registradas de acuerdo a las NIF a la misma fecha. e) Clasificación y medición de activos financieros
Esta excepción requiere que la entidad tendría que evaluar si un activo financiero cumple las condiciones de la NIIF 9, “Instrumentos Financieros,” sobre la base de los hechos y circunstancias que existan en la Fecha de Transición a las NIIF. La NIIF 9 entra en vigor para periodos que comiencen el 1 de enero de 2013 y permite su aplicación anticipada. La Compañía se encuentra en el proceso de evaluar si aplicará dicha NIIF de manera anticipada.
f) Instrumentos Derivados Implícitos
La excepción consiste en revisar si un derivado implícito debiera de separarse del contrato principal y contabilizarse como un instrumento financiero derivado por separado a la fecha más lejana entre la fecha en que inicialmente se considera parte del contrato y la fecha en que se revisa su valor de acuerdo a la NIIF 9. La Compañía se encuentra en el proceso de evaluar si estará adoptando dicha NIIF de manera anticipada.
1.3 Efectos Contables de Registro y Presentación de la Transición
Las siguientes revelaciones proveen una descripción cualitativa de los efectos esperados de transición a NIIF:
1.3.1 Efectos esperados en los Estados de Posición Financiera de transición y comparativo de las NIIF (2011):
Ajustes:
a) Cancelación de la inflación en los activos no monetarios y capital contable.
En conformidad con los principios establecidos en las NIF, el monto de los activos no monetarios y el capital contable de la Compañía incluye inflación hasta el 31 de diciembre de 2007. Según la NIC 29 “Economías Hiperinflacionarias” el último periodo hiperinflacionario para el Peso Mexicano fue durante el año 1998. Por lo cual, la Compañía eliminó la inflación acumulada reconocida en los activos no monetarios y en el capital contable (excepto en el caso de ciertos activos fijos que utilizaron la exención de costo asumido o “deemed cost” – ver sección 1.1 (c)) con base en las NIF durante los años de 1999 hasta 2007 periodos que para propósitos de las NIIF no se consideraron hiperinflacionarios en México.
Para las subsidiarias en el extranjero, se eliminó la inflación acumulada desde su fecha de adquisición (excepto en el caso de Venezuela, considerada como economía hiperinflacionaria a la Fecha de Transición y de ciertos activos fijos que utilizaron la exención de costo asumido o “deemed cost” – ver sección 1.1 (c)) porque las economías de dichos países no se consideraron como hiperinflacionarias desde la fecha en la cual los empezó a consolidar FEMSA.
A partir del 1 de enero de 2008, los estados financieros consolidados bajo NIF de la Compañía, presentados en pesos mexicanos, forman parte de un entorno económico no inflacionario y por lo tanto no incluyen los efectos de los cambios en el nivel de precios de dicho entorno. Sin embargo, algunas subsidiarias de FEMSA operan en economías que son consideradas como inflacionarias bajo NIF, pero no califican como hiperinflacionarias de acuerdo a las NIIF. Como resultado, los efectos por la diferencia de la inflación reconocida en dichas subsidiarias en NIF fueron conciliados bajo NIIF.
b) Beneficios a empleados
La Compañía aplicó la exención permitida por la NIIF 1, reconociendo todas las pérdidas actuariales acumuladas, netas contra utilidades retenidas a la Fecha de Transición.
Adicionalmente, bajo NIF la Compañía registraba una provisión por concepto de indemnización por terminación laboral de sus empleados. Para NIIF esta provisión se registra conforme a NIC 19 “Beneficios a Empleados” hasta el momento que la Compañía tenga un compromiso demostrable para terminar la relación con el empleado o haber hecho una oferta para alentar el retiro voluntario lo cual le da derecho a recibir su indemnización. Acorde con esto, a la fecha de la transición, la Compañía canceló su pasivo por indemnizaciones contra utilidades retenidas.
La Compañía aplicó lo mencionado en el párrafo 9 de la NIIF 1, reconociendo el activo de transición proveniente de NIF contra utilidades retenidas a la Fecha de Transición. c) Derivados Implícitos
Para propósitos de NIF, la Compañía ha identificado y registrado derivados implícitos para ciertos contratos denominados en moneda extranjera. De acuerdo a los principios establecidos en la NIC 39, la Compañía esta cancelando los derivados implícitos cuando la moneda extranjera es comúnmente usada en el ambiente económico donde se firmaron los contratos. Por lo cual, al 1 de enero de 2011 se cancelaron los derivados implícitos reconocidos en NIF.
d) Impuestos a la utilidad diferidos
Los ajustes de NIIF que se reconocerán por parte de la Compañía tendrán un impacto en el cálculo de los impuestos a la utilidad diferidos de acuerdo a los requerimientos establecidos por la NIC 12, “Impuestos a la Utilidad”.
e) Efecto acumulado de conversión de moneda extranjera
La Compañía decidió utilizar la exención proporcionada por la NIIF 1, la cual le permite ajustar a cero todas las diferencias por conversión que había reconocido en NIF a la Fecha de Transición.
f) Plan de acciones
La Compañía se encuentra en el proceso de evaluar los posibles impactos en NIIF relacionados con su plan de acciones que otorga a ciertos ejecutivos clave.
g) Utilidades retenidas
Todos los ajustes derivados de la conversión de la Compañía a NIIF a la Fecha de Transición, fueron registrados contra utilidades retenidas.
Reclasificaciones:
h) Efectivo restringido
De acuerdo al análisis realizado de las diferencias entre NIIF y NIF, y la evaluación del impacto en cada una de ellas, la Compañía concluye que la adopción de la NIC 7 “Estado de Flujos de Efectivo” es una norma con impactos de presentación de la información financiera, en la cual, el efectivo restringido será reclasificado del rubro de efectivo a otros activos circulantes/largo plazo para el Estado de Posición Financiera.
i) Pagos anticipados
- Bajo NIF, la Compañía presentó los anticipos a proveedores dentro del rubro de inventarios al 1 de enero de 2011, de acuerdo a NIIF, estos últimos deben ser reclasificados, por lo que serán presentados en otros activos circulantes en el balance de transición.
- Bajo NIF, la Compañía presentó los anticipos por compras de activos fijos dentro del rubro de activo fijo al 1 de enero de 2011, de acuerdo a NIIF, estos últimos deben ser reclasificados, por lo que serán presentados en otros activos circulantes en el balance de transición.
j) Mejoras en propiedades arrendadas
Para propósitos de las NIF, la Compañía presenta las mejoras en propiedades arrendadas dentro de otros activos de largo plazo. Dichos activos cumplen con la definición de un activo fijo conforme la NIC 16, “Propiedad, Planta y Equipo”, por lo cual serán reclasificados dentro de este rubro para propósitos de las NIIF.
1.3.2 Efectos esperados en el estado de utilidad integral consolidado durante el año comparativo de las NIIF (2011):
El Estado de Resultados Consolidado de la Compañía incluirá las otras partidas de la utilidad integral por lo que su nombre cambia a Estado de Utilidad Integral Consolidado.
Acorde con los impactos descritos en la sección 1.3.1, el Estado de Utilidad Integral Consolidado de la Compañía será afectado principalmente por los gastos por depreciación y amortización como resultado de la eliminación de la inflación acumulada reconocida en los activos no monetarios; por la desconexión de la contabilidad inflacionaria para Costa Rica, Argentina y Nicaragua; la cancelación de provisiones por indemnizaciones de no reestructura y devengos de pasivo de transición y ganancias y pérdidas actuariales; la cancelación de derivados implícitos; la modificación de la provisión de impuestos diferidos, consecuencia del cambio en valores contables por migración a NIIF.
Conforme a NIF, ciertas partidas fueron presentadas debajo de la utilidad de operación durante el 2011, mismas que para NIIF se considerarán como parte de la operación. La Compañía está en proceso de reestructurar su Estado de Utilidad Integral para dar cumplimiento a la NIC1 Presentación de Estados Financieros.
1.3.3 Efectos esperados en el estado de flujo consolidado durante el año comparativo de las NIIF (2011):
De acuerdo al análisis realizado de las diferencias entre NIIF y NIF, y la evaluación del impacto en cada una de ellas, la Compañía concluye que la adopción de la NIC 7 es una norma con impactos de presentación de la información financiera para la elaboración del primer Estado de Flujos de Efectivo bajo NIIF, en el cual, el efectivo restringido será reclasificado del rubro de efectivo a otros activos circulantes/largo plazo (para Balance General, en función a su vencimiento) y presentado en el Estado de Flujos de Efectivo conforme a su naturaleza en las secciones de operación, financiamiento ó inversión; por otra parte, las fluctuaciones cambiarias sobre efectivo y equivalentes no realizadas no serán tratadas como flujo y serán presentadas en el rubro llamado efectos de conversión e inflación en efectivo y equivalentes de efectivo después del rubro de efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del periodo.
1.4 Impactos en políticas contables
La Compañía está analizando el impacto de estos cambios contables en sus principales políticas. A la fecha del presente reporte nos encontramos en este proceso. Adicionalmente, la Compañía no utilizó de manera supletoria alguna norma diferente a NIIF.
1.5 Impactos en la Información Histórica
A la Fecha de Transición, la Compañía estará utilizando las exenciones opcionales y excepciones obligatorias establecidas por la NIIF 1 reveladas anteriormente en este comunicado. Dichas exenciones y excepciones limitan la posibilidad de preparar información financiera antes de la Fecha de Transición, por lo cual la Compañía solamente estará presentando información financiera que cumpla con los lineamientos de las NIIF establecido por el IASB a partir del 1 de enero de 2011 y en los periodos subsecuentes.
Adicionalmente seguirá presentando información financiera a la Bolsa Mexicana de Valores con base en NIF durante el año 2011.
1.6 Impactos en los Indicadores Clave de Rendimiento
Los indicadores clave de desempeño actuales podrán ser impactados por el cambio a NIIF
(ver sección 1.3.2).
La Compañía se encuentra en proceso de evaluar los impactos finales de la adopción de NIIF.
1.7 Impactos en las Obligaciones Contractuales
La Compañía ha identificado los contratos que pudieran ser impactados por el cambio a NIIF, sin embargo en la etapa de la implementación se evaluarán los impactos finales y cambios potenciales por nuevas NIIF.
1.8 Moneda Funcional
No existieron impactos para la Compañía relacionados con su moneda funcional.
2.0 Impactos en Sistemas de Información
La Compañía ha identificado las modificaciones necesarias en los sistemas operativos y de información y actualmente está en proceso de implementación de las mismas, las cuáles son:
Sistemas Operativos:
Adaptaciones al modulo de activos no monetarios para continuar con el proceso de depreciación y amortización sobre valores distintos a los reflejados en NIF y acordes con la política de costo histórico adoptada conforme a NIIF (ver sección 1.3.1(a)), así como modificaciones al mapeo de algunos rubros del Estado de Utilidad Integral de la Compañía.
Sistemas de Información:
Modificaciones al sistema de consolidación para desconectar el cálculo de inflación y cambiar las lógicas de conversión de Argentina, Nicaragua y Costa Rica; países que hasta el 31 de diciembre de 2010 operaron como entorno inflacionario en NIF y cambiaron a entorno no inflacionario conforme a NIIF.
Adicionalmente se realizarán modificaciones a las plantillas de reporteo para presentar el Estado de Utilidad Integral conforme a las disposiciones de NIIF (ver sección 1.3.2). La Compañía ha decidido realizar modificaciones a sus sistemas de información financiera para llevar en paralelo los registros contables bajo NIIF y NIF, al menos durante el ejercicio 2012.
3.0 Avance en la Transición
A continuación se incluye una descripción de los hallazgos y/o trabajos realizados a la fecha de este reporte:
• Se completaron cuestionarios de diferencias entre NIIF y NIF.
• Se realizaron análisis de cada uno de los rubros de los estados financieros y sus notas para identificar posibles impactos por la conversión.
• Se realizaron reuniones de trabajo para revisar las normas y comparar contra las políticas contables de la Compañía.
• Se identificaron las áreas en donde NIIF permite opciones de política contable. • Se identificaron las áreas en donde NIIF 1 permite opciones de primera adopción. • Se ha dado a conocer a los miembros del Consejo de Administración sobre la
obligatoriedad de presentar información financiera bajo NIIF a partir del 1 de enero de 2012.
• Se realizaron comparativos con entidades de la misma industria en otros países y entidades mexicanas que ya reportan bajo NIIF, con el fin de identificar mejores prácticas.
• Se evaluaron las elecciones de política contable.
• Se evaluaron las elecciones de implementación de NIIF 1.
• La Administración de la Compañía ha tomado las decisiones sobre las exenciones para la transición a NIIF, así como las opciones de políticas contables subsecuentes.
• Se desarrolló una estrategia para la conversión priorizando relevancia e impacto. • Se evaluaron las necesidades de capacitación y se estableció un programa de
capacitación conforme a los hallazgos de la fase de evaluación de impactos. • Se preparó un resumen de los hallazgos de la fase de evaluación de impactos. A continuación se describen brevemente las acciones que tomará la Compañía en los próximos meses para cumplir con la fecha de adopción obligatoria:
• Se concluirá con la cuantificación de los ajustes de NIIF.
• Se determinará la información comparativa correspondiente al año de transición. • Se concluirá la documentación de las conclusiones técnicas-contables de NIIF. • Se prepararán las conciliaciones requeridas por NIIF.
• Se preparará un modelo de notas del estado financiero.
• Se realizará la auditoría de la información financiera comparativa de NIIF correspondiente al año de transición.
• Se concluirá el análisis del tratamiento contable que bajo NIIF se aplicará al plan de beneficios definidos que la Compañía otorga a ciertos ejecutivos clave.
• Se concluirá con el proceso de aprobación de las decisiones por los órganos de gobierno.
• Se concluirá con la determinación de impactos de las normas emitidas no vigentes al 31 de diciembre de 2012.
• Se evaluarán los impactos en procesos y controles relacionados con la adopción de la NIIF.
A la fecha del presente documento no existen exenciones pendientes de decidir.
4.0 Consideraciones adicionales
La información presentada en este documento debe considerarse como información preliminar no auditada. Consideramos que esta información pudiera sufrir modificaciones, derivado de lo siguiente:
• NIIF 1 requiere la aplicación de las normas vigentes a la fecha del Estado de Posición Financiera de sus primeros estados financieros completos conforme a NIIF (fecha de adopción), en el caso de la Compañía 31 de diciembre de 2012. De conformidad con lo anterior, la información aquí presentada podría sufrir modificaciones si entre esta fecha y la fecha de adopción:
- Existen modificaciones a las normas aplicadas y/o sus interpretaciones y dichas modificaciones tienen vigencia antes de la fecha de adopción a NIIF por la Compañía o bien, si tienen vigencia después de la fecha de adopción, se permite su aplicación anticipada y la Compañía decide adoptarlas.
- Existen nuevas normas y/o interpretaciones y dichas nuevas normas tienen vigencia antes de la fecha de adopción a NIIF por la Compañía o bien, si tienen vigencia después de la fecha de adopción, se permite su aplicación anticipada y la Compañía decide adoptarlas.
Por lo anterior, el presente documento deberá ser considerado como un documento base y se emite únicamente para efectos de comunicar la situación que guarda el proceso de adopción de las NIIF por parte de la Compañía. Por lo mismo, la información contenida en dicho documento no podrá ser considerada como definitiva hasta en tanto no se haya concluido el primer año de reporte en diciembre de 2012. En tal virtud, la Compañía se reserva el derecho de elegir cualquier opción distinta a la seleccionada en este documento hasta el cierre del ejercicio contable 2012.
En Mayo de 2011, el IASB emitió las siguientes nuevas NIIF con fecha efectiva de aplicación a los periodos que comiencen el 1 de Enero de 2013:
• La NIC 27 “Estados Financieros Individuales” que tiene como objetivo establecer los estándares aplicables en la contabilidad para las inversiones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos, cuando una entidad elige o es requerida por las regulaciones locales, de presentar estados financieros no consolidados. Esta norma no dicta cuáles entidades producen estados financieros individuales disponibles para uso público, es aplicable cuando una entidad prepara estados financieros individuales de acuerdo con las NIIF. Los estados financieros individuales son aquellos presentados por una entidad controladora, un inversionista con control conjunto o influencia significativa,
en los cuales las inversiones se contabilizan al costo o de acuerdo con la NIIF 9 “Instrumentos Financieros”.
• La NIC 28 “Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos”, cuyo objetivo es prescribir la contabilidad para las inversiones en asociadas y establecer los requerimientos para la aplicación del método de participación cuando se contabilizan dichas inversiones y las inversiones en negocios conjuntos. Esta norma es aplicable a todas las entidades que son inversionistas con control conjunto o influencia significativa sobre otra entidad. La norma reemplaza a la versión anterior de la NIC 28 “Inversiones en Asociadas”.
• La NIIF 10 “Estados Financieros Consolidados”, que tiene como objetivo establecer los principios para la presentación y preparación de los estados financieros consolidados cuando una entidad controla una o más entidades. La norma requiere a una compañía controladora que presente sus estados financieros consolidados; modifica la definición sobre el principio de control y establece a dicha definición como la base para la consolidación; establece cómo debe aplicarse el principio de control para identificar si se debe consolidar una inversión; también establece los requerimientos contables para la preparación de estados financieros consolidados. La norma es un reemplazo para la NIC 27 “Estados Financieros Consolidados e Individuales” y para la SIC 12 “Consolidación de Entidades de Propósito Específico”. • La NIIF 11 “Acuerdos Conjuntos” tiene como base el principio de que un acuerdo
conjunto es un arreglo en donde dos o más entidades comparten el control, el cual existe solo cuando las decisiones acerca de las actividades relevantes (que afectan significativamente los riesgos del acuerdo) requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten dicho control. La NIIF clasifica los acuerdos conjuntos en dos tipos: operaciones conjuntas y negocios conjuntos, eliminando el concepto de activos conjuntos. Una operación conjunta es un acuerdo conjunto en el que las partes que tienen control conjunto del acuerdo (operadores conjuntos) tienen derechos a los activos y obligaciones por los pasivos, relativos al acuerdo. Un negocio conjunto es un acuerdo conjunto en el que las partes que tienen control conjunto de dicho acuerdo, tienen derechos a los activos netos del acuerdo. La NIIF requiere a las partes que se reconozca la inversión y se contabilice utilizando el método de participación de acuerdo con la NIC 28, a menos que la entidad esté exenta de la aplicación del método de participación como se especifica en esta norma. Esta norma entra en vigor para reemplazar la NIC 31 “Intereses en Negocios Conjuntos” y para la SIC 13 “Entidades Controladas Conjuntamente – Contribuciones no Monetarias por una de las Partes”.
• La NIIF 12 “Revelación de Intereses en Otras Entidades” tiene como objetivo requerir la revelación de información que permite a los usuarios de la información financiera evaluar la naturaleza y el riesgo asociado con sus intereses en otras entidades, además de los efectos de dichos intereses en su posición y desempeño financiero así como en sus flujos de efectivo.
• La NIIF 13 “Medición a Valor Razonable” tiene como objetivo definir el valor razonable y establecer en una sola norma, un marco conceptual para la medición de dicho valor razonable y los requerimientos de revelación acerca de esas mediciones. Esta norma aplica cuando otra NIIF requiere o permite la medición a valor razonable, excepto para transacciones bajo el alcance de NIIF 2 “Pagos Basados en Acciones”,
NIC 17 “Arrendamientos”, mediciones que tienen similitudes al valor razonable pero que no se consideran como tal, como el valor neto de realización bajo el alcance de NIC 2 “Inventarios” o el valor en uso en NIC 36 “Deterioro de Activos de Larga Duración”.
En junio de 2011, el IASB emitió mejoras a las siguientes normas:
• La NIC 1 Presentación de Estados Financieros, conserva las mejoras hechas en el año 2007 donde se requiere que la utilidad o pérdida y la utilidad integral se presenten juntas (ya sea en un estado de utilidad integral o por separado, un estado de resultados y un estado de utilidad integral). Además, requiere que las entidades agrupen los rubros presentados en otras partidas de la utilidad integral con base en si son potencialmente reclasificables a resultados, y que los impuestos asociados con rubros presentados antes de impuestos se muestren por separado de los dos grupos de rubros de otras partidas de la utilidad integral. Estas mejoras son aplicables a los periodos que inician a partir del 1 de Julio de 2012, permitiéndose su adopción anticipada. • Las mejoras a la NIC 19 Beneficios a Empleados generan cambios en la presentación
de otras partidas de la utilidad integral con respecto a las pensiones (y beneficios similares) eliminando el uso del corredor (banda de fluctuación), lo cual tiende a diferir las ganancias / perdidas actuariales. Todos los demás beneficios de largo plazo deben medirse de la misma manera a pesar de que los cambios en el monto reconocido se reflejen por completo a través de resultados. Además, se incluyen mejoras a las revelaciones de los planes de beneficios definidos, se modifica la contabilización para los beneficios por terminación, incluyendo la distinción entre los beneficios que se otorgan en el intercambio de un servicio y los que se proveen por la terminación del empleo y afectan el reconocimiento y la medición de los beneficios por terminación. La norma también clarifica la clasificación de los beneficios a empleados, estimados actuales de las tasas de mortalidad, costos fiscales y administrativos, así como riesgos y características condicionales indexadas. La NIC 19 es aplicable para los periodos que inician a partir del 1 de Enero de 2013, permitiéndose su adopción anticipada.
La Compañía se encuentra en el proceso de evaluar los impactos de estas nuevas normas y definir si las adopta anticipadamente.