Gabriel Silva Ruz
ESTRATEGIA Y PRÁCTICA PROFESIONAL
PROCESAL DE FAMILIA
2ª
EDICIÓN ACTUALIZADA
I
ÍNDICE
CAPÍTULO I
RELACIONES MATRIMONIALES
§ 1. Divorcio ... 2 1. DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO ... 3 2. ACUERDO COMPLETO Y SUFICIENTE O ACUERDO REGULATORIO
MATERIAS DE FAMILIA ... 10 3. DIVORCIO UNILATERAL POR CESE DE LA CONVIVENCIA ... 13 4. DIVORCIO UNILATERAL POR CESE DE LA CONVIVENCIA.
COMPENSACIÓN ECONÓMICA... 19 5. CONTESTACIÓN DE DEMANDA DIVORCIO UNILATERAL POR CESE CONVIVENCIA SE ALLANA A PRETENSIÓN. DEMANDA RECONVENCIONAL DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA ... 28 6. CONTESTACIÓN DEMANDA DIVORCIO UNILATERAL POR CESE DE LA CONVIVENCIA SE OPONE A PRETENSIÓN ... 38 7. CONTESTACIÓN DEMANDA DIVORCIO UNILATERAL POR CESE DE LA CONVIVENCIA SE OPONE A PRETENSIÓN. DEMANDA EN SUBSIDIO
II 8. CONTESTACIÓN DEMANDA DIVORCIO UNILATERAL POR CESE DE LA CONVIVENCIA SE OPONE A PRETENSIÓN. CONTESTA DEMANDA
COMPENSACIÓN ECONÓMICA... 45 9. DEMANDA DE DIVORCIO POR CULPA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR ... 48 10. DEMANDA DE DIVORCIO POR CULPA. CONDUCTA HOMOSEXUAL .... 54 11. CONTESTACIÓN DEMANDA DIVORCIO POR CULPA ... 60 12. CONTESTACIÓN DEMANDA DIVORCIO POR CULPA. CONTESTACIÓN COMPENSACIÓN ECONÓMICA... 64 13. OPONE EXCEPCIÓN DILATORIA FALTA DE COMPETENCIA DE
TRIBUNAL ... 67 14. CONTESTA DEMANDA DE DIVORCIO. INCUMPLIMIENTO OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS. CLÁUSULA DE DUREZA ... 69
§ 2. Cese de convivencia ... 78 15. NOTIFICACIÓN CESE DE CONVIVENCIA ... 79 16. NOTIFICACIÓN CESE DE CONVIVENCIA, NOTIFICACIÓN POR AVISO . 83 17. ESCRITURA DE CESE DE CONVIVENCIA ... 85
§ 3. Nulidad matrimonial ... 86 18. DEMANDA DE NULIDAD MATRIMONIAL, POR EXISTENCIA DE
IMPEDIMENTOS DIRIMENTES ... 87 19. DEMANDA DE NULIDAD MATRIMONIAL POR ERROR ACERCA DE
ALGUNA CUALIDAD PERSONAL ... 91 20. DEMANDA DE NULIDAD POR EXISTENCIA DE VÍNCULO MATRIMONIAL NO DISUELTO ... 94 21. DEMANDA DE NULIDAD MATRIMONIAL. DEMANDA DE
III 22. DEMANDA DE NULIDAD DE MATRIMONIO. DEMANDA EN SUBSIDIO
DIVORCIO ... 103
§ 4. Separación judicial ... 109
23. DEMANDA DE SEPARACIÓN JUDICIAL. REGULACIÓN DE LA RUPTURA MATRIMONIAL ALTERNATIVA AL DIVORCIO ... 110
24. CONTESTACIÓN DEMANDA SEPARACIÓN JUDICIAL ... 115
§ 5. Bienes familiares ... 117
25. DEMANDA DE DECLARACIÓN DE BIENES FAMILIARES ... 118
26. DEMANDA DE DESAFECTACIÓN DE BIEN FAMILIAR ... 126
27. DEMANDA DE DECLARACIÓN DE BIENES FAMILIARES, INEXISTENCIA DE HIJOS MATRIMONIALES ... 130
§ 6. Violencia intrafamiliar ... 137
28. DENUNCIA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR ENTRE CÓNYUGES. MEDIDA PRECAUTORIA ... 138
29. DENUNCIA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR ENTRE PERSONAS CON HIJO EN COMÚN ... 145
30. MEDIDA CAUTELAR ... 154
IV CAPÍTULO II
ASUNTOS DERIVADOS DE LA FILIACIÓN
§ 1. Adopción ... 163
32. ADOPCIÓN MATRIMONIO CHILENO ... 164
33. ADOPCIÓN MATRIMONIO EXTRANJERO ... 169
34. ADOPCIÓN POR PERSONA SIN VÍNCULO MATRIMONIAL ... 172
35. ADOPCIÓN SOLICITUD DE ENTREGA DE MENOR A CUIDADO DE ADOPTANTE ... 176
36. SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE SUSCEPTIBILIDAD DE ADOPCIÓN. RESERVA DEL PROCEDIMIENTO ... 179
37. SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE SUSCEPTIBILIDAD DE ADOPCIÓN ... 188
38. SUSCEPTIBILIDAD DE ADOPCIÓN POR PERSONA CON CONSANGUINIDAD CON EL MENOR ... 190
39. OPOSICIÓN A SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE SUSCEPTIBILIDAD DE ADOPCIÓN ... 196
§ 2. Alimentos ... 202
40. DEMANDA DE ALIMENTOS MAYORES ... 203
41. DEMANDA DE AUMENTO DE ALIMENTOS MENORES ... 209
42. DEMANDA DE REBAJA DE ALIMENTOS MENORES ... 214
43. ACOMPAÑA DOCUMENTO, COPIA DE APERTURA DE LIBRETA DE AHORROS ... 224
V
45. CONTESTACIÓN ALIMENTOS MENORES ... 226
46. CONTESTACIÓN CESE DE ALIMENTOS MENORES. DEMANDA RECONVENCIONAL DE AUMENTO DE ALIMENTOS MENORES ... 229
47. CONTESTACIÓN DE ALIMENTOS CONTRA HERMANOS ... 236
48. CONTESTACIÓN DE ALIMENTOS MAYORES CÓNYUGE ... 238
49. DEMANDA ALIMENTOS MENORES CONTRA ABUELOS ... 242
50. CONTESTACIÓN ALIMENTOS HIJOS CONTRA ABUELOS... 248
51. CONTESTACIÓN DE ALIMENTOS MAYORES PADRES CONTRA HIJO 255 52. CONTESTACIÓN DE AUMENTO ALIMENTOS MAYORES ... 257
53. CONTESTACIÓN REBAJA DE ALIMENTOS MENORES ... 259
54. CONTESTACIÓN DE AUMENTO DE ALIMENTOS MENORES ... 263
55. CONTESTACIÓN DE CESE DE ALIMENTOS MAYORES ... 267
56. CONTESTACIÓN DE OFRECIMIENTO DE PAGO DE DEUDA DE ALIMENTOS ... 271
57. DA CUENTA DE PAGO DE ALIMENTOS ... 272
58. DA CUENTA DE PAGO DE ALIMENTOS Y SOLICITA ALZAMIENTO ... 273
59. DEMANDA ALIMENTOS HIJOS CONTRA PADRES ... 274
60. DEMANDA DE ALIMENTOS PADRES POR DISCAPACIDAD SOBREVINIENTE DEL HIJO ... 278
61. DEMANDA DE ALIMENTOS CONTRA HERMANOS ... 280
62. DEMANDA DE ALIMENTOS MAYORES ... 283
63. DEMANDA DE ALIMENTOS MAYORES PADRES CONTRA HIJOS ... 288
64. DEMANDA DE CESE DE ALIMENTOS MAYORES ... 292
65. DEMANDA DE CESE DE ALIMENTOS MAYORES. CESE PROVISORIO295 66. DEMANDA DE CESE DE ALIMENTOS MENORES. CESE PROVISORIO ... 298
VI
67. CONTESTACIÓN DE CESE DE ALIMENTOS MENORES ... 302
68. DEMANDA DE REBAJA DE ALIMENTOS MAYORES ... 307
69. SOLICITUD DE APREMIOS ... 311
70. EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DE ALIMENTOS ... 316
71. OBJETA LIQUIDACIÓN ... 322
72. SE GIRE CHEQUE ... 323
73. OFRECIMIENTO DE FORMA DE PAGO DE DEUDA DE ALIMENTOS ... 323
74. OPOSICIÓN AL MONTO DE ALIMENTOS MENORES PROVISORIOS .. 325
75. OPOSICIÓN AL MONTO DE ALIMENTOS MAYORES PROVISORIOS ... 328
76. REPOSICIÓN DE ALIMENTOS PROVISORIOS ... 331
77. SOLICITA CAMBIO MODALIDAD DE PAGO DE PENSIÓN DE ALIMENTOS ... 332
78. SOLICITA LIQUIDACIÓN DE ALIMENTOS ADEUDADOS ... 333
79. SOLICITA REAJUSTE DE PENSIÓN DE ALIMENTOS ... 334
80. SOLICITA SE DEJE SIN EFECTO ARRESTO ... 337
81. SOLICITUD DE AUDIENCIA ESPECIAL POR INCUMPLIMIENTO DE PENSIÓN DE ALIMENTOS ... 341
82. SOLICITUD DE DESARCHIVO DE CAUSA DE ALIMENTOS DE TRIBUNALES DE MENORES PARA DAR ... 343
83. CONTESTACIÓN ALIMENTOS MAYORES SE ALLANA PARCIALMENTE A PRETENSIÓN ... 344
84. DEMANDA DE CESE DE PENSIÓN DE ALIMENTOS. PÉRDIDA TITULARIDAD DEL DERECHO ... 345
85. ALZAMIENTO MEDIDA PRECAUTORIA ... 347
86. SE DEJE SIN EFECTO ARRAIGOS DECRETADOS ... 349
VII
88. SOLICITUD DE APROBACIÓN DE TRANSACCIÓN DE ALIMENTOS ... 351
89. SE FIJEN ALIMENTOS PROVISORIOS ... 355
90. APERCIBIMIENTO. INCUMPLIMIENTO OBLIGACIÓN ALIMENTARIO ... 358
91. TRANSACCIÓN ALIMENTOS Y RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 361
§ 3. Autorización para enajenar ... 364
92. AUTORIZACIÓN PARA ENAJENAR BIENES RAÍCES ... 365
93. REPOSICIÓN... 369
94. PAGO DE IMPUESTO ... 370
95. SOLICITUD PARA ENAJENAR BIENES RAÍCES ... 370
§ 4. Autorización para salir del país ... 373
96. AUTORIZACIÓN SALIDA DEL PAÍS ... 374
97. AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL PAÍS IMPOSIBILIDAD DE NOTIFICAR AL PROGENITOR QUE NO TIENE EL CUIDADO PERSONAL ... 380
98. AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL PAÍS ABUELOS QUE TIENEN CUIDADO PERSONAL ... 382
99. AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL PAÍS, POR ESCRITO, VOLUNTARIA Y NOTARIAL ... 383
§ 5. cuidado personal del niño ... 385
100. DEMANDA DE CUIDADO PERSONAL PADRE RESPECTO HIJO ... 386
101. DEMANDA DE CUIDADO PERSONAL MADRE RESPECTO HIJO ... 392
102. CONTESTACIÓN DEMANDA CUIDADO PERSONAL ... 398
103. DEMANDA DE CUIDADO PERSONAL, EN SUBSIDIO RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 403
VIII 104. DEMANDA DE CUIDADO PERSONAL ABUELOS RESPECTO NIETO, SUSPENSIÓN PATRIA POTESTAD, NOMBRAMIENTO DE CURADOR ... 408 105. CONTESTACIÓN DEMANDA CUIDADO PERSONAL ABUELOS ... 414 106. CONTESTACIÓN CUIDADO PERSONAL PADRE RESPECTO MADRE, DEMANDA RECONVENCIONAL DE ALIMENTOS ... 416
§ 6. Filiación ... 418 107. DEMANDA DE RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN NO MATRIMONIAL HIJO CONTRA PADRES, MADRE EN REPRESENTACIÓN DEL HIJO ... 419 108. DEMANDA DE RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN NO MATRIMONIAL HIJO CONTRA PADRES. DEMANDA DE ALIMENTOS PROVISORIOS ... 422 109. CONTESTACIÓN DEMANDA DE RECLAMACIÓN DE PATERNIDAD ... 425 110. DEMANDA DE IMPUGNACIÓN DE FILIACIÓN Y RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN NO MATRIMONIAL PADRE CONTRA HIJO ... 430 111. DEMANDA DE RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN EN CONTRA DE LOS HEREDEROS DEL PADRE FALLECIDO ... 436 112. DEMANDA DE DESCONOCIMIENTO DE PATERNIDAD ... 442 113. DEMANDA DE IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD INTENTADA POR HIJO ... 444 114. DEMANDA DE IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD INTENTADA POR PERSONA A LA QUE LA PATERNIDAD LE IRROGA UN PERJUICIO ... 448 115. DEMANDA DE IMPUGNACIÓN DE LA MATERNIDAD INTENTADA POR EL MARIDO DE LA SUPUESTA MADRE ... 452 116. DEMANDA DE IMPUGNACIÓN DE MATERNIDAD INTENTADA POR LA SUPUESTA MADRE ... 456 117. DEMANDA DE IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD POR
IX
118. RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO ... 461
119. CONTESTACIÓN DEMANDA DE IMPUGNACIÓN Y RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN ... 464
120. SE PIDE CUENTA NOTIFICACIÓN ... 467
121. NUEVO DÍA Y HORA PARA PERICIA BIOLÓGICA ... 467
§ 7. Otros asuntos voluntarios ... 472
122. BÚSQUEDA DE ORÍGENES ... 473
123. EJECUTIVO-CUMPLIMIENTO DE ALIMENTOS ... 475
§ 8. Patria potestad ... 481
124. TRANSACCIÓN DE CUIDADO PERSONAL Y PATRIA POTESTAD ... 482
125. DEMANDA DE SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD POR PROLONGADA AUSENCIA DEL PADRE O MADRE QUE LA EJERCE ... 485
126. DEMANDA DE SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD. INCUMPLIMIENTO OBLIGACIÓN ALIMENTICIA ... 490
127. DEMANDA DE SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD. NOMBRAMIENTO CURADOR AD LITEM ... 492
128. DEMANDA DE PÉRDIDA DE PATRIA POTESTAD Y EMANCIPACIÓN 494 § 9. Relación directa y regular ... 497
129. DEMANDA DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR PADRES RESPECTO DE HIJO ... 498
130. CONTESTACIÓN DEMANDA DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR .. 503
131. DEMANDA DE AMPLIACIÓN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 505 132. DEMANDA DE SUSPENSIÓN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR . 508
X 133. DEMANDA DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR. ALIMENTOS
MENORES ... 513
134. DEMANDA DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR EJERCIDA POR ABUELOS ... 518
135. DEMANDA DE SUSPENSIÓN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR RESPECTO A ABUELOS ... 524
136. CONTESTACIÓN DEMANDA DE SUSPENSIÓN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 526
137. CONTESTA DEMANDA DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 529
138. SOLICITUD DE APREMIOS POR INCUMPLIMIENTO DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 531
139. DEMANDA DE MODIFICACIÓN DE RÉGIMEN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 537
140. CONTESTACIÓN DEMANDA DE MODIFICACIÓN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 541
141. SOLICITUD DE AUDIENCIA ESPECIAL POR INCUMPLIMIENTO DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 544
142. COMPENSACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE RÉGIMEN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 545
143. APROBACIÓN DE TRANSACCIÓN SOBRE REGULACIÓN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 546
144. MEDIDA CAUTELAR ... 547
§ 10. Vulneración de derechos a menores ... 551
145. SOLICITA MEDIDA DE PROTECCIÓN ... 552
146. MEDIDA DE PROTECCIÓN POR VULNERACIÓN GRAVE DE DERECHOS QUE INDICA ... 558
XI 147. MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA POR MADRE PRIVADA DEL
CUIDADO PERSONAL ... 561
148. AUDIENCIA ESPECIAL ... 564
149. DEMANDA DE EMANCIPACIÓN Y DESIGNACIÓN DE CURADOR ... 565
CAPÍTULO III FORMATOS GENERALES PROCEDIMIENTO DE FAMILIA § 1. Formatos generales ... 570
150. DAR CUENTA DE TRAMITACIÓN DE OFICIO ... 571
151. NOTIFICACIÓN ... 571
152. ALEGA ENTORPECIMIENTO ... 572
153. NOTIFICACIÓN ARTÍCULO 44 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL . 572 154. ACUMULACIÓN NECESARIA ... 573
155. NUEVO DÍA Y HORA ... 574
156. SOLICITUD DE COPIAS ... 574
157. SOLICITA SUSPENSIÓN DE AUDIENCIA ... 575
158. SOLICITA OFICIO ... 575
159. SOLICITA COPIA DE AUDIO ... 576
160. CUMPLE LO ORDENADO ... 576
161. TÉNGASE PRESENTE ... 577
XII
163. AMPLIACIÓN PODER ... 578
164. PETICIÓN DE CUENTA ... 578
165. MANDATO ESPECIAL PARA DIVORCIO ... 579
166. MANDATO JUDICIAL ... 580
167. MANDATO JUDICIAL CON FACULTADES AMPLIAS ... 581
168. PATROCINIO Y PODER ... 582
169. DELEGA PODER ... 583
170. SOLICITA SE CERTIFIQUE EJECUTORIA ... 583
171. SOLICITA COPIAS AUTORIZADAS ... 584
172. SOLICITA NOTIFICAR SENTENCIA ... 584
173. SOLICITA AUDIENCIA INCIDENTAL ... 585
174. SOLICITA FOTOCOPIA AUTORIZADA DE LA CAUSA ... 585
175. SOLICITA DEVOLUCIÓN DE LOS DOCUMENTOS ACOMPAÑADOS EN AUDIENCIA DE JUICIO COMO MEDIOS DE PRUEBA ... 586
176. ACOMPAÑA PLIEGO DE POSICIONES ... 586
177. SOLICITA SE CERTIFIQUE POR EL TRIBUNAL EL DESPACHO DE OFICIOS ... 587
178. SEÑALA NUEVO DOMICILIO... 587
179. SOLICITA COPIA DE AUDIO ... 588
180. RENUNCIA PATROCINIO Y PODER ... 589
181. SOLICITA COPIA AUTORIZADA DE SUSCEPTIBILIDAD PARA INICIAR CAUSA DE ADOPCIÓN ... 589
182. DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA ... 590
183. SOLICITA SE PRACTIQUE INFORME POR LA CONSEJERA TÉCNICA ... 590
XIII
185. ACUERDO COMPLETO Y SUFICIENTE ... 591
186. ACUERDO COMPLETO Y SUFICIENTE ... 593
187. ESCRITURA DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA ... 595
188. ALZAMIENTO DE DECLARACIÓN DE BIEN FAMILIAR ... 597
189. LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL. SEPARACIÓN TOTAL DE BIENES ... 598
190. SEPARACIÓN DE BIENES. RENUNCIA A LOS GANANCIALES ... 601
191. TRANSACCIÓN DE CUIDADO PERSONAL ... 602
192. LIQUIDACIÓN SOCIEDAD CONYUGAL ... 604
193. ESCRITURA SEPARACIÓN TOTAL DE BIENES ... 606
194. LIQUIDACIÓN. SOCIEDAD CONYUGAL ... 607
195. DEMANDA DE ENTREGA INMEDIATA ... 609
196. SE PIDA CUENTA ... 611
197. RATIFICA DOMICILIO ... 611
198. SEÑALA NUEVO DOMICILIO DEL DEMANDADO ... 612
199. SOLICITA OFICIOS ... 613
200. SOLICITUD DECRETE ABANDONO CAUSA ... 614
201. ACOMPAÑA DOCUMENTO ... 614
§ 2. Recursos ... 616
202. RECURSO DE ACLARACIÓN RECTIFICACIÓN Y ENMIENDA ... 617
203. RECURSO DE REPOSICIÓN ... 617
204. RECURSO DE REPOSICIÓN. APELACIÓN EN SUBSIDIO ... 618
205. RECURSO DE APELACIÓN ... 620
XIV
207. APELACIÓN COMPENSACIÓN ECONÓMICA ... 622
208. APELACIÓN RÉGIMEN DE RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 627
209. SE HACE PARTE EN CORTE DE APELACIONES ... 629
210. SUSPENSIÓN CORTE ... 629
211. DELEGACIÓN PODER CORTE ... 630
212. NULIDAD PROCESAL ... 631
213. CASACIÓN EN LA FORMA. OMISIÓN TRÁMITE ESENCIAL ... 632
214. CASACIÓN EN EL FONDO ... 634
215. DESERCIÓN DEL RECURSO ... 636
216. RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA ... 636
217. EXEQUÁTUR ... 638
218. COPIAS AUTORIZADAS ... 640
219. EXEQUÁTUR DE DIVORCIO ... 640
§ 3. Minutas audiencia preparatoria ... 645
220. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO (MATRIMONIO CELEBRADO CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.947 DE MATRIMONIO CIVIL) ... 647
221. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO (2º SOLICITANTE - MATRIMONIO CELEBRADO CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.947 DE MATRIMONIO CIVIL) ... 648
222. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO (1º SOLICITANTE - MATRIMONIOS CELEBRADOS CON POSTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.947 DE 2004 QUE ESTABLECE NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL) ... 650
XV 223. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA DIVORCIO DE COMÚN
ACUERDO (2º SOLICITANTE - MATRIMONIOS CELEBRADOS CON
POSTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.947 DE
2004 QUE ESTABLECE NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL) ... 651
224. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA DIVORCIO UNILATERAL CESE DE CONVIVENCIA Y COMPENSACIÓN ECONÓMICA (DEMANDANTE - MATRIMONIOS CELEBRADOS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº 19.947 DE MATRIMONIO CIVIL DEL AÑO 2004) . 652 225. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA DIVORCIO UNILATERAL Y COMPENSACIÓN ECONÓMICA... 655
226. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA CUIDADO PERSONAL ... 658
227. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA CUIDADO PERSONAL ... 660
228. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA CUIDADO PERSONAL ... 661
229. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 663
230. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR ... 664
231. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA RECLAMACIÓN DE PATERNIDAD ... 666
232. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA ALIMENTOS MENORES ... 667
233. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA ALIMENTOS MENORES ... 669
234. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA ALIMENTOS MAYORES ... 670
235. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA ALIMENTOS MAYORES ... 672
236. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA CESE ALIMENTOS... 674
237. MINUTA AUDIENCIA PREPARATORIA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR .. 675
238. MINUTA SOLICITUD AUTORIZACIÓN SALIDA DEL PAÍS ... 676
1 CAPÍTULO I
2 § 1. DIVORCIO
3
1. DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO
En lo principal: Solicitud de divorcio de común acuerdo; Primer otrosí: acuerdo de relaciones mutuas y solicita aprobación; Segundo otrosí: acompaña documentos; Tercer otrosí: patrocinio y poder.
S.J. DE FAMILIA
____________ __ , nacionalidad ______ , casada, profesión u oficio ______ , domiciliada en _ ________________ ; y ___ ____________________ _______ , nacionalidad _______ , casado, profesión y oficio __________ , domiciliado en __________________ ; a V.S. respetuosamente decimos:
Por esta presentación, y atendido lo dispuesto en los artículos 102 del Código Civil, artículos 1º, 3º, 42 Nº 4, 53, 55 y sgtes. y 2º transitorio de la Ley de Matrimonio Civil Nº 19.947; los artículos 1º, 3º, 8º Nº 16, 9º y sgtes., 28, 55 y sgtes. de la ley Nº 19.968; y supletoriamente por las normas del Libro I del Código de Procedimiento Civil, venimos en Solicitar divorcio de común acuerdo a fin de que V.S. Se sirva a declararlo, ordenar que se subinscriba al margen de la partida de matrimonio respectiva la sentencia ejecutoriada que así lo decrete y que el acuerdo de relaciones mutuas sea declarado completo y suficiente; todo ello en atención a los antecedentes y fundamentos que a continuación pasamos a indicar:
HECHOS:
1. Conforme se acreditara en estrados, contrajimos matrimonio, con fecha _______________ ___________ el cual se encuentra inscrito en la _______ ___ de ___________ .
2. De dicha unión matrimonial nació ___ ____________________ ____
3. Al matrimonio se hicieron aplicables normas de régimen de sociedad conyugal, dentro de la cual no existen bienes comunes que partir ni liquidar.
4. Desde el año ______________ ____ , ha cesado la convivencia entre los solicitantes, sin intención alguna de reanudar la vida en común, con ánimo de permanencia desde entonces.
5. Existiendo un cese de la convivencia mayor al año y acuerdo sobre relaciones mutuas, el cual costa en esta presentación, que exige la ley, se configura en la especie la causal de divorcio establecida en los incisos primero y segundo del artículo 55 de la Ley de Matrimonio Civil, norma que cita literalmente que: "...El divorcio será decretado por el juez si ambos cónyuges lo solicitan de
común acuerdo y acreditan que ha cesado su convivencia durante un lapso mayor de un año. En este caso, los cónyuges deberán acompañar un acuerdo que,
4
ajustándose a la ley, regule en forma completa y suficiente sus relaciones mutuas y con respecto a sus hijos...".
POR TANTO, con el mérito de lo expuesto y lo previsto en los artículos 42 Nº 4, 55 incisos 1º y 2º, 56, 57 de la Ley de Matrimonio Civil; 8º Nº 16, 55 y sgtes. de la ley Nº 19.968 y artículos supletorios del Código de Procedimiento Civil.
Sírvase S.S.: Tener por interpuesta solicitud de divorcio de común acuerdo entre ______________________________ y ________________________
_______ , ambos ya individualizados en el presente escrito, someterla a tramitación y en definitiva dar lugar a ella por cumplirse en la especie todos los requisitos que exige el artículo 55 en sus incisos 1º y 2º para declarar el divorcio de común acuerdo entre los cónyuges, la suficiencia e integridad del acuerdo sobre relaciones mutuas y ordenar la subinscripción de la sentencia una vez se encuentre ejecutoriada.
PRIMER OTROSÍ : Los cónyuges, partes de este proceso en conformidad a los
artículos 51 y 21 de la Ley Nº 19.947 que establece Nueva Ley de Matrimonio Civil, declaran y formalizan el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Del de matrimonio y Cese de convivencia. Las partes declaran
haber contraído válidamente matrimonio civil en _______________ ___ , con fecha _______________ del año ______________ , según da cuenta la inscripción número ____ __ del año _________________ _ del registro de matrimonio de la circunscripción de__________________ del Servicio de Registro Civil e Identificación, igualmente declaran haber cesado su convivencia desde el año _________________ .
SEGUNDO: De los hijos . Declaran las partes que de esta unión (no)
nacieron ______ ____________________ __.
TERCERO: Cuidado personal. Conforme lo establece el artículo 225 del
Código Civil, corresponderá a _______ .
CUARTO: Relación directa y regular. 1.- Régimen Ordinario _ ________ 2.-
Régimen extraordinario _________ .
QUINTO: Pensión de Alimentos. En primer término, los comparecientes acuerdan que don ___________________, entregará para la mantención de sus hijos, ya individualizados, la suma de __________ , además de incluir a los niños como carga familiar, para efectos de previsión y salud. El pago de la pensión se efectuará mediante depósito en cuenta de ahorro a la vista del BancoEstado de Chile, que será abierta para estos efectos a nombre de doña________ _____________ , pagaderos los primeros cinco días hábiles de cada mes a partir del mes de ______ de_______ . La pensión de alimentos se reajustará semestralmente conforme al alza que experimente el Índice de Precios del Consumidor fijado por el Instituto Nacional de Estadísticas.
5
SEXTO: Del Régimen matrimonial. Las partes casadas bajo el régimen de
separación total de bienes no tienen nada que regular a este respecto, o las partes casadas bajo de sociedad conyugal señalan que no existen bienes sociales que liquidar o que procederán a liquidar con posterioridad la comunidad que se formara al tiempo de la declaración de divorcio; además señalan que no existen deudas sociales respecto de terceros, o las partes casadas bajo participación en los gananciales liquidarán con posterioridad al término del matrimonio los gananciales.
SÉPTIMO: Prestaciones recíprocas. Los cónyuges declaran no tener cargo
alguno que formularse en relación a alimentos de uno a favor del otro, los cuales nunca fueron regulados judicialmente, sino que de mutuo acuerdo.
OCTAVO: Compensación económica. Los solicitantes acuerdan que renuncian a demandarse mutuamente cualquier suma por concepto de compensación económica que pudiera originarse con motivo a la disolución del matrimonio, por estimar que ninguno de ellos ha sufrido el menoscabo económico a que se refiere el artículo 61 de la Ley de Matrimonio Civil, Nº 19.947.
Por tanto,
Sírvase su S.S. aprobar dicho acuerdo y a declarar la suficiencia e integri dad del acuerdo sobre relaciones mutuas celebrado por los solicitantes.
SEGUNDO OTROSÍ : En orden a acreditar los supuestos de hecho
que fundamentan la presente solicitud vengo en acompañar los siguientes documentos:
1. Para acreditar el matrimonio de las partes y su régimen matrimonial se adjunta copia autorizada de acta de matrimonio y certificado de matrimonio.
2. Para acreditar la existencia de los hijos matrimoniales, certificado de nacimiento.
Por tanto,
Sírvase su S.S.: Tener por acompañada la prueba documental antes referida, sin perjuicio de su incorporación en oportunidad procesal pertinente.
TERCER OTROSÍ : Sírvase su S.S. tener presente que designamos como
abogado patrocinante a___________________________ __________ con todas y cada una de las facultades contempladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, ambos con domicilio en Avenida _________ ______ de esta ciudad.
6
Notas:
1.1. Si el divorcio se demanda de manera conjunta se re quiere la presentación de un convenio.
1.2. Si divorcio se demanda por ambos cónyuges, se requiere a lo menos de 1 año de cese de la convivencia.
1.3. Las partes allegan el acuerdo y el tribunal es quien declara su completitud y suficiencia, en consecuencia solo una vez que ha mediado declaración del tribunal el acuerdo es completo y suficiente.
1.4. El juez puede no dar curso a la demanda si no se presenta este acuerdo. Distinto es el caso si éste es incompleto o insuficiente, en que la ley establece el mecanismo para mejorar el acuerdo (artículo 70 de la ley Nº 19.947).
1.5. Acuerdo puede ir inserto en un otrosí de la demanda o en instrumento separado, en especial si otorga compensación económica a alguno de los cónyuges, caso en que debe ser por escritura pública.
Normativa:
— Código Civil: artículo 102.
— Código de Procedimiento Civil: artículos supletorios.
— Ley Nº 20.239, libera del impuesto a la renta a las compensaciones económicas originadas al término de un matrimonio.
— Ley Nº 19.968, crea los Tribunales de Familia: artículos 1º, 3º, 8º Nº 16, 9º y sgtes., 28, 55 y sgtes.
— Ley Nº 19.947 de Matrimonio Civil: artículos 1º, 3º, 42 Nº 4, 53, 55 incisos 1º y 2º, 56, 57, 2º transitorio.
— Ley Nº 20.377, sobre declaración de ausencia por desaparición forzada de personas: artículos 7º y 10.
7
Jurisprudencia:
Divorcio de común acuerdo. Requisito de cese de la convivencia
La actual Ley de Matrimonio Civil en su artículo 42, previene que el matrimonio termina, entre otras causales, por la del numeral 4º que dispone: "Por sentencia firme de divorcio" y su artículo 55 inciso primero prescribe que: "el divorcio será decretado por el juez si ambos cónyuges lo solicitan de común acuerdo y acreditan que han cesado la convivencia durante un lapso mayor de un año". De lo anterior se infiere que en nuestra legislación no basta el mutuo acuerdo de los cónyuges, sino que, además, es necesario el cese de la convivencia por un plazo no menor de un año, circunstancias que aparecen fehacientemente acreditadas en la especie, desde que la sentencia materia de autos declaró el divorcio por haber cesado las partes en la convivencia conyugal por más de un año. Por lo antes razonado, resulta que la sentencia cuyo exequátur se pide, no contraviene las leyes de la República ni tampoco se opone a la jurisdicción nacional, en la medida que significa la disolución del matrimonio por una causal prevista por el ordenamiento patrio según la normativa actualmente vigente. En relación con la materia, es útil anotar que el inciso segundo del aludido artículo 83 de la ley Nº 19.947, dispone que "las sentencias de divorcio y nulidad de matrimonio dictadas por tribunales extranjeros serán reconocidas en Chile conforme a las reglas generales que establece el Código de Procedimiento Civil", de suerte, pues, que como en la especie concurr en cada una de las cir cunstancias exigidas en el artículo 245 del Código de Enjuiciamiento Civil, reseñadas en el fundamento segundo de esta sentencia, corresponde acoger la solicitud en estudio. (Considerandos 5º a 7º)
Corte Suprema, 14/04/2014, Rol Nº 8484-2011 Cita online: CL/JUR/1301/2014
Divorcio por mutuo acuerdo requiere cese de la convivencia por un plazo no menor de un año
La actual Ley de Matrimonio Civil en su artículo 42, previene que el matrimonio termina, entre otras causales, por la del numeral 4º que dispone: "Por sentencia firme de divorcio" y su artículo 55 prescribe: "el divorcio será decretado por el juez si ambos cónyuges lo solicitan de común acuerdo y acreditan que han cesado la convivencia durante un lapso mayor de un año". De lo anterior se infiere que en nuestra legislación no basta el mutuo acuerdo de los cónyuges, sino que, además, es necesario el cese de la
8 convivencia por un plazo no menor de un año, circunstancias que apar ecen fehacientemente acreditadas en la especie. (Considerando 6º)
Corte Suprema, 28/05/2012, Rol Nº 3725-2009 Cita online: CL/JUR/979/2012
Para probar cese efectivo de convi vencia en divorcio de común acuerdo no se debe estar a la limitación impuesta
por artículo 22 de la ley Nº 19.947
Como la ha sostenido anteriormente esta Corte, la causal de divorcio basada en el cese efectivo de la convivencia conyugal es una expresión de la tendencia que entiende el divorcio, no como una sanción ante un hecho culpable de alguno de los cónyuges, sino como resultado o producto de un matrimonio que ha visto frustrado su proyecto de vida en común, en forma que resulta previsible la imposibilidad de recomponer la vida conyugal. Para determinar la concurrencia de esa situación, el legislador optó por construir la causal sobre la base de una separación de hecho que ha durado un tiempo razonable, entendiendo que la muestra objetiva más palmaria del fracaso, es el período prolongado durante el cual el matrimonio ha vivido separado, lo cual deberá acreditarse de acuerdo a la exigencia del artículo 55 (de la Ley de Matrimonio Civil). De las normas transcritas, se desprende que para probar el hecho del cese de la convivencia no sólo resultan idóneos los instrumentos a que se refiere el artículo 22 de la ley Nº 19.947 como se esgrime en el fallo apelado, puesto que no existe disposición expresa en la ley mencionada que limite las probanzas sólo a determinados medios, lo cual sería atentatorio al principio de la libertad probatoria en materia de familia, y la facultad de los jueces de familia de apreciar la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. (Considerandos 8º y 9º)
Corte de Apelaciones de Valdivia, 28/03/2012, Rol Nº 41-2012 Cita online: CL/JUR/1528/2012
Elementos probatorios establecidos
en artículo 22 de la ley Nº 19.947 no son taxativos. Principio de libertad probatoria en materia de familia
La causal de divorcio basada en el cese efectivo de la convivencia conyugal es una expresión de la tendencia que entiende el divorcio, no como una sanción ante un hecho culpable de alguno de los cónyuges, sino como resultado o producto de un matrimonio que ha visto frustrado su proyecto de vida en común, en forma que resulta previsible la imposibilidad de recomponer la vida conyugal. Para determinar la concurrencia de esa situación, el legislador optó por construir la causal sobre la base de una separación de hecho que ha durado un tiempo razonable, entendiendo que
9 la muestra objetiva más palmaria del fracaso, es el período prolongado durante el cual el matrimonio ha vivido separado, lo cual deberá acreditarse de acuerdo a la exigencia del artículo 55 (de la Ley de Matrimonio). Para probar el hecho del cese de la convivencia no se exige perentoriamente que solo se acompañen los instrumentos a que se refiere el artículo 22 de la ley Nº 19.947, ya que no existe disposición expresa en la ley mencionada que limite las probanzas solo a determinados medios, lo cual sería atentatorio al principio de la libertad probatoria en materia de familia, pugnando igualmente con la facultad de los jueces de familia de apreciar la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, llegando a la convicción del caso sujeto a su decisión en base a los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y de los conocimientos científicamente afianzados, asignando a tales elementos valor probatorio que en su razón éstos produzcan, con sujeción a las reglas de la lógica y conocimiento que dé la experiencia. Todo ello dentro de la razonabilidad del actuar, esto es, que el hombre común actúa normalmente conforme a la razón. Conforme a lo anterior, las partes en estos autos han ejercido sus acciones y defensas partiendo de la premisa que se encuentran unidos entre sí por vínculo matrimonial, habiendo cesado la convivencia por más de un año, como al efecto han manifestado los testigos. (Considerandos 8º y 9º)
Corte de Apelaciones de Valdivia, 22/11/2010, Rol Nº 170-2010 Cita Online: CL/JUR/9912/2010
Debe acogerse demanda de divorcio si se acredita el cese de convivencia durante un lapso mayor de un año
Corresponde acoger la demanda de divorcio por haberse probado el presupuesto de hecho invocado en la misma, esto es, el cese de la convivencia durante un lapso mayor de un año, causal contemplada en el artículo 55 inciso 1º de la Ley de Matrimonio Civil. Además, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 55 de la citada ley, se aprueba el acuerdo de que da cuenta el documento acompañado, por reunir los requisitos legales. (Considerando 3º)
Corte de Apelaciones de Santiago, 20/12/2010, Rol Nº 1176-2010 Cita online: CL/JUR/11094/2010
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2. ACUERDO COMPLETO Y SUFICIENTE O ACUERDO REGULATORIO MATERIAS DE FAMILIA
_______________ _________ y
_________ _______________
_______ comparecen: por una parte;
don ______________________ ____ , casado, nacionalidad_______________ , profesión u oficio _______________ , cédula de identidad __________ y rol único tributario número _ _________ , con domicilio en _____ ___________________ , comuna de _ _________________ y; doña _____________________ , casada, nacionalidad _________ , profesión u oficio ______ , cédula nacional de identidad y rol único tributario número ___ _________________ , domiciliada en __ _____________________ , comuna de____________________ ; ambos comparecientes mayores de edad circunstancia que acreditan mediante la exhibición de sus respectivas cédulas de identidad y exponen:
Primero: antecedentes. Los comparecientes con fecha _ ______________ contrajeron matrimonio ante el oficial del Registro Civil de la circunscripción de la comuna de _______________ , el que fue anotado bajo
el número _________ del año ________ _ en el mes
de _____________ , __ ________________ dejó el hogar común y de aquel entonces ha vivido separado de hecho de su cónyuge. Los comparecientes declaran que los hijos en común a la fecha son todos mayores de edad. Por último con ____________________ ____ , _______________ ha solicitado al______________ juzgado de familia de __________________ , en causa RIT _ ___________________ , que de conformidad con la ley que lo declare divorciado. Con el fin de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo cincuenta y cinco de la Ley de Matrimonio Civil, vienen en regular las materias a que se refiere el artículo veintiuno de la ley antes indicada.
Segundo: del acuerdo completo y suficiente. Con el fin de dar cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo____________ ___________ , y de solicitar su aprobación judicial, ________ ___________________ y____________________ , vienen en suscribir el siguiente acuerdo completo y suficiente en los términos que a continuación se describen:
a) Sustitución de régimen patrimonial, liquidación, adjudicación y finiquito:
i. Los comparecientes, por este acto vienen en sustituir su actual régimen de sociedad conyugal por el de separación total de bienes, en conformidad a lo señalado en el artículo mil setecientos veintitrés del Código Civil.
11 ii. En razón de lo anterior, vienen en liquidar la sociedad conyugal de la siguiente forma: bien social:__________________________ deudas sociales: ____________________ .
iii. A fin de liquidar la comunidad resultante de la sociedad conyugal disuelta entre los cónyuges, corresponde a cada uno de los cónyuges una hijuela ascendiente a la suma de _______________ _________ , la que acuerdan de consuno cancelar mediante la adjudicación __________ ______________ durante la vigencia de la sociedad conyugal, quedando así completamente pagada la hijuela de cada uno de los cónyuges, en razón de lo anterior, las partes declaran que no existe crédito alguno entre ellos ya sea como sujetos pasivos o activos.
Tercero: compensación económica: por este acto, doña __ ____________
__________ _ y don_____________________ , en conformidad a lo dispuesto en el artículo sesenta y tres de la ley diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y siete, acuerdan el pago por la suma __ ____________________ _____ favor de doña__________________ __________ , pagando dicha cantidad don _________ ______________________ , mediante la cesión de los derechos en dominio que le corresponden o pudieren corresponderle a cualquier título respecto del inmueble social individualizado en la cláusula segunda letra a) punto ii. La compensación económica ha sido acordada entre los cónyuges de consuno en base al menoscabo patrimonial sufrido durante los años que la cónyuge dedicó al hogar común y a la crianza y educación de _ ____________________ , en desmedro de su desarrollo laboral.
Cuarto: atendido que el presente acuerdo regula todas las materias
comprendidas en el artículo veintiuno de la Ley de Matrimonio Civil, quienes los suscriben se dan el más amplio y completo finiquito respecto de los efectos patrimoniales del matrimonio que les unió, declarando que recíprocamente nada se adeudan.
Quinto: las partes otorgan mandato irrevocable _____________________ ______ _ _____ __ , cédula de identidad número _________________ _______ , para que rectifique, complemente y/o aclare la presente escritura, respecto de cualquier error u omisión existente en las cláusulas relativas al inmueble adjudicado, como también otra cláusula no principal de este contrato. Sin perjuicio de lo anterior, queda facultado para solicitar la inscripción marginal ante elServicio de Registro Civil e Identificación, de la separación de bienes acordada en este instrumento.
Sexto: se faculta al portador de copia autorizada para que requerir y firmar las
inscripciones, subinscripciones y demás que procedan en derecho, ante el registro del conservador de bienes raíces que corresponda.
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INFORMACIÓN RELACIONADA CON ESTE ESCRITO:
Nota:
2.1. Si el divorcio se demanda de manera conjunta, se requiere la presentación de un convenio. El juez puede no dar curso a la demanda si no se presenta este acuerdo. Distinto es el caso si éste es incompleto o insuficiente, en que la ley establece el mecanismo para mejorar el acuerdo (artículo 70 de la ley Nº 19.947).
Normativa :
— Ley Nº 19.947 de Matrimonio Civil: artículo 55 inciso 2º.
Jurisprudencia :
Divorcio. Acuerdo completo y suficiente no es una donación
Si bien el acuerdo completo y suficiente no es una donación, tras la cláusula que establece los alimentos voluntarios aludidos existe un "ánimo de beneficencia", ya que, como se dijo en él, las beneficiarias de los mismos no ostentaban los requisitos para pedir alimentos legales, todo lo cual trae consigo el que pudieren ser asimilados dentro de la hipótesis contemplada en el artículo 337 ya referido, lo que deviene en la no aplicación de las normas contenidas en el título XVIII, del libro I del Código Civil, referido a los alimentos que se deben por ley a ciertas personas, lo que incluiría a los apremios. (Considerando 5º)
Corte de Apelaciones de Concepción, 21/12/2012 Rol Nº 156-2012 Cita online: CL/JUR/2944/2012
Divorcio. Plazo de cese convivencia no debe contarse sólo hasta la presentación de la demanda
La acción de divorcio de autos, se funda en la causal de cese efectivo de la convivencia de común acuerdo por más de un año. La circunstancia que la primitiva demanda se haya presentado (un año y cinco meses antes de la audiencia preparatoria), no implica que el plazo de cese deba contarse sólo hasta la presentación de la misma, ya que, si bien es cierto en el presente caso la acción se inició en conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Matrimonio Civil, también lo es, que con posterioridad en la audiencia preparatoria la demandante se desistió de tal causal luego de haber llegado a un acuerdo completo y suficiente con su cónyuge, invocando el cese de la convivencia, de acuerdo al artículo 55 del mismo cuerpo legal, causal a la
13 cual se allanó el demandado. A la celebración de esa audiencia (preparatoria), había transcurrido en exceso el plazo de un año de cese de convivencia, para los efectos de la procedencia de la acción divorcio de común acuerdo. (Considerandos 1º a 3º)
Corte de Apelaciones de Santiago, 14/08/2009, Rol Nº 1326-2009 Cita online: CL/JUR/301/2009
Divorcio. Demanda entablada por uno de los cónyuges. Presentación de acuerdo completo y suficiente.
Divorcio de común acuerdo.
Exigencia de tiempo de cese de la convivencia
Si bien en esta causa aparece entablada acción de divorcio por (una de las partes), este solo hecho formal no puede inducir a estimar que se trata en el caso sub lite de una demanda de divorcio unilateral, pues la realidad procesal hace evidente un divorcio de común acuerdo, tal como la propia juez a quo dejó precisado en la audiencia preparatoria, según consta del registro de audio, denominándola demanda de divorcio conjunta, y como resulta inequívocamente corroborado por lo actuado por las partes, a saber. a) Allanamiento por parte de la cónyuge a la demanda entablada, sin discutir su fundamento de hecho, consistente en el cese de la convivencia desde 10 años antes de presentación del libelo; b) Presentación conjuntamente con la demanda del acuerdo completo y suficiente convenido por las partes, que regula los acuerdos de familia, exigido por el artículo 55 de la ley Nº 19.947, inciso segundo, en los casos de divorcio solicitado de común acuerdo.; c) Renuncia de la demandada a la presentación de prueba contradictoria, hecho que debe ser ponderado en concordancia a lo advertido en la letra a) precedente. Por lo anterior, la circunstancia anotada no puede estimarse sino como la expresión de una ritualidad procesal exigida por algunos tribunales como requisito para la existencia de un juicio, que en caso alguno puede alterar en contra de las partes el principio de la realidad. (Considerando 3º)
Corte de Apelaciones de Santiago, 26/09/2007, Rol Nº 1860-2007 Cita online: CL/JUR/5443/2007
3. DIVORCIO UNILATERAL POR CESE DE LA CONVIVENCIA
En lo principal: Demanda de divorcio unilateral; Primer Otrosí: Acompaña documentos; Segundo Otrosí: Patrocinio y Poder:
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S.J.L. DE FAMILIA
___________ _______ , profesión u oficio _______ _ , domicilio ________ , cédula nacional de identidad ________, a US. respetuosamente digo:
De conformidad con lo establecido en el inciso 3º del artículo 55 de la ley Nº 19.947 reuniendo los requisitos legales para hacerlo, fundamento en el cese efectivo de la convivencia por más de tres años, interpongo demanda en contra de ____________ , profesión u oficio, domicilio, cédula nacional de identidad, de acuerdo a las consideraciones de hecho y derecho que paso a exponer:
HECHOS:
1. Con fecha _________ contraje matrimonio ante el Oficial del Registro Civil de la Circunscripción de _____________ , matrimonio que se inscribió. En el acta de matrimonio pactamos __________ , que consta en la inscripción matrimonial y en el certificado.
2. De nuestro vínculo nacieron ___ ___ .
3. De forma posterior por desavenencias irreconciliables que hacían intolerable la vida en común decidí retirarme del hogar común, fecha en que se produjo el cese de la convivencia, sin interrupción ni ánimo de permanencia.
4. Desde dicho tiempo, no se ha producido ninguna reconciliación o reanudación de la vida en común con la demandada y no existe por mi parte interés ningún en mantener el vínculo matrimonial.
DERECHO:
1. El inciso tercero del artículo 55 de la Ley Nº 19.947 sobre Matrimonio Civil señala textualmente que "habrá lugar al divorcio cuando se verifique el cese efectivo de la convivencia conyugal durante el transcurso de a lo menos tres años...".
2. El artículo 56 de la ley Nº 19.947 establece que "la acción de divorcio pertenece exclusivamente a los cónyuges".
En consideración a lo anteriormente expuesto, teniendo presente que se ha interrumpido la convivencia matrimonial efectivamente durante más de tres años, solicito la declaración de divorcio de este matrimonio habida consideración el cese efectivo de la convivencia conyugal, cumpliéndose de esta forma con los presupuestos legales para que se demande el divorcio unilateral.
15 POR TANTO, con el mérito de lo expuesto, documentos acompañados, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 55 inciso 3º, 56, 85, 86 de la ley Nº 19.947, ley Nº 19.968 y demás legales pertinentes.
Ruego a S.S.: Se sirva tener por interpuesta la presente demanda de divorcio en contra de __________ , ya individualizada, fundada en el cese efectivo de convivencia por un período superior a tres años, acogerla a tramitación y en definitiva declarar el término del matrimonio, por darse en la especie las causales, para que proceda el divorcio por el cese efectivo de la convivencia, ordenando que la sentencia se subinscriba al margen de la inscripción matrimonial con costas.
PRIMER OTROSÍ : Tener por acompañados los siguientes documentos:
1. Certificado de Matrimonio de las partes. 2. Copia del Acta de Matrimonio de las partes. 3. Certificado de nacimiento de los hijos comunes. 4. Certificado de residencia.
SEGUNDO OTROSÍ : Sírvase su S.S. tener presente que designo abogados
patrocinantes y confiero poder a don(a)___________________________ _____ _____________ , abogado, y a don ______ __________ _____ _________ ________ , todos ellos domiciliados para estos efectos en calle ____________ ____________________ ____ , quienes podrán actuar conjunta e indistintamente en estos autos y firman junto a mí en señal de aceptación.
INFORMACIÓN RELACIONADA CON ESTE ESCRITO:
Notas:
3.1. Si la demanda de divorcio es unilateral, la ley exige probar un cese de la convivencia de 3 años.
3.2. La ley no dice qué debe entenderse por cese de la convivencia. Puede desprenderse de los artículos 21 y sgtes. de la ley Nº 19.947, que reglamentan, entre otras cosas, la forma de cómputo de los plazos, que la figura requiere un elemento fáctico, la separación de hecho, sumado a uno subjetivo, correspondiente al término de la comunidad de vida que supone el matrimonio. Este último parece ser el elemento relevante.
3.3. La prueba del cese de la convivencia respecto de los matrimonios celebrados bajo el imperio de la ley Nº 19.947, está rigurosamente
16 reglada, para evitar la simulación. En este contexto la ley considera pruebas directas e indirectas. La directa consiste en la notificación de un cónyuge al otro de su voluntad de poner fin a la convivencia, esto es, de no perseverar en el vínculo. Las indirectas están constituidas por una presunción, en la que el hecho conocido consiste en el acuerdo, registrado en alguna de las formas que la ley señala, o en la demanda, respecto de uno o más asuntos que suponen un conflicto conyugal.
Normativa:
— Código Civil: artículo 102.
— Código de Procedimiento Civil: artículos supletorios.
— Ley Nº 19.947 de Matrimonio Civil: 1º, 3º, 42 Nº 4, 53, 55 y sgtes., 2º transitorio, 42 Nº 4, 55 incisos 1º y 2º, 56, 57.
— Ley Nº 19.968 crea los Tribunales de Familia: artículos 1º, 3º, 8º Nº 16, 9º y sgtes., 28, 55 y sgtes.
— Ley Nº 20.239 que libera del impuesto a la renta a las compensaciones económicas originadas al término de un matrimonio.
— Ley Nº 20.377 sobre declaración de ausencia por desaparición forzada de personas: artículos 7º y 10.
Jurisprudencia:
Divorcio unilateral, acogido. Requisitos del divorcio unilateral
El divorcio unilateral, consagrado en el artículo 55 inciso 3º de la Ley de Matrimonio Civil, tiene como requisitos: a) el cese de la convi vencia efectiva durante, a lo menos, tres años; b) que el demandante acredite, si lo exige el otro cónyuge, haber dado cumplimiento a su obligación de alimentos respecto del demandado y sus hijos comunes, y c) que no se haya producido una reanudación de la vida en común de los cónyuges con ánimo de permanencia, pues en tal evento se interrumpe el cómputo del plazo legal. Por otra parte, la ley reconoce al contrayente demandado de divorcio, en la misma disposición precitada, la posibilidad de enervar la acción pidiendo al juez que verifique que el actor durante el cese de la convivencia no ha dado cumplimiento, reiterado, a su obligación en calidad de alimentante. De lo antedicho se desprende que esta excepción perentoria debe ser alegada por el cónyuge afectado y que el peso de la prueba, por aplicación del artículo 1698 del Código Civil, corresponde al actor. La finalidad de la excepción en
17 comento ha sido materializar los principios transversales a toda la legislación de familia, como el de protección al cónyuge más débil y el del interés superior de los hijos, castigando la infracción del deber de socorro. Así, acreditado el referido incumplimiento de las obligaciones alimenticias, sea con respecto a los hijos comunes o al propio cónyuge demandado, el deudor queda impedido de solicitar la disolución del vínculo matrimonial. (Considerandos 4º a 7º de sentencia de Casación)
Corte Suprema, 14/07/2014, Rol Nº 8137-2013 Cita online: CL/JUR/4417/2014
Requisitos del divorcio unilateral.
Cese efectivo de la convivencia entre los cónyuges.
Ánimo de separación. Formas de acreditar el cese efectivo de la convivencia. Acta de audiencia de formalización ante juez de garantía
permite acreditar el cese de la convivencia
La Ley de Matrimonio Civil exige en su artículo 55 para que proceda la declaración de divorcio por petición unilateral de los cónyuges las siguientes condiciones: a) solicitud de parte, b) cese efectivo de la convivencia por un lapso mayor de tres años, y c) que el demandante haya dado cumplimiento a su obligación alimentaria. En cuanto al cese de la convivencia, efectivamente se trata en la especie de establecer lo que se ha llamado en doctrina el "ánimo de separación", esto es la intención manifestada de los cónyuges de no permanecer unidos, poniendo término a la vida en común. (Considerandos 1º y 3º)
Ha de considerarse, en relación a esta exigencia de certeza del término de la convivencia, que los términos empleados por el legislador persiguen — como se expresó formalmente en el proyecto de ley que culminó con la dictación de la Ley Nº 19.947— la comprobación de circunstancias objetivas que impidan el simple acuerdo de las partes para obtener el divorcio, o bien su confesión, o el fraude a la ley (...). (Considerando 6º)
De una lectura armónica y cautelando el genuino sentido, alcance, historia fidedigna de lo prescrito en los artículos 55, en relación a los artículos 23 y 25 de la Ley de Matrimonio Civil, y aún conforme a lo que señala —a contrario sensu— el artículo 2º transitorio de la misma ley; que el cese efectivo de la convivencia entre los cónyuges para la obtención del divorcio por solicitud unilateral, ha de acreditarse especialmente por aquellos medios que señalan los artículos 23 y 25 precitados, debiendo entenderse en términos amplios que ha de existir certidumbre de tal cese, esto es del inicio del período de separación conyugal, de manera objetiva y por medio de la extensión de un instrumento oficial extendido por una autoridad o ministro de fe. En tal perspectiva, evidentemente el acta de la audiencia de formalización llevada a efecto ante un Juez de Garantía, en que se constata que los
18 cónyuges viven separados y aún impone la medida de prohibición de acercarse el marido a la mujer en el marco de una suspensión condicional del procedimiento y por el término de un año, no puede menos que comprobar fehacientemente el inicio del cese de la convivencia entre los cónyuges, que se extiende por el período que establece la ley en caso de divorcio a petición unilateral. (Considerandos 7º y 8º)
Corte de Apelaciones de San Miguel, 12/04/2013, Rol Nº 109-2013 Cita online: CL/JUR/783/2013
Requisitos para obtener el divorcio unilateral.
Prueba de haber estado separados a lo menos tres años sin reconciliación o reanudación de vida en común
Las declaraciones de las testigos, si bien, no coinciden en relación a la fecha exacta hasta la cual las partes mantuvieron la convivencia, no obstante sus aseveraciones, apreciadas conforme a las reglas de la sana crítica, resultan suficientes, en orden a acreditar un hecho fundamental para decidir la controversia, vale decir, que se encuentran separados, por lo menos, desde hace más de diez años a la fecha, sin que haya existido reconciliación o que hayan reanudado la convivencia matrimonial con ánimo de permanencia durante dicho tiempo, siendo preciso, además, dejar establecido al efecto, que esta Corte estima que sus dichos aparecen veraces, en primer término, porqu e tales circunstancias no fueron controvertidas por los litigantes y, enseguida, por cuanto resultan concordantes con los certificados de residencia allegados en la audiencia de juicio. (Considerando 3º)
Corte de Apelaciones de La Serena, 21/01/2011, Rol Nº 199-2010 Cita online: CL/JUR/870/2011
Divorcio unilateral por cese de la convivencia.
Excepción de incumplimiento reiterado de la obligación de alimentos. Derecho de alimentos
(...) los alimentos debidos por ley se sostienen sobre dos pilares esenciales: que el alimentario necesite de aquéllos y que el alimentante tenga facultades para proporcionarlos. El principio doctrinario recién expuesto, recibe consagración expresa en el artículo 330 del Código Civil, norma que directamente señala: Los alimentos no se deben sino en la parte en que los medios de subsistencia del alimentario no le alcancen para subsistir de un modo correspondiente a su posición social. Por otra parte, en el derecho comparado es interesante considerar lo que dice el artículo 294 del Código Civil de Venezuela de 1982 la prestación de alimentos presupone la imposibilidad de proporcionárselos al que los exige, y presupone asimismo
19 recursos suficientes de parte de aquel a quien expiden. Planteado lo anterior y haciendo aplicación estricta del artículo 55 de la ley Nº 19.947, se observa que en el proceso no existe verificación alguna por parte del juez a quo acerca del posible incumplimiento reiterado de la parte demandante de proporcionar alimentos. En efecto, en autos no existe prueba alguna en tal sentido y, es más, se aprecia que desde que se produjo la separación de hecho, nunca la cónyuge solicitó apercibimiento alguno en contra del demandante de autos. (Considerandos 2º a 5º).
Corte de Apelaciones de Santiago, 03/11/2010, Rol Nº 423-2010 Cita online: CL/JUR/12262/2010
4. DIVORCIO UNILATERAL POR CESE DE LA CONVIVENCIA. COMPENSACIÓN ECONÓMICA
En lo Principal: Interpone demanda de Divorcio Unilateral por Cese de la Convivencia; En el Primer otrosí: Demanda de Compensación Económica; En el Segundo Otrosí: Acompaña documentos; En el Tercer Otrosí: Patrocinio y Poder.
S.J.L. TRIBUNALES DE FAMILIA
_______________________ _______ , nacionalidad ____________ , profesión u oficio _______ ___ , estado civil_______ , cédula nacional de identidad _________ , domiciliado en ____________________________ _____ , comuna ______________ ______ , a US. respetuosamente digo:
Que, por este acto, y de conformidad a lo dispuesto en los artículo 55 inciso 3º de la ley Nº 19.947, 102 y siguientes del Código Civil y demás disposiciones pertinentes de la ley Nº 19.947, Reglamento de la misma ley, disposiciones pertinentes del Código Civil y del Código de Procedimiento Civil y Ley Nº 19.968 que Regula la Creación de los Tribunales de Familia, vengo en interponer demanda de Divorcio Unilateral por Cese de la Convivencia en contra de mi cónyuge _____________ ______________________ __ , nacionalidad, profesión u oficio _____________ , estado civil _______ __ , cédula nacional de identidad,
domiciliado en _________________ __________ ,
comuna_________ _______________ , con el objeto que S.S. declare terminado la matrimonio celebrado entre las partes bajo el régimen de Sociedad Conyugal por la causal objetiva esgrimiendo por las razones de hecho y de derecho que paso a exponer:
LOS HECHOS:
Contraje matrimonio el día ____ ______________ , matrimonio que fue celebrado en la circunscripción de _______________ , inscrito bajo el
20 número ____________ del Registro de Matrimonios correspondiente al mismo año.
Al momento de contraer matrimonio, suscribimos como régimen patrimonial la sociedad conyugal, por lo que hay bienes que liquidar.
Fruto de la relación que tuvimos nació ______ _ _______________ , quien actualmente tiene _______________años de edad.
Por problemas de convivencia que devinieron en una relación insostenible, decidimos cesar nuestra convivencia.
EL DERECHO:
Como S.S. bien sabe nuestro legislador ha establecido la posibilidad de divorciarse cuando ha cesado la convivencia efectiva de las partes, es así como el artículo 55 inciso tercero de la ley Nº 19.947 señala que: "habrá lugar al
divorcio cuando se verifique el cese efectivo de la convivencia conyugal durante el transcurso de, a lo menos tres años, ...". Como consta de la relación de los
hechos, el cese efectivo de la convivencia de la demandante con el demandado supera con creces el plazo que señala este artículo, ello en atención que en la especie el cese efectivo lleva más _ _____________ .
Por su parte, los artículos 87, 88 y 89 de la misma ley y el artículo 8º de la ley Nº 19.968, señalan la competencia del tribunal de S.S. para conocer de esta causa, procedimiento de la Ley de Tribunales de Familia.
Al dictarse la nueva normativa que regula el matrimonio civil, se establecen los principios que se consagran en dicha ley cuales son: la protección de la familia, la protección del matrimonio, y la protección del cónyuge más débil consagrado en el artículo 3º inciso 1º de la ley Nº 19.947, ello implica que al momento de realizarse cualquier proceso relacionado con la materia de divorcio, el juez debe velar porque se protejan efectivamente los derechos de aquel cónyuge que sea más débil, lo que implica que deberá velar por resguardar los derechos de las partes.
POR TANTO , en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 3º incisos 1º y 2º, 21 inciso 2º, 30, 31 inciso 2º, 36, 51, 55, 61, 85 inciso 2º y demás pertinentes de la ley Nº 19.947, artículo 8º y demás pertinentes de la Nº 19.968; normas pertinentes del Código Civil, normas pertinentes del Código de Procedimiento Civil, normas pertinentes de la Ley Nº 19.968 que Crea los Tribunales de Familia, con la expresa integración de los tratados internacionales ratificados por Chile y que de acuerdo al artículo 5º inciso 2º de la Constitución Política de la República forman parte de la legislación vigente, a US.
Solicito a US. se sirva tener por interpuesta demanda de Divorcio Unilateral por Cese de la Convivencia en contra de__ _______________________ _ , ya
21 individualizado, someterla a tramitación y acogerla, poniendo término almatrimonio celebrado entre los cónyuges.
PRIMER OTROSÍ : Por ese acto vengo en interponer demanda de
Compensación Económica de conformidad a lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la ley Nº 19.947 en contra de mi cónyuge _______________ , ya individualizado, decretando a mi favor que se pague la suma de $ ___ _ ____________ equivalente _____ ________________ o lo que S.S. estime de derecho, según los hechos y derecho que a continuación paso a exponer:
Tanto nuestra doctrina como jurisprudencia más reciente han concluido que para que sea procedente la compensación económica deben concurrir 3 supuestos:
1. Que uno de los cónyuges no haya trabajado remuneradamente durante el matrimonio o si lo hizo fuera en menor medida de lo que quería o podía;
2. Que lo anterior fuera por haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, y por último;
3. Que, como consecuencia de ello, haya sufrido un menoscabo económico. Que en el caso de autos se cumplen cada uno de estos requisitos, tal como lo demostraré en la etapa procesal correspondiente, y que sucintamente ilustro a continuación:
1º Requisito: "Me ha visto privada de trabajar remuneradamente o cuando ha
trabajado lo ha efectuado en menor medida de lo que podía y quería durante la vigencia del matrimonio".
a) Contraje matrimonio con don ___________ ______________ ____ , con fecha __ __ ___ _______ , matrimonio que fue celebrado en la circunscripción de ________ _______ , inscrito con el número _ _ ___ del Registro de Matrimonio correspondiente al año ______ .
b) Narración detalle fundamentos fácticos. c) _______________ .
2º Requisito: "Esta privación fue debido a la dedicación y cuidado de los hijos,
como también el cuidado del hogar común". a) Narración detalle fundamentos fácticos. b) _______________ .
22
3º Requisito: Todo ello produce un menoscabo económico en mi persona, a la
luz de lo dispues to en el artículo 62 de la ley Nº 19.947. Tanto es así que no sólo se cumplen algunos de los criterios señalados en el artículo 62 para determinar la existencia y cuantía del menoscabo, sino que incluso otros que serán determinantes al momento de determinar la cuantía del menoscabo económico sufrido. Todo ello se rá demostrado en la etapa procesal correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, es necesario precisar lo siguiente respecto de:
a) Situación actual demandante. b) Situación actual del demandado.
Finalmente, en base a lo anteriormente expuesto y considerando que durante el matrimonio si bien en un comienzo trabaje junto a mi marido en el negocio de éste o me dedique en forma exclusiva al hogar común o trabaje en menor medida _ ______________ .
En consecuencia se cumplen en el caso de autos todos los requisitos que sirven de presupuestos para dar lugar a la compensación económica. En cuanto a los criterios del artículo 62 de la ley Nº 19.947 esta parte los demostrará en la etapa procesal correspondiente.
En caso que SS. acogiera la presente demanda esta parte solicita su pago mediante la siguiente modalidad:
a. La cesión del 100% de los derechos que al cónyuge demandado reconvencional le corresponden en la propiedad de la sociedad conyugal ubicada _____ ________ _ __________ , inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de________ ________ a fojas __________ número _____________ , correspondiente al Registro de Propiedades del año ______ . Para tales efectos debe considerarse lo siguiente: El avalúo fiscal de la propiedad asciende a la suma de $ ______ , descontado la parte que corresponde a mi representada/o por tratarse de un bien social, esto es $ ____________
b. La suma en dinero de $ _________ __ , conforme el artículo 65 número 1 de la ley Nº 14.947, esto es, se fije seguridades para su pago.
c. El traspaso de fondos de la cuenta individual de capitalización, por el monto de $ ______ .
POR TANTO, en atención a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 61 y
siguientes de la ley Nº 19.947 y demás normas legales pertinentes,
A US. PIDO: Se sirva tener por interpuesta demanda de compensación
económica, acogerla a tramitación, y en definitiva dar lugar a ella condenando a don _______ ______________ , por concepto de compensación económica a la
23 cantidad de $ _____ __________ ( _________ ___________________ ) o la cantidad que SS estime conforme a derecho, solicitando como modalidad de pago la forma precedentemente señalada, o la que SS. determine en justicia .
SEGUNDO OTROSÍ : Sírvase S.S. tener presente que esta parte ofrece
acompañar en la oportunidad procesal correspondiente, los siguientes documentos:
1. Certificado de matrimonio celebrado entre las partes. 2. Certificado de residencia de la demandante.
TERCER OTROSÍ : Sírvase S.S. tener presente que designo abogados pa trocinantes y confiero poder a____________________________ , domiciliado para estos efectos en calle __ ________________ , comuna de ____________ , quienes podrán actuar conjunta e indistintamente en estos autos y firman junto a mí en señal de aceptación.
INFORMACIÓN RELACIONADA CON ESTE ESCRITO:
Notas:
4.1.La compensación económica no es una sanción por el divorcio y, en ningún caso, por la iniciativa del divorcio.
4.2.La compensación no procede siempre, no es una consecuencia necesaria del divorcio, deben concurrir diversos requisitos. Se exige: que haya existido, vigente el matrimonio, dedicación exclusiva al cuidado de los hijos o al hogar común; que ello haya sido un obstáculo para el desarrollo de una actividad económica, o que ello haya generado un menoscabo por esta causa; que ello impide relaciones equitativas hacia el futuro. Dichos requisitos deben complementarse con los criterios dispuestos en el artículo 62 de la ley Nº 19.947.
Normativa:
— Código Civil: artículo 102.
— Código de Procedimiento Civil: artículos supletorios.
— Ley Nº 19.947 de Matrimonio Civil: 1º, 3º, 42 Nº 4, 53, 55 y sgtes., 2º transitorio, 42 Nº 4, 55 incisos 1º y 2º, 56, 57, 61 y sgtes.
— Ley Nº 19.968 crea los Tribunales de Familia: artículos 1º, 3º, 8º Nº 16, 9º y sgtes., 28, 55 y sgtes.