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EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE LA PATENTE MUNICIPAL A PERSONAS CON DISCAPACIDADES, A FIN DE GARANTIZAR EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL CANTÓN TULCÁN.

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE LA PATENTE MUNICIPAL A PERSONAS CON DISCAPACIDADES, A FIN DE GARANTIZAR EL PRINCIPIO DE

IGUALDAD EN EL CANTÓN TULCÁN.

AUTOR: CEVALLOS POZO CRISTIAN ANDRÉS

TUTOR: MSc. ROSERO PORTILLA SEGUNDO ARMANDO

Tulcán - Ecuador

(2)

CERTIFICACIÓN DEL TUTOR

Magister Armando Rosero, en calidad de tutor del Trabajo de grado designado por disposición de UNIANDES, certifico qué el estudiante CEVALLOS POZO CRISTIAN ANDRÉS, egresado de la FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CARRERA DE DERECHO, ha cumplido con su trabajo de grado, previo a la obtención del título de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, con el tema “EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE LA PATENTE MUNICIPAL A PERSONAS CON DISCAPACIDADES, A FIN DE GARANTIZAR EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL CANTÓN TULCÁN”.

En base a lo expuesto y a los lineamientos académicos de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, se aprueba el presente proyecto de investigación, pudiendo ser sometido a presentación pública y evaluación por parte del jurado calificador que se designe.

Atentamente,

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DECLARACIÓN DE AUTORÍA

Yo, CRISTIAN ANDRÉS CEVALLOS POZO, portador de la cédula de ciudadanía N° 0401124904, egresado de la Facultad de Jurisprudencia, Carrera de Derecho, de la Universidad Autónoma Regional de los Andes “UNIANDES”, extensión Tulcán, en calidad de autor de la investigación, libre y voluntariamente DECLARO, que el proyecto de investigación titulado: “EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE LA PATENTE MUNICIPAL A PERSONAS CON DISCAPACIDADES, A FIN DE GARANTIZAR EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL CANTÓN TULCÁN”; así como las expresiones vertidas en la misma, son de mi autoría, los cuales se basan en la bibliografía existente, información tomada de textos, internet, registros jurídicos y doctrinas por autores destacados para el desarrollo de la misma.

Por lo tanto permito hacer uso de este documento para que la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” tenga la plena facultad de hacer uso de sus propios derechos correspondientes para el análisis de esta investigación según lo establecido por la ley de propiedad intelectual, su reglamento y la normativa institucional vigente, en consecuencia asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma.

De la misma manera autorizo a la Universidad Autónoma de los Andes “UNIANDES” extensión Tulcán, para que haga de este trabajo un documento disponible para su lectura, como para futuras investigaciones.

Atentamente:

Cristian Andrés Cevallos Pozo C.I. 0401124904

(4)

DERECHOS DE AUTOR

Yo, Cristian Andrés Cevallos Pozo, en calidad de autor, del trabajo de investigación previo a la obtención del título de abogado de los tribunales de la república, sobre: EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE LA PATENTE MUNICIPAL A PERSONAS CON DISCAPACIDADES, A FIN DE GARANTIZAR EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL CANTÓN TULCÁN; por la presente autorizo a la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS ANDES UNIANDES-TULCÁN, para que haga de este trabajo un documento disponible para su lectura, como para futuras investigaciones.

Declaro que conozco y acepto la disposición constante el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad Autónoma Regional De Los Andes Uniandes -Tulcán.

Tulcán, Julio del 2019

Atentamente:

(5)

DEDICATORIA

Agradeciendo a Dios por la fortaleza y sabiduría que ha derramado en mí durante estos años de estudio para poder realizarme como profesional, más aún quiero agradecer a mis hijos quienes me han dado fuerzas e inspiración para poder dejar un ejemplo de valores, humildad, perseverancia, a mi esposa, la persona que ha sido un ejemplo para poder enfrentar los problemas y adversidades que en la vida se nos presentan, a mi madre quien con su sabiduría y su fe, que ha puesto sobre mí; para poder llegar a culminar este proyecto de investigación, por todo aquello les dedico este título alcanzado.

Mas sin embargo me he convertido en un profesional con valores éticos, principios, objetivos, metas y con valentía para enfrentar un mundo de desafíos y oportunidades.

(6)

AGRADECIMIENTO

La vida será un escenario en el cual las personas que perseveran alcanzan el éxito. Por ello doy gracias aquellas personas que durante mi carrera educativa en el Derecho, han dado todos sus conocimientos éticos y profesionales adquiridos, para poder llegar ser un profesional; estas personas son los docentes de la Universidad Uniandes de la ciudad de Tulcán, profesionales a los cuales estaré agradecido.

A mi familia que han aportado con sus consejos y lecciones de cómo enfrentar los obstáculos y las dificultades, día a día lo motivan para poder ser mejor hombre de bien, dentro de la sociedad.

Agradecido de que Dios haya puesto a estas personas en mi camino, fortalece la necesidad de que los conocimientos adquiridos sean útiles para emprender como profesionalmente ante una sociedad.

(7)

ÍNDICE PORTADA

... 1

Problema de investigación ... 2

Formulación del problema a investigar... 3

Árbol de problemas ... 4

Identificación de la línea de investigación ... 5

Objetivos ... 5

Objetivo general ... 5

Objetivos específicos ... 5

CAPÍTULO I. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA ... 6

1.1 Antecedentes de la investigación ... 6

1.1.1 Desarrollo de derechos a las personas con discapacidad ... 6

1.1.2. Principios generales del Derecho ... 7

1.1.3. Funciones de los principios fundamentales del Derecho ... 7

1.1.4. Función creativa ... 8

1.1.5 La función interpretativa ... 8

1.1.6 La función integradora ... 8

1.1.7 Declaración Universal de los Derechos Humanos ... 8

1.1.1.2 Principios fundamentales establecidos en la Constitución de la República del Ecuador 2008. ... 10

1.1.1.3 Principio de Igualdad ... 10

1.1.1.4. El término acción afirmativa ... 11

1.2. Actualidad del objeto de estudio de la investigación ... 12

1.2.1. Grupos de atención prioritaria en el Ecuador ... 12 CERTIFICACIÓN DEL TUTOR

DECLARACIÓN DE AUTORÍA APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DERECHOS DE AUTOR

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1.2.2. Derechos de personas con discapacidad dentro de la Constitución de la

República del Ecuador ... 13

1.2.3. La igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. ... 14

1.2.4. Garantías a una inclusión social ... 16

1.3. Actualidad Ecuatoriana del sector donde se desarrolla el proyecto ... 16

1.3.1. Aspectos tributarios contemplados en la Ley Orgánica de Discapacidades y su Reglamento. ... 16

1.3.2. Exenciones que constan en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD ... 19

1.3.4. Relación entre la Ley de Régimen Tributario Interno y el COOTAD. .. 20

1.3.5. La Patente Municipal ... 21

1.3.6. Alcances de la fijación de pagos según su capital ... 23

1.3.7. La función de los gobiernos autónomos descentralizados con relación a la equidad de un grupo prioritario. ... 23

1.3.8. Situación actual sobre el pago del impuesto a la patente municipal con las personas con discapacidad en el Cantón Tulcán. ... 24

1.3.9. Legislación comparada ... 24

2.1. Paradigma y tipo de investigación ... 26

2.1.1. Modalidad de la investigación ... 26

2.1.1.1. Tipo de investigación por el diseño ... 26

2.1.1.1.1. Investigación descriptiva ... 26

2.1.1.1.2. Investigación correlacional ... 26

2.1.1.1.3. Investigación explicativa ... 27

2.1.1.1.4. Investigación de campo ... 27

2.1.1.1.5. Investigación bibliográfica ... 27

2.1.1.1.6. Investigación jurídica ... 27

2.2.1. Procedimiento para la búsqueda y procesamiento de datos. ... 27

2.2.1.1. Población ... 27

2.2.1.1. Muestra ... 28

2.2.1.2. Cálculo y tamaño de la muestra ... 28

2.2.2. Métodos, técnicas e instrumentos de investigación... 28

2.2.2.1. Métodos teóricos... 28

2.2.2.2. Método deductivo-inductivo ... 28

(9)

2.2.2.4. Método histórico-lógico ... 29

2.2.2.5. Método jurídico ... 29

2.2.2.6. Métodos empíricos ... 29

2.2.2.6.1.Observación científica ... 29

2.2.2.6.2.Análisis documental ... 30

2.2.2.6.3.Validación por vía de expertos ... 30

2.2.3. Técnicas ... 30

2.2.3.1. La Encuesta ... 30

2.2.3.2. La Entrevista ... 30

2.2.3.3. Instrumentos ... 31

2.3.1. Plan de procesamiento y análisis de la información ... 31

2.3.1.1. Resultados del diagnóstico de la situación actual... 31

2.3.2.1. Diagnóstico que caracterice el problema de investigación formulado 31 2.3.3.1. Análisis e interpretación de resultados ... 32

CAPÍTULO III. PROPUESTA DE SOLUCIÓN AL PROBLEMA ... 35

3.1. Nombre de la Propuesta ... 35

3.2. Objetivo ... 35

3.3. Elementos que la conforman ... 36

3.3.1. Originalidad ... 36

3.3.2. Aplicabilidad ... 36

3.2.3. Relevancia Jurídica ... 36

3.3. Desarrollo detallado de la propuesta. ... 37

3.4 Explicación de cómo la propuesta contribuye a solucionar las insuficiencias identificadas en el diagnóstico ... 44

3.5. Validación de la propuesta ... 44

3.5.1. Interpretación de Resultados ... 46

3.5.1.1. Rigor Científico ... 46

3.5.1.2. Estructura Metodológica. ... 46

3.5.1.3. Organización de Procesos. ... 47

3.5.1.4. Viabilidad para la Aplicación Práctica. ... 47

3.5.1.5. Oportuno. ... 48

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ... 49

BIBLIOGRAFÍA ... 51

(10)

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 Tabla sobre cálculo de patente municipal………...…………24

Tabla 2: Conocimientos sobre sus derechos ... 32

Tabla 3: Vulnerabilidad ante un derecho y existencia de Desigualdad………33

Tabla 4: Factibilidad de inversión ... 33

Tabla 5: Accesibilidad a exención ... 34

Tabla 6: Aceptación de una reforma ... 35

Tabla 7: Beneficios de la reforma ... 35

Tabla 8: Rigor Científico………..46

Tabla 9: Estructura Metodológica………..46

Tabla 10: Organización de Procesos.………..….47

Tabla 11: Viabilidad para la aplicación Practica………..…47

Tabla 12: Oportuno………..48

INDICE DE GRÁFICOS Gráfico No 1: Árbol de problemas……….. 4

(11)

RESUMEN EJECUTIVO

(12)

ABSTRACT

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1 INTRODUCCIÓN

Actualidad e importancia

Después de haber realizado un amplio estudio dentro del campo del derecho, y en sus extensiones como bibliotecas, repositorios de todas las universidades de nuestro país, en especial en la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, a fin de encontrar trabajos de investigación relacionados a este proyecto, se demuestra que no existe tal trabajo investigativo o propuesta, por ello la importancia de dar la iniciativa a un proyecto de investigación que sea novedoso y aceptado.

La originalidad de realizar un proyecto de estudio profundo, fundamentado a la aplicabilidad de un principio contemplado en la Constitución de la República del Ecuador como es la igualdad, promueve y garantizará el derecho a una exención del impuesto a la patente municipal a un grupo prioritario como son las personas con discapacidad.

Esto alcanzaría un escalón más para que toda persona tenga derecho a una directa e inmediata aplicabilidad, tomando en cuenta todo derecho y principios que son inalienable, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía, ante esto se asegura la inclusión social y económica a la persona con esta deficiencia física, intelectual o sensorial con independencia de la causa que le hubiera originado, por lo que asegurara el ejercicios de sus derechos tanto a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, cónyuge, pareja en unión de hecho, representante legal o las personas que tengan bajo su responsabilidad.

(14)

2 Problema de investigación

En el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en adelante el COOTAD, en el Capítulo III de los Impuestos sección IX de los Impuestos a la Patente Municipal y Metropolitanos, artículo 550 sobre las exenciones establece, “estarán exentos del pago del impuesto a la patente municipal únicamente los artesanos calificados como tales por la Junta Nacional de Defensa del Artesano para fines tributarios”, por lo tanto existe una vulneración de derechos a este grupo prioritario ya que deberían incluirse en este artículo y considerar que las personas con discapacidades si pueden ejercer actividades económicas y acogerse a sus derechos cuando ellos lo requieran.

Reconocimiento de las Naciones Unidas, en la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 2 numeral 1, reconocen “Toda persona tiene derechos y libertades, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión opinión política o de cualquier índole o cualquier otra condición”.

Si tomamos como referencia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, firmada en San José de Costa Rica en 1969, (Pacto de San José) reconocen los derechos esenciales del hombre no por hecho de ser nacional de un Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifica una protección internacional, ante sus plenos derechos sin ninguna discriminación, permitiendo que pueda realizarse el ideal del ser humano libre, que le permita gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, tanto como de sus derechos civiles y políticos.

(15)

3

diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades, la accesibilidad, la igualdad entre hombres y mujeres.

En la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 11 dispone que nadie podrá ser discriminado, por motivos de su capacidad, además en su artículo 47 el Estado garantizará políticas para dar oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social y en su artículo 48, el Estado adoptará medidas que aseguren la inclusión social, la obtención de créditos y rebajas o exoneraciones tributarias, como también incentivar y apoyar los proyectos productivos para garantizar el ejercicio del pleno derecho a las personas con discapacidad.

Por lo tanto al considerarle una vulneración a este derecho que tiene este grupo prioritario al pago de este tributo, se refleja la necesidad de varias personas que han tenido que pagar un valor total a esta entidad como es el Gobierno Municipal del Cantón Tulcán, para emprender cierta actividad económica, aún más distinguiendo que estas personas deben tener sus prioridades, así esto implicaría el más alto respaldo a los derechos en todos los ámbitos de desarrollo humano, por lo tanto esto sería una desigualdad para estas personas.

Se considera que la presente investigación es importante ya que la “Exención del impuesto de la patente municipal a personas con discapacidades”, haría que se cumplan los derechos contemplados en la Constitución del Ecuador. Formulación del problema a investigar

(16)

4 Árbol de problemas

Gráfico Nº 1

Falta de una norma en el COOTAD que regule a los GAD Municipales sobre la exención del impuesto a la patente Municipal a personas con discapacidad.

La no aplicación directa de los

principios de igualdad, equidad por

ser un grupo prioritario.

Vulneración de los derechos de

igualdad contemplados en la

Constitución del Ecuador.

La ineficiencia de los Gobiernos Municipales. Pérdida de tiempo por parte de

los usuarios y descontento por los trámites burocráticos para que se cumplan los derechos que les

corresponden. La falta de una norma

que regule directamente la aplicación al impuesto de la patente municipal

para las personas con discapacidad.

EFECTOS

No hay cambios trascendentales y motivadores hacia los

discapacitados para incentivar o crear

nuevos

emprendimientos para la sustentación de ellos,

su familia o quienes cuidan de ellos.

CAUSAS

Falta de normativa tributaria de la patente municipal

(17)

5 Identificación de la línea de investigación

Retos, perspectiva y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en el Ecuador Objetivos

Objetivo general

Elaborar un documento para ser presentado como anteproyecto de reforma al Art. 550 del COOTAD, respecto a la exención del impuesto a la patente municipal de las personas con discapacidad a fin de que se garantice el principio de igualdad y sus derechos.

Objetivos específicos

 Analizar teórica y jurídicamente sobre la exención del impuesto de patente municipal de las personas con discapacidad.

 Diseñar el documento de análisis sobre la aplicabilidad de la exención del impuesto a la patente municipal de las personas con discapacidad.

 Determinar que existe una vulneración de derecho constitucional, al realizar el pago total del impuesto a la patente municipal por parte de un grupo prioritario de las personas con discapacidad.

(18)

6

CAPÍTULO I. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA

1.1 Antecedentes de la investigación

Las referencias obtenidas mediante la investigación se orientan en las fuentes obtenidas en base de doctrinas, leyes, revistas y trabajos relacionados al proyecto que va encaminado a tener la solución a una vulneración de derechos existentes.

1.1.1 Desarrollo de derechos a las personas con discapacidad

La aprobación de la Constitución del 2008 con un apoyo del 63% de los votantes, fue publicada por el ejecutivo en el Registro Oficial y puesta en vigencia el 20 de Octubre del mismo año, este acontecimiento marca un importante reconocimiento en derechos y deberes que garantizan a cada persona, demostrando una nueva forma de convivencia ciudadana en diversidad y armonía con la naturaleza para alcanzar el buen vivir,(Suma Kawsay) siendo así una sociedad que respeta en todas sus dimensiones la dignidad de las personas, y garantizando sin discriminación alguna; el goce de sus derechos establecidos en esta Constitución independientemente de su condición.

En el año 2006, se llevó a cabo la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidades, la cual marcó un avance importante en la revisión de la igualdad, al definir que se vinculen y consideren como sujetos de derechos a las personas con discapacidades. Es evidente que una sociedad es diversa y compleja y esto exige comprender que las dimensiones que asumen los tratados internacionales como un Estado, es un gran reto ya que dentro de ello está la protección de las personas, y más aún aquellas siendo un grupo prioritario.

(19)

7

disposiciones como apoyo a los procesos de inclusión”, en la cual resalta los años de discriminación y la exclusión que ha tenido las personas con discapacidad, las cuales han generado la baja auto estima de las mismas, por lo cual se enfoca en la obligación de un Estado, de asumir el reto de la protección directa a una inclusión social y a la aplicabilidad de las acciones afirmativas, por ello se resalta una explicación de estos autores.

“En el Ecuador, también se han reforzado leyes que permitan el acceso a la sociedad de las personas con discapacidad, sin embargo, es fácil suponer que estas leyes aún sean desconocidas por un amplio grupo de la comunidad. Por ello, el tener referencias acerca de los procesos de la aplicación de dichas leyes y acuerdos para el apoyo a la inclusión, permite constatar si en efectos las personas con discapacidad tienen acceso a la participación total, y cuáles son los organismos centrales a los que deben acudir y amparar sus derechos” (MIÑO, 2017, pág. 389)

1.1.2. Principios generales del Derecho

Son reglas que se cumplen o deben seguirse con cierto propósito, mismas que promueven la justicia universal y de donde se derivan todas las leyes.

“Los primeros antecedentes de los principios generales del Derecho se originan en la ciudad de Grecia, ciudad natal del famoso pensador Aristóteles de Estagira (382 – 322 A.C.), quien al estar estudiando por mucho tiempo el concepto de justicia, imprimió un conjunto de reflexiones sobre este tema, tales como su preocupación por delimitar la existencia de una justicia de orden natural y otra de índole legal voluntaria; el sentido final de la justicia con encontrar la igualdad; y el hecho de que la justicia se cumple cuando hay igualdad, y la injusticia se asocia con la desigualdad; entre otros conceptos que parecen ser, los primeros principios legales que se tienen conocimiento.” (ESTRADA, 2016)

1.1.3. Funciones de los principios fundamentales del Derecho

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8

ser respetadas y aplicadas de forma obligatoria por todo operador de justicia, para ello cada principio tiene su propio ámbito de acción y su propia efectividad, lo cual no debe de afectar a la contribución de todos al fin común de un orden justo, democrático y estable.

Los principios generales del Derecho tienen tres funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento, estas son: la función creativa, la función interpretativa, y la función integradora.

1.1.4. Función creativa

Establece que antes de promulgar la norma jurídica, el legislador debe conocer los principios para inspirarse en ellos y poder positivarlos.

1.1.5 La función interpretativa

Implica que al interpretar las normas, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretación.

1.1.6 La función integradora

Significa que quien va a colmar un vacío legal, debe inspirarse en los principios para que el derecho se convierta en un sistema cerrado.

1.1.7 Declaración Universal de los Derechos Humanos

Es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos y fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París el 10 de diciembre de 1948 a fin de que la libertad, justicia y paz en el mundo sean la base del reconocimiento de la dignidad personal e igualdad individual de todos los miembros de la familia humana.

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9

tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.” (ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS, 2014)

Acentuando el valor de agregar las cuestiones inherentes a la discapacidad, se reconoce a estas personas por su deficiencia al entorno no les permite su plena participación efectiva en la sociedad, se crea un instrumento internacional de los derechos humanos de las Naciones Unidas destinadas a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad el 13 de diciembre de 2006 en su sede en Nueva York, por lo que entro en vigor el 3 de mayo de 2008. Asegurando la universalidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales este grupo vulnerable se le otorga la plena protección para ejercer los derechos contemplados en esta convención, sin que exista tal discriminación.

Destacando este importante instrumento se resalta su Artículo 1 “El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.”

(CONVENCIÓN SOBRE DERECHOS SE LAS PERSONAS CON

DISCAPACIDAD, 2006)

“Artículo 3: Los principios de la presente Convención serán:

a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;

b) La no discriminación;

c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;

d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas;

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10 f) La accesibilidad;

g) La igualdad entre el hombre y la mujer;

h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.”

1.1.1.2 Principios fundamentales establecidos en la Constitución de la República del Ecuador 2008.

Cuando hablamos del Ecuador nos referimos a un Estado de Derecho y Justicia Social, Art. 1 de la Constitución de la República del Ecuador, por lo tanto el constitucionalismo contemporáneo nos propone un Derecho donde prima los principios, es así que estas son normas que ordenan que algo se realice con mayor medida posible, de acuerdo con las posibilidades fácticas y jurídicas, por ello los principios fundamentas establecidos en la Constitución son mandatos de optimización, ante ello su aplicabilidad se ejecutara mediante los órganos de un gobierno, que se enmarca ante una tutela jurídica.

El Profesor Danilo Alberto Caicedo Tapia manifiesta que: “Bajo este nuevo paradigma, la administración se constituye en un auténtico servicio a la colectividad, regido por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”.(TAPIA, 2018, pág. 10)

1.1.1.3 Principio de Igualdad

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11

en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.” (CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR, 2008)

En la validación de expertos, en relación al tema de viabilidad para la aplicación práctica, se resalta con una calificación de muy buena, a la estructura de cómo se desarrolló la investigación de este tema.

1.1.1.4. El término acción afirmativa

La discusión sobre los alcances y medidas a una acción afirmativa ha sido muy relevante durante décadas, los países latino americanos han alcanzado darle diferentes conceptos a esta acción afirmativa e incluso en algunos debates la confunden muy a menudo con políticas compensatorias o focalizadas a criterios de pobreza, la importancia que debe potencializar es enorme ante una sociedad con problemas de equidad y discriminación social.

Aunque las iniciativas de las acciones afirmativas se encuentren establecidas en el marco legal de los instrumentos internacionales, hacia un concepto claro, y de aceptación en general lo realizo las Naciones Unidas, teniendo claro con un trabajo investigativo en 2001. “La acción afirmativa es un conjunto coherente de medidas de carácter temporal dirigidas a corregir la situación de los miembros del grupo al que están destinadas en un aspecto o varios de su vida social para alcanzar la igualdad efectiva”.

Por lo tanto en su mayor consenso y por sus barias controversias se ha logrado a tener claro que la acción afirmativa sería aplicable a miembros de un determinado grupo de personas cuyo estatuto particular se reconoce los derechos sociales ante la vida de los cuales hayan sido discriminados, con el objeto de mantener y alcanzar la igualdad efectiva ante una sociedad.

Según Magdalena León, resalta la forma como se expresa la práctica de la acción afirmativa por las Naciones Unidas, “medias de movilización afirmativa, de equidad afirmativa y de preferencia afirmativa. Las dos primeras corresponderían a las políticas de acción afirmativa orientadas principalmente hacia la “igualdad de oportunidades”, mientras que la tercera apuntaría

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1.2. Actualidad del objeto de estudio de la investigación

La investigación recabada dará el realce a un trabajo minucioso de encontrar la vulneración de derechos y a una inclusión social a las personas con discapacidad.

1.2.1. Grupos de atención prioritaria en el Ecuador

Dentro de la Constitución de la República del Ecuador 2008 en el capítulo III, “Art. 35. Se incluye a las personas con discapacidad, donde el Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad. Es así que la Sección Sexta de la citada norma determina en su Art. 47 que el Estado garantizará políticas de prevención para este grupo prioritario como son los discapacitados, dando oportunidades a una integración social, a una rehabilitación integral y a la asistencia permanente de rebajas en servicios públicos y privados, a exenciones en el régimen tributario, al trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades, entre otros.

En el artículo 48 ibídem dispone que el Estado adoptará medidas que garanticen la inclusión social, la obtención de créditos y rebajas o exoneraciones tributarias, a poyará al desarrollo de programas para fomentar su participación política, como el apoyo directo en los proyectos productivos, es por ello qué, aunque exista una ley de discapacidades en el Ecuador deberá implementar una normativa que faculte la aplicación directa a este grupo prioritario como son los discapacitados.

“En el Ecuador en el año 1992, el 10 de agosto se publica la Ley 180 sobre Discapacidades en el Registro Oficial N° 996, que crea el Consejo Nacional de Discapacidades - CONADIS, como entidad autónoma y rectora del tema en el país, con el mandato de dictar políticas, articular y coordinar acciones con los sectores público y privado e impulsar estudios e investigaciones en el ámbito de la discapacidad” (CONADIS, 2018)

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13

Ecuador, identificando personas con discapacidad física, intelectual, auditiva, visual y psicosocial además facultando ver hasta el grado de discapacidad, desde el 2016 con corte del 02 de junio del 2018 se han entregado 440.910 con discapacidad, otorgados por un equipo técnico para calificar a estas personas en todo el territorio nacional, siendo personas beneficiarias a un carnet que les permitirá gozar de los derechos y garantías plasmados en la Constitución de la República del Ecuador. (CONADIS, 2018)

1.2.2. Derechos de personas con discapacidad dentro de la Constitución de la República del Ecuador

El Ecuador ha cumplido de manera mucho más eficiente y efectiva su rol como ente regulador y formulador de instrumentos, políticas y programas públicos para este grupo prioritario como son las personas con discapacidad, dándoles la oportunidad a que se han beneficiarios de ciertos derechos establecidos en la Constitución de la República de Ecuador.

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14

En el año 2012 se publica la Ley Orgánica de Discapacidades, otorgándoles la prevención, detección oportuna, habilitación y rehabilitación de la discapacidad y garantizando la plena vigencia a los derechos contemplados en la Constitución de la República del Ecuador 2008.

En esta Constitución es denominada como garantista dentro de la tendencia neo constitucionalista, dando un modelo estatal de Estado Social a un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, otorgándoles a este grupo prioritarios ciertos principios que en el ejercicio de sus derechos se consagran esta norma como la igualdad y de no discriminación, como adoptar acciones afirmativas para los titulares que se encuentren en situación de desigualdad consagrados en el artículo 11.

En la misma Carta Magna en su artículo 47 dispone que “el Estado garantice políticas de prevención de las discapacidades y gestionar la equiparación de oportunidades a las personas con discapacidad, como su integración social”. En su artículo 48 ibídem el Estado adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren:“la inclusión social, la obtención de créditos y rebajas o exoneraciones tributarias, que les permita iniciar y mantener actividades productivas, esto permitirá que este grupo prioritario se encuentre en un ámbito social, de desarrollo económico personal y familiar, permitiendo que se cumpla el pleno ejercicio de los derechos de esta norma expuesta”.

Por lo tanto este grupo de personas se ha encontrado en constante discriminación acto que hace una distinción o segregación que atenta contra la igualdad de oportunidades. En el numeral 4 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador se reconoce y garantiza a toda la persona la igualdad formal, la igualdad material y la no discriminación como derechos de libertad, (CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR, 2008)

1.2.3. La igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.

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mantener esos derechos inherentes hacia estas personas con discapacidad ha sido una batalla en plasmar normas que garanticen la inclusión social y económica de estas personas que han sido discriminadas durante varios años, en 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece “La libertad, la justicia y la paz en el mundo tiene por base el reconocimiento de la dignidad inherente a todos los miembros de la familia humana y de sus derechos iguales e inalienable”, concepto que ha dado la oportunidad a que lo Estados parte empiece a normar sus legislaciones ante esta discriminación que se ha desarrollado, por ello la sociedad ecuatoriana al tener una interculturalidad ha tenido un alto índice de discriminación por su razas, situación económica y sin dejar atrás a las personas con discapacidad, finalmente para mantener una equidad se crea en el 7 de julio de 2014 el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades, con su Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad, teniendo su finalidad de dar la plena vigencia y el ejercicio de los derecho consagrados en la Constitución y en los Instrumentos de Derechos Humanos.

“Promover, impulsar, proteger y garantiza el respeto al derecho de igualdad y no discriminación de las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, en el marco de sus atribuciones y en el ámbito de sus competencias, a fin de fortalecer la unidad nacional en la diversidad y la construcción del Estado Plurinacional e Intercultural”. (CONADIS, 2018)

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16 1.2.4. Garantías a una inclusión social

El Ecuador, ante su Constitución del 2008, reconoce su compromiso al tema de la desigualdad incluyendo en su artículo 85, los principios de solidaridad y equidad, principios que encaminan a un mecanismo redistributivos en favor de los grupos sociales rezagados en los ejercicios de sus derechos, esto alcanza una construcción viable para abordar y superar las políticas excluyentes y discriminatorias, dando la oportunidad en respuesta a las condiciones de desigualdad a un grupo de personas prioritarias que lo único que desean es incluirse ente una sociedad que les garantice su participación independiente ante una actividad económica que desempeñan.

Para poder sustentar aquel desarrollo anhelado por estas personas, el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades implementa el “Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021, “Toda una Vida”, para ello el Código Orgánico y Finanzas Públicas en su Art. 34 establece que “El Plan Nacional de Desarrollo es la máxima directriz política y administrativa para el diseño y aplicación de la política pública y todos los instrumentos, dentro del ámbito definido en este código. Su observancia es obligatoria para el sector público e indicativa para los demás sectores”. (CONADIS, 2018)

Garantizando la inclusión a las personas con discapacidad, el Estado y el Plan Nacional de Desarrollo permitirán dar a este grupo prioritario la reducción de desigualdad entre ecuatorianos, si no con el objetivo estratégico institucional para mantener los principios establecidos en la Ley Orgánica de Discapacidades, No discriminación, Igualdad de oportunidades, Celeridad y eficacia, Participación e inclusión y Atención prioritaria. Con aquello se garantiza los derechos establecidos en la Constitución.

1.3. Actualidad Ecuatoriana del sector donde se desarrolla el proyecto

1.3.1. Aspectos tributarios contemplados en la Ley Orgánica de Discapacidades y su Reglamento.

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ecuatorianos, teniendo un crecimiento para el 2019 de un 20,4 en impuestos del Producto Interno Bruto (PIB),tomando en cuenta que esta política fiscal representa un rubro importante para el desarrollo del país, influye en la economía de quienes pagan estos impuestos, afecta de manera directa y limitando a que algunas personas puedan emprender ciertos negocios y además que inversionistas extranjeros puedan invertir en nuestro país.

Si ponemos en consideración la Constitución de la República del Ecuador del 2008, en su capítulo octavo, Derechos de Protección, en su Artículo 82 establece que “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras públicas y aplicadas por las autoridades competentes.” esto permite ver de una manera brillante ante la aplicabilidad del derecho positivo, más sin embargo hasta la actualidad existe vulneraciones de derecho en las obligaciones tributarias.

Que en la Constitución del 2008 contempla en su Sección Quinta Régimen Tributario Artículo 300 de sus principios, de progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria, principios que dan la pauta a que se reconozca los derechos a un grupo prioritario como es a los discapacitados, por lo tanto en el Artículo 47, numeral 4, ibídem establece mediante decreto ejecutivo Nº 171 publicado en el suplemento del registro oficial Nº 145 de 17 de diciembre del 2013 y el Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades, permitiendo que las personas con discapacidad sean identificadas dentro del régimen tributario, por lo cual esta norma jerárquica da la pauta a que se creen ciertas leyes que permitan asegurar sus derechos a las personas con discapacidad.

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ambiental a la contaminación vehicular, importación de bienes, impuesto predial, impuesto a la renta, tasas y tarifas notariales, consulares y de registro civil, identificación y cedulación, impuesto al valor agregado, servicios, importación y compra de vehículos ortopédicos y no ortopédicos.

Es así que esto promueve e impulsa un sistema de prevención a que no exista la discriminación, la desigualdad e impulsando a que exista una acción afirmativa objetiva ante las políticas públicas y entidades privadas dentro del Ecuador, normativa que se sujeta a los principios consagrados en la Constitución de la República, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y demás tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos.

Mediante Decreto Ejecutivo Nº 171 publicado en el suplemento del Registro Oficial Nº145 del día 17 de diciembre del 2013 se expidió el Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades. Permitiendo este reglamento y en concordancia con la ley a equiparar las oportunidades y el rol que ejercen las personas con discapacidad, reconociéndolas a estas personas aquellas que, como consecuencia de unas o más deficiencia física, mental, intelectual o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera originado y que equivalente su discapacidad al 30% se lo considerara persona con discapacidad, esto permite que estas personas tengan beneficios amparados en la Ley Orgánica de Discapacidades y a las exenciones tributarias establecidas en la ley.

Gráfico No. 2

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1.3.2. Exenciones que constan en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD

Un Estado para realizar su misión y sus fines, deberá tener un territorio con una determinada población, para satisfacer las necesidades de la misma, por ende el Estado delimitará de forma geográfica sus límites de actividad estatal, y el dominio de su suelo la cual será la fuente de recursos naturales que garantiza las necesidades de su población.

El territorio constituye la base física del Estado, por ello la validez de un ordenamiento jurídico debe ser necesaria, para ello se crea una Ley Orgánica el 20 de octubre 2008, publicada en su registro oficial con N° 449.

Este cuerpo legal, COOTAD y su Constitución de la República del Ecuador, brindaran racionalidad y complementariedad al ordenamiento jurídico a estos niveles de gobierno, con el fin de impulsar el desarrollo nacional y garantizar el pleno ejercicio de los derechos sin discriminación alguna, por ello esta Ley Orgánica le otorga ciertos principios de potestad y autoridad pública, entre ellos el principio de solidaridad, en virtud a este principio el Estado y sus niveles de gobierno, orientaran y distribuirán sus recursos y bienes públicos para compensar las iniquidades territoriales, así se garantizará la inclusión, la satisfacción de las necesidades básicas y el cumplimiento del objetivo del buen vivir. “Art. 4. El territorio del Ecuador constituye una unidad geográfica e histórica de dimensiones naturales, sociales y culturales, legado de nuestros antepasados y pueblos ancestrales.” (Constitución del Ecuador, 2008)

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20

El COOTAD, en su capítulo tres, artículo 491 habla de sus clase de impuestos municipales que serán creadas para el financiación municipal o metropolitana, así mismo en su Art. 498 existen los estímulos tributarios que son con el fin de dar un desarrollo al turismo, la construcción, la industria, y el comercio así mismo tendrá la facultad de protegen el medio ambiente, los cuales los concejos cantonales o metropolitanos podrán aplicarlos mediante ordenanzas, disminuir hasta en un cincuenta por ciento los valores de los tributos establecidos en esta norma.

Las exenciones también son privilegios otorgados por los Gobiernos Autónomo Descentralizados Municipales, puntualizando el principio de Solidaridad a fin de obtener un desarrollo justo, equilibrado y equitativo a todas personas naturales o como jurídicas privadas y estatales, con ello se garantizara la inclusión, la satisfacción dentro de la circunscripción territorial, con el objetivo del buen vivir. Dentro del COOTAD, tenemos algunas normas establecidas tales como: En la Sección Novena COOTAD establece el impuesto de Patentes Municipales y Metropolitanas, y aclara la exención del impuesto únicamente a los artesanos calificados Art. 550.

Que en la Sección Décima del COOTAD establece el Impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales y las exenciones Art. 554.

Que en el Capítulo Quinto de las Contribuciones Especiales de Mejoras de los Gobiernos Municipales y Metropolitanos, del COOTAD establece la exención por participación monetaria o en especie Art. 570.

1.3.4. Relación entre la Ley de Régimen Tributario Interno y el COOTAD.

El objetivo del COOTAD, es la equidad principio importante de esta norma con el fin de definir la organización política administrativa del Estado, por ello los diferentes niveles de gobierno tiene su autonomía financiera, para ello la creación de estas leyes partirán del cuerpo legislativo conformado por un concejo municipal, para ser aplicada sin distinción alguna tanto para las personas naturales como jurídicas

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propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad.” (Constitución del Ecuador, 2008)

Más sin embargo la equidad es un principio que garantiza un derecho a las personas y grupos prioritarios, siendo estos beneficiarios de ciertas exoneraciones, exención de impuestos totales o parciales, esto garantiza la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social.

Pero si relacionamos la Ley de Régimen Tributario Interno, esta se regirá por establecer ciertos pagos de tributos pecuniarios en favor del Estado siendo este la principal fuente recaudadora para el Estado, con la aplicación de impuestos directos e indirectos, para ello la Constitución de la República del Ecuador detalla ciertos principios como generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria, con el fin de promover el progreso de una sociedad, estimulando el empleo y la producción de bienes, dentro del país. Además esta ley tiene parámetros de exenciones para ciertos grupos.

“Art. 1.- Objeto del impuesto.- Establece el impuesto a la renta global que obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades nacionales o extranjeras, de acuerdo con las disposiciones de la presente Ley.” (Ley de Regímen Tributario Interno, 2014)

Para ello en la norma citada también extiende la exención de pagos a tributos como lo establece el artículo 9 ibídem numeral 12 para discapacitados debidamente calificados por el organismo competente, en un monto equivalente al doble de la fracción básica gravada con tarifa cero del pago del impuesto a la renta, con una tabla de ingreso establecidos en su artículo 36 de esta misma norma.

1.3.5. La Patente Municipal

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desarrollo, su identidad cultural y sus valores comunitarios, esto permitirá que se lleve una forma exhaustiva en lo social y lo económico.

En la Sección Novena COOTAD establece el Impuesto de Patentes Municipales y Metropolitanas, denominado a la Patente como un impuesto más que serviría para identificar aquellas personas naturales, jurídicas, sociales, nacionales o extranjeras, domiciliadas dentro del Cantón Municipal sujeto pasivo obligados a obtener la patente como un impuesto anual, para aquellas que realicen actividades comerciales, impuesto que se sujeta a un pago mínimo de diez dólares y la máxima de veinticinco mil dólares Estados Unidos de América.

Este impuesto será fijado por el Concejo Municipal mediante ordenanza se establecerá la tarifa del impuesto anual en función del patrimonio del sujeto pasivo, para ejercer cierta actividad comercial económica deberá tener su previa inscripción en el registro que mantendrá, para estos efectos, cada municipalidad. COOTAD, Art.548

Esta ley extiende reducciones del impuesto a la patente cuando un negocio demuestre haber sufrido pérdidas conforme a la declaración aceptada en el Servicio de Rentas Internas, o por la fiscalización del personal de la municipalidad o distrito metropolitano, esto se reducirá hasta un 50% del pago al impuesto a la patente municipal, COOTAD, Art. 549.

Existe también la exención de pago al impuesto a la patente municipal, a favor de los artesanos calificados como tales por la Junta de Defensa del Artesano, las cuales también se verificaran e inspeccionara las actividades de los artesanos para fines tributarios COOTAD, Art. 550.

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23

1.3.6. Alcances de la fijación de pagos según su capital

Ante la administración del 2014- 2019, del Gobierno Municipal de la ciudad de Tulcán y con el Registro Oficial, en la Gaceta Municipal y el domino wed de la institución, Tulcán, 11 de noviembre de 2016, certifica la ordenanza sustitutiva que regula la determinación administración, control y recaudación del impuesto de patentes dentro del Cantón Tulcán.

Art. 11.- TARIFA DEL IMPUESTO.- Sobre la base imponible determinada en la forma prevista en el artículo anterior, se establece el impuesto anual de patente, (COOTAD, Art. 548) la Unidad minima será de $10,00 (diez dólares) y la máxima de $ 25.000,00 (veinticinco mil dólares) para lo cual se considera la siguiente tabla:

Tabla N° 1 Tabla sobre cálculo de patente municipal

DESDE USD

HASTA USD

COEFICIENTE FRACCIÓN

BÁSICA

0,01 5.000,00 0,00 10,00

5.001,00 10.000,00 0,0005 18,00

10.001,00 20.000,00 0,001 30,00

20.001,00 50.000,00 0,0015 65,00

50.001,00 100.000,00 0,0020 110,00

100.001,00 200.000,00 0,0025 225.00

200.001,00 400.000,00 0,0030 500,00

400.001,00 600.000,00 0,0035 700,00

600.001,00 800.000,00 0,0040 900,00

800.001,00 1.000.000,00 0,0045 1.350,00

1.000.001,00 1.200.000,00 0,0050 1.750,00

1.200.001,00 1.400.000,00 0,0055 2.000,00

1.400.001,00 1.600.000,00 0.0060 2.400,00

1.600.001,00 1.800.000,00 0.0065 2.700,00

1.800.001,00 2.000.000,00 0,0070 3.000,00

Fuente: Ordenanza Municipal GAD Municipal de Tulcán, 2016

1.3.7. La función de los gobiernos autónomos descentralizados con relación a la equidad de un grupo prioritario.

(36)

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El Art. 54 del COOTAD, en el literal p menciona que, “los gobiernos autónomos descentralizados municipales deben regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de la colectividad;” (COOTAD, 2018)

Sin embargo en el literal b también; “tendrán la responsabilidad de diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales”.

Es así que los municipios deben cumplir a cabalidad sus responsabilidades sin descuidar a grupos prioritarios, y tener una base de datos para la aplicación de políticas que van en beneficio de una inclusión social.

1.3.8. Situación actual sobre el pago del impuesto a la patente municipal con las personas con discapacidad en el Cantón Tulcán.

Las personas con discapacidad actualmente, tienen negocios en la ciudad de Tulcán, los cuales deben cancelar la patente municipal de manera normal sin tomar en cuenta su condición, se ha investigado que algunas personas que desean acogerse a descuentos por motivos de discapacidad deben hacer un trámite ante la máxima autoridad financiera es la Dirección de Gestión Financiera del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tulcán para acogerse a este derecho, como un principio a la igualdad contemplado en la Constitución de la República del Ecuador, exoneración a un impuesto a la patente, derecho que se vulnera a este pago (C.R.E. Art. 47 Numeral 4). Cuando debería de ser de inmediata aplicación a sus derechos.

1.3.9. Legislación comparada

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Bolivia, un país que se sujeta ante los instrumentos internacionales y sobre su legislación que incluye definiciones sobre la deficiencia, discapacidad, minusvalía, prevención, rehabilitación, educación especial y equiparaciones de oportunidades ante una sociedad por ello la definen en su Ley N° 223 General para Personas con Discapacidad Artículo 1. “El objeto de la presente Ley es garantizar a las personas con discapacidad, el ejercicio pleno de sus derechos y deberes en igualdad de condiciones y equiparación de oportunidades, trato preferente bajo un sistema de protección integral” (BOLIVIA, 2018)

Chile, reconoce a la persona con discapacidad, toda aquella que como consecuencias de una o más deficiencia física, psíquica o sensoriales, congénitas adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que las hubiera originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio su capacidad educativa, laboral o de integración social. Ley N° 20.422 Artículo 1. “El objeto de esta ley es asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad” (CHILENA, 2015)

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26

CAPÍTULO II. DISEÑO METODOLÓGICO Y DIAGNÓSTICO

2.1. Paradigma y tipo de investigación

Esta investigación se orienta en la elaboración de un documento de análisis crítico que permita establecer un ante proyecto de reforma al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, respecto a que se agregue un inciso al Art. 550, para la exención del impuesto de la patente municipal a las personas con discapacidad a fin de garantizar el principio de igualdad, pago que se lo hace en su totalidad ante esta entidad de la ciudad de Tulcán.

2.1.1. Modalidad de la investigación

La presente investigación se basa en una modalidad mixta, la misma que se utiliza paradigmas cuantitativos y cualitativos, evidentemente estos facilitará a una orientación efectiva en un método de análisis causal, correlacionar en el resultado de la encuesta y al método de análisis cualitativos basado en descriptivo e interpretativo. En torno a estas dos modalidades de investigación ya que satisfacen la necesidad a esclarecer la vulneración de derechos a un grupo prioritario y amparado por la Constitución, como también garantizar la aplicabilidad del principio de acción afirmativa.

2.1.1.1. Tipo de investigación por el diseño

2.1.1.1.1. Investigación descriptiva

En investigación se hace un análisis descriptivo del artículo 550 del COOTAD, con la existencia de la exención del impuesto a la patente municipal de los artesanos y dejando atrás ese derecho, a un grupo prioritario como es de las personas con capacidades especiales.

2.1.1.1.2. Investigación correlacional

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27

igualdad en el artículo 550 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

2.1.1.1.3. Investigación explicativa

Permite acercarnos a un problema que vincula a una vulneración de derechos existentes en el artículo 550 del COOTAD y la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Discapacidades.

2.1.1.1.4. Investigación de campo

Permite estar en el lugar de investigación con personas profesionales, especializadas, experimentadas en el ámbito jurídico, que ayudan aportar criterios a este anteproyecto de investigación y visualizar la existencia a una reforma al artículo 550 del COOTAD.

2.1.1.1.5. Investigación bibliográfica

La existencia de fuentes bibliográficas como doctrina, códigos, libros jurisprudencia e internet, el proyecto se desarrolla con un marco teórico y las variables de investigación, que permite una trabajo exacto.

2.1.1.1.6. Investigación jurídica

Este tipo de investigación permitirá el estudio de algunas leyes como la Constitución de la República del Ecuador, el COOTAD y legislación conexa en cuanto a las propuestas de reforma.

2.2.1. Procedimiento para la búsqueda y procesamiento de datos.

Población y muestra 2.2.1.1. Población

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28 2.2.1.1. Muestra

Dado que la población a investigar es un número muy elevado se toma una selección para poder medir los resultados, se plantea la siguiente fórmula estadística.

Al ser la muestra finita, 2153 personas discapacitadas en la ciudad de Tulcán, se aplicó la formula correspondiente y esta manera diagnosticar la existencia del problema.

Fórmula

2.2.1.2. Cálculo y tamaño de la muestra

   

 

 

x

   

6.3404 326personas

74 , 2067 0.5 0.5 1.96 1 153 2 0.05 2153 0.5 0.5 1.96 n 2 2 2     

2.2.2. Métodos, técnicas e instrumentos de investigación

La metodología investigativa a emplear será métodos empíricos y del nivel teórico del conocimiento.

2.2.2.1. Métodos teóricos

2.2.2.2. Método deductivo-inductivo

En este anteproyecto de investigación se ha tomado en cuenta este método con el fin de que la investigación se lo realice de general a lo particular, por lo Dónde:

Z: Coeficiente del nivel de confianza (1.96)

P: % dela población que reúne las características Q: % de la población que no reúne las características E: Error admisible (0.05)

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29

tanto se empezará desde la Constitución de la República del Ecuador, constatando la existencia de garantías y derechos otorgados, hasta llegar a tener una relación existente entre el COOTAD, la Ley Orgánica de Discapacidades y su Reglamento.

2.2.2.3. Método analítico-sistemático

En este método se partirá con un análisis e información para la amplia determinación de que es facultativo, la implementación de un inciso al artículo 550 del COOTAD.

2.2.2.4. Método histórico-lógico

Método de investigación que facilita la recolección de datos existentes de personas de capacidades especiales que se infringe un derecho constitucional y que no es contemplado en el artículo 550 del COOTAD.

2.2.2.5. Método jurídico

Permitirá realizar una investigación aplicando normas jurídicas existentes y facultativas contempladas en la constitución, leyes orgánicas, leyes ordinarias y reglamentos que facultará la modificación del artículo 550 del COOTAD.

2.2.2.6. Métodos empíricos

Los métodos empíricos a emplearse en la presente investigación son la observación científica, el análisis documental, la validación de expertos como el derecho comparado.

2.2.2.6.1. Observación científica

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30 2.2.2.6.2. Análisis documental

Un método que permite la recopilación de información de leyes, códigos, libros, y revistas, para determinar y analizar el criterio de expertos sobre la aplicabilidad de la exención del impuesto de la patente municipal a personas con discapacidad, a fin de garantizar el principio de discapacidad en el Cantón Tulcán.

2.2.2.6.3. Validación por vía de expertos

Permite conocer los criterios de personas profesionales expertas en materias de Constitución de la República del Ecuador, constatando la existencia de garantías y derechos otorgados, como también tener una validación del derecho comparado con la legislación de Colombia y Uruguay, hasta llegar a tener una relación existente con la Ley Orgánica de Discapacidades permitiendo que la propuesta planteada sea la mejor alternativa de solución al problema expuesto.

2.2.3. Técnicas

Las técnicas a utilizarse para la recopilación de la información en la presente investigación son las siguientes:

2.2.3.1. La Encuesta

Se utilizará la encuesta para obtener datos e información que generan las preguntas de carácter personal sobre la existencia de una discriminación a las personas con discapacidad, que son un grupo de atención prioritaria, así mismo se verificara la limitación a una inclusión plena y efectiva a una sociedad limitando a que existe un ingreso económico a sus necesidades.

2.2.3.2. La Entrevista

(43)

31 2.2.3.3. Instrumentos

Encuesta

Guía de entrevista para validación de expertos

2.3.1. Plan de procesamiento y análisis de la información

2.3.1.1. Resultados del diagnóstico de la situación actual

Para la obtención de un diagnóstico de la situación actual dentro de la presente investigación se ha podido recabar información dentro del GAD Municipal de Tulcán que no hay una base de datos dentro de la jefatura de Rentas Municipales de las personas que hayan accedido a la exención de pago del impuesto a la patente municipal, además dentro del SRI no llevan una base de datos exclusiva que permita identificar a las personas discapacitadas ya que los negocios o emprendimientos que los abren no solicitan ese condicionamiento, solamente manifiestan que para devolución de IVA y pago de impuesto a la renta tienen estadísticas, pero en la presente investigación la población meta son todos las personas discapacitadas ya que sin desmerecer su condición están en la posibilidad de incursionar en un emprendimiento como mecanismo de supervivencia de su familia o de quienes se encargan de su cuidado y se responsabilizan de ellos. Y actualmente o a futuro pueden solicitar la exención en el pago de la patente municipal.

2.3.2.1. Diagnóstico que caracterice el problema de investigación formulado

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32

Para realizar un diagnóstico ha sido necesario utilizar la guía de encuesta que ha permitido establecer datos específicos sobre la problemática que es objeto de esta investigación.

Además del procesamiento de datos investigados y obtenidos a través de las entrevistas a expertos para la solución del problema.

2.3.3.1. Análisis e interpretación de resultados

Encuesta aplicada a personas con discapacidad y/o personas que cuidan de ellos.

Pregunta 1

¿Usted cómo persona discapacitada y siendo reconocida ante la Constitución de la República del Ecuador como un grupo de atención prioritaria, tiene conocimientos sobre la exención de pagos de los impuestos y servicios?

Tabla 2: Conocimientos sobre sus derechos

Fuente: Investigación de campo

Elaboración: Cevallos Pozo Cristian Andrés

Análisis de datos

De las encuestas realizadas, se puede determinar que la mayoría de los encuestados no conocen sobre los derechos en cuanto a exenciones de pago de impuestos y por ende el desconocimiento hace que no se solicite su cumplimiento a las entidades que los regulan en este caso los GAD Municipales (Patente Municipal, Servicios Públicos) o SRI, Impuesto a la Renta.

Variable Frecuencia Porcentaje

Si 173 53%

No 153 47%

(45)

33 Pregunta 2

Si usted ha emprendido una actividad económica, ¿ha tenido que cancelar al valor total del impuesto a la patente municipal?

Tabla 3: Vulnerabilidad ante un derecho y existencia de Desigualdad

Fuente: Investigación de campo

Elaboración: Cevallos Pozo Cristian Andrés

Análisis de datos

De las personas encuestadas discapacitadas manifiestan que si se les ha cobrado la patente municipal en su totalidad y las personas a las cuales no se les cobró es porque no todos ellos poseen negocios.

Pregunta 3

¿Indique si usted estaría en las posibilidades de emprender un negocio para satisfacer sus necesidades económicas básicas y de su familia?.

Tabla 4: Factibilidad de inversión

Fuente: Investigación de campo

Elaboración: Cevallos Pozo Cristian Andrés

Análisis de datos

De las encuestas realizadas, se puede determinar que la mayoría de los encuestados están en la capacidad de emprendimiento, y por ende accederán a sacar los permisos correspondientes, (patente municipal), para ejercer sus actividades.

Variable Frecuencia Porcentaje

Si 72 22%

No 254 78%

Total 326 100%

Variable Frecuencia Porcentaje

Si 248 76%

No 78 24%

(46)

34

Pregunta 4. Si contesto la pregunta 2 sí. Conteste la presente pregunta. ¿Ud. Como persona con discapacidad o cómo responsable del mismo estaría de acuerdo a una exención de pago de impuesto a la patente municipal que se cancela anualmente al GAD Municipal de Tulcán, por ejercer una actividad económica?.

Tabla 5: Accesibilidad a exención

Fuente: Investigación de campo

Elaboración: Cevallos Pozo Cristian Andrés

Análisis de datos

Los encuestados en su mayoría señalan que dentro de sus intereses está que sus derechos se cumplan, y más aún la iniciativa de reformar el art. 550 del COOTAD que cobijaría el derecho a los discapacitados a acceder a la extensión de pago a la patente municipal, ayudaría no solo a los que actualmente tienen sus actividades económicas o profesionales sino también a todos quienes estarían dispuestos a incursionar en el mundo de emprendimiento.

Pregunta 5

¿Sabía que la exoneración de pago del impuesto a la patente municipal se aplica solo a los artesanos calificados por la Junta Nacional de Defensa del Artesano y no a las personas con discapacidad?

Tabla 6: Aceptación de una reforma

Fuente: Investigación de campo

Elaboración: Cevallos Pozo Cristian Andrés

Variable Frecuencia Porcentaje

Si 231 93%

No 17 7%

Total 248 100%

Variable Frecuencia Porcentaje

Si 306 94%

No 20 6%

(47)

35 Análisis de datos

Es claro que las personas con discapacidad y/o responsables del cuidado de ellos están de acuerdo que se realice una reforma para que se haga la exención de pago a la patente municipal, en vista de que se está vulnerando el principio de igualdad con relación a los artesanos.

Pregunta 6

¿Considera Ud. que si al existir la exención del impuesto a la patente municipal se fomentaría el fomento productivo dentro de la sociedad para las personas con discapacidad?

Tabla 7: Beneficios de la reforma

Fuente: Investigación de campo

Elaboración: Cevallos Pozo Cristian Andrés

Análisis de datos

La mayoría de los encuestados consideran en su mayoría que al existir dicha reforma si se fomentaría el emprendimiento individual y familiar de este grupo, claro está que esto se daría acorde a su capacidad económica.

CAPÍTULO III. PROPUESTA DE SOLUCIÓN AL PROBLEMA

3.1. Nombre de la Propuesta

“Exención del impuesto de la patente municipal a personas con discapacidades, a fin de garantizar el principio de igualdad en el cantón Tulcán”.

3.2. Objetivo

Elaborar un documento que permita establecer un anteproyecto de ley reformatoria al artículo 550 del COOTAD, respecto a la exención del impuesto

Variable Frecuencia Porcentaje

Si 258 79%

No 68 21%

Referencias

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