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La temeridad y mala fé en materia laboral

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Academic year: 2020

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CARATULA

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

TESIS DE GRADO, PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE

ABOGADA DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE LA

REPÚBLICA DEL ECUADOR

TEMA:

LA TEMERIDAD Y MALA FE EN MATERIA LABORAL

AUTORA:

SILVIA MARIELA MACÍAS MORÁN

TUTOR:

DR. ÁLVARO RÍOS VERA.

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II

MARIELA MACÍAS MORÁN, estudiante de Pregrado de la Facultad de Jurisprudencia, Escuela de Derecho, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” Ext. Quevedo, cuyo tema es “LATEMERIDAD Y MALA FE EN MATERIA LABORAL”, ha sido revisado en todas sus partes por lo tanto reúne todos los requisitos de

fondo y forma exigidos por la Universidad, por lo que se recomienda continuar con el trámite respectivo para su sustentación.

En el código laboral en el Art 588 donde se encuentra establecido la mala fe y temeridad debido a las situaciones indicadas y el mal proceso de parte de los Abogados en el Ecuador se han conllevado al mal uso del mismo, por tanto al realizar el Estudio jurídico planteado en la presente tesis permitirá que se ponga en práctica el mencionado Artículo y esto hará que grandes empresas no lleguen a cerrar y dejar a muchos empleados en total abandono laboral.

La temeridad y mala fe procesal pertenece al campo penal, por cuanto al existir demandas laborales sin fundamentos ni argumentos válidos y los jueces laborales deben tener la facultad para derivar al juez de lo Penal las causas calificadas de temerarias y maliciosas porque son violatorias a los Derechos y principios constitucionales de los Derechos humanos debidamente reconocidos por el Ecuador.

Dr. Álvaro Ríos Vera

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III

Jurisprudencia, Escuela de Derecho, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” Ext. Quevedo, declaro: Que la tesis de grado cuyo tema es “LA TEMERIDAD Y MALA FE EN MATERIA LABORAL”, es original, de mí autoría, por

ende de mi exclusiva responsabilidad de todos los temas vertidos en él.

De conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Propiedad Intelectual, autorizo a la Universidad para que el presente tema sea utilizado como bibliografía o sobre él se realicen nuevas investigaciones de culminaciones de estudios para futuras investigaciones relacionadas con el tema planteado.

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IV

me guiaron para mi formación, así también a mis hermanos los mismos que con su preparación me dieron ejemplo y me impulsaron a seguir con mis estudios superiores capaz de conseguir una carrera representativa para mi futuro, además durante el desarrollo del presente trabajo estuvieron junto mí apoyándome y entusiasmándome a cada momento que así lo requería, así también a mis amigos y demás familiares que se interesaron en mi formación universitaria que fueron el pilar fundamental para alcanzar mis metas, como es culminar mi carrera de abogada Tribunales y Juzgados y de la República del Ecuador.

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V

proveyéndome las fuerzas y la sabiduría necesarias para culminar con mi carrera y formación como abogada de los Tribunales y Juzgados y de la República del Ecuador, a las autoridades de la carrera de derecho de la Facultad de Jurisprudencia y; a los docentes que socializaron su experiencias en las aulas universitarias y a todas las personas que de una u otra manera participaron en mi formación académica.

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VI

CARATULA ... I CERTIFICACIÓN DEL TUTOR ... II DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE LA TESIS... III DEDICATORIA ... IV AGRADECIMIENTO ... V ÍNDICE GENERAL ... VI EXECUTIVE SUMMARY ... X

INTRODUCCIÓN ... 11

INTRODUCCIÓN ... 12

Antecedentes de la Investigación ... 12

Planteamiento del problema. ... 13

Formulación del problema ... 14

Delimitación del problema ... 14

Objeto de Investigación y campo de acción ... 15

Identificación de la Línea de Investigación... 15

Objetivos de la investigación. ... 15

Objetivo General. ... 15

Objetivos Específicos. ... 15

Idea a Defender ... 15

Justificación del tema. ... 15

Breve explicación de la metodología investigativa emplear. ... 16

Población y Muestra ... 17

Resumen de la estructura de la tesis ... 18

Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica, en dependencia del alcance de la tesis. ... 18

CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO ... 20

Antecedentes investigativos ... 20

1.1. Origen y evolución del objeto de investigación ... 20

1.1.1. Análisis de las distintas posiciones sobre el objeto de investigación ... 21

1.1.2. El trabajo ... 21

1.1.2.1. Origen. ... 22

Prehistoria ... 22

La edad antigua. ... 22

La edad media ... 23

La edad moderna ... 23

(7)

VII

1.1.2.3.2. Trabajo a domicilio ... 26

1.1.2.3.3. De los artesanos ... 27

1.1.2.3.4. De los empleados privados ... 27

1.1.2.3.5. De los agentes de comercio y corredores de seguros ... 27

1.1.2.3.6. Trabajo en empresas de transporte ... 27

1.1.2.3.7. Del trabajo agrícola ... 27

1.2.1.3. Tipos ... 28

1.2.1.3.1. Contratos expreso y tácito. ... 28

1.2.1.3.2. Contrato a prueba ... 28

1.2.1.3.3. Contratos por obra cierta, por tarea y a destajo. ... 28

1.2.1.3.4. Contratos eventuales, ocasionales, de temporada. ... 28

1.2.1.3.5. Contrato escrito. ... 29

1.2.1.4. Riesgos del trabajo ... 29

1.2.1.5.1. Responsabilidad desde el empleador ... 29

1.2.1.5.2. Enfermedades profesionales ... 29

1.2.1.5.3. Prevenciones ... 30

1.2.1.5.4. Indemnización ... 30

1.2.1.5.5. Deber objetivo de cuidado ... 30

1.2.1.6. Reclamos laborales ... 31

1.2.2. El Trabajador. ... 32

1.2.2.1. Concepto. ... 32

1.2.2.2. Deberes. ... 32

1.2.2.3. Obligaciones ... 34

1.2.2.4. Derechos. ... 34

1.2.2. Empleador ... 35

1.2.3.1. Concepto ... 35

1.2.3.2. Deberes ... 36

1.2.3.3. Derecho ... 41

1.2.4. Estado ... 42

1.2.4.1. Definición ... 43

1.2.4.2. Concepto ... 44

1.2.4.3. Origen ... 44

1.2.4.4. Deberes ... 46

1.2.4.5. Tipos. ... 46

1.2.4.6. El Estado Esclavista ... 47

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VIII

1.3. Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre

la temeridad y mala fe en materia laboral ... 52

1.4. Conclusiones parciales del capítulo. ... 52

CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTAMIENTO DE LA PROPUESTA. .. 54

2.1. Caracterización del sector, rama, empresa, contexto institucional o problema seleccionado para la investigación. ... 54

2.2. Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación. ... 55

2.2.1. Modalidad ... 55

2.2.2. Tipos de investigación. ... 55

2.2.3. Métodos, técnicas e instrumentos. ... 56

2.2.4. Población y Muestra... 59

2.2.5. Interpretación de resultados ... 60

2.2.5.1. Encuesta realizada a los empleadores de la ciudad de Quevedo. (Anexo No.3) ... 60

2.2.5.2. Encuesta realizada a los usuarios del Sistema Judicial del Cantón Quevedo. (Anexo No.4) ... 63

2.2.5.3. Encuesta a Jueces Laborales del Cantón Quevedo. (Anexo No.5) ... 66

2.3. Propuesta del investigador. ... 69

2.3.1. TÍTULO: ... 69

2.3.2. DESARROLLO DE LA PROPUESTA. ... 69

2.3.2.1 Caracterización de la propuesta. ... 69

2.3.2.2 Incidencia de la propuesta en la solución del problema ... 70

2.3.3. Presentación detallada de la propuesta ... 71

2.4. Conclusión parcial del capítulo. ... 84

CAPÍTULO III. VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN. ... 85

3.1. Procedimiento de la aplicación de los resultados de investigación. ... 85

3.2. Análisis de los resultados finales de la investigación. Incluye validación, aplicación, y evaluación de los resultados de la aplicación de la propuesta. ... 85

3.2.1. Validación de la propuesta. ... 85

3.2.2. Aplicación. ... 85

3.2.3. Evaluación ... 86

3.3. Conclusiones parciales del capítulo. ... 87

CONCLUSIONES GENERALES. ... 87

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IX

El presente trabajo de tesis de pregrado denominado “LA TEMERIDAD Y MALA FE EN MATERIA LABORAL” tiene en la importancia de ayudar a prevenir a los abogados

litigantes de la ciudad de Quevedo, a que no sigan litigando con temeridad y mala fe procesal, como se encuentra establecido dentro de la legislación laboral en el artículo 588.

Radicando la importancia del presente tema, por cuanto ayudara a que se establezcan parámetros de prevención para poner fin a la litigación temeraria y de mala fe, dentro de las Unidades Judiciales Laborales del cantón Quevedo, lo cual en ocasiones ha conllevado al cese de actividades económicas financieras de empresas de la localidad.

La presente investigación es de tipo cuali-cuantitativa, por cuanto está basada en la concepción de métodos y cimentadas en las distintas concepciones de la realidad social. Se utiliza este método para entender una situación social como un todo, teniendo en cuanta sus propiedades y su dinámica.

El presente tema se basa en la línea de investigación denominada “Administración de Justicia”.

Al realizar la interpretación de los resultados de la investigación se establece que la mayoría de los grupos encuestados están de acuerdo con la creación de un estudio jurídico de los procesos laborales tramitados en la Unidad Judicial de Los Ríos, en Quevedo, durante el año 2015, por lo tanto la propuesta es viable.

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X

the importance of helping to prevent trial lawyers from the city of Quevedo, to continue not to litigate with recklessness and bad procedural faith as is established within the labor law in Article 588.

Filing the importance of this issue, because help to parameters prevention are in place to stop the reckless and bad faith litigation, within the Labor Judicial Units Canton Quevedo, which has sometimes led to cessation of economic activities financial companies in town.

This research is of quantitative type, because it is based on the conception of methods and grounded in the different conceptions of social reality. This method is used to understand a social situation as a whole, taking into account their properties and dynamics.

This theme is based on the research called "administration of justice".

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los elementos para el estudio del problema de la caución.

En la Introducción.- Se describe el problema, objeto de investigación, lo principal se lo explica en el árbol de problemas a través de la relación causa-problema-efectos, se plantea un objetivo general que consiste en la forma en que se solucionara el problema, luego de cumplir con el proceso investigativo.

En el capítulo I, La abundante bibliografía fundamenta científicamente a través de los distintos autores nacionales y extranjeros, que tratan el problema, se analiza nuestra legislación siempre desde el plano constitucional y laboral, la legislación comparada que se ha tomado de los diferentes países son un referente de cómo se tipifica la mala fe y temeridad procesal, en materia laboral.

En el capítulo II, Primeramente de soslayo se describe los métodos, las técnicas y los instrumentos de la investigación científica, la cual permite conocer el comportamiento de la población que se pronuncia en la interpretación de los resultados, expresado en los cuadros matemáticos y estadísticos, que nos permite viabilizar la propuesta en forma efectiva y coherente, aplicable a la realidad de nuestro medio.

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INTRODUCCIÓN

El desarrollo de investigaciones en el campo jurídico, ha sido pilar fundamental de crecimiento teórico y praxiológico del ejercicio de los juristas. En el marco de esta dinámica han emergido diferentes temas, siendo uno de los más actuales en el derecho Laboral la temeridad y la mala fe en el Ecuador, a estas implicaciones va dedicado el desarrollo del presente trabajo investigativo último término y sus implicaciones está dedicado el proceso investigativo desarrollado.

Antecedentes de la Investigación

En el artículo científico Historia del Trabajo, determina sobre el ejercicio de los derechos laborales, que ha sido tema de controversia y de análisis desde los fundamentos de la sociedad capitalista a partir de considerar realidades sociales y laborales no antes reconocidas en el desarrollo de la humanidad. En este tema jugaron un papel importantísimo las ideas de Kart Marx, quien con su manifiesto Comunista “Proletarios del mundo uníos”, llevo a la formación de una gran Internacional, llamada Internacional de Trabajadores, cuyo único fin era defender sus derechos frente al atropello laboral.

Así se concentraron en la Plaza del mundo como Chicago en donde la Noble Orden de Los Caballeros del Trabajo, con la participación de las ideas socialistas y anárquicas llevaron a los trabajadores a la primera internacional también llamada Asociación Internacional de Trabajadores, cuya única conquista fue el reconocimiento del día mundial del trabajo, que se celebra cada 1 de mayo.

El autor puede establecer que los reclamos laborales que siguieron después han sido de plataforma para que el derecho positivo a cargo del Estado como una forma de frenar los atropellos de los empleadores dio origen entonces al Código de Trabajo, que empieza a regular tibiamente las relaciones entre trabajadores y empleadores.

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Como sabemos la temeridad es el pensamiento de la persona que presenta un reclamo laboral a sabiendas de no tener derechos de los en tanto que es el resultado de los mismos ya que es tratar de beneficiarse de un dinero que no le corresponde y que su única intención es causar daño económico y moral a la persona accionada.

Ventajosamente con las reformas a la ley una vez que el juez determina en sus fallos la malicia y la mala fe se puede lograr la sanción a tal persona.

En Latinoamérica, se han suscitado diversos procesos de defensa y de salvaguarda de los derechos de los trabajadores. En este sentido es preciso reconocer que la legislación laboral en el Ecuador, desde su introducción o sus primeros artículos, declara que los Derechos de los trabajadores son irrenunciables, intransferibles e imprescriptibles, aunque resulta ser muchas veces una mera formalidad y declaración lírica, pues en la práctica se suscitan atropellos y actos que contradicen esta aspiración. No siendo la ciudad de Quevedo y la provincia de los Ríos una excepción en esta problemática.

Con la finalidad de evitar que se siga actuando de una manera poco ética y moral, haciendo uso indebido del derecho, la legislación laboral contemplo la respectiva sanción pecuniaria hacia los profesionales del derecho, que busquen beneficiarse de una u otra manera haciendo uso de la mala fe y temeridad procesal.

Planteamiento del problema.

Los estudios preliminares, a través del análisis de documentos relativos a juicios en materia laboral, demanda interpuestas por los trabajadores despidos intempestivos, entre otros aspectos, conduce a considerar una serie de problemática que se dan en el ejercicio de los derechos laborales en el Cantón Quevedo. Entre ellos de destacan:

En el Código Laboral se han establecido algunos derechos de los trabajadores, sin embargo, han sido desplazados por el poder de los empresarios, al extremo que hasta la actualidad el Ministerio de Relaciones Laborales a través de sus inspectores, no logra fiscalizar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores.

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a los dueños pérdidas irreparables, cuando se engaña a los órganos de justicia y se dictan sentencias a favor de estos inescrupulosos ciudadanos.

El sistema de actuación de jueces, resulta ilegitimo al no realizar un adecuado análisis de la aplicación correcta de la ley provocando irregularidades en el proceso que trae aparejada una incorrecta actuación jurídica condicionada por las acciones maliciosas y temerarias de los demandantes.

Para mejor explicación utilizamos una herramienta práctica como es el árbol de problemas, que a continuación se explica la relación causa-problema-efectos:

El incumplimiento de la ley, en relación al problema ¿Cómo afecta la aplicación inadecuada del Art 588 a la administración de justicia en materia laboral? tiene como efecto la injusticia. Los desacuerdos laborales en relación al problema, ¿Cómo afecta a la administración de justicia en materia laboral el incumplimiento del artículo 588 del Código de Trabajo, produce como efecto la controversia.

La miopía legislativa en relación al problema, ¿Cómo afecta a la administración de justicia en materia laboral el incumplimiento del artículo 588 del Código de Trabajo?, se produce el efecto leyes injustas.

Leyes benignas en relación al problema, ¿Cómo afecta a la administración de justicia en materia laboral el incumplimiento del artículo 588 del Código de Trabajo?, se produce el efecto del abuso.

Formulación del problema

¿Cómo contribuir a la correcta administración de justicia para garantizar un procedimiento jurídico libre de actos de mala fe o temeridad en los litigios laborales?

Delimitación del problema

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laboral a un empleador con quien jamás tuvo relaciones laborales, por lo que se deberá responder ante las disposiciones del artículo 588 del Código del Trabajo.

Objeto de Investigación y campo de acción

Objeto: Materia Laboral

Campo de Acción: Denuncias maliciosas y temerarias

Lugar: Unidad Laboral de Los Ríos, en Quevedo.

Tiempo: Año 2015.

Identificación de la Línea de Investigación.

Administración de Justicia

Objetivos de la investigación. Objetivo General.

Realizar un estudio jurídico a los procesos laborales tramitados en la Unidad Judicial de lo Laboral de Quevedo durante al año 2015, para que se exija el cumplimiento de la ley laboral.

Objetivos Específicos.

Fundamentar teóricamente el procedimiento laboral del artículo 588 del Código de Trabajo, mediante la consulta a los diferentes autores nacionales y extranjeros que tengan relación con el tema de investigación.

Diagnosticar las causas para el incumplimiento del artículo 588 del Código de Trabajo.

Construir las estrategias para el estudio jurídico de los procesos laborales tramitados en la Unidad Judicial de Los Ríos, en Quevedo, durante el año 2015.

Validar la propuesta por la vía especialistas.

Idea a Defender

Realizando un estudio jurídico a los procesos laborales tramitados en la Unidad Judicial de lo Laboral de Quevedo durante al año 2015, se exigirá el cumplimiento de la ley laboral.

Justificación del tema.

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En el Ecuador se encuentra estipulado en el artículo 588 del Código del Trabajo, el mismo que establece la sanción por litigar con temeridad y mala fé procesal.

Con la elaboración de un estudio jurídico dirigido a los habitantes de la ciudadanía del Cantón Quevedo, se buscara el cabal cumplimiento del artículo 588 del Código del Trabajo, para de esta manera evitar que se litigue con la temeridad procesal y lograr la no dilatación de los procesos judiciales, por cuanto en la actualidad existe la práctica de la mala fe procesal, por parte de algunos profesionales del derecho, litigando de esta manera conllevando a dilataciones sin justificación alguna. Ocasionando sean afectados los derechos de los trabajadores y empleadores.

Breve explicación de la metodología investigativa emplear.

Modalidad.

 Cuali-cuantitativa.

 Cualitativa

 Cuantitativa

Tipos de investigación

Por su diseño:

 Teoría Fundamentada

 Investigación acción

Por su alcance:  Explorativa.

 Descriptiva

 Explicativa

Métodos, técnicas e instrumentos

Métodos Empíricos

 La observación científica

 Medición

 Recolección de información

- Encuesta

- Entrevista

- Cuestionario

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Métodos Teóricos

 Método Inductivo – Deductivo

 Método Analítico – Sintético

 Método Histórico – Lógico

 Método Hipotético – Deductivo

 Método de la Modelación

 Método Sistemático

Métodos Matemáticos

 Estadística

 Matemáticas

Técnicas  Encuesta

 Entrevista

 Fichaje

Instrumentos

 Formulario de la encuesta

 Guía de la Entrevista

 Ficha Bibliográfica

 Ficha Nemotécnica

Población y Muestra

POBLACIÒN NO.

Empleadores 40

Usuarios del sistema de justicia laboral 50

Jueces laborales 3

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Resumen de la estructura de la tesis

En la introducción de la presente tesis se encuentran los antecedentes del problema, el planteamiento del problema, la línea de investigación, objetivo general y objetivos específicos, la justificación en la cual se fundamenta la necesidad de realizar un sistema socio jurídico relacionado con el estudio jurídico los procesos Judiciales, en los cuales en algunos de ellos se ha logrado constatar que existe la Mala fe y temeridad procesal en el desarrollo de los mismos, ocasionando dilataciones procesales afectando tan al empleador como al trabajador.

 El Capítulo I, es referente al marco teórico el cual se fundamentara en el origen, evolución del objeto de investigación, análisis de las distintas posiciones teóricas, valor crítico de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación y las conclusiones del capítulo.

 El Capítulo II, la caracterización y descripción del procedimiento de investigación a desarrollar, el comportamiento de la población investigada, el modelo de propuesta a solucionar en base al problema planteado y las conclusiones del capítulo.

 El Capítulo III, se desarrolla el procedimiento de la aplicación de los resultados, validación, aplicación y evaluación de los resultados de propuesta.

Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica, en dependencia del alcance de la tesis.

Elementos de novedad

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Aporte Teórico.

En el aporte teórico, el presente trabajo abarca sobre el estudio jurídico, acerca de la temeridad y mala fe procesal, que versa en materia laboral en el desarrollo de la presente investigación se debe estudiar los orígenes y causas del de acuerdo a autores de renombre que han elaborado libros referentes a la materia.

Se concreta a partir de la sistematización de las relaciones conceptuales y metodológicas en el ámbito de las ciencias jurídicas existentes para resolver el incumplimiento de la ley en materia de temeridad y mala fe, contenida en el artículo 588 del Código de trabajo.

Para de esta manera lograr llegar a la ciudadanía del Cantón Quevedo, mediante un sistema estudio de jurídico, para determinar el grado de desconocimiento sobre la temeridad y mala fe del código laboral.

Del sistema estudio jurídico, con los habitantes del Cantón Quevedo, se estará contribuyendo con los mismos para que conozcan en su totalidad los efectos que causa el litigar usando la mala fe y la temeridad procesal en materia laboral, para de esta manera no se siga dilatando el proceso judiciales laborales.

Significación práctica

Como significación práctica en la tesis, se encuentra que es una herramienta que se ponga en práctica y mejorar el actuar de buena fe, el libre ejercicio de los profesionales del derecho.

Esta dada en la contribución que el informe técnico jurídico desarrollado durante el proceso investigativo puede aportar a la dinámica de solución de conflictos laborales en el cantón Quevedo, en relación al cumplimiento del artículo 588 del código de trabajo en materia de temeridad y mala fe.

De esta manera se contribuirá a mejorar la práctica de la profesión abogadil, dentro de los procesos laborales.

Novedad Científica

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CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO

Antecedentes investigativos

El presente tema de investigación sobre LA TEMERIDAD Y MALA FE EN MATERIA LABORAL ha sido exhaustivamente revisada en la base de datos, los archivos electrónicos y físicos de la UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMAS DE LOS ANDES “UNIANDES”, comprobándose que no existe un Tema igual o parecido al que estoy proponiendo, de ahí el interés y la necesidad de que el presente tema sea desarrollado, ya que constituirá un aporte significativo parta a la administración de justicia, como por parte de los profesionales del derecho en libre ejercicio.

Adam Smith, 1776, Sobre la naturaleza y causa de la riqueza de las naciones, Kirkcaldi Escocia De 1766 a 1776 residió en Kirkcaldy, obra maestra que marcó el punto de partida de la historia de la economía como ciencia independiente de la política, en su obra sostiene que la riqueza procede del trabajo de la nación, por todo ello se le denominó el padre de la economía política, que ha servido de base para el estudio del origen del Capitalismo.

Ante el avance del capitalismo encontramos la secuela que sume en pobreza a la clase trabajadora, surgiendo entonces las ideas socialistas, que culminaron con otra obra maestra como es el capital, estudio de la riqueza mal obtenida a costa del sacrificio de los trabajadores.

1.1. Origen y evolución del objeto de investigación

Con el surgimiento de la revolución industrial se desplaza la mano del obrero lo que dio lugar al despido masivo de trabajadores ya que sus puestos fueron ocupados por las maquinas, la corriente se llamó maquinismo, el maquinismo acelero la industria, la producción de bienes de consumo que abastecieron el mercado local, los excedentes fueron necesarios ofertar a otros que los requerían surgiendo entonces el comercio, primeramente comercio interno y luego comercio externo.

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La revolución francesa, en la que se declara universalmente los derechos del hombre y del ciudadano bajo los principios de libertad igualdad y fraternidad abrió el camino para la vigencia de los derechos de los trabajadores, si bien es cierto que el manifiesto comunista de Karl Marx en donde invita a los trabajadores del mundo a unirse “Prolietarios del mundo uníos”; dando como origen la primera internacional de trabajadores del mundo de cuyo evento quedo la declaración del día internacional del trabajo en el 1 de mayo de cada año.

El sacrificio mundial de los trabajadores tardo mucho tiempo en ser reconocido, no fue sino hasta después de la Segunda Guerra Mundial, cuando la Organización De Las Naciones Unidas que sustituyo a la Sociedad de Naciones, con la misión de velar por la paz del mundo, entonces uno de los quince organismos especializados de la ONU forma la Organización Internacional del Trabajo, organismo mundial encargado de generar las políticas en materia laboral y coordinar acciones en favor de los trabajadores en todos los países integrantes de la ONU.

Históricamente la OIT se fundó en el año 1919 a través del Tratado de Versalles, la misma que ha sido tratada estratégicamente en función del mejoramiento de las relaciones entre los trabajadores y los empleadores, exclusivamente el desempeño laboral, el riesgo laboral y la administración de justicia laboral en donde se rescata el pro operario sea toda resolución en materia laboral debe ser a favor del trabajador.

1.1.1. Análisis de las distintas posiciones sobre el objeto de investigación

1.1.2. El trabajo

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1.1.2.1.Origen.

Prehistoria

Según la revista jurídica, de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile indica que: Se cree que los primeros metales se descubren en Tailandia, alrededor de 4500 años a. c. Bronce - Edadde Bronce, usándose en general como elemento decorativo o para elaborar armas. El hierro aparece en Oriente próximo, donde empieza a usarse hacia el siglo XIII a.c. sustituyendo al bronce y dando lugar a la Edad de Hierro. Sobre 5500 años A.C. se empiezan a utilizar el arado y la azada, que ayudan en gran manera a la precaria agricultura. Alrededor de 3500 años a.c. se descubre la rueda en Mesopotamia, sustituyendo el carro con ruedas al tradicional trineo. Más adelante se introduce la rueda con radios. La economía de trueque se realizaba por medio del intercambio de objetos, animales, pieles, servicios, y dura hasta la aparición de la moneda.

La edad antigua.

Según la revista jurídica, de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile dice que la Edad Antigua es el primer período de la Historia que se desarrolla entre los años 3000 antes de cristo del Autor de la era cristiana y el 476 después del nacimiento de Cristo.

La primera fecha corresponde al período en que el hombre pudo dejar testimonios escritos de sus acciones, y la segunda fecha, a la caída del Imperio Romano de Occidente en poder de pueblos extranjeros (bárbaros).

En esta etapa se conforman los primeros Estados, como Egipto, los Pueblos Mesopotámicos, Grecia y Roma, que a partir de la época republicana (509 A. C.) comenzó un proceso de expansión imperialista, que sometió a su dominio casi todos los pueblos del mundo antiguo ubicados en el continente europeo y en el norte africano.

Políticamente, salvo un breve período donde se instauró en Atenas (polis griega) un sistema de democracia directa, el resto del mundo antiguo consideraba a sus gobernantes investidos de un poder divino y total, ya que eran considerados dioses (Monarquías teocráticas).

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La sociedad era organizada jerárquicamente, con gran auge de la esclavitud, y en general, la población libre, se dedicaba a la agricultura, a las artesanías y al comercio.

La Edad Antigua en América, se desarrolló ajena a la civilización europea, descociéndose una y otra.

En América, los pueblos aborígenes conformaron sus primeras civilizaciones, en Mesoamérica hacia fines del segundo milenio A. C.

La edad media

En el siglo VIII surge el feudalismo. Así, el campesino trabaja para un señor feudal, que le protege en caso de guerra. A su vez, el señor feudal jura al rey ayudar en la defensa del territorio en caso de una invasión. Este régimen de posesión de las tierras duró hasta las revoluciones burguesas del siglo XVIII.A partir del siglo XI, y como resultado de la libre asociación de los artesanos, surgen los gremios. Gracias a ellos se podían controlar los precios y la calidad de los productos. Los gremios tenían una estructura jerárquica: Aprendiz, durante 4 o 5 años, y sin sueldo; oficial, con sueldo; maestro, capaz de poseer un taller propio.

A finales de la Edad Media comienzan a aparecer y aumentar de tamaño las aglomeraciones urbanas, formadas por pequeños pueblos dominados por la nobleza y los patricios.

La edad moderna

Aparecen importantes inventos: La imprenta, que ya existía en China desde el siglo X, es inventada en Occidente por Johann Gutenberg. Utiliza caracteres independientes de metal, en cada uno de los cuales aparece una letra o signo ortográfico. Una vez compuesta la página mediante estos caracteres, se impregnan de tinta y se prensan sobre papel. Aparecen instrumentos para la navegación marítima, como la brújula, el sextante y otros instrumentos de posición, que fomentan la navegación, y que junto con las nuevas naves, sobre todo la carabela, contribuyen de una forma excepcional a los grandes descubrimientos de la época, América.

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los objetos acromáticos, que no descompone la imagen en colores. Durante estas fechas prevalece en Europa el mercantilismo, según el cual el Estado ejerce un gran control sobre la industria y el comercio, para lograr así que las exportaciones superen a las importaciones. También aparecen los primeros bancos modernos (siglo XVII): el Riksbank Sueco en 1656y el Banco de Inglaterra en 1694.

La Revolución Industrial

El comienzo de la revolución industrial lo provoca la invención de la máquina de vapor de James Watt. Watt en realidad lo que hizo fue desarrollar ideas anteriores. El resultado fue una máquina de vapor con una cámara de combustión separada, que reducía las pérdidas de energía y aumentaba el rendimiento. John Smeaton, un ingeniero británico fue el primero en construir una rueda hidráulica, usada para aprovechar la energía de ríos y canales.

La revolución industrial provocó muchos problemas laborales, que termino en una masiva emigración de la población hacia los nuevos territorios al otro lado del mar: las colonias. Casi 50 millones de europeos emigraron en busca de trabajo. Esto ayudó a los Estados, puesto que se deshacían de toda esa gente problemática (a causa de su condición laboral) que producía tantas revueltas.

Para intentar mejorar las condiciones de los trabajadores que se quedaron en Europa aparecen los sindicatos. Estas asociaciones perseguían mejorar las condiciones económicas y sociales de los trabajadores. Los primeros sindicatos aparecen a finales del siglo XVIII y principios del XIX en Europa Occidental y Estados Unidos como reacción al capitalismo. El más claro ejemplo de la fabricación en serie se da en las cadenas de montaje de automóviles. Henry Ford consigue reducir el trabajo en su fábrica en casi un 60%, y aun así aumenta la producción. Este desarrollo acaba en la automatización total, siendo los robots los encargados del trabajo, pudiendo prescindir del trabajo humano.

1.1.2.2.Conceptos

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2 señala: “toda persona tiene derecho sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual”.

En el numeral 3 señala: “toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforma a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualquier otros medios de protección social”: en el numeral 4 señala: “Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y sindicarse para la defensas de sus intereses”

La declaración Universal de los Derechos Humanos siendo el máximo organismo rector de los derechos para la convivencia social del ser humano, señala directrices y principios con los que las legislaciones del mundo deben proteger a los trabajadores

El organismo internacional creado a través de la primera internacional de trabajadores es la organización internacional del trabajo (OIT), integradas por los gobiernos, empresarios y los delegados de los trabajadores, encargados de la ejecución de las políticas, derechos, principios regidos por la organización de las naciones unidas.

El Ecuador en la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 23 la definición y garantía del trabajo señalando que el trabajo es un derecho y un deber social u derecho económico fuente de realización personal, por lo tanto, el estado garantizara el pleno respeto a su dignidad y una vida decorosa.

En el numeral 17 del artículo 66 del a Constitución de la República del Ecuador refiriéndose al derecho y la libertad del trabajo se señala que nadie será obligado al trabajo gratuito forzoso.

Como complemento a lo dispuesto por la declaración universal de los derechos humanos en el artículo 367 consta la seguridad social como un sistema universal y publico guiado bajo los principios de inclusión y equidad, obligatoriedad suficiencia integración solidaridad y subsidiaridad.

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26

De lo que se ha señalado están constando todas las garantías principios y derechos que tienen los trabajadores, que su aplicación está muy distante.

1.1.2.3.Modalidades

El código del trabajo en el titulo 3 establece algunas modalidades de trabajo como: servicio doméstico, trabajo a domicilio, trabajo artesanal, empleados privados, corredores de seguros, empresas del transporte, trabajador agrícola, incorporándose a la normativa el trabajo para las personas con discapacidad que dependiendo de la cantidad de trabajadores debe contar con un porcentaje de trabajadores con discapacidad tal como se dispone en el artículo 56 de la ley orgánica de discapacidad dentro del Código del Trabajo vigente Ecuatoriano, se encuentran establecido las modalidades del trabajo de la siguiente manera:

1.1.2.3.1. Del servicio domestico

En el artículo 262 del código de trabajo se establece las modalidades del servicio doméstico, que constituye trabajo dentro de una morada, exclusivamente para servicio de la familia que puede ser dentro de fuera, la costumbre lo denomina puertas adentro o puertas a fuera puede ser escrito o verbal, especialmente guiado por la por la costumbre, el tiempo mínimo es de un año con un periodo de prueba de quince días pudiendo darse por terminado dentro de este periodo eso si pagándose la remuneración correspondiente.

Dentro del trabajo doméstico a más de la remuneración que se acordare, el empleador está obligado a dar su trabajador domestico alimentación y albergue y de ser posible educación.

1.1.2.3.2. Trabajo a domicilio

En el artículo 271 hasta el artículo 284 consta por menores del trabajo a domicilio, en lo principal el trabajo a domicilio es el que se ejecuta, habitual o profesionalmente, por cuenta de establecimientos o empresas comerciales, en el lugar de residencia del trabajador.

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1.1.2.3.3. De los artesanos

De conformidad al artículo 285 del Código del Trabajo, se considera artesano al trabajador manual, maestro de taller o artesano autónomo que, debidamente estar registrado en el Ministerio de Relaciones Laborales.

El maestro de taller es el empleador autónomo que respecto a los operarios y aprendices hace las veces de empleador y cumple con lo que le dicte la junta nacional del artesano con o sin contrato, cumple con la ley de fomento artesanal, que en la actualidad están siendo incluidas alguna reformas.

1.1.2.3.4. De los empleados privados

Empleado privado o particular.

El artículo 305 del Código del Trabajo, se considera empleado privado a aquel trabajador que se compromete a prestar trabajo intelectual o material al empleador por un sueldo o participación dichos contratos deberán consignarse necesariamente por escrito y concluirán en la misma forma que establece el Código del Trabajo.

1.1.2.3.5. De los agentes de comercio y corredores de seguros

En el artículo 311 se señala que son agente de comercio o agentes viajeros todos los que se encuentren autorizados o sea inscritos en la Dirección Regional del Trabajo o en el Ministerio de Relaciones Laborales, generalmente son personas naturales o jurídicas que realizan ventas de mercadería, y corredores de seguros.

1.1.2.3.6. Trabajo en empresas de transporte

4En el artículo 316 del Código del Trabajo, considera empleado de transporte a quienes laboren en la empresas privadas y públicas, este tipo de actividades están sujetas a las jornadas especiales que incluyen sábado y domingo y días de descanso obligatorio para la prestación de servicio de transportes, de todas maneras las empresas o propietarios de los vehículos acondicionaran su actividad a jornadas capaz de que completen las ochos horas.

1.1.2.3.7. Del trabajo agrícola

En el artículo 331, del Código del Trabajo se considera obrero agrícola el que ejecuta labores agrícolas mediante remuneración efectiva que puede ser mediante jornal o destajo,

Jornal es el fijado por el convenio la ley o la costumbre mientras que destajo son las unidades de obras.

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1.2.1.3. Tipos

1.2.1.3.1. Contratos expreso y tácito.

En el artículo 12 del código del Trabajo consta que el contrato expreso cuando el trabajador y el empleador acuerden las condiciones de trabajo sea de palabra o reduciéndoles a escrito. El contrato es tácito toda relación de trabajo entre empleador y trabajador.

1.2.1.3.2. Contrato a prueba

En el artículo 15 del Código del Trabajo es el que presta por primera vez el trabajador al empleador durante un periodo no más de 90 días, transcurrido este tiempo se entenderá el resto de tiempo vigente para cumplir un año. Durante el tiempo de prueba, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato sin que acarree responsabilidad a la parte que alega terminación del contrato. Las empresas no podrán tener simultáneamente trabajadores a prueba que superen el 15%.

1.2.1.3.3. Contratos por obra cierta, por tarea y a destajo.

De conformidad al artículo 16 del Código del Trabajo el contrato es por obra cierta, es cuando el trabajador ejecuta una labor determinada a cambio de una por una remuneración que comprende el pago total la totalidad de la misma, sin considerarse el tiempo que se demore en concluir la obra.

El contrato es por tarea, cuando el trabajador se compromete con el empleador a realizar una determinada labor o cantidad de obras por un tiempo establecido.

En el contrato a destajo, cuando el trabajador se compromete con el empleador a realizar el trabajo por pedazos, piezas o unidades de obras

1.2.1.3.4. Contratos eventuales, ocasionales, de temporada.

De conformidad al artículo 17 del Código del Trabajo son contratos eventuales aquellos que se realiza el empleador para satisfacer ciertas necesidades eventuales, que no requieren permanencia en el tiempo, refiriéndose al trabajo pude ser enfermedad, maternidad, paternidad, vacaciones, enfermedad, o casos fortuitos que sobre vengan del trabajo.

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Los contratos de temporada sin aquellos que obedecen a la costumbre del medio, tipos de contratación colectiva de naturaleza discontinua, gozando de estabilidad pero sin que constituya despido cuando finalicen los trabajos.

1.2.1.3.5. Contrato escrito.

En el artículo 18 del Código del Trabajo señala que todo contrato puede realizar e por escrito y por instrumento público y privado; pudiendo ser obligatorios los técnicos o profesionales, obra cierta, destajo, prueba, enganche, por equipo, eventuales, aprendizajes que pasen de un año, de adolescentes.

1.2.1.4. Riesgos del trabajo

En el código laboral en su artículo 38, nos manifiesta que los riesgos provenientes del trabajo son de cargo del empleador y cuando, a consecuencia de ellos, el trabajador sufre daño personal, estará en la obligación de indemnizarle de acuerdo con las disposiciones del código en mención, siempre que tal beneficio no le sea concedido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Es decir que en caso de que un trabajador tenga un accidente en horas laborales, el empleador tiene que indemnizarlo de acuerdo a lo que dispone el código siempre y cuando no sea concedido por Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

En el titulo cuarto del Código del Trabajo se determina los riesgos del trabajo y las consecuentes medidas para prevenir, remediar, e indemnizar los riesgos laborales, producto de día a día de la relación trabajadora empleador.

1.2.1.5.1. Responsabilidad desde el empleador

Las responsabilidades del empleador están marcadas por los riesgos del trabajo, los accidentes del trabajo y las enfermedades de trabajo que pudiera sufrir el trabajador por causas imprevistas repentinas y también por la falta de equipos de seguridad o educación capaz de reducir los riesgos laborales.

1.2.1.5.2. Enfermedades profesionales

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de Trabajo dependiendo de las modalidades o actividades especifica los tipos de enfermedades.

1.2.1.5.3. Prevenciones

Una de las formas de prevenir los riesgos laborales es que todo empleador debe tener afiliado al trabajador al Seguro Social, velar porque cada trabajo cuente con equipos de seguridad debidamente calificados por el Ministerio de Relaciones Laborables. Vale recordar para el empleador y el trabajador que ene seguridad no hay exceso se está preservando la vida y salud del trabajador y la economía del empleador.

En el artículo 244 del Código Orgánico Integral Penal, señala que será sancionado, con pena privativa de libertad de tres a siete años todo empleador que no afilie a su trabajador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

1.2.1.5.4. Indemnización

La consecuencia inmediata de una accidente laboral acarrea una indemnización que debe correr a cargo del Instituto de Seguridad Social si el trabajador se encuentra asegurado y al día en sus aportaciones, de lo contario el empleador deberá afrontar los gastos de indemnización, además la multa que le imponga el Ministerio de Relaciones Laborales por no haber cumplido con todos los requisitos de prevención a favor del trabajador. En el artículo 438 se especifican los porcentajes de los miembros del cuerpo humano considerados dentro de un accidente de trabajo.

1.2.1.5.5. Deber objetivo de cuidado

El deber objetivo de cuidado llevado al campo laboral es el esmero, tino y sumo cuidado que deben tener tanto el trabajador como el empleador en la prevención de los riesgos de los accidentes laborales, si bien es cierto toda actividad humana está expuesta al riesgo, también no es menos cierto que todo accidente puede evitarse.

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Si nos referimos al empleador está obligado a proporcionar leyes, reglamentos, ordenanzas, manuales, políticas, aplicables a la actividad que va a desempeñar el trabajador y orientado a la prevención de los accidentes.

1.2.1.6. Reclamos laborales

Según la Revista Jurídica de Derecho Laboral, Arturo Foumer manifiesta que los reclamos laborales, el monto de discusión puede ser negociado ante el Ministerio del Trabajo, en conciliación antes de que empiece el juicio. O bien una vez que ya el juicio se puso, pero el patrono no contesto, los jueces llaman a otra conciliación; se puede negociar el monto de lo que se está reclamando y pactar una suma igual, intermedia o menor a la demanda, que haga terminar el reclamo y ahorre tiempo y dinero a todas las partes.

Entonces ¿cómo debemos interpretar la vigencia del principio de irrenunciabilidad de derechos?: la debemos entender primero en el sentido de que durante la vigencia del contrato, uno no puede renunciar a los derechos fundamentales; como si alguien dijera que acepta a trabajar sin vacaciones sin salario mínimo, sin aguinaldo; eso no es negociable: no se puede renunciar.

Por otra parte, tenemos que entender que los derechos laborales no prescriben porque la Sala Cuarta considero que la reforma constitucional fue promulgada con la idea única de ejercer una tutela, una protección especial reforzada constitucionalmente, de los derechos de los trabajadores parte evidentemente más débiles en la relación laboral.

Al introducir la irrenunciabilidad de los derechos laborales fundamentales surge de la posibilidad de que, por presiones del patrono, por miedo a perder el trabajo, el empleado no haga efectivo el reclamo de sus derechos renunciando indirectamente a ellos. Entonces, puede no reclamarlos en ese momento en que le son negados o violados; pero, una vez que termina la relación laboral, ya cuando no existe el temor a la eventual represalia, si puede acudir a los tribunales para reclamar todo aquello que no le fue otorgado de forma adecuada, aunque haya pasado mucho tiempo.

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algunas horas extras y en lugar de recibirlas en pago, obtener más días libres , o se pueden aumentar los días vacaciones, los viáticos, entre otras opciones.

1.2.2. El Trabajador. 1.2.2.1. Concepto.

Para Del Rey en su libro Estatuto De Los Trabajadores, en su página treinta y nueve dice que no se define directamente el concepto de trabajador, sino que este se deduce a la condición de sujeto de la relación de trabajo. De esta manera el ámbito de aplicación de la ley se define a partir del objeto de contrato, de trabajo, de las características de la prestación de trabajo. Las notas caracterizadoras de la relación de trabajo son de carácter personal, la voluntariedad en asunción a la prestación de servicio, la retribución, la incardinación dentro del círculo rector del empresario, esto es, la dependencia o subordinación, y, en fin la denomina ajenidad en la prestación.

Por consiguiente tal como lo ha indicado en numerosas ocasiones la jurisprudencia, la naturaleza de los contratos no se determina por la denominación que le otorga las partes, sino por la realidad de las funciones que en virtud tengan lugar, por ello, si estas funciones entran dentro de lo previsto en el art 1.1 ET, el contrato tendrá índole laboral cualquiera que sea el nombre de los contratantes le dieran En este sentido, el art 8.1 ET establece una presunción de laboralidad de la prestación de servicio condicionada por tal norma a que la prestación de servicio se realice bajo las notas de voluntariedad, ajenidad, dependencia, mediante la retribución correspondiente y de manera personal.

Del Rey, Guanter Salvador, Autor de su libro Estatuto De Los Trabajadores Contratados De Jurisprudencia 2005 pág. 39 dice que hasta ahora no hay un concepto donde manifieste que es el TRABAJADOR, es así que la jurisprudencia considera que la naturaleza de los contratos no se determinan por la dominación que se le da las partes sino por las funciones que el trabajador va a tener si estas funciones entran dentro de lo previsto.

1.2.2.2. Deberes.

Entre los principales deberes de trabajador, se encuentran los siguientes.

Garantizar la seguridad y la salud: de sus trabajadores

Integrar la actividad preventiva en todas las fases de la actividad de la empresa

Cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales

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Para Caldas Caldas, María Eugenia en su libro Prevención de Riesgos Laborales pág. 12 EDITEX año 2006 , manifiesta que dentro de los deberes del trabajador, este debe informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos existentes en todo el centro del trabajo y, en concreto, en su puesto; las medidas de prevención y protección aplicadas en la empresa a dichos riesgos: cómo actuar en situaciones de emergencia, como utilizar los equipos de protección individual, etc. el manejo adecuado de las máquinas y herramientas y los dispositivos de seguridad.

Se proporcionara formación e información al trabajador cada vez que utilice equipos de trabajo nuevos, se introduzcan nuevas tecnologías o cambie de puesto o de funciones. La formación será teórica y práctica.

a) Paralizar la actividad de la empresa en caso de riesgo grave e inminente; el empresario tomara las medidas oportunas y suministrara las instrucciones precisas. Si no lo hiciera así, los representantes de los trabajadores podrán acordar, por mayoría, paralizar, la actividad laboral.

b) Vigilar de forma periódica la salud de los trabajadores con su consentimiento. Si bien, no será necesario su permiso si existe un riesgo para la salud del propio trabajador, de sus compañeros o de terceras personas.

c) Consultar y permitir a los trabajadores su participación en materia de prevención a través de sus representantes.

d) Facilitar a los trabajadores los equipos y medios de protección adecuados.

e) Proporcionar una especial protección a determinados colectivos: embarazadas, menores de edad, trabajadores temporales y de ETT.

f) Deberes con respecto al centro de trabajo

Elaborar un plan de prevención propio que comprenda la identificación, evaluación y control de riesgos de la empresa y una estricta planificación de la actividad de prevención y protección.

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Coordinarse en materia de prevención cuando existan varias empresas en un mismo centro en caso de contratas y subcontratas. Esta obligación se extiende a los trabajadores autónomos.

1.2.2.3. Obligaciones

De acuerdo al código del trabajo vigente en Ecuador, son obligaciones del trabajador las que se detallan a continuación.

a) Ejecutar el trabajo en los términos del contrato, con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos;

b) Restituir al empleador los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles de trabajo, no siendo responsable por el deterioro que origine el uso normal de esos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito o fuerza mayor, ni del proveniente de mala calidad o defectuosa construcción;

c) Trabajar, en casos de peligro o siniestro inminentes, por un tiempo mayor que el señalado para la jornada máxima y aún en los días de descanso, cuando peligren los intereses de sus compañeros o del empleador.

d) En estos casos tendrá derecho al aumento de remuneración de acuerdo con la ley; e) Observar buena conducta durante el trabajo;

f) Cumplir las disposiciones del reglamento interno expedido en forma legal; g) Dar aviso al empleador cuando por causa justa faltare al trabajo;

h) Comunicar al empleador o a su representante los peligros de daños materiales que amenacen la vida o los intereses de empleadores o trabajadores;

i) Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurra, directa o indirectamente, o de los que él tenga conocimiento por razón del trabajo que ejecuta;

j) Sujetarse a las medidas preventivas e higiénicas que impongan las autoridades; y, k) Las demás establecidas en el código del trabajo Ecuatoriano.

1.2.2.4.Derechos.

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Hernainz define el Derecho del Trabajo como el “conjunto de normas jurídicas que regulan, en la pluralidad de sus aspectos, la relación de trabajo, su preparación su desarrollo, consecuencias e instituciones complementarias de los elementos personales que en ella no intervienen.”

Esta última definición nos parece mucho más exacta que las anteriores, y ella está de acuerdo con la concepción moderna del Derecho del Trabajo solo el trabajo, que ha superado el primitivo concepto de que este derecho, es un derecho de clase, si bien es cierto que nación como tal, actualmente está dirigido a superar la lucha de clases y un hecho evidente de ellos lo tenemos en el contrato colectivo de trabajo y en los organismos bipartitos o tripartitos destinados a solucionar los conflictos que se produzcan entre Capital y Trabajo.

Es de la esfera del dominio del Derecho del Trabajo solo el trabajo subordinado, el que crea un vínculo de dependencia, pues el trabajo que se efectúa en forma autónoma no entra en el campo de aplicación de esta rama del derecho.

Las normas que constituyen el Derecho del Trabajo pueden consistir en disposiciones legislativas propiamente tales, en cláusulas contractuales de carácter colectivo o individual estipuladas entre patrones y obreros o empleadores y empleados, y, en fin, en principios jurídicos derivados de la adaptación de las doctrinas generales del derecho a las relaciones jurídicas especiales que interesan directamente a los trabajadores.

1.2.2. Empleador 1.2.3.1. Concepto

La legislación Laboral Ecuatoriana, establece que empleador es la persona o entidad, de cualquier clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra o a quien se presta el servicio, se denomina empresario o empleador.

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pago. Tienen la misma calidad de empleadores respecto de los obreros de las industrias que están a su cargo y que pueden ser explotadas por particulares.

También tienen la calidad de empleadores: la empresa de ferrocarriles del estado y los cuerpos de bomberos respecto de sus obreros.

La autora de acuerdo a lo estudiado, establece que el empleador en Ecuador, es cualquier persona o entidad que realice actividades económicas y para ello implica la contratación de manos de obras denominados empleados, el empleador es quien debe de velar por el bienestar de sus colaboradores para que de esta forma su empresa sea competitiva y obtenga ganancias.

1.2.3.2. Deberes

Son deberes y obligaciones del empleador, según la legislación laboral vigente en Ecuador los que se detalla a continuación:

1. Pagar las cantidades que correspondan al trabajador, en los términos del contrato y de acuerdo con las disposiciones de este Código.

2. Instalar las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares de trabajo, sujetándose a las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo y demás disposiciones legales y reglamentarias, tomando en consideración, además, las normas que precautelan el adecuado desplazamiento de las personas con discapacidad.

3. Indemnizar a los trabajadores por los accidentes que sufrieren en el trabajo y por las enfermedades profesionales, con la salvedad prevista en el artículo 38 de este Código. 4. Establecer comedores para los trabajadores cuando éstos laboren en número de cincuenta o más en la fábrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren situados a más de dos kilómetros de la población más cercana.

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El valor de dichos artículos le será descontado al trabajador al tiempo de pagársele su remuneración.

Los empresarios que no dieren cumplimiento a esta obligación serán sancionados con multa de 4 a 20 dólares de los Estados Unidos de América diarios, tomando en consideración la capacidad económica de la empresa y el número de trabajadores afectados, sanción que subsistirá hasta que se cumpla la obligación.

7. Llevar un registro de trabajadores en el que conste el nombre, edad, procedencia, estado civil, clase de trabajo, remuneraciones, fecha de ingreso y de salida; el mismo que se lo actualizará con los cambios que se produzcan.

8. Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, en condiciones adecuadas para que éste sea realizado.

9. Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del sufragio en las elecciones populares establecidas por la ley, siempre que dicho tiempo no exceda de cuatro horas, así como el necesario para ser atendidos por los facultativos de la Dirección del Seguro General de Salud Individual y Familiar del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, o para satisfacer requerimientos o notificaciones judiciales. Tales permisos se concederán sin reducción de las remuneraciones.

10. Respetar las asociaciones de trabajadores.

11. Permitir a los trabajadores faltar o ausentarse del trabajo para desempeñar comisiones de la asociación a que pertenezcan, siempre que ésta dé aviso al empleador con la oportunidad debida.

Los trabajadores comisionados gozarán de licencia por el tiempo necesario y volverán al puesto que ocupaban conservando todos los derechos derivados de sus respectivos contratos; pero no ganarán la remuneración correspondiente al tiempo perdido.

12. Sujetarse al reglamento interno legalmente aprobado.

13. Tratar a los trabajadores con la debida consideración, no infiriéndoles maltratos de palabra o de obra;

14. Conferir gratuitamente al trabajador, cuantas veces lo solicite, certificados relativos a su trabajo.

Cuando el trabajador se separare definitivamente, el empleador estará obligado a conferirle un certificado que acredite:

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38 b) La clase o clases de trabajo; y

c) Los salarios o sueldos percibidos.

15. Atender las reclamaciones de los trabajadores.

16. Proporcionar lugar seguro para guardar los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador, sin que le sea lícito retener esos útiles e instrumentos a título de indemnización, garantía o cualquier otro motivo;

17. Facilitar la inspección y vigilancia que las autoridades practiquen en los locales de trabajo, para cerciorarse del cumplimiento de las disposiciones de este Código y darles los informes que para ese efecto sean indispensables.

Los empleadores podrán exigir que presenten credenciales.

18. Pagar al trabajador la remuneración correspondiente al tiempo perdido cuando se vea imposibilitado de trabajar por culpa del empleador.

19. Pagar al trabajador, cuando no tenga derecho a la prestación por parte del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, el cincuenta por ciento de su remuneración en caso de enfermedad no profesional, hasta por dos meses en cada año, previo certificado médico que acredite la imposibilidad para el trabajo o la necesidad de descanso.

20. Proporcionar a las asociaciones de trabajadores, si lo solicitaren, un local para que instalen sus oficinas en los centros de trabajo situados fuera de las poblaciones. Si no existiere uno adecuado, la asociación podrá emplear para este fin cualquiera de los locales asignados para alojamiento de los trabajadores.

21. Descontar de las remuneraciones las cuotas que, según los estatutos de la asociación, tengan que abonar los trabajadores, siempre que la asociación lo solicite.

22. Pagar al trabajador los gastos de ida y vuelta, alojamiento y alimentación cuando, por razones del servicio, tenga que trasladarse a un lugar distinto del de su residencia.

23. Entregar a la asociación a la cual pertenezca el trabajador multado, el cincuenta por ciento de las multas, que le imponga por incumplimiento del contrato de trabajo.

24. La empresa que cuente con cien o más trabajadores está obligada a contratar los servicios de un trabajador social titulado. Las que tuvieren trescientos o más, contratarán otro trabajador social por cada trescientos de excedente. Las atribuciones y deberes de tales trabajadores sociales serán los inherentes a su función y a los que se determinen en el título pertinente a la "Organización, Competencia y Procedimiento".

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26. Acordar con los trabajadores o con los representantes de la asociación mayoritaria de ellos, el procedimiento de quejas y la constitución del comité obrero patronal.

27. Conceder permiso o declarar en comisión de servicio hasta por un año y con derecho a remuneración hasta por seis meses al trabajador que, teniendo más de cinco años de actividad laboral y no menos de dos años de trabajo en la misma empresa, obtuviere beca para estudios en el extranjero, en materia relacionada con la actividad laboral que ejercita, o para especializarse en establecimientos oficiales del país, siempre que la empresa cuente con quince o más trabajadores y el número de becarios no exceda del dos por ciento del total de ellos.

El becario, al regresar al país, deberá prestar sus servicios por lo menos durante dos años en la misma empresa.

28. Facilitar, sin menoscabo de las labores de la empresa, la propaganda interna en pro de la asociación en los sitios de trabajo, la misma que será de estricto carácter sindicalista. 29. Suministrar cada año, en forma completamente gratuita, por lo menos un vestido adecuado para el trabajo a quienes presten sus servicios.

30. Conceder tres días de licencia con remuneración completa al trabajador, en caso de fallecimiento de su cónyuge o de su conviviente en unión de hecho o de sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad.

31. Inscribir a los trabajadores en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, desde el primer día de labores, dando aviso de entrada dentro de los primeros quince días, y dar avisos de salida, de las modificaciones de sueldos y salarios, de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, y cumplir con las demás obligaciones previstas en las leyes sobre seguridad social.

32. Las empresas empleadoras registradas en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social están obligadas a exhibir, en lugar visible y al alcance de todos sus trabajadores, las planillas mensuales de remisión de aportes individuales y patronales y de descuentos, y las correspondientes al pago de fondo de reserva, debidamente selladas por el respectivo Departamento del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Los inspectores del trabajo y los inspectores del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social tienen la obligación de controlar el cumplimiento de esta obligación; se concede, además, acción popular para denunciar el incumplimiento.

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mínimo vital, cada vez, concediéndoles el plazo máximo de diez días para este pago, vencido el cual procederá al cobro por la coactiva.

33. El empleador público o privado, que cuente con un número mínimo de veinticinco trabajadores, está obligado a contratar, al menos, a una persona con discapacidad, en labores permanentes que se consideren apropiadas en relación con sus conocimientos, condición física y aptitudes individuales, observándose los principios de equidad de género y diversidad de discapacidad, en el primer año de vigencia de esta Ley, contado desde la fecha de su publicación en el Registro Oficial. En el segundo año, la contratación será del 1% del total de los trabajadores, en el tercer año el 2%, en el cuarto año el 3% hasta llegar al quinto año en donde la contratación será del 4% del total de los trabajadores, siendo ese el porcentaje fijo que se aplicará en los sucesivos años.

Esta obligación se hace extensiva a las empresas legalmente autorizadas para la tercerización de servicios o intermediación laboral.

El contrato laboral deberá ser escrito e inscrito en la Inspección del Trabajo correspondiente, que mantendrá un registro específico para el caso. La persona con discapacidad impedida para suscribir un contrato de trabajo, lo realizará por medio de su representante legal o tutor. Tal condición se demostrará con el carné expedido por el Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS).

El empleador que incumpla con lo dispuesto en este numeral, será sancionado con una multa mensual equivalente a diez remuneraciones básicas mínimas unificadas del trabajador en general; y, en el caso de las empresas y entidades del Estado, la respectiva autoridad nominadora, será sancionada administrativa y pecuniariamente con un sueldo básico; multa y sanción que serán impuestas por el Director General del Trabajo, hasta que cumpla la obligación, la misma que ingresará en un cincuenta por ciento a las cuentas del Ministerio de Trabajo y Empleo y será destinado a fortalecer los sistemas de supervisión y control de dicho portafolio a través de su Unidad de Discapacidades; y, el otro cincuenta por ciento al Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS) para dar cumplimiento a los fines específicos previstos en la Ley de Discapacidades.

34. Contratar un porcentaje mínimo de trabajadoras, porcentaje que será establecido por las Comisiones Sectoriales del Ministerio de Trabajo y Empleo, establecidas en el artículo 122 de este Código.

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conformidad con las disposiciones de la Ley de Discapacidades, normas INEN sobre accesibilidad al medio físico y los convenios, acuerdos, declaraciones internacionales legalmente suscritos por el país.

De lo acotado en líneas anteriores, se establece las obligaciones del empleador hacia sus empleados, de velar por el bienestar de los mismos otorgándoles beneficios para cada uno de ellos, respetando los derechos que les son asistidos, primordialmente velando por una correcta salud y ambiente laboral.

Para García, galo dice que los Deberes del Empleador son: a) Pagar remuneraciones y beneficios sociales

b) Suministrar trabajo, herramientas, materia prima c) Brindar seguridad, comodidad, higiene

d) Dirigir, organizar, etc.

García considera que los deberes del trabajador es reconocer su trabajo pagando por sus servicios de forma como lo determina la ley, dando beneficios sociales, materiales y seguridad, y así mismo y dirigir y organizar para que ellos realicen el trabajo encomendado, así mismo como deber podemos incluir que el empleador debe pagar remuneraciones y beneficios sociales, suministrar trabajo, herramientas y materia prima, brindar seguridad, comodidad, e higiene, y dirigir, organizar, etc.

En el código del trabajo está indicado cada uno de los deberes que tiene la obligación el empleador de dar a los trabajadores. Es claro ver como en cada uno de ellos especifica las ventajas y obligaciones que tiene para con el trabajador en su lugar de trabajo como es la afiliación al seguro social, goce de sus vacaciones, pago de horas extras, buen ambiente de trabajo, seguridad, etc.

1.2.3.3. Derecho

Referencias

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