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La victimología y su aplicación en el derecho procesal penal

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Academic year: 2020

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES ‘’UNIANDES’’

FACULTAD JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGAD A DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.

TEMA:

“LA VICTIMOLOGÍA Y SU APLICACIÓN EN EL DERECHO PROCESAL PENAL”

AUTORA: PÉREZ POZO LUCIA DANIELA

ASESOR: DR. BENAVIDES MERCK

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II

CERTIFICACIÓN DEL ASESOR

En calidad de Asesor, certifico que el trabajo investigativo titulado: “LA VICTIMOLOGÍA Y SU APLICACIÓN EN EL DERECHO PROCESAL PENAL”, elaborado por la estudiante, Lucía Daniela Pérez Pozo alumna de la Facultad de Jurisprudencia, ha desarrollado su trabajo investigativo bajo los lineamientos jurídicos y académicos de la Institución, por lo que se aprueba la misma, pidiendo ser sometido a presentación pública y evaluación por parte del jurado calificador que se designe.

Ibarra, Atentamente

Dr.MERCK BENAVIDES.

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III

DECLARACIÓN DE AUTORÍA

Lucía Daniela Pérez Pozo, estudiante de la Facultad Jurisprudencia de la Escuela de Derecho de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” declaro en

forma libre y voluntaria que la presente investigación y elaboración de tesis que versa sobre: “LA VICTIMOLOGÍA Y SU APLICACIÓN EN EL DERECHO PROCESAL PENAL”, así como las expresiones vertidas en la misma que son de autoría de la compareciente, quien lo ha realizado en base de un recopilación bibliográfica de la legislación ecuatoriana e internacional a través de medios electrónicos como el internet.

En consecuencia asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma y el cuidado respectivo a remitirse a las fuentes bibliográficas que se utilizaron para fundamentar el contenido expuesto.

Atentamente

LUCÍA DANIELA PÉREZ POZO

(4)

IV

DEDICATORIA

El presente trabajo investigativo de esfuerzo, dedicación y optimismo me permite apoyar mis conocimientos obtenidos durante mi desempeño universitario para aplicarlos en mi vida diaria , por ello se lo dedico a mi familia, en especial a mis padres que con su ejemplo de trabajo, honradez y perseverancia además de su incondicional apoyo me han motivado para alcanzar esta meta.

(5)

V

AGRADECIMIENTO

Mi agradecimiento a la Universidad y los docentes de la especialidad por sus conocimientos académicos impartidos durante mis años de estudio que fueron fundamentales para mi formación profesional.

Un agradecimiento especial para el Doctor Merck Benavides por su apoyo y guía en la elaboración de este trabajo investigativo.

(6)

VI ÍNDICE

INTRODUCCIÓN... 1

Antecedentes de la Investigacion ... 1

Planteamiento del problema ... 2

Formulación del Problema. ... 3

Delimitación del Problema ... 3

Objeto de la investigación y campo de acción... 4

Identificación de la línea de investigación. ... 4

Objetivo general. ... 4

Objetivos específicos. ... 4

Variables de la investigación. ... 5

Justificación: ... 5

Metodología investigativa ... 6

Resumen de la Estructura de la Tesis ... 6

Introducción ... 6

Capítulo I MarcoTeórico ... 6

Capítulo II Marco Metodológico y Planteamiento de la Propuesta ... 7

Capítulo III Desarrollo de la Propuesta ... 7

Aporte teórico, significación práctica y novedad científica. ... 7

MARCO TEÓRICO ... 10

1.1 Aspectos generales de la Victimología ... 10

1.1.1 Antecedentes Históricos de la Victimología y el proceso penal ... 10

1.1.1.1 Antecedentes Históricos del proceso penal ... 11

1.1.2 Nociones Generales de la Victimología ... 13

(7)

VII

1.1.4 Victimología Penal o criminología ... 15

1.1.5 Principios y fines de la Victimología ... 16

1.1.6 Clasificación de las Victimas y niveles de la Victimología ... 17

1.1.6.1 Victima ideal o enteramente inocente y la victima culposa ... 17

1.1.6.2 Victima culposa ... 18

1.1.7 Niveles de Victimología ... 18

1.2 La Victimología como parte de la ciencia penal ... 20

1.2.1 Definición de victima ... 20

1.2.2 Grados de la victimización (primaria secundaria y terciaria) ... 21

1.2.3 Características de la Victimología: ... 22

1.2.4 La Criminología dentro del contexto de la Victimología y del derecho procesal penal ... 24

1.3 La Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar y en el Derecho Procesal Penal ... 27

1.3.1 Definición de violencia psicológica... 27

1.3.2 Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar ... 28

1.3.3 El Derecho Procesal Penal ... 29

1.3.4 Características del Derecho Procesal Penal ... 30

1.3.5 La participación de la víctima en la evolución del proceso penal ... 31

1.3.6 De la víctima y su participación en el proceso penal... 33

1.4 Derechos fundamentales de las víctimas en la legislación nacional ... 34

1.4.1 Derechos de la Víctima ... 34

1.4.2 Del sistema de protección de víctimas y testigos... 36

(8)

VIII

1.4.5 De los tratados Internacionales y su vinculación con los derechos de las víctimas de

delitos ... 40

1.4.5.1 Declaración de Derechos Humanos ... 40

1.5 Conclusiones parciales del capitulo ... 41

CAPÍTULO II ... 42

MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 42

2.1 Caracterización del sector, rama, empresa o contexto institucional o problema seleccionado de investigación. ... 42

2.2 Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación ... 42

2.2.1 Métodos ... 42

2.2.2 Técnicas de investigación... 44

2.2.3 Instrumentos de investigación ... 45

2.3 Análisis e interpretación de los datos estadísticos ... 47

2.4 Conclusiones Parciales del Capitulo ... 58

CAPÍTULO III ... 59

DESARROLLO DE LA PROPUESTA ... 59

3.1 Título de la propuesta... 59

3.2 Objetivo ... 59

3.3 Justificación: ... 59

3.4 Descripción de la propuesta ... 60

3.5 Desarrollo del cuerpo central ... 60

3.6 Validación, aplicación y evaluación de los resultados de la aplicación de la Propuesta. ... 66

3.7 IMPACTOS ... 67

3.7.1 Impacto social ... 67

(9)

IX

3.8 Conclusiones Parciales del capítulo ... 68

CONCLUSIONES GENERALES ... 69

RECOMENDACIONES ... 70

BIBLIOGRAFÍA: ... 71

CUERPOS LEGALES ... 73

LINKOGRAFIA ... 74

(10)

X

ÍNDICE DE TABLAS.

TABLA Nº 01 En referencia a la pregunta 1... 47

TABLA Nº 02 En referencia a la pregunta 2... 48

TABLA Nº 03 En referencia a la pregunta 3... 49

TABLA Nº 04 En referencia a la pregunta 4... 50

TABLA Nº 05 En referencia a la pregunta 5... 51

TABLA Nº 06 En referencia a la pregunta 6... 52

TABLA Nº 07 En referencia a la pregunta 7... 53

TABLA Nº 08 En referencia a la pregunta 8... 54

TABLA Nº 09 En referencia a la pregunta 9... 55

(11)

XI

ÍNDICE DE GRÁFICOS

GRAFICO Nº 01 En referencia a la pregunta 1 ... 47

GRAFICO Nº 02 En referencia a la pregunta 2 ... 48

GRAFICO Nº 03 En referencia a la pregunta 3 ... 49

GRAFICO Nº 04 En referencia a la pregunta 4 ... 50

GRAFICO Nº 05 En referencia a la pregunta 5 ... 51

GRAFICO Nº 06 En referencia a la pregunta 6 ... 52

GRAFICO Nº 07 En referencia a la pregunta 7 ... 53

GRAFICO Nº 08 En referencia a la pregunta 8 ... 54

GRAFICO Nº 09 En referencia a la pregunta 9 ... 55

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XII

RESUMEN EJECUTIVO

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XIII

EXECUTIVE SUMMARY

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1 INTRODUCCIÓN

Antecedentes de la Investigacion

Como bien sabemos, el Derecho Procesal Penal nació para limitar el poder punitivo del Estado, el cual era brutalmente ejercido por el monarca y el sacerdocio a lo largo de los siglos. Las fases del desarrollo del derecho punitivo se transformaron debido a la proyección del poder político y social sobre la comunidad y a la necesidad de mantener el control sobre la colectividad. El Derecho Penal nace para limitar y para restringir la potestad de castigo, cuya aflicción se transforma en arte y en necesidad de estudiar los efectos de la aplicación de las penas.

La justicia penal tiene como objetivo castigar los actos contrarios a derecho, con lo cual el Derecho Procesal Penal está orientado hacia el delincuente quedando la víctima en una situación marginal o simplemente limitada a la participación como testigo en el esclarecimiento de los hechos, dejando totalmente de lado la conformación de su propio proceso de victimización: entender qué ha pasado y por qué ha pasado. Pero no sólo entender su drama, sino también ejercer sus derechos de acceso a la justicia, de restitución, reparación y de restauración como de asistencia y de orientación en todo momento procesal

En la “Constitución Política del Ecuador”, publicada en el año 2008. El interés esencial de

la víctima del delito noes con frecuencia, la persecución penal del ofensor sino recibir una reparación por los daños causados y recibirlas dentro de un proceso que no le implique una tramitación extensa, el derecho de la víctima se encuentra en el resarcimiento del daño ocasionado ya sea en forma patrimonial o moral. “Las victimas de infracciones penales

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2

El Tratadista Luis Rodríguez Manzanera en su libro “Manual de la Victimología”, editado

en el año (1989).La negligencia, imprudencia y la falta de precaución es simplemente una manera, entre otras, de poner en evidencia la importancia de factores situacionales y de marcar la relación estrecha entre ciertos delitos y las oportunidades de cometerlos. El autor afirma: “Es una tentativa de explicar los motivos de la agresión y de analizar la cadena de

eventos que han finalmente desembocado en la comisión de un delito”. (Rodriguez, 2013, pág. 14)

Para el experto internacional Hessemer Winfriend, en su libro “La Victima y Fundamentos del Derecho Penal”, publicado en el año (1988). Las víctimas son tomadas en cuenta tan

solo desde el punto de vista del autor del delito, como meros puntos de referencia de investigación. La neutralización de la víctima en el sistema jurídico penal no es casual sino, que es una característica esencial de un derecho penal estatal.

Por otra parte para el tratadista García Pablos de Molina en su “Manual de Criminología: Introducción y Teorías de la Criminalidad”, publicado en el año (1988). La victima ha

permanecido en un segundo plano y la sociedad se identifica sólo con quien realiza conductas prohibidas, en el proceso penal prima la preocupación por el acusado por sus derechos y sus garantías y no se tienen en cuenta los derechos y garantías de las víctimas.

Planteamiento del problema

El infundir relevancia al perfil de la víctima, en donde lo que está bien es relegar a la víctima en el curso del Proceso Penal, conlleva al no reconocimiento de sus necesidades y de la importancia que revisten los servicios especializados, la víctima puede ser utilizada para justificar la punición y promover los intereses de las víctimas por sobre el agresor. Son las propias instituciones las que colaboran al mantenimiento de esa injusta situación.

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3

El no estudio de la prevención victimal, generaría la no obtención de sistemas de ayuda tendentes tanto a indemnizar económicamente a las víctimas, como influir en la elaboración de las leyes y del sistema jurídico en general, por ello el sistema se ha ido perfeccionando con el estudio de la víctima sin que resulten en modo alguno incompatibles el estudio y valoración de las perspectivas victimales con el pleno funcionamiento de las leyes, pues el estudio victimológico ayuda a avanzar en el estudio criminal y delictivo, produciéndose lo que se ha denominado el resurgir de la víctima.

Se ha llegado a decir que la víctima no plantea problemas, sino el delincuente que puede reincidir. Esta tendencia era la que subyacía antes de la consolidación de la Victimología. Así, el Derecho Penal ha estado orientado fundamentalmente hacia el delincuente mientras que la víctima, solo ejercía el papel de testigo en el procedimiento penal. La neutralización de la víctima ocasiona que las propias víctimas sean las que administren Justicia y no el Estado, siendo, por tanto, las víctimas verdaderas protagonistas en la administración de justicia. Sin embargo, el Derecho Procesal Penal ayuda a que la justicia sea administrada por el Estado y por los operadores de justicia, sin que se dé la práctica de la venganza por parte de la víctima o de sus familiares. Con ello se pretende superar las arbitrariedades, las injusticias que realizaba las víctimas o sus familiares contra el delincuente.

Formulación del Problema.

¿La falta de aplicación de la Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar, genera la violación de los derechos fundamentales de las víctimas y de sus familiares en el Derecho Procesal Penal?.

Delimitación del Problema

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4 Objeto de la investigación y campo de acción.

El objeto de la Investigación en el presente trabajo es el de Derecho Procesal Penal por que se encarga del estudio de los sujetos activo y pasivo del delito, siendo el sujeto pasivo el objeto de estudio de la presente investigación.

El campo de acción en el caso materia de estudio es “La Victimología en la violencia

psicológica intrafamiliar genera la violación de los derechos fundamentales de las víctimas y de sus familiares en el Derecho Procesal Penal, tratando de lograr un equilibrio entre las garantías del delincuente y el derecho de sus víctimas. El presente Estudio Científico Jurídico se lo realizará en el Cantón Ibarra, Provincia de Imbabura, en el periodo comprendido de enero a diciembre del 2012.

Identificación de la línea de investigación.

El presente trabajo de investigación guarda relación de acuerdo a los resultados del análisis realizado por la Dirección de Investigación de la UNIANDES, sobre la línea de sobre el incumplimiento y reconocimiento de garantía constitucionales, además de que esta investigación Jurídica se desarrollará en el campo de la Victimología y Criminología, ya que difícilmente puede explicarse el fenómeno victimal sin su contraparte el fenómeno criminal porque estas ciencias se encargan del estudio crimino-victimal

Objetivo general.

Realizar un estudio científico - jurídico sobre la Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar de la víctima y sus familiares en el Derecho Procesal Penal, para garantizar sus derechos fundamentales.

Objetivos específicos.

 Analizar desde el punto de vista jurídico sobre la Victimología en la violencia

psicológica intrafamiliar de la víctima y sus familiares aplicada en el Derecho Procesal Penal, en base a la Constitución de la República, Tratados Internacionales, la Ley, la Doctrina y la Jurisprudencia.

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5

 Desarrollar un estudio científico sobre la Victimología en la violencia psicológica

intrafamiliar de la víctima y sus familiares dentro del Derecho Procesal Penal.

 Validar el presente trabajo de investigación en base al criterio de expertos.

Idea a defender

Con la realización de un estudio científico jurídico sobre la Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar de la víctima y sus familiares dentro de Derecho Procesal Penal, garantizará sus derechos fundamentales.

Variables de la investigación.

Variable dependiente.

La Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar de la víctima y sus familiares aplicada en el Derecho Procesal Penal.

Variable independiente.

Garantiza el derecho de protección y reinserción de la víctima a la sociedad.

Justificación.

(19)

6 Metodología investigativa

La investigación siguió un proceso metodológico basado en el método científico para la elaboración de las fases investigativas. Se emplearon, también el método deductivo e inductivo y las técnicas e instrumento de investigación tales como: la entrevista y encuesta para la recopilación de la información. Se empleó la estadística descriptiva para presentar en cuadros, gráficos e interpretaciones los resultados de la investigación. Tomando en cuenta estas apreciaciones se redactaron conclusiones y recomendaciones. Finalmente siguiendo el proceso investigativo se desarrolló un estudio científico de carácter jurídico para orientar sobre la aplicación de la Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar dentro del proceso penal para evitar de que violenten los derechos fundamentales de la víctima.

Resumen de la Estructura de la Tesis

Los contenidos de cada uno de los capítulos de los que consta esta tesis se pueden detallar de la siguiente manera:

Introducción

En la parte introductiva del presente trabajo de grado se hace constar lo referente al antecedente de la investigación, planteamiento del problema, formulación, objetivos de la investigación, el objeto de estudio y campo de acción, la identificación de la línea bajo la cual se va a desarrollar el trabajo investigativo, la justificación explicando la importancia de la temática a tratarse un resumen de la metodología a emplearse, y por último el aporte teórico, significación practica y novedad.

Capítulo I Marco Teórico

En él se encuentra la sustentación teórica de varios textos jurídicos, entre los que sobresalen “Manual de la Victimología” de Luis Rodríguez Manzanera Lenin Arroyo en con su tratado denominado “Victimología”, entre otros, que permitieron brindar un aporte

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7

de Derechos Humanos, Convención Interamericana de Derechos Humanos, que permitieron explicar jurídicamente la importancia de la Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar dentro del proceso penal por último las conclusiones parciales del capítulo.

Capítulo II Marco Metodológico y Planteamiento de la Propuesta

Se encuentra el desarrollo del presente trabajo investigativo, con la caracterización y descripción de este proceso investigativo. Es decir las fases por las cuales atraviesa la investigación los métodos y técnicas empleadas para consecución del presente trabajo de grado al igual que el análisis e interpretación grafica de los cuadros estadísticos obtenidos a partir de la aplicación de las encuestas. En la segunda parte de este capítulo se presenta el tema de la propuesta del investigador y las conclusiones parciales del capítulo.

Capítulo III Desarrollo de la Propuesta

En este capítulo se constituye la aplicación de la propuesta en la presente investigación la elaboración del estudio científico jurídico sobre la Victimología y su aplicación en el proceso penal para garantizar los derechos fundamentales de las víctimas de delitos de violencia psicológica intrafamiliar, además en este capítulo se incluye la validación de la misma y un análisis de los resultados alcanzados en la investigación, conjuntamente, además se incluye las conclusiones parciales del capítulo.

En la parte final se hace constar las conclusiones generales de la investigación y las recomendaciones a las diferentes instituciones o personas involucradas en el problema investigado.

En el aspecto de formalidad se incluye la bibliografía y los anexos

Aporte teórico, significación práctica y novedad científica.

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8

forma en que la víctima es percibida por la Policía, Fiscales y Tribunales, así como su conducta como testigo.El estudio dela Victimología debe ser el de la prevención, que consiste en el evitar que individuos, grupos o entidades sufran daño de cualquier índole y por cualquier causa.

La presente investigación ofrece un aporte teórico a las autoridades judiciales, ya que en el estudio de la Victimología se le da cavidad a las víctimas en el ordenamiento Procesal Penal, dándole una solución a aquellas personas perjudicadas por un delito y siendo así el Sistema Penal el único en sancionar las consecuencias sufridas por las víctimas de violencia psicológica intrafamiliar. El Derecho Procesal Penal separa radicalmente al atacante de la víctima, haciendo caso omiso que la relación agresor-agredido resulta tan vinculante que la víctima sea la única responsable de su propia victimización. En su libro“ Manual de la Victimología “ Echeborua Carlos afirma “ Las víctimas son tomadas en

cuenta tan solo desde el punto de vista del autor del delito, como meros puntos de referencia de la intervención estatal y de la exigencia de responsabilidad penal “.

(Echeborua, 2010, pág. 28)

La significación practica en que con el estudio de la presente investigación sobre la Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar su aplicación en el Derecho Procesal Penal se pretende que dado a su nivel de complejidad, ayude a perfeccionar las capacidades y perfil distinto de los profesionales de derecho y de la criminología y la psicología forense, es necesario que aprendamos a dar a cada ciencia el sitio que le corresponde, para así brindar una preparación más ética y acorde a la realidad a los profesionales de las ciencias penales.

Se asegura que la Victimología es una ciencia que ha venido tomando fuerza, la misma que ha dado lugar a la creación de áreas especializadas en el tema, las cuales se encargan de tomar los datos aportados por las victimas para hacer una reconstrucción de hechos el cual ayudaran a resarcir el daño provocado en la víctima, y para qué; de la relación agresor-agredido no resulte una vinculación y que la víctima no sea la única responsable de su propia victimización. Carolina Fechan menciona en su libro “Victimología estudio de la Victima”: “Ha descrito la mayor parte de las propuestas del movimiento victimo lógico

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9

La novedad científica es que con la realización de un estudio científico jurídico de esta investigación se intenta advertir al estudiante y profesional de derecho que no conocemos todo, y que por tener conocimientos sobre las disciplinas vinculadas al Derecho Procesal Penal tenemos la facultad de dictaminar en materia de conductas crimino-victimales. Y qué con el estudio de la presente investigación, la Victimología pretende diferenciarse de la criminología haciendo énfasis en la dinámica propia de la víctima, la victimización y la prevención. Un adecuado estudio de la víctima permitirá dar creación a políticas preventivas más integrales y de diversos enfoques y evitar el neutralizar a la víctima en todo el proceso penal, logrando que a la víctima se le puede conceder también el derecho a formar parte activa durante el proceso, pues en él se resuelve o al menos se intenta resolver un problema en el cual ella, sin quererlo juega un rol no secundario. Y este derecho abarca probablemente también una mejora notable del sistema procesal y evitar que se limite el estudio de la víctima. El autor Sangrador en su libro “La Victimología y el Sistema Jurídico Penal”, afirma: “La victima ha quedado reducida en la mayoría de los casos en un

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10 CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO

1.1 Aspectos generales de la Victimología

1.1.1 Antecedentes Históricos de la Victimología y el proceso penal

Para el jurista español Echeborua Carlos nos dice “que en la época greco romana la víctima tuvo mayor consideración social, y que incluso alcanzó un rol protagónico en la investigación, pero con el correr de los años y el desarrollo del Estado y el Derecho penal, fue teniendo una participación de segundo orden, centrándose el proceso penal más en el autor del crimen o el delincuente. Igualmente se aprecia que el avanza de la doctrina penal, criminológica, penitenciaria y político criminal del siglo XX, estuvo centrado en la persona del delincuente, con una tendencia protectora, preocupándose en su readaptación, derechos humanos, humanización de la ejecución penal, y en sus condiciones vio-psico-sociales que lo empujan hacia el crimen, frente a un notorio descuido de la víctima que sufre los efectos, muchas veces graves, que le ocasiona un acto delictivo.”(Echeborua, 2010, pág. 45)

En el derecho romano la víctima tuvo una mayor aceptación y consideración social, alcanzando un rol protagónico en la investigación que el Estado dirigía por el cometimiento de un hecho criminal y en la iniciación de un proceso penal, ya que en la antigüedad la justicia se centraba o enfocaba en el procesado o delincuente. Incluso en el siglo diecinueve en donde surge la doctrina penal criminológica, que tuvo como objetivo fundamental garantizar los derechos del procesado y que la ejercicio de la penas tengan o encierra un sentido humanista es decir que guarden un respeto con los derechos humanos.

“A fines del siglo XIX surgió dentro del positivismo cierta preocupación por la reparación

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11

acto criminal era un ser olvidado y que incluso para comprender la psicología del asesino era importante entender la sociología de la víctima.” (Parma, Carlos, 2012, pág. 18)

En el siglo diecinueve existen posicionamientos doctrinarios distintos como es el caso de Garrofal quien baso su estudio en el daño que sufre la victima producto de un hecho ilícito o criminal, sin embargo existieron otras concepciones que consideran que el estado de la víctima es producto de que la misma ha desarrollado una aptitud personal y que tiene un grado de participación determinante en el aparecimiento del suceso criminológico, sin embargo también se expuso la idea de que los sistemas de justicia se enfocaban únicamente en los derechos del imputado mas no en los de la víctima, por ende se consideró necesario que exista una materia como parte del derecho que estudiara los fenómenos sociales físicos y psicológicos por los cuales atraviesa la víctima y se la denomino Victimología.

1.1.1.1 Antecedentes Históricos del proceso penal

Proceso Penal Romano:

“En los asuntos criminales, en la etapa correspondiente a las "legislaciones", la actividad

del Estado se manifestaba en el proceso penal público y en el privado. En proceso el privado, el Estado era una especie de árbitro, que escuchaba a las partes y basándose en lo que éstas exponían, resolvía el caso. Este tipo de proceso cayó en descrédito, por lo que se adoptó el proceso penal público, llamado así porque el Estado sólo intervenía en aquellos delitos que eran una amenaza para el orden y la integridad política. Más tarde durante la monarquía se cayó en el procedimiento inquisitivo, iniciándose el uso del tormento que se aplicaba al acusado y aun a los testigos; juzgaban los pretores, procónsules, los prefectos y algunos otros funcionarios. (Arroyo, Lenin, 2008, pág. 97).

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decretó que los senadores y emperadores eran los encargados de direccionar los asuntos sometidos a una resolución judicial

Proceso Penal Griego:

Para la autora ecuatoriano Carmen Simona Lasso en su material bibliográfico denominado “Fundamentos del derecho Penal” el derecho penal griego es fundamental como antecedente para el surgimiento del actual, “En el derecho griego, el Rey, el consejo de

ancianos y la asamblea del pueblo, en ciertos casos, llevaban a cabo juicios orales de carácter público para sancionar a quienes ejecutaban actos que atentaban contra los usos y costumbres. "El ofendido, o cualquier ciudadano, presentaba y sostenía acusación ante el Arconte, el cual, cuando no se trataba de delitos privados y, según el caso, convocaba al Tribunal del Areópago, al de los Espetas y al de los Holistas". El acusado se defendía a sí mismo, aunque en ciertas ocasiones le auxiliaban algunas personas” (Lasso, 2011, pág. 12)

El proceso penal griego se caracterizó por la aplicación de la oralidad al momento de las resolución de actos, que atentaban en contra de los usos y las costumbres, es decir los juicios eran de carácter oral y público se los llevaba a cabo delante de todo el pueblo o la comunidad, el ofendido presentaba su respectiva acusación ante un Arconte que eran ministros encargados de dirimir o resolver asuntos controvertidos, el acusado por su parte debía ejercer su defensa por sí mismo aunque en ocasiones era auxiliado por otras personas.

Proceso Penal Canónico:

“La Iglesia, que elaboró un cuerpo propio de derecho penal, construye también un tipo

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la conducta de los particulares, en relación a las imposiciones de la propia Iglesia.” (Neuman, 2011, págs. 15,16)

La Iglesia también tuvo su posicionamiento respecto al proceso penal, al principio uso características propias del proceso penal romano, pero poco tiempo después impusieron un nuevo sistema que era el inquisitorio, en donde se interpusieron garantías fundamentales como la independencia del juez para direccionar las investigaciones para el esclarecimiento de la verdad, se utilizó para aplicar tratos crueles e inhumanos en contra del acusado, esto debido a que el juez que tenía toda la potestad para ejercer las funciones del acusador, defensa y la principal de decisión. Se instituyeron comisarios quienes eran los encargados de realizar las investigaciones necesarias y de informar al Tribunal de santo oficio el comportamiento de los particulares, en relación a las normas impuestas por ellos mismos.

1.1.2 Nociones Generales de la Victimología

De acuerdo con el autor y jurista Carlos Parma, en su estudio denominado “Introducción a la Victimología” la Victimología puede definirse como: “La Victimología es el estudio

sociológico y físico de la víctima, que con auxilio de las disciplinas que le son afines, procura la formación de un sistema efectivo para la prevención y control del delito. El profesor Ezzat Fattah (1971)nos dice que el objetivo de la Victimología es el desarrollo, a través del estudio profundizado de la víctima, de un conjunto de reglas generales y de principios comunes y de otro tipo de conocimientos que puedan contribuir al desarrollo, a la evolución y al progreso de las ciencias criminológicas y jurídicas.” (Parma, Carlos, 2012, pág. 45)

La Victimología constituye un estudio profundo del ámbito psicológico y físico de la persona que ha sido víctima de los efectos jurídicos producto de un hecho delictivo, la Victimología también procura lograr la consecución de un sistema que permita la prevención y el control en el origen o el desencadenamiento de delitos, además que intervine directamente en buscar un mejoramiento en cuanto a la determinación de mecanismo óptimos para el estudio de la criminología

De igual modo el tratadista Enrique Echeberua En su estudio “Manual del Victimología” define a la misma como: “La Victimología es el estudio de las causas por las que

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mayor o menor probabilidad de que una determinada persona sea víctima del mismo. El campo de la Victimología incluye o puede incluir, en función de los distintos autores, un gran número de disciplinas o materias, tales como: sociología, psicología, derecho penal y criminología. La Victimología es una ciencia que estudia científicamente a la víctima y su papel en el hecho delictivo.” (Echeborua, 2010, pág. 78)

Como se ha indicado anteriormente esta ciencia busca a través de un análisis profundo obtener las causas por las cuales una persona puede convertirse en victima por el cometimiento de un mismo hecho delictivo, para lo cual es necesario acudir a otras disciplinas que están relacionadas como es la psicología, la sociología, el derecho penal y la criminología, materia que por su esencia en cuanto a su estudio están directamente asociadas con la Victimología ya que las mismas se complementan para un mejor entendimiento de su contenido. El estudio de las víctimas es multidisciplinar y no se refiere sólo a las víctimas de un delito, sino también a las que lo son por consecuencia de accidentes (tráfico), desastres naturales, crímenes de guerra y abuso de poder. Los profesionales relacionados con la Victimología pueden ser científicos, operadores jurídicos, sociales o políticos. El estudio de las victimas pueden realizarse desde la perspectiva de una víctima en particular o desde un punto de vista epistemológico analizando las causas por las que grupos de individuos son más o menos susceptibles de resultar afectadas.

1.1.3 La Victimología en el ámbito doctrinario

El tratadista José Tamarit señala “La Victimología puede ser definida como una ciencia

multidisciplinar que se ocupa del conocimiento relativo a los procesos de victimización; le concierne el estudio del modo en que una persona deviene en víctima, de las diversas dimensiones de la victimización (primaria, secundaria y terciaria), y de las estrategias de prevención y reducción de la misma, así como del conjunto de respuestas sociales, jurídicas y asistenciales, tendientes a la reparación y reintegración social de la víctima” (Enciclopedia, 2010)

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misma dentro del ámbito social a través de la reparación del daño causado por el cometimiento de una acto ilícito en su contra.

Para la jurista la doctora Alejandra Andrea Fernández la protección a víctimas y testigos consiste en: “La víctima de un delito y al igual que su testigos tiene el rol fundamental, la

victima presenta su denuncia en el Ministerio Público, conocido también como Fiscalía, con la que se da inicio a un juicio o investigación penal. Luego su versión al igual que la de los testigos es primordial en el proceso para el esclarecimiento de los hechos. Los procesos penales en ocasiones conllevan soportar una serie de situaciones que no solo son incómodas, para las víctimas y testigos, generándoles riesgos o peligros contra su integridad y crean situaciones traumáticas”. (Fernandez, 2009, pág. 123)

La protección a víctimas y testigos es una garantía fundamental debido a que el papel fundamental que desempeñan estas figuras jurídicas dentro de un trámite judicial es indispensable para la recopilación de información, sobre los hechos relacionados con el cometimiento de un hecho delictivo. Sin embargo en el proceso judicial las víctimas y testigos pueden ser focos de constantes amenazas contra su integridad física o psicológica que pueden llegar a ser traumáticas lo que provoca un miedo irresistible y la separación de los mismos de la causa penal.

1.1.4 Victimología Penal o criminología

Existe la Victimología penal criminológica al respecto el doctrinario Omar Medina establece: “La Victimología penal o criminológica es aquella que estudia aquellas víctimas

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La Victimología penal basa su tesis en el estudio de la relación interpersonal que puede existir entre la víctima y el criminal, es decir las causas que desencadenaron en el aparecimiento del hecho delictivo, y como esta acción tiene repercusiones en bienes jurídicos que están protegidos por la normativa jurídica penal, como es el caso de la salud, la integridad física, sexual, además del ámbito incluso de carácter patrimonial, en definitiva busca los parámetros que permitieron originar como resultado el estado de victimario en la persona o sujeto que lo sufre.

De acuerdo con el jurista Jorge Núñez de Arco establece una definición de la Victimología penal o criminológica “A esta Victimología le interesa el estudio de la víctima como factor

desencadenante del crimen o delito o asumir en cierta medida un rol de acompañamiento que integra el delito. Muy importante dejar claro la diferencia entre Victimología general y Victimología penal o criminológica. En un sentido amplio la Victimología general estudia todo tipo de víctimas y en un sentido estricto la Victimología penal o criminológica estudia solamente las víctimas del delito. Por otro lado a la Victimología general no le interesa el papel del delincuente en la víctima, mientras que a la Victimología penal o criminológica si le interesa la participación del delincuente en la víctima.” (Nuñez, Jorge, 2008, pág. 78)

Existen diferencias entre la Victimología en general y la del ámbito penal, por un lado una estudia a todos los tipos de víctimas, mientras que la otra basa su análisis a la víctima que resultan del cometimiento de un delito, además esta última considera fundamental investigar la relación que existe entre el delincuente y la víctima, por cuanto partiendo de esta exanimación se puede verificar las causas que motivaron la consecución del hecho delictivo.

1.1.5 Principios y fines de la Victimología

Carlos Parma establece dentro se u material bibliográfico “Introducción a la Victimología”

los fines principios y fines que persigue la Victimología, se tienen los siguientes

 “La Victimología promueve un estudio científico de la víctima desde la etiología del

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 Lo que pretende la Victimología es desarrollar mediante el estudio en profundidad de la

víctima, una serie de reglas y principios comunes, que supongan un avance y evolución de las ciencias criminológicas en especial, y de las jurídicas en general, permitiendo así, una comprensión de lo que el fenómeno criminal, de la dinámica criminógena y también de la personalidad del delincuente desde el punto de vista de la víctima.

 La Victimología debe desarrollar un análisis detallado del papel que desempeña la

víctima en el desencadenamiento del hecho criminal.

 Analizar los posibles modelos en torno a la asistencia jurídica, psicológica y terapéutica a

las víctimas.

 Debe investigar los temores sectoriales a la victimización.

 Debe examinar la criminalidad real a partir de los informes de la victimas sobre delitos no

perseguidos, a través de las encuestas de victimización.

 Debe también destacar la importancia de la actitud con la víctima, a la hora de concebir la

pena por el delito.

 Debe estudiar los sistemas de indemnización a las víctimas y también que se tienda a su aprobación legal.” (Parma, Carlos, 2012, pág. 44)

Existen principios y fines en los cuales la Victimología basa su estudio, entre los cuales se destaca un estudio masivo a la etiología del delito, es decir a su origen, además que permite analizar profundamente el estado de víctima y aportar científicamente a la ciencia criminológica, no obstante faculta determinar el grado de participación de incidencia que tiene la misma dentro del surgimiento del hecho ilícito, es decir a la actitud de la misma frente al accionar delictivo, por ultimo busca instruirse sobre los procedimiento legales de indemnización que existen para las víctimas, y el nivel de importancia jurídica que tiene dentro de los sistemas de justicia de cada Estado.

1.1.6 Clasificación de las Victimas y niveles de la Victimología

1.1.6.1 Victima ideal o enteramente inocente y la victima culposa

Para el autor y tratadista José Manuel Ferro existe varios tipo de victimas pero es necesario hacer una diferenciación en cuanto a la víctima inocente y la voluntaria y establece: dentro “Se le denomina víctima inocente es aquella que nada ha hecho y nada ha aportado para

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actividad criminal. En este tipo de víctima el grado de culpabilidad de la víctima sobre el hecho delictivo es nulo y toda la culpa recae sobre el delincuente, mientras que la víctima voluntaria son aquellas personas que se ofrece como sujeto pasivo en la comisión de un delito. (Ferro, Jose Manuel, 2011, pág. 56)

Existe una tipología en cuanto a las victimas dentro de los cuales se destaca, la victima ideal o inocente, es aquella que no ha tenido ningún grado de participación o que su accionar no ha sido determinante en la aparición de la conducta criminal, es decir se presenta bajo un estado de indefensión frente al surgimiento del hecho punible. Por otra parte se encuentra la victima voluntaria que es aquel sujeto, que presta su consentimiento en la participación del hecho delictivo, es decir actúa con conciencia y voluntad, con el conocimiento de los efectos jurídicos que puede provocar el hecho delictivo dentro de su persona física o sicológica, es decir tiene un grado de imputabilidad similar al del sujeto activo es decir el delincuente.

1.1.6.2 Victima culposa

Para la autor y jurista Lenin Arroyo existen dentro de la clasificación de la víctima la de carácter culposo que consiste en: “La Victimización culposa en las lesiones u homicidio culposo, es decir aquel cometido por imprudencia o impericia del activo, donde no hay intención de dañar, pero no se tuvo el cuidado necesario al actuar, la víctima puede tener un papel predominante, ya que la participación de la víctima puede ser total o nula, graduándose en pequeña, mediana o grande”(Arroyo, Lenin, 2008, pág. 45)

Para el autor citado en el párrafo anterior la victimización culposa, es la que surge cuando el sujeto activo es decir la persona que ejecuta la acción lo hace pero sin la intención de causar efectos jurídicos negativos o causar un gran perjuicio o daño a la persona ante quien el accionar afecta, es decir la autoridad judicial no puede juzgar la existencia de dolo o intención, bajo esta denominación la victima juega un papel importante para la determinación si el hecho fue cometido de forma inintecional o hubo la predisposición de hacerlo.

1.1.7 Niveles de Victimología

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Según el estudio del tratadista José Zamora Grant existen una categorización en cuanto a los nivel de la Victimología y establece: “El primero se denomina individual, cuyo objeto

de estudio es la víctima, su personalidad y características. El segundo nivel es el conductual, en el cual, se estudia la conducta aislada de la víctima con relación a la conducta criminal. Finalmente está el tercer nivel, denominado general, en el que debe estudiarse el fenómeno victimal, como suma de víctimas y victimizaciones. Se habla de macrovictimizaciones por abuso del poder, algo que ya Benjamin Mendelshon había esbozado, y empieza adquirir autonomía disciplinar para dejar de ser un apéndice del derecho penal y de la criminología, que es donde se queda la reflexión victimo dogmática y el tema de los derechos de las víctimas dentro del proceso penal.” (Zamora, 2011, pág. 98)

Existen niveles en cuanto a la determinación de la Victimología y su estudio el autor antes indicado los ha divido en tres: el primero que se refiere o basa su análisis en la victima y las características que presenta que son determinantes para la consecución de su estado, el segundo base su estudio en la conducta de la víctima es decir en su forma de relacionarse en cuanto a su entorno social, y el tercer que consiste en un trato más general sobre la victimización. Este tratadista también cita lo indicado por un jurista ingles Benjamín Mendelshon quien dice que la Victimología es una ciencia aparte que no está relacionad con la Criminología o el Derecho Penal, por cuanto su principal objetivo es analizar los derechos que tiene la victima dentro de un proceso penal.

De igual modo el doctrinario Lenin Arroyo Baltan en su libro “diferencia únicamente dos tipos de victimización tales como: “La macro victimización se produce cuando un número

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Dentro del campo de la Victimología existen niveles de carácter macro y micro, el macro constituye un análisis de los efectos jurídicos producidos por la realización de un ilícito que han afectado o lesionado bienes jurídicos de carácter colectivo como puede ser el caso de la salud y el orden público y existe la microvictimología que constituye un estudio de las consecuencias que han provocado el cometimiento de un ilícito producto del mismo se han lesionado los bienes de carácter individual por el ejemplo en los casos de la violencia intrafamiliar.

1.2 La Victimología como parte de la ciencia penal

1.2.1 Definición de victima

Para Guillermo Cabanellas la definición de victima consiste en: “La Víctima, en primer término, es todo ser viviente sacrificado o destinado al sacrificio. Sin embargo, desde el punto de vista utilizado habitualmente, una víctima es la persona que sufre un daño o perjuicio, que es provocado por una acción u omisión, ya sea por culpa de otra persona, o por fuerza mayor. Son Aquellas personas que individual o colectivamente han sufrido daños físicos o psíquicos, pérdida financiera, patrimonial o menoscabo en sus derechos fundamentales como persona, todo ello independientemente de que la Justicia juzgue o no al delincuente o de la relación entre víctima y agresor.” (Cabanellas, Guillermo, 2011, pág.

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La victima tal como se indica en el párrafo anterior puede ser la persona a quienes se les ha causado un perjuicio o daño, el mismo que es producto del accionar voluntario o involuntario de otro sujeto, sin embargo la víctima no siempre podrá ser individualizada puede ser que el hecho ilícito haya afectado a una mayoría o colectividad e incluso no necesariamente repercutirá sus efectos jurídicos en perjuicios a la integridad física del individuo que lo sufre sino que puede afectar a su patrimonio económico.

La victima desde el punto de vista del doctrinario Miguel Polaina Navarrete consiste en: “Una víctima es una persona que sufre un daño o perjuicio por culpa ajena o por una causa

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sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal” (Polaino, Miguel, 2011, pág. 67)

La víctima desde el punto de vista del doctor Miguel Polaina jurista ecuatoriano establece: tal como lo indica el autor antes mencionado es toda persona que ha sufrido un daño o perjuicio producto de un accionar criminal, que puede repercutir en consecuencias jurídicas de índole físico, psicológico, e incluso de carácter patrimonial o pecuniario, en definitiva es aquel sujeto o individuo que como consecuencia del ejercicio de una acción o conducta ilícita o ilegal resulta ser perjudicada en el accionar de sus derechos fundamentales.

1.2.2 Grados de la victimización (primaria secundaria y terciaria)

De acuerdo con el autor José Manuel Ferro existe grado en cuanto a la victimización y establece “La victimización primaria consiste en un análisis jurídico sobre el daño directo

o indirecto, daños físicos o psíquicos derivados de un hecho delictivo. La victimización secundaria nace fundamentalmente de la necesaria intersección entre un sujeto y el complejo aparato jurídico-penal del Estado. “Consecuentemente, la victimización secundaria se considera aún más negativa que la primaria porque es el propio sistema el que victimiza a quién se dirige a él pidiendo justicia y porque afecta al prestigio del propio sistema.” (Ferro, Jose Manuel, 2011, pág. 78)

La victimización primaria consiste en el estudio legal del daño o las consecuencias jurídicas que se produce por en la ejecución de un hecho ilícito en la persona a quien se le perjudica con el delito. La victimización secundaria se caracteriza por que es el propio sistema de justicia el que crea este estado en la persona, ya que procura que un hecho delictivo suscitado no quede en la impunidad, ya que sería un factor determinante y que cuestionaría al aparato de justicia penal creado por el propio Estado

El autor Luis Rodríguez Carrillo base su estudio de la Victimización únicamente en la de carácter primario la cual consiste en: “Es una experiencia individual, directa de la víctima

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se repita (ansiedad, angustia o abatimiento), e incluso sentimientos de culpabilidad con relación a los hechos.” (Carrillo, Luis, 2012, pág. 78)

La victimización primaria consiste en los efectos que se produce por la conducta criminal o el suceso de un hecho delictivo en relación al comportamiento de la víctima o en las afectaciones que sufre a nivel psicológico y físico, de carácter físico por cuanto no está susceptible de que se atente contra si integridad física provocándole lesiones, psicológica ya que experimenta perturbaciones emocionales como angustia, ansiedad, debido al temor infundido de que se vuelva atentar en contra de su persona por la reincidencia en la realización del hecho delictivo.

1.2.3 Características de la Victimología:

Para el jurista Luis Rodríguez Manzanera la Victimología reúne las siguientes características que se conjugan con la esencia jurídica de la misma y estable:

Primera característica: “Podemos contemplar la ciencia como conjunto de conocimientos capaz de formular principios y leyes universales y, también podemos verla como conjunto de conocimientos de cualquier cosa. Si partimos de la criminología como ciencia universal debemos sacar un principio que se dé siempre, se cumpla. Esto no se da siempre en la criminología y a menudo, habrá una variante, un porcentaje que unas veces se cumplirá y otras no. No podemos predecir la conducta del individuo y sólo cabrá la criminología como conjunto de conocimientos propios sobre cualquier cosa esto mismo lo podemos trasladar respecto a la Victimología).” (Rodriguez, 2013, pág. 67)

Una de las características de la Victimología es que se la considera como una ciencia, capaz de establecer principios y leyes de carácter universal, sin embargo bajo esta consideración estos principios deberán ser puntuales y cumplidos siempre, no obstante la Victimología tiene un relación directa con la criminología por lo que no se puede considerarla como un materia exacta, ya que las conductas tanto criminales como las de las victimas siempre mantendrán un porcentaje de conmutación, dependiendo de las circunstancias de los hechos delictivos.

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interpretación de la realidad mediante la verificación de hipótesis analíticas, sistemáticas y explicativas. Por interdisciplinar se entiende que extrae conceptos de otros cauces como, por ejemplo, del derecho, de la medicina, de la sociología, de la psicología, etc., pero sólo extrae aquella parte de las otras ciencias que interesa a la criminología y no el todo como si lo harían las ciencias multidisciplinares.”(Rodriguez, 2013, pág. 69)

Al establecer que la Victimología no es una ciencia exacta, el método empleado por la misma es de carácter empírico, por cuanto su estudio y la recopilación de su información se la construyen en base de verificación de hipótesis analíticas, sistemáticas y explicativas. Además es de carácter interdisciplinar por cuanto utiliza las conceptualizaciones de otras ciencias que por su contenido puedan aportar con información para una mejor compresión de la esencia jurídica de la Victimología.

Tercera característica: “Se refiere al objeto de la Victimología que es, exclusivamente la víctima. Todo esto hay que medirlo bajo los siguientes niveles: Individual o de cada víctima en particular, es decir centra su estudio y análisis en la conducta desarrollada por la víctima pero como un agente particular con la variación que presenta cada una de acuerdo a las circunstancias del hecho delictivo, que tendrá va y el nivel general decir, dirigido a la totalidad de las víctimas como colectivo”.(Rodriguez, 2013, pág. 70)

Una característica primordial que tiene la Victimología es analizar a fondo lo referente a la conducta de la víctima, para lo cual el autor antes indicado cita tres niveles de victimización: el individual, que consiste en que cada víctima refleja un estado de comportamiento y de reacción a un hecho delictivo diferente, el conductual que se refiere a la conducta que desarrolla la misma posterior al delito suscitado, por último la de carácter general que se produce cuando existe pluralidad de victimas ya que estudia el efecto de un hecho criminal colectivo.

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La Victimología tal como se ha indicado anteriormente no es un ciencia exacta, es decir no tiene un método definido, sino más bien empírico porque base su teorías explicativas en hipótesis susceptibles de comprobación, por ende está constantemente variando o actualizándose en su composición conceptual y jurídica, de acuerdo al avance y descubrimiento en otros ramas y materias como es el caso de la Psicología , la Sociología y la Medicina entre otras, pero siempre procurando la consecución de su objetivo primordial que el de brindar un sistema ordenado y eficaz y sobre todo apegado a derecho y las normativas jurídicas que regulan en campo penal, para evitar que la reincidencia en la realización de delitos y procurar dotar de mejores recurso a la víctimas de los mismos

1.2.4 La Criminología dentro del contexto de la Victimología y del derecho procesal penal

Para el autor y jurista Carolina Beecham “La criminología es la disciplina que estudia las

causas del crimen y preconiza los remedios del comportamiento antisocial del hombre. Es una ciencia empírica e interdisciplinaria, que se ocupa del estudio del crimen, de la persona del infractor, la víctima y el control social del comportamiento delictivo, y trata de suministrar una información válida, contrastada, sobre la génesis, dinámica y variables principales del crimen contemplado éste como problema individual y como problema social, así como sobre los programas de prevención eficaz del mismo, las técnicas de intervención positiva en el hombre delincuente y los diversos modelos o sistemas de respuesta al delito.” (Beechman, 2012, pág. 67)

La Criminología constituye una ciencia que basa su estudio en la conducta del criminal y su incidencia dentro del orden social, procura canalizar toda la información necesaria que permita demostrar cuales son las causas que originan el comportamiento antijurídico, y las variables que ´puede existir para el desencadenamiento de un hecho delictivo, para posteriormente buscar posibles alternativas o mecanismo de prevención, adaptándolos a los sistemas de justicia penal establecidos por cada Estado.

El Art. 11 del Código Orgánico Integral Penal en sus numerales habla sobre la importancia de la Victimología es decir la víctima dentro del proceso penal y establece:

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25 obliga a la víctima a comparecer.

2. “A la adopción de mecanismos para la reparación integral de los daños sufridos que incluye, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos, el restablecimiento del derecho lesionado, la indemnización, la garantía de no repetición de la infracción, la satisfacción del derecho violado y cualquier otra forma de reparación adicional que se justifique en cada caso.”

3. “A la reparación por las infracciones que se cometan por agentes del Estado o por quienes, sin serlo, cuenten con su autorización”

4. “A la protección especial, resguardando su intimidad y seguridad, así como la de sus familiares y sus testigos.”

5. “A no ser revictimizada, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, incluida su versión. Se la protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación y, para el efecto, se podrán utilizar medios tecnológicos”.

6. “A ser asistida por un defensor público o privado antes y durante la investigación, en las diferentes etapas del proceso y en lo relacionado con la reparación integral”.

7. “A ser asistida gratuitamente por una o un traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma en el que se sustancia el procedimiento así como a recibir asistencia especializada”.

8. “A ingresar al Sistema nacional de protección y asistencia de víctimas, testigos y otros participantes del proceso penal, de acuerdo con las disposiciones de este Código y la ley”.

9. “A recibir asistencia integral de profesionales adecuados de acuerdo con sus necesidades durante el proceso penal”.

10. “A ser informada por la o el fiscal de la investigación preprocesal y de la instrucción”.

11. “A ser informada, aun cuando no haya intervenido en el proceso, del resultado final, en su domicilio si se lo conoce”.

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Dentro del proceso penal existen, elementos y sujetos procesales que son vitales su participación dentro del mismo, es el caso del acusador particular quien tiene la potestad jurídica de presentar una acusación de forma individual independientemente de la denuncia o el parte policial o cualquier otro mecanismo jurídico de carácter informativo, también forma parte de los derechos del ofendido, la indemnización pecuniaria que recibe como mecanismo jurídico para el resarcimiento de los perjuicios causado, producto del hecho ilícito cometido, el estimativo de monto quedara a criterio del juez que estuviera conociendo sobre el hecho delictivo, y lo hará saber al momento de expedir sus sentencia.

El ofendido también dentro de los derechos que la ley le faculta, se encuentra el direccionamiento de quejas, en contra de la autoridad judicial que está encargada de las investigaciones del caso, cuando no se le haya proporcionado o brindando un acceso completo y eficaz a la información de las experticias realizadas, además al ofendido, es que se le debe brindar los medios necesarios para precautelar su integridad física y psicológica, al igual que en su intimidad, ya que su comparecencia dentro del proceso judicial es primordial, otras garantía con la cuentan las víctima de hechos delictivos, es que el estado le brinde la protección necesaria para su integridad física y psicológica, y sobre todo no vuelvan a ser revictimizadas, la víctima tiene derecho a contar con la ayuda de una persona especializada en un idioma distinto del que hable la víctima lo cual es muy importante dentro de su proceso ya que le mantendrá informada de todos los pormenores que se presenten en el transcurso del trámite judicial que se lleve a cabo.

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El ofendido es un sujeto procesal, vinculante dentro del trámite judicial, sin embargo independientemente de que él mismo participe dentro del proceso penal, como acusador particular, tiene el derecho a que se le mantenga informado de todo el procedimiento realizado al igual que el resultado final, ya que sus derechos fueron vulnerados o desconocidos y producto de este hecho se inició el trámite judicial.

1.3 La Victimología en la violencia psicológica intrafamiliar y en el Derecho Procesal Penal

1.3.1 Definición de violencia psicológica

Para la violencia psicológica, varias variables son factores determinantes estadísticamente significativos de violencia: situación laboral del compañero, si la familia vive en la pobreza, si la mujer puede contar sus problemas a parientes o amigos y si se puede pedirles ayuda. Los hombres con empleo cometen actos de violencia psicológica con más frecuencia que los hombres desempleados. Las mujeres de familias pobres tienden más a ser víctimas de violencia psicológica. Por último, las mujeres que pueden contar sus problemas a parientes o amigos y pedirles ayuda tienden más a ser víctimas de violencia psicológica. Eso tal vez se deba a que la violencia misma las impulsa a confiar en otros o a que el contacto fuera del núcleo familiar encolerice al compañero desenca denando la violencia. NO se puede determinar únicamente sobre la base de estos resultados la dirección de causalidad entre la red de apoyo social de la mujer y las probabilidades de que sea maltratada. (Andrew R. Morrison, 1999, pág. 44)

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1.3.2 Violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar

El Artículo 155 del Código Orgánico Integral Penal establece que.- se considera violencia toda acción que consista en maltrato, físico, psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra de la mujer o demás integrantes del núcleo familiar. Se consideran miembros del núcleo familiar a la o al cónyuge, a la pareja en unión de hecho o unión libre, conviviente, ascendientes, descendientes, hermanas, hermanos, parientes hasta el segundo grado de afinidad y personas con las que se determine que el procesado o la procesada mantenga o haya mantenido vínculos familiares, íntimos, afectivos, conyugales, de convivencia, noviazgo o de cohabitación.(PENAL, 2014, pág. 73)

La violencia contra la mujer -especialmente la ejercida por su pareja y la violencia sexual - constituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos humanos de las mujeres. Usualmente la violencia de género se relaciona únicamente al maltrato o agresión físico o sexual pero la realidad es que la violencia ejercida sobre las mujeres se expresa de múltiples formas y en todos los ámbitos en donde se desenvuelva la mujer. Refiriéndose el maltrato físico al uso deliberado de la fuerza con la intención de generar una lesión física, daño o dolor.

1.3.3 Violencia psicológica contra la mujer o miembros del núcleo familiar

En el artículo 157 del Código Orgánico Integral Penal cita.- La persona que, como manifestación de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cause perjuicio en la salud mental por actos de perturbación, amenaza, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento, vigilancia, hostigamiento o control de creencias, decisiones o acciones, será sancionada de la siguiente manera:

1. Si se provoca daño leve que afecte cualquiera de las dimensiones del funcionamiento integral de la persona, en los ámbitos cognoscitivos, afectivos, somáticos, de comportamiento y de relaciones sin que causen impedimento en el desempeño de sus actividades cotidianas, será sancionada con pena privativa de libertad de treinta a sesenta días.

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cotidianas y que por tanto requiere de tratamiento especializado en salud mental, será sancionada con pena de seis meses a un año.

3. Si causa un daño psicológico severo que aún con la intervención especializada no se ha logrado revertir, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años(PENAL, 2014, pág. 74).

En este marco, se entiende por violencia contra las mujeres, toda acción o conducta que cause sufrimiento físico, sexual o sicológico basada en el hecho de ser mujer dentro del ámbito público, o sea durante el desempeño de sus actividades laborales, económicas o sociales. En el ámbito privado dentro del ambiente familiar o en sus relaciones personales. El uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones, además establece que la violencia de género es: la violencia que pone en peligro los derechos fundamentales, la libertad individual y la integridad física de las mujeres.

1.3.3 El Derecho Procesal Penal

De acuerdo con el autor y jurista José Arismendi “El Derecho procesal penal es el conjunto

de normas jurídicas correspondientes al derecho público interno que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin entre el estado y los particulares tiene un carácter primordial como un estudio de una justa e imparcial administración de justicia: la actividad de los jueces y la ley de fondo en la sentencia. Tiene como fu nción investigar, identificar y sancionar (en caso de que así sea requerido) las conductas que constituyen delitos, evaluando las circunstancias particulares en cada caso y con el propósito de preservar el orden social. El derecho procesal penal busca objetivos claramente concernientes al orden público.” (Arismendi, 2012, pág. 45)

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parte del Derecho Público interno, por cuanto mediante la creación de un marco jurídico busca regular las conductas individuales y colectivas de las personas que atentan en contra de ordenamiento establecido por el Estado.

De acuerdo con el autor Luis Carrillo Esta unidad se expresa a través de los conceptos básicos o fundamentales que toda disciplina procesal utiliza; se denominó “trilogía estructural de la ciencia procesal” que son:

 “La jurisdicción: como el poder del estado para resolver conflictos de trascendencia

jurídica en forma vinculantica para las partes.

 El proceso: Como instrumento jurídico del Estado para conducir la resolución de los

litigantes.

 La acción: Como derecho, facultad, poder o posibilidad jurídica de las partes para provocar la actividad de órgano jurisdiccional del Estado” (Carrillo, Luis, 2012, pág.

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Dentro del Derecho Procesal Penal existen tres características que son fundamentales y que determinan la esencia jurídica del mismo, que son la jurisdicción, que se refiere al poder punitivo que ejerce el estado a través de su organismo de justicia, el proceso que se refiere al instrumento o mecanismo jurídico que conlleva a la resolución de un hecho delictivo, y la acción que consiste en la facultad que la ley ha otorgado a los sujetos procesales para buscar el reconocimiento de sus derechos ante un organismo jurisdiccional.

1.3.4 Características del Derecho Procesal Penal

De acuerdo con el autor Enrique Romero el proceso penal reúne algunas características como son: El derecho de procedimientos penales tiene como elementos principales el ser: público, interno, instrumental, formal, adjetivo, accesorio, autónomo y científico.

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Referencias

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