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Dirección de Mantenimiento Subdirección de Operaciones AV ÍNDICE

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Dirección de Mantenimiento Subdirección de Operaciones AV

ÍNDICE

1.  ANTECEDENTES ... 4 

2.  OBJETO ... 4 

3.  SOLUCIÓN A IMPLEMENTAR ... 5 

4.  DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS ... 5 

5.  AMBITO DE APLICACIÓN ... 6 

6.  CONDICIONES TÉCNICAS DE EJECUCIÓN ... 6 

7.  PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES ... 7 

8.  PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ... 9 

9.  PLAN DE ACTUACIONES AMBIENTALES ... 15 

10. CERTIFICACIONES Y RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS ... 16 

11. PRECIOS ... 16 

12. PLAZO DE EJECUCIÓN ... 16 

13. ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA ... 17 

14. CONDICIONES PARTICULARES DE EJECUCIÓN ... 20 

15. PRESUPUESTO ... 21 

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Dirección de Mantenimiento Subdirección de Operaciones AV

1.

ANTECEDENTES

La Línea de Alta Velocidad Madrid – Lleida consiste en 450 km de vía doble de ancho UIC electrificada, equipada con los sistemas de protección del tren ERTMS/ETCS Nivel 1, ERTMS/ETCS Nivel 2 (a fecha de redacción del presente pliego, el ERTMS N2 se encuentra dado de baja por trabajos de actualización a la versión 2.3.0d) y ASFA.

Inicialmente la puesta en servicio de la línea se llevó a cabo siguiendo a las reglas generales de posicionamiento de balizas y gestión de timers y secciones en ERTMS N1, conforme a la versión 2.2.2 de las SRS. Esta implementación fue modificada con posterioridad en la estación de Lleida para acercar las balizas infill a las señales de salida/circulación de las vías 1 y 2 debido a un problema de disponibilidad detectado en las circulaciones comerciales. El objetivo de esta actuación fue solucionar un problema de expiración de timers de sección que recortaba la autoridad de movimiento al punto de peligro (para la estación de Lleida son los piquetes de entrevía) y hacía muy difícil renovarlo para continuar la marcha una vez efectuada la parada comercial.

Actualmente, los trenes de composición simple (200 metros) tienen el punto de parada antes de las balizas infill de las vías 1 y 2. Un tren en composición doble (400 metros) tiene el punto de parada pasada la posición de las balizas infill de vías 1 y 2 a menos de 50m de la señal luminosa. Debido a la existencia de vía única en ambos lados de la estación, de manera habitual se recibe a los trenes con la señal de salida/circulación cerrada.

Durante la fase de aceptación de la programación de ERTMS N1 que adaptaba la versión existente a la versión 2.3.0d de las SRS, se puso de manifiesto un posible problema de seguridad, no derivado de la actuación, en la programación de timers y secciones en la estación de Lleida. Esta situación se produce cuando un tren que va a realizar la parada comercial antes de las balizas infill, entra con la señal de salida/circulación abierta y por tanto su MA llega más allá. En este caso, el tren se queda con el MA inicial que supera la señal de salida/circulación de manera indefinida aunque se modifique el itinerario que hay por delante.

Derivado del análisis de seguridad realizado por Ansaldo, el riesgo existente fue calificado como tolerable considerando la condición de aplicación 111 que indica que un tren detenido en una zona de estacionamiento debe solicitar autorización de circular incluso si posee MA válido a bordo.

2.

OBJETO

El objeto del presente Pliego es el de establecer las condiciones funcionales y técnicas que han de regir la adjudicación y, en su momento, la realización de los trabajos relativos a

“ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN DE TREN ERTMS N1 EN EL TRAMO MADRID – PUIGVERD DE

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LÉRIDA DE LA LAV MADRID – BARCELONA – FRONTERA FRANCESA PARA LA MEJORA DE GESTIÓN DE AUTORIDADES DE MOVIMIENTO EN LA ESTACIÓN DE LLEIDA”.

La actuación prevista es necesaria para reducir el riesgo anteriormente descrito para los trenes que realizan parada comercial en la estación de Lleida. Con ello se suprimirá la condición de aplicación 111 que se ha establecido sin afectar a la explotación habitual de la estación ya que el MA que se programará sólo llega a las señales de salida/circulación de vías 1 y 2 con independencia de su aspecto.

Los detalles de la solución a implementar se encuentran descritos en el apartado 3.

3.

SOLUCIÓN A IMPLEMENTAR

Para cumplir con el punto 2.2.2.1 de la norma de Adif NAS 840 1ª edición de Junio de 2017, se modifican los MA dados antes de las señales de salida/circulación (S LLE M1, S LLE M2, S LLE M3, C LLE F1A, C LLE F2 y C LLE F3) de la estación de Lleida para que el final de la autoridad de movimiento (EoA) se sitúe a lo sumo en dichas señales con independencia de su aspecto. Así mismo, se mantendrán físicamente las balizas infill, eliminando los telegramas de MA existentes actualmente. De este modo el tren renovará el MA al paso por las balizas de pie de señal a velocidad de liberación.

4.

DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS

Los trabajos ligados a la actualización de la versión ERTMS N1 instalada en la parte de infraestructura, objeto de la presente licitación, son:

 La ingeniería de diseño, la ingeniería de producción material y lógica así como su parametrización, para la adecuación del subsistema ERTMS/ETCS Nivel 1 para la actualización del SW de la versión actualmente implantada en la infraestructura, para la modificación de MA.

 La Verificación y Validación, incluyendo la realización de las pruebas necesarias y suficientes (en laboratorio y/o campo) que justifiquen la conformidad con las especificaciones de los cambios realizados.

 La demostración de Seguridad y la Evaluación Independiente de Seguridad de los sistemas.

Los trabajos de evaluación y la elaboración de los Informes de Evaluación Independiente, deberán realizarse por un órgano igualmente independiente de los departamentos de Producción, Pruebas, y de Seguridad de la Empresa Contratista.

 Actualización y entrega de la Documentación de Seguridad, Informe de Evaluación Independiente así como toda aquella documentación que en el momento de ejecución del contrato se requiera por parte de la dirección de contrato para la gestión de la puesta en servicio.

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 Colaboración con Adif para el cumplimiento del Reglamento de Ejecución 402/2013 de 30 de abril y el Reglamento de Ejecución 2015/1136 de 13 de julio por el que se modifica el primero, así como los procedimientos que se desarrollen para su cumplimiento.

 Actualización y entrega de la documentación As Built recogiendo los cambios realizados (en su caso: planes técnicos, etc.).

 Entrega de toda la documentación generada e integración de la misma en el Sistema de Gestión Documental del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias.

Para la realización de los trabajos objeto del presente contrato, serán de aplicación todas las normas, instrucciones, recomendaciones y pliegos oficiales vigentes a la firma del contrato.

5.

AMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de actuación integra la siguiente línea / trayecto / tramo ferroviarios:

 Línea 054: Bif. Canal Imperial a Bif. Moncasi. Estación de Lleida

6.

CONDICIONES TÉCNICAS DE EJECUCIÓN

Los trabajos se desarrollarán en el ámbito reflejado en el apartado 5 del presente pliego de prescripciones.

Para acceder a las instalaciones de ADIF (edificio técnico) el adjudicatario estará obligado a informar a los responsables de ADIF con antelación suficiente y deberá cumplimentar los documentos que se soliciten para tal fin.

Previo al inicio de los trabajos, la empresa contratista preparará todo el material necesario a pie de obra en horario diurno a fin de minimizar las horas de trabajo en jornada nocturna.

Para la carga de Sw, conexionado y pruebas sobre las instalaciones de campo, se utilizará el periodo de mantenimiento.

La ejecución de los trabajos en campo se hará atendiendo, según el caso, al régimen de Entrega de Vía Bloqueada, al de Trabajos en Estación, al de Trabajos en Instalaciones de Seguridad y al de Pruebas según se indica en el RD 664/2015 de 17 de julio, modificado según RD 1011/2017 de 1 de diciembre.

Antes de la carga de la nueva versión de Sw, se realizarán copias de seguridad de la versión existente (backup). Tanto estas copias como la nueva versión de Sw, se entregará al Adif.

Al término de cada jornada de trabajos, se deberá dejar la instalación en servicio. El adjudicatario asumirá los costes que se pudieran generar ante incidencias ocasionadas por esta actuación.

PERSONAL

Para la realización de los trabajos objeto de este Pliego la empresa adjudicataria dispondrá de los agentes necesarios en campo.

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Durante la jornada laboral la empresa contratista dispondrá como mínimo de un encargado de trabajo, para la realización de todas aquellas actividades en cuya ejecución se produzcan afecciones a las instalaciones de seguridad.

Si fuese necesaria la utilización de maquinaria de vía, la empresa adjudicataria proporcionará un encargado de trabajos y un conductor de maquinaria.

Si se necesitara realizar corte de tensión en catenaria, la empresa adjudicataria deberá disponer de piloto de corte de tensión habilitado en la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona.

Para los transportes por carretera, la empresa adjudicataria dispondrá del personal con correspondientes los títulos de conducción en vigor. Los vehículos a emplear dispondrán de la toda la documentación correctamente actualizada.

JORNADA

Los trabajos que se realicen en campo serán preferentemente en jornada nocturna, dentro de la banda de mantenimiento, con objeto de no afectar a las circulaciones ferroviarias.

ACTUALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

La empresa adjudicataria estará obligada a complementar y actualizar la documentación existente de la instalación donde se hayan realizado las modificaciones.

El director del Contrato podrá retener hasta 5 veces el presupuesto para actualización de la documentación a fin de garantizar que el adjudicatario ejecute la unidad proyectada.

7.

PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES OBJETO DEL PLIEGO

Las siguientes Prescripciones Técnicas Generales son de aplicación a los trabajos de

“ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN DE TREN ERTMS N1 EN EL TRAMO MADRID – PUIGVERD DE LÉRIDA DE LA LAV MADRID – BARCELONA – FRONTERA FRANCESA PARA LA MEJORA DE GESTIÓN DE AUTORIDADES DE MOVIMIENTO EN LA ESTACION DE LLEIDA”

PRESCRIPCIÓN TÉCNICA GENERAL

Será de aplicación la Normativa Técnica vigente en España en la fecha de redacción del presente Pliego, así como todas las Normas o Instrucciones del Administrador de Infraestructuras ferroviario.

Será de aplicación la última versión del Anexo de Condiciones Generales para los contratos de servicios sujetos a la Ley 09/2017, de 8 de Noviembre y a la Instrucción interna de la entidad para los contratos sujetos a la D.A. 8ª del TRLCSP, aprobado por RDL 3/2011, de 14 de noviembre de 2011. Y en general se considera de obligado cumplimiento todo lo establecido en la Normativa Legal sobre contratos con las Administraciones.

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CONTRADICCIONES ENTRE DOCUMENTOS

En el caso de que aparecieran contradicciones entre los Documentos contractuales: Pliego de Condiciones y Cuadros de precios, la interpretación correspondería al Director de Contrato, estableciéndose el criterio general de que, salvo indicación en contrario, prevalece lo establecido en el Pliego de Condiciones.

Concretamente: Caso de contradicción entre el Pliego de Prescripciones Técnicas y los Cuadros de Precios, prevalecería aquél sobre éstos.

Dentro del Presupuesto, caso de haber contradicción entre Cuadro de Precios y Presupuesto, prevalecería aquél sobre éste.

CONTRADICCIONES ENTRE EL PLIEGO Y LEGISLACIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL En este caso prevalecerán las disposiciones generales (Leyes, Reglamentos y R.D.).

CONTRADICCIONES ENTRE EL PLIEGO Y NORMATIVA TÉCNICA.

Como criterio general, prevalecerá lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, salvo que en el Pliego se haga remisión expresa de que es de aplicación preferente un Artículo preciso de una Norma concreta, en cuyo caso prevalecerá lo establecido en dicho Artículo.

NORMAS GENERALES

La empresa adjudicataria contrae las siguientes obligaciones:

 A partir del presente pliego, deberá redactar el correspondiente Plan de Actuaciones Ambientales y cumplir con toda la normativa que a tal efecto exista.

 Deberá disponer de personal, en los casos que sea necesario, con las correspondientes acreditaciones como Encargados de Trabajos para bloqueo de vía, Agentes Habilitados para Cortes de Tensión y para conducción de vehículos de vía para trabajos en la línea Madrid-Barcelona-Frontera Francesa. En caso de no disponer de los agentes necesarios, y de ser necesaria su participación, podrá subcontratarlos a otra empresa.

 En caso de necesitarse, el/los vehículos de vía estarán conformes a las normas en vigor para su circulación por la línea Madrid-Barcelona-Frontera Francesa.

 El personal tendrá la suficiente experiencia en el tipo de trabajos a realizar, pudiendo a requerimiento de Adif, tener que sustituir aquellos agentes que no se consideren debidamente formados, sin detrimento del plazo de ejecución.

 En todas las unidades proyectadas, aunque no figurase, quedan expresamente incluidos los acopios de los materiales, retirada del material sobrante a almacén de Adif o vertedero.

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 La zona de trabajo deberá quedar en perfecto estado, sin materiales de desecho, o cualquier elemento que contamine de cualquier forma.

 Entregará a Adif todos los programas utilizados y el código implementado en abierto.

ANEXO DE CONDICIONES GENERALES Y ADMINISTRATIVAS

Será de aplicación el Anexo de Condiciones Generales y Administrativas para Contratación de Servicios en Adif actualmente vigente.

8.

PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

MARCO LEGAL Y NORMATIVO

La ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), complementada por el RD 39/1997, es el marco imprescindible para desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores a través de la prevención de riesgos derivados de su trabajo.

Las actividades a realizar en el ámbito del presente contrato son consideradas obras de construcción por lo que resulta de obligado cumplimiento el R.D. 1627/97 de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

La empresa adjudicataria deberá estar inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) dependiente de la autoridad laboral donde esté ubicado el domicilio social de la empresa.

Una vez firmado el contrato, el adjudicatario tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para entregar un Documento de Gestión Preventiva (DGP) y así poder realizar todos los trámites necesarios en las debidas administraciones públicas antes del inicio de las obras, una vez tenga la conformidad del responsable designado por Adif tenga el Informe de Suficiencia del Coordinador de Seguridad y Salud.

Este documento se adaptará específicamente para el objeto del contrato con las actualizaciones o precisiones que sean necesarias de acuerdo con la realidad de la obra, la normativa de Adif vigente que le sea de aplicación y las indicaciones del coordinador de seguridad y salud designado por Adif.

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El adjudicatario estará obligado a cumplir íntegramente dicho DGP con las modificaciones posteriores precisas para adaptarse a la realidad de la obra.

Las relaciones existentes entre el adjudicatario y ADIF deben regirse por las disposiciones que de esta materia existen en el Sistema de Gestión de Adif, siendo de obligado cumplimiento los Procedimientos Operativos de Prevención de ADIF POP 12 (Coordinación de Actividades Empresariales) y POP 16 (Directrices Generales aplicables a empresas que realicen actividades en centros de trabajo de ADIF), así como la aplicación del Procedimiento Específico ADIF-PE-301- 001-001 Coordinación de Seguridad y Salud en las obras en líneas en explotación y la Instrucción Técnica ADIF-IT-301-001-004 Actuaciones a seguir en caso de accidente laboral grave o mortal durante la ejecución de las obras en líneas en explotación. La empresa contratista además de la comunicación de los accidentes leves, graves o mortales, adicionalmente informará de aquellos incidentes que, aún no causando daños personales, revistan de una especial gravedad.

La empresa adjudicataria será responsable de cumplir y vigilar el cumplimiento, por parte de sus subcontratistas y trabajadores autónomos, de las disposiciones establecidas en la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales y de la normativa e instrucciones de ADIF que le sean de aplicación.

DOCUMENTO DE GESTIÓN PREVENTIVA (DGP)

El DGP será el documento a través del cual el contratista deberá planificar, organizar, coordinar y controlar las actuaciones y establecer procedimientos de trabajo conjuntos. Incluirá el conjunto de medidas necesarias para garantizar la seguridad y salud de la totalidad de los trabajadores dependientes del contratista y habrá de facilitar la aplicación coherente y coordinada de los procedimientos de trabajo que pondrán en práctica el contratista, las empresas subcontratistas y los trabajadores autónomos dependientes de él.

El DGP deberá cumplir como mínimo las siguientes prescripciones:

o Deberá considerar, al menos, tanto el programa de trabajos de la obra como el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares.

o Se especificarán todas las actividades que integran la obra identificando y evaluando los riesgos de cada trabajo y la planificación de medidas preventivas, teniendo en cuenta los contenidos del Plan de Prevención de riesgos de la empresa y de los subcontratistas, y las condiciones del entorno en el que se realizarán los trabajos. El análisis de cada trabajo incluirá:

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 La descripción de cada actividad incluyendo las fases y procedimientos de ejecución, la maquinaria y equipos de trabajo a emplear.

 La identificación y análisis de los riesgos laborales y la concreción de las medidas preventivas y normas de seguridad a cumplir en las mismas.

 Se definirán los medios de control y vigilancia a disponer en cada trabajo.

Adicionalmente, se identificarán los trabajos con riesgos de especial gravedad y contarán con la adscripción del correspondiente Recurso Preventivo.

El DGP deberá analizarse con carácter previo al comienzo de cada actividad o trabajo de forma que se ajusten a los métodos, organización y condiciones reales de trabajo en obra. Se realizarán las actualizaciones que sean necesarias para adaptarlo a la realidad de la obra y se tramitarán como anexos al DGP inicial y habrán de ser revisados previamente al inicio de la actividad por parte del Coordinador de Seguridad y Salud.

o Se incluirá un apartado específico en el que la empresa contratista concrete los medios y organización de la prevención en la obra que incluya, al menos, los siguientes aspectos:

 Los integrantes de la organización preventiva junto con la asignación de funciones de los mismos. Deberá contemplar, además, la presencia y funciones del recurso preventivo.

 Las exigencias y los controles a implantar en obra en relación con los trabajadores, equipos de trabajo, empresas subcontratistas y trabajadores autónomos que participen en la obra.

 Igualmente, se concretarán los sistemas de control de acceso a las diferentes partes de la obra, notificación de accidentes, las instalaciones de higiene y bienestar y medios de asistencia médica a disponer en obra, si fuera necesario

o De acuerdo con lo previsto en el Art. 20 de la LPRL, la empresa contratista habrá de definir las medias de actuación en caso de emergencia en base a los procedimientos de aplicación.

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o El DGP deberá contar con la información gráfica necesaria de cara a la comprensión del procedimiento de trabajo y las medidas preventivas propuestas.

MEDIDAS PREVENTIVAS

El adjudicatario, con la participación de su Servicio de Prevención deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones en materia preventiva:

a. Planificación.

En el citado DGP específico deberá tenerse en cuenta la normativa, información e instrucciones facilitadas por ADIF, así como la información que el resto de empresarios concurrentes y subcontratistas le entreguen que puedan afectar a los riesgos o medidas preventivas de las actividades que debe desarrollar el adjudicatario.

Todas las actividades que se desarrollen dentro del ámbito del contrato en su centro de trabajo deberán contar con una identificación y evaluación de los riesgos existentes y, consecuentemente, con una planificación de las actuaciones y medidas preventivas que se deben poner en práctica.

El adjudicatario no podrá dar comienzo a ninguna actividad que previamente no se haya recogido y analizado en el DGP.

b. Vigilancia preventiva.

El adjudicatario deberá vigilar el cumplimiento por parte de aquellas empresas o trabajadores autónomos subcontratados directamente por él o que actúen bajo su cadena de subcontratación de toda la normativa de prevención de riesgos laborales, el DGP específico y las instrucciones otorgadas, en su caso, por ADIF.

Para garantizar las labores de vigilancia antes citadas, el adjudicatario nombrará a los trabajadores designados y encargados de seguridad precisos así como a los recursos preventivos necesarios que deberán ser designados por escrito y contarán con la formación reglamentariamente exigida. Dichos recursos preventivos deberán estar presentes siempre que se ejecuten trabajos considerados reglamentariamente como peligrosos o con riesgos especiales, incluido el riesgo de arrollamiento, o cuando debido a la concurrencia de actividades con otro/s empresario/s, los riesgos se modifiquen o agraven.

La empresa contratista establecerá los mecanismos necesarios para velar por el eficaz y adecuado uso de los Equipos de Protección Individual (Epi´s) y colectivos.

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c. Coordinación de actividades empresariales.

El adjudicatario deberá asistir a todas las reuniones de coordinación de actividades empresariales a las que sea convocado.

La empresa adjudicataria previamente al comienzo de los trabajos objeto del contrato, deberá proporcionar a ADIF y al resto de empresas concurrentes en el centro de trabajo toda aquella información sobre los riesgos específicos de actividades que se desarrollen en el centro de trabajo y que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes, en particular sobre los riesgos que puedan verse agravados o modificados por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades. Así mismo, el adjudicatario adaptará su DGP específico de acuerdo con la información facilitada por

ADIF y por los empresarios concurrentes.

El adjudicatario establecerá los medios de coordinación e informará de ellos y de los riesgos derivados de la concurrencia de actividades empresariales tanto a sus trabajadores como a los de las subcontratas y autónomos.

Cuando los medios de coordinación establecidos sean la presencia de recursos preventivos en el centro de trabajo, o la designación de una o más personas encargadas de la coordinación de actividades empresariales, el resto de trabajadores deberán ser informados de las designaciones.

d. Organización preventiva y Medios.

El adjudicatario detallará en su DGP específico los medios, estructuras, funciones y responsabilidades de los integrantes de su Organización Preventiva. La Organización Preventiva tendrá como finalidad asesorar y dar apoyo al Adjudicatario para dar cumplimiento a sus obligaciones en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Al frente de la citada Organización deberá figurar un técnico de prevención acreditado para realizar funciones de nivel superior.

Dicho técnico deberá dirigir la planificación y la ejecución de la acción preventiva que el adjudicatario de este contrato realice en el ámbito de los centros de trabajo de ADIF.

e. Subcontratación.

El adjudicatario deberá informar a ADIF anticipadamente, y por escrito, de la intención de subcontratar, señalando cuales serían los trabajos y la identidad del subcontratista.

El adjudicatario arbitrará los medios para garantizar el cumplimiento de los requisitos y regímenes de control de la subcontratación en la construcción (Ley 32/2006 y RD 1109/07) y deberá habilitar y mantener actualizado el Libro de Subcontratación de la obra conforme con los requisitos, condiciones y trámites impuestos en la citada normativa. Toda empresa que pretenda ser subcontratada para trabajos de construcción en la obra, deberá estar inscrita en el Registro

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de Empresas Acreditadas (REA). La empresa contratista deberá solicitar el correspondiente certificado de inscripción en el REA de las empresas subcontratistas antes de que estas empresas comiencen sus trabajos en la obra.

Antes del inicio de la actividad, el adjudicatario exigirá a las empresas y trabajadores autónomos subcontratados que le entreguen la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.

En el caso de que los niveles preventivos de éste sean superiores a los incluidos en el DGP vigente, el contratista deberá actualizar dicho DGPOO de manera que queden incluidas las mejoras preventivas mencionadas.

f. Equipos de trabajo.

El adjudicatario deberá poder acreditar por escrito que todos los equipos que vayan a utilizarse en el centro de trabajo, ya sean propios o alquilados, cumplen con todos los requisitos normativos y habilitaciones tanto de la legislación general como de la normativa de ADIF.

Todos los vehículos, tanto de vía, como de carretera, que se utilicen en la ejecución de los trabajos dispondrán de seguro e I.T.V. en vigor, además de marcado CE o adecuación al RD 1215/1997.

g. Medidas de emergencia.

El adjudicatario deberá definir, dentro de su DGP específico, las medidas que se deben adoptar ante un caso de emergencia. Para ello contemplará todos los casos de emergencia previsibles teniendo en cuenta tanto las circunstancias del entorno y de su propia actividad, como la información facilitada por ADIF u otros empresarios concurrentes en el mismo centro de trabajo e incluso la posible presencia de personas ajenas a la obra. Entre los casos de emergencia que se deben contemplar estarán al menos los casos de accidentes, incendios o explosiones. Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá establecer las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa. Cada empresario deberá informar a sus trabajadores respectivos de las medidas de emergencia previstas que estarán actualizadas. Los empresarios concurrentes en un mismo centro de trabajo deberán comunicar de inmediato toda situación de emergencia susceptible de afectar a la salud o seguridad de los trabajadores de las empresas presentes en el centro de trabajo. Se deberán contemplar los centros asistenciales más cercanos, así como los números de teléfono en caso de los distintos tipos de emergencia.

h. Formación e información en materia preventiva.

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El adjudicatario deberá disponer los medios necesarios para acreditar por escrito que todos los trabajadores, ya sean propios o subcontratados, que vayan a realizar alguna actuación en el centro de trabajo dispongan de formación adecuada en materia preventiva específica de su puesto de trabajo, y de la información de los riesgos, medidas preventivas y medidas de emergencia a adoptar en las labores que hayan de realizar en el centro de trabajo. Dicha formación e información será coherente con el DGP, siempre en concordancia con los art. 18 y 19 del cap. III de la LPRL y, en todo caso, con la información recibida por parte de las empresas concurrentes y ADIF.

i. Vigilancia de la salud.

El adjudicatario deberá disponer los medios necesarios para acreditar por escrito que se han cumplido todas las obligaciones empresariales en materia de Vigilancia de la Salud con todos los trabajadores, ya sean propios o subcontratados, que vayan a realizar alguna actuación en el centro de trabajo.

j. Costes en materia preventiva.

Las obligaciones en materia preventiva son deberes de cada empresario respecto a sus trabajadores, por lo tanto, ADIF no abonará ninguna unidad de gasto específico por este concepto, al estar específicamente incluidos en los gastos generales del contrato.

9.

PLAN DE ACTUACIONES AMBIENTALES

El contratista deberá entregar, un Plan de Actuaciones Ambientales adaptado para el objeto de este Contrato con las actualizaciones o precisiones que sean necesarias de acuerdo con la realidad de los trabajos a realizar y las indicaciones del responsable de ADIF. Será por cuenta del adjudicatario todos los gastos que se deriven de la aplicación de este Plan de Actuaciones Ambientales.

El contratista elaborará dicho Plan en base a la Instrucción Técnica ADIF-IT-109-007-028 antes del inicio de los trabajos objeto del presente Pliego.

La empresa Contratista nombrará un responsable que proporcionará a ADIF cuanta información e informes le sean requeridos en cuestiones ambientales para la verificación de la correcta ejecución de los trabajos contratados.

La empresa Contratista asegurará el cumplimiento legal en materia de residuos. La titularidad de los residuos generados por cualquiera de las actividades contratadas, con independencia de dónde se realicen, recae sobre el contratista, que asumirá los gastos derivados de la gestión de los mismos.

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La empresa Contratista asumirá la responsabilidad de ejecutar las medidas oportunas para la restitución del terreno en caso de que se produzca un accidente y como consecuencia de éste, se contamine el suelo o al sistema hidrológico, asumiendo cualquier coste derivado de ello.

Asimismo la empresa Contratista tendrá la obligación de informar al Adif en caso de accidente/

incidente ambiental, elaborando cuantos informes ambientales le fueran requeridos hasta la resolución del mismo.

La empresa Contratista asumirá la obligación de que la maquinaria utilizada para la realización de los trabajos cumpla con la normativa vigente de emisiones sonoras y emisión de gases contaminantes, emisiones atmosféricas y ruido o con cualquier otra prescripción técnica que ADIF suscriba.

La empresa Contratista tiene la obligación de cumplir las buenas prácticas ambientales incluidas en la Instrucción Técnica ADIF-IT-109-007-029 “Buenas Prácticas Ambientales de la DAMERAV” y del Procedimiento General de Gestión y Coordinación de Actividades Ambientales PG-22 de ADIF.

Se recomienda la posesión de un Certificado Oficial de su Sistema de Gestión Ambiental conforme a las exigencias de la Norma UNE-EN-ISO 14001:2004.

10.

CERTIFICACIONES Y RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS

El adjudicatario informará de las unidades ejecutadas para proceder a la emisión de la correspondiente certificación.

Si los trabajos se finalizan antes de plazo previsto, en la certificación última figurará el importe total de los trabajos.

11.

PRECIOS

Los precios serán los reflejados en el correspondiente presupuesto que se acompaña.

El presupuesto lleva implícito la parte proporcional de plus de nocturnidad, trabajos en días festivos y merma del tiempo de corte concedido por el Puesto de Mando.

Los Gastos Generales y el Beneficio Industrial están incluidos en los precios base del presupuesto de licitación.

Los precios ofertados deberán llevar incluidos todos los impuestos y gravámenes, con la excepción del IVA.

12.

PLAZO DE EJECUCIÓN

Para la realización de los trabajos se establece un plazo de CINCO (5) meses, incluidas pruebas y puesta en servicio.

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13. ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA

Las empresas licitadoras deberán acreditar su solvencia empresarial, indistintamente mediante la clasificación de contratistas establecida en el apartado 13.1, o mediante los requisitos de solvencia que se indican en el apartado 13.2.

13.1 CLASIFICACIÓN DE CONTRATISTA

CLASIFICACIÓN:

GRUPO SUBGRUPO CONTRATO DE SERVICIO CATEGORIA

P 1 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES

ELÉCTRICAS Y ELECTRÓNICAS 1

13.2 CRITERIOS DE SOLVENCIA Solvencia Económica y Financiera.

Se deberá acreditar, mediante Declaración Responsable firmada por persona con capacidad dentro de su empresa, un volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos de, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato (129.834,84€).

El volumen se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Requisitos mínimos: Se presentará una declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa, en la que se certifique un volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos de, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato (129.834,84€).

Solvencia Técnica o Profesional

El licitador presentará la documentación que avale su solvencia técnica para acometer los trabajos del contrato con garantías de éxito. Por parte del licitador se adjuntará:

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 Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza al reflejado en el presente pliego, como máximo en los cinco últimos años, en las que se indique el importe, fecha y destinatario de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 70% del valor estimado del contrato.

Requisitos mínimos: Como mínimo se deberá incluir tres trabajos de igual o similar naturaleza, de los cuales al menos uno deberá ser en instalaciones ferroviarias de alta velocidad similares a los incluidos en este pliego. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución de los últimos tres años, en trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el contrato: 60.589,60 € (sin IVA)

 Declaración de estar en posesión de las certificaciones de AENOR o entidad certificadora acreditada, en las normas UNE-EN-ISO 9001:2015, UNE-EN-ISO 14001:2015 o equivalentes. Así como acreditar estar en disposición del personal necesario y suficiente para el cumplimiento de estas normas, en especial las relativas a Seguridad y Salud en el trabajo y de Medio Ambiente.

Solvencia Técnica Particular

 Declaración responsable del equipo técnico para la realización de los trabajos objeto del contrato:

Requisitos mínimos:

Una persona en posesión del título de Ingeniero Superior con diez (10) años, como mínimo de experiencia en la realización de actuaciones en instalaciones de señalización ferroviarias de contenido similar al presente Contrato, asumirá el carácter de Jefe de Proyecto y a su vez será el coordinador de las distintas materias que integran el mismo durante la ejecución de los trabajos.

Declaración responsable de disponer de 3 técnicos titulados y cualificados (Ingeniero o ingenieros técnicos), con una experiencia mínima de 5 años en trabajos en líneas ferroviarias en explotación. Se acreditará la disponibilidad en el momento de la adjudicación mediante presentación del curriculum vitae.

Declaración responsable de disponer de 2 técnicos titulados y cualificados como responsables de RAMS, Calidad y Medio Ambiente, con una experiencia mínima de 5 años en trabajos en

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Dirección de Mantenimiento Subdirección de Operaciones AV

líneas ferroviarias en explotación. Se acreditará la disponibilidad en el momento de la adjudicación mediante presentación del curriculum vitae.

Declaración responsable de disposición, en el momento de la adjudicación, de Encargado de trabajos, autorizado para la Línea de Alta Velocidad Madrid-Barcelona. De acuerdo a la normativa y Reglamento de Circulación Vigente. Se acreditará, en el momento de la adjudicación, mediante copia de las habilitaciones del personal que participe en las obras.

La Empresa Contratista presentará en su oferta los nombres de las personas que participarán en la ejecución del contrato detallando si es a tiempo completo o a tiempo parcial en cuyo caso se indicarán las horas de dedicación mensual.

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Dirección de Mantenimiento Subdirección de Operaciones AV

14.

CONDICIONES PARTICULARES DE EJECUCIÓN

El contratista está obligado a conocer y cumplir las Instrucciones, Normas y Pliegos de toda índole promulgadas por la Administración y Adif, que tengan aplicación en los trabajos a realizar, tanto si están citadas en el Anexo de Condiciones Generales para los Contratos de Servicios e Instalaciones de Adif, como si no lo están, quedando a la decisión del Director de Contrato resolver cualquier discrepancia que pudiera existir entre ellas

Todas las actividades contempladas en el presente documento se llevarán a cabo de acuerdo con las condiciones de explotación fijadas en el Acta Semanal de Trabajos que elabora el Puesto de Mando AVE, como consecuencia de la reunión conjunta de coordinación entre los representantes de la Infraestructura AVE y el representante del Puesto de Mando AVE. El contratista deberá incluir la programación de los trabajos a realizar en la aplicación PIDAME para su aprobación según lo expuesto en la ADIF-IT-402-001-002-SC-L11.

Los trabajos a realizar podrán ser nocturnos si las necesidades de explotación así lo requieren y no se admitirá por este concepto ningún incremento al Presupuesto.

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