MANTENIMIENTO DE
APARATOS ELEVADORES, ESCALERAS MECÁNICAS Y
ANDÉNES MÓVILES DEL AEROPUERTO TENERIFE
NORTE
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Documentación
Copia nº /3
Índice
CONTENIDO
CONTENIDO ... 2
1. OBJETO ... 5
2. DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES ... 6
Advertencia: ... 6
3. MANTENIMIENTO ... 6
3.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y LEGAL ... 7
3.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO ... 9
3.3. MANTENIMIENTO MODIFICATIVO ... 10
3.4. ESTUDIO DEL ESTADO INICIAL DE LAS INSTALACIONES ... 11
3.5. SERVICIO DE ASESORAMIENTO TÉCNICO ... 11
3.6. GESTIONES EXTERNAS ... 12
3.7. GESTIÓN ALMACENES ... 12
3.8. GESTIÓN DEL MANTENIMIENTO ... 12
3.9. PUNTOS GENERALES ... 13
3.10. GESTIÓN DORA. SEGUIMIENTO Y REGISTRO DE INDISPONPINIBILIDADES. ... 13
4. MATERIALES Y REPUESTOS ... 13
5. EQUIPAMIENTO Y MAQUINARIA ... 14
6. NORMATIVA LEGAL, RECOMENDACIONES Y NORMATIVA FUTURA ... 16
6.1. NORMAS ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL ... 16
6.2. NORMATIVA TÉCNICA GENERAL ... 17
7. CALIDAD DEL SERVICIO Y SU SEGUIMIENTO ... 18
7.1. CALIDAD DEL SERVICIO ... 18
7.2. SISTEMA DE OBSERVACIONES ... 18
7.3. LA ESCALA DE LOS NIVELES DE CALIDAD ... 19
7.4. OTROS PARÁMETROS DE CALIDAD ... 20
7.5. SISTEMA DE VALORACIÓN DE LA PRESTACIÓN ... 21
7.6. AJUSTE DE LA FACTURACIÓN EN FUNCIÓN DEL ÍNDICE MENSUAL DE CALIDAD ... 22
Fc = 0,5 + 0,5 (IM/5) ... 22
7.7. OTROS MEDIOS DE SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS ... 22
8. INCIDENCIAS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ... 26
8.1. DISPOSICIONES GENERALES ... 26
9. PRESTACIONES DE AENA S.A. ... 26
10. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA ... 27
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10.1. PLAN DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PARA LA ADJUDICACIÓN ... 30
10.2. PLANIFICACIÓN DEL SERVICIO ... 31
11. DURACIÓN DEL SERVICIO ... 32
12. INTERPRETACIÓN DEL EXPEDIENTE ... 32
13. PATRIMONIO CULTURAL ... 32
14. IMPORTE DE LICITACIÓN ... 33
15. ABONOS A LA EMPRESA ADJUDICATARIA ... 33
16. PLAZO DE GARANTÍA ... 34
PRESUPUESTO ... 35
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN ... 36
PRECIOS UNITARIOS E IMPORTE DE LICITACIÓN MENSUAL ... 36
IMPORTE DE LICITACIÓN ANUAL ... 37
ANEXOS ... 39
ANEXO I ... 40
DESCRIPCIÓN DE INSTALACIONES ... 40
APARATOS ELEVADORES, ESCALERAS MECÁNICAS Y ANDENES MÓVILES ... 40
1. OBJETO ... 41
2. DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES ... 41
El aparato elevador A17 de la antigua torre de control, está PARADO y NO SE MANTIENE. ... 54
3. MANTENIMIENTO ... 55
Aeropuerto de Tenerife Norte, 6 de Julio de 2018. ... 59
ANEXO II ... 60
SUMINISTRO DE REPUESTOS Y LISTADO DE MATERIAL ... 60
ASCENSORES, ESCALERAS MECÁNICAS Y ANDENES MÓVILES ... 60
1. OBJETO DEL SUMINISTRO ... 61
2. IMPORTE TOTAL... 61
3. NO EXCLUSIVIDAD ... 61
4. CONDICIONES DE ENTREGA ... 61
5. DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO ... 62
6. MATERIALES NO CONTEMPLADOS ... 62
7. PLAZO DE GARANTÍA ... 63
8. OBLIGACIONES COMUNES ... 63
9. DESARROLLO Y FACTURACIÓN DE ESTA PARTIDA PRESUPUESTARIA... 63
10. RECARGOS POR DEMORA ... 64
11. LISTADO DE REPUESTOS ... 65 3 /74
ANEXO III ... 73 ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO. SEGUIMIENTO DE CALIDAD. ... 73
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1. OBJETO
Establecer las condiciones técnicas que han de regir el servicio de Mantenimiento Preventivo, Correctivo y Modificativo de los aparatos elevadores, escaleras mecánicas, andenes móviles y plataformas de minusválidos en el Aeropuerto de Tenerife Norte.
Mediante el establecimiento de las especificaciones del presente Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) se persiguen los siguientes objetivos:
a) Poner de manifiesto las directrices por las que se ha de regir la relación entre Aena S.A. y la Empresa Adjudicataria del Servicio, en sus aspectos técnicos.
b) Establecer la normativa general del servicio a prestar marcando pautas a cada actuación y señalando niveles mínimos de calidad y aceptación del servicio a prestar.
La determinación exacta de los medios humanos y materiales a emplear para la realización del servicio es potestad de la Empresa Adjudicataria pero, en cualquier caso, deben ser suficientes para garantizar los mínimos de calidad exigidos, así como para superar los seguimientos de los que sean objeto durante la vigencia del Contrato.
El servicio se basará en el cumplimiento de niveles de calidad y no en el número de personas (horas) de prestación del servicio para las distintas prestaciones, aunque se marcarán unos mínimos establecidos en el pliego, que se deberán cumplir obligatoriamente.
Para presentar sus ofertas, las Empresas Licitadoras, se atendrán a lo estipulado en los Pliego de Bases y de Prescripciones Técnicas.
Aena S.A. tendrá, respecto al Contrato a que se refiere el presente Pliego, las prerrogativas de interpretación, inspección, modificación, suspensión y resolución que por carácter general otorgan las disposiciones vigentes.
Dadas las características de las instalaciones, no se admitirán ofertas de empresas que no cumplan con todos los requisitos legales exigibles, lo cual deberán demostrar documentalmente junto con la oferta, en concreto:
• Certificados de reconocimiento de competencia durante la totalidad de vigencia del contrato, expedidos por la Dirección General de Industria de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, con la misma vigencia que la autorización de la Comunidad de origen, en caso de que ésta no fuese de la Comunidad Canaria:
o Inscrito en el Registro de Establecimientos Industriales (Empresas de Servicios). Instaladora, y Conservación / Mantenimiento.
o Inscrito en el Registro de Empresas Clasificadas a nivel Nacional o de la Comunidad Autónoma de Canarias, J1B.
o Certificado de Empresa instaladora y mantenedora de aparatos elevadores.
• Que los medios humanos que manipulen los ascensores poseen la Habilitación Oficial necesaria y cumplen con todos los Requisitos Legales.
• Que poseen un conocimiento perfecto de la tecnología de elevadores y elementos de transporte de personas.
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2. DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES
Al objeto de que sirva de referencia a la hora de evaluar los posibles aspectos que afecten a la prestación del servicio, en los Anexos se describirán las características más significativas de las instalaciones que La Empresa Adjudicataria deberá mantener.
Advertencia:
La descripción de las características generales de las instalaciones se hace con un doble propósito:
a) Facilitar la decisión de ofertar.
b) Servir de marco, en la definición de revisiones y mantenimiento.
En ningún momento se considera esta descripción suficiente, por lo que para poder elaborar las ofertas será requisito indispensable que cada Licitador conozca y valore "in situ" cualitativa y cuantitativamente todas las instalaciones, presentando junto con la oferta técnica la relación de estas, su estado y viabilidad de su mantenimiento.
Se entiende que las ofertas deben hacerse extensivas a la totalidad de las instalaciones incluidas en el expediente.
3. MANTENIMIENTO
La Empresa Adjudicataria del servicio de mantenimiento de las instalaciones contempladas en el expediente se compromete a realizar los mantenimientos preventivo, correctivo, modificativo, etc., de las mismas, de acuerdo con las especificaciones del PPT, por lo que la resolución de cualquier contingencia que pudiera ocurrir durante el período de vigencia del contrato, relativa al correcto funcionamiento de los sistemas, será con cargo a la Empresa Adjudicataria.
Las características principales del servicio serán:
• Mantenimiento Preventivo y Legal de las Instalaciones (M.P.); incluyendo no solo las revisiones exigidas por ley, sino las incluidas en el presente PPT; se incluyen todas las operaciones correctivas necesarias derivadas de él.
• Mantenimiento Correctivo de las Instalaciones (M.C.); en el que se incluirán todas las reparaciones de cualquier tipo, y con el tiempo de respuesta mínimo posible, que se oferte o marque el PPT.
• Mantenimiento Modificativo de las Instalaciones (M.M.); consiste en la realización de aquellos servicios de reforma que tengan como consecuencia una mejora de la instalación.
• Realizar las gestiones necesarias y asesorar para la legalización de todas las instalaciones que fuera necesario. Aena S.A. correrá con los gastos de Industria.
Las anomalías detectadas en las instalaciones durante las labores de mantenimiento, que no puedan ser solventadas, se pondrán en conocimiento del Director del Expediente en un plazo inferior a 24 horas.
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El mantenimiento tiene como objetivo prevenir, diagnosticar, corregir y garantizar el correcto funcionamiento de la instalación y la ininterrumpibilidad del servicio que esta presta, así como el cumplimiento de toda la Legislación, Normativa y Reglamentación aplicable a cada tipo de instalación y al conjunto de las tareas de mantenimiento.
De este modo, se conseguirá reducir los costes ocasionados por las averías o paradas, evitar la pérdida de la operatividad del Aeropuerto, así como garantizar la seguridad, y la de dar una mejor calidad en el servicio a los usuarios.
La Empresa Adjudicataria estará obligada a realizar otras labores relacionadas con las instalaciones a mantener, como:
• Realización de servicios de mejora y ampliación de las instalaciones referidas anteriormente.
• Revisión, reparación o ajuste de cualquier elemento comprendido dentro de las instalaciones y que no figure en los puntos anteriores.
3.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y LEGAL
El mantenimiento preventivo consistirá en tareas periódicas de conservación de las diferentes instalaciones objeto de este Expediente encaminadas a evitar interrupciones del servicio. Serán de aplicación todos los reglamentos vigentes relativos a obras e instalaciones de obligado cumplimiento en todo el territorio español, las normas vigentes correspondientes a la Comunidad Canaria, las específicas de AENA S.A. y cualquier otra que sea de aplicación. La empresa adjudicataria presentará, junto a la oferta, toda normativa vigente a aplicar.
La Empresa Adjudicataria presentará un estudio de las rutinas de mantenimiento a realizar en las instalaciones, que incluirán las recomendadas por el Fabricante y las derivadas de las condiciones de uso. Indicará las fechas previstas de inicio de los servicios, su duración, periodicidad y las limitaciones operacionales que puedan generar, teniendo en cuenta las horas punta de utilización de la instalación para realizar los servicios en los días y horas de menor incidencia sobre los usuarios. Asimismo, procederá a realizar una base de datos, en soporte magnético, de todas las instalaciones adjuntando despiece de los equipos o componentes, codificándolos según Fabricante.
Las fechas y operaciones de mantenimiento ofertadas tendrán carácter contractual, lo que conlleva a un estudio detallado y preciso en el que la Empresa Licitadora debe tener en cuenta los efectos operativos que puedan influir en el desarrollo de los servicios.
La Empresa Adjudicataria deberá entregar mensualmente y en la primera quincena el programa de los servicios a desarrollar en el mes siguiente, compatible con todo lo indicado en este PPT.
Sus actuaciones deberán estar basadas en las normas dictadas por el Fabricante de cada equipo concreto, las impuestas por el Aeropuerto y las recomendadas por el mantenedor, a fin de conservar las instalaciones en su estado más óptimo de buen funcionamiento.
Se habrá de tener siempre presente actuar de la forma más correcta en pro del buen funcionamiento y la larga vida de todos los sistemas a mantener, además de cuidar el perfecto estado de conservación y limpieza de todos los equipos y componentes de los diferentes sistemas.
En los Anexos de este documento se relacionan las operaciones mínimas a realizar durante el mantenimiento preventivo y las periodicidades, no pudiendo la Empresa Licitadora, en ningún caso, disminuir los mínimos establecidos, siendo este hecho motivo de rechazo de oferta.
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Este plan puede ser modificado y mejorado, previa aprobación por el Director del Expediente, adaptándose con mayor rigor a las recomendaciones de los Fabricantes de los equipos, recogiendo la experiencia propia de la Empresa y los requerimientos de la Normativa vigente aplicable.
De modo expreso, la Empresa Adjudicataria se compromete a incluir en su Plan de Mantenimiento todos los requisitos de inspección, verificación y mantenimiento exigidos por la Normativa Legal Vigente.
En su actuación, la Empresa Adjudicataria seguirá el Plan de Mantenimiento, los manuales de mantenimiento de los Fabricantes de los equipos e instalaciones y los servicios que presente como mejora o adicionales en la documentación de su oferta.
Durante el periodo de vigencia del expediente, la empresa adjudicataria deberá contar con los medios materiales y humanos suficientes y adecuados para garantizar el buen funcionamiento de la prestación y la calidad en el servicio prestado, cumpliendo con lo exigido en el pliego.
Con independencia de las incidencias internas de la empresa adjudicataria, de las que Aena es totalmente ajena, (incapacidades temporales, vacaciones, etc.) el servicio deberá estar siempre garantizado por parte de la adjudicataria.
La empresa adjudicataria deberá garantizar el traspaso de conocimientos, cuando se produzca algún reemplazo en los medios humanos, sin coste adicional para Aena.
La frecuencia y las operaciones de mantenimiento, en ningún caso serán inferiores a las exigidas en la Normativa Legal existente al respecto.
Las visitas de mantenimiento preventivo se deberán comunicar al Director del Expediente, mediante correo electrónico con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación.
El Director del Expediente podrá modificar las tareas de mantenimiento indicadas con anterioridad, así como incorporar equipos o instalaciones adicionales a la programación de los servicios, derivadas de las nuevas instalaciones que se ejecuten y entren en servicio en el Aeropuerto, durante la duración del contrato.
3.1.1. MANTENIMIENTO PREDICTIVO
Este tipo de mantenimiento tiene como objetivo el diagnosticar un funcionamiento anómalo en cualquier sistema, con el fin de actuar sobre el sistema o cualquiera de sus partes, dentro de un período suficiente de anticipación a su rotura o parada. Este mantenimiento tendrá que estar sujeto a la continua evaluación de lo diagnosticado por parte de la Empresa Adjudicataria y del Aeropuerto, ya que existe un margen de tiempo de actuación estrecho para la corrección del problema detectado.
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3.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El mantenimiento correctivo consistirá en la reparación de averías, o ejecución de servicios puntuales demandados por el Director del Expediente que por su naturaleza no puedan ser programados con suficiente antelación.
El Director del Expediente será exclusivamente el encargado de encauzar los avisos de avería, generando una solicitud de servicio por cada incidencia. No obstante a lo anterior, el Director del Expediente podrá delegar los avisos de avería a través de otras vías alternativas que considere oportunas, las cuales definirá y comunicará a la Empresa Adjudicataria. La Empresa Adjudicataria del servicio responderá de la solución de cada una de estas solicitudes de servicio en el menor tiempo posible, informando al Director del Expediente de su finalización y de cualquier posible incidencia relacionada con ésta.
La Empresa Adjudicataria se compromete a afrontar y solventar las averías, roturas, deficiencias o fallos que impidan, dificulten o dañen el funcionamiento normal de cualquier instalación llevando a cabo las actuaciones necesarias para devolverlas al correcto funcionamiento, debiendo iniciarse los servicios en un plazo máximo de dos (2) horas, contabilizadas a partir del momento en que se produzca el aviso de la avería. Si fuera necesario, para evitar molestias a los usuarios, las reparaciones se realizarán durante la noche y fuera del horario de apertura del Aeropuerto.
La Empresa Adjudicataria se compromete a lograr tiempos de respuesta que no podrán ser inferiores a los siguientes:
• DÍAS LABORABLES Y FESTIVOS: desde las 04:45 horas hasta las 00:15 horas. El tiempo de respuesta del servicio no presencial deberá ser siempre inferior a 30 minutos.
• AVERÍAS URGENTES: Son las que afectan a la operatividad del Aeropuerto o por atrapamiento de pasajeros. El tiempo de respuesta del servicio no presencial deberá ser siempre inferior a 15 minutos.
Se entenderá por tiempo de respuesta ante averías, el tiempo que tarda el servicio especializado en acudir a la instalación para resolver la avería desde que se dio el aviso de incidencia.
En los casos en que la avería sea URGENTE, es decir, que tenga una grave repercusión sobre la operatividad del Aeropuerto, La Empresa Adjudicataria se compromete a prestar con carácter inmediato el servicio contratado, para disminuir los efectos de la avería y restablecer la normalidad. Los gastos originados de estas situaciones serán por cuenta de La Empresa Adjudicataria.
También será objeto de este mantenimiento las reparaciones derivadas del mantenimiento preventivo, que por sus características, no se hayan podido realizar durante el mismo.
La Empresa Adjudicataria asumirá el mantenimiento correctivo de las instalaciones que consistirá en las reparaciones necesarias para subsanar, corregir o reparar averías.
Al inicio de esta Asistencia, la Empresa Adjudicataria deberá acordar con el Director del Expediente los procedimientos de aviso que deseen establecer para asegurar el cumplimiento del requisito anterior. El procedimiento de aviso establecido podrá ser mediante fax, correo electrónico, teléfono o una combinación de estos, con un servicio de atención cubierto las veinticuatro (24) horas. La Empresa Adjudicataria proporcionara también un servicio de consultas técnicas urgentes disponible las 24 horas los 365 días del año.
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La Empresa Adjudicataria podrá recibir avisos de averías del Director del Expediente durante las veinticuatro horas del día todos los días del año. En el horario de prestación del servicio las incidencias le serán comunicadas al representante de la Empresa Adjudicataria que presta servicio.
Si por necesidades del mantenimiento del sistema hubiese que solicitar, por parte del Aeropuerto o de la propia Empresa Adjudicataria, intervenciones de terceras empresas en servicios que no pudiese acometer la Empresa Adjudicataria por falta de capacidad técnica, todos los cargos correrán a cargo de La Empresa Adjudicataria.
El criterio de calidad será el tiempo de respuesta y la calidad de las reparaciones, realizado por personal técnico especializado en la instalación afectada.
3.3. MANTENIMIENTO MODIFICATIVO
Debemos incluir en este punto las nuevas tendencias del mantenimiento referente a la corrección de los problemas o averías que, por ser repetitivas y frecuentes, obligan a acudir a la experiencia y conocimientos de los medios humanos asignados al servicio de mantenimiento para aplicarlos a la reforma de los sistemas o alguno de sus componentes. Llegado este caso y previo estudio y aceptación por parte del Aeropuerto se procederá a la reforma del sistema.
La realización de aquellos servicios de reforma (mantenimiento modificativo) que no tengan como consecuencia un aumento de horas de prestación, se entenderán incluidos en las obligaciones contraídas por la Empresa Adjudicataria, y no supondrán cargo alguno para el Aeropuerto, excepto en lo referente a materiales y repuestos que correrán a cargo de Aena, S.A. No obstante, con el fin de clarificar este apartado, se entenderán incluidos como servicios de reforma (mantenimiento modificativo), aquellos cuyo tiempo total a emplear requieran un máximo de 24 horas totales. En general, en caso de duda en la interpretación del tiempo estimado como necesario para la realización de las acciones de mantenimiento modificativo, dicha interpretación corresponderá al Director del Expediente.
Las acciones de mantenimiento modificativo responderán siempre a solicitudes de servicio (incluyendo vía e-mail), del Director del Expediente o solicitudes de la Empresa Adjudicataria aprobadas por aquél.
Una vez presentada la necesidad del modificado de la instalación, la Empresa Adjudicataria en el plazo que dicte la Dirección del Expediente presentará, presupuesto de ejecución y un informe de las operaciones a realizar. En el caso de ser aprobado dicho presupuesto por el Director del Expediente se llevará a cabo en el plazo de ejecución marcado por La Empresa Adjudicataria. De igual forma, se llevará a cabo la acción de mantenimiento modificativo en el caso de optar el Director del Expediente por la adquisición directa del material por parte del Aeropuerto.
El mantenimiento modificativo será asumido por la Empresa Adjudicataria siempre y cuando se realice durante el horario operativo y no afecte al resto del mantenimiento preventivo y correctivo.
No obstante a este último párrafo, si por necesidades del Aeropuerto, fuera necesaria la realización de acciones de mantenimiento modificativo fuera del horario operativo, la Empresa Adjudicataria deberá asumir la realización de los servicios, también sin coste alguno adicional para el Aeropuerto.
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3.4. ESTUDIO DEL ESTADO INICIAL DE LAS INSTALACIONES
Durante el primer mes de contrato La Empresa Adjudicataria realizará un estudio del estado inicial de todas las instalaciones, edificios y urbanización incluidos en el recinto aeroportuario, valorando el estado de las mismas.
Cualquier defecto o rotura que se descubra con posterioridad a la entrega del estudio que no se hayan recogido en el citado documento, y que no pueda ser achacado al uso, será reparado por la Empresa Adjudicataria sin cargo alguno para Aena, S.A., dado que tal circunstancia se deberá a un mal mantenimiento u operación indebida, incluyéndose las piezas o elementos que sea necesario reponer.
La Empresa Adjudicataria durante el primer mes de contrato analizará las instalaciones desde el punto de vista legal, haciendo referencia a las anomalías encontradas mediante un informe remitido al Director del Expediente.
Todos los ensayos de verificación que sea preciso realizar irán a cargo de la Empresa Adjudicataria, y se encuentran incluidos en el presupuesto de este apartado.
El estudio a realizar por La Empresa Adjudicataria debe seguir el siguiente guión orientativo:
• Objeto y aplicación.
• Descripción general de las instalaciones del Aeropuerto incluidas en el PPT.
• Estado de las instalaciones.
• Causas de las averías o deficiencias encontradas.
• Soluciones propuestas y presupuesto de ejecución.
• Manual de mantenimiento.
• Presupuesto de ejecución de las modificaciones propuestas.
El Aeropuerto suministrará toda la documentación disponible referente a las instalaciones comprendidas en el presente PPT.
Las instalaciones que no tuvieran documentación asociada, o bien que ésta no fuera completa, deberán ser sometidas por parte de La Empresa Adjudicataria a una toma de datos particular, de tal manera que se alcance una completa definición de las mismas.
3.5. SERVICIO DE ASESORAMIENTO TÉCNICO
La Empresa Adjudicataria asesorará al Director del Expediente y llevará a cabo los estudios necesarios que así lo requiera derivados del mantenimiento preventivo, correctivo, modificativo, legal o necesario para las instalaciones del Aeropuerto.
El Director del Expediente podrá solicitar a la Empresa Adjudicataria informes o pequeños estudios sobre servicios, instalaciones o modificaciones de instalaciones a realizar, que tengan que ver o se deriven del mantenimiento preventivo, correctivo, o modificativo en las instalaciones del Aeropuerto. La Empresa Adjudicataria estará obligada a presentar estos informes dentro de un plazo no inferior a 1 semana y no superior a 2 semanas.
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3.6. GESTIONES EXTERNAS
La Empresa Adjudicataria asesorará al Director del Expediente y llevará a cabo los trámites necesarios para la legalización de las instalaciones que así lo requieran. Las tasas correrán a cargo de Aena S.A.
3.7. GESTIÓN ALMACENES
Se incluye dentro del Expediente la realización de un inventario, así como la gestión del stock de material que se decida tener para la mejor realización del mantenimiento contratado, de los almacenes del Departamento de Ingeniería y Mantenimiento, tanto de maquinaria como de repuestos, el cual deberá desglosarse en los siguientes conceptos:
• Maquinaria y herramientas.
• Materiales y repuestos.
La gestión de almacenes además incluirá un stock mínimo de material a indicar en la herramienta de gestión del mantenimiento MAXIMO.
Se exige la comunicación en plazo inferior a 24 horas de la necesidad de adquirir un repuesto o material para resolver una avería. Esta notificación debe incluir la descripción inequívoca del material o repuesto además de un precio estimado en mercado. Se empleará la herramienta de gestión del mantenimiento MAXIMO para ello además de correo electrónico al Director del Expediente.
3.8. GESTIÓN DEL MANTENIMIENTO
Debido a la diversidad de las instalaciones de este Servicio de Mantenimiento y al método empleado para la valoración y certificación del servicio prestado, es necesario disponer de un sistema informático de gestión del mantenimiento y almacenes.
La Empresa Adjudicataria está obligada a usar como sistema informático de gestión la herramienta Máximo en su versión 7.0 o superior. No se permitirá el uso de una herramienta o sistema de gestión informático alternativo.
Entre otras funciones, La Empresa Adjudicataria debe:
• Emitir listados de servicio programado para un período de tiempo determinado, así como aceptar los datos más relevantes del servicio realizado.
• Introducir los datos del M.P, M.C., M.M. y otros servicios no programados aprobados o exigidos, aceptando los datos más relevantes.
• Dicho sistema informático está conectado a la red del Aeropuerto. Para ello la Empresa Adjudicataria deberá aportar un PC, con un soporte informático adecuado (software) a los servicios y operaciones de mantenimiento a realizar.
• La Empresa Adjudicataria se encargará de la explotación del Sistema.
• Asimismo, entregará antes de los dos (2) primeros meses una base de datos con los despieces de cada elemento por instalación, así como características y numeración. En caso de variaciones en las instalaciones se modificarán los datos en esta aplicación.
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Este apartado se completa con lo estipulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas
3.9. PUNTOS GENERALES
La Empresa Adjudicataria realizará una planificación de los servicios teniendo en cuenta las horas punta de utilización de la instalación, para realizar éstos en los días y horas que menos incidencia tengan sobre el servicio prestado. Dicha planificación deberá comunicarse previamente al Director del Expediente.
Los responsables del mantenimiento deberán conocer y respetar obligatoriamente las recomendaciones del Fabricante de cada equipo concreto.
La Empresa Adjudicataria dispondrá siempre de aparatos de medida, maquinaria, herramientas, utensilios en general tales como: escaleras, andamios y carros para transporte de materiales, pequeños materiales necesarios para un correcto mantenimiento, equipos de protección individual para la realización de los diferentes servicios, vehículos para los desplazamientos, plataformas elevadoras o similar para el acceso a lugares elevados y equipos de comunicaciones internas. Así como disponer de todos los equipos o dispositivos de medida y control preceptivos que obliga la Normativa vigente de las instalaciones a mantener.
Las pequeñas modificaciones que surjan, y le sean encomendadas, serán ejecutadas por la Empresa Adjudicataria, coordinándose los servicios con el Director del Expediente a fin de no entorpecer las labores de mantenimiento.
Para la prestación del servicio y aviso de averías la Empresa Adjudicataria, dispondrá de un teléfono de asistencia 24 horas.
3.10. GESTIÓN DORA. SEGUIMIENTO Y REGISTRO DE INDISPONPINIBILIDADES.
La Empresa Adjudicataria realizará mensualmente un informe de indisponibilidades de equipos dentro del ámbito de este expediente. Deberá hacer un seguimiento exhaustivo y reporte de todas las paradas que se han producido en los equipos sea cual sea el origen de las mismas. El formato de este informe será estrictamente designado y aportado por la Dirección del Expediente. Como mínimo debe recoger los siguientes datos: EQUIPO, CÓDIGO DE PARADA, DESCRIPCIÓN DE LA INDISPONIBILIDAD, Nº OT, FECHA NOTIFICACIÓN, FECHA INICIO Y FECHA FIN DE LA PARADA, HORAS EQUIPO INOPERATIVO. Este informe mensual debe ser presentado al Director del Expediente antes del día 3 del mes siguiente.
4. MATERIALES Y REPUESTOS
La Empresa Adjudicataria deberá suministrar, instalar y comprobar cuántos repuestos fueran necesarios para el correcto funcionamiento de los equipos. Asimismo deberá hacerse cargo del envío para reparación de los equipos cuya avería necesite un servicio técnico especializado. De todos los repuestos que suministre cualquier empresa y sean recibidos por la Empresa Adjudicataria deberá entregarse inmediatamente el albarán de entrega al Director del Expediente, sin el cual no figurará recibido dicho material.
Los repuestos serán los originales y en caso de no ser así contarán con el visto bueno del Director del Expediente.
Los repuestos sustituidos serán entregados al Director del Expediente.
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Irá con cargo a la Empresa Adjudicataria el denominado pequeño material de consumo (grasas, pinturas para pequeños retoques, algodones, detergentes, aceites, disolventes, material de limpieza, etc.). Estas aportaciones no alterarán el importe de adjudicación.
La Empresa Adjudicataria se hará cargo del pequeño material fungible, y elementos básicos de operación, necesarios para la prestación del servicio.
Los repuestos necesarios que superen dichas características, se solicitarán por escrito al Director del Expediente mediante una descripción detallada e inequívoca del material, acompañada de un presupuesto detallado con precio aproximado de mercado en un plazo inferior a 24 horas.
Los repuestos contemplados en el Anexo II serán solicitados al Director del Expediente. El Procedimiento de gestión de estos repuestos contemplados en dicho Anexo, será el descrito en el mismo. La partida presupuestaria 7 GESTIÓN DE MATERIAL (50.000,00 €) del PRESUPUESTO ANUAL a la que hace referencia el Anexo II permanecerá invariable (no serán objeto de baja económica), si bien se aplicará el coeficiente de baja de la Adjudicación del Contrato a cada uno de los precios unitarios contemplados en los listados de repuestos.
La calidad mínima de los materiales a emplear en la ejecución de los servicios será idéntica a la de los materiales originales de la zona de actuación o de su entorno. En caso de duda prevalecerá siempre el criterio del Director del Expediente.
Los materiales empleados por la Empresa Adjudicataria deben ajustarse a los requisitos establecidos y deben cumplir con las normas de calidad que correspondan en cada caso.
La Empresa Licitadora deberá acompañar en su oferta técnica una relación de los elementos más usuales de repuesto, incluyendo denominación y precio unitario aproximado de mercado, I.G.I.C. excluido, durante la vigencia del contrato. Durante la vigencia del contrato la Empresa Adjudicataria realizará, según instrucciones del Director de Expediente, un listado de repuestos de despiece valorado en las instalaciones que se soliciten.
La relación deberá incluir los elementos que la Empresa Adjudicataria, como profesional del mantenimiento y a la vista de las instalaciones, estime oportunos para garantizar el normal funcionamiento de las mismas sin incidencias destacables.
A los fines expresados en el apartado anterior, se valorará positivamente a aquellas Empresas Licitadoras que se comprometan en sus ofertas a la disponibilidad de un stock actualizado y completo de partes y materiales de la instalación, tal que en caso de necesidad, asegure que se ofertarán en un tiempo mínimo que garantice la no- interrupción de las funciones básicas del sistema, en el plazo previsto en el PPT para la resolución de la avería.
En caso de que la necesidad de reponer algún repuesto de los que van con cargo a Aena S.A. sea debida a un negligente servicio, la reposición de estos materiales será por cuenta de la Empresa Adjudicataria.
5. EQUIPAMIENTO Y MAQUINARIA
La Empresa Adjudicataria deberá disponer de los equipos, maquinaria y medios auxiliares suficientes y apropiados para la prestación del servicio.
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Serán por cuenta de La Empresa Adjudicataria las herramientas, maquinaria, instrumentos de medida, equipos y programas informáticos, teléfonos móviles, equipos de comunicaciones, vehículos de cualquier tipo, vestuario, equipos de protección individual, medios auxiliares, etc., necesarios para el correcto desarrollo de los servicios de mantenimiento contemplados en este Expediente.
Los equipos y maquinaria cumplirán con la Normativa Vigente que les sea aplicable por la Consejería del Ministerio de Industria de la Comunidad Autónoma de Canarias o Departamento correspondiente, presentando buen estado de conservación y no representando peligro para los propios medios humanos o a terceros.
Los instrumentos de medición utilizados para revisar todas las instalaciones del sistema estarán calibrados y certificados por un ENAC o un Organismo de Control Autorizado.
Al inicio, se facilitará al Director del Expediente un listado con todos los equipos de medida que se utilizarán durante la vigencia del contrato, así como su correspondiente Certificado de Calibración.
El Certificado de Calibración contendrá como mínimo:
• Trazabilidad de las medidas. Trazabilidad de los patrones.
• Valor de corrección o error en los puntos calibrados o conformidad bajo una norma.
• Valor de Incertidumbre de dicha corrección.
La Empresa Adjudicataria deberá poseer el equipamiento que por las características particulares de los edificios incluidos en el recinto aeroportuario objeto del PPT, sean necesarios para la realización de los servicios, como elevadores, andamios, escaleras etc.
En el caso de que La Empresa Adjudicataria utilizase para las labores de mantenimiento, maquinaria como elevadores, andamios, o similares, propiedad del Aeropuerto, previo procedimiento de alquiler, La Empresa Adjudicataria asumirá el coste de las reparaciones derivadas de su uso. En caso contrario, el Aeropuerto asumirá las reparaciones de éstos, con cargo a La Empresa Adjudicataria.
Las medidas de protección del entorno y de seguridad que sean necesarias con ocasión de las operaciones a realizar en zonas de tránsito de pasajeros serán las siguientes:
• Medidas de señalización de equipos.
• Dispositivos de aislamiento de las áreas de operación.
• Mamparas o dispositivos de desvío del público, etc.
La Empresa Adjudicataria entregará al Director del Expediente en un plazo no superior a una semana a contar desde la fecha de iniciación efectiva del servicio; relación de herramientas, aparatos de medida, etc. que aporten para la realización de los servicios objeto de este Expediente y que será, como mínimo, la relacionada en su oferta técnica.
Si el Aeropuerto no dispusiera de los locales necesarios para atender las necesidades de mayor espacio demandadas por la Adjudicataria, podrá facilitar a dicha empresa una superficie en el recinto aeroportuario, siendo por cuenta de esa Adjudicataria el valor del módulo prefabricado autorizado, así como todas las instalaciones, acometidas necesarias y demás gastos.
Los gastos de agua, electricidad, teléfono, correspondientes a los locales utilizados por la Adjudicataria, serán a su cargo.
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Aena S.A. estará libre de cualquier responsabilidad en cuanto a robo, deterioro, rotura o cualquier otro perjuicio que pudiera sufrir el material almacenado en dichos locales de cuya custodia será único responsable la Empresa Adjudicataria.
Salvo casos excepcionales, las zonas de servicio serán convenientemente aisladas y señalizadas mediante carteles, barreras, estructuras, plásticos, etc. Dichos materiales de aislamiento y señalización correrán a cargo de la Empresa Adjudicataria.
Dado el carácter del Servicio se estima necesario que La Empresa Adjudicataria disponga de un número de vehículos suficiente, que constarán en la oferta, para acometer las prestaciones previstas en este PPT en todo el recinto aeroportuario.
Los citados vehículos, para circular por el Área de Movimiento (zona de uso restringido del recinto aeroportuario), deben poseer las siguientes características:
• Seguro obligatorio que cubra el interior del recinto aeroportuario.
• Medidas contraincendios: extintor de Polvo ABC de 9 kg. y dispositivo apagallamas en el tubo de escape.
• Tener en regla la ITV.
• Tener el anagrama de la compañía en los laterales, con unas dimensiones mínimas para ser legibles a cien (100) metros de distancia.
• Equipo de radio para la comunicación con el Centro de Coordinación del Aeropuerto y con la Torre de Control.
• Luces anticolisión en la parte superior del vehículo.
• Personal con chalecos de alta visibilidad.
Todos los dispositivos que deba utilizar La Empresa Adjudicataria para adecuar el vehículo a las condiciones expuestas correrán a su cargo.
6. NORMATIVA LEGAL, RECOMENDACIONES Y NORMATIVA FUTURA
Todos los procedimientos utilizados por la Empresa Adjudicataria o necesarios para el mantenimiento, así como los repuestos, equipamiento y maquinaria para realizar los servicios, deberán ser notificados al Director del Expediente.
Serán de obligado cumplimiento todas las leyes, reglamentos y normas que correspondan de las expuestas a continuación, así como todas aquellas que entren en vigor dentro del período de adjudicación y sean aplicables:
Y cualquier ley, reglamento o norma legal aplicable al servicio tratado.
6.1. NORMAS ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL
Será de obligado cumplimiento todo lo establecido en la Normativa Legal. En consecuencia será de aplicación las disposiciones que, sin carácter limitativo, se indican a continuación:
• Ley de Residuos, Ley 10/1998 de 21 de abril, 91/156/CEE.
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• RD 952/1997, de 20 de junio, 94/904/CEE, Residuos.
• RD 1627/1997, de 24 de octubre, Seguridad y Salud.
• Reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales, Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de la Jefatura del Estado.
• Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
• Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, (BOE nº 27 del 31 de enero de 1997).
• Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre, sobre protección de los Medios humanos frente a riesgos derivados de la exposición al ruido durante la prestación del servicio.
• Orden de 9 de marzo de 1971, por la que se aprueba la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, (art. 31 y 141).
• Estatuto de los Medios humanos.
• RD 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los medios humanos de los equipos de trabajo.
• RD 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los medios humanos contra los riesgos con la exposición al ruido, BOE, n.60, 11-2-2006.
• RD 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
6.2. NORMATIVA TÉCNICA GENERAL
Será de aplicación la Normativa Técnica vigente en España en el momento de desarrollo del presente expediente.
En particular se observarán las Normas o Indicaciones de la siguiente relación:
• Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Indicaciones Complementarias, Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
• Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, del Ministerio de Industria y Energía.
• Normas Operativas y de Seguridad del Aeropuerto.
• Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006 y posteriores modificaciones)
• Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 84/528/CEE sobre aparatos elevadores y de manejo mecánico.
• Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores.
• Reglamento de Aparatos Elevadores.
• Normas para efectuar las revisiones periódicas a los ascensores.
En cualquier caso, la Normativa contemplada en este documento debe servir como guía, estando obligado La Empresa Adjudicataria al conocimiento y cumplimiento de toda la Normativa que le sea de aplicación al servicio prestado y a las instalaciones mantenidas durante la vigencia del contrato.
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7. CALIDAD DEL SERVICIO Y SU SEGUIMIENTO
A través de los apartados anteriores se han definido los programas de mantenimiento que serán a cargo de La Empresa Adjudicataria, siendo este directamente responsable del servicio de calidad de las revisiones periódicas en general, y de todas las actuaciones de mantenimiento que realice.
La tarea de seguimiento e inspección en la calidad de los servicios prestados, será función del Director del Expediente o persona responsable que este designe.
La Dirección del Expediente podrá establecer las medidas que estime necesarias para asegurar el correcto cumplimiento de los términos del contrato, así como para comprobar el nivel técnico de los servicios efectuados, para ello podrá realizar inspecciones aleatorias encaminadas a comprobar la veracidad de los datos presentados en los informes de servicios realizados.
7.1. CALIDAD DEL SERVICIO
Para verificar el cumplimiento de lo establecido, podrán llevarse a cabo seguimientos de calidad de la prestación basados en:
• Una sistemática de observaciones puntuales.
• La obtención de unos niveles de calidad mensuales del servicio exigido.
• Otros parámetros de calidad del servicio, distintos del concepto mismo de mantenimiento de instalaciones.
• Un sistema de valoración de la prestación en su conjunto a partir de estos niveles y parámetros.
• Unas reglas de ajuste de la facturación a partir de esa valoración de conjunto.
Todo ello revisado, discutido y contrastado entre las dos partes, para favorecer un desarrollo de la prestación en condiciones óptimas. Las modalidades de esa sistemática vienen precisadas a continuación.
7.2. SISTEMA DE OBSERVACIONES
Mensualmente, a las horas que se acuerden con el Director de Expediente y dentro del horario operativo, se realizará una ruta de observaciones conjuntamente entre los respectivos responsables de La Empresa Adjudicataria y de Aena S.A. nombrados al efecto.
Previamente a esta ruta, habrán sido definidas de forma aleatoria (SEGUIMIENTO ALEATORIO), los sectores o áreas de las instalaciones a observar, obteniéndose mediante sorteo uno (1) o más sectores, los cuáles serán sometidos al seguimiento de calidad.
En esta ruta, y para cada una de las áreas e instalaciones, se valorará el "nivel de calidad" (limpieza, orden, estado de los equipos e instalaciones…) anotando en un "parte mensual de calidad" por lo menos los datos siguientes:
• Nivel de calidad (limpieza, orden, estado las instalaciones, etc...), medido conforme a los criterios del apartado 8.3.
• Anomalías observadas, y gravedad de las mismas.
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• Medidas de corrección solicitadas por Aena S.A. con su plazo de ejecución. Ambos puntos discutidos en la misma ruta con el responsable de La Empresa Adjudicataria, y salvo conflicto, aceptado por él a través de la firma final del parte.
• Otros datos de interés con relación a la prestación.
Con ocasión de esta misma ruta, se podrá examinar asimismo:
• En SEGUIMIENTO de CORRECCIONES, el parte correspondiente que haya resultado aplicar medidas correctoras, haciendo incidencia en los puntos o aspectos señalados en seguimientos anteriores como no correctos y sobre los cuales se debían tomar medidas correctivas.
• En TRAMOS DE RECORRIDO, el estado de las zonas más significativas a lo largo del recorrido hacia las distintas áreas previstas en el seguimiento aleatorio.
Del conjunto de estas observaciones, se deducirá el índice de calidad de servicio mensual, de acuerdo con la escala de niveles y la sistemática de explotación de estos datos que definimos a continuación.
En el caso de aumentarse la periodicidad de los seguimientos a una quincena o una semana, el índice de calidad será obtenido como la media de los seguimientos realizados.
Los formatos de partes de seguimiento de calidad que se utilizarán, serán definidos por Aena S.A. al inicio del servicio. No obstante, a título indicativo, se muestra un esbozo de los mismos en el anexo "B".
7.3. LA ESCALA DE LOS NIVELES DE CALIDAD
Los niveles de calidad de una instalación responderán a una clasificación razonable de la percepción del buen estado de conservación y funcionamiento de esta y se definirán de la siguiente manera:
• BUENO (puntuación 5): la instalación objeto del análisis presenta un estado de funcionamiento y conservación bueno y correcto.
• REGULAR (4): La instalación objeto del análisis presenta un estado de funcionamiento y conservación insuficiente.
• MALO (2): La instalación objeto del análisis presenta un estado de funcionamiento y conservación deficiente.
• MUY MALO (0): La instalación objeto del análisis presenta un estado de funcionamiento y conservación muy deficiente.
Se podrá puntuar la calidad del mantenimiento con 3 ó 1, según el estado se considere que es intermedio entre regular y malo para el primer caso y entre malo y muy malo para el segundo.
Esta misma escala se utilizará para valorar el mantenimiento correctivo y otros parámetros enunciados más adelante.
No obstante, para adecuar esta escala a los indicadores que se van a valorar, se definirá más adelante con mayor precisión la misma.
En caso de discrepancia importante entre las dos partes, sobre la apreciación del nivel de calidad dentro de esta escala, y en particular en lo que se refiere, al estado general de funcionamiento, mantenimiento realizado, etc., se podrá proceder de la forma siguiente:
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• Realizar el mantenimiento preventivo/correctivo/modificativo que determine el Director del Expediente, para apreciar el contraste entre lo que es y lo que debería ser, y por tanto afianzar el dictamen anterior de calidad. En este supuesto, el ensayo se realizará en el acto por el personal de La Empresa Adjudicataria, reservándose Aena S.A. la potestad de realizarlo por sus propios medios si le pareciera oportuno.
7.4. OTROS PARÁMETROS DE CALIDAD
Podrán ser objeto del seguimiento de calidad, parámetros como los siguientes:
a) Cumplimiento del PPT.
b) Cumplimiento en los plazos de la realización de las tareas de Mantenimiento Preventivo.
c) Cumplimiento de los plazos marcados en las tareas puntuales de mantenimiento correctivo: tiempo en acudir a solventar una avería y tiempo que se tarda en solventarla.
d) Calidad de los materiales empleados: Los materiales a emplear deben estar aprobados por la Dirección del Expediente, se realizarán seguimientos de calidad aleatorios sobre los materiales empleados.
e) Constancia documental de servicios realizados: Para todos los servicios realizados se debe proporcionar y conservar constancia documental según se especifica en el presente PPT. El incumplimiento de este criterio penalizará la valoración de los servicios.
f) Acabado de los servicios: se realizarán inspecciones sobre los servicios realizados para determinar su fiabilidad y calidad en su terminación.
g) Estado de las instalaciones: cuando el Director del Expediente lo considere oportuno, éste o la persona en quien delegue, efectuará la inspección de las instalaciones para comprobar que se encuentran en las condiciones idóneas de funcionamiento y conservación.
h) Informes de seguimiento: la Empresa Adjudicataria hará entrega, tras cada una de las actuaciones de mantenimiento preventivo o correctivo, de un informe según lo expresado en el presente PPT.
i) Habilitaciones legales.
j) Cumplimiento de la Legislación Vigente.
La empresa adjudicataria acordará con el Director del Expediente los procedimientos para la notificación de incidencias, avisos, emergencia, etc.
Entre otros, se consideran incumplimientos al Pliego de Prescripciones Técnicas, los cuales tendrán influencia directa en la facturación mensual, los siguientes artículos:
1. El incumplimiento de las obligaciones del Pliego en lo relativo a la uniformidad y aseo.
2. El incumplimiento de las obligaciones del Pliego en cuanto al comportamiento y decoro debido frente a los usuarios del Aeropuerto.
3. No tener, de conformidad con lo exigido en el Pliego, la maquinaria y herramientas suficientes para la prestación del servicio en las debidas condiciones técnicas, así como de limpieza, etc.
4. Perturbar innecesariamente el normal funcionamiento de alguna de las dependencias del Aeropuerto, así como el tránsito de pasajeros, visitantes y empleados.
5. No cumplir injustificadamente con la fecha de terminación prevista en los servicios encomendados de mantenimiento preventivo.
6. Incumplimiento del plazo impuesto en el apartado de tiempos de respuesta para efectuar los tratamientos correctivos solicitados por el Aeropuerto.
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7. Tener caducada la tarjeta de identificación individual del Aeropuerto, tanto personal como de vehículos, o no presentar la documentación del personal exigida en este Pliego, a efectos de facilitación de las mencionadas tarjetas.
8. No utilizar repuestos originales o aprobados por el Director del Expediente, ni la maquinaria necesaria.
9. No presentar o presentar incorrectamente la planificación trimestral o anual del programa de servicios a realizar, o presentarlo después del período correspondiente para ello.
10. Entregar las solicitudes de servicio con más de cinco días de retraso desde la fecha del parte.
11. No tener los servicios realizados la calidad y fiabilidad exigida en su terminación.
12. Ineficacia de los servicios de mantenimiento realizados, o servicios solicitados debido a la presencia de problemas puntuales.
13. No realizar revisiones de los servicios solicitados, para comprobar que han dado resultado.
14. No realizar un seguimiento a los resultados obtenidos de los servicios de mantenimiento.
15. No desarrollar la actividad de mantenimiento de tal forma que en algún momento, se vea perturbado el normal funcionamiento del centro, ni el de ninguna de sus dependencias, así como tampoco el tránsito de pasajeros, visitantes, empleados o vehículos.
16. No emplear productos o materiales de primera calidad y marcas de reconocida solvencia, y perfectamente adecuados al objeto del servicio.
17. No emplear instrumentos, equipos, herramientas, medios auxiliares, adecuados al objeto del servicio.
18. No emplear equipos de comunicaciones adecuados al objeto del servicio.
19. Retraso injustificado superior a 30 minutos para la localización del responsable de la Empresa Adjudicataria en el Aeropuerto durante la prestación de los servicios.
20. Retraso entre UNA Y DOS HORAS, a partir de la comunicación, en acceder el personal de la Empresa a zonas o instalaciones que requieran atención urgente.
21. No iniciar injustificadamente en las fechas previstas alguno de los servicios encomendados mensualmente, si éstos no revistieran urgencia.
22. No hacerse cargo del material fungible, y elementos básicos de operación, necesarios para la prestación del servicio.
23. Realizar presupuestos que superen en un 20% los presupuestos que el Aeropuerto obtenga por su cuenta.
24. Incluir más horas de las realmente ejecutadas en las solicitudes de servicio.
25. Incumplimiento de Normativa Legal vigente.
26. Incumplimiento de Normativa de Seguridad e Higiene en el trabajo y de Prevención de Riesgos Laborales.
27. En los casos en donde pueda coincidir coincide la Empresa Adjudicataria del mantenimiento con la empresa encargada de realizar otros expedientes (que no forman parte del Mantenimiento del Aeropuerto) de obras e instalaciones que se realicen en Aeropuerto, el emplear medios humanos adscritos al servicio de Mantenimiento, para la ejecución de estos expedientes.
28. Cualquier otro incumplimiento contemplado en el capítulo “RÉGIMEN PENALIZADOR APLICABLE” de este Pliego
7.5. SISTEMA DE VALORACIÓN DE LA PRESTACIÓN
A cada zona, se asignará un índice de calidad (0, 2, 4, 5) según haya sido valorada la prestación como muy mala, mala, regular o buena, en el apartado 8.3. "Calidad del mantenimiento". En lo referente al apartado 8.4. "Otros parámetros de calidad", se asignará un índice de calidad sólo a las zonas en que no se hayan cumplido los parámetros de calidad establecidos (plazos de ejecución, períodos de tiempos, etc...) es decir, se calificará entre 0 y 4.
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A partir de ello se calcularán:
• El índice I1 de calidad mensual referido a la "Calidad de mantenimiento", siendo éste la media aritmética de los índices parciales de todas las zonas apuntadas en el parte semanal en la columna "calidad del mantenimiento".
• El índice I2 de calidad mensual referido a "Otros parámetros de calidad de servicio", también media aritmética de los índices parciales de sólo las zonas en que no se hayan cumplido los parámetros de calidad establecidos.
• El índice de calidad será igual a 0,5 · I1 + 0,5 · I2.
• En el caso de haber más de 1 seguimiento mensual, el índice de calidad mensual será la media aritmética de los índices obtenidos del mes.
7.6. AJUSTE DE LA FACTURACIÓN EN FUNCIÓN DEL ÍNDICE MENSUAL DE CALIDAD
Al ser objeto de este Expediente la realización de servicios de mantenimiento sobre instalaciones importantes, será motivo de penalización la baja calidad del servicio prestado, en función del índice de calidad mensual.
En la certificación mensual, de la prestación se realizará un ajuste de la facturación en función del índice mensual de calidad obtenido, aplicándose un factor corrector que supone una penalización desde un 6% para una calidad
"regular", a un 30% para una calidad "muy mala".
El factor corrector se expresará de la forma siguiente:
Fc = 0,5 + 0,5 (IM/5) siendo:
Fc = El factor corrector.
IM = El índice de calidad mensual.
Al margen del ajuste anterior sobre la facturación, en el caso de darse la situación de acumulación de índices de calidad mensual inferiores a 2,5 de forma repetitiva más de 3 veces en los últimos seis meses o la acumulación de índices de calidad inferiores a 1,5 en dos meses consecutivos, dentro de los últimos tres meses, Aena S.A. podrá en estos casos, resolver el contrato, sin derecho alguno por parte de La Empresa Adjudicataria a indemnización, reservándose, por otra parte, el derecho a emprender las acciones pertinentes por el perjuicio causado.
7.7. OTROS MEDIOS DE SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS
Para realizar el seguimiento y supervisión del servicio prestado, la Empresa Adjudicataria será la responsable de suministrar, cumplimentar y firmar, los siguientes documentos o partes, según corresponda:
• INSPECCIÓN VISUAL DE LAS INSTALACIONES
• PARTES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
• PARTES DE AVERÍA.
• FICHA DE REPUESTOS.
• LIBRO DE REGISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MODIFICATIVO.
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• CERTIFICADO DE VERIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES.
• PARTE CONJUNTO DE REVISIÓN MENSUAL.
Además de todos los documentos enunciados, se deberán entregar los boletines que el Ministerio Industria exige para el reconocimiento de las revisiones legales.
Las solicitudes de prestación de servicios y todos los demás documentos que la Empresa Adjudicataria utilice estarán siempre en el Aeropuerto y a disposición del Director de Expediente.
Con el fin de llevar a cabo una mejor gestión del mantenimiento, la Empresa Adjudicataria se compromete a la cumplimentación de los documentos, tales como hojas de especificaciones de elementos o conjuntos, plan de revisiones, fichas de repuestos.
Todo este sistema de informes y documentos podrán ser variados a propuesta de La Empresa Adjudicataria, siempre y cuando ello tenga por objeto un mejor seguimiento del servicio.
A) PARTE DE SERVICIOS PRESTADOS
Una vez al día, la Empresa Adjudicataria hará entrega a este de un "Informe de servicios prestados", donde se recojan las labores de mantenimiento preventivo, correctivo y modificativo realizadas, el cual irá firmado por el responsable nombrado por La Empresa Adjudicataria, y por el Director del Expediente o persona en la que se delegue tal función.
En este informe, que la empresa mantenedora remitirá al Director del Expediente, deberá indicar para cada servicio prestado:
• Instalación, equipo y elemento objeto de mantenimiento, reparación o modificación.
• Descripción de las tareas realizadas.
• Averías detectadas. Hora de aviso. Hora de inicio y fin de la reparación.
• Resumen de materiales y repuestos utilizados.
• Horas empleadas en la reparación.
• Sugerencias convenientes para mejorar las instalaciones.
• Firma del responsable de la empresa.
• Firma del responsable de Aena S.A.
Para este caso se entiende que la gestión realizada con el aplicativo MAXIMO 7.0 será suficiente para ser posible, que el Director del expediente pueda consultar todos estos datos en el sistema.
B) PARTE DE AVERÍAS
Cuando se produzca sobre un sistema un fallo que haga que su nivel de calidad disminuya tal y como se define en este PPT, la Empresa Adjudicataria, en un plazo inferior a 24 h. realizará y entregará al Director del Expediente un informe que contenga al menos lo siguiente:
• Sistema y equipo
• Fecha y hora en que se produjo el fallo
• Fallo y causa del fallo
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• Fecha y hora en que se solventó la avería
• Recursos humanos y materiales que se necesitan para solventar el fallo
• Estimación de costes
• Estudio de las causas de fallo, con propuestas concretas que impidan que pueda volverse a producir una indisponibilidad inaceptable.
Este informe podrá ser utilizado por el Aeropuerto para imponer sanciones, por incumplimiento de los compromisos en cuanto a disponibilidad de instalaciones.
C) FICHA DE REPUESTOS
La Empresa Adjudicataria se encargará de rellenar y entregar al Aeropuerto, junto con las facturas del material suministrado mensualmente, una ficha en la que conste:
• Repuestos utilizados durante el mes: descripción y número.
• Stock de repuestos en almacén de Aeropuerto: descripción y número.
• Necesidades de repuestos no existentes en el almacén, con su descripción y valoración económica. (Esta información de necesidad de repuestos no existentes en el almacén, debe ser presentada en un plazo inferior a 24 horas desde el momento de la avería).
Otras observaciones.
Las fichas se rellenarán mensualmente, o con menor periodicidad si fuera necesario, serán firmadas por el responsable de La Empresa Adjudicataria y entregadas al Director del Expediente. Si se dispone de almacén gestionado a través del aplicativo MAXIMO 7.0, estos informes se pueden extraer directamente del aplicativo. El Director del Expediente solicitará los informes del aplicativo que considere necesarios.
D) LIBRO REGISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MODIFICATIVO
En la fecha de la revisión, el Supervisor del Servicio nombrado por La Empresa Adjudicataria, con todas las solicitudes de servicio y averías del mes, rellenará el Libro Registro de Mantenimiento Preventivo, Correctivo y Modificativo, del cual poseerá una copia La Empresa Adjudicataria, quedando el original en posesión del Aeropuerto. Ambas copias irán firmadas por La Empresa Adjudicataria y por el Director del Expediente. Para este caso se entiende la gestión realiza con el aplicativo MAXIMO 7.0 suficiente para ser posible, que el Director del expediente pueda consultar todos estos datos en el sistema.
En el LIBRO REGISTRO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO, CORRECTIVO Y MODIFICATIVO se reflejarán los siguientes aspectos:
• Tipo de mantenimiento.
• Causa: avería, revisión programada, sustitución de piezas, visita solicitada, etc.
• Útiles, herramientas, instrumentos de medida y control, vehículos de cualquier tipo (ligeros, furgonetas, camiones, grúas, escaleras, etc.) necesarios para el desarrollo y ejecución del trabajo objeto del contrato, los cuales serán aportados por la Empresa Adjudicataria.
• Resultado de las verificaciones y pruebas.
• Sustitución de elementos defectuosos por repuestos originales.
• Indicaciones a seguir en el mantenimiento a fin de evitar las anomalías denunciadas.
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• Relación de repuestos.
• Operaciones futuras si fuera necesario.
• Tiempo de mantenimiento (hora de comienzo y hora de fin).
Tanto la Empresa Adjudicataria como el Aeropuerto tendrán una copia del documento, a disposición de los servicios de inspección de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Todo el material necesario para realizar este control y seguimiento será a cuenta de La Empresa Adjudicataria.
E) CERTIFICADO DE VERIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
Si el Director del Expediente lo considera oportuno y con la periodicidad que dictamine éste, se realizará un
"Certificado de Verificación de Instalaciones" donde se reflejará el estado de las instalaciones y sin el cual no se certificará la mensualidad a que corresponda.
Este se deberá remitir al Director del Expediente e incluirá:
• Tiempo de funcionamiento de las instalaciones.
• Tiempo fuera de servicio, incluyendo los tiempos empleados para la realización de los mantenimientos así como los debidos a fallos de las instalaciones.
• Mantenimientos preventivos y correctivos, con resumen de gastos, material y mano de obra utilizados.
• Tiempo medio entre fallos (MTBF) y tiempo medio de reparación (TMR) para cada una de las instalaciones.
Asimismo, se indicarán todas aquellas sugerencias que se estimen convenientes para mejorar el estado de las instalaciones.
F) PARTE CONJUNTO DE REVISIÓN
Con el fin de garantizar un nivel de calidad aceptable en el servicio de mantenimiento de las instalaciones, la Empresa Adjudicataria nombrará un Supervisor del Servicio que realizará las revisiones precisas, con o sin acompañamiento del Responsable nombrado por el Director del Expediente, y cumplimentará el Parte Conjunto de Revisión (suministrado por La Empresa Adjudicataria), en el que pondrá de manifiesto el estado de la instalación, las deficiencias encontradas y la valoración final de los resultados obtenidos, con el fin de aplicar inmediatamente las correcciones necesarias.
Estas revisiones serán aleatorias y puntuales, cuando el Director del Expediente lo estime conveniente.
Después de cada una de estas inspecciones, La Empresa Adjudicataria rellenará un PARTE CONJUNTO DE REVISIÓN que será firmado por el Director del Expediente y el Coordinador de la Empresa Adjudicataria, en el que ponga de manifiesto el estado de la instalación, las deficiencias encontradas y la valoración final de la inspección.
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8. INCIDENCIAS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
8.1. DISPOSICIONES GENERALES
A) NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES
El Representante de Aena S.A. será el Director del Expediente, o persona en quien este delegue, nombrado por el Director del Aeropuerto a tal efecto, quien ostentará las responsabilidades descritas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas así como con todo lo relacionado con el desarrollo del servicio contratado.
Por su parte, la Empresa Adjudicataria deberá notificar al Director del Aeropuerto y al Director del Expediente el nombre de la persona responsable, que será el Coordinador del mismo y actuará como Delegado de la Empresa en el Aeropuerto y como Interlocutor con la Dirección del Expediente. La constancia de dicha designación se deberá hacer por un documento escrito avalado por la firma del Gerente o responsable acreditado de la Empresa Adjudicataria.
B) COMUNICACIONES
El Director del Expediente pondrá en conocimiento de la Empresa Adjudicataria los procedimientos establecidos para la comunicación entre las partes de cuantas circunstancias puedan producirse en el desarrollo del servicio, tales como indicaciones, localización de responsables, interlocutor directo en el Aeropuerto entre el Director del Expediente y la Empresa Adjudicataria, seguimientos de calidad y de cuánto a su juicio pueda acontecer y no esté contemplado de manera expresa en el presente Pliego.
Por su parte la Empresa Adjudicataria suministrará al Supervisor del Servicio y al Responsable Técnico un teléfono móvil o dispositivo análogo para su uso fuera del Aeropuerto y que permita su localización en todo momento, H24, aparte de los medios que considere necesarios dentro del Aeropuerto.
9. PRESTACIONES DE AENA S.A.
Aena S.A. se compromete a:
• Facilitar a las empresas que hubieran manifestado su interés de participación en el Concurso el acceso al Aeropuerto para un mejor conocimiento y evaluación de su oferta. Esta visita deberá efectuarse dentro de las dos primeras semanas tras la fecha de publicación del Concurso, debiendo los interesados contactar para ello con la Dirección del Expediente.
• Proporcionar a las Empresas Licitadoras los datos disponibles relativos a las instalaciones.
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