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Un punto de vista sobre el sistema fiscal chileno

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(1)

Un punto de vista sobre el

sistema fiscal chileno

(2)

Características del Sistema Fiscal chileno

FORTALEZAS

§ Razonable presión fiscal (al menos hasta antes de la Reforma).

§ Talante razonable por parte del Servicio de Impuestos Internos.

§ No fomenta la litigiosidad.

§ Seguridad jurídica.

§ Complejidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales razonable.

DEBILIDADES

§ Complejidad y situaciones de importante carga fiscal derivada del mecanismo de interrelación entre el Impuesto de Primera Categoría (Impuesto sobre Sociedades) y el Impuesto Adicional (Impuesto del accionista no residente) o Impuesto sobre la Renta (Impuesto del accionista residente), que afectan al inversor no residente.

§ No explota suficientemente las ventajas del país para convertirse en plataforma de inversiones en el exterior, específicamente en Sudamérica.

Nos vamos a centrar en las debilidades; de algunas de las fortalezas tenemos que aprender en España.

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Comparativa del Sistema Fiscal chileno en la región

En términos comparativos, Chile destaca positivamente en casi todos los ítems, especialmente en lo referido a la presión fiscal de las empresas, pero puede plantear debilidades respecto la tributación del inversor no residente (y residente).

Chile Brasil Colombia Perú Argentina España

Tipo global nominal del Impuesto sobre Sociedades 20% al 27% 34% 34% 28% (1) 35% 25%

(1): Desciende a l 27% en 2017 y a l 26% en 2019

Consolidación fiscal NO NO NO NO NO SI

Tributación transmisión de participaciones por un no residente 35% - 16% 15% 10% (1) 30% (2%) 15% 19% (3) (1): 39% en cas o de a ntigüedad inferior a 2 a ños

(2) 5% en ca s o de venta en rueda de Bols a

(3) 0% en ca s o de venta en Bols a o por res identes en la UE Régimen de reorganizaciones societarias libres de Impuestos

- Reorganizaciones societarias internas

- Reorganizaciones societarias del exterior NO NO

Tributación de transmisiones indirectas SÍ (1) NO SÍ (1) SÍ (2) NO NO

(1): Si los a ctivos chilenos / colombianos s uponen a l menos el 20%

(2) Si los a ctivos perua nos s uponen al menos el 50%

Complejidad

Total Tax Rate

Tota l impuestos y contribuciones s obre el benefi cio a ntes de cua lquier tipo de impuestos , según PWC "Pa yi ng Ta xes 2013"

28,0% 69,3% 74,4% 40,5% 108,3% 38,7%

291 2.600 203 293 405 167 Número de hora s pa ra ela bora r, pres enta r y pa ga r los tres impues tos má s

importa ntes , según PWC "Pa ying Ta xes 2013"

0% - 10% - 15%

- 18%

Tributación sobre dividendos distribuidos a no residentes 11% al 1333% 0% 0% 6,8% 10%

(4)

Reforma Fiscal del Impuesto sobre la Renta en lo que afecta al inversor no residente

CONSIDERACIONES PREVIAS

§ El Sistema Fiscal chileno tiene interiorizado que el Impuesto de Primera Categoría (Impuesto sobre Sociedades) es, a casi todos los efectos, un pago a cuenta del Impuesto del accionista persona física o del Impuesto Adicional si es no residente.

§ Esto implica que se sustituyen los habituales mecanismos para evitar o atenuar la doble imposición por un prolijo sistema en el que se registra la tributación exacta que han sufrido los beneficios no distribuidos por las sociedades chilenas (libros de FUT o Fondo de Utilidades Tributables y de FUNT o Fondo de Utilidades No Tributables). Este sistema recoge, cuando proceda, la tributación de dichos beneficios a lo largo de toda la cadena de filiales, en caso de grupos de sociedades.

§ En el caso del accionista no residente, el sistema es el siguiente:

SOCIEDAD CHILENA

Resultado antes de impuestos 100,0

Gasto por Impuesto -20,0

Resultado después de impuestos 80,0

Utilidad tributaria 100,0

Impuesto Primera Categoría -20,0

Utilidad tributaria neta 80,0

ACCIONISTA

Dividendo (100% resultado) 80,0

Tax credit Primera Categoría aplicable 20,0

Base imponible 100,0

Cuota (35%) -35,0

Tax credit 20,0

Impuesto Adicional -15,0

Impuesto total -35,0

(5)

Reforma Fiscal del Impuesto sobre la Renta en lo que afecta al inversor no residente

CONSIDERACIONES PREVIAS

§ La filosofía del Impuesto de Primera Categoría como pago a cuenta del impuesto definitivo de la persona física o del accionista no residente, unido a un tradicionalmente bajo tipo de gravamen (15%-20%) ha terminado decantándose en una opinión a tenor de la cual el FUT registrado en las sociedades chilenas es un beneficio pendiente de tributar en su mayor parte.

§ La consecuencia lógica de lo anterior es la tendencia a someter a tributación la totalidad del beneficio, haya sido o no distribuido.

REFORMA FISCAL

§ La reforma fiscal, en esta línea, ha establecido dos modalidades de tributación, a elección de la sociedad, con el siguiente impacto para el inversor no residente:

§ Sistema de renta atribuida: se tributa al 35% (25% la sociedad chilena) por todas las utilidades tributarias (base imponible), se hayan distribuido o no

§ Sistema semintegrado: la sociedad chilena tributa al 27% y el accionista tributa sólo cuando perciba el dividendo, al 35%, pero deduciéndose únicamente el 65% del Impuesto pagado por la sociedad chilena. Sin embargo, los accionistas que residan en un país que tengan firmado un CDI con Chile podrán deducirse el 100% del impuesto pagado por la sociedad chilena.

(6)

Reforma Fiscal del Impuesto sobre la Renta en lo que afecta al inversor no residente

Si el pay out de la

sociedad chilena es del 100%, la tributación global

no se ve modificada (salvo

en el sistema semintegrado sin CDI, por el efecto

de computar únicamente l 65%

del impuesto pagado por la

sociedad chilena).

Con CDI Sin CDI

100% 20% 25% 27% 27%

SOCIEDAD CHILENA

Resultado antes de impuestos 100,0 100,0 100,0 100,0

Gasto por Impuesto -20,0 -25,0 -27,0 -27,0

Resultado después de impuestos 80,0 75,0 73,0 73,0

Utilidad tributaria 100,0 100,0 100,0 100,0

Impuesto Primera Categoría -20,0 -25,0 -27,0 -27,0

Utilidad tributaria neta 80,0 75,0 73,0 73,0

ACCIONISTA

Dividendo (100% resultado) 80,0 75,0 73,0 73,0

% sobre utilidad tributaria neta 100% 100% 100% 100%

Dividendo contra utilidad tributaria 80,0 73,0 73,0

Renta atribuida 75,0

Tax credit Primera Categoría aplicable 20,0 25,0 27,0 27,0

Base imponible 100,0 100,0 100,0 100,0

Cuota (35%) -35,0 -35,0 -35,0 -35,0

Tax credit 20,0 25,0 27,0 17,6

Impuesto -15,0 -10,0 -8,0 -17,5

Impuesto total -35,0 -35,0 -35,0 -44,5

Sociedad chilena (sobre resultados) 20,0% 25,0% 27,0% 27,0%

Accionista (sobre dividendo) 18,8% 13,3% 11,0% 23,9%

Conjunto (sobre resultado distribuido) 35,0% 35,0% 35,0% 44,5%

Antes de la reforma

Renta atribuida

Semi integrado PAY OUT SOCIEDAD CHILENA

Nota: El pay out debe calcularse sobre la utilidad tributaria, no sobre

el resultado contable

(7)

Reforma Fiscal del Impuesto sobre la Renta en lo que afecta al inversor no residente

Pero si el pay out

de la sociedad chilena baja al

25%, la tributación global se agrava siempre

(excepto en el sistema semintegrado

con CDI), especialmente en

el sistema de renta atribuida.

Con CDI Sin CDI

25% 20% 25% 27% 27%

SOCIEDAD CHILENA

Resultado antes de impuestos 100,0 100,0 100,0 100,0

Gasto por Impuesto -20,0 -25,0 -27,0 -27,0

Resultado después de impuestos 80,0 75,0 73,0 73,0

Utilidad tributaria 100,0 100,0 100,0 100,0

Impuesto Primera Categoría -20,0 -25,0 -27,0 -27,0

Utilidad tributaria neta 80,0 75,0 73,0 73,0

ACCIONISTA

Dividendo (100% resultado) 20,0 18,8 18,3 18,3

% sobre utilidad tributaria neta 25% 25% 25% 25%

Dividendo contra utilidad tributaria 20,0 18,3 18,3

Renta atribuida 75,0

Tax credit Primera Categoría aplicable 5,0 25,0 6,8 6,8

Base imponible 25,0 100,0 25,0 25,0

Cuota (35%) -8,8 -35,0 -8,8 -8,8

Tax credit 5,0 25,0 6,8 4,4

Impuesto -3,8 -10,0 -2,0 -4,4

Impuesto total -23,8 -35,0 -29,0 -31,4

Sociedad chilena (sobre resultados) 20,0% 25,0% 27,0% 27,0%

Accionista (sobre dividendo) 18,8% 53,3% 11,0% 23,9%

Conjunto (sobre resultado distribuido) 35,0% 65,0% 35,0% 44,5%

Renta atribuida

Semi integrado PAY OUT SOCIEDAD CHILENA Antes de la

reforma

(8)

Reforma Fiscal del Impuesto sobre la Renta en lo que afecta al inversor no residente

Tributación global del

dividendo repartido según la modalidad de tributación y el pay out de la sociedad chilena

1% 25% 50% 100%

Antes de la reforma 35,0% 35,0% 35,0% 35,0%

Sistema de renta atribuida 1025,0% 65,0% 45,0% 35,0%

Semi integrada con CDI 35,0% 35,0% 35,0% 35,0%

Semi integrada sin CDI 44,5% 44,5% 44,5% 44,5%

Pay out sociedad Chilena Tributación sobre el resultado

distribuido como dividendos

(9)

Reforma Fiscal del Impuesto sobre la Renta en lo que afecta al inversor no residente

CONCLUSIONES

§ La reforma fiscal chilena obliga a optar entre:

§ El sistema de Renta Atribuida, atípico en Derecho Fiscal Comparado, que sólo suele aplicarse a entidades que obtienen rentas pasivas y con finalidad de evitar situaciones de elusión de impuestos. Este sistema implica una tributación alta (35%) para los estándares actuales (no tanto si se compara con los estándares de la región) y es un estímulo al apalancamiento de las sociedades (lo que también es contrario a las actuales tendencias en USA y la UE derivadas de la crisis).

§ El Sistema Semintegrado, que supone un incremento de la tributación hasta el 44,45%, claramente alto incluso para los estándares de la región

§ Sin embargo, la posibilidad que tiene el inversor español de acogerse al Sistema Semintegrado con CDI, gracias a la existencia de Convenio para evitar la Doble Imposición entre España y Chile, supone:

§ Que la sociedad chilena tribute al 27%, lo que es razonable en los parámetros regionales

§ Que el accionista sufra una tributación global del 35%, y sólo cuando percibe efectivamente el dividendo.

Para ello, debe tener poder de decisión en la sociedad chilena, que puede decidir optar por el de Renta Atribuida.

(10)

Chile como plataforma de inversión

CONSIDERACIONES PREVIAS

§ Chile disfruta de unas características que le permiten optar por erigirse en plataforma de inversión en el exterior:

o Estabilidad política e institucional

o Indicadores macroeconómicos (PIB, deuda pública, tasa de paro, etc,) adecuados

o Seguridad jurídica.

§ Las ventajas del “efecto sede” son claras, derivadas de la atracción de personas de alto cualificación profesional (asesores, consultores, auditores, banca de negocios, financieros, abogados, etc.):

o Mejora del mercado de trabajo, tanto en cantidad como en calidad.

o Mejora de la recaudación derivada de la tributación de los profesionales, que pasarán a ser residentes en Chile.

o Atracción de inversiones al país

(11)

Chile como plataforma de inversión

REQUISITOS DESDE UN PUNTO DE VISTA FISCAL

§ Para ello es necesario contar con un sistema fiscal que resulte atractivo para los sociedades que tengan como función el control y la gestión de las participaciones en otras entidades. En concreto, las sociedades chilenas deberían disponer de:

o Amplia red de convenios para evitar la doble imposición en los países en los que opera.

o En base a los convenios, (i) reducción de la tributación en origen de los dividendos percibidos, (ii) ídem respecto intereses y cánones de las filiales, y (iii) reducción de la tributación en origen de plusvalías por transmisión de participaciones.

o Exención en destino de los ingresos por dividendos de sus filiales.

o No tributación en destino de las posibles ganancias de capital por transmisión de las filiales.

o No tributación en caso de liquidación.

o No tributación en la fuente en caso de reparto de dividendos a sus accionistas.

(12)

Chile como plataforma de inversión

RED DE CONVENIOS DE CHILE Y DE OTROS PAÍSES DE LA REGIÓN

Chile dispone de una adecuada red de Convenios en la región, si bien puede mejorarse respecto de potenciales inversores en USA y la UE

CHILE BRASIL COLOMBIA PERÚ ARGENTINA

CHILE Denunciado

BRASIL COLOMBIA

PERÚ

ARGENTINA Denunciado USA Pendiente de aprobación ALEMANIA

REINO UNIDO FRANCIA

ITALIA

ESPAÑA Pendiente de aprobación

HOLANDA

(13)

Chile como plataforma de inversión

INICIATIVAS LEGISLATIVAS A FAVOR DE CONSTITUIR CHILE COMO PLATAFORMA DE INVERSIÓN

CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN ENTRE ESPAÑA Y CHILE (7 DE JULIO DE 2003)

Al momento de proceder a la firma del Convenio entre el Reino de España y la República de Chile para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, los signatarios han convenido las siguientes disposiciones que forman parte integrante de este Convenio:

XII. En las negociaciones se detectó que, respecto de rentas

provenientes de un tercer país que ingresan a Chile y que

luego son remesadas a España, en ciertos casos no se evita

totalmente la doble tributación, aún en caso de existir un

Convenio entre ambos países. Las partes contratantes

reconocen las dificultades para resolver este problema por

medio de un Convenio bilateral entre ellos y manifiestan su

intención de seguir analizándolo en aras de una posible

solución.

(14)

Chile como plataforma de inversión

INICIATIVAS LEGISLATIVAS A FAVOR DE CONSTITUIR CHILE COMO PLATAFORMA DE INVERSIÓN

LEY DE PLATAFORMA (2002)

§ Sociedades que se consideran no domiciliadas en Chile, por lo que:

o No tributa en Chile el dividendo percibido del exterior ni las plusvalías por transmisiones de participaciones

o No tributa en Chile el reparto de dividendos

§ Sin embargo, presentan las siguientes rigideces:

o La sociedad plataforma no se considera domiciliada en Chile, por lo que no tiene acceso a la red de convenios y puede generar problemas en la tributación en destino del dividendo que reparte.

o Presenta dificultades e ineficiencias cuando la sociedad plataforma participa en sociedades chilenas que tienen inversiones en el exterior.

(15)

Chile como plataforma de inversión

INICIATIVAS LEGISLATIVAS A FAVOR DE CONSTITUIR CHILE COMO PLATAFORMA DE INVERSIÓN

PROBLEMAS EN LOS MECANISMOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (ANTES Y DESPUÉS DE 2014)

FILIAL NO RESIDENTE EN CHILE

Beneficio antes de impuestos 100,0 100,0 100,0

Impuesto sobre Sociedades (35%) -35,0 -35,0 -35,0

Beneficio después de impuestos 65,0 65,0 65,0

Dividendo repartido 65,0 65,0 65,0

ACCIONISTA SOCIEDAD CHILENA

Dividendo recibido 65,0 65,0 65,0

Gross-up (Tax credit) Al 30% 27,9 Al 32% 30,6 Al 35% 35,0

Base imponible 92,9 95,6 100,0

Cuota sobre base imponible (20%) -18,6 -19,1 -20,0

Tax credit aplicado 18,6 19,1 20,0

Impuesto (20%) 0,0 0,0 0,0

Dividendo repartido 65,0 65,0 65,0

ACCIONISTA NO RESIDENTE SOCIEDAD CHILENA

Dividendo recibido 65,0 65,0 65,0

Gross-up al 30% (Tax credit) Al 30% 27,9 Al 32% 30,6 Al 35% 35,0

Base imponible 92,9 95,6 100,0

Cuota sobre base imponible (35%) -32,5 -33,5 -35,0

Tax credit aplicado 27,9 30,6 35,0

Impuesto -4,6 -2,9 0,0

Peaje sobre dividendo 7,14% 4,41% 0,00%

A partir de 2014 Dividendo de países

con CDI (filial y accionista)

PEAJE Antes de 2014

A partir de 2014 Dividendo de países sin

CDI (filial o accionista)

(16)

Chile como plataforma de inversión

INICIATIVAS LEGISLATIVAS A FAVOR DE CONSTITUIR CHILE COMO PLATAFORMA DE INVERSIÓN

PROBLEMAS EN LOS MECANISMOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (ANTES Y DESPUÉS DE 2014)

FILIAL NO RESIDENTE EN CHILE

Beneficio antes de impuestos 100,0 100,0

Impuesto sobre Sociedades (25%) -25,0 -25,0

Beneficio después de impuestos 75,0 75,0

Dividendo repartido 75,0 75,0

ACCIONISTA SOCIEDAD CHILENA

Dividendo recibido 75,0 75,0

Gross-up (Tax credit) Al 25% 25,0 Al 25% 25,0

Tax credit máximo 25,0 25,0

Base imponible 100,0 100,0

Cuota sobre base imponible (20%) -20,0 -20,0

Tax credit aplicado 20,0 20,0

Impuesto (20%) 0,0 0,0

Dividendo repartido 75,0 75,0

ACCIONISTA NO RESIDENTE SOCIEDAD CHILENA

Dividendo recibido 75,0 75,0

Gross-up al 30% (Tax credit) Al 25% 25,0 Al 25% 25,0

Base imponible 100,0 100,0

Cuota sobre base imponible (35%) -35,0 -35,0

Tax credit aplicado 25,0 25,0

Impuesto -10,0 -10,0

Tributación sobre dividendo 13,33% 13,33%

A partir de 2014 IMPUESTO INFERIOR EN ORIGEN Antes de 2014

(17)

Chile como plataforma de inversión

INICIATIVAS LEGISLATIVAS A FAVOR DE CONSTITUIR CHILE COMO PLATAFORMA DE INVERSIÓN

PROBLEMAS EN LOS MECANISMOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN (ANTES Y DESPUÉS DE 2014)

OTROS PROBLEMAS

Doble holding en el exterior en el país de residencia de la sociedad operativa Doble holding en el exterior en país de residencia distinto de la sociedad operativa La aplicación del Tax credit se difiere en el tiempo cuando existen rentas chilenas y el pay - out no es del 100% (criterio proporcional de aplicación del tax credit)

Situación de pérdida tributaria de la sociedad chilena

Antes de 2014

Se pierde el tax credit

Se difiere el tax credit de la sociedad chilena

y se pierde el del accionista Se pierde el tax credit Se pierde el tax credit

Se difiere el tax credit Se difiere el tax credit Se mantiene el tax

credit A partir de 2014 Se pierde el tax credit

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