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Censo de usuarios representados en las Juntas de Explotación de la C.H Duero. JUNTA DE EXPLOTACIÓN: ESLA-VALDERADUEY 1. INTRODUCIÓN...

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(1)

JUNTA DE EXPLOTACIÓN:

ESLA-VALDERADUEY

INDICE CONTENIDO

1. INTRODUCIÓN ...2

¿Quién forma parte de las Juntas de Explotación? ... 2

¿Cómo se forma la representación de los usuarios?... 2

2. ÁMBITO DE LA JUNTA DE EXPLOTACIÓN ...4

3. Censo de usuarios ABASTECIMIENTOS ...5

A:Abastecimiento de aguas para más de 100.000 habitantes ... 5

B:Abastecimiento de aguas para menos de 100.000 habitantes ... 5

4. Censo de usuarios COMUNIDADES DE REGANTES...11

C: Comunidades de regantes de más de 3.000 hectáreas... 11

D: Comunidades de regantes de menos de 3.000 hectáreas... 11

5. Censo de usuarios JUNTAS CENTRALES o COMUNIDAD GENERAL ...15

E: Junta Central o Comunidad General constituida... 15

6. Censo de usuarios ZONAS REGABLES...16

F.1.:Zonas regables de más de 3.000 hectáreas... 16

F.2.:Zonas regables de menos de 3.000 hectáreas ... 16

7. Censo de usuarios PRODUCTORES DE ENERGIA ELÉTRICA ...17

G: Potencia hidroelétrica de más de 50.000 kW... 17

H: Potencia hidroelétrica de más de 50.000 kW ... 17

8. Censo de restantes usuarios INDUSTRIALES ...18

(2)

1. INTRODUCIÓN

En su calidad de Órgano de gestión en régimen de participación pública, “las

Juntas de Explotación tienen por finalidad coordinar, respetando los derechos

derivados de las correspondientes concesiones y autorizaciones, la explotación de las

obra hidráulicas y de los recursos de agua de aquel conjunto de ríos, río, tramo de río

o unidad hidrogeológica, cuyos aprovechamientos estén especialmente

interrelacionados” (cfr. art. 39.1. RD 927/1988).

¿Quién forma parte de las Juntas de Explotación?

1. Formarán parte de las juntas de explotación:

a. El director técnico, que ostentará su presidencia.

b. Los miembros del organismo de cuenca que sean designados al efecto por el

presidente, que asistirán con voz pero sin voto.

c. Los representantes de los usuarios afectados, que podrán ser acompañados por

un máximo de dos asesores en las materias que hayan de ser tratadas en el orden

del día. En todo caso, la voz y el voto corresponderán exclusivamente a los

vocales representantes.

2. Podrán asistir a las reuniones de las juntas de explotación, como asesores con voz

pero sin voto, un representante de cada uno de los Ministerios de Agricultura, Pesca y

Alimentación y de Industria y Energía.

3. Actuará como Secretario de cada junta de explotación un funcionario designado por

el director técnico.

¿Cómo se forma la representación de los usuarios?

La representación en las juntas de explotación de los usuarios con derechos inscritos o

en trámite de inscripción en el Registro de Aguas, queda establecida en el artículo 41

del citado RD 927/1988 de la siguiente forma:

a. Por cada municipio, mancomunidad, consorcio o empresa pública o privada,

titulares de concesiones de abastecimiento de aguas para más de 100.000

habitantes, un representante por cada 100.000 habitantes, hasta un máximo de

cuatro.

b. Por la agrupación única de todos los restantes municipios, mancomunidades,

consorcios y empresas públicas o privadas, que sean concesionarios de

abastecimientos de aguas, un representante por cada 100.000 habitantes o

fracción, hasta un máximo de seis, sin que en ningún caso pueda tener un

municipio más de un representante.

(3)

Comunidades de regantes con superficie comprendida entre:

3.000 y 10.000 hectáreas

2 representantes

10.001 y 20.000 hectáreas

3 representantes

20.001 y 40.000 hectáreas

4 representantes

40.001 y 60.000 hectáreas

5 representantes

60.001 hectáreas y superiores

6 representantes

d. Por la agrupación de las restantes comunidades de regantes, que será única, el

número de representantes se establecerá en función de la superficie regable

total, conforme a la siguiente tabla:

Superficie regable total comprendida entre:

0 y 3.000 hectáreas

1 representante

3.001 y 10.000 hectáreas

2 representantes

10.001 y 20.000 hectáreas

3 representantes

20.001 y 40.000 hectáreas

4 representantes

40.001 y 60.000 hectáreas

5 representantes

60.001 hectáreas y superiores 6

representantes

e. Con independencia de los representantes que correspondan por aplicación de los

apartados anteriores se designará un representante por cada Junta Central o

Comunidad General constituida.

f. El Instituto nacional de Reforma y Desarrollo Agrario o los órganos

correspondientes de las Comunidades Autónomas, según proceda,

representaran los intereses de los usuarios de las zonas regables en las que

actúen, en tanto se constituyan las correspondientes comunidades de usuarios,

como si de éstas se tratase, de acuerdo con lo indicado en los apartados c y d.

g. Cada empresa productora de energía eléctrica con potencia hidroeléctrica

instalada superior a 50.000 kVA, un representante por cada 50.000 kVA o

fracción, hasta un máximo de cuatro.

h. La agrupación voluntaria única de las restantes empresas productoras de energía

hidroeléctrica podrá tener un representante por cada 50.000 kVA o fracción,

hasta un máximo de seis.

i. La agrupación voluntaria única de los restantes usuarios industriales podrá tener

un representante por cada 20 Hm³ /año, de agua consumida.

(4)

2. ÁMBITO DE LA JUNTA DE EXPLOTACIÓN

El ámbito de las Juntas de Explotación ha sido previamente fijado por el Presidente de

la Confederación Hidrográfica del Duero, oída la Junta de Gobierno (cfr. art. 39.2. RD

927/1988).

(5)

3. Censo de usuarios ABASTECIMIENTOS

Los representantes de estos grupos quedan establecidos por el número de habitantes

abastecidos. De acuerdo con el artículo 41 del RD 927/1988 se divide en dos la

representación de los usuarios con derechos inscritos o en trámite de inscripción en el

Registro de Aguas entre aquellos de más de cien mil habitantes (100.000 habitantes), y

el resto.

Dada la amplia dispersión de la población en la cuenca hidrográfica del Duero y a fin de

garantizar una adecuada representación de los municipios de menos de cien mil

habitantes se ha solicitado a la Federación Regional de Municipios y Provincias de

Castilla y León para que designe a los representantes que en virtud del citado artículo, le

corresponden.

A:Abastecimiento de aguas para más de 100.000 habitantes

Id. Usuario Habitantes

No hay usuarios para esta categoría

B:Abastecimiento de aguas para menos de 100.000 habitantes

Id. Usuario Habitantes

(6)

Id. Usuario Habitantes

(7)

Id. Usuario Habitantes

(8)

Id. Usuario Habitantes

(9)

Id. Usuario Habitantes

(10)

Id. Usuario Habitantes

B.241 Ayuntamiento de Villagarcía de Campos 401 B.242 Ayuntamiento de Villageriz 55 B.243 Ayuntamiento de Villagómez la Nueva 81 B.244 Ayuntamiento de Villalán de Campos 53 B.245 Ayuntamiento de Villalba de Guardo 211 B.246 Ayuntamiento de Villalba de la Lampreana 273 B.247 Ayuntamiento de Villalba de la Loma 52 B.248 Ayuntamiento de Villalobos 309 B.249 Ayuntamiento de Villalón de Campos 2.024 B.250 Ayuntamiento de Villalpando 1.623 B.251 Ayuntamiento de Villamandos 362 B.252 Ayuntamiento de Villamanín 1.161 B.253 Ayuntamiento de Villamañán 1.287 B.254 Ayuntamiento de Villamartín de Don Sancho 161 B.255 Ayuntamiento de Villamayor de Campos 483 B.256 Ayuntamiento de Villamejil 889 B.257 Ayuntamiento de Villamol 220 B.258 Ayuntamiento de Villamontán de la Valduerna 991 B.259 Ayuntamiento de Villamoratiel de las Matas 173 B.260 Ayuntamiento de Villamuriel de Campos 78 B.261 Ayuntamiento de Villanázar 344 B.262 Ayuntamiento de Villanueva de Azoague 327 B.263 Ayuntamiento de Villanueva de la Condesa 47 B.264 Ayuntamiento de Villanueva de las Manzanas 553 B.265 Ayuntamiento de Villanueva de los Caballeros 241 B.266 Ayuntamiento de Villanueva de San Mancio 125 B.267 Ayuntamiento de Villanueva del Campo 1.046 B.268 Ayuntamiento de Villaobispo de Otero 675 B.269 Ayuntamiento de Villaornate y Castro 471 B.270 Ayuntamiento de Villaquejida 1.058 B.271 Ayuntamiento de Villaquilambre 11.324 B.272 Ayuntamiento de Villar de Fallaves 92 B.273 Ayuntamiento de Villardiegua 99 B.274 Ayuntamiento de Villarrín de Campos 556 B.275 Ayuntamiento de Villasabariego 1.255 B.276 Ayuntamiento de Villaselán 273 B.277 Ayuntamiento de Villaturiel 1.791 B.278 Ayuntamiento de Villaveza del Agua 256 B.279 Ayuntamiento de Villavicencio de los Caballeros 281 B.280 Ayuntamiento de Villazala 942 B.281 Ayuntamiento de Villazanzo de Valderaduey 634 B.282 Ayuntamiento de Zotes del Páramo 591 B.283 Mancomunidad de Municipios del Sur de León (MANSURLE) 15.515 B.284 Mancomunidad de usuarios del Curueño 2.837 B.285 Mancomunidad en formación de Villamanín y la Pola de Gordón 5.494 B.286 Mancomunidad Zona Norte de Valladolid 9.626

(11)

4. Censo de usuarios COMUNIDADES DE

REGANTES

De acuerdo con el artículo 41 del RD 927/1988 se divide en dos la representación de los

usuarios con derechos inscritos o en trámite de inscripción en el Registro de Aguas

entre aquellos de más de tres mil hectáreas (3.000 ha), y el resto.

C: Comunidades de regantes de más de 3.000 hectáreas

Id. Usuario Superficie (Ha)

C.1 C.R. Tierra de Tábara 3.030 C.2 Canal de la MI del Porma (1ª fase) 12.370

TOTAL 15.400

D: Comunidades de regantes de menos de 3.000 hectáreas

Id. Usuario Superficie (Ha)

D.1 C.R. Almanza 47 D.2 C.R. Arroyo de Valdellormas o Fuentenaz 0,2 D.3 C.R. Calaveras de Arriba y Abajo 2 D.4 C.R. Canal del Cercado de Pobladura de la Tercia 5 D.5 C.R. Castrillo, Villimer y Secos 223 D.6 C.R. Colle y agregados 53 D.7 C.R. de Acebedo y la Uña 75 D.8 C.R. de Aspariego 154 D.9 C.R. de Carabeo y Rebedull 58 D.10 C.R. de Cea 58 D.11 C.R. de Cifuentes de Rueda 211 D.12 C.R. de Herreros de Rueda 2.237 D.13 C.R. de Huelmo y Corbo 150 D.14 C.R. de la Cañeria de la Robla 100 D.15 C.R. de la Mata de Curueño 66 D.16 C.R. de la Mata y Santa Colomba 25 D.17 C.R. de la Presa de Aviones. 245 D.18 C.R. de la Presa de Bernesga. 1.089 D.19 C.R. de la Presa de Cabildo 607 D.20 C.R. de La Presa de Los Comunes de Cubillas, de Rueda, S.

Cipriano de Vega, Saledores, Quintanilla.

556 D.21 C.R. de la Presa de los Villaverdes 140 D.22 C.R. de la Presa de Riegos de Quintana de Rueda. 188 D.23 C.R. de La Presa de San Isidro 828 D.24 C.R. de La Presa de San Isidro, de Manzaneda de Torio, Ruiforco

de Torio y Abadengo de Torio..

(12)

Id. Usuario Superficie (Ha)

D.36 C.R. de la Veguilla 230 D.37 C.R. de la Visitación de la Aldea del Puente. 785 D.38 C.R. de las Presas del Pueblo de 7 D.39 C.R. de las Presas Grande Charco 500 D.40 C.R. de las Suertes Nuevas, Soto y Huertas del Pilar, de Villafruela

del Condado

15 D.41 C.R. de Liegos 11 D.42 C.R. de Llanos de Alba 88 D.43 C.R. de los Arroyos del Valle Barguzo 72 D.44 C.R. de los Cauces Titulados Madrid Grande y Requejada 245 D.45 C.R. de Modino y Pesquera 320 D.46 C.R. de Morgoviejo y Caminayo 29 D.47 C.R. de Nocedo de Gordon. 14 D.48 C.R. de Otero de las Dueñas 73 D.49 C.R. de Pallide. 5 D.50 C.R. de Pardesincil y la Mata 112 D.51 C.R. de Pedregal de los Escabiches 28 D.52 C.R. de Pino y Fresno del Río 247 D.53 C.R. de Poladura y San Martin de la Tercia 20 D.54 C.R. de Presa Bascones de Mora de 26 D.55 C.R. de Presa de Los Comunes de, Villapadierna, Palacio y

Quintanilla.

226 D.56 C.R. de Presa de los Linares de Nora del Rio. 24 D.57 C.R. de Presa de Molinos de Cuadros y Santibañez. 440 D.58 C.R. de Presa Grande de Villajanela. 380 D.59 C.R. de Presa Grande de Villajanela. 380 D.60 C.R. de Presa Grande o de Tapia 300 D.61 C.R. de Presa Grande y Presa Nueva, de los Pueblos de Devesa de

Cuzueño y Vegas del, Condado

176 D.62 C.R. de Presa Matueca. 93 D.63 C.R. de Presa Puerto de Concejo de Pedrun, 38 D.64 C.R. de Presa Trelde de Vega de los Caballeros, José Lorenzana

Fernández

3 D.65 C.R. de Presas de los Arroyos,los Barrios y, la Gretosa 53 D.66 C.R. de Reguera de Mansilla de las Mulas 1.530 D.67 C.R. de Renedo y Castrillo Valderaduey 45 D.68 C.R. de Robledo de la Guzpeña 13 D.69 C.R. de San Isidro 192 D.70 C.R. de San Isidro, de Villapadierna, Ayuntamiento de Cubillas de

Rueda (León).

219 D.71 C.R. de San Mames de Lugueros 37 D.72 C.R. de San Miguel de Escalada 710 D.73 C.R. de San Pedro de Herrerias 11 D.74 C.R. de San Pedro de las Dueñas, Zambrocinos, Zotes del Paramo,

Villaestrigo del Paramo, Cazanuecos, Audanzas, la Antigua.

1.375 D.75 C.R. de San Roque de Sopeña, la Candana y, Pardeservi de

Curueño

(13)

Id. Usuario Superficie (Ha) D.84 C.R. de Velilla de Valderaduey 92 D.85 C.R. de Vidanes 130 D.86 C.R. de Vigachez de Arriba 30 D.87 C.R. de Villacidayo 11 D.88 C.R. de Villahibiera 310 D.89 C.R. de Villamondrin,Julio Diaz Martinez ,Araceli Martinez Sandoval 250 D.90 C.R. de Villaornate 536 D.91 C.R. de Villavelasco de Valderaduey 14 D.92 C.R. de Villaverde de Arcayos 56 D.93 C.R. de Villomaz 27 D.94 C.R. del Arroyo de Polivoredo de los 30 D.95 C.R. del Arroyo de Valdespina 26 D.96 C.R. del Arroyo del Valle de Carrizal de Almanza. 31 D.97 C.R. del Ayuntamiento de, los Pueblos de la Llama de la Guzpeña y

Santa, Olaja de la Accion.

(14)

Id. Usuario Superficie (Ha)

D.136 C.R. San Antonio 61 D.137 C.R. San Justo y Pastor 11 D.138 C.R. San Roque , Montuerto de Curueño 9 D.139 C.R. San Roque de Salomón 6 D.140 C.R. San Vicente del Condado 163 D.141 C.R. Santa María de Sandoval 884 D.142 C.R. Santa Olaja de la Varga 27 D.143 C.R. Soto Grande 5 D.144 C.R. Tábara 4 D.145 C.R. Vega de Remolina 5 D.146 C.R. Vega Sola Iglesias 10 D.147 C.R. Velilla del Río Carrión 45 D.148 C.R. Villabalter 50 D.149 C.R. Villarmún 12 D.150 Sindicato de Riegos de Lugán 89

(15)

5. Censo de usuarios JUNTAS CENTRALES o

COMUNIDAD GENERAL

Los representantes de estos grupos quedan establecidos por la existencia de Junta

Central o Comunidad General constituida, de acuerdo con el artículo 41 del RD

927/1988.

E: Junta Central o Comunidad General constituida

Id. Usuario

(16)

6. Censo de usuarios ZONAS REGABLES

De acuerdo con el artículo 41 del RD 927/1988 se divide en dos la representación de los

usuarios con derechos inscritos o en trámite de inscripción en el Registro de Aguas

entre aquellos de más de tres mil hectáreas (3.000 ha), y el resto. Estos usuarios se

corresponden con zonas regables en los que actúa la administración, en tanto se

constituyen las correspondientes Comunidades de Usuarios.

F.1.:Zonas regables de más de 3.000 hectáreas

Id. Usuario Superficie(Ha)

F.1.1 Canal Alto de Payuelos 5.500 F.1.2 Canal Cea-Carrión 20.000 F.1.3 Riegos del Páramo Bajo 24.000

TOTAL 49.500

F.2.:Zonas regables de menos de 3.000 hectáreas

Id. Usuario Superficie(Ha)

F.2.1 Canal de la M.I. del Porma (2ª Fase) 2.729

(17)

7. Censo de usuarios PRODUCTORES DE

ENERGIA ELÉTRICA

Los representantes de estos grupos quedan establecidos por la potencia hidroeléctrica

instalada. De acuerdo con el artículo 41 del RD 927/1988 se divide en dos la

representación de los usuarios con derechos inscritos o en trámite de inscripción en el

Registro de Aguas entre aquellos de más de cincuenta mil kilovatios (50.000

kilovatios), y el resto.

G: Potencia hidroelétrica de más de 50.000 kW

Id. Usuario Potencia (KW)

G.1 Viesgo Generación S.L. 87.000

TOTAL 87.000

H: Potencia hidroelétrica de más de 50.000 kW

Id. Usuario Potencia (KW)

H.1 Ayuntamiento De León 1.537 H.2 C.H. Vega De Caballeros (Y CR) 42 H.3 C.R. Vegas Del Condado 802 H.4 Confederación Hidrográfica Del Duero 1.648 H.5 Electra De Lillo, S.L 5.970 H.6 Energías Renovables De Getino, S.L. 110 H.7 Hidroeléctrica Fuentermosa, S.L. 653 H.8 Hidroeléctrica Gordón S.A. (Higorsa) 395 H.9 IBERDROLA, S.A. Y Antonio Grandoso Del Río. 59 H.10 IBERDROLA Renovables, S.A 2.613 H.11 IBERDROLA, S.A. 6.411 H.12 Iberenova Promociones S.A. 10.252 H.13 Isaías Varela, Eduardo Temprano 49 H.14 Naturener, S.A. / Naturener Hidro Slu 26.980 H.15 Promotora Andres Martinez, S.A. (PAMSA) 2.000 H.16 Saltos Del Porma, S.A. 2.834 H.17 Unión Minera Del Norte, S.A. 1.074

(18)

8. Censo de restantes usuarios

INDUSTRIALES

Los representantes de este grupo deben constituirse como agrupación voluntaria única, y

se establece en función del agua consumida.

9. Censo de usuarios RESTANTES

APROVECHAMIENTOS

Referencias

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