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discapacidades 4. Personas con Personas con discapacidades

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(1)

Personas con

discapacidades

4

4.

(2)

L

a gestión del área de personas con discapaci-dades se lleva a cabo desde la Sección del mis-mo nombre, que abarca todas las intervenciones sobre personas con discapacidad, con excepción de las prestaciones económicas periódicas (aten-ción domiciliaria, pensiones, renta básica).

El principio que preside la intervención es el de lograr las máximas cotas de integración social de las personas con discapacidad de cualquier ín-dole, facilitando a las personas, y en su caso a las familias e instituciones que las acogen, los re-cursos y medios necesarios para el logro de este objetivo.

Los servicios y prestaciones destinadas a perso-nas con discapacidades se orientan de manera

prioritaria al mantenimiento de la persona en su medio familiar y social con el mayor nivel de ca-lidad de vida posible, concretada en el grado de autonomía y la participación en las actividades sociales en condiciones similares a las personas sin discapacidad. Cuando el medio familiar debe ser sustituido por la institución, las actuaciones se orientan a que ésta tenga un funcionamiento lo más próximo al medio familiar, evitando los estigmas que tradicionalmente han acompaña-do a las instituciones.

A lo largo de los últimos años se está desarrollan-do una intervención de reordenación de los re-cursos para personas con discapacidad, interven-ción que ha desembocado en la estabilidad de los servicios que se prestan a las citadas personas.

4.1. Introducci—n

4.2. Normativa espec’fica en el ‡rea de

Personas con Discapacidades

●Real Decreto 355/1980, de 25 de enero, so-bre reserva y situación de las viviendas de pro-tección oficial destinadas a minusválidos. ●Real Decreto 248/1981, de 5 de febrero, so-bre medidas de distribución de la reserva de vi-viendas destinadas a minusválidos, establecidas en el Real Decreto 355/1980, de 25 de enero. ●Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración so-cial de los minusválidos.

●Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos [Continúan en vigor la prestación sanitaria y farmacéutica y el subsidio de transporte].

●Real Decreto 1.368/1985, de 17 de julio, que regula la relación laboral de carácter especial de los que trabajen en Centros Especializados de Empleo.

●Real Decreto 2.273/1985, de 4 de diciembre, que regula los Centros Especiales de Empleo de minusválidos

●Real Decreto 2.274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos.

●Ley Foral 4/1988, de 11 de julio, sobre barre-ras físicas y sensoriales.

●Orden Foral, de 14 de septiembre de 1988, del Consejero de Salud, por la que se establece

el Programa de Prevención de Minusvalías Psí-quicas en la Comunidad Foral de Navarra. ●Decreto Foral 250/1988, de 6 de octubre, por la que se crea la Comisión Interdepartamental de barreras físicas y sensoriales. Modificado por el Decreto Foral 404/1995, de 25 de septiembre. ●Decreto Foral 154/1989, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento para el desa-rrollo y aplicación de la Ley 4/1988, sobre barre-ras físicas y sensoriales.

●Decreto Foral 57/1990, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la elimi-nación de barreras físicas y sensoriales en los transportes.

●Ley Foral 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social presta-ciones no contributivas.

●Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de pensiones no contributivas la Ley 26/1990, de 20 de diciem-bre, por la que se establecen en la Seguridad So-cial prestaciones no contributivas.

●Orden Foral 505/1992, de 9 de septiembre, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Vi-vienda, por la que se clasifica el servicio de tele-asistencia domiciliaria.

●Orden Foral 540/1992, de 22 de septiembre, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Vi-vienda, por la que se desarrolla el Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio, en el sentido de in-cluir la teleasistencia domiciliaria dentro del

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con-cepto de las “Ayudas de apoyo a la integración familiar y social” contempladas en el artículo 8 del citado Decreto.

●Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de ju-nio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

●Ley Foral 7/1995, de 4 de abril, reguladora del régimen de libertad de acceso, deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimi-tados, correspondiente a personas con disfunción visual total o severa y ayudadas por perros guía. ●Acuerdo de 18 de junio de 1997, de la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de Bienestar Social, por el que se aprueban las tarifas y las normas de aplicación de las mismas por la pres-tación de servicios gestionados directa o indirec-tamente por este Organismo Autónomo. ●Resolución de 26 de marzo de 1998 de la Se-cretaría General Técnica, por la que se da publi-cidad al Convenio de Colaboración entre el Mi-nisterio de trabajo y Asuntos Sociales (Instituto de Migraciones y Servicios Sociales -IMSERSO-) y la Consejería de Bienestar Social, Deporte y Ju-ventud del Gobierno de Navarra, para promover la implantación de teléfonos de texto en el ám-bito territorial de dicha Comunidad.

●Acuerdo de Gobierno de 3 de julio de 1998 por el que se modifican las tarifas y las normas de aplicación de las mismas por la prestación de servicios gestionados directa o indirectamente por este Organismo Autónomo.

● Orden Foral 41/1998, de 28 de agosto, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juven-tud, por la que se aprueban las Bases de la Con-vocatoria de Subvenciones para la adquisición de Teléfonos de Texto con destino a personas sordas, con dificultades auditivas o del habla. ●Orden Foral 56/1998, de 19 de octubre, por la que se establece la cuantía máxima de las ayu-das a percibir para estancias concertaayu-das en cen-tros de minusválidos, ancianos y menores. ● Real Decreto 4/1999, de 8 de enero, por el que se modifica el artículo 7 del Real Decreto 1.451/1983, de 11 de mayo, por el que, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabaja-dores minusválidos.

●Real Decreto 427/1999, de 12 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1.368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación labo-ral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los centros especiales de empleo. ●Resolución de 25 de noviembre de 1999, de la Secretaria General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el

Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IM-SERSO), y el Instituto Navarro de Bienestar So-cial, para el intercambio de información de per-sonas valoradas en el centro Base de la Comuni-dad Foral de Navarra.

●Orden foral 204/1999, de 30 de diciembre, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juven-tud, por la que se desarrolla el Decreto Foral 209/1991, de 23 de mayo, sobre el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en ma-teria de servicios sociales, clasificándose los servi-cios de Residencia Asistida para Personas con En-fermedad Mental y los Pisos Funcionales y/o Tu-telados para Personas con Enfermedad Mental. ●Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de ca-rácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 a favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más traba-jadores. (BOE 22, de 26 de enero de 2000). ●Acuerdo de 26 de enero de 2000, de la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de Bienestar Social, por el que se aprueban las tarifas y sus normas de aplicación, correspondientes a las Re-sidencias Asistidas para personas con Enferme-dad Mental y los Pisos Funcionales y/o tutelados para Personas con Enfermedad Menta. Modifica los Acuerdos de la Junta de Gobierno de l8 de junio de 1997 y 3 de julio de 1998. (BON 24, del 23 de febrero de 2000).

●Orden Foral 14/2000, de 22 de febrero, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juven-tud, por la que se aprueban las Bases de la Con-vocatoria de subvenciones para la adquisición y/o adaptación de vehículos con destino a per-sonas minusválidas.(BON 29, del 6 de marzo de 2000).

●Orden de 24 de julio de 2000 por la que se re-gula el procedimiento administrativo referente a las medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 a favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores, reguladas por el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero. ●Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, decla-ración y calificación del grado de minusvalía. (BOE 22 del 26 enero 2000). Corrección errores BOE 62 de 13 de marzo de 2000.

●Orden de 29 de marzo de 2000 por la que se determinan los tipos de ayudas a conceder a personas con minusvalía para el ejercicio de 2000 y cuantías de las mismas.

●Decreto Foral 325/2000, de 2 de octubre, de modificación del Decreto Foral 250/1988, de 6 de octubre por el que se crea la Comisión Inter-departamental de barreras físicas y sensoriales.

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Para el año 2000 se planteó como objetivo es-pecífico la creación de recursos para personas afectadas por enfermedad mental y la interven-ción en ésta y en otras problemáticas a través del Plan Sociosanitario. Con respecto a otros

centros se ha trabajado en la incorporación y de-sarrollo de programas rehabilitadores, y en el es-tablecimiento de medidas básicas de atención en los centros en los que existía déficit. Ayudas Extraordinarias Adaptación y Adquisición Vehículos Ayudas Asistencia Especializada Subvenciones Ayudas para Estancias Centros Ajenos Centros Concertados Centros Propios Centros Concertados Subvenciones Ayudas Extraordinarias Ayudas Asistencia Especializada

Ayudas para Estancias Centros Ajenos

Valoración y Diagnóstico Tratamientos

Gráfico 23

4.3. Organizaci—n de la Secci—n de

Personas con Discapacidades

SECCIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES NEGOCIADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES FÍSICAS Y SENSORIALES NEGOCIADO DE PERSONAS CON DISCAPACIDADES PSÍQUICAS PRESTACIONES Y SERVICIOS PERSONAS CON DISCAPACIDADES CENTRO BASE

4.4. Objetivos Sectoriales

4.5. Prestaciones y Servicios

en el çrea de Personas con discapacidad

Gráfico 24 PRESTACIONES ECONÓMICAS SERVICIOS Pensiones no Contributivas L.I.S.M.I. F.A.S. >18 y <65 Atención a Domicilio Ayudas económicas periódicas para personas con discapacidades Ayudas Extraordinarias Ayudas Asistencia Especializada Adquisición-Adaptación Vehículos Entidades y Asociaciones Estancias en Centros Ajenos Programa Vacaciones Centros Servicios Centros Servicios PERIÓDICAS PERCEPCIÓN ÚNICA SUBVENCIONES PROPIOS I.N.B.S. CONCERTADOS

(5)

Pensiones no

contributivas de invalidez.

Datos gestión

anual año 2000

4.5.1 Prestaciones

Econ—micas

Las prestaciones, tal y como indica el gráfico an-terior, pueden ser periódicas, de percepción úni-ca y subvenciones.

4.5.1.1 P

RESTACIONES

P

ERIîDICAS PENSIONES NOCONTRIBUTIVAS DEINVALIDEZ Son pensiones destinadas a los ciudadanos y ciudadanas que se encuentren en situación de incapacidad igual o superior al 65%, mayores de 18 años y menores de 65 años, y que reúnan los siguientes requisitos:

●Carecer de rentas o ingresos propios o que és-tos sean inferiores a los topes establecidos por la Seguridad Social. En el año 2000 dicha cantidad se fijó en 563.570 pts.

●No disfrutar de ningún otro tipo de pensión contributiva, asistencial (P.A.S., L.I.S.M.I.) o pen-sión de viudedad.

La cuantía a percibir se establece en función de sus propios ingresos y/o de los derivados de la unidad económica de convivencia. La cuantía máxima en el año 2000 se fijó en 40.260 pts. mensuales y dos pagas extraordinarias.

Los pensionistas de invalidez no contributiva cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 75% y acrediten necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria percibirán además un complemento del 50% de la cuantía, fijado para el 2000 en 20.130 pts. mensuales y dos pagas extraordina-rias.

Los pensionistas de invalidez no contributiva son acreedores de la asistencia médico-farmaceútica gratuita y de todos los beneficios sociales que se deriven de la Seguridad Social.

Son pensiones del Sistema de la Seguridad So-cial, cuya gestión está transferida a la Comuni-dad Foral de Navarra (Instituto Navarro de Bie-nestar Social).

SOLICITUDES PRESUPUESTO

CONCEDIDAS DENEGADAS TOTAL ACTIVOS 2000 EJECUTADO

107 32 139 991 582.769.346

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Pensiones no contributivas

de Invalidez:

Revisión anual de 1999

Datos de la Revisión Anual

En aras de un uso adecuado de los recursos pú-blicos los pensionistas están obligados a: ● Comunicar al Instituto Navarro de Bienestar Social (que gestiona su pensión) las variaciones ocurridas en cuanto a los miembros de su convi-vencia, estado civil, residencia, recursos econó-micos propios y/o familiares, y cuantas otras puedan tener incidencia en la conservación del derecho o en la cuantía de la pensión (revisiones mensuales).

Esta obligación persiste a lo largo de todo el año, ahora bien, tiene especial incidencia con las revisiones anuales.

●El pensionista debe presentar declaración de sus ingresos o rentas propios y de los de la uni-dad familiar de convivencia referentes al año. Conforme a estos datos declarados por los pen-sionistas (referentes al año anterior) y los dispo-nibles por la Administración, se procede a la re-gularización de los importes percibidos en el año anterior (1999), y se establece el importe de la pensión a percibir en el año en curso (2000). De aquí surgen las diversas modificaciones: in-crementos/disminuciones de cuantía y extincio-nes de la pensión.

Además de esta revisión anual, mensualmente se realizan revisiones a instancia de parte o de oficio (con sus correspondientes modificaciones de cuantía, extinciones por diversos motivos, suspensiones, etc…).

Tabla 31

Expedientes revisados al mes 148

Extinciones 71

Modificaciones 77

Exp. Sin modificar 870 (87,6%) Extinciones 69 (6,94%) Exp. Modificados 46 (4,6%) Suspensión de pagos 8 (0,86%)

Total expedientes revisados: 993 (100% de los beneficiarios de 1999)

(7)

Evolución

pensiones

LISMI

Los motivos para extinguir una pensión pueden ser: fallecimiento del interesado, recursos econó-micos personales superiores al límite establecido para cada año por la Seguridad Social, recursos económicos de la unidad económica de conviven-cia superiores al límite establecido, percepción de otra pensión incompatible con la no contributiva. Las modificaciones en la cuantía a percibir pue-den deberse a incrementos/disminuciones de los recursos económicos personales y/o de la unidad económica de convivencia, variación en el nú-mero de miembros integrantes en dicha unidad de convivencia.

PENSIONESL.I.S.M.I.

Son prestaciones derivadas de la Ley de Integra-ción Social de los Minusválidos (Ley 13/1982, de 7 de abril). Esta ley fue derogada por la Ley de Pensiones no Contributivas, por lo que no pro-ceden nuevas solicitudes.

Sin embargo, es necesario explicar que se dero-gó la prestación denominada Subsidio de Ga-rantías de Ingresos Mínimos (SGIM) de 24.935 pesetas mensuales y la prestación denominada Subsidio de Ayuda de Tercera Persona (SATP) de 9.725 pesetas mensuales. Quedan vigentes otras dos prestaciones:

●Subsidio de Movilidad y Gastos de Transporte (SMGT), con una cuantía de 6.255 pts. por 12 mensualidades.

●Asistencia Sanitaria y Prestación farmacéutica para las personas que carezcan de cobertura en la Seguridad Social.

La causa de que las Pensiones LISMI hayan ex-perimentado un descenso en el número de per-sonas beneficiarias y costos correspondientes, es debido a la derogación del citado subsidio de garantías de ingresos mínimos que trajo como consecuencia el paso de sus beneficiarios y be-neficiarias a otras pensiones de mayor cuantía. A 31/12/2000 permanecían activos 907 expe-dientes y el presupuesto ejecutado en el ejerci-cio del mismo año fue de 344.500.956 pesetas.

AÑO PERSONAS BENEFICIARIAS PRESUPUESTO EJECUTADO

1994 2.315 840.392.122 1995 1.933 729.636.055 1996 1.707 641.761.601 1997 1.427 533.157.158 1998 1.252 470.692.114 1999 1.057 408.257.537 2000 907 344.500.956 Tabla 32

(8)

PENSIONESP.A.S. (PENSIONESASISTENCIALES)

Derogadas por Real Decreto Ley 5/1992, de 21 de julio.

El plan de actuación en estas pensiones no es otro que el de la atención administrativa a las personas beneficiarias que siguen ostentando el derecho a la misma.

A partir de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1992, el importe de estas pensiones no ha experimentado variación alguna, siendo el importe mensual 24.935 pesetas en catorce pa-gas.

El Instituto Navarro de Bienestar Social tan solo realiza la Gestión por delegación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Las personas beneficiarias de estas pensiones son mayores de 18 años y menores de 65, sien-do el número total de beneficiarios de 92. El presupuesto ejecutado en el año 2000 ha sido de 41.317.295 pesetas.

El descenso de personas beneficiarias de pen-sión asistencial de invalidez se debe a que 134 personas han cumplido ya los 65 años y han sido incluidas como beneficiarias de pensiones asis-tenciales de jubilación.

Evolución

pensiones

PAS

AÑO PERSONAS BENEFICIARIAS PRESUPUESTO EJECUTADO

1997 289 100.478.911

1998 260 89.741.689

1999 232 84.454.845

2000 92 41.317.295

Tabla 33

AYUDASECONÓMICAS PARAATENCIÓNDOMICILIARIA Son prestaciones económicas periódicas desti-nadas a mantener a la persona discapacitada en su domicilio, en las mejores condiciones posi-bles, evitando su institucionalización y ayudando a las familias en los cuidados que precisan.

Las ayudas económicas se conceden, de acuer-do a criterios de Valoración, a las personas que requieren dos horas y media o más de atención diaria en su domicilio, tanto en el caso de Pam-plona como en el resto de Navarra.

La atención inferior a las horas señaladas ante-riormente, será cubierta por los Servicios de Atención a Domicilio Municipales (Programa Es-pecífico de los Servicios Sociales de Base).

(9)

Ayudas

extraordinarias

Esta prestación económica se gestiona desde la Sección de Familia y se desarrolla en el capítulo 6 referente al área de familia.

AYUDAS ECONÓMICAS PERIÓDICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDADES

Estas prestaciones se regulan por el Decreto Fo-ral 120/99 y por la Orden FoFo-ral 58/99 de forma conjunta con la renta básica.

A través de estas ayudas se pretende apoyar a las personas con un grado de minusvalía entre el 33% y el 64%, con edades comprendidas entre 18 y 65 años y que estén integradas en un pro-grama de ajuste personal y social dentro de un centro ocupacional y/o centro de día.

Durante el año 2000 se han tramitado 178 ex-pedientes positivos por una cuantía total de 33.205.596 pesetas.

4.5.1.2 P

RESTACIONES

E

CONîMICAS DE

P

ERCEPCIîN

ò

NICA

AYUDASEXTRAORDINARIAS

Son prestaciones destinadas a resolver situacio-nes de emergencia y, entre otras, las tendentes a facilitar la movilidad, el desenvolvimiento per-sonal u otro tipo de ayudas cuyo origen esté en la minusvalía padecida.

Son ayudas individuales y de percepción única y no periódica en función del tipo de necesidad surgida, urgencia de la misma, situación socio-económica de la persona solicitante y excepcio-nalidad de la situación.

Las personas beneficiarias deben tener reconoci-da una minusvalía igual o superior al 33%, ser menor de 65 años y que la necesidad surgida sea consecuencia del motivo que ha originado la minusvalía.

Tabla 34

CAPITULOS CONCEDIDAS DENEGADAS

AY. TC. encamamiento 25 4

Ortesis y protesis 58 69

A.F. vivienda 21 23

A.T. desenvolvimiento personal 7 2

A.T. movilidad 52 21

Otras 21 36

TOTAL 184 155

(10)

Ayudas de asistencia

especializada

AYUDAS DEASISTENCIAESPECIALIZADA

Son prestaciones destinadas a posibilitar trata-mientos ambulatorios de carácter rehabilitador en concepto de estimulación global de 0 a 3 años (logopedia, psicomotricidad, fisioterapia) y transporte derivado de los mismos, siempre que no se halle contemplado a través de otras pres-taciones y resulte imposible canalizarlo por los re-cursos normalizados existentes en la Comunidad Foral, así como logopedia a partir de 18 años. Las personas beneficiarias de estas prestaciones deben tener reconocida una minusvalía igual o superior al 33% o ser consideradas presuntas personas minusválidas por el equipo del Centro de Valoración y Calificación de Minusvalías. Las ayudas para posibilitar estos tratamientos se-rán proporcionales a los ingresos obtenidos por la persona o unidad familiar con arreglo al bare-mo establecido.

La cuantía máxima a otorgar no superará en ngún caso la cuarta parte del salario mínimo in-terprofesional anual.

PRESTACIONES ECONÓMICAS PARA LA MOVILIDAD DE LAS PERSONAS DISMINUIDAS

Subvenciones económicas con la finalidad de apoyar la dotación de medios de transporte a motor individuales para favorecer la integración personal y social de personas con movilidad re-ducida, así como apoyar la adaptación del trans-porte colectivo.

Los beneficiarios y beneficiarias de estas subven-ciones son las personas discapacitadas con mo-vilidad reducida o vehículos de transporte colec-tivo que precisen adaptación para facilitar su uti-lización por parte de personas discapacitadas. En este año se ha puesto en marcha un progra-ma para la extensión del servicio de transporte en taxi accesible, gestionado mediante acuerdos de colaboración entre las entidades locales y el Instituto Navarro de Bienestar Social.

SOLICITUDES N.º SOLICITUDES PRESUPUESTO COMPROMETIDO

Concedidas 16 1.297.084

Denegadas 6 0

TOTAL 22

Presupuesto comprometido: 1.297.084 Tabla 35

(11)

Ayudas de

adaptación de vehículos

de transporte

colectivo

Ayudas de

adquisición y/o

adaptación de

vehículos de

uso individual

Adquisición Adaptación 14 26 21 8 Presupuesto ejecutado: 14.347.897 pts.

Concedidas: 35

Denegadas: 34

Presupuesto ejecutado: 7.217.687 pts.

Concedidas: 3

Renuncia: 1

Adaptación 3 1 Gráfico 27 Gráfico 26 Tabla 36 Nº entidades 4 Nº vehículos 9 Presupuesto ejecutado: 15.678.000

El presupuesto total ejecutado tanto para la ad-quisición y/o adaptación de vehículos de uso in-dividual, como para la adaptación de vehículos de transporte colectivo y del programa de taxis adaptados asciende a: 37.243.584 pesetas. TOTAL PRESUPUESTO EJECUTADO: 37.243.584

4.5.1.3. S

UBVENCIONES

SUBVENCIONES AENTIDADES YASOCIACIONES PARA

FUNCIONAMIENTO, EQUIPAMIENTOS MENORES Y

FOMENTO DEACTIVIDADES

Son prestaciones económicas a entidades y Aso-ciaciones que no tienen concierto con el Institu-to Navarro de Bienestar Social y que realizan ac-tividades de carácter social en el ámbito de per-sonas con discapacidades para favorecer su

(12)

par-Subvenciones a

entidades y

asociaciones

ticipación social, o aquellas entidades y Asocia-ciones que atienden a personas que padecen minusvalías en centros ocupacionales y asisten-ciales y que no tienen, igualmente, concierto con el Instituto Navarro de Bienestar Social.

ENTIDAD LOCALIDAD

Asociación Salud Psíquica “Anasaps” Pamplona

Asociación ALCER Pamplona

ASPACE (Ocio y Tiempo Libre) Cordovilla

Okile Leitza

Asociación “Anfas” Pamplona

Asociación “Adano” Pamplona

Asociación Daño Cerebral (Adacen) Pamplona

Asociación “Berdintasuna” Pamplona

Asociación “Amimet” Pamplona

Asociación Padres Hijos Espina Bifida Pamplona

Asociación Retinosis Pigmentaria Pamplona

Asorna Pamplona

Asociación de Esclerosis Multiple Pamplona

Asociación Navarra de Hemofilia Pamplona

Asociación Laringectomizados Pamplona

Asociación Parkinson Navarra Barañain

Asociación Síndrome de Down Pamplona

Centro Ocupacional “Amimet” Pamplona

Coordinadora Disminuidos Fisicos Pamplona

Eunate Pamplona

Fundación Psico Ballet Maite León Pamplona

Residencia “Javier” Elcano

Talleres Auxiliares Tasubinsa Orcoyen

Centro Ocupacional Talluntxe Pamplona

Centro Ocupacional Aranzadi Pamplona

Saray Pamplona

Frater Pamplona

Xauli Gazte Elkartea Elizondo

Total 28

Presupuesto Ejecutado 619.720.366

Tabla 37

De este presupuesto global, es importante ad-vertir que 351.560.362 pesetas están destinadas a subvencionar los talleres ocupacionales de Ta-subinsa.

Asimismo, durante el año 2000 se han realizado Acuerdos de Colaboración reguladores de la sub-vención concedida con las entidades: ADACEN, ANASAPS, RESIDENCIA JAVIER y TASUBINSA.

PRESTACIONES PARAESTANCIAS ENCENTROSAJENOS La finalidad de estas prestaciones es posibilitar la atención en recursos ajenos a personas con mi-nusvalías.

La ayuda está orientada a la necesidad residen-cial, y excepcionalmente de otro tipo, de aque-llas personas que por circunstancias socio-fami-liares y personales requieran un ingreso, y

(13)

siem-Prestaciones para

estancia en

Centros Ajenos

PROGRAMAS DEVACACIONES PARA PERSONAS DISCAPACITADAS

Son prestaciones económicas a asociaciones que organizan programas de vacaciones para distin-tos colectivos de personas con discapacidad. Es-tas prestaciones se completan a través de la aportación de otras entidades.

pre que no existan recursos adecuados en la Co-munidad Foral de Navarra.

Los beneficiarios y beneficiarias deben poseer la certificación de minusvalía. Además, debe existir una necesidad real de ser atendido en régimen de internado debida a graves deficiencias que requieran la imprescindible ayuda de otra perso-na y carecer de familia o medios necesarios para su conveniente atención, y/o contención. En caso de formar parte de una unidad familiar, ésta debe carecer de ingresos económicos sufi-cientes para afrontar el pago de la estancia. El número total de personas atendidas en cen-tros ajenos fue 85, de las cuales 24 fueron aten-didas en la Comunidad Foral de Navarra y 61 fuera de la Comunidad.

CENTRO LUGAR PERSONAS USUARIAS

Padre Menni Pamplona 6

Ceteva Madrid 7

Clínica Ntra.Sra. del Pilar Elizondo 4

Los Robles Burgos 16

Los Delfines Burgos 1

San Francisco de Asís Málaga 6

Victoria Myr Logroño 2

Residencia Seimi Ávila 4

San Juan de Dios Palencia 1

Hogar Sta.Teresa Jornet Guerendiain 3

Cadmasa Cantabria 3

Ntra.Sra. del Carmen Zaragoza 3

San Luis Palencia 8

R. San Agustín Logroño 1

Talleres Gureak Guipúzcoa 2

Obra San Martín Cantabria 1

Santa Teresa Ávila 1

Aspace Aragón, Rioja y Guipúzcoa 3

Patrona Protegida Pamplona 5

Hospital San José Corella 1

Residencia Javier El Cano 2

Jesús y María Ibarra-Orozko (Vizcaya) 1

R. Fernando Arce Cantabria 1

R. Ancianos San Adrián 1

R. Ancianos Ciudad Jardín Sarasa 1

R. Iriarte (Elizondo) Elizondo 1

Total personas atendidas en Navarra 24

Total personas atendidas fuera de Navarra 61

Total 85

Presupuesto Ejecutado 125.096.642

(14)

Programa

de vacaciones

Tabla 39 ENTIDAD N.º PROGRAMAS Anasaps 5 Anfas 15 Aspace 7

Coordinadora Disminuidos Físicos 4

Amimet 2

Total Programas 33

Presupuesto Ejecutado Por I.N.B.S. * 10.589.546

*Este presupuesto se complementa con aportaciones de otras entidades, además de las personas usuarias.

4.5.2 Servicios en el çrea

de Minusval’as

4.5.2.1 C

ENTROS Y

S

ERVICIOS

P

ROPIOS SERVICIO DECALIFICACIÓN YVALORACIÓN DE

MINUSVALÍAS(CENTROBASE)

La certificación del grado de minusvalía es un documento personal, válido para todo el Estado Español, que acredita el grado de minusvalía y que da acceso en la actualidad a diferentes pres-taciones y servicios, según el grado y caracterís-ticas de dicha minusvalía.

Con la calificación de minusvalía se pueden ob-tener los siguientes beneficios directos o posibi-lidad de acceder a las siguientes prestaciones o servicios:

●Desgravaciones fiscales.

●Adquisición y/o adaptación de vehículos.

● Ayudas sociales extraordinarias (adaptación de vivienda, eliminación de barreras, prótesis, etc.).

● Baremación en adquisición de vivienda de protección oficial.

● Prestaciones económicas para Atención Do-miciliaria.

●Pensiones no Contributivas de Invalidez.

●Prestación Familiar por hijo/a a cargo del Sis-tema de la Seguridad Social.

●Ayuda Familiar por hijo/a disminuido físico y psíquico para funcionarios al servicio de las Ad-ministraciones Públicas de Navarra.

● Prestaciones económicas para tratamientos especializados.

(15)

Dictámenes de

minusvalía emitidos.

Año 2000

●Asistencia Sanitaria y Farmacéutica.

●Tratamientos específicos de rehabilitación.

● Ingreso en centros Propios, Concertados y Ajenos de atención a personas con discapacida-des.

●Baremo de ingreso en centros escolares.

●Ingreso en centros ocupacionales y especiales de empleo.

●Plazas reservadas para personas minusválidas en oferta de empleo público.

●Contratos laborales acogidos a las medidas de fomento de empleo.

Para obtener la Certificación del grado de mi-nusvalía no existe límite de edad y es necesario acreditar una discapacidad física, psíquica o sen-sorial valorable.

El presupuesto ejecutado en el año 2000 en gas-tos de funcionamiento ha sido de 133.626.931 pesetas y las actuaciones efectuadas se señalan en los gráficos siguientes.

Grado igual o superior al 33% Grado inferior al 33%

0 400 800 1.200 1.600

982

1.696

Total valoraciones / año:

2.678

(16)

Certificaciones de

orientación ocupacional

Tratamientos

ESTIMULACIÓN PRECOZ ADULTOS

TRATAMIENTOS FISIOTERAPIA LOGOPEDIA PSICOMOTRICIDAD LOGOPEDIA

Han recibido tratamiento en 2000 38 35 62 24

Sesiones realizadas 1.227 1.212 2.975 813

Sesiones orientación a familias 200 312 653 170

Tabla 40 Adaptaciones en Procesos de Selección 20 Valoraciones Laborales 168 Adecuación puestos en empleo ordinario 190 Adaptación de puestos en empleo especial 230 Orientación, seguimiento 152 Aplicación informática ESTRELLA 171 Grafico 29 CENTROSANJOSÉ

Centro residencial que atiende a personas con deficiencia mental severa-profunda que requie-ren atención y tratamiento especializado. Los usuarios y usuarias de este centro deben ser deficientes mentales en edad adulta con gran afectación.

La capacidad del centro es de 80 personas, dis-tribuidas en 16 módulos o familias de acuerdo a sus diferentes características personales. El presupuesto ejecutado en 2000 ha sido de 522.505.665 pesetas en personal y funciona-miento.

En este año 2000, se han mantenido las activi-dades de terapia ocupacional y psicoballet, así como la dotación de equipamientos adaptados para facilitar la atención personalizada en las ac-tividades de la vida diaria.

PISOFUNCIONALLURGORRI

Acoge a personas con deficiencia psíquica ligera o media con buen nivel de autonomía personal, que pueden presentar en algunos casos trastor-nos de conducta o/y físicos asociados.

(17)

CENTROS PROPIOS

Centro Régimen Atención Plazas Concert. Personas Usuarias

San José (Pamplona) Residencial 80 Deficientes Mentales con

Afectación Severa/Profunda

Lur Gorri (Barañain) Residencial 11 Deficientes Mentales

con Afectación Ligera/Media

Total 2 91

Presupuesto Ejecutado: 701.019.497 (En Personal y Funcionamiento)

TRANSPORTEADAPTADO YASISTIDO

El Programa de Transporte Adaptado y Asistido, es un servicio que el Instituto Navarro de Bie-nestar Social presta en colaboración con Cruz Roja, Asamblea de Navarra, tras la firma de un Convenio de Colaboración.

El objetivo fundamental del Programa es evitar el desarraigo familiar, intentando prevenir con este Servicio en la medida de lo posible el inter-namiento en Centros.

Los usuarios de este Servicio deben ser personas cuya discapacidad física, psíquica, sensorial, mental o social les impida el uso de otro medio de transporte tanto en las demandas colectivas como en los casos aislados.

El número de personas con discapacidad me-nores de 65 años atendidas es de 130. El total de personas atendidas, incluyendo las de ter-cera edad, es de 345, con un total de servicios de 46.665 y con un coste económico total de 42.000.000 pesetas.

El Programa de Transporte Adaptado y Asistido cubre todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

4.5.2.2 C

ENTROS Y

S

ERVICIOS

C

ONCERTADOS

Son centros de titularidad privada (empresa, asociación, fundación, etc.), prestadores de ser-El número de plazas es de 11 en edades com-prendidas entre 23 y 53 años, desarrollando to-das las personas actividades ocupacionales y/o laborales.

Asimismo participan de la aplicación de planes individualizados adaptados a las carencias y difi-cultades de cada usuario. Se concede especial importancia a la adquisición de habilidades de interacción social.

El presupuesto ejecutado en 2000 ha sido de 44.886.901 pesetas en personal y funciona-miento.

(18)

Centros

concertados

vicios de atención a personas con discapacida-des, con los que la Administración establece un concierto para la financiación y regulación de su actividad, o bien centros cuya titularidad la os-tenta el Instituto Navarro de Bienestar Social y concierta con una entidad privada la ejecución y prestación del servicio correspondiente. En la ta-bla siguiente quedan reflejadas las entidades concertadas, los centros gestionados por estas entidades y el régimen de atención.

RÉGIMEN PLAZAS PERSONAS

ENTIDAD CENTRO ATENCIÓN CONCERTADAS USUARIAS

AGEDNA Valle Roncal Residencial 120 Deficientes mentales

(Pamplona) Centro de Día 10 afectación severa/profunda

La Atalaya Residencial 26 Deficientes mentales

(Tudela) Centro de Día 16 afectación severa/profunda

Santa María Residencia 29 Deficientes mentales

(Burlada) Centro de Día 10 afectación severa/profunda

SERVIRECORD Mendebaldea Piso Deficientes mentales

(Pamplona) Funcional 14 afectación ligera/media

Monjardín Centro de Día 30 Deficientes mentales

(Pamplona) afectación severa/profunda

Vencerol Piso 18 Deficientes mentales

(Tudela) Funcional afectación ligera/media

Oncineda Residencial 61 Deficientes mentales

(Estella) Centro de Día 5 afectación severa/profunda

Las Torchas Piso 12 Deficientes mentales

(Estella) Funcional afectación ligera/media

ASPACE Ramón y Cajal Residencial+C. día 34 Parálisis cerebral y

Asociación (Cizur) Centro de Día 66 enfermedades afines

Uxane Centro 16 Parálisis cerebral y

(Bera) ocupacional enfermedades afines

ASPACE Infanta Elena Residencial 70 Gran discapacidad física

Fundación (Pamplona) Centro de Día 12

Clínica Pamplona Residencial 12 Enfermedad mental

Padre Menni

Centro Hosp. Elizondo Residencial 30 Enfermedad mental

Benito Menni

TOTAL 5 13 591

Tabla 42

El presupuesto ejecutado en el año 2000 en Centros Concertados del área de Minusvalías ha sido de 1.826.894.755 pesetas.

SERVICIOTELEFÓNICO DEEMERGENCIA

El Servicio Telefónico de Emergencia se concibe como un servicio preventivo y asistencial, com-plementario de la atención a domicilio que favo-rece el mantenimiento en su medio de personas con nivel de autovalimiento limitado y propor-ciona seguridad elevando la calidad de vida de las personas que disponen del mismo, evitando o retrasando el uso de otros recursos menos in-tegradores y mas costosos como los centros re-sidenciales.

(19)

Los usuarios del Servicio Telefónico de Emergen-cia son básicamente de Tercera Edad, por ello se amplía la información en el capítulo de Tercera Edad.

Y, para cerrar esta área de Personas con disca-pacidades, se expone gráficamente cuál es la si-tuación de atención de los usuarios y usuarias de los servicios sociales gestionados desde el Insti-tuto Navarro de Bienestar Social.

Prestaciones

económicas y

atención en centros

para personas con

discapacidades

Pensiones LISMI 907 Ayudas periódicas 178 Pensiones F.A.S. 92 Pensiones no contributivas 991 Ayudas Asistencia Especializada 16 Ayudas a Movilidad 47 Ayudas Extraordinarias 184 Centros Propios 91 Centros Concertados 591 Centros Ajenos 85

Pensiones y

ayudas periódicas

Gráfico 30

Prestaciones económicas

de percepción única

Atención en centros

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