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Boletín Estadístico de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en la Comunidad de Madrid.

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Boletín Estadístico de Accidentes de Trabajo y

Enfermedades Profesionales en la Comunidad

de Madrid.

Boletín nº 2 Diciembre 2012.

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La Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS)………3 Fundival pretende. ………..….5 Accidentes de Trabajo 2012 (Datos España y Madrid)………6 Enfermedades Profesionales 2012 (Datos de España y Madrid.) ……….8 Evolución de las Enfermedades Profesionales en la Comunidad de

Madrid por sexo, año

2012……….……….9 Número de partes comunicados con baja, por CNAE, en la comunidad de Madrid, 2012………9 Patologías no traumáticas en 2012, en España……….12

Accidentes de Trabajo Mortales PNT,

2012 en la Comunidad de

Madrid………..………....12

Boletín Estadístico

Datos de Accidentes de Trabajo y

E Enfermedades Profesionales

en la Comunidad de Madrid.

La pretensión principal que tiene FUNDIVAL, con la realización de este boletín, es la recopilación de datos de siniestralidad laboral en la Comunidad de Madrid, y el análisis y difusión de los mismos, utilizando como fuente de información los datos del IRSST. Consejería Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social

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LA LEY 36/2011, DE 10 DE OCTUBRE, REGULADORA DE LA

JURISDICCIÓN

SOCIAL (LRJS)

La publicación de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), que deroga el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, ha supuesto una importante reforma en materia laboral. Sus objetivos, que se concentran en dos importantes ejes; por un lado, la actualización del proceso para una mayor eficacia y agilidad, impulsando la adecuada y efectiva tutela de los derechos de trabajadores/as y beneficiarios de la Seguridad Social, y por otro, la atribución al orden social del conocimiento de la diversidad de materias que se incluyen en el ámbito laboral, con especial atención a los daños derivados de los accidentes de trabajo.

El artículo 14 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, establece el derecho de los trabajadores/as a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo y, por lo tanto, el correlativo deber del empresario de garantizar su seguridad y salud.

El empresario es el responsable de la Prevención de Riesgos Laborales en la empresa, en base a la obligación genérica de protección que sobre él recae y, el incumplimiento de sus obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus normas de desarrollo, implica incurrir en distintas responsabilidades: Administrativa, Penal, Civil, Social y Accesorias. Antes de la aprobación y publicación de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el trabajador/a reclamaba los daños sufridos y/o los incumplimientos por parte del empresario en materia de seguridad y salud, a través de las diferentes vías judiciales; civil, social, administrativa, contencioso-administrativa y penal.

Esta nueva ley confirma un ámbito unitario de tutela jurisdiccional para el resarcimiento integral del daño causado y refuerza la protección a los trabajadores en casos de siniestralidad laboral, a partir de su entrada en vigor, el orden social es competente para conocer en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y todas las cuestiones litigiosas derivadas de tales contingencias se tramitarán en este orden, el legislador, al unificar los procedimientos en vía laboral, refuerza la protección del trabajador afectado por la siniestralidad y sus consecuencias. Se crea un ámbito unitario de tutela jurisdiccional para la reparación integral del daño causado.

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Otra novedad es su ámbito de aplicación en lo referido a la relación contractual, incluyendo al personal funcionario y estatutario, como ya se venía haciendo con los trabajadores por cuenta ajena, o laborales, independientemente que sus empleadores sean empresas privadas, o la administración pública independientemente de los ámbitos funcionales y territoriales donde se desarrolle la relación contractual o el vinculo administrativo en el caso de los funcionarios, cuando se incumpla la normativa de prevención de riesgos laborales, y como consecuencia de ello ocasionen un daño para su salud en sentido amplio.

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FUNDIVAL PRETENDE: ofrecer a los trabajadores y las trabajadoras víctimas de la siniestralidad, así como a sus familiares, apoyo integral para superar estas situaciones mediante:

- Apoyo en materia legal, administrativa, formativa, psicológica. - Información sobre trámites ante la Seguridad Social:

o Solicitud de Incapacidad

o Solicitud de indemnización

o Solicitud de pensiones - Apoyo psicológico:

o Para superar el accidente al trabajador

o Para superar la pérdida del familiar víctima de la siniestralidad laboral - Ayuda a la reinserción en el mundo laboral:

o Formación

o Búsqueda de trabajo adecuado a la situación del trabajador tras ser víctima de la siniestralidad.

FUNDIVAL

ADMINISTRATIVO LEGAL REINSERCIÓN

SOCIAL ACCIDENTE DE TRABAJO ENFERMEDAD PROFESIONAL PSICOLÓGICO ANÁLISIS APOYO INTEGRAL

(6)

- ORGANISMOS QUE INTERVIENEN EN UN PROCESO DE AT Y EP SEG. SOCIAL INSS IRSST ITSS MUTUAS DE AT Y EP SERVICIO DE PREVENCIÓN EMPRESA FUNDIVAL

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ACCIDENTES DE TRABAJO 2012 (DATOS DE ESPAÑA Y MADRID) ESPAÑA 2012.(Enero-diciembre)

A nivel nacional y según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social sobre la Estadística de accidentes de trabajo Enero-diciembre 2012 se han producido un total de 462.060 accidentes de trabajo con baja. De los 462.060 accidentes de trabajo con baja, 400.844 sucedieron durante la jornada de trabajo y 61.216 han sido accidentes in-itínere.

Según la gravedad de la lesión, en jornada de trabajo, se han registrado en España un total de 396.775 accidentes leves, 3.625 accidentes graves y 444 accidentes mortales.

El sector más castigado ha sido servicios con un total de 236.860 accidentes de trabajo, 88.951 en industria, 48.943 en construcción y 26.090 en agricultura.

El 29,3% de los accidentes registrados en jornada de trabajo lo han sufrido las mujeres. Con lo que se comprueba que los accidentes con baja durante la jornada laboral sufridos en el periodo enero-diciembre2012, ha sido mayor en hombres. El tramo de edad que más accidentes ha registrado ha sido entre 35 y 44 años, tanto para hombres como para mujeres. La franja de edad entre 16 y 19 años, aunque es la que menor número de accidentes registra, es la que presenta un mayor índice de incidencia, tanto para hombres como para mujeres.

Cada dos días 3 trabajadores fallecen en España como consecuencia de su trabajo, 20 sufren un accidente grave y mas de 2000, tienen un accidente leve.(datos avance provisional de 2012)

Cataluña ha sido la comunidad autónoma donde se han producido más accidentes de trabajo en jornada de trabajo en enero-diciembre 2012 seguido por Andalucía en segundo lugar y en tercer lugar se sitúa la Comunidad de Madrid con un total de 58.299 accidentes de trabajo. (datos Ministerio de Empleo y Seguridad Social).

En la Comunidad de Madrid y según datos del IRRST se han registrado un total 76.916 accidentes leves, 377 graves y 73 mortales, lo que suman 77.366 accidentes de trabajo en total durante el año 2012.

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COMUNIDAD DE MADRID AÑO 2012

En el año 2012 se han registrado los siguientes accidentes de trabajo en la Comunidad de Madrid:

ACCIDENTES DE TRABAJO AÑO 2012 COMUNIDAD DE MADRID

S. ACTIVIDAD LEVES GRAVES MORTALES TOTALES

AGRICULTURA 343 3 0 346 INDUSTRIA 8.382 41 8 8.431 CONSTRUCCIÓN 7.650 61 13 7.724 SERVICIOS 47.505 156 34 47.695 Jornada laboral 63.880 261 55 64.196 In-itinere 13.036 116 18 13.170 TOTAL 76.916 377 73 77.366

Tabla : Elaboración propia

Fuente: IRSST. Consejería Empleo, Turismo y Cultura. Comunidad de Madrid.

Tal y como se muestra en la tabla anterior el 74,3% de los accidentes de trabajo se han registrado en servicios, y el número total de accidentes de trabajo mortales en este sector ha sido de 34 accidentes mortales, lo que ha supuesto el 75,5% de los ocurridos en centro de trabajo.

Según el sexo:

ACCIDENTES LABORALES COMUNIDAD DE MADRID SEGÚN SEXO Y GRAVEDAD

Datos provisionales enero diciembre de 2012

SECTOR ACTIVIDAD LEVES GRAVES MORTALES TOTALES TOTAL GENERAL Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer

AGRICULTURA 297 46 2 1 0 0 299 47 343 INDUSTRIA 7.262 1.120 38 3 8 0 7.308 1.123 8.431 CONSTRUCCIÓN 7.520 130 60 1 13 0 7.593 131 7.724 SERVICIOS 27.530 20.155 118 38 32 2 27.500 20.195 47.695 Jornada de trabajo 42.429 21.451 218 43 53 2 42.700 21.496 64.196 In-itinere 5.239 7.797 79 37 16 2 5.334 7.836 13.170 TOTAL 47.668 29.248 297 80 69 4 48.034 29.332 77.366 Tabla : Elaboración propia

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De los 77.366 accidentes de trabajo registrados en 2012, 48.034 lo han sufrido en hombres y 29.332 han sido mujeres.

ENFERMEDADES PROFESIONALES 2012 (DATOS DE ESPAÑA Y MADRID)

A nivel nacional y según datos del Observatorio de las Contingencias Profesionales de la Seguridad Social, se ha producido un descenso en la declaración de enfermedades profesionales con baja respecto al año pasado, ya que se han comunicado un total de 7.552 enfermedades profesionales en 2012, frente a las 8.919 de 2011.

Desde la perspectiva de género, el 48,6% de las enfermedades profesionales se

producen en mujeres.

Teniendo en cuenta la declaración de enfermedades profesionales por Comunidad Autónoma en términos absolutos, las Comunidades que más enfermedades han comunicado han sido Cataluña con 1.777, País Vasco con 945 y la Comunidad de Madrid con 751.

De los 751 partes declarados en la Comunidad de Madrid, 297 eran hombres y 454 corresponden a mujeres, es decir un 60,5% de las enfermedades profesionales comunicadas han sido de mujeres.

La evolución de enfermedades profesionales en el año 2012 es la siguiente:

EVOLUCIÓN DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES EN LA COMUNIDAD DE MADRID POR SEXO 2012

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE MADRID

CON BAJA SIN BAJA TOTALES

Hombres Mujeres TOTAL Hombres Mujeres TOTAL Hombres Mujeres TOTAL 297 454 751 251 237 488 548 691 1.239 Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Observamos que el 60,4% de las enfermedades profesionales con baja ha sido entre las mujeres.

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NÚMERO DE PARTES COMUNICADOS CON BAJA Y SIN BAJA DISTRIBUIDOS POR GRUPO DE ENFERMEDAD EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

EVOLUCIÓN DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES EN LA COMUNIDAD DE MADRID POR SEXO 2012.

Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social COMUNIDAD

AUTÓNOMA DE MADRID

ENFERMEDADES PROFESIONALES CON BAJA

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 GRUPO 5 GRUPO 6 TOTAL 45 422 166 28 89 1 751 EVOLUCIÓN DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES EN LA COMUNIDAD DE MADRID

POR SEXO DE ENERO A JUNIO DE 2012.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

ENFERMEDADES PROFESIONALES SIN BAJA

GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 GRUPO 5 GRUPO 6 TOTAL 24 323 61 29 40 11 488 Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Grupo 1.Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos. Grupo 2. Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos. Grupo 3. Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos.

Grupo 4. Enfermedades profesionales causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.

Grupo 5. Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados.

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NÚMERO DE PARTES COMUNICADOS CON BAJA DISTRIBUIDOS POR CNAE EN LA COMUNIDAD DE MADRID, ENERO-JUNIO 2012

PARTES COMUNICADOS CON BAJA DISTRIBUIDOS POR CNAE

Partes

Industria manufacturera. 141

Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y

descontaminación 11

Construcción. 55

Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y

motocicletas 113

Transporte y almacenamiento 19

Hostelería. 51

Información y comunicaciones. 7

Actividades financieras y de seguros 1

Actividades profesionales, científicas y técnicas 12

Actividades administrativas y servicios auxiliares 73

Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria. 24

Educación 12

Actividades sanitarias y de servicios sociales 187

Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento 9

Otros servicios 36

TOTAL 751

Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Patologías no traumáticas en 2011. ESPAÑA

Conforme dispone el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social en sus apartados e) y f) que hacen mención expresa a las enfermedades, no incluídas en la relación de enfermedades profesionales, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo. Así mismo, las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

En el año 2011 se han producido un total de 11.981 declaraciones de patologías no traumáticas causadas por el trabajo, de las cuales 6.104 han sido con baja (un 50,95

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La distribución en función del tipo y categoría de la patología no traumática en su primer apartado, enfermedades causadas por el trabajo, pone de manifiesto que son las enfermedades del aparato locomotor, la mayoritaria, con 6.129 de las 10.046 patologías no traumáticas registradas, lo que supone un 61 % de las mismas y que habrá de ser tenido en cuenta para futuras revisiones del cuadro de enfermedades profesionales.

Las comunidades autónomas donde más patologías no traumáticas ocasionadas por el trabajo se están produciendo son la Comunidad de Madrid con 2.200, la Comunidad Valenciana con 1.623, y Andalucía con 1.249.

COMUNIDAD DE MADRID (Accidentes mortales por patologías no traumáticas) En la Comunidad de Madrid durante el año 2012 se han registrado un total de 33 accidentes mortales por patologías no traumáticas (PNT), de los cuales 27 han sido en el sector servicios, 4 en la construcción y 2 en industria, tal y como se muestra en la tabla adjunta.

ACCIDENTES DE TRABAJO MORTALES PNT AÑO 2012 COMUNIDAD DE MADRID

PNT IN-ITINERE PNT AGRICULTURA -- -- INDUSTRIA 4 -- CONSTRUCCION 5 -- SERVICIOS 18 4 TOTAL 27 4

Tabla : Elaboración propia

Fuente: IRSST. Consejería Empleo, Turismo y Cultura. Comunidad de Madrid.

Además en este mismo año 2012 se han registrado 70 accidentes graves por patología no traumática en la Comunidad de Madrid.

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