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13s. 3.z :E 2-?g;>ze;i2, La Paz, 20 de Enero de 2017 CITE: ALP.CD.NQT.N0004/20l

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T FEB

2017

!' - - - . . . . La Paz, 20 de Enero de 2017 CITE: ALP.CD.NQT.N0004/20l7-2018. Señora:

Dip. Lilly Gabriela Montaño Via

PRESIDENTE DE LA CAMARA DE DIPUTADOS .... .., .,..

ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL Presente.-

REF.: SOLICITA REPOSICIÓN DEL PROYECTO DE LEY.

De mi mayor consideración:

$ k -

'I a' r' r

En virtud al artículo 117 párrafo tres del Reglamento General de la Cámara de Diputados, tengo a bien solicitar la REPOSICION del siguiente Proyecto de

Ley, que se detalla a continuación: ,

A fin de dar continuidad con el procedimiento legislativa establecido en el artículo 163 de la Constitución Política del Estado y el artículo 116 del .

Reglamento General de la Cámara de Diputados.

No PL-49

Con este particular motivo saludo a su autoridad con las consideraciones más distinguidas.

RESUMEN

Proyecto de Ley que declara de necesidad e interés departamental y Nacional

la

protección y

la

conservación de la cultura histórica que representa el

Rio Guadalquivir en el Departamento de Tarija.

Atentamente. TELF. (591-2) 2201 120 Fnx: (191 -2) 2201 663 MIMI\%' DIPIJTAD0S.BO PLAZA MllRILLO ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAI DE BOLIVLA

(2)

ASAMBLEA LEGISLATI\'A PLURINACIONAL DE BOLIVIA U [ c ( CAMARA DE DIPUTADOS

OccfiI:

La Paz, 25 de Febrero de 2016 CITE: BT.MAS.IPSP.CD.NQT.Ne 2812016-2017 Señora:

Dip. Gabriela Lilly Monta ño

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PRESIDENTA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS , r; ..as

1

ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL

Presente.- +

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REF.: PRESENTA PROYECTO DE LEY.

De mi mayor consideración:

En virtud a los artículos 116 y 117 del Reglamento General de la Cámara de Diputados, tengo a bien presentar "PROYEOQ

DE

LEY QUE DECURA DE

MECESlDAeB

E

kNTERES DEPARTAh4ENMAL Y NACfOMAE LA PROTECCIÓW

Y

LA

CONSERVACION DE

eueTuWisa

HISGORICA QUE REPRESENTA EL

R ~ O

GUADALQCiBVilR EN EL DEPARTAMENTO DE TARI[JAu, para su respectivo

tratamiento y consideración en el marco del procedimiento legislativo. Para tal efecto adjunto tres copias, mas medio magnético grabado en un CD.

Con este particular motivo, saludo a su autoridad, con las consideraciones más distinguidas. Atentamente, PLAZA M U R I L L O ASAMBLEA LEGISLATIVi\ P L U R I N A C I O N A L I > E BOLIVIA 1 A DA-, u n 1 , , , . A

(3)

POR CUANTC LA ASAMBLEA LEGIShAT%L!A PLURINAClONAL HA SANCfBNADB

U

SlGUEEMTE LEY:

D E C R E T A :

"PROYECT8 D E k E m U E DECMWA

DE

NECESIDAD E INTERES, 8EQAWAMfEFN-rBn"Bn"I !*

MAaIBMBL

U , PROTEECIÓN Y

LA

CONSERVAaION

DE

k.A CU&TUR*4 H-"I%TORIGA Q-?':

REPRESENTA

EL REO GkBADAkQUlVlR EN EL DEPARTAMENTO

DE

TANBJA''

E l Wio GuadaFquivir, es un río del

sur

de Bolivia que atraviesa la ciudad d~

Tarija, capital del Departamenta de Tarija y desde hace

a ñ ~ s

atrás,

sufre serios problemas de contaminación debido a los residuos que

se

arrojan a este río y hanibien existe menor afluencia de las vertientes de

las

quebradas que son proveedores de afluentes.

Este

Wio

Guadalquivir es ef tramo fluvial que se forma

por

la

apur-taciu:~

d:?

una

serie de

ríos

pequehas, todos ellos sobre territorio boliviano, lfamadac Charnata, V e r r n i l ! ~ , francas y otros que nacen a

unos

50 /<m 21 noroeste de

la

ciudad de T2r ja, en la falda oriental de 12 serranía de Sama, a 3400 rn de

altitud, este

i,io

pasa por la comunidad de Tomatitas, conservando ese

(4)

AS.4MBI.E.A l.EGISI.ATI\M I'LbRIS.\CIONAL D E BOLIVIA C ; \ ~ I A R A DE DIPUTADOS

en un enclave iiarnado tcia Angostura», donde el río pasa a denominarse río Tarija.

Guadalquivir recibe por ta margen izquierda ef aporte de los ríos Carachi Mayu, Sella Ye-sera - Santa Ana, y por la derecha afluentes de los ríos Catarna, Erquis, Santa Victoria, Tolomosa y Camacho.

El rio Gudalquivir tiene una historia larga de inspiración de diferentes canciones musicates y videos rnusícales rominticas de diferentes artistas nacionales e iriternacionales.

En

t a /

sentido, de acuerdo

a l

informe Técnico N" 886/2015 del Gobierno Autónomo Dcpartarnental de Tarija de fecha 9

d e

octubre del año 2015,

recomienda, que ya existiendo la Ley No 2460 que refiere: "Decfirase Patrimonio Tzngible e tntangibfe del Departamento de f-arija, la Cuenca del

Río

Guadaiquivir", lo que se sugiere es implementar una

ley

que indique proteger y conservar al Rio Guadalquivir, lo cual permita establecer normas y/o leyes que lo hagan conservar de manera general significativa, es decir,

que

mantenga en buen estado, guardondola en determinadas condiciones o haciendo lo nttcesario para la región.

El articulo Artcicuio 298, parágrafo 1, establece: Son competencias privativas del ni\rei central del Estada, en su parágrafa II, numeral 5 . Régimen general de recursos híijricos y sus servicios.

Artículo

373.

CÁMARA DE DI PUTADOS 201.5 - 2016 3 PLAZA M L I I : I L L O ASAMBLEA L E G I S L A T I V A P L U R I N A C I O N A I . » E BOLI\!lA r

.

n.7 ,>,-. , S , , .

(5)

AS.4h.lBLEA LECiISL/\TI\!A PLIJRIKACIONAL DE BOLIVIA

c,-\\.IARA DE DIPL'TADOS

1 ,

El

agua coilstituyc un derecho fundamentalísimo para fa vida, er! el rnzrco

de la soberania del pueblo. El Estado prumsverá el uso y acceso a l

agua

sobre ia base de principios de solidaridad, complementariedac!, reciprocidad, equidad, diversidad y sustentabilidad.

II. Los recursos hídricos en todos sus estados, superficiales sub-terráneos, constituyen recursos finitos, vuinerables, estratégicos y ctrmpfel~ una función social, cultural y ambiental. Estos recursos no podrán ser objeto de apropiaciones privadas y tanto ellos como sus servicios no serán concesionados y están sujetos a un r6girnen de licencias, registros y

autorizaciones conforme a Ley.

Articula

374.

l. El Estado protegerá y garantizará el uso prioritario del agua

para

la vida. Es deber

del

Estado gestionar, regular, proteger y planificar el uso adecuado

y sustentable de los recursos hídricos, con participación social, garantizando el acceso a l agua a todos sus habitantes. La ley establecerá

las

condiciones y limitaciones de todos los usos.

il. EI Estado reconocerá, respetara y protegerá los usos y costumbres de las comunidades,

d e

sus autoridades locales y de las organizaciones indígena originaria cantpecinas sobre el derecho, el manejo y la gestión sustentable del agua.

f i f . Las agtias fósiles, glaciales, humedafes, subterráneas, minerales,

mediciriales y otras son prioritarias para

el

Estado, que deberá garantizar

su

conservación, protección, preservación, restauración, uso sustentable y gestión integral; son inalienables, inembargables e imprescriptibles.

Articulo

375.

T F L F . 15<)1-21 2201 120 I AS: ( 5 9 1 - 2 ) 2201003 \YMIW.DI PUTADOS.KO PLAZA MIJI:ILLO ASAMRLEA Lf(;lSLATI\'A PLURINACIONAL » E ROLI\;IA 1 A n ~ 7 D,., r , , .

.

(6)

AS.AMBLE.4 LEGISL:\TIV,Z PLUI<I\;ACIONAL D E BOLIVIA C.4M.4R4 L)E Dll'ljT.4DOS

l. Es deber

del

Estado desarrollar planes

d e

t~so, cot~servaciÓn, manejo y aprovechamiento sustentable de

las

cuencas hidrográficas.

¡l. El Estado regulará el manejo y gestión sustentable de los recursos hídricos y de

las

cuencas para riego, seguridad alimentaria y servicios básicos, respetando los usos y costumbres de las comunidades.

III.

Es

deber ciel Estado realizar los estudios para fa identificaciói-i de aguas

fósiles

y

su consigtiiente protección, manejo y aprovechamiento sustentable.

Artículo

376.

Los recursos hídricos de los ríos,

lagos

y lagunas que conforman las cuencas hidrogrAficcls, por su potencialidad, par la variedad de recursos r.laturales que contienen por ser parte fundamental de los ecosistemas, se consideran recursos estrcttEgicos para el desarrollo y la soberanía boliviana. El Estado evitará acciories en las nacientes y zonas intermedias de los ríos que ocasionen daFios a los ecosistemas o disrvtinuyan los caudales, preservará el estado na'cura; y velara por el desarrollo y bienestar de la población.

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(7)

POR

CUANTO

LA

ASAMBLEA LEGIC9hATIVA PLESRiNACIONAh HA SANCIONADO L' SlGUlENTE LEY:

ASAFdBLEA LEGISLATIVA PLIJRlNACIOMAL, D E C R E T A :

"PROYECTO

DE

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD E IMTERES DEPARTAMENTA?. Y

NACIONAL LA PROPECCIBÓM Y LA CONSERVACION BE LA CULTURA HISTORICA 0. !E

REPRESENTA E l RIO GLBADAtQklllVIR EN EL DEP4bRñ'AMEN'BIO DE TARIJA'"

PtRTICUIQ

1.-

Se decfara de necesidad e interés nacisnélf la protección y la conservación de fa cultura histórica que representa el

rio

Guadalquivir en el Departamento de Taríja.

ARTICULO 2'- Las entidades territoriales cautónormas, en el

rnarcu

de sus

competencias, implenientaran normas y poiíticas inkeriiistitucionafes a fin de proteger, conservar y promocionar

a l

"RIO GUADALQUIVIR" como manifestación cuiturai, histórica y turística.

Rernitase a l

Brgano

Ejecutivo para fines constitucionafes.

Es

dada

en la

Sala d e Sesiones

de

la

Asamblea Legislativa Plurinacictrral, a los

...

días del tnes de

...

del año dos mil diez y seis anos.

PLAZA MIII:ILLO

ASAMBLEA LEC; 1SLATIV.A

6

PLURINACIONAL IIE BOLI\'I.{

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