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Jueves, 29 de diciembre de 2011

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ley que autoriza el aumento de la cuota del Perú en el Fondo Monetario Internacional

LEY Nº 29823

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA EL AUMENTO DE LA CUOTA DEL PERÚ EN EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

Artículo 1. Objeto de la Ley

Autorízase el aumento de la cuota del Perú en el Fondo Monetario Internacional de DEG 638,4 millones a DEG 1 334,5 millones.

Artículo 2. Aplicación de la norma

De conformidad con las disposiciones de la Ley 10640 y el artículo 69 de su Ley Orgánica, Decreto Ley 26123, el Banco Central de Reserva del Perú tiene a su cargo las operaciones financieras que se originen por el artículo anterior, realiza los trámites que corresponda y suscribe los pagarés o documentos necesarios para hacer efectivo el aumento.

Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil once.

DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF

Presidente del Congreso de la República MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros

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Decreto Supremo que convoca para el domingo primero de julio de 2012, a Elecciones Municipales Complementarias de Autoridades en el distrito de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Ancash

DECRETO SUPREMO Nº 098-2011-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Que, el inciso 5) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, establece que corresponde al Presidente de la República, convocar a elecciones para Alcaldes y Regidores y demás funcionarios que la ley señala;

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales establece que el Presidente de la República, convoca a Elecciones Municipales Complementarias dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la instalación de los Concejos Municipales y se realizan el primer domingo del mes de julio del año en que se inicia el mandato legal de las autoridades municipales;

Que, el 20 de noviembre de 2011, se llevaron a cabo las Elecciones Municipales Complementarias, convocadas por Decreto Supremo Nº 072-2011-PCM, en el distrito de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Ancash, las mismas que fueron declaradas nulas por tercera vez, debido a que el ausentismo de votantes superó el 50 por ciento de los electores hábiles;

Que, el artículo 36 de la Ley Nº 26864, Ley Orgánica de Elecciones, establece que el Jurado Nacional de Elecciones, de oficio o a pedido de parte, puede declarar la nulidad de las elecciones realizadas en uno o más distritos electorales cuando se comprueben graves irregularidades, por infracción de la ley, que hubiesen modificado los resultados de la votación, siendo que es causal de nulidad de las elecciones la inasistencia de más del 50% de los votantes al acto electoral o cuando los votos nulos o en blanco, sumado o separadamente, superen los 2/3 del número de votos emitidos, procediendo en estos casos las Elecciones Municipales Complementarias;

Que, el inciso j) del artículo 36 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, establece que los Jurados Electorales Especiales, tendrán dentro de su respectiva jurisdicción entre otras funciones, declarar en primera instancia de nulidad de un proceso electoral del referéndum u otras consultas populares llevados a cabo en su ámbito, en los casos que la ley lo señale;

Que, en atención a las normas precitadas, corresponde convocar a elecciones Municipales Complementarias de Alcaldes y Regidores en el distrito de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Ancash;

De conformidad con lo previsto en los numerales 5) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales; y sus modificatorias;

DECRETA:

Artículo 1.- Convocatoria de Elecciones Municipales Complementarias

Convóquese para el 1 de julio del año 2012, a Elecciones Municipales Complementarias de Alcaldes y Regidores en el distrito de Huacachi, provincia de Huari, departamento de Ancash.

Artículo 2.- Normas de Aplicación

Las elecciones se regirán por lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales.

Artículo 3.- Financiamiento

El costo que demande la aplicación del presente Decreto Supremo, será financiado con cargo a los presupuestos autorizados de los pliegos conformados del sistema electoral, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO

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Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros

Declaran días no laborables compensables para los trabajadores del Sector Público, durante el año 2012

DECRETO SUPREMO Nº 099-2011-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, en materia de turismo, tiene como objetivo promover el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país, propiciando las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa privada, y la generación de empleo;

Que, conforme al artículo 4 de la Ley Nº 29408 - Ley General de Turismo, corresponde al MINCETUR fomentar el turismo social e implementar estrategias para la promoción del turismo interno y receptivo;

Que, a fin de fomentar el desarrollo del turismo interno, el Gobierno lleva a cabo políticas estratégicas de promoción de los atractivos turísticos del país, dentro de las cuales promueve desde hace algunos años, el establecimiento de días no laborables sujetos a compensación o recuperación de horas no trabajadas, los cuales sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica de turismo interno, medida que tiene un impacto positivo en el desarrollo del mismo, según los resultados de las evaluaciones del flujo turístico interno movilizado durante los fines de semana largos, efectuadas cada año por el sector turismo;

Que, la práctica del turismo interno constituye un instrumento dinamizador de las economías locales y contribuye al conocimiento no sólo de los atractivos turísticos sino de las distintas realidades de las poblaciones de nuestro país;

Que, por dichas razones, es conveniente establecer los días no laborables sujetos a horas de trabajo compensables correspondientes al año 2012;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA:

Artículo 1.- Días no laborables en el sector público

1.1 Declárase días no laborables, para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, durante el año 2012, los siguientes: Lunes 13 de febrero Martes 14 de febrero Lunes 30 de abril Viernes 27 de julio Viernes 31 de agosto Viernes 2 de noviembre Lunes 24 de diciembre Lunes 31 de diciembre

1.2 Para fines tributarios dichos días serán considerados hábiles.

Artículo 2.- Compensación de horas.

Las horas dejadas de trabajar en los días no laborables establecidos en el artículo precedente, serán compensadas en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

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Artículo 3.- Servicios indispensables y atención al público.

Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables señalados.

Artículo 4.- Días no laborables en el sector privado

Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador.

Artículo 5.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y los Ministros de Trabajo y Promoción del Empleo y de Comercio Exterior y Turismo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

AGRICULTURA

Aceptan renuncia y encargan funciones de la Administración Local de Agua Medio Apurímac - Pachachaca

RESOLUCION JEFATURAL Nº 883-2011-ANA

Lima, 28 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, según el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-2010-AG, las Administraciones Locales del Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 075-2011-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Medio Apurimac-Pachachaca, al señor Samuel Donayre Moscoso;

Que, con fecha 26 de diciembre de 2011, el citado profesional ha presentado su carta de renuncia a la referida encargatura;

Que, se ha visto por conveniente, aceptar la renuncia presentada, dando por concluida la encargatura otorgada mediante la Resolución Jefatural Nº 075-2011-ANA, y consecuentemente encargar al nuevo profesional que asuma las funciones de la precitada Administración Local de Agua;

Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG.

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SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Samuel Donayre Moscoso, considerando

como su último día de funciones como encargado de la Administración Local de Agua Medio Apurimac-Pachachaca el 29 de diciembre de 2011, y en consecuencia dar por concluida la encargatura conferida mediante la Resolución Jefatural Nº 075-2011-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo Segundo.- Encargar temporalmente, a partir del día 29 de diciembre de 2011, las funciones de la

Administración Local de Agua Medio Apurimac-Pachachaca, al señor Henry Tejada Palomino, hasta que se designe al profesional que reemplace al renunciante.

Artículo Tercero.- Precisar que la encargatura a que se refiere el artículo precedente, se realiza sin que

implique variación de la retribución o del plazo establecido en el Contrato Administrativo de Servicios Nº 002-2008/ATDR-AB, que corresponde al señor Henry Tejada Palomino.

Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe

Autoridad Nacional del Agua

Aceptan renuncia y encargan funciones de la Administración Local de Agua Cusco

RESOLUCION JEFATURAL Nº 884-2011-ANA

Lima, 28 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, según el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-2010-AG, las Administraciones Locales del Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 538-2011-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Cusco, al señor Elio Sacarias Sánchez Castro, sin que ello implique la variación de su Contrato Administrativo de Servicios Nº 002-ARTDR-CUSCO;

Que, con fecha 26 de diciembre de 2011, el citado profesional ha presentado su carta de renuncia a la referida encargatura;

Que, se ha visto por conveniente, aceptar la renuncia presentada, dando por concluida la encargatura otorgada mediante la Resolución Jefatural Nº 538-2011-ANA, y consecuentemente encargar al nuevo profesional que asuma las funciones de la precitada Administración Local de Agua;

Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Elio Sacarias Sánchez Castro, considerando

como su último día de funciones como encargado de la Administración Local de Agua Cusco el 29 de diciembre de 2011, y en consecuencia por concluida la encargatura conferida mediante la Resolución Jefatural Nº 538-2011-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados.

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Artículo Segundo.- Encargar, a partir del día 29 de diciembre de 2011, las funciones de la Administración

Local de Agua Cusco, al señor Luis Santiago Agüero Mass. Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe

Autoridad Nacional del Agua

AMBIENTE

Aceptan renuncia de Director General de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 302-2011-MINAM

Lima, 28 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 244-2011-MINAM de 12 de octubre de 2011, se designó al señor Víctor Teodoro Torres Cuzcano, en el cargo de Director General de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente;

Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Víctor Teodoro Torres Cuzcano, al cargo de

Director General de la Dirección General de Investigación e Información Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL

Ministro del Ambiente

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

Aprueban Formato de Certificado de Origen a ser utilizado en el marco del Protocolo entre Perú y Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos

Adicionales

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 364-2011-MINCETUR-DM

Lima, 28 de diciembre de 2011

Vistos el Memorándum Nº 587-2011-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior y el Informe Nº 163-2011-MINCETUR/VMCE/UO de la Unidad de Origen.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 120-2011-RE, se ratificó el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales;

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Que, por Decreto Supremo Nº 022-2011-MINCETUR, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 28 de diciembre de 2011, se dispone la puesta en ejecución del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales;

Que, el numeral 2 del artículo 15 de la sección C del Anexo 2 del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales establece que el certificado de origen será emitido con la información mínima indicada en el Apéndice II del mencionado Protocolo, la misma que puede ser modificada por las Partes de mutuo acuerdo;

Que, el numeral 3 del artículo 15 de la sección C del Anexo 2 del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales dispone que la expedición y control de los certificados de origen será responsabilidad de las autoridades competentes de cada Parte;

Que, de acuerdo a los documentos del Vistos resulta necesario aprobar un formato de certificado de origen, el cual debe incluir la información mínima establecida en el Apéndice II del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio a fin de facilitar el control aduanero;

Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo señala que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo tiene entre sus funciones definir, dirigir, coordinar, ejecutar, y supervisar la política de comercio exterior y turismo, así como establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades de comercio exterior;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Formato de Certificado de Origen

Apruébese el Formato de Certificado de Origen y las instrucciones para su diligenciamiento a ser utilizado en el marco del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación

Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano” y el Formato de Certificado de Origen y las instrucciones para su diligenciamiento a ser utilizado en el marco del Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe) y en la página web de los Acuerdos Comerciales del Perú (www.acuerdoscomerciales.gob.pe).

Artículo 3.- Vigencia

La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia en la misma fecha en que entren en vigencia el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales.

Regístrese y comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Chile, en comisión de servicios

RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DORECTIVO Nº 117-2011-PROMPERU-PCD

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Visto el Memorándum Nº 281-2011-PROMPERU/SG, de la Secretaria General (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;

Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ llevará a cabo el evento “Door to Door Alianzas Estratégicas Chile 2012”, a realizarse del 3 al 6 de enero de 2012, en la ciudad de Santiago, República de Chile, con la finalidad de contactar a los más importantes tours operadores chilenos, para proveerles de modo directo información especializada y actual sobre los destinos turísticos del Perú, que les permita vender de manera óptima las diferentes propuestas y circuitos turísticos peruanos;

Que, es importante la realización de esta actividad porque permitirá recoger información comercial del mercado chileno, de los principales distribuidores del producto Perú, así como el acercamiento con los más importantes tour operadores chilenos como potenciales aliados estratégicos de PROMPERÚ;

Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción del Turismo, la Secretaria General (e) de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Milagritos Aymé Vidal Cueva, quien presta servicios en dicha entidad, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado;

Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Milagritos Aymé Vidal Cueva, a la ciudad de Santiago, República

de Chile, del 2 al 7 de enero de 2012, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento “Door to Door Alianzas Estratégicas Chile 2012”, a realizarse en dicha ciudad.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al

Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:

- Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) US $ 1 000,00

- Pasajes Aéreos: US $ 680,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Milagritos

Aymé Vidal Cueva, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,

cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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Autorizan viajes de representantes de PROMPERÚ a España, en comisión de servicios

RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 118-2011-PROMPERU-PCD

Lima, 26 de diciembre de 2011

Visto el Memorándum Nº 277-2011-PROMPERU/SG de la Secretaria General (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;

Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ participará conjuntamente con diecisiete empresas de turismo, en la Feria Internacional de Turismo “FITUR 2012”, organizada por la Institución Ferial de Madrid, a realizarse del 18 al 22 de enero de 2012, en la ciudad de Madrid, Reino de España, con el objetivo de fortalecer el trabajo de promoción y posicionamiento del Perú como un destino mega diverso y multidisciplinario, promocionando diversos tipos de turismo, como el arqueológico - aventura y naturaleza, vivencial y urbano y gastronómico, entre otros;

Que, es importante la participación porque permitirá dar continuidad al posicionamiento del Perú en el mercado español, recabar información de este mercado, sobre sus tendencias y comportamiento del consumidor final, así como actualizar la base de datos existente e incrementar contactos con agentes de viaje y tour operadores participantes en la feria;

Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción del Turismo, la Secretaria General (e) de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de las señoras María del Carmen de Reparaz Zamora, Milagros Duran Vela, Andrea Araceli Martínez Bertramini y Emperatriz Judith Aliaga Manassevitz, quienes prestan servicios en dicha institución, a la ciudad de Madrid, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la feria antes mencionada;

Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Madrid, Reino de España, de las señoras María del Carmen de

Reparaz Zamora, del 13 al 25 de enero de 2012, Milagros Duran Vela, del 13 al 24 de enero de 2012, Andrea Araceli Martínez Bertramini, del 14 al 22 de enero de 2012 y Emperatriz Judith Aliaga Manassevitz, del 14 al 24 de enero de 2012, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al

Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:

María del Carmen de Reparaz Zamora:

- Viáticos (US$ 260,00 x 12 días) : US $ 3 120,00

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Milagros Duran Vela:

- Viáticos (US$ 260,00 x 10 días) : US $ 2 600,00

- Pasajes Aéreos : US $ 1 710,00

Andrea Araceli Martínez Bertramini:

- Viáticos (US$ 260,00 x 8 días) : US $ 2 080,00

- Pasajes Aéreos : US $ 1 680,00

Emperatriz Judith Aliaga Manassevitz:

- Viáticos (US$ 260,00 x 9 días) : US $ 2 340,00

- Pasajes Aéreos : US $ 1 710,00

Artículo 3.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se

autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,

cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ

CULTURA

Aceptan renuncia y encargan funciones de Director del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 498-2011-MC

Lima, 27 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 421-2011-MC, se designó al señor Rafael Varón Gabai en el cargo de confianza de Director del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú;

Que, por Resolución Suprema Nº 035-2011-MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de diciembre de 2011, se designó al señor Rafael Varón Gabai en el cargo de confianza de Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales;

Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo de Director del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú, por lo que corresponde aceptar su renuncia con eficacia anticipada al 25 de diciembre de 2011, y encargar las funciones del referido cargo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;

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SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar, con eficacia anticipada al 25 de diciembre de 2011, la renuncia formulada por el señor

Rafael Varón Gabai al cargo de confianza de Director del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Encargar al señor Jaime Mariaza Foy las funciones de Director del Museo Nacional de

Arqueología, Antropología e Historia del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura

DEFENSA

Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra a Argentina, en misión de estudios

RESOLUCION SUPREMA Nº 635-2011-DE-MGP

Lima, 28 de diciembre de 2011

Visto el Oficio N.1000-2525 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 16 de noviembre de 2011;

CONSIDERANDO:

Que, la Armada Argentina, a través del Agregado Naval y de Defensa a la Embajada Argentina en el Perú, mediante Carta s/n de fecha 14 de noviembre de 2011, hace extensiva la invitación para que un Oficial Superior de la Marina de Guerra del Perú del grado de Capitán de Corbeta, participe en el Curso de Comando y Estado Mayor - Escalafón de Infantería de Marina, a llevarse a cabo en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 29 de diciembre de 2011 al 26 de diciembre de 2012;

Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje de un (1) Oficial Superior para que participe en el referido Curso de Especialización;

Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar a los Oficiales Superiores Calificados en Infantería de Marina en Instituciones Militares Extranjeras, para cumplir funciones en Estados Mayores de la Institución y Estados Mayores Conjuntos, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confianza mutua con Instituciones Armadas de otros países;

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem 51, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema Nº 529-2011-DE, de fecha 7 de noviembre de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exteriores Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011-DE-SG, del 13 de enero de 2011 y sus modificatorias;

Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Alejandro Iván VILCHEZ Málaga, para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor - Escalafón Infantería de Marina, a impartirse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Buenos Aires, República Argentina; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, la duración de la referida Misión Estudios incluye los años fiscales 2011 y 2012, por lo que el pago del 29 al 31 de diciembre de 2011, se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, para el período del 1 de enero al 26 de diciembre de 2012, se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2012;

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Que, para la designación del mencionado Oficial Superior, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente Proceso de Selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera;

Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE-SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010;

Que, el Artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE-SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Alejandro Iván

VILCHEZ Málaga, CIP. 00925573 y DN I. 43343525, para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor - Escalafón Infantería de Marina, a impartirse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 29 de diciembre de 2011 al 26 de diciembre de 2012.

Artículo 2.- El Ministro de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de

acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasaje Aéreo (Ida): Lima - Buenos Aires (ARGENTINA)

US$ 627.35 x 1 persona (Incluye TUUA)

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 2,900.00/31 x 3 días x 1 persona

Gastos de Traslado (Ida): (Equipaje, Bagaje e Instalación)

US$ 2,900.00 x 1 compensación x 1 persona

El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización

a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 4.- El mencionado Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado

ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por

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Artículo 6.- El citado Oficial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad

o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos

aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 8.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y

por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa

Autorizan viaje de Oficial de la Marina de Guerra a Brasil, en misión de estudios

RESOLUCION SUPREMA Nº 636-2011-DE-MGP

Lima, 28 de diciembre de 2011

Visto el Oficio N.1000-2620 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 29 de noviembre de 2011;

CONSIDERANDO:

Que, el Comandante de la Marina de Brasil, ha cursado invitación para que un (1) Oficial Superior de la Marina de Guerra del Perú, participe en el Curso Estado Mayor para Oficiales Superiores (C/EMOS-2012), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 29 de diciembre de 2011 al 26 de diciembre de 2012;

Que, la designación de Personal Naval para que participe en la referida especialización, responde a la necesidad de capacitar a los Oficiales Superiores en Instituciones Militares Extranjeras, brindándoles mayores conocimientos y experiencias para que desempeñen eficientemente cargos de Comando y Estado Mayor y de Educadores en la Escuela Superior de Guerra Naval, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país, con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confianza con Instituciones Armadas de otros países;

Que, el citado viaje se encuentra considerado en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem 52, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema Nº 529-2011-DE, de fecha 7 de noviembre de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011-DE-SG, de fecha 13 de enero de 2011 y sus modificatorias;

Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Anthony Luis SOTOMAYOR Herrera, para que participe en el Curso Estado Mayor para Oficiales Superiores (C/EMOS-2012), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 29 de diciembre de 2011 al 26 de diciembre de 2012; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, la duración de la referida Misión Estudios incluye los años fiscales 2011 y 2012, por lo que el pago del 29 al 31 de diciembre de 2011, se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y

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para el período del 1 de enero al 26 de diciembre de 2012, se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2012;

Que, para la designación del mencionado Oficial Superior, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera;

Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE-SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010;

Que, el Artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE-SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Pablo Anthony Luis

SOTOMAYOR Herrera, CIP. 00914484, DNI. 43306501, para que participe en el Curso Estado Mayor para Oficiales Superiores (C/EMOS-2012), a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 29 de diciembre de 2011 al 26 de diciembre de 2012.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de

acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasaje Aéreo Ida: Lima - Río de Janeiro (BRASIL)

US$ 1,109.35 x 1 persona (Incluye TUUA)

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 2,900.00 / 31 x 3 días x 1 persona

Gastos de Traslado (Ida): (Equipaje, Bagaje e Instalación)

US$ 2,900.00 x 1 compensación x 1 persona

El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias.

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización

a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular

de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

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Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 5.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por

el período que dure la Misión de Estudios.

Artículo 6.- El citado Oficial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad

o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 7.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos

aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 8.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y

por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO

Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART

Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa

Aceptan y aprueban donación dineraria efectuada a favor de la Marina de Guerra para financiar el desarrollo del “XXII Curso de Operaciones Ribereñas”

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1501-2011-DE-MGP

Lima, 26 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 628/MAAG/OPNS, de fecha 8 de agosto de 2011, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, remite el Memorándum de Entendimiento “MOU” entre el Comando Sur de los Estados Unidos de América y la Marina de Guerra del Perú, donde se establecen las responsabilidades por parte de la Marina de Guerra del Perú - Dirección General de Capitanías y Guardacostas y del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, para llevar a cabo el “XXII Curso de Operaciones Ribereñas” en la Escuela de Operaciones Ribereñas, con participación de OCHO (8) efectivos de la Policía Nacional del Perú y DOS (2) efectivos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT);

Que, la Marina de Guerra del Perú ha recibido el abono del cheque del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América en la Cuenta Corriente Nº 0000-576182-MINDEF-MGP por el importe de CINCUENTA MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$. 50,000.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 4: “Donaciones y Transferencias”;

Que, el Artículo 69 de la Ley 28411 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones Nacionales o Internacionales, públicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, cuando el monto de la donación supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT);

De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011;

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Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 1.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria efectuada por el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda

Militar de los Estados Unidos de América, a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú por un monto de CINCUENTA MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US $. 50,000.00), para financiar el desarrollo del “XXII Curso de Operaciones Ribereñas” en la Escuela de Operaciones Ribereñas.

Artículo 2.- Agradecer al Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América por

su importante contribución.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Políticas

para la Defensa, la supervisión de la ejecución de la donación dineraria de aprobación por parte de la Marina de Guerra del Perú.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de EE.UU.

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1506-2011-DE-SG

Lima, 27 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nº 873 de fecha 9 de diciembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de América anualmente auspicia algunos ejercicios de ingeniería y de entrenamiento Combinado Conjunto de Acción Cívica Humanitaria, denominados “Nuevos Horizontes”; tanto en América del Sur, América Central y el Caribe;

Que, el objetivo de este Ejercicio es realizar proyectos de construcción que comprenden la edificación de postas médicas, pozos de agua y aulas; así como, brindar atenciones médicas a la población de bajos recursos del lugar donde se realizará el ejercicio. Todo ello en la perspectiva de contribuir al desarrollo social de la zona y mejorar el entrenamiento combinado conjunto de las unidades militares de los Estados Unidos y del Perú;

Que, en el mes de enero de 2012, ingresará a territorio nacional, personal militar de los Estados Unidos de América, para realizar una visita final de estudio para despliegue (FSS) a las localidades de Pisco, Chincha y Huaytará, lugares donde se llevará a cabo el Ejercicio “Nuevos Horizontes 2012”;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y

Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y su modificatoria Ley Nº 28899;

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Sistema Peruano de Información Jurídica

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de los Estados

Unidos de América, detallado a continuación, para realizar una visita final de estudio para despliegue (FSS) a las localidades de Pisco, Chincha y Huaytará, lugares donde se llevará a cabo el Ejercicio “Nuevos Horizontes 2012”, del 08 al 15 de enero de 2012:

1. Coronel USAF, Kenneth KNIGHT 2. Coronel, USAF, Mark ZIMMERHANZEL 3. Coronel, USAF, Douglas HARDMAN 4. Teniente Coronel, USAF, Frank HARROLD 5. Teniente Coronel, USAF, James MOLLET 6. Coronel, USAF, Claude HAWKINS 7. Teniente Coronel, USAF, Andrea SHIELDS 8. Mayor, USAF, Darrel BASKIN

9. Mayor, USAF, Jason COWIN

10. Mayor, USAF, Rodney HARRIS 11. Capitán, USAF, Conan ALAILIMA 12. Capitán, USAF, Nicholas ANDERSON 13. Capitán, USAF, Quincy BAITY 14. Capitán, USAF, Justin ROBERTS 15. Capitán, USAF, Austin BUCK 16. Teniente, USAF, Jason ADAMS 17. Técnico de 1ra., USAF, Robert JUST 18. Técnico de 1ra., USAF, John MALLOT 19. Técnico de 1ra., Lloyd NIGMA 20. Técnico de 3ra., USAF, Juan MARQUEZ 21. Técnico de 3ra., USAF, Todd MITCHELL 22. Técnico de 3ra., USAF, Michael KLEIN 23. Técnico de 3ra., (USMC), Fletcher VEITCH 24. Técnico de 3ra., USMC, Chris GARCIA 25. Técnico de 3ra., USAF, John LINDBLOM

26. Técnico de 4ta, USA, Oscar VELEZMARRERO 27. Suboficial de 1ra., USAF, Luis CIBRIAN

28. Suboficial de 1ra., USAF, Teresa BURGER

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que

dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de EE.UU.

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1507-2011-DE-SG

Lima, 27 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nº 874 de fecha 9 de diciembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

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Que, el Comando Sur de los Estados Unidos de América, cuyo objetivo es, entre otros, promover la seguridad cooperativa, ha programado a través de la Fuerza de Infantería de la Marina del citado país, realizar entrenamientos con la Fuerza de Infantería de la Marina de Guerra del Perú;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y

Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y su modificatoria Ley Nº 28899;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de la Infantería

de la Marina de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, para realizar entrenamientos con la Fuerza de Infantería de la Marina de Guerra del Perú, del 03 de enero al 10 de febrero de 2012:

1. Teniente Coronel John R. Robinson

2. Mayor José Fuentes

3. Capitán Christopher Troken

4. Técnico Supervisor 2º Rodolfo García

5. Técnico de 2ª Joel M. Young

6. Técnico 2º Scott A. Bills

7. Oficial de Mar 1º Michael J. Heller 8. Oficial de Mar 1º Ulises I. Sánchez 9. Oficial de Mar 2º Brandon Brakley 10. Oficial de Mar 3º Edan J. Valkner

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que

dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de EE.UU.

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1520-2011-DE-SG

Lima, 27 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nº 880 de fecha 14 de diciembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, en el marco de las actividades operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras, se tiene prevista la visita del HSV-2 SWIFT durante los meses de enero y febrero de 2012, en la cual se

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contará con el apoyo de personal militar de los Estados Unidos de América, a fin de realizar preparaciones de proyectos de construcción humanitaria;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y

Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y su modificatoria Ley Nº 28899;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de los Estados

Unidos de América, detallado a continuación, para llevar a cabo entrenamiento con la Marina de Guerra del Perú en Ancón y el Callao, en apoyo al HSV-2 SWIFT, a partir del 6 de enero de 2011 al 10 de febrero de 2012:

1. Capitán, Eric Navarro 2. Oficial de Mar, Miguel A. Irizarry

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que

de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa

Nombran como Servidor de Carrera a Servidores Públicos Contratados

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1510-2011-DE-FAP-

Lima, 27 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Que, la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465, “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010”, modificada por el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 113-2009, autoriza progresivamente, el nombramiento de personal en las entidades del Sector Público, que a la fecha de entrada en vigencia de la referida ley cuenten con más de TRES (3) años de servicios consecutivos, ocupen plaza presupuestada vacante bajo la modalidad de servicios personales y reúnan los requisitos establecidos en las leyes de carrera correspondientes;

Que, la mencionada disposición también establece que dicho nombramiento no demandará recursos adicionales al Tesoro Público y se efectúa previo concurso público de méritos, cuya organización será realizada por la Autoridad Nacional de Servicio Civil - SERVIR;

Que, el nombramiento de personal contratado es una figura prevista en el artículo 40 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, “Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa” de fecha 15 de enero de 1990, en la cual establece que el servidor contratado para realizar labores de naturaleza permanente debe ser incorporado a la Carrera Administrativa mediante nombramiento;

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Sistema Peruano de Información Jurídica

Que, el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, aprueba los Lineamientos para Nombramiento de Personal del Sector Público, mediante procedimiento abreviado y concurso, elaborados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR;

Que, la Ley Nº 29753, autoriza a las entidades del Sector Público a concluir en el año 2011 el proceso de nombramiento de personal contratado, iniciado al amparo de la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465, “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010”, y modificatorias, aplicando los artículos pertinentes del Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, que aprueba los Lineamientos para el Nombramiento de Personal Contratado;

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Punto 6 de los Lineamientos para el Nombramiento de Personal Contratado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, el Comando de Personal determinó la evaluación, elaboración y publicación del Personal Civil Contratado que cumple con los requisitos para postular en el proceso de nombramiento Abreviado;

Que, mediante Informe Técnico Nº 001 de fecha 12 de diciembre de 2011, el Jefe del Departamento de Personal Civil de la Jefatura de Personal, luego de la evaluación efectuada, recomienda el nombramiento de Personal Civil contratado de los grupos ocupacionales profesional, técnico y auxiliar, de las áreas de docencia y administrativa, que reúnen los requisitos para acceder al nombramiento abreviado, recomendando la emisión de la Resolución correspondiente;

Que, en el Numeral 7.2 de los Lineamientos establecidos en el precitado Dispositivo Legal, señala que una vez recibido el Informe Técnico Final expedido por el responsable de la Oficina de Recursos Humanos de la entidad o la que haga sus veces, y el Informe de disponibilidad presupuestal respectivo, el Titular del Pliego emitirá la Resolución de Nombramiento la cual da por concluido el proceso de nombramiento abreviado de la entidad;

Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con la disponibilidad presupuestaria favorable para coberturar el financiamiento de las obligaciones sociales que representa el nombramiento del indicado personal, y;

Estando a lo recomendado por el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE:

Artículo Único.- Nombrar a partir de la fecha, como Servidor de Carrera, a los Servidores Públicos

Contratados que se mencionan a continuación; a mérito de expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución:

APELLIDOS Y NOMBRES NSA CATEGORIA CARGO ASIGNADO UNIDAD

CASTRO YNFANTES PEDRO

MANUEL 704264 DPD ASESOR DOCENTE ESFAP

SARRIN SUAREZ

MERCEDES MARITZA 712023 DPD ASESOR DOCENTE ESFAP

HIDALGO ZERPA JORGE

LUIS 706969 DPD

DOCENTE EDUCAC.

SUPERIOR EOFAP

POLANCO TELLO ROQUE

ORLANDO 708135 DPD

DOCENTE EDUCAC.

SUPERIOR EOFAP HUAPAYA LEVANO FAVIAN

IVAN 706802 DTC

DOCENTE

TECNICO EOFAP PORTALES SALAS MIGUEL

ANGEL 705915 DTC

DOCENTE

TECNICO EOFAP GRANADOS LOPEZ MARIA

TEREZA 711961 DTC

DOCENTE

TECNICO ESCAP

RIVERA AVALOS ANA MARIA 704305 DTC

DOCENTE

TECNICO ESCAP

ESTRADA QUIROZ CARLOS

OVIDIO 705879 DPD DOCENTE EDUCAC. SUPERIOR ESOFA NAVARRO BUCKINGHAM LUIS ALBERTO 706218 DPD DOCENTE EDUCAC. SUPERIOR ESOFA UBILLUS CHAVARRY SEGUNDO 704345 DPD DOCENTE EDUCAC. SUPERIOR ESOFA VALVERDE AGUILAR EMILIANO 706948 DPD DOCENTE EDUCAC. ESOFA

(21)

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SUPERIOR

ZORRILLA OSORIO JORGE

LUIS 707046 DPD

DOCENTE EDUCAC.

SUPERIOR ESOFA CHANG DURAND PEDRO

JUAN FERNANDO 711615 DTC

DOCENTE

TECNICO ESOFA PASCO AMES WILLIAM

OTTO 709922 I

PROFESOR

TITULAR DIACE

SOTIL FLORES RINA 709018 I

PROFESOR TITULAR CEOSR TORRES VILLEGAS LEONIDAS 710088 I PROFESOR TITULAR COL03 GONZALES Y VALDIVIA RICARDO 710083 I PROFESOR TITULAR COL03 ANTICONA ZAVALETA JORGE LUIS 710148 I PROFESOR TITULAR COL05

PIÑA MORI ROVINSON 710180 I

PROFESOR

TITULAR COL05 VALDIVIA CHAVEZ ROSA

VICTORIA 710195 I

PROFESOR

TITULAR COL05 NIZAMA MARQUEZ JULIO

CESAR 710303 I

PROFESOR

TITULAR COL07 VARGAS TRELLES GLADYS

ESPERANZA 710327 I PROFESOR TITULAR COL07 JACOBO HUASASQUICHE LUIS 710351 I PROFESOR TITULAR COL09 NIEVA HERRERA CESAR

AUGUSTO 710363 I PROFESOR TITULAR COL09 CHUNGA CORDOVA CARMEN ROSA 710398 I PROFESOR TITULAR COL11 FRIAS GUERRERO

MERCEDES DEL ROSARIO 710406 I

PROFESOR

TITULAR COL11 ARONES QUISPE RENATTO

MARCELO 709712 I

PROFESOR

TITULAR COLPOL CANDELA VELAZCO CELIA

NORMA 710757 I

PROFESOR

TITULAR COLPOL

CIER CHAVEZ JUAN 709768 I

PROFESOR TITULAR COLPOL MEDRANO CHAVEZ HERMOGENES 710886 I PROFESOR TITULAR COLPOL MELGAR DEL CASTILLO

CARLOS 709885 I

PROFESOR

TITULAR COLPOL MORENO IBERICO MARIO

MANUEL 709898 I PROFESOR TITULAR COLPOL NOGAMI DE VILLALOBOS FLOR 709904 I PROFESOR TITULAR COLPOL RAMOS MELENDEZ SANTOS MEDALIT 709959 I PROFESOR TITULAR COLPOL CHISTAMA DE ROJAS ELEONOR 710156 I PROFESOR TITULAR CUFSV

CALLE DIAZ RAUL CARLOS 705865 SAE

TRANSCRIPTOR

PAD IIRAT

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa

ECONOMIA Y FINANZAS

Dan por concluido proceso de nombramiento abreviado y nombran a personal contratado por servicios personales del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 947-2011-EF-43

Lima, 28 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO:

Referencias

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