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Decreto Ejecutivo N 33 de jueves 4 de febrero de 2021.

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Tax and Legal News

5 de marzo de 2021

PwC Panamá

Decreto Ejecutivo N° 33 de jueves 4 de febrero de 2021.

El Decreto Ejecutivo N° 33 de jueves 4 de febrero de 2021 reglamenta la Ley 159 de 31 de Agosto de 2020, que crea el régimen especial para el establecimiento y la operación de empresas multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura (Ley EMMA). El decreto fue publicado en la Gaceta Oficial No. 29213-B de 5 febrero de 2021.

La Ley EMMA introduce un régimen especial que va dirigido a atraer y promover las inversiones en procesos productivos, la generación de empleos y la transferencia de tecnología, así como para hacer a la República de Panamá más competitiva en la economía global mediante la utilización de su posición geográfica, de su infraestructura física y de los servicios internacionales. En ese sentido, el Decreto Ejecutivo 33 de 2021 establece las normas y procedimientos aplicables a la instalación, administración, mantenimiento, operación y cierre de aquellas empresas nacionales o extranjeras que, de conformidad con lo establecido en la Ley EMMA, deseen establecer en Panamá, una Empresa Multinacional para la Prestación de Servicios Relacionados con la Manufactura, para realizar, desde el País, operaciones dirigidas a ofrecer los servicios definidos en la Ley a su grupo empresarial, siendo parte de empresas multinacionales con operaciones internacionales o regionales o importantes en su país de origen.

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El Decreto Ejecutivo señala que se considerarán actividades cubiertas por la Licencia otorgada en la Ley EMMA las que se refieran a actividades, servicios u operaciones entre la Empresa Multinacional para la Prestación de Servicios Relacionados con la Manufactura y otras empresas de su mismo grupo empresarial, siempre y cuando se trate de las actividades indicadas en el artículo 4 de dicha Ley.

Las empresas bajo este régimen deberán contar con una cantidad adecuada de empleados calificados a tiempo completo y de gastos operativos, directamente relacionados con la o las actividades permitidas por la Ley EMMA. Dicha cantidad de empleados y gastos operativos, deberán ser reportados por la empresa al momento de la presentación de su informe anual.

Para aclarar diferentes puntos el Decreto incluye términos y sus definiciones entre los que se encuentran: Adecuado (lo que resulte apto, apropiado y suficiente para la ejecución de la o las actividades según las particularidades de cada empresa y la naturaleza del negocio), Requerimientos de sustancia (requisitos establecidos en el artículo 19 del presente decreto, que deben cumplirse por parte de la empresa poseedora de la Licencia en un determinado período fiscal, respecto de cada actividad realizada, para así acceder al beneficio de la tarifa reducida del 5% del impuesto sobre la renta, contemplado en la Ley EMMA) y Renta neta gravable de EMMA (es la que resulta al deducir de los ingresos gravables del contribuyente, las rebajas concedidas mediante regímenes de fomento o promoción y los arrastres de pérdidas, legalmente autorizados. Se entiende por total de ingresos gravables el monto que resulte de restar del total de ingresos del contribuyente los ingresos exentos y/o no gravables, y los de fuente extranjera).

Adicionalmente, el Decreto detalla la información que deberá contener el formulario de solicitud al régimen y detalles del procedimiento de aplicación.

Entre los requerimientos de sustancia a cumplir para acceder al beneficio de la tarifa reducida del 5% de impuesto sobre la renta se encuentran:

• Haber ejecutado las actividades autorizadas por la Ley EMMA. • Haber mantenido una cantidad adecuada de trabajadores y gastos. Asimismo se brinda información sobre:

• Las reglas para la tercerización de actividades.

• El reporte anual que las empresas sujetas al régimen deberán presentar dentro de los seis meses siguientes al cierre de su periodo fiscal.

• Procedimiento de Evaluación del cumplimiento de los requerimientos de sustancia. • Procedimiento administrativo en caso de cancelación de licencia.

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En cuanto al régimen fiscal el Decreto Ejecutivo señala que se aplicará lo establecido en la Ley EMMA y recalca que se consideran exentos del impuesto sobre la renta, de las cuotas de seguro social y seguro educativo aquellos salarios y otras remuneraciones laborales, incluido el salario en especie, que reciban las personas poseedoras de una Visa de Personal Temporal de Empresa Multinacional para la Prestación de Servicios Relacionados con la Manufactura, en la medida en que dichos salarios y remuneraciones laborales, sean pagados, asumidos y reconocidos como gasto de personal en la contabilidad de la empresa poseedora de la Licencia de Empresa Multinacional para la Prestación de Servicios Relacionados con la Manufactura.

De la misma forma, señala que a los fines del reporte que deberán hacer las entidades que posean una Licencia EMMA cuando sus actividades permitan impulsar la rentabilidad de las operaciones comerciales generadas por las compañías que conforman el grupo multinacional y la aplicación del principio de plena competencia o Arm’s length que desarrolla la normativa de precios de transferencia en Panamá, se entiende que el resultado se determinará restando de los ingreso brutos, los costos y deducciones aplicables y en caso que el resultado sea positivo, será gravado con base en la tasa de impuesto establecida en la Ley EMMA. En caso de ser negativo, el monto de la pérdida que se genere en un año fiscal será trasladable con base a las normas establecidas en el Código Fiscal de Panamá.

Por otro lado, se incorporan los procedimientos para el régimen laboral y migratorio (la visa de personal temporal y permanente de las empresas bajo el régimen).

Como último punto se abordan las sanciones e infracciones que se podrán aplicar dentro del Régimen EMMA. Entre éstas se encuentran las amonestaciones escritas, multas de cinco mil a cincuenta mil balboas por incurrir en infracciones menores, multas de cincuenta mil con un centavo a cien mil balboas por incurrir en infracciones mayores y se contempla la posibilidad de la cancelación de licencia.

El Decreto Ejecutivo 33 de 2021 comenzará a regir el día siguiente de su promulgación, es decir desde el 6 de febrero de 2021.

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PwC Panama

March 5, 2021

Executive Decree No. 33 of Thursday February 4, 2021.

Executive Decree No. 33 of Thursday February 4, 2021 regulates Law 159 of August 31, 2020, which creates the special regime for the establishment and the operation of multinational companies for the provision of services related to manufacturing (EMMA Law). The decree was published in the Official Gazette No. 29213-B of February 5, 2021. The EMMA Law introduces a special regime that is aimed at attracting and promoting investment in production processes, job creation and technology transfer, as well as to make the Republic of Panama more competitive in the global economy through the use of its geographical position, its physical infrastructure and international services. In that sense, Executive Decree 33 of 2021 establishes the rules and procedures applicable to the installation, administration, maintenance, operation and closure of those national or foreign companies that, in accordance with the provisions of the EMMA Law, wish to establish in Panama, a Multinational Company for the Provision of Services Related to Manufacturing, to carry out, from the Country, operations aimed at offering the services defined in the Law to its business group, being part of multinational companies with international or regional operations or important in its country of origin.

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The Executive Decree indicates that activities covered by the License granted in the EMMA Law will be considered those that refer to activities, services or operations between the Multinational Company for the Provision of Services Related to Manufacturing and other companies of the same business group, in the case of the activities indicated in article 4 of said Law.

Companies under this regime must have an adequate number of qualified full-time employees and operating expenses, directly related to the activity or activities permitted by the EMMA Law. Said number of employees and operating expenses must be reported by the company at the time of the presentation of its annual report.

To clarify different points, the Decree includes terms and their definitions, among which are: Adequate (what is suitable, appropriate and sufficient for the execution of the activity or activities according to the particularities of each company and the nature of the business), Requirements of substance (requirements established in article 19 of this decree, which must be met by the company holding the License in a certain fiscal period, with respect to each activity carried out, in order to access the benefit of the reduced rate of 5% for income tax, contemplated in the EMMA Law) and EMMA's taxable net income (it is the one that results when deducting from the taxpayer's taxable income, the reductions granted through the promotion regime and the carry-over of losses, legally authorized. Total taxable income is understood to be the amount that results from subtracting from the total income of the taxpayer the exempt and / or non-taxable income, and the foreign source).

Additionally, the Decree details the information that the application form for the regime must contain and details of the application procedure.

Among the substance requirements to be met to access the benefit of the reduced rate of 5% on income tax are:

• Having carried out the activities authorized by the EMMA Law. • Have maintained an adequate number of workers and expenses. It also provides information on:

• The rules for outsourcing activities.

• The annual report that companies subject to the regime must present within the six months following the close of their fiscal period.

• Evaluation Procedure of compliance with substance requirements. • Administrative procedure in case of license cancellation.

Regarding the tax regime, the Executive Decree indicates that the provisions of the EMMA Law will be applied and emphasizes that are considered exempt from income tax,

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salaries and other labor remunerations, social security contributions and educational insurance, including salary in In kind, received by persons with a Multinational Company Temporary Personnel Visa for the Provision of Services Related to Manufacturing, to the extent that such wages and salaries are paid, assumed and recognized as personnel expense in the accounting of the company that holds the Multinational Company License for the Provision of Services Related to Manufacturing.

In the same way, it indicates that for the purposes of the report that entities that have an EMMA License must do when their activities allow to boost the profitability of the commercial operations generated by the companies that make up the multinational group and the application of the arm's length principle, which develops the transfer pricing regulations in Panama, it is understood that the result will be determined by subtracting from the gross income, the applicable costs and deductions and in case the result is positive, it will be taxed based on the rate of tax established in the EMMA Law. In case of being negative, the amount of the loss that is generated in a fiscal year will be transferable based on the norms established in the Fiscal Code of Panama.

On the other hand, the procedures for the labor and immigration regime (the temporary and permanent staff visa of the companies under the regime) are incorporated.

As a last point, the sanctions and infractions that may be applied within the EMMA Regime are addressed. Among these are written warnings, fines of five thousand to fifty thousand balboas for incurring in minor infractions, fines of fifty thousand with one cent to one hundred thousand balboas for incurring in major infractions and the possibility of license cancellation is contemplated.

Executive Decree 33 of 2021 will take effect the day after its promulgation, that is, from February 6, 2021.

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