SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
ACUERDO de Coordinación para fortalecer el esquema de financiamiento del Programa de Apoyo al Empleo, que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Tabasco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
ACUERDO DE COORDINACION PARA FORTALECER EL ESQUEMA DE FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR EL C. LIC. JAVIER LOZANO ALARCON, ASISTIDO POR LOS CC. DR. JAIME DOMINGO LOPEZ BUITRON; SUBSECRETARIO DE EMPLEO Y POLITICA LABORAL; LIC. HIPOLITO TREVIÑO LECEA, COORDINADOR GENERAL DE EMPLEO, Y LIC. VALENTE MADRIGAL RAMOS, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA DELEGACION FEDERAL DEL TRABAJO EN EL ESTADO DE TABASCO; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “LA SECRETARIA”, Y POR LA OTRA PARTE, EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO, QUIMICO ANDRES RAFAEL GRANIER MELO, GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. HUMBERTO DOMINGO MAYANS CANABAL; EL SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, L.C.P. JOSE MANUEL SAIZ PINEDA; EL SECRETARIO DE PLANEACION, LIC. GUSTAVO JASSO GUTIERREZ; EL SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO, LIC. MARIO DE LA CRUZ SARABIA; EL SECRETARIO DE CONTRALORIA, C.P. ROGER SILVANO PEREZ EVOLI; EL CONSEJERO JURIDICO DEL PODER EJECUTIVO, LIC. MIGUEL ALBERTO ROMERO PEREZ, Y EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO ESTATAL DE EMPLEO, LIC. CESAR AUGUSTO ROJAS RABELO; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "EL EJECUTIVO ESTATAL"; EN CONJUNTO “LAS PARTES”, MISMO QUE SE SUSCRIBE EN EL SENO DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE TABASCO (COPLADET) REPRESENTADO POR SU COORDINADORA GENERAL, LA LIC. YOLANDA OSUNA HUERTA, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. El Servicio Nacional de Empleo (SNE) fue constituido en 1978 a partir de las reformas a la Ley Federal del Trabajo y está integrado por 32 Servicios de Empleo, uno por entidad federativa que, en coordinación con “LA SECRETARIA”, se encargan de la operación del Programa de Apoyo al Empleo (PAE) en la República Mexicana.
II. El SNE es la única institución pública que se ocupa de la atención al desempleo y dentro de sus facultades se encuentran las de orientar a los buscadores de empleo hacia las vacantes existentes; auxiliar a las empresas para cubrir sus necesidades de personal y proporcionar orientación, capacitación y apoyos económicos a la población para que incrementen sus posibilidades de encontrar un empleo o trabajar por cuenta propia; así como fortalecer sus capacidades productivas. III. El PAE constituye un instrumento de política activa de mercado de trabajo que responde a la
problemática que enfrentan desempleados o subempleados para incorporarse o mejorar sus oportunidades en el mercado laboral. En este sentido, al interior del PAE se han incorporado varios subprogramas y esquemas dirigidos a atender los requerimientos o necesidades de diversos grupos de población en materia de orientación laboral, búsqueda de empleo, vinculación a un puesto de trabajo, apoyos para la capacitación para el trabajo y de colocación en el trabajo o actividades productivas más apropiadas a sus necesidades.
IV. Con el propósito de fortalecer las acciones que se llevan a cabo en el marco del PAE, “LA SECRETARIA” ha diseñado el esquema de “Estímulo a la Aportación Estatal” que permite a las entidades federativas un incremento de la asignación presupuestal federal. Dicho esquema está planteado, en origen, para que, por cada peso que los gobiernos estatales asignen a la ejecución del PAE, la federación asignará una cantidad equivalente al doble de su aportación (numeral 6.2 de las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación y de Gestión del PAE, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de marzo de 2007, conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007).
DECLARACIONES 1. DE “LA SECRETARIA”
1.1. Que conforme a lo dispuesto en los artículos 26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 537, 538 y 539 de la Ley Federal del Trabajo, es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal que tiene, entre otras atribuciones, las siguientes:
a) Promover el incremento de la productividad del trabajo.
b) Promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo, así como realizar investigaciones, prestar servicios de asesoría e impartir cursos de capacitación que, para incrementar la productividad en el trabajo, requieran los sectores productivos del país. 1.2. Que como encargada del Servicio Nacional de Empleo, algunas de sus facultades son las de:
organizar, promover y supervisar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores; practicar estudios sobre las causas del desempleo y del subempleo; analizar el mercado de trabajo; promover el aumento de las oportunidades de empleo; practicar estudios, planes y proyectos para impulsar la ocupación, así como procurar su correcta ejecución y proponer lineamientos para orientar la formación profesional hacia las áreas con mayor demanda de mano de obra.
1.3. Que con el propósito de fomentar la reciprocidad en el financiamiento del PAE, para beneficio de la población objetivo, se ha propuesto el esquema de distribución de recursos denominado “Estímulo a la Aportación Estatal”, el cual está previsto en el numeral 6.2 de las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación y de Gestión del PAE señaladas en el antecedente IV.
1.4. Que los recursos que suministrará a “EL EJECUTIVO ESTATAL” para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo, provienen de los autorizados en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007.
1.5. Que el C. Lic. Javier Lozano Alarcón, Secretario del Ramo, cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de acuerdo con lo previsto por los artículos 1, 3, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
1.6. Que para los efectos del presente Acuerdo, señala como domicilio el ubicado en avenida Anillo Periférico Sur número 4271, colonia Fuentes del Pedregal, Delegación Tlalpan, código postal 14149, México, Distrito Federal.
2. DE “EL EJECUTIVO ESTATAL”
2.1. Que con fundamento en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1 y 9 de la Constitución Política del Estado de Tabasco, es parte integrante de la Federación, libre y soberano en lo que toca a su régimen interior sin más limitaciones que las expresamente establecidas en el Pacto Federal.
2.2. Que el Químico Andrés Rafael Granier Melo, en su carácter de Gobernador del Estado Libre y Soberano de Tabasco, tiene plenas facultades para suscribir el presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 42 y 51 fracción XI y 52 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 1 y 2 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, y 48, 49, 50, 52 y 53 de la Ley Estatal de Planeación.
2.3. Que las secretarías de Gobierno, de Administración y Finanzas, de Planeación, de Desarrollo Económico y de Contraloría, así como la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, forman parte de la Administración Pública Centralizada, lo anterior de conformidad con los artículos 52 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 3, 4, 26 fracciones I, III, V, VIII, XI y XIII, 27, 29, 31, 34 fracciones IX y X, 37 y 39 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Estado de Tabasco; 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Estado de Tabasco; 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría del Estado de Tabasco, y 1 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
2.4. Que el 1 de enero de 2007 los CC. Lic. Humberto Domingo Mayans Canabal, L.C.P. José Manuel Saíz Pineda, Lic. Gustavo Jasso Gutiérrez, Lic. Mario de la Cruz Sarabia, C.P. Roger Silvano Pérez Evoli y Lic. Miguel Alberto Romero Pérez, fueron nombrados por el Gobernador del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Secretario de Gobierno, Secretario de Administración y Finanzas, Secretario de Planeación, Secretario de Desarrollo Económico, Secretario de Contraloría, y Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo, respectivamente, por lo que se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 5, 12 fracción IX, 21 y 22 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco; 7, 8, 9 fracciones I y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Estado de Tabasco; 2, 5, 10 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Estado de Tabasco; 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría del Estado de Tabasco, y 3 y 8 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
2.5. Que se creó el Servicio Estatal de Empleo de Tabasco como un Organo Público Desconcentrado de la Administración Pública Centralizada del Estado, adscrito a la Secretaría de Desarrollo Económico, conforme al artículo 1 del Acuerdo de creación del Servicio Estatal de Empleo de Tabasco, publicado en el suplemento 6387 del Periódico Oficial del Estado, de fecha 22 de noviembre de 2003, para ejecutar en forma coordinada con “LA SECRETARIA” el Programa de Apoyo al Empleo (PAE). 2.6. Que el 1 de enero de 2007, el Lic. César Augusto Rojas Rabelo, fue nombrado por el Gobernador del
Estado Libre y Soberano de Tabasco, Director General del Servicio Estatal de Empleo de Tabasco, por lo tanto está plenamente facultado para la suscripción del presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 fracciones I y XIX del Acuerdo de creación del Servicio Estatal de Empleo de Tabasco, publicado en el Suplemento 6387 del Periódico Oficial del Estado, de fecha 22 de noviembre de 2003.
2.7. Que de conformidad con los artículos 1 y 3 fracción V del Acuerdo de creación del Comité de Planeación para el Desarrollo en el Estado de Tabasco, éste es un organismo público descentralizado dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio que tiene, entre otras funciones, sugerir a los ejecutivos federal y estatal programas y acciones a concertar en el marco del respectivo convenio de coordinación que se suscriba entre ambos órdenes de gobierno con el propósito de coadyuvar a alcanzar los objetivos del desarrollo del Estado.
2.8. Que para los efectos legales del presente Acuerdo señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, calle Independencia número 2, colonia Centro, código postal 86000, de esta ciudad de Villahermosa, capital del Estado de Tabasco.
3. DE “LAS PARTES”
3.1. Que en virtud de las razones y consideraciones de orden legal precisadas en la parte declarativa que antecede, los comparecientes reconociéndose mutuamente la personalidad y capacidad jurídica que se indica, expresan que es su deseo someter este Acuerdo a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- El presente instrumento jurídico tiene por objeto fomentar la participación de “EL EJECUTIVO ESTATAL” en el financiamiento del Programa de Apoyo al Empleo (PAE), fortalecer las acciones orientadas a la atención de la población objetivo, así como mantener los niveles de atención y calidad en los servicios que proporciona el Servicio Estatal de Empleo de la entidad.
SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto antes mencionado, las partes se obligan a aportar los recursos de la operación del PAE durante el Ejercicio Fiscal 2007, en un marco de reciprocidad y bajo el esquema de “Estímulo a la Aportación Estatal” propuesto por “LA SECRETARIA”, cuya metodología de asignación es la siguiente:
a. Cada Entidad Federativa podrá ofrecer como límite máximo para la subasta la cantidad proporcional al peso porcentual que señalen los Criterios de Distribución establecidos para el efecto.
b. El esquema consta de una etapa, cuyo proceso consiste en que por cada peso que aportan los Gobiernos Estatales y del Distrito Federal para acciones del PAE, “LA SECRETARIA” se compromete a aportar el doble.
c. Podrán participar todos los Estados y el Distrito Federal y “LA SECRETARIA” pondrá a disposición de las Entidades Federativas un monto del recurso federal para que éstas subasten, utilizando como tope máximo el resultado de aplicar la participación porcentual de la distribución por criterios.
Las aportaciones de “LAS PARTES” en el esquema, se formalizan con la celebración del presente Acuerdo de Coordinación para Fortalecer el Esquema de Financiamiento del Programa de Apoyo al Empleo, el cual, de conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación y de Gestión del PAE vigentes, deberá ser firmado a más tardar al cierre del segundo trimestre de 2007.
Con lo anterior, se favorece una política de reciprocidad en el financiamiento del PAE y se reconoce el esfuerzo estatal en materia de acciones de empleo.
Las aportaciones estatales son adicionales a los montos presupuestales autorizados por “LA SECRETARIA” para la Entidad con base en la normatividad vigente.
TERCERA.- “EL EJECUTIVO ESTATAL” se compromete a considerar dentro de su presupuesto la cantidad de $3'840,613.50 (tres millones ochocientos cuarenta mil seiscientos trece pesos 50/100 M.N.), con cargo a la cuenta presupuestal del Servicio Estatal de Empleo, Organo Público Desconcentrado de la
Secretaría de Desarrollo Económico, autorizado mediante oficio número SAF-0036/2007 de la Secretaría de Administración y Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", del mismo, para aplicarla al financiamiento del esquema de “Estímulo a la Aportación Estatal”, y “LA SECRETARIA”, en contraparte, realizará la aportación federal correspondiente, de acuerdo al mecanismo señalado en la cláusula segunda. Dicha aportación se sumará a la asignación presupuestal definida para la Entidad conforme a los criterios de distribución establecidos por “LA SECRETARIA”, a partir de las características sociodemográficas, la población objetivo de cada programa y la capacidad operativa.
El monto total de recursos que aportará “LA SECRETARIA” a “EL EJECUTIVO ESTATAL” para operar el PAE, es el que se encuentra previsto en el Acuerdo mediante el cual se da a conocer la calendarización de los recursos y la distribución de la población objetivo por Entidad Federativa para el Programa de Apoyo al Empleo y el Programa para el Desarrollo Local, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto 2007, conforme a lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007.
CUARTA.- La aportación de “EL EJECUTIVO ESTATAL”, no se incorpora en la publicación antes mencionada, toda vez que se trata de recursos de otro orden de Gobierno. Los logros alcanzados con la aportación de “LAS PARTES”, serán contabilizados como resultados del PAE en su conjunto.
QUINTA.- “LA SECRETARIA” se compromete a considerar, dentro de la asignación presupuestal prevista para “EL EJECUTIVO ESTATAL”, conforme a lo establecido en el Acuerdo mediante el cual se da a conocer la calendarización de los recursos y la distribución de la población objetivo por entidad federativa para el Programa de Apoyo al Empleo y el Programa para el Desarrollo Local, la cantidad de $7'681,227.00 (siete millones seiscientos ochenta y un mil doscientos veintisiete pesos 00/100 M.N.) para la operación del PAE, dentro del esquema de “Estímulo a la Aportación Estatal”.
SEXTA.- “LA SECRETARIA” acepta de conformidad que el “EL EJECUTIVO ESTATAL” aportará recursos adicionales a los previstos dentro del Esquema de “Estímulo a la Aportación Estatal”, en los proyectos del PAE, hasta por un importe de $6,159,386.50 (seis millones ciento cincuenta y nueve mil trescientos ochenta y seis pesos 50/100 M.N.), respetando la normatividad aplicable a los recursos de transferencia federal y, asimismo, que “EL EJECUTIVO ESTATAL” destine hasta el veinte por ciento (20%) de esa aportación adicional para la adquisición de equipo de cómputo, mobiliario, remodelación de oficinas y unidades de transporte destinados al equipamiento y mejor operación de sus unidades operativas y módulos.
SEPTIMA.- “LAS PARTES” se obligan a ministrar los recursos previstos en este instrumento jurídico, a partir de la firma del mismo.
OCTAVA.- “EL EJECUTIVO ESTATAL” acepta de conformidad que los recursos de su aportación se apliquen en los Subprogramas del PAE, respetando la normatividad federal aplicable para cada uno de los mismos.
Asimismo, “LA SECRETARIA” acepta de conformidad que “EL EJECUTIVO ESTATAL” destine hasta el veinte por ciento (20%) de los recursos estatales aportados en el esquema, para la adquisición de equipo de oficina, equipo de cómputo (hardware), mobiliario, remodelación de oficinas y unidades de transporte destinados al equipamiento y mejor operación del Servicio Estatal de Empleo de la Entidad, sus unidades operativas y módulos, para lo cual deberá sujetarse en todo momento a la normatividad estatal vigente en materia de adquisición de bienes y/o contratación de obras.
“LA SECRETARIA” no reconocerá como aportaciones estatales dentro del esquema “Estímulo a la Aportación Estatal”, erogaciones realizadas por “EL EJECUTIVO ESTATAL” en gastos operativos tales como: pago a personal, viáticos y pasajes, comisiones bancarias, ferias de empleo, entre otros.
NOVENA.- Si “LA SECRETARIA” no realiza la aportación a que se comprometió en la cláusula quinta del presente instrumento jurídico, debido a recortes de su presupuesto federal, la aportación estatal se ajustará proporcionalmente a la reducción presupuestal. En el caso de que “EL EJECUTIVO ESTATAL” no realice la aportación comprometida en la cláusula tercera, en los tiempos señalados en el oficio número 310/20.12.06/3290, suscrito por el Coordinador General de Empleo, mismo que manifiesta “EL EJECUTIVO ESTATAL” le fue debidamente comunicado, “LA SECRETARIA” le retirará proporcionalmente los recursos asignados dentro del esquema de “Estímulo a la Aportación Estatal” y, asimismo, procederá a redistribuir los recursos a las demás Entidades Federativas que muestren un adecuado ritmo de gasto en la ejecución de los programas.
DECIMA.- “LAS PARTES” acuerdan en que el personal contratado por cada una de ellas para la realización del objeto de este Acuerdo y los proyectos que de éste se deriven, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; en tal virtud, cada una asumirá su responsabilidad, y en ningún caso, el cumplimiento de su objeto implicará relación laboral alguna con el personal de la otra parte, por lo que no podrán ser consideradas como patrones solidarios o substitutos.
UNDECIMA.- El presente Acuerdo empezará a surtir efectos legales a partir de su firma y concluirá el treinta y uno de diciembre de 2007.
DUODECIMA.- “LAS PARTES” manifiestan que el presente Acuerdo es producto de la buena fe, por lo que toda duda o diferencia de opinión respecto a su formalización, interpretación y/o cumplimiento será resuelta de común acuerdo.
DECIMA TERCERA.- Cualquiera de “LAS PARTES” podrá dar por terminado este Acuerdo siempre que se dé aviso a la otra parte por escrito, con un mínimo de treinta días de anticipación y, en tal caso, acordarán las medidas para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros. Igualmente, se comprometen a concluir los proyectos ya iniciados, para que éstos no se vean afectados por la terminación anticipada.
DECIMA CUARTA.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley de Planeación, “LAS PARTES” acuerdan que el presente documento sea publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de “EL EJECUTIVO ESTATAL”, dentro de los siguientes treinta días naturales posteriores a su firma.
Leído y ratificado el presente instrumento jurídico y enteradas las partes de su contenido, alcance y fuerza legal, lo suscriben al calce, al margen y por sextuplicado, en la ciudad de Villahermosa, Tabasco, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil siete.- Por la Secretaría: el Secretario del Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano Alarcón.- Rúbrica.- El Subsecretario de Empleo y Política Laboral, Jaime Domingo López Buitrón.- Rúbrica.- En virtud de que el Lic. Hipólito Treviño Lecea ya no funge como Titular de la Coordinación General de Empleo, suscribe el presente documento el nuevo Titular de dicha Unidad Administrativa, el 18 de octubre de 2007, Alejandro Razo Corona.- Rúbrica.- El Encargado del Despacho de la Delegación Federal del Trabajo en Tabasco, Valente Madrigal Ramos.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo Estatal: el Secretario de Administración y Finanzas, José Manuel Saíz Pineda.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación, Gustavo Jasso Gutiérrez.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Económico, Mario de la Cruz Sarabia.- Rúbrica.- El Secretario de Contraloría, Roger Silvano Pérez Evoli.- Rúbrica.- El Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo, Miguel Alberto Romero Pérez.- Rúbrica.- El Director General del Servicio Estatal de Empleo, César Augusto Rojas Rabelo.- Rúbrica.- La Coordinadora General del COPLADET, Yolanda Osuna Huerta.- Rúbrica.