Reglamento de Promoción
“Las BN Tarjetas te llevan a Nueva York y las Vegas”
A.- DEFINICIONES:La presente promoción es realizada por el Banco Nacional de Costa Rica, para todos los tarjetahabientes de débito y crédito VISA o MasterCard que utilicen sus tarjetas para la adquisición de bienes o servicio. Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones:
1. Banco Nacional de Costa Rica o EL BANCO: Propietario y administrador de la
promoción “Las BN Tarjetas te llevan a Nueva York y Las Vegas".
2. Reglamento: Documento que regula lo atinente a la actividad promocional
denominada “Las BN Tarjetas te llevan a Nueva York y Las Vegas".
3. Promoción: Actividad promocional aquí regulada.
4. Tarjetahabiente: Titular de una tarjeta de crédito o débito expedida por el Banco
Nacional de Costa Rica.
5. Favorecido: Tarjetahabiente seleccionado como posible ganador que haya realizado
compras acumuladas que superen los treinta mil colones o su equivalente en dólares (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), entre el primero (1) de octubre del dos mil dieciséis y hasta el treinta (30) de noviembre del dos mil dieciséis, ambas fechas inclusive.
6. Ganadores: Tarjetahabientes favorecidos en la promoción “Las BN Tarjetas te llevan a Nueva York y Las Vegas", que cumplan con los requisitos del presente reglamento y
firmen el documento de aceptación de premio, exoneración de responsabilidad, uso de imagen y cualquier otro documento que sea necesario según criterio de EL BANCO.
7. Suplentes: Tarjetahabientes que cumplan con los requisitos del presente reglamento y
que podrán ser tomados en cuenta en caso que un ganador o favorecido se le imposibilite, por las razones que sean, reclamar u obtener el premio.
8. Base de datos: Es el registro electrónico de todas las compras realizadas mediante el
uso de las tarjetas de débito y/o crédito VISA o MasterCard, por tarjetahabientes de EL BANCO que cumplan con la mecánica establecida en el presente reglamento.
9. Premio: Consiste en dos (2) paquetes de viajes, los cuales se detallan en el apartado
sobre PREMIOS.
10. Naturaleza y zona de aplicación: La presente promoción se considerará de naturaleza
exclusiva para clientes del Banco Nacional de Costa Rica, tarjetahabientes de Débito y/o Crédito VISA o MasterCard.
B.- PERIODO DE VIGENCIA:
11. La presente promoción estará vigente en el plazo contado desde el primero (1) de octubre del dos mil dieciséis y hasta el treinta (30) de noviembre del dos mil dieciséis, ambas fechas inclusive.
C.- PARTICIPANTES:
12. Podrán participar en la presente promoción todas las personas físicas, mayores de dieciocho años, con documento de identificación válido, vigente y reconocido conforme a las leyes de la República de Costa Rica; que sean tarjetahabientes titulares de una tarjeta de débito y/o crédito del Banco Nacional de Costa Rica y se encuentren al día en el pago de sus obligaciones con el Banco.
13. La presente promoción es aplicable única y exclusivamente para tarjetahabientes débito y/o crédito Visa o MasterCard que cumplan con las condiciones indicadas en el punto anterior.
D. MECÁNICA:
14. Para participar los tarjetahabientes deberán realizar compras acumuladas que superen los treinta mil colones o su equivalente en dólares (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) en puntos de venta (POS) o compras por internet dentro de plazo de vigencia de la promoción; el cual comprende desde el primero (1) de octubre hasta el treinta (30) de noviembre del dos mil dieciséis, ambas fechas inclusive.
15. Durante el plazo de vigencia de la presente promoción, se contabilizará una acción electrónica por cada treinta mil colones en compras o su equivalente en dólares (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Las tarjetahabientes de la tarjeta BN Mujer, recibirán doble acción electrónica por cada treinta mil colones en compras o su equivalente en dólares (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) que acumulen en compras utilizando dicha tarjeta.
16. Se premiará a dos (2) diferentes ganadores, quienes podrán viajar con un (1) acompañante cada uno.
17. Los favorecidos y los suplentes deben estar al día en el pago de todas sus obligaciones con EL BANCO, no se considerarán las personas que tengan arreglos de pago con EL BANCO o que no se encuentren al día con las obligaciones adquiridas con la entidad.
18. Para participar y ser declarado como ganador, necesariamente el favorecido deberá conocer y aceptar todos los términos, condiciones y limitaciones establecidas en este reglamento; por lo que el mismo estará disponible para su consulta previa a través de la página web del Banco: www.bncr.fi.cr. También, deberá firmar el recibido conforme del premio y demás documentos que a criterio de EL BANCO sean necesarios; de no hacerlo liberarán de toda responsabilidad a EL BANCO por el incumplimiento de las mismas y perderán el derecho a obtener los premios.
19. Para que los favorecidos puedan ser contactados deberán mantener la información personal actualizada en los sistemas del BANCO.
E. PREMIOS:
20. Los premios consisten en un paquete de viaje para dos (2) personas a Nueva York y un paquete de viaje para dos (2) personas a Las Vegas:
20.1.1. Ganador en la categoría compras con tarjetas de crédito (ganador entre los clientes que realicen compras con BN Tarjetas de crédito): VIAJE A NEW YORK (ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) DEL 29 DE DICIEMBRE AL 2 DE ENERO UN GANADOR CON UN ACOMPAÑANTE.
INCLUYE PARA EL GANADOR Y UN ACOMPAÑANTE: i) BOLETOS AÉREOS.
ii) TRANSPORTE DEL AEROPUERTO AL HOTEL. iii) HOSPEDAJE 5 DÍAS Y 4 NOCHES.
(1)Actividades 29 de diciembre en la ciudad de New York:
(a) Llegada del ganador y su acompañante a la ciudad de New York, se transportan al hotel de alojamiento durante su estadía
(b) Actividades 30 de diciembre en la ciudad de New York: (i) Room Service para desayuno para ambas personas (ii)Visita al Empire State Building
(iii)Visita al Moma Museum
(iv)Incluye el almuerzo para ambas personas (v)Visita a Estatua de la Libertad
(vi)Visita al 9/11 Memorial Museum
(vii) Entrada doble a un Show de Broadway (viii) Tiquete doble Hop on Hop off bus (ix)Tour en helicóptero por la ciudad.
(c) Actividades 31 de diciembre en la ciudad de New York: (i) Incluye cena para ambas personas
(ii)Transporte al restaurante
(iii)Recibimiento de Año Nuevo en Time Square (d) Actividades 01 de enero en la ciudad de New York:
(i) Día libre para que el ganador y su acompañante disfruten de la ciudad
(e) Actividades 02 de enero en la ciudad de New York: (i) Transporte del hotel al aeropuerto.
iv) SEGURO DE VIAJE Y ASISTENCIA EN EL DESTINO. PERSONAL QUE LES GUIARÁ EN LA CIUDAD DE DESTINO.
v) UNA TARJETA INTERNACIONAL CON $1000 (moneda de curso legal de Estados Unidos de América) PARA EL GANADOR.
20.1.2. Ganador en la categoría compras con tarjetas de débito (ganador entre los clientes que realicen compras con BN Tarjetas de Débito): VIAJE A LAS VEGAS NEVADA (ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA) DEL 29 DE DICIEMBRE AL 2 DE ENERO UN GANADOR CON UN ACOMPAÑANTE.
INCLUYE PARA EL GANADOR Y UN ACOMPAÑANTE: vi) BOLETOS AÉREOS.
viii)HOSPEDAJE 5 DÍAS Y 4 NOCHES.
(1)Actividades 29 de diciembre en la ciudad de Las Vegas:
(a) Llegada del ganador y su acompañante a la ciudad de Las Vegas Nevada, se transportan al hotel de alojamiento durante su estadía. (b) Actividades 30 de diciembre en la ciudad de Las Vegas:
(i) Room Service para desayuno para ambas personas (ii)Visita a The High Roller at The LINQ
(iii)Visita al Mob Museum
(iv)Incluye el almuerzo para ambas personas (v)Visita a Bellagio Las Vegas
(vi)Visita al Stratosphere Hotel, Casino y Torre (vii) Entrada doble Show Matt Franco (viii) Tiquete doble a Hop On Hop Off Bus
(ix) Tour en helicóptero llegando a la zona del Gran Cañón del Colorado. (c) Actividades 31 de diciembre en la ciudad de Las Vegas:
(i) Incluye cena para ambas personas (ii)Transporte al restaurante
(iii)Recibimiento de Año Nuevo en Main Strip (d) Actividades 01 de enero en la ciudad de Las Vegas:
(i) Día libre para que el ganador y su acompañante disfruten de la ciudad
(e) Actividades 02 de enero en la ciudad de Las Vegas: (i) Transporte del hotel al aeropuerto.
ix) SEGURO DE VIAJE Y ASISTENCIA EN EL DESTINO. PERSONAL QUE LES GUIARÁ EN LA CIUDAD DE DESTINO.
x) UNA TARJETA INTERNACIONAL CON $1000 (moneda de curso legal de Estados Unidos de América) PARA EL GANADOR.
F. SORTEO:
21. El sorteo utilizará la base de datos generada por el BANCO con los participantes que cumplen con las condiciones estipuladas en el presente reglamento.
22. El sorteo se realizará mediante el uso de un sistema electrónico aleatorio que determinará los favorecidos y suplentes; de entre el total de participantes registrados en la base de datos conformada durante la promoción, se procederá a escoger de forma aleatoria a los 2 (dos) favorecidos del sorteo. Adicionalmente, se escogerán 10 suplentes, que serán convocados en el mismo orden en que fueron elegidos.
23. Los suplentes no serán dados a conocer y serán convocados única y exclusivamente en el supuesto que alguno de los favorecidos no acepte el premio, no concurrieren a hacer el retiro específico del premio, no pudieren ser contactados por EL BANCO o no cumplan con las condiciones legales que se establecen en el presente Reglamento.
24. El sorteo se llevará a cabo ante un Notario Institucional, mismo que dará fe de la validez y autenticidad del sorteo y levantara el acta notarial de lo actuado.
25. Las personas que resultaren favorecidas, serán contactadas por el Banco Nacional de Costa Rica en un plazo de 2 días hábiles siguientes al sorteo, en donde se les indicará el lugar, la hora y la fecha en que se llevará a cabo la corroboración de datos de sus documentos de identificación y la firma de la documentación pertinente.
26. Los participantes quedan entendidos que el Banco Nacional de Costa Rica no tendrá obligación alguna de realizar ningún tipo de investigación exhaustiva o adicional para lograr la localización de algún participante que hubiere resultado favorecido y que no pudiese ser contactado, ya que es deber de todo tarjetahabiente mantener al día sus datos personales en la base de datos que posee su respectivo emisor.
27. Si no pudiere ser contactado el favorecido, así como tampoco pudieren ser contactados alguno de los suplentes, el o los premios no pudiesen ser entregados, EL BANCO podrá disponer del premio según su criterio.
28. El resultado del sorteo, una vez determinado cada ganador, se dará a conocer por medio de la página web del Banco: www.bncr.fi.cr, sin perjuicio de que el Banco lo haga, en uno o más medios de comunicación masiva.
29. El reglamento de la promoción será divulgado por medio de la página web del Banco: www.bncr.fi.cr.
G. CONDICIONES Y RESTRICCIONES:
30. Queda prohibido ceder, traspasar a título oneroso o gratuito, enajenar o de cualquier forma disponer de los premios en la forma que implique el traspaso del mismo a un tercero.
31. El Banco no se responsabiliza por el uso que se le brinde al premio, ni por procesos judiciales, extrajudiciales o de cualquier otra índole que puedan ser instaurados con relación a un reclamo de cualquier tipo de responsabilidad, o por los daños o perjuicios que puedan resultar por hechos acontecidos durante o como consecuencia de la ejecución del premio, así como relacionados con la calidad, garantías por daños, pérdidas o perjuicios ocasionados por el uso y disfrute del premio.
32. Cualquier diferencia originada por la puesta en marcha de la presente promoción, se aplicaran las condiciones, limitaciones, mecánica y restricciones establecidas en el presente reglamento.
33. El Banco se reserva el derecho de variar las fechas previstas para cada disfrute del premio o el mismo periodo promocional, en caso de que las circunstancias así lo requieran ante cualquier imprevisto o problema que se pudiera presentar debiendo comunicar en forma debida al ganador.
34. El Banco Nacional de Costa Rica podrá verificar en cada caso la identidad y legitimidad del ganador que concurra a recibir el premio aquí ofrecido, exigiendo la entrega de la documentación que acredite su identidad. De no cumplir éstos con los requisitos que se especifican en el presente reglamento, se dejará sin efecto la entrega del premio correspondiente, sin que deba indemnizarse al ganador por daño alguno por dicho concepto.
35. Los ganadores y sus acompañantes deberán contar con su pasaporte al día y visa americana vigente y en buen estado y que los mismos no tengan fecha de vencimiento de menos de seis meses después del 01 de diciembre del 2016. A su vez, deberán cumplir con los requisitos de salida y entrada de los países establecidos para cada nacionalidad. En caso de no contar con la visa americana no podrá ser acreedor del premio.
36. Banco Nacional no será responsable en caso en que no se pueda hacer efectivo el uso del premio por las condiciones inherentes de los ganadores y/o sus acompañantes.
37. Los ganadores aceptan mediante la firma del documento correspondiente, que podrán ser fotografiados, retratados, filmados o grabados al momento en que se haga la entrega del respectivo premio y durante el disfrute del premio (durante el viaje) para efectos publicitarios, y deberá de estar anuente a ello, dándole la facultad de utilizar su nombre e imagen en cualquier medio publicitario, renunciando a cualquier tipo de remuneración por ese concepto.
38. En caso que los ganadores no deseen firmar el documento respectivo o indiquen no estar anuentes a ser fotografiados, retratados, filmados o grabados al momento de realizarse la entrega del premio, perderán como efecto de su libre decisión, su derecho a participar en la presente promoción; así como a que se le entregue el premio respectivo, sin que exista ningún tipo de responsabilidad por parte del BANCO con respecto a este, pudiendo incluso declarar desierto el premio.
39. No se considerarán transacciones con tarjetas que hayan sido objeto de anulación o reversión por cualquier motivo. Asimismo, no se tomarán en cuenta para los efectos de la presente promoción: las transacciones que se realicen por concepto de retiro de cajeros automáticos, Pago de Recibos de servicios públicos, Pago Automático de Recibos (PAR), Pago Automático de Salarios (PAS).
40. El disfrute del premio será válido únicamente para los efectos de la presente promoción y no podrán ser utilizados en conjunto con otro tipo de promociones o regalías.
41. El Banco no intervendrá, ni tendrá responsabilidad alguna sobre las controversias que se presenten entre un presunto ganador y un tercero ajeno a la promoción, en relación y/o disputa por la titularidad de transacciones realizadas que hayan resultado ganadoras.
42. EL Banco no se hace responsable por los vuelos suspendidos por decisión de la aerolínea o de las autoridades competentes en caso de fenómenos naturales u otras situaciones que se consideren.
43. EL BANCO no se hace responsable por accidentes de cualquier tipo, enfermedades o situaciones médicas de cualquier índole que afecten a los ganadores en los días en que se esté disfrutando del premio, teniendo los ganadores que, prever si así lo consideran, la compra de un seguro de viaje adicional al incluido en el premio.
44. El Banco Nacional de Costa Rica no asumirá, ---bajo ninguna circunstancia--- responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento.
45. El Banco suspenderá en forma inmediata la promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que afecten o puedan afectar gravemente los intereses del Banco o de la promoción. Igualmente podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se valgan y aprovechen de la promoción, en perjuicio del resto de los participantes.
46. Para todos los efectos legales, queda autorizado Banco Nacional para poder reprogramar, cambiar las características o especificaciones de la mecánica, de los premios ofrecidos en esta promoción o de los plazos, así como adicionar, modificar y mejorar tanto la mecánica como las demás condiciones y restricciones establecidas en el presente reglamento, a fin de mejorar la participación de los tarjetahabientes, de acuerdo con la evolución y resultado de la presente promoción. En caso de ser necesario, se procedería a realizar una nueva publicación del mismo, en donde consten dichas modificaciones, aclaraciones, adiciones, etc.
47. Ninguna persona podrá interpretar o modificar el presente reglamento si no es con la autorización previa y expresa por parte del Banco. Por consiguiente, cualquier asunto que se presente con respecto a la presente promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el BANCO, en estricto apego a las leyes, usos y costumbres de la República de Costa Rica.
48. No podrán participar en esta promoción los miembros de la Junta Directiva General, Gerente General, Subgerentes Generales, Directores Corporativos, Directores de Zona, Directores Generales, Auditor y Sub-Auditor General, Secretario General, Gerentes de Sociedades Anónimas del Banco Nacional, funcionarios de Oficina de Publicidad, jefaturas de la Subgerencia General de Desarrollo y Personas, Notarios de planta, ni ningún funcionario que esté vinculado con esta campaña.
49. Adicionalmente, se excluyen de esta promoción todas las personas encargadas y/o funcionarias que participen en la logística de la promoción como por ejemplo, la extracción de la información y la aplicación del sorteo de la promoción respectiva por parte del Banco Nacional.
50. Una vez concluido el período promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente reglamento.
51. Cualquier consulta se podrá realizar mediante llamada telefónica a los teléfonos: 2212-2000 extensiones: 5253, 5274, 5257, 5265.