Ayuntamiento de San Mateo de Gállego
BASES REGULADORAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN SAN MATEO DE GÁLLEGO. I.OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de “ACTIVIDADES DEPORTIVAS”, conforme a las presentes bases reguladoras.
El objeto principal del contrato es la gestión y realización de la oferta de actividades deportivas en las instalaciones deportivas municipales de San Mateo de Gállego ( pabellón polideportivo municipal)
El contrato definido tiene la calificación de contrato de carácter especial, por ser una cesión de un bien de dominio público (pabellón polideportivo) afecto al servicio público, donde se prima la prestación del servicio sobre el precio del arrendamiento del bien.
II. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN.
La forma de adjudicación del contrato de servicios de ACTIVIDADES DEPORTIVAS de San Mateo de Gállego será mediante contrato administrativo especial, en el que todo empresario interesado podrá presentar una memoria técnica que contenga propuestas de valoración económica de las diversas actividades de cara a los usuarios, así como una programación de fechas: (días y horas)
El contrato será menor, por lo cual será necesario invitar al menor a tres empresas del sector debidamente cualificadas, en dicha invitación se empleará los medios telemáticos
III. PERFIL DEL CONTRATANTE.
No es necesaria la publicación en el perfil del contratante porque este contrato no supera los 18.000 euros.
En todo caso, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual se realizará la oportuna publicidad a través de la página Web del Ayuntamiento y en el tablón de anuncios
IV. PRECIO DEL CONTRATO.
Las propuestas se presentarán en sobre cerrado en el Ayuntamiento
V. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
Las propuestas se presentarán en sobre cerrado en el Ayuntamiento de San Mateo de Gállego, Plaza España 5, 5840 de San Mateo de Gállego, (Zaragoza), en horario de atención al público (de 9 a 14 horas), dentro del plazo de 3 días desde la publicación del anuncio en la página web del Ayuntamiento. Si el último día de presentación coincidiera con día no hábil se prolongará hasta el lunes siguiente. Las proposiciones también podrán presentarse por correo en cualquiera de los lugares establecidos en al artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador justificará la hora y fecha en que se efectuó el envío y la comunicará al órgano de contratación, mediante fax o telegrama, dentro de la fecha establecida como plazo de presentación, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. No obstante, transcurridos tres días siguientes a la fecha indicada si haberse recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso. La acreditación de la recepción del referido fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta de la ley 3/2011, de 14 de noviembre, Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación
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incondicionada por el licitador de las cláusulas de estas bases reguladoras. Además deberá de cumplimentar el anexo II, cuyo modelo se adjunta e incluirse la proposición económica (anexo I).
VI. APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN.
Dado el carácter de urgencia de este expediente, al siguiente día hábil tras la finalización del plazo de presentación, el órgano competente procederá a abrir el sobre de las propuestas recibidas en plazo y forma por las empresas licitadoras, adjudicando el contrato. El órgano de contratación podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazará la proposición. Se entenderá subsanable toda omisión de datos que existieren en la fecha de cierre de plazo de presentación de proposiciones o que no alteren el contenido de la proposición, tales como omisión de firmas, errores materiales, etc., y no subsanable aquella omisión de datos que no concurrieran en el licitador el término del plazo de presentación de proposiciones o que alteren sustancialmente éstas. Las observaciones para su posible subsanación podrán ser notificadas por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente y siendo la fecha de recepción la que determinará el cómputo de plazos. Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, el órgano competente declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo. Finalizado el plazo y subsanado lo requerido se adjudicará el contrato por el órgano de contratación.
VII. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la propuesta técnica y económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de tres días naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido la adjudicación, firme el contrato de prestación de servicios de ACTIVIDADES DEPORTIVAS en Instalaciones municipales durante el curso escolar 2017-2018.
En caso de no firmarlo se entenderá que desestima la contratación, pasando a ser adjudicada al siguiente de mejor propuesta técnico-económica.
VIII. EJECUCIÓN.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en estas bases y de acuerdo con las instrucciones que se darán al adjudicatario para su interpretación por el órgano de contratación.
IX. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Una vez adjudicado el contrato no se podrán introducir modificaciones en el mismo.
X. CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO.
Periodo de Ejecución.
El plazo de realización de las ACTIVIDADES DEPORTIVAS será desde Septiembre de 2017 hasta finales de Junio 2018, en horarios en los que las Instalaciones Municipales estén abiertas al público (Anexo III: Horarios disponibles de espacios deportivos)
Los destinatarios las actividades van dirigidas a toda la población, en especial a personas mayores de 14 años
XI. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ADJUDICATARIO.
XI.1 Derechos
El adjudicatario podrá disponer de las instalaciones del pabellón polideportivo para la práctica y realización de los servicios programados: luz, calefacción, agua, accesos…, sin
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contraprestación económica por ello.El adjudicatario tendrá la liberta de suspender el servicio, siempre que no se den los requisitos base de la adjudicación.
XI.2 Obligaciones
Realizar la gestión completa de las ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Planificación
Contratación
Publicidad
Inscripciones
Comprometerse a la realización, mínimo, de las siguientes actividades deportivas:
Gimnasia de mantenimiento (en horario de mañanas)
Aerobic – GAP
Spinning
Crossfitness
Por otra parte las empresas podrán proponer otro tipo de actividades diferentes a las indicadas que serán estudiadas y valoradas. Quedan excluidas Pilates y Yoga porque se realizan a través de asociaciones locales.
Comprometerse a aportar personal cualificado y con la titulación requerida en cada
caso para impartir las actividades deportivas.
Elaborar el calendario de actividades y trasladárselo al departamento de Deporte del
Ayuntamiento para su aprobación.
Mantener la comunicación entre la Empresa y el Ayuntamiento.
Mantener en buen uso las instalaciones habilitadas.
La empresa debe aportar todo el material necesario para la realización de las actividades (Como pudieran ser steps, mancuernas, bicicletas de Spinning...).
El Ayuntamiento marcará a la empresa un precio máximo al usuario / mes de cada
actividad. (Ejemplo: el usuario no podrá pagar más de 30€ al mes por Spinning).
El adjudicatario deberá gestión y ejecutar las actividades programadas en base a la
programación aprobada, cualquier modificación deberá ser sometida al órgano de contratación.
El adjudicatario deberá mantener las instalaciones siempre en perfecto estado de
limpieza, cualquier incidencia, roturas, desperfectos o cualquier otra situación que se diese deberá ser comunicada al órgano de contratación.
El contrato se establece a riesgo y ventura del adjudicatario, por lo que la falta de
equilibrio económico en la prestación no dará lugar a ninguna contraprestación con cargo al Ayuntamiento.
XII. RÉGIMEN JURÍDICO.
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en estas bases, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/207, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
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Públicas en todo lo que no se oponga la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor el Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley 3/2011, de 14 de noviembre, de contratos del Sector Público.
XIII. FIANZAS.
El adjudicatario, antes de la firma del contrato, depositará en el Ayuntamiento, una fianza de 300€, para responder de los daños y perjuicios que pudieran presentarse en la realización del servicio, teniendo en cuenta que no existe contraprestación económica por el uso de las instalaciones.
CLAUSULA ADICIONAL.
En virtud de lo que establece el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con la Disposición Adicional Duodécima del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, los plazos a que se refieren el presente pliego se consideraran siempre como naturales. No obstante, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
En San Mateo de Gállego, a 11 de septiembre de 2017
El Alcalde,
Fdo.: José Manuel González Arruga. (Documento Electrónico).
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PROPUESTA TÉCNICA(ANEXO I).
D. ___________________________________, mayor de edad, con domicilio en (calle, nº y localidad) provisto con D.N.I. nº , en nombre propio (o en nombre de _______________________________si actúa en representación) enterado de las bases reguladoras que han de regir para el servicio de “ACTIVIDADES DEPORTIVAS” acepta íntegramente las condiciones y obligaciones que dimanan de las mismas; se compromete a cumplirlas y ofrece prestar los servicios de referencia según la propuesta técnica que se expone en las siguientes páginas.
En _______________________________, a ____ de ______________ de 20___. Firma del licitador,
Fdo.: _______________________________.
OBLIGACIONES DEL LICITADOR (ANEXO II).
D. ___________________________________, mayor de edad, con domicilio en (calle, nº y localidad) provisto con D.N.I. nº , en nombre propio (o en nombre de _______________________________si actúa en representación) enterado de las bases reguladoras que han de regir para el servicio de “ACTIVIDADES DEPORTIVAS”, acepta íntegramente las condiciones y obligaciones que dimanan de las mismas y declaro bajo mis responsabilidad:
- Que poseo personalidad jurídica y en su caso, representación legal.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar de las recogidas en el artículo 60 TR LCSP.
- Que dispongo de solvencia económica, financiera, técnica y profesional para cumplir con el contrato.
- Que me hallo al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes, así como con el Ayuntamiento de San Mateo de Gállego.
En _______________________________, a ____ de ______________ de 20___. Firma del licitador, Fdo.: _______________________________.
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