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Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

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en el sector del transporte

de viajeros por carretera

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en el sector del transporte

de viajeros por carretera

Editor: ASINTRA

Federación Española Empresarial de Transportes de Viajeros Calle de Méndez Álvaro, 83 28045 Madrid

www.asintra.org

Depósito Legal: M-38145-2012 1ª Edición: 11/2012

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Indice

1.

Presentación

. . . .7

2.

Aspectos generales

. . . .8

3.

Causas de la exposición a vibraciones en

vehículos de transporte de viajeros por carretera

. .9

4.

Efectos en la salud de los conductores

expuestos a vibraciones

. . . .10

4.1. Frecuencia . . . .10

4.2. Tiempo de exposición . . . 11

4.3. El frío y la humedad . . . 11

4.4. Características personales del trabajador. . . 11

5.

Riesgo de exposición a vibraciones

durante el embarazo

. . . .12

6.

Equipos de protección individual.

. . . .13

7.

Obligaciones del empresario

. . . .14

7.1. Evaluar el riesgo de exposición a vibraciones. . . .14

7.2. Formación e información a trabajadores. . . .15

7.3. Vigilancia de la salud. . . . .16

8.

Medidas preventivas

. . . .17

9.

Pautas de trabajo seguro para los conductores

expuestos

. . . .18

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1. Presentación

El presente folleto “Exposición a vibraciones en el sector de transportes de viajeros por carreteras” es una herramienta informativa promovida por ASINTRA en el marco del III Plan Director en Prevención de Riesgos La-borales.

El objetivo de este folleto es divulgar e in-formar a los trabajadores del sector del transporte de viajeros por carretera de los efectos en la salud debidos a la exposición a vibraciones, así como las medidas pre-ventivas y las pautas de trabajo seguro.

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8 Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

2. Aspectos generales

Desde el punto de vista preventivo se

pue-den clasificar las vibraciones en función de

la parte del cuerpo a la que afecten en:

» Vibraciones transmitidas al sistema

ma-no-brazo:son vibraciones mecánicas

que se transmiten al sistema humano de mano y brazo y supone riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores, en particular, problemas vasculares,de huesos o de articulaciones, nerviosos o musculares. Ejemplo: En la realización de procesos y utilización de herramien-tas a motor.

» Vibraciones transmitidas al cuerpo entero: son vibraciones mecá-nicas que se transmiten a todo el cuerpo, y suponen riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores, en particular, lumbalgias y lesiones de la columna vertebral. Ejemplo: Éstas vibraciones se dan principalmente en vehículos de transporte o durante la conducción de vehículos, pero también en algún proceso industrial.

vibraciones cuerpo entero vibraciones

mano-brazo

Tipos de vibraciones

En el sector de conducción de vehículos de transporte de viajeros por

carretera, el tipo de vibración significativo al que se encuentran ex -puestos los trabajadores, son las vibraciones transmitidas al cuerpo

entero, ya que son aquellas que el cuerpo recibe cuando gran parte de

su peso descansa sobre una superficie vibrante en este caso, sobre el

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3. Causas de la exposición a vibraciones en

vehículos de transporte de viajeros por

ca-rretera

Las causas principales de la presencia de vibraciones transmitida al cuerpo entero en los vehículos de viajeros por carretera son:

Asientos no ergonómicos en mal estado.

Mantenimiento inadecuado de los sistemas de amortiguación y suspensión del vehículo.

Pavimento de las vías de circulación en mal estado (baches, desniveles, etc).

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10 Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

4. Efectos en la salud de los conductores

expuestos a vibraciones

Los principales efectos/daños producidos en la salud de los trabajadores expuestos a vibraciones de cuerpo entero son las afec-ciones en la columna vertebral:

Ejemplo:

» Discopatías dorsolumbares

» Lumbalgias

» Ciática

Además la exposición laboral a vibraciones de cuerpo entero pueden producir en los tra-bajadores:

» Alteraciones digestivas

» Alteraciones vasculares periféricas (hemorroides, varices)

» Alteraciones en la esfera reproductiva (abortos espontáneos, desór-denes menstruales),

» Trastornos respiratorios

» Trastornos músculo-esqueléticos

» Trastornos sensoriales

» Trastornos cardiovasculares

» Alteraciones en el sistema nervioso

» Alteraciones en el sistema circulatorio.

Los efectos citados anteriormente pueden agravarse en función de los siguientes factores:

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4.1. Frecuencia

Las frecuencias que afectan al organismo se encuentran entre valores menores a 1Hz y 1000Hz. A mayor frecuencia de la vibración, mayor es el daño que se produce en el organismo del trabajador.

Las vibraciones generadas por los vehículos de transporte son vibra-ciones de baja frecuencia, entre 1 y 20 Hz

1 - 20 hZ

Frecuencia en vehículos de trans-porte de viajer por carretera

4.2. Tiempo de exposición

El tiempo de exposición es un factor que también influye en la grave -dad, debido a que a mayor tiempo de exposición, mayor es la gravedad de los efectos causados por la exposición.

4.3. El frío y la humedad

El frío y la humedad son condiciones ambientales que pueden agravar los efectos de la exposición a vibraciones. A menor temperatura y ma-yor humedad peores consecuencias tiene la exposición a vibraciones.

4.4. Características personales del trabajador

Las características personales de cada trabajador, como por ejemplo: la susceptibilidad individual, la edad, el estado de salud, etc. también pueden repercutir en los efectos producidos por la exposición a vibra-ciones.

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12 Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

5. Riesgo de exposición a vibraciones

durante el embarazo

Se recomienda que las mujeres embarazadas, sobretodo en el último trimestre, no realicen actividades que conlleven un riesgo derivado de

vibraciones de cuerpo entero, especialmente a bajas frecuencias, a

las que pueden estar expuestos durante la conducción de vehículos de largas distancias, debido a que existen estudios sobre vibraciones y embarazo en los que relacionan esta exposición con un aumento de la incidencia de abortos espontáneos, parto pre término, complicaciones durante el parto y bajo peso al nacer.

En el caso de la lactancia materna no se han encontrado efectos relacionados durante la exposición laboral a vibraciones.

Cabe destacar que no existen estudios que establezcan un valor límite de exposición a

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6. Equipos de protección individual.

En lo que se refiere al uso de cinturones o fajas de protección frente a

vibraciones transmitidas al cuerpo entero, no existe consenso sobre su utilidad y en algunos casos dicho uso puede provocar alteraciones en el sistema cardiovascular, limitaciones en la movilidad del trabajador, reducción en la elasticidad de los músculos y tendones y falsa sensa-ción de seguridad del trabajador.

Cuando existan dudas sobre el uso de fajas la decisión se basa-rá en el criterio médico de Vigilancia de la Salud, especialmente cuando los trabajadores tengan algún tipo de patología previa.

No se dispone de equipos de protección individual certificados que sean adecuados

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14 Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

7. Obligaciones del empresario

7.1. Evaluar el riesgo de exposición a vibraciones.

El empresario de aquellas empresas del

sector de transporte de viajeros por carrete-ra debe eliminar o reducir lo más posible los niveles de vibraciones a los que se encuen-tran expuestos sus trabajadores, por ello debe evaluar el nivel de exposición a vibra-ciones en el puesto de trabajo de conductor. Para la evaluación de los niveles de vibra-ciones, en dicho puesto de trabajo, el em-presario puede recurrir a:

» La observación de los métodos de traba-jo concretos y remitirse a la información apropiada sobre la magnitud probable de

la vibración del equipo o del tipo de equipo utilizado en las condicio-nes concretas de utilización,incluida la información facilitada por el

fabricante, siempre que el empresario justifique, que la naturaleza y

el alcance de los riesgos relacionados con las vibraciones mecáni-cas hacen innecesaria una evaluación más detallada.

» Realización de mediciones de los niveles de exposición a

vibra-ciones. Para realizar las mediciones es necesario el uso de

apara-tos específicos, una metodología adecuada y personal que cuente

con la titulación superior en prevención de riesgos laborales con la especialidad de higiene industrial.

Según el Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos deri-vados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecáni-cas, para la vibración transmitida al cuerpo entero existen los siguien-tes valores límite:

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Valor límite de exposición diaria (8 horas)

1,15 m/s2

Valor de exposición diaria (8 horas)

0,5 m/s2

Los trabajadores no deberán estar expuestos en ningún caso a valores superiores al valor límite de exposición. En el caso de

su-perar el empresario debe adoptar medidas de inmediato para reducir la exposición a niveles inferiores a dicho valor límite.

7.2. Formación e información a trabajadores

El empresario debe velar porque los trabajadores expuestos a riesgos derivados de vibraciones mecánicas en el lugar de trabajo reciban

in-formación y in-formación sobre los siguientes aspectos:

» Las medidas tomadas para eliminar o reducir al mínimo losriesgos derivados de la vibración mecánica.

» Los valores límite de exposición y los valores de exposición que dan lugar a una acción.

» En caso de existir mediciones, mostrar los resultados de las evalua-ciones y medievalua-ciones de la vibración mecánica efectuadas.

» Los daños para la salud.

» La conveniencia y el modo de detectar e informar sobre signos de daños para la salud.

» Las circunstancias en las que los trabajadores tienen derecho a una vigilancia de su salud.

» Las prácticas de trabajo seguras, para reducir al mínimo la exposi-ción a las vibraciones mecánicas.

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16 Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

7.3. Vigilancia de la salud.

Los conductores con exposición laboral a vibraciones deben realizar los siguientes reconocimientos médicos:

» Reconocimiento médico inicial, previamente al incorporarse al pues-to de trabajo.

» Reconocimiento médico periódico.

Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo por personal sanitario.

La vigilancia de la salud tiene como objetivo la prevención y el diagnostico precoz de cualquier daño para la salud como conse-cuencia de la exposición a vibraciones mecánicas.

El empresario debe ofrecer a sus trabajadores expuestos a vibraciones la vigilancia de la salud con la realización de reconocimientos médicos.

A este respecto, el nuevo cuadro de enfermedades profesionales apro-bado por el RD 1299/2006, incluye las discopatías de la columna

dorsolumbar causadas por vibraciones verticales repetidas de todo el cuerpo dentro de la lista de enfermedades cuyo origen

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8. Medidas preventivas

Los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible, para ello pueden adoptarse las si-guientes medidas preventivas:

» Seleccionar vehículos con baja intensidad de vibración.

» Disponer de vehículos con asientos ergonómicos, suspensión ade-cuada, antivibratorios y en buen estado.

» Realizar mantenimiento periódico del vehículo (amortiguadores, neumáticos, suspensión, etc.).

» Usar neumáticos antivibratorios.

» Cumplir con los descansos estipulados en la normativa durante la jornada laboral.

» Usar ropa de trabajo adecuada a la climatología.

» Respetar los límites de velocidad.

» Informar y formar a los trabajadores.

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18 Exposición a vibraciones en el sector del transporte de viajeros por carretera

9. Pautas de trabajo seguro para los

conduc-tores expuestos

» En caso de detectar anomalías en el ve-hículo (asiento, ruedas, amortiguación, etc.) informar a la empresa.

» Comprobar que los neumáticos tienen el aire adecuado para su conducción.

» Realizar las paradas obligatorias. Du-rante el descanso aprovechar para le-vantarse y cambiar de postura.

» Respetar el límite de velocidad. No con-ducir de forma busca.

» Evitar ambientes fríos. Utilizar la ropa de trabajo adecuada en cada estación del año.

» Adoptar posturas adecuadas durante la conducción. › Regular el asiento a tus características.

› No apoyar el codo sobre la ventanilla.

» En caso de embarazo, informar a la empresa lo antes posible para que tome las medidas adecuadas para reducir o eliminar la exposi-ción.

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10. Bibliografía

» Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. BOE nº 265 05-11-2005. Páginas 36385 a 36390.

» Real Decreto 330/2009, de 13 de marzo, por el que se modifica el

Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. BOE nº 73 26-03-2009. Sec. I. Pág. 29156 a 29158.

» Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la

Segu-ridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.

BOE núm. 302 de 19 de diciembre de 2006, páginas 44487 a 44546.

» Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacio-nados con las vibraciones mecánicas del Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre. BOE Nº265 de 5 de noviembre. INSHT.

» NTP 839. Exposición a vibraciones mecánicas. Evaluación del ries-go. INSHT.

» Guía para la acción preventiva. Trasporte de personas. Evaluación de riesgos. Serie microempresas. INSHT. Madrid. M-8548-2002.

» Vibraciones. Enciclopedia OIT. INSHT.

» ERGA FP. Boletín de prevención de riesgos laborales para la For-mación Profesional. Nº 71 Vibraciones en el trabajo. INSHT.

» Documentación básica. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la exposición de vibraciones mecánicas en los puestos de trabajo. Extracto Directiva 2002/44/CE. Norma UNE-EN-ISO 5349-1. Norma ISO 2631-5349-1. Gobierno de Navarra. NA-2.396/2004. Enlace de interés:

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Exposición a vibraciones

en el sector del transporte

de viajeros por carretera

“El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo colabora en esta publicación en el marco del III Plan Director de Prevención de Riesgos La-borales de la Comunidad de Madrid 2007-2011 y no se hace responsable de los contenidos de la misma ni las valoraciones e interpretaciones de sus auto-res. La obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión”.

Referencias

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