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Tema 2. La Dispensación de Medicamentos

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Tema 2. La Dispensación de Medicamentos

Tema 2. La Dispensación de Medicamentos

1.- LA DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS

El proceso por el que las personas adquieren sus medicamentos es la “Dispensación Farmacéutica”, que es el acto en que un profesional farmacéutico proporciona a una persona la medicación que necesita y la información necesaria para su uso racional. La dispensación se engloba dentro de lo que se conoce como “Atención Farmacéutica” o participación de los profesionales farmacéuticos en la asistencia a las personas para conseguir resultados que mejoren su calidad de vida.

El proceso de dispensación puede ser:

Dispensación por prescripción médica: la persona acude antes a un centro sanitario y solicita en la farmacia la medicación que le han prescrito.

Dispensación sin prescripción: la persona solicita un medicamento o consejo para algún trastorno leve de salud y el farmacéutico le recomienda el más adecuado.

Hay por tanto, dos conceptos importantes que no debemos confundir, la dispensación y la venta. En la dispensación es necesaria la intervención de personal de farmacia para proporcionar información sobre el producto, mientras que, en la venta el personal se limita al cobro del producto.

1.1 Los medicamentos de uso humano

Los medicamentos de uso humano se clasifican en: A.- Medicamentos según su patente

El desarrollo de nuevos medicamento requiere inversiones económicas, considerables y, además es un proceso muy lento. Por esta razón las empresas que fabrican los medicamentos, los patentan garantizándose la exclusividad durante un periodo determinado.

El medicamento que lo ha desarrollado el laboratorio que tiene la patente se denomina “Medicamento Original”. Cuando termina la patente, otros laboratorios pueden fabricarlo como “Genérico”.

Un Medicamento Genérico (EFG) es un medicamento que tiene la misma composición cualitativa y cuantitativa de PA y la misma forma farmacéutica que un medicamento original.

El medicamento genérico puede ofrecerse más barato que el original, ya que el laboratorio fabricante no necesita ganar (amortizar) la inversión inicial para la investigación y desarrollo del producto.

La ley establece que, a igualdad de precio, debemos dispensar los medicamentos genéricos antes que los sujetos a patente.

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Existe un tercer tipo de medicamentos, que son los denominados Medicamentos huérfanos. Estos medicamentos son los utilizados para tratar enfermedades raras que afectan a pocas personas. La investigación para el desarrollo de estos medicamentos no resulta asumible por los laboratorios ya que es muy costosa y el mercado potencial es muy pequeño.

Para evitar que se abandone la investigación para estas enfermedades, la UE creó esta categoría de medicamentos que intenta potenciar la investigación proporcionando algunas ventajas económicas a los laboratorios que desarrollen fármacos para tratarlas.

B.- Medicamentos según las condiciones de dispensación

La dispensación de muchos medicamentos requiere que haya una prescripción facultativa, es decir, que la persona presente una receta. La AEMPS decide qué medicamentos van a necesitar prescripción médica y los que no.

Según las condiciones de dispensación se diferencian:

Medicamentos sujetos a prescripción médica: estos medicamentos se identifican por la leyenda “Medicamento sujeto a prescripción médica” y el símbolo

.

Medicamentos no sujetos a prescripción médica: son medicamentos de venta libre que se suelen conocer como medicamentos OTC (overthecounter). Se usan para tratar síntomas leves que no necesitan un diagnóstico previo y se identifican por la leyenda “Medicamento no sujeto a prescripción médica”.Hay que tener en cuenta que un medicamento no requiera receta no significa que no se pueda prescribir mediante receta.

Dentro de éstos podemos distinguir dos grupos de medicamentos:

+ Medicamentos Publicitarios (EFP): se pueden dispensar sin receta y se puede hacer publicidad de ellos a la población. La ley determina que se puede hacer publicidad de los medicamentos que:

# No se financien con fondos públicos (SNS)

#Se puedan utilizar sin que sea necesaria la intervención de un médico que realice el diagnóstico y la prescripción

# No lleven sustancias psicotrópicas ni estupefacientes en su composición

+ Medicamentos No Publicitarios: se incluyen los medicamentos que no necesitan receta pero que su publicidad en los medios de comunicación no está permitida.

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C.- Medicamentos según la financiación Dentro de este grupo tenemos:

Medicamentos que pueden recibir financiación: son medicamentos donde el SNS se hace cargo de una parte de su importe. Estos se clasifican en:

+ Medicamentos de aportación normal: llevan el cupón-precinto normal y la aportación que debe realizar la persona es un porcentaje según su renta. + Medicamentos de aportación reducida: en el cupón precinto llevan un cícero

(●) a la izquierda de las siglas A.S.S.S. La aportación de la persona usuaria es del 10% (2016) del precio del medicamento con un límite máximo que se actualiza anualmente (en 2016 es de 4,24€)

Medicamentos que no pueden recibir financiación: se denominan “medicamentos excluidos de la prestación del SNS (EXO) y no llevan cupón-precinto. Estos medicamentos no pueden recibir financiación pública y la persona usuaria debe abonar siempre todo el importe. Entre ellos encontramos tanto medicamentos publicitarios (no requieren receta) como medicamentos que requieren receta.

D.- Medicamentos según limitaciones establecidas para su uso

Hay medicamentos que no se pueden dispensar en las farmacias o tienen requisitos especiales para su uso. Dentro de estos, tenemos:

- Medicamentos de uso hospitalario(H): su prescripción y administración se deben hacer bajo la responsabilidad del servicio de farmacia de un hospital.

- Medicamentos de diagnóstico hospitalario(DH): se usan para el tratamiento de patologías que se deben diagnosticar en un medio hospitalario, aunque su administración y seguimiento pueden realizarse fuera del hospital (en una OF).

- Medicamentos de especial control médico(ECM): su uso puede producir efectos adversos graves y por ello se necesita un control y seguimiento especial.

- Medicamentos sujetos a un seguimiento adicional(▼): son medicamentos quecontienen un nuevo PA o los que necesitan un seguimiento tras su autorización (para obtener o validar datos).

2.- LA DISPENSACIÓN POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA

Las personas que son atendidas en los servicios médicos presentan una prescripción médica para que se les dispense la medicación que necesitan.

Esa prescripción la recibe la oficina de farmacia en forma de receta médica, que es el documento normalizado y obligatorio mediante el cual el personal médico, odontólogo

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o podólogo prescribe a sus pacientes los medicamento o productos sanitarios sujetos prescripción médica que necesitan.

Para que una persona reciba financiación pública de un medicamento se debe cumplir los siguientes requisitos:

- Que la persona tenga una tarjeta sanitaria individual (TSI) que lo identifique como beneficiario del SNS. Cada persona, independientemente de su edad, debe disponer de su TSI, que será también necesaria para la dispensación de medicamentos.

- Que la persona presente una receta firmada por un facultativo autorizado.

- Que el medicamento que aparece en la receta esté reconocido como financiable por el SNS.

Las recetas médicas se pueden emitir en soporte papel o en soporte electrónico. Los datos que deben incluir todas las recetas son:

 Datos sobre la persona usuaria (Nombre y apellidos, DNI o Número de tarjeta sanitaria).

 Datos del prescriptor.

 Datos sobre el medicamento (PA, dosificación, forma farmacéutica, etc.)  Otros datos (Fecha, dispensación renovable en tratamientos crónicos)

Las recetas que se presentan en formato papel incorporan un código de colores mediante un sombreado en sus bordes, con el siguiente significado:

 Verde: trabajadores en activo, en caso de enfermedad común o accidente no laboral.

 Rojo: Para pensionistas, en caso de enfermedad común o accidente no laboral.

 Azul: En el caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.  Gris: para las mutualidades de funcionarios.

 Blanco: Para las recetas de medicamento no financiados.

Los estupefacientes son sustancias que tienen acción sedante, analgésica, narcótica, o euforizante, y pueden producir adicción. Por esta razón, los medicamentos que contienen estas sustancias están muy regulados y se prescriben mediante la receta oficial de estupefacientes.

2.2 Protocolo de dispensación de recetas médicas

La dispensación a partir de una receta se efectúa siguiendo el siguiente protocolo: 1. Verificar la validez de la receta (10 días naturales a partir de la fecha de

prescripción). Modelo, cumplimentada y firmada. 2. Comprobar la disponibilidad del medicamento.

3. Facilitar a la persona la información necesaria para un uso correcto del medicamento, independientemente de que esta información ya haya sido facilitada por el servicio médico.

4. Retirar el cupón precinto (para medicamentos con derecho a financiación pública)

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5. Consignar en la receta la identificación de la oficina de farmacia, fecha de dispensación y la firma.

6. Si es necesario registrar la dispensación en el libro oficial que corresponda (Libro recetario y/o Libro de contabilidad de estupefacientes).

7. Cobrar.

8. Entrega al usuario del medicamento y recibo.

Una vez dispensada las recetas en soporte papel se deben conservar durante tres meses.

En la dispensación de recetas electrónicaspúblicas se sigue el mismo protocolo pero con algunas particularidades:

 El acceso al sistema se realiza mediante el número de identificación que las autoridades sanitarias hayan asignado.

 El acceso a la receta se efectúa con la TSI de la persona usuaria.

 La receta electrónica puede contener varios medicamentos pendientes de dispensar, pero eso no significa que se deban dispensar todos a la vez. Algunos de ellos podrán tener una fecha de dispensación que aún no ha llegado.

En la dispensación de estupefacientes se debe tener en cuenta:

 Comprobar la identidad de la persona que retira el medicamento mediante su DNI.

 Realizada la dispensación el farmacéutico debe consignar en la receta la identificación de la oficina de farmacia, fecha y firma.

 La dispensación debe ser registrada en el Libro de conatabilidad de estupefacientes.

Una vez que hemos realizado las comprobaciones previas a la dispensación, el farmacéutico puede negarse a la dispensación si:

- La receta está rota, sucia o enmendada - Faltan datos esenciales en la receta

- Hay algún error en la receta. Por ejemplo, una dosis que no se comercializa.

- Tiene información de que esa medicación es inadecuada para esa persona. Por ejemplo, si una persona presenta una receta de un medicamento que puede interaccionar con otro que el farmacéutico sabe que está tomando.

- Se ha producido una alerta sanitaria para ese medicamento.

En algunos casos se puede realizar la dispensación del medicamento aunque la receta esté incompleta. Es lo que ocurre cuando en la receta no aparece:

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- Forma farmacéutica, dosis por unidad, vía de administración o formato, cuando se garantice la identificación inequívoca. Por ejemplo, si no aparece la forma farmacéutica pero sólo hay una en el mercado.

- Duración del tratamiento y posología, si se comprueba que la persona ha sido informada y esa información se corresponde con la del medicamento.

- Fecha de la prescripción, si se comprueba cuando fue prescrito el medicamento. En este caso se debe indicar “Receta sin fecha de prescripción, recibida dd/mm/aa” Las recetas, tanto en papel como electrónicas, tienen una validez de diez días naturales a partir de la fecha de prescripción. Una vez que se ha pasado el plazo, la receta no se puede dispensar. Este plazo es válido también para las recetas de estupefacientes.

En la validez de las recetas debemos tener en cuenta que:

- En algunos tratamientos está permitido que las recetas tengan una fecha aún por llegar. En ese caso el medicamento solo puede dispensarse cuando se cumpla esa fecha de dispensación prescrita y la validez de la receta se contará a partir de esa fecha.

- En el caso de las recetas que requieren un visado de inspección, la validez se calcula a partir de la fecha del sello de inspección.

2.3 Los libros de registro

Los dos libros de registro son el Libro recetario y el Libro de contabilidad de estupefacientes:

A. El libro recetario es un libro oficial en el que se deben registrar todas la dispensaciones de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas y/o estupefacientes, medicamentos de especial control médico, fórmulas magistrales y preparados oficinales solicitados mediante receta.

En este libro recetario se deben consignar la fecha de dispensación, el número de registro de receta, la prescripción facultativa, el número de envases, el prescriptor y persona usuaria.

B. El libro de contabilidad de estupefacientes es un libro oficial en el que se deben registrar todos los movimientos de entradas y salidas, con el sado de stock resultante, de medicamentos que contengan sustancias legalmente consideradas estupefacientes y de las mismas sustancias para su uso en formulación magistral.

3.- LA DISPENSACIÓN SIN PRESCRIPCIÓN

La OMS reconoce que las personas puedan adquirir medicamentos libremente para tratar procesos leves donde, el personal farmacéutico, debe tener un papel muy

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importante facilitando la información que se necesita para un uso seguro y eficaz de esos medicamentos.

En la dispensación de medicamentos sin prescripción podemos encontrar dos situaciones:

 La persona solicita consejo para tratar algún trastorno leve: dispensación por Indicación Farmacéutica.

 La persona solicita directamente un medicamento concreto: dispensación por Solicitud Directa.

3.1 Dispensación por Indicación Farmacéutica

Una Indicación Farmacéutica es el servicio que se realiza en la OF cuando una persona usuaria solicita un medicamento para un problema de salud concreto y el personal farmacéutico puede indicarle el medicamento más adecuado, que deberá ser un medicamento sin prescripción médica.

La consulta farmacéutica debe seguir un esquema básico formado por tres fases: 1. Entrevista: se le debe preguntar a la persona para obtener algunos datos

importantes como:

+ Edad, posible embarazo, estado general

+ Motivo de la consulta: ¿qué síntomas tiene?, ¿desde cuándo?, ¿con que intensidad? ¿si le había ocurrido antes?

+ Datos complementarios: ¿ha iniciado algún tratamiento? ¿toma algún medicamento? ¿tiene alguna enfermedad crónica o alergia?

2. Evaluación del problema y toma de decisión: a partir de la información, se debe tomar una decisión sobre la mejor opción, que puede ser:

+ Remitir a los servicios médicos

+ Recomendar medidas dietéticas, deportivas, higiénicas o de otro tipo + Indicar un medicamento

3. Asesoramiento e Información: si se le recomienda un medicamento, se debe facilitar información completa sobre su uso (posología, duración del tratamiento, forma de administración, etc.)

Para elegir el medicamento más adecuado se debe tener en cuenta los siguientes factores:

- Los síntomas y algunos aspectos relacionados: embarazo, alergias, otros medicamentos, enfermedades crónicas, etc.

- Las preferencias de la persona: si le gustan más los sobres o comprimidos, tomarlo una vez al día o tres, etc.

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Para obtener toda la información necesaria es recomendable que las oficinas de farmacia elaboren protocolos de actuación (PNT) para los síndromes menores más habituales.

La guía fármaco-terapéutica de una OF es el conjunto de procedimientos normalizados (PNT) que indican cómo actuar ante las consultas más habituales por trastornos leves. Estos protocolos permiten que:

+ Todos los profesionales que atienden una misma consulta siguen el mismo protocolo y la atención farmacéutica tiene el mismo nivel de calidad independientemente de quien la realice

+ Haya una reducción de errores durante la entrevista 3.2. Dispensación por Solicitud Directa

En este tipo de dispensación, la persona solicita directamente un medicamento concreto. Esta persona no se debe sentir interrogada, aunque se le debe ofrecer una información justa para un buen uso del medicamento.

La dispensación por solicitud directa está constituida por las siguientes fases:

1. Verificar el medicamento: se debe comprobar si el medicamento solicitado se puede dispensar sin receta.

2. Entrevista y observación: no es necesario tanta cantidad de preguntas como en el caso anterior (indicación farmacéutica), pero si es necesario tener algunos datos como:

+ Si la mujer está embarazada o en periodo de lactancia + Si tiene alguna alergia

+ Si el medicamento está contraindicado en caso de algún problema de salud, si lo padece

+ Si el medicamento puede interaccionar con otros que esté tomando

3. Asesoramiento e información: se le informa a la persona sobre la posología, duración del tratamiento, u otra información que sea importante para un uso correcto del medicamento.

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