INSTRUMENTOS FINANCIEROS: RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN
Revelación y Presentación NIC 39* Reconocimiento y dar de baja a instrumentos financieros Medición de instrumentos financieros Derivados y contabilidad de cobertura Relevancia de instrumentos financieros. Naturaleza y alcance de sus riesgos. NIIF 7 NIC 32
Es el establecimiento de principios para el
reconocimiento y la medición de los activos
financieros y pasivos financieros, así como de
algunos contratos de compra o venta de
Un instrumento financiero es cualquier
contrato que da origen, simultáneamente, a
un activo financiero en una empresa, y a un
pasivo financiero o un instrumento de capital
en otra empresa.
Se aplicará a todas la entidades a toda clase
de instrumentos financieros, excepto:
Participaciones en subsidiarias, asociadas y
negocios conjuntos (NIC 27, 28, 31)
Derechos y obligaciones bajo contrato de
arrendamiento (NIC 17)
Activos y pasivos de los planes de beneficios a
empleados (NIC 19)
Instrumentos financieros emitidos por la empresa
Se aplicará a todas la entidades a toda clase
de instrumentos financieros, excepto:
Derechos y obligaciones bajo contratos de seguro
(NIIF 4)
Contratos de garantías financieras, incluyendo
cartas de crédito, que proveen pago en caso de que el deudor no cumpla (NIC 37)
Instrumentos financieros, contratos y
Se aplicará a todas la entidades a toda clase
de instrumentos financieros, excepto:
Derechos a recibir pagos para reembolsar a la
entidad por desembolsos realizados para cancelar un pasivo que ella reconoce (o ha reconocido en un periodo anterior) como una provisión de
Compromisos de préstamos dentro del
alcance de esta norma:
Compromisos de préstamo que la entidad designe
como pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados.
Compromisos de préstamo que puedan liquidarse, por el neto, en efectivo, o emitiendo otro
instrumento financiero
Esta norma se aplica a contratos de compra o
venta de elementos financieros que se liquiden
por el neto en efectivo o en otro instrumento
financiero, o mediante el intercambio de éstos,
como si esos contratos fueran IF, con la
excepción de los contratos que se celebraron y
continúan siendo mantenidos con el objetivo de
recibir o entregar elementos no financieros, de
acuerdo con las compras, ventas o
requerimientos de utilización esperados por la
entidad.
Un
Activo Financiero
es todo activo que
posee cualquiera de las siguientes formas:
Efectivo
Un derecho contractual a recibir efectivo u otro activo financiero por parte de otra empresa.
Un derecho contractual a intercambiar
instrumentos financieros con otra empresa, en condiciones que son potencialmente favorables.
Un
Pasivo Financiero
es todo compromiso
que supone una obligación contractual:
De entregar dinero u otro activo financiero a otra
empresa
De intercambiar instrumentos financieros con
otra empresa, bajo condiciones que son potencialmente desfavorables.
Un
Instrumento de Capital
es cualquier
contrato que determina un interés en los
activos de una empresa después de deducir
todos sus pasivos.
Es el importe por el cual puede ser
intercambiado un activo y cancelado un
pasivo entre un comprador y un vendedor
debidamente informados en condiciones de
independencia mutua.
La norma dice que un Instrumento Financiero
puede adoptar:
La forma directa de efectivo (caja, inversión
temporaria, etc.).
Un derecho o una obligación a recibir o entregar
dinero (una cuenta a cobrar, un crédito).
Un derecho o una obligación de intercambio de
otro instrumento financiero.
CUENTA A COBRAR POR VENTAS
REALIZADAS.
Si la empresa A le vende a crédito a la empresa B,
entonces esa cuenta a cobrar es un IF porque
genera un activo en empresa A (derecho a cobrar), y un pasivo en la empresa B.
ACCIONES.
La empresa A adquiere acciones de la empresa B,
esas acciones son un IF porque la empresa A tiene el derecho de propiedad, total o parcial, sobre la
empresa B, y la empresa B tiene la obligación de pagarle a la empresa A por haber invertido en ella, es decir, en empresa A contabilizamos un activo, y en la empresa B contabilizamos un aporte de
BIENES DE CAMBIO.
En este caso NO es un instrumento financiero,
porque si bien la empresa que los posee tiene
contabilizado un activo, no hay otra entidad que por esos bienes deba contabilizar un pasivo o
patrimonio. Estos bienes de cambio recién darán lugar a un IF cuando se vendan y se transformen en efectivo o en una cuenta por cobrar. Lo mismo sucede con los Bienes de Uso.
El criterio general establece que un activo
financiero debe ser reconocido por una
empresa cuando ésta ha adquirido todos los
riesgos y beneficios asociados a ese activo.
(Este criterio de reconocimiento de activos
financieros coincide con el establecido en la
NIC 18 para el reconocimiento de los
Condiciones para que exista transferencia de
riesgos y beneficios:
El comprador tiene el derecho de afectar al activo
con cualquier gravamen (hipotecar, prendar, etc.), incluso venderlo.
El que lo vende no conserva el derecho de
recomprar el activo financiero (si el vendedor conserva derecho de recompra, pero el activo es fácilmente adquirible en el mercado y el precio de recompra es razonable -ajustado al valor de mercado- igualmente existe transferencia de riesgos y beneficios).
Criterio general (punto de referencia):
Los instrumentos financieros se valúan al Valor
Razonable, siendo aquel valor en que dos partes libres e informadas estarían dispuestas a transarlo en una operación.
Existen casos en los cuales se acepta su
valuación al costo.
Excepciones al criterio general:
Préstamos o cuentas a cobrar de la propia
empresa (ejemplos: cuentas a cobrar por las ventas a los clientes de la empresa, o los préstamos otorgados por la empresa a un
tercero).
Excepciones al criterio general (cont.):
Instrumentos financieros cuyo valor razonable no
puede ser estimado confiablemente.
Los valores sustanciales o inversiones que se han
mantenido hasta su vencimiento. Por ejemplo, si la empresa tiene bonos del tesoro del estado, a pesar de que estos instrumentos tienen un valor de mercado, la norma acepta su valuación al costo en el caso de que la empresa tenga la
intención y la capacidad de mantenerlos hasta el momento de su vencimiento.
Hay 4 categorías:
Instrumentos negociables.
Instrumentos a ser mantenidos hasta su
vencimiento.
Préstamos y partidas a cobrar generadas por la
propia empresa.
Son los llamados instrumentos financieros al
valor razonable con cambios a resultados.
Son instrumentos que la empresa tiene para su
comercialización o que los mantiene para obtener ganancias derivadas de variaciones en su
cotización.
Son definidos como tales desde el reconocimiento
Éstas inversiones se pueden definir como:
Activos financieros, distintos de los préstamos y
partidas por cobrar originados por la propia
empresa, que cumplen ciertas condiciones, entre las cuales se destaca la intención y la posibilidad que tiene la entidad de mantenerlos hasta el
vencimiento.
Características:
Son activos financieros creados por la empresa a cambio de suministrar efectivo, bienes o servicios directamente al deudor, distintos de los que se originan con el propósito de ser vendidos
inmediatamente o a corto plazo, los cuales deben
clasificarse como inversiones de carácter negociable. Los préstamos y partidas por cobrar originados por la propia empresa, según lo establecido en esta norma, no se incluyen entre las inversiones mantenidas hasta el vencimiento, sino que se clasifican en una rúbrica
Por lo tanto:
Son activos financieros no derivados cuyos cobros
son fijos y/o determinables, y no se negocian en un mercado activo.
Es una categoría residual.
Son activos financieros no derivados que se designan
como tales y que no son clasificados en las categorías anteriores
Al reconocer inicialmente un activo o un pasivo financiero, una entidad lo medirá por su valor razonable más, en el caso de un activo o un pasivo financiero que no se
contabilice al valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente
Estos criterios se refieren al reconocimiento
de las variaciones patrimoniales, derivadas de
las variaciones en el valor razonable de los
instrumentos financieros.
Nos estamos refiriendo a los instrumentos
clasificados como:
Instrumentos negociables.
Recordemos que los instrumentos
clasificados como:
Instrumentos a ser mantenidos hasta su
vencimiento.
Préstamos y partidas a cobrar generadas por la
propia empresa.
Se valúan al costo, al estar dentro de las
excepciones expuestas anteriormente.
Las variaciones derivadas de los
Instrumentos
Negociables
debe enviarse a resultados.
Las variaciones derivadas de
Instrumentos
disponibles para la venta
se mantienen en el
patrimonio hasta que el instrumento se
Para los activos financieros y los pasivos
financieros llevados al
costo amortizado
, se
reconocerán ganancias o perdidas en el
resultado del periodo cuando el activo o
pasivo financieros se dé de baja o se haya
deteriorado, así como a través del proceso de
amortización.
Una entidad evaluará en cada fecha de
balance si existe evidencia objetiva de que un
activo financiero o un grupo de ellos esté
deteriorado. Si tal evidencia existiese, la
entidad determinará el importe de cualquier
pérdida por deterioro del valor
Una entidad no reclasificará un instrumento
financiero que este contabilizado al valor
razonable con cambios en resultados
(instrumento negociable)
Si la clasificación de una inversión como
mantenida hasta el vencimiento dejase de ser
adecuada, se la reclasificará como un activo
disponible para la venta
Si llegase a disponerse de una medida fiable
de un activo o pasivo financiero para el que
ella no estaba previamente disponible, y
fuera obligatorio medir el activo o pasivo al
valor razonable cuando tal medida estuviese
disponible, el activo o el pasivo se medirá de
nuevo al valor razonable
Si fuera adecuado contabilizar un activo
financiero o pasivo financiero al costo o al
costo amortizado, en lugar de a su valor
razonable, el importe en libros del valor
razonable del activo o pasivo financieros en
esa fecha se convertirá en su nuevo costo o
costo amortizado, según el caso.
Para determinar el valor razonable tenemos
tres alternativas siendo recomendable la
primera:
Enfoque de marcado.
Enfoque de utilidades. Enfoque del costo.
Enfoque de mercado
: el valor razonable es el
valor de mercado.
Debe existir un ámbito de comercialización
(regulado o no) donde las transacciones que en él se realizan cumplan con 3 condiciones:
▪ Son atomizadas (transacciones demasiado pequeñas para que ninguna por sí misma pueda distorsionar los precios de mercado). ▪ Son fluidas (en cualquier momento un operador puede conseguir
unidades de dicho instrumento).
▪ Son transparentes (en todo momento se pueden conocer los precios a los cuales se compran y venden)
Enfoque de utilidades
: el valor razonable de
un activo es el valor actual del flujo de fondos
que ese activo genera.
Enfoque del costo
: el valor razonable es el
Se constituye en base a otro IF que se
denomina instrumento financiero primario (o
subyacente).
Crean derechos y obligaciones que tienen el
efecto de transferir entre las partes que los
suscriben uno o más de los riesgos y
beneficios financieros inherentes en un
instrumento financiero primario.
Características:
Su valor cambia en función del valor del
instrumento financiero primario.
Requiere el pago de una prima.
Son operaciones que se liquidan a una fecha
Es un
IF derivado
que sirve para compensar
en todo o en parte el cambio del valor
razonable o de flujos de efectivo que se
generan de otro IF (el instrumento a ser
cubierto.
Partidas que pueden ser cubiertas:
Activos Pasivos
Un compromiso firme
Cualquier otra operación prevista en el futuro que
esté expuesta al riesgo de cambio en el valor o en los flujos de fondos que genere.
Para su medición, los
IF derivados
deben ser
considerados como
IF negociables
, por lo que
se valúan a su valor razonable.
Las variaciones patrimoniales que se generen
por los cambios en el valor razonable van a
resultados siempre.
Si forman parte de una operación de
cobertura:
Debe reconocerse los resultados de ambos IF (el
cubierto y el de cobertura) en forma simétrica, compensando las ganancias o pérdidas que se producen.
Futuros
Las partes se obligan a entregar o recibir cierta
cantidad de un activo en una fecha futura establecida y a un precio preestablecido.
Dos partes
▪ Una tiene el derecho y la obligación de vender un bien
Futuros
Hay 2 tipos de contratos futuros:
▪ Contratos futuros. Son contratos comercializados en mercado regulado (bolsa de valores). Cuando hablamos de mercado regulado nos referimos a uno transparente, fluido y atomizado.
▪ Contratos a término o “Forward”. Son contratos que se realizan entre particulares, no se comercializan en la bolsa de valores.
Futuros
Recordemos que de acuerdo a la NIC 39 estos
instrumentos se valúan a su valor razonable.
▪ En el caso de los contratos a futuro la aplicación de este criterio no ofrece problemas ya que en el mercado
donde se comercializa permite obtener fácilmente su valor razonable.
▪ En cambio, en los contratos a término no hay un ámbito en donde estos se comercialicen, por lo tanto no
Opciones
Un contrato de opción constituye el derecho, pero
no la obligación, de comprar o vender una
cantidad específica de un instrumento a un precio determinado y a una fecha determinada, o antes de la misma (en caso de las opciones americanas). Emisor de la opción Comprador de la opción Comprar (Call) Vender (Put)
Tiene el derecho, pero no la obligación. Esto es lo que lo diferencia con los contratos futuros.
Opciones
Se reconocen a su valor de mercado (valor
razonable).
La obligación subyacente (condicional) se
reconoce en cuentas de orden y contengencia.
El valor de la prima es el valor razonable al inicio
del contrato. Las variaciones posteriores del VR deberán imputarse a patrimonio o resultados según el tipo de categoría de IF de que se trate.
Swaps (o permutas)
Es una operación combinada de una operación
contado y una obligación futuro.
Contrato por el cual se intercambian dos bienes
hoy, y se establece la obligación de reversar el intercambio en una fecha futura a un precio ya establecido.
Swaps (o permutas)
Pueden celebrarse entre particulares o en un
mercado regulado.
Entre particulares, al no disponer de un valor
razonable confiable se aplica el tratamiento alternativo.
En un mercado regulado lo medimos por su valor razonable.
Es componente de un IF híbrido (combinado),
que además incluye un contrato principal no
derivado (denominado anfitrión)
Un derivado implícito se separa del contrato
principal, y se trata contablemente como un
derivado según establece esta norma
, si y
solo sí
cumple con las siguientes condiciones:
Las características económicas y riesgos del
derivado implícito no están relacionadas
Un instrumento independiente a éste, con las
mismas condiciones del derivado implícito, cumple con la definición de un instrumento derivado.
El instrumento híbrido (combinado) no se mide
según su valor razonable, ni se llevan a resultados las fluctuaciones correspondientes.
Si se separa un derivado implícito, el contrato
anfitrión se contabilizará:
Según lo establecido en esta NIC si es un IF.
De acuerdo a otras normas adecuadas si no lo es.
Esta norma no indica si un derivado implícito se ha de presentar en forma separada en los EEFF.
Si la entidad se encuentra obligada por ésta NIC a separar el derivado implícito del contrato anfitrión
pero
es incapaz de medirlo por separado, ya sea en el momento de adquisición o en otro posterior
deberá
proceder a tratar contablemente el contrato híbrido (combinado) como al valor razonable con cambios en resultados.Como un único IF mantenido para su negociación.
Ejemplo
(párrafo GA22):
Una opción de venta implícita en un instrumento,
que habilita al tenedor para requerir al emisor que vuelva a comprar el instrumento por un importe en efectivo u otros activos, que varía en función de los cambios en un precio o un índice,
correspondientes a instrumentos de patrimonio neto o materias primas cotizadas, que no están estrechamente relacionados con el instrumento de deuda anfitrión.
Esta NIC tendrá vigencia para los estados
financieros que cubran periodos contables
que comiencen en, o después del 1 de Enero
del año 2001.
La empresa ZZ SA ha comprado un paquete de
100 acciones (que cotizan en bolsa) de La
Naranjita SA. La empresa considera la inversión a largo plazo y la clasifica como "disponible para la venta". El precio de compra del paquete de 100 acciones asciende a 1.400 pesos y se ha incurrido en gastos de 75 pesos (que corresponden a los honorarios del corredor de bolsa).
A l cierre del ejercicio la valoración de las acciones
La contabilización que realiza la empresa es la
siguiente:
▪ Al momento de la compra:
NOMBRE DEBE HABER
INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA 1.475
CAJA 1.475
▪ Al cierre del ejercicio:
(Acciones valen unos $1600)
NOMBRE DEBE HABER
INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA 125 VARIACION EN EL VALOR JUSTO DE IF DISP.