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DEPARTAMENTO DE FOMENTO DEL EMPLEO, COMERCIO Y TURISMO Y DE ADMINISTRACIÓN FORAL

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DEPARTAMENTO DE FOMENTO DEL EMPLEO, COMERCIO Y

TURISMO Y DE ADMINISTRACIÓN FORAL

Orden Foral 549/2018, de 21 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas

restrin-gidas para el acceso a la condición de funcionario/a de carrera, del personal contratado laboral

fijo transferido en virtud del Decreto Foral 25/2018 del Consejo de Gobierno Foral de 12 de

junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Gobierno

Vas-co-Territorio Histórico de Álava, de 4 de junio de 2018 sobre traspaso de funciones y servicios

en materia de gestión de archivos de titularidad estatal sitos en el Territorio Histórico de Álava

Por Decreto Foral 25/2018, del Consejo de Gobierno Foral, de 12 de mayo, se aprueba el

Acuerdo adoptado por la Comisión Mixta de Transferencias Gobierno Vasco – Territorio Histórico

de Álava, de 4 de junio de 2018 sobre traspaso de funciones y servicios en materia de gestión

de archivos de titularidad estatal, sitos en el Territorio Histórico de Álava.

Con dicha transferencia se traspasa el personal adscrito a dichas funciones y servicios.

Se transfieren seis puestos, tres reservados a funcionarios de carrera de los cuales dos

tienen como ocupantes funcionarios de carrera y uno está cubierto por funcionario interino y

tres de personal laboral, dos ocupados por personal laboral fijo y uno ocupado por personal

laboral interino.

En el supuesto de los funcionarios de carrera procede su homologación.

En el caso del personal interino procede su nombramiento como funcionarios interinos.

En el supuesto del personal laboral fijo debe tenerse en cuenta el artículo 19 de la Ley 6/1989

de la Función Pública Vasca que establece que los puestos de trabajo de las administraciones

públicas vascas serán desempeñados con carácter general por funcionarios.

La disposición adicional segunda de la mencionada Ley 6/1989, en su apartado 2 establece

que el personal laboral fijo que acceda al servicio de las administraciones públicas vascas, en

virtud de transferencias, cuyos puestos de trabajo resulten clasificados en la Administración de

destino como de naturaleza funcionarial, podrán, siempre que reunieran los requisitos de

titu-lación exigibles para ello, acceder a la condición de funcionario en el cuerpo que corresponda

mediante pruebas selectivas restringidas que con carácter excepcional y por una sola vez,

podrán ser convocadas por las Administraciones respectivas. Se establece asimismo que dicha

clasificación deberá realizarse en los seis meses siguientes a la efectividad de la transferencia.

De conformidad con lo establecido en el Decreto Foral del Diputado General 132/2015, de

3 de julio, por el que se determinan los departamentos de la Diputación Foral, y con los

de-cretos forales 154/1993 del Consejo de Diputados de 30 de julio, por el que se establecen las

atribuciones en materia de Función Pública y 10/2016, de 9 de febrero, por el que se aprueba la

estructura orgánica y funcional del Departamento competente en materia de Función Pública,

DISPONGO

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funcio-traspaso de funciones y servicios en materia de gestión de archivos de titularidad estatal sitos

en el Territorio Histórico de Álava a las siguientes personas para las categorías que se indican:

NOMBRE CATEGORÍA DE PROCEDENCIA

Maria Dolores de la Cruz Martínez Técnico Reprografía Ángel María Alonso Fernández de Garayalde Subalterno

Segundo. Aprobar las bases de la convocatoria que se adjuntan como anexo I, así como el

modelo de solicitud que se adjunta como anexo II, para acceder a la condición de funcionarios/

as de carrera de la Administración General de la Diputación Foral de Álava de:

— Maria Dolores de la Cruz Martínez en el grupo de titulación C1, escala de Administración

Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Personal de Oficios.

— Angel María Alonso Fernández de Garayalde en el grupo de titulación E (AP), escala de

Administración General, subescala Subalterna.

Tercero. Quienes no participen en el proceso selectivo o no lo superen, continuarán al

servi-cio de Diputación Foral de Álava, con la relación que ostentaran, siendo sus plazas declaradas

a extinguir.

Cuarto. Contra esta orden foral podrá interponerse, a partir del día siguiente a su

publi-cación, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz o, potestativamente, recurso de reposición,

en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, de acuerdo con

lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso Administrativa, en relación con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 2018

La Diputada de Fomento del Empleo, Comercio y Turismo y de Administración Foral

CRISTINA GONZÁLEZ CALVAR

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Enplegu, Merkataritza eta Turismo Sustapenaren eta Foru Administrazioaren Saila

Departamento de Fomento del Empleo, Comercio y Turismo y de Administración Foral.

Funtzio Publikoko Zuzendaritza Dirección de Función Pública

A N E X O I

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA FUNCIONARIZACIÓN DEL PERSONAL LABORAL TRANSFERIDO A LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA POR DECRETO FORAL 25/2018, DEL CONSEJO DE GOBIERNO FORAL, DE 12 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA, EL ACUERDO DE LA COMISIÓN MIXTA DE TRANSFERENCIAS GOBIERNO VASCO-TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA SOBRE TRASPASO DE FUNCIONES Y SERVICIOS EN MATERIA DE GESTIÓN DE ARCHIVOS DE TITULARIDAD ESTATAL SITOS EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Por Decreto Foral 25/2018, del Consejo de Gobierno Foral, de 12 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Gobierno Vasco-Territorio Histórico de Álava, sobre traspaso de funciones y servicios en materia de gestión de archivos de titularidad estatal sitos en el territorio histórico de álava, se acuerda también el traspaso de dos personas con el carácter de laborales fijos.

Al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda, apartado 2 de la Ley 6/89 de la Función Pública Vasca, es objeto de las presentes bases la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la condición de funcionario/a, del referido personal transferido/a como laboral fijo/a. El acceso a la condición de funcionario/a de carrera, en virtud del presente proceso selectivo, determinará su integración en la plantilla de la Diputación Foral de Álava en la Escala y Subescala a la que hubieran accedido.

SEGUNDA.- ÁMBITO PERSONAL Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

Podrán participar en la presente convocatoria los empleados contratados laborales transferidos en virtud del Decreto Foral 25/2018, del Consejo de Gobierno Foral, de 12 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Gobierno Vasco-Territorio Histórico

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de Álava, sobre traspaso de funciones y servicios en materia de gestión de archivos de titularidad estatal sitos en el Territorio Histórico de Álava, que a continuación se enumeran:

NOMBRE CATEGORÍA DE PROCEDENCIA

Dña. Maria Dolores de la Cruz Martínez Técnico Reprografía

D. Ángel María Alonso Fernández de Garayalde Subalterno

Deberán asimismo reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación

forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) No estar incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad de acuerdo con lo

previsto en la Ley 53/84 de 26 de diciembre.

f) Poseer la titulación exigida para el ingreso en la Escala y Subescala correspondiente.

Los aspirantes deberán reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes

TERCERA.- COMISIÓN CALIFICADORA

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PRESIDENTA:

Lourdes Martínez de Lagos Manzana VOCALES

José Antonio Sainz Varela Teresa Castro Legorburu Angel María Vea-Murguia SECRETARIO

Carlos Auzmendi Irastorza

Todas las personas que forman parte de la Comisión tendrán voz y voto.

El procedimiento de actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en las leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

CUARTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes normalizadas solicitando tomar parte en el presente proceso de funcionarización se dirigirán a la Diputada Foral titular del Departamento de Fomento del Empleo, Comercio y Turismo y de Administración Local y en ellas se hará constar que el aspirante reúne todos los requisitos exigidos en la base segunda referidos siempre a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes debidamente cumplimentadas se presentarán en el Servicio de RRHH de la Diputación Foral de Álava sito en la Plaza de la Provincia nº 14-3º CP 01001 de Vitoria-Gasteiz y en cualquiera de las oficinas a que se refiere el art. 16.4 de la 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días

hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de estas bases.

Se deberá señalar en la solicitud, en función de la categoría laboral que ostenten, la Escala y Subescala a la que concurran, que necesariamente se corresponderá con alguna de las comprendidas entre las que dan acceso a los puestos de trabajo.

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4/7

El perfil lingüístico se justificará mediante certificación del IVAP u organismos a que se refiere el art. 41 del Decreto 86/97 de 15 de abril del Gobierno Vasco.

QUINTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Director de Función Publica, aprobará la relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, mediante Resolución que se comunicará a los solicitantes.

A partir del dia siguiente a la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, se abrirá un plazo de 5 dias hábiles para la subsanación de los defectos u omisiones que hubieran motivado la exclusión, así como plantear las reclamaciones que consideren oportunas contra la lista.

La relación provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se presentaran reclamaciones. Si hubiera reclamaciones serán estimadas o desestimadas en una una nueva Resolución por la que se aprobará la relación definitiva que se hará pública de la forma antes indicada.

A quienes no hubieran subsanado los motivos de exclusión se les tendrá por desistidos en us instancia.

Los errores materiales o de hecho podrán ser rectificados, de oficio o a instancia de parte, en cualquier momento del procedimiento.

SEXTA.- PROCEDIMIENTO SELECTIVO

El concurso objeto de la presente convocatoria se desarrollará en dos fases sucesivas una primera de méritos generales y una segunda fase de méritos específicos.

A) Primera Fase: Méritos Generales 1. Valoración del trabajo desempeñado

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Dicha valoración se hará en atención a la permanencia en un puesto de trabajo durante los últimos cinco años cuyas funciones resulten análogas a las propias de la escala y subescala a la que se concursa. La puntuación máxima alcanzable será de de 8 puntos a razón de 2 puntos por cada año o fracción superior a seis meses.

2. Antigüedad

Por cada año completo o fracción superior a seis meses de servicios prestados en una Administración Pública 1 punto. La puntuación máxima alcanzable será de 6 puntos.

B) Méritos específicos

Consistirá en una prueba o pruebas de contenido práctico relativas al desempeño del puesto, encaminadas a valorar la adecuación al mismo.

La puntuación máxima alcanzable en esta fase será de 16 puntos.

C) Puntuación minima

La puntuación mínima para adjudicación de destino será de 3,5 puntos en la fase de méritos generales y de 8 puntos en la fase de méritos específicos.

SÉPTIMA.- CONOCIMIENTO DE EUSKERA

La valoración del euskera como mérito se hará atendiendo a la asignación del perfil correspondiente al puesto al que se opta, valorándolo según el siguiente baremo, de conformidad con lo establecido en el Decreto 86/97, de 15 de abril, por el que se regula el uso del Euskera en las administraciones públicas vascas.

PL Puesto PL acreditado Tanto por ciento sobre puntuación

máxima

1, 2 2, 3, 4 6,25

1, 2 1 5,00

Los perfiles de euskera podrán acreditarse mediante certificado del IVAP, o certificados equivalentes.

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OCTAVA.- RELACIÓN DE APROBADOS

El resultado definitivo del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de puntuaciones obtenidas en sus distintas fases. Finalizado el mismo la Comisión notificará la relación de seleccionados por orden de puntuación y elevará dicha Relación a la Diputada Foral titular del Departamento de Fomento del Empleo, Comercio y Turismo y de Administración Foral para que disponga el nombramiento como funcionario/a de carrera de las personas que han superado el proceso selectivo.

NOVENA.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

Con carácter previo al nombramiento como funcionarios/as de carrera, los/as aspirantes seleccionados/as presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de la Diputación Foral de Álava, en el plazo máximo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación a la que se refiere el número anterior, los documentos acreditativos de las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria, que a continuación se detallan:

a) Declaración Jurada de no estar separado/a por causa de expediente disciplinario del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, así como de no hallarse incurso en algunas de las causas legales de incapacidad e incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984 de 24 de diciembre, de incompatibilidad del pesonal al servicio de las Administraciones Públicas.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para tomar parte en la presente convocatoria.

Quienes dentro del plazo señalado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos necesarios, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas las actuaciones referidas a los/as mismos/as, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por falsedad en su instancia.

DÉCIMA.- NOMBRAMIENTO COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA

Transcurrido el plazo de presentación las personas aspirantes seleccionadas serán nombradas funcionarias de carrera de la Diputación Foral de Álava y deberán tomar posesión de su cargo en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación del nombramiento. Dicho plazo podrá ser prorrogado por otro de igual duración a petición de la persona interesada y siempre que exista causa justificada para ello.

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Quienes, dentro del plazo indicado, no tomaran posesión de la plaza quedarán automáticamente decaídos en su derecho.

El acceso a la condición de personal funcionario de carrera en virtud del presente proceso y a través de la integración en la correspondiente Escala/Subescala, determinará la extinción del contrato laboral.

ÚNDECIMA.- INCIDENCIAS

La Comisión queda facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso, en todo lo no previsto en las presentes Bases.

DUODÉCIMA.- IMPUGNACIONES

Estas Bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados en los casos y formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Enplegu, Merkataritza eta Turismo Sustapenaren eta Foru Administrazioaren Saila

Departamento de Fomento del Empleo, Comercio y Turismo y de Administración Foral.

Funtzio Publikoko Zuzendaritza Dirección de Función Pública

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ANEXO II

LAN-KONTRATUKO LANGILEAK FUNTZIONARIO BIHURTZEKO ONARPEN ESKABIDEA

SOLICITUD DE ADMISIÓN PARA LA FUNCIONARIZACIÓN DEL PERSONAL LABORAL

DATU PERTSONALAK / DATOS PERSONALES

NAN / D.N.I ...

Izena / Nombre ... Abizenak / Apellidos: ... Helbidea / Domicilio ... ... Herria / Población ...Probintzia / Provincia ...PK / C.P. ... Tel.. ... Posta elektronikoa / Correo electrónico ...

SARTZEA EZKATZEN DUEN ESKALA ETA SUBESKALA ESCALA Y SUBESCALA EN LA QUE SOLICITA EL INGRESO Eskala/Escala:

Subeskala/Subescala:

EUSKARA / EUSKERA: Ezarri X bat egiaztatuta daukazun hizkuntza eskakizunean Marque con una X el perfil lingüístico que acredita

HE/PL 1 HE/PL 2 HE/PL 3 HE/PL 4 Azterketak zer hizkuntza ofizialetan egin nahi dituzu?

Idioma oficial en el que desea realizar los exámenes

Euskara / Euskera Gaztelania / Castellano BEHEAN SINATZEN DUENAK

ADIERAZTEN DU: eskaera orri honetan emandako datu guztiak egiazkoak direla eta deialdiaren oinarrietan eskatutako baldintza guztiak betezen dituela.

LA/EL ABAJO FIRMANTE

DECLARA: Que son ciertos todos los datos consignados en esta instancia y que reúne todas las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria.

En Vitoria-Gasteiz a ……… Ziur tag iriar en zk . Códig o de Ve rific ac ión E3 KG -p nD k-D9 85 -w hL v Eg iazt at ze ko he lbide a Dir ec ción de c om pr obac ión ht tps: //e -s.ar aba.e us/w ps/por tal/Consult aCov e

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2/2 Sinadura / Firma

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