[Escriba texto] Página 1 MODELO DE ATENCION DE LA CLINICA SANTA TERESA S.A.
2017
ARTICULO 1°. MODELO SISTEMICO EN LA PRESTACION DE SERVICIOS EN SALUD DE LA CLINICA SANTA TERESA S.A.
Creación del presente modelo cual se encuentra fundamentado en la presente acta.
ARTICULO 2°. OBJETIVOS GENERALES DEL MODELO SISTEMICO EN LA PRESTACION DE SERVICIOS EN SALUD
La atención está centrada en el paciente y su familia, aplicando los estándares de habilitación y acreditación en salud, con las características de calidad: oportunidad, accesibilidad, seguridad, pertinencia y continuidad en la prestación de los servicios.
OBJETIVOS ESPECIFICOS DEL MODELO SISTEMICO EN LA PRESTACION DE SERVICIOS EN SALUD
1. Articular la prestación del servicio con los diferentes actores de Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de procesos administrativos y asistenciales.
2. Prestar atención con calidad.
3. Tener en cuenta las limitantes del sistema buscando equilibrio financiero.
4. Estandarizar la prestación del servicio.
5. Modelo diferente al aplicado en las otras instituciones de salud.
6. Fomentar la prevención, promoción y educación del paciente y su Familia.
7. Brindar atención integral y multidisciplinaria, cada integrante del equipo en salud, desde los auxiliares hasta los médicos tratantes, deben interactúan, para la integralidad e indicadores.
8. Prestar una atención contrato humanizado, digno, respetuoso al paciente y su familia.
9. Generar excelentes niveles de satisfacción del paciente y su familia. 10. Propender por la eficiencia, entendida coma la mejor utilización
de las recursos, con criterios de costo-efectividad, costo economía. 11. La información generada debe identificar los planes de mejoramiento
en el servicio.
ARTICULO 3°. POLITICAS GENERALES DEL MODELO SISTEMICO EN LA PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD.
1. La consulta médica y la revista médica son herramientas clave en este modelo, es dinámica, es integral, con la participación de cada uno de las personas que integran el equipo de atención.
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2. El marco de la atención estará sobre la base de un modelo asistencial por el nivel de mediana de la institución, fomentando las actividades de promoción, prevención y educación.
3. Trabajar con las ERP-EPS, para lograr un equilibrio al sistema, dentro de marco de atención con calidad.
4. El servicio en la institución se prestara con características de calidad: accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia, continuidad e integralidad de los servicios.
5. La aplicación del presente modelo de prestación de servicios, la declaración de derechos y deberes de los pacientes, es responsabilidad de todo el personal de la institución.
6. Siempre aplicar la seguridad del paciente en la institución, como la identificación, la intervención y la minimización de riesgos.
7. La institución garantizara la confidencialidad sobre la información del paciente y su presencia en la entidad solo se divulgara con su consentimiento.
8. La institución cuenta con un Sistema de información y atención al usuario (SIAU), durante el proceso de atención del paciente y su familia al interior de la institución.
9. La institución debe garantizar los medios, para que el paciente y la familia, puedan manifestar las inquietudes y dudas frente a la atención recibida.
10. La institución identificará, realizara intervención y notificara, las enfermedades y eventos de interés en salud pública, e información de carácter legal y de notificación obligatoria según las normas vigentes.
11. La institución se compromete a realizar la identificación, evaluación y gestionar los riesgos relacionados con la prestación del servicio, mediante un proceso de mejoramiento continuo.
12. La institución realizara juntas médicas interdisciplinarias para evaluación de casos especiales.
13. La institución promoverá la actualización del personal, realizando inducción, re-inducción, el entrenamiento y la educación continua. 14. Toda información relacionada con la Seguridad del paciente
(posibles eventos, incidentes o acciones inseguras) asociada con la atención en salud proporcionada en la IPS que remitió el paciente, será retroalimentada a la institución responsable del paciente ERP-EPS, con el fin de que se realice la gestión pertinente.
15. La Institución definirá la ubicación del paciente en la institución. 16. El servicio de información y atención al usuario SIAU, junto con el
personal de atención de cada servicio, informara a los pacientes sobre las formas de comunicar sus quejas, sugerencias, reclamos, observaciones, derivadas del proceso de atención.
17. La Institución garantizara los mecanismos para la privacidad y dignidad del paciente durante la atención con el profesional o equipo técnico.
18. El manejo hospitalario es un plan de 24 horas, el cual no puede ser cambiado ni subjetivo del médico.
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20. Lo anterior asegura que el paciente no se complique y ahorro de costo para el sistema.
21. El medico es parte del equipo, pero no es el único que dice que hacer, existe un equipo de trabajo día a día, que conoce muy bien al paciente y sus conceptos son muy importantes.
ARTICULO 4. LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL MODELO DE SALUD
1. INTEGRALIDAD. Toda tecnología en salud contenida en el Plan Obligatorio de Salud para la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad, debe incluir lo necesario para su realización de tal forma que se cumpla la finalidad del servicio, según lo prescrito por el profesional tratante.
2. TERRITORIALIDAD. Toda tecnología en salud contenida en el Plan
Obligatorio de Salud está cubierta para ser realizada dentro del territorio nacional.
3. COMPLEMENTARIEDAD. Las acciones contenidas en el Plan
Obligatorio de Salud deben proveerse de manera articulada con las acciones individuales o colectivas de otros Planes de Beneficios o programas del Sistema General de Seguridad Social en Salud y de sectores distintos al de salud.
4. TRANSPARENCIA. Los agentes y actores del Sistema General de
Seguridad Social en Salud que participan en la aplicación, seguimiento y evaluación del Plan Obligatorio de Salud, deben actuar de manera proba e íntegra, reportando con calidad y oportunidad la información correspondiente de acuerdo con la normatividad vigente y dando a conocer a los usuarios los contenidos del Plan Obligatorio de Salud, conforme a lo previsto en el presente acto administrativo.
5. COMPETENCIA. Para la aplicación del POS, el profesional de la salud
tratante es el competente para determinar lo que necesita un afiliado al SGSSS en las fases de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad, sustentado en la evidencia científica.
6. CORRESPONSABILIDAD. El usuario debe ser responsable de seguir
las instrucciones y recomendaciones del profesional tratante y demás miembros del equipo de salud, incluyendo el autocuidado de su salud, para coadyuvar en los beneficios obtenidos del Plan Obligatorio de Salud. De cualquier manera, la inobservancia de las recomendaciones del tratamiento prescrito no será condicionante del acceso posterior a los servicios.
7. CALIDAD. La provisión de las tecnologías en salud a los afiliados del
Sistema General de Seguridad Social en Salud se debe realizar cumpliendo los estándares de calidad de conformidad con la normatividad vigente. Sus características son: oportunidad, accesibilidad, continuidad, seguridad, integralidad e integridad, pertinencia, costo-efectividad, respeto por la dignidad humana y el derecho a la intimidad, información, transparencia, consentimiento y satisfacción de los usuarios.
[Escriba texto] Página 4 ARTICULO 5°: TERMINOLOGÍA DEL MODELO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD.
1. ACTIVIDAD DE SALUD: Conjunto de acciones, operaciones o tareas
que especifican un procedimiento de salud, en las cuales se utilizan recursos físicos, humanos o tecnológicos.
2. ATENCIÓN AMBULATORIA: Modalidad de prestación de servicios de
salud, en la cual toda tecnología en salud se realiza sin necesidad de internar u hospitalizar al paciente. Esta modalidad incluye la consulta por cualquier profesional de la salud, competente y debidamente acreditado que permite la definición de un diagnóstico y conducta terapéutica para el mantenimiento o mejoramiento de la salud del paciente. También cubre la realización de procedimientos y tratamientos conforme a la normatividad de calidad vigente.
3. CONSULTA MÉDICA: Es la valoración y orientación brindada por un
médico en ejercicio de su profesión a los problemas relacionados con la salud. La valoración es realizada según las disposiciones de práctica clínica vigentes en el país y comprende anamnesis, toma de signos vitales, examen físico, análisis, definición de impresión diagnóstica y plan de tratamiento. La consulta puede ser programada o de urgencia según la temporalidad, general o especializada, según la complejidad.
4. CONSULTA ESPECIALIZADA: Es la atención por médico
especialista, quienes emiten juicios, orientaciones y recomendaciones técnico-científicas sobre el tratamiento del paciente.
5. INTERCONSULTA: Es la solicitud expedida por el profesional de la
salud responsable de la atención de un paciente a otros profesionales de la salud, quienes emiten juicios, orientaciones y recomendaciones técnico-científicas sobre la conducta a seguir con el paciente
6. ATENCIÓN CON INTERNACIÓN: Modalidad de prestación de
servicios de salud con permanencia superior a 24 horas continúas en una institución prestadora de servicios de salud.
Cuando la duración sea inferior a 2 horas se considerará atención ambulatoria, entre 2 horas y 6 horas se considera paciente en observación. Para la utilización de este servicio deberá existir la respectiva orden del profesional tratante.
7. COMPLICACIÓN: Alteración o resultado clínico no deseado, que
sobreviene en el curso de una enfermedad o condición clínica, agravando la condición clínica del paciente y que puede provenir de los riesgos propios de la atención en salud, de la enfermedad misma o de las condiciones particulares del paciente.
8. CONCENTRACIÓN: Cantidad de principio activo contenido en una
forma farmacéutica medida en diferentes unidades (mg, g, UI, entre otras).
9. EQUIPO BIOMÉDICO: Dispositivo médico operacional y funcional que
reúne sistemas y subsistemas eléctricos, electrónicos o hidráulicos, incluidos los programas informáticos que intervengan en su buen funcionamiento, destinado por el fabricante a ser usado en seres humanos con fines de prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación. No constituyen equipo biomédico aquellos dispositivos
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médicos implantados en el ser humano o aquellos destinados para un solo uso.
10. FORMA FARMACÉUTICA: Preparación farmacéutica que caracteriza
a un medicamento terminado, para facilitar su administración. Se consideran como formas farmacéuticas entre otras: Jarabes, tabletas, cápsulas, ungüentos, cremas, soluciones inyectables, óvulos, tabletas de liberación controlada y parches transdérmicos.
11. INTERVENCIÓN EN SALUD: Conjunto de procedimientos realizados
para un mismo fin, dentro del proceso de atención en salud.
12. MARGEN TERAPÉUTICO: Intervalo de concentraciones de un
fármaco dentro del cual existe alta probabilidad de conseguir la eficacia terapéutica, con mínima toxicidad.
13. MATERIAL DE CURACIÓN: Dispositivos y medicamentos que se
utilizan en el lavado, irrigación, desinfección, antisepsia y protección de lesiones, cualquiera que sea el tipo de elementos o insumos empleados.
14. MEDICAMENTO: Es aquel preparado farmacéutico, obtenido a partir
de principios activos, con o sin sustancias auxiliares, presentado bajo forma farmacéutica a una concentración dada y que se utiliza para la prevención, alivio, diagnóstico, tratamiento, curación o rehabilitación o paliación de la enfermedad. Los envases, rótulos, etiquetas y empaques hacen parte integral del medicamento, por cuanto estos garantizan su calidad, estabilidad y uso adecuado.
15. PRINCIPIO ACTIVO: Cualquier compuesto o mezcla de compuestos
destinada a proporcionar una actividad farmacológica u otro efecto directo en el diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades; o a actuar sobre la estructura o función de un organismo humano por medios farmacológicos. Un medicamento puede contener más de un principio activo.
16. PROCEDIMIENTO: Acciones que suelen realizarse de la misma
forma, con una serie común de pasos claramente definidos y una secuencia lógica de un conjunto de actividades realizadas dentro de un proceso de promoción y fomento de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación.
17. REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA: Conjunto de procesos,
procedimientos y actividades técnicos y administrativos que permiten prestar adecuadamente los servicios de salud a los pacientes, garantizando la calidad, accesibilidad, oportunidad, continuidad e integralidad de los servicios, en función de la organización de la red de prestación de servicios definida por la entidad responsable.
La referencia es el envío de pacientes o elementos de ayuda diagnóstica por parte de un prestador de servicios de salud a otro prestador para atención o complementación diagnóstica; considera el nivel de resolución y se realiza con el fin de dar respuesta a las necesidades de salud.
La contrarreferencia es la respuesta que el prestador de servicios de salud receptor de la referencia, da al prestador que remitió. La respuesta puede ser la contrarremisión del paciente con las debidas indicaciones a seguir o simplemente la información sobre la atención prestada al paciente en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.
[Escriba texto] Página 6 18. TECNOLOGÍA EN SALUD: Concepto que incluye todas las
actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios y procedimientos usados en la prestación de servicios de salud, así como los sistemas organizativos y de soporte con los que se presta esta atención en salud.
ARTICULO 6°. PROCESO PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD.
El paciente ingresa al programa de cáncer en la cuidad de Bogotá y Tunja por los servicios de:
o SERVICIO DE URGENCIAS o CONSULTA EXTERNA
o REFERENCIA NO QUIRUGICA DE OTRO NIVEL DE COMPLEJIDAD. o REFERENCIA QUIRUGICA DE OTRO NIVEL DE COMPLEJIDAD.
1. SERVICIO DE URGENCIAS.
La clínica cuenta con el servicio de urgencias y de salas de observación en la ciudad de Tunja.
Por lo tanto al ingresar un paciente por urgencias, es atendido y luego se realiza el trámite de anexo 2, de la resolución 3047, para la atención inicial de urgencias, y posteriormente el anexo 3, para lo posterior a la atención inicial, a través de la línea 018000 de la ERP-EPS y la oficina de referencia de la clínica.
En el servicio de urgencias se atiende a todo paciente que llegue, se clasifica el triage por el médico.
De este servicio el paciente podrá ser dado de alta de la institución, o podrá pasar al servicio de observación, también podrá ser llevado al área de hospitalización o a salas de cirugía.
La CLINICA SANTA TERESA S.A, verifica los derechos del usuario, a través de la línea 018000 de las EPSs. En caso de inconsistencias de admisión la clínica se pondrá en contacto con la EPS, para verificar la inconsistencia, y poder cobrar el servicio prestado.
Lo médicos generales y especialistas de urgencias no inducirán a imagen logia o apoyos diagnósticos no pertinentes.
2. CONSULTA EXTERNA:
El horario de atención al público de la clínica es de lunes a viernes de 7:30 am a 5:00 pm y el sábado de 7: 30 am a 12:00 m.
El paciente debe traer la autorización de servicios de la ERP-EP, documento de identidad, y la orden medica del nivel de complejidad que direcciona al servicio correspondiente.
El médico especialista realizara la apertura de historia clínica, con sus respectivos ítems y documentos adicionales como patología
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confirmatoria de la enfermedad, y los apoyos diagnósticos que trae el paciente, entre otros.
La clínica cuenta con procedimientos estandarizados de asignación de citas telefónicas, electrónicas y presenciales con horarios establecidos, y listado de profesionales agendados. En este caso que el paciente solicite la consulta externa por vía telefónica a la clínica, el funcionario que citas médicas, debe explica los documentos que debe traer el día de la consulta con el especialista.
El paciente procederá a tramitar las autorizaciones respectivas, ordenadas por los médicos especialistas, se podrán presentar excepciones en este proceso, siempre y cuando la ERP-EPS y La EPS definan otro mecanismo diferente entre las partes.
La institución al momento de asignar la cita al paciente le informa: fecha, hora, dirección, numero de cita, contar con la autorización de servicios, preparaciones especiales y profesional asignado, dejando constancia de esta información en la agenda correspondiente. La institución entrega el listado de pacientes citados al equipo de salud y los involucrados en el proceso de atención previo a su atención.
La valoración y definición del manejo clínico del paciente es responsabilidad del médico especialista.
El médico especialista diligenciara los formatos pertinentes garantizando una atención integral: Medicamentos o procedimientos excluidos del POS, medicamentos de control y los que la institución tenga implementados.
Es responsabilidad del médico especialista y del médico coordinador, el desarrollo y actualización de las Guías de atención y Protocolos que aplican en consultas externas.
Es responsabilidad del equipo de apoyo, los planes de cuidado y manuales de procedimientos que aplican en consulta externa.
Una vez el paciente sale de la consulta especialidad, el paciente cuenta con órdenes posibles de:
Apoyos diagnósticos como son Laboratorios clínicos e imágenes. Por política de la clínica y por la integralidad del servicio, estos apoyos se realizan en la misma clínica.
Una vez el paciente, haya realizado los exámenes, podrá telefónicamente solicitar la fecha del control médico, para presentar los resultados y continuar en el tratamiento.
La Institución desarrollara un sistema de información al paciente sobre el tiempo promedio de espera para la atención. La institución cuenta con un equipo administrativo que apoya la prestación del servicio y la atención de novedades, manteniendo informados a los usuarios.
El servicio de información y atención al usuario SIAU, en conjunto con el equipo de atención de servicios ambulatorios informa a los pacientes sobre las diferentes formas de comunicar sus quejas,
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sugerencias y/a felicitaciones derivadas del proceso de atención. A su vez se gestiona la respuesta y resolución de los motivos que generan quejas o inconformidades con la prestación del servicio.
La consulta externa es apoyada por las áreas de apoyo diagnostica y apoyo terapéutico, por el área de hospitalización.
Por calidad y pertinencia la clínica define que los estudios inmunohistopatológicos, sean realizados por patólogo, el cual es un servicio contratado mediante convenio.
3. REFERENCIA NO QUIRUGICA ( DE OTRA INSTITUCION)
En este caso todos los pacientes ingresan por el servicio de urgencias. La clínica cuenta con servicio de REFERENCIA NO QUIRUGICA, el médico general estabiliza al paciente y solicita los apoyos diagnósticos y terapéuticos necesarios para el manejo de la patología, generando orden de internación y valoración por la especialidad correspondiente. Este proceso administrativo se debe realizar entre la 018000 de la EPS y la oficina de referencia de la IPS, documento de identidad y la REMISION medica del nivel de complejidad que direcciona a la especialidad específica.
Posterior a la atención de urgencia, se buscara la autorizaciones de los servicios, este proceso se realizará directamente entre la IPS y la línea 018000 de ERP-EPS.
La CLINICA SANTA TERESA debe verificar los derechos del usuario. En caso de no encontrarse el usuario en la base de datos, el funcionario de referencia de la clínica, se pondrá en contacto con la EPS, para verificar la inconsistencia.
El médico tratante, será el responsable de informar al paciente acerca de los riesgos y beneficios de los internación y procedimientos según la condición clínica de cada paciente, así corno las opciones terapéuticas, diligenciando el consentimiento o disentimiento informado según el procedimiento a realizar.
Si el paciente ingresa a internación de la clínica, se da el manejo pertinente al paciente por el medico coordinador y la médico familiar. Todo paciente debe portar las manillas del tipo de riesgo según su característica.
Todo paciente que sea hospitalizado, se diligenciara completamente el formato de hospitalización el cual solicita tipo de aislamiento si se requiere, condiciones especiales de hospitalización, tiempo promedio de estancia y justificación de hospitalización, el cual será diligenciado por la especialidad que hospitaliza.
Una vez finalice la atención hospitalaria, se da el egreso por el especialista tratante, con indicaciones y plan de egreso hospitalario al paciente, con su respectivo control médico.
Antes de iniciar revista médica el especialista o los especialistas, deberán realizar lavado de manos, uso de tapaboca, uso de bata blanca, lavado en los 5 minutos, así coma cumplir con las normas de aislamientos.
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El Medico coordinador y médico familiar son los responsable de la atención desde el ingreso hasta el egreso del servicio.
El manejo intrahospitalario de todos los pacientes corre a cargo de un Medico coordinador, médico familiar, médico familiar, el cual será valorado en revista todos los días, en horario de la mañana y en la tarde a todo paciente priorizado durante la revista.
El profesional que puede tomar la decisión de hospitalizar a un paciente es el médico general, médico familiar, médico especialista. El médico hospitalario en conjunto con la especialidad tratante en permanencia o en disponibilidad, es el responsable de la articulación de la actuación del equipo multidisciplinario de la atención en salud. De igual manera deben asumir la atención médica en circunstancias clínicas agudas que requieren manejo inmediato (para cardiorrespiratorio, complicaciones médicas y eventos relacionados con la seguridad y calidad en la atención), según procedimiento estipulado.
El médico especialista en conjunto con el Medico coordinador y médico familiar, son los responsable de informar al paciente y su familia sobre su condición de salud, manejo y pronóstico de su patología.
La Institución desarrollara en forma gradual, la incorporación del siguiente MODELO SISTÉMICO DE ATENCIÓN, todo el equipo es el responsable del proceso de! cuidado del paciente, mediante la identificación de las necesidades del mismo con base en los datos obtenidos de la interacción con el especialista tratante, historia clínica, entrevista terapéutica y valoración física, con lo cual establecerá un diagnóstico de enfermería y definirá su correspondiente plan de cuidado, el cual ejecutará y supervisara, evaluara, avisara alarmas y ajustara de acuerdo a la condición de salud del paciente.
El seguimiento del plan de manejo establecido por médico y el equipo, estará a cargo del mismo.
Las enfermeras y auxiliares de enfermería desarrollara la ejecución de las actividades y tareas asignadas, y avisaran cualquier signo de alarma.
La responsabilidad del traslado interno, según la condición clínicas del paciente será: paciente crítico que requiera traslado a salas de cirugía deberá ir acompañado por médico, enfermera y equipo de salud correspondiente, previa comunicación telefónica y entrega de pacientes por parte de las enfermeras profesionales de los servicios respectivos. Para pacientes estables su acompañamiento lo determinara el equipo de salud del servicio.
4. REFERENCIA QUIRURGICA (DE OTRA INSTITUCION)
En este caso todos los pacientes ingresan por el servicio de urgencias. En la CLINICA SANTA TERESA Se realizan procedimientos quirúrgicos especialidades de cirugía general, ginecología, ortopedia, dermatología, otorrinolaringología, neurocirugía, urología.
[Escriba texto] Página 10 Todo paciente debe portar las manillas del tipo de riesgo según su característica.
El médico de la especialidad quirúrgica, como médico tratante o de interconsulta, valora al paciente y define, la necesidad o no de la intervención quirúrgica, determinará la oportunidad con que esta se debe realizar.
Este profesional es quien solicita la asignación de sala de cirugía informando el estado clínico del paciente, la celeridad con que debe ser intervenido y la duración del procedimiento.
Todo traslado de pacientes a salas de cirugía incluye la entrega de todas las ayudas diagnósticas pertinentes, la historia clínica.
Todos los pacientes hospitalizados que tengan procedimiento programado que requiera administración de anestesia, serán valorados la noche anterior por el servicio de anestesiología. Se procederá a desarrollar el procedimiento establecido para la consecución de la autorización pertinente, de la respectiva entidad ERP-EPS.
Se mantendrá canal de comunicación con la familia de los pacientes, para atender sus inquietudes.
En el caso de no identificar red social, se informara a SIAU y al área delegada para iniciar el procedimiento de identificación y ubicación de red.
El área de atención e información al usuario SIAU, orientara a los familiares de los pacientes sobre el procedimiento a seguir a partir del ingreso del paciente a la Institución como obtención de autorización de la entidad responsable de pago, trámites para hospitalización, cuotas ... moderadoras o cuotas de recuperación.
Todo paciente que sea hospitalizado, se diligenciara completamente el formato de hospitalización el cual solicita tipo de aislamiento, condiciones especiales de hospitalización, tiempo promedio de estancia y justificación de hospitalización, el cual será diligenciado para la especialidad que hospitalización.
Al ingreso de todo paciente a Salas de cirugía se debe verificar el diligenciamiento de la orden de cirugía, a salas de cirugía.
Quien recibe al paciente en salas de cirugía procede a verificar su identificación según procedimiento estandarizado.
En el caso de pacientes que no están conscientes, se verificará a través de la historia clínica e información de quien lo traslada.
En el momento del ingreso el equipo de atención, se presentara ante el usuario informando su rol en el proceso de atención.
En el caso de que requerimiento no este cubierto por su plan de beneficios de salud, se realizara la documentación pertinente, el formato NO POS, según la norma, para el respectivo tramite.
La oficina de referencia y contra-referencia realizará
CENSO DIARIO de camas disponibles consolidando la
Información. La Información se entregara por la enfermera de piso reportando la disponibilidad de camas y posibles salidas de pacientes, remisión o contra - remisión de pacientes.
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Todo paciente que ingrese al servicio de internación se le dará la información sobre su patología y cuidados, se diligenciara el consentimiento informado general para procedimientos.
El Médico coordinador o familiar evaluaran el plan de cuidado y las condiciones de la internación, ajustara e implementara el plan de cuidado pertinente.
El Médico coordinador o familiar y el equipo de atención implementaran, las medidas de seguridad de! paciente (aislamiento, medidas de protección y cuidado, riesgo de caída, timbres, acompañamiento, medidas anti escaras) y condiciones especiales según tipo riesgo de cada paciente (discapacidad, e inmovilización, anti coagulado, edad, etc).
Antes de iniciar revista médica el especialista o los especialistas, deberán realizar lavado de manos, uso de tapaboca, uso de bata blanca, lavado en los 5 minutos, así coma cumplir con las normas de aislamientos.
La revista médica dará inicio a las 7:30 a.m. es la principal herramienta en el manejo del paciente, es donde se define e plan de manejo cada 24 horas con sus respectivas alarmas a vigilar.
La información a los familiares sobre el momento quirúrgico en que se encuentra el paciente (pre, post-operatorio) será suministrada por la enfermera del servicio en forma regular.
La información del estado de salud, estará a cargo del médico coordinador o médico familiar o médico especialista tratante, de forma que facilite el entendimiento por parte del paciente y su familia o acudiente.
Los roles se ajustan a lo establecido por el Ministerio de la protección Social. (Sistema único de habilitación).
La responsabilidad del traslado a salas de cirugía dependerá de la condición clínica del paciente: en el caso de paciente critico deberá ir acompañado por médico y enfermera del servicio y en los traslados de paciente no critico serán realizados por el camillero, previa comunicación telefónica y entrega de pacientes por parte de las enfermeras profesionales de los servicios respectivos.
Quien identifique un evento asociado a la prestación del servicio o un factor de riesgo que pueda generar un incidente o evento relacionado con la Calidad y seguridad deberá reportarlo inmediatamente al coordinador del servicio, para su gestión y aplicación de medidas preventivas y correctivas.
ARTICULO 7°. SISTEMA DE CONTRAREFERENCIA
Todo paciente de urgencias, consulta externa o de hospitalización, se le debe entregar información de su atención o tratamiento para llevar a la institución primaria de atención, por efectos de la integralidad de la historia clínica.
La oficina clínica cuenta con oficina de referencia y contra referencia, opera de lunes a domingo de 7 a.m. a 10 p.m. Dispone de teléfonos
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directos, líneas de fax y correo electrónico a través de los cuales se recepcionan las solicitudes de remisión.
Toda solicitud de remisión que llegue a la oficina de referencia y contra referencia (vía fax, correo electrónico, telefónica o radio-operador) tendrá respuesta de aceptación o negación, la cual dependerá de la disponibilidad (oferta) del servicio y la disponibilidad de camas (capacidad instalada), relación comercial vigente con el pagador del evento de salud y condición clínica del paciente.
Los pacientes crónicos, son de manejo por lo general ambulatorios, en caso de estar hospitalizado se espera la estabilización de su cuadro clínico, para ser remitido a la clínica, por referencia o por la consulta externa prioritaria.
ARTICULO 12° EVALUACION
La evaluación del modelo sistémico de prestación de servicios estará dada por indicadores, de percepción de satisfacción del usuario con la atención por servicio.
EDGAR OVIDIO ORTIZ ORTIZ MD. GERENTE