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Gaceta municipal de Barcelona. Año 063, nº 09 (30 mar. 1976)

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(1)

PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION

Barcelona, anual

Provincias y posesiones . . . 125

Otros países y posesiones . . . . 200

Número corriente . . 10

Oficina de la Gaceta Municipal - Ciudad, 4, entl.°

La correspondencia se dirigirá al llustrfsimo Señor Secretario general del Ayuntamiento de Barcelona.

SUMARIO

Pig lam

Consejo

Pleno (extraordinario)

191

Alcaldía-Presidencia 192

Hacienda 194

Servicios

Municipales

196

Obras Públicas 197

Comisión

Municipal Ejecutiva

201

Cultura 201

Hacienda 202

Sanidad y

Asistencia

Social

202

Servicios

Municipales

202

Urbanismo 203

Obras Públicas 203

Comisión

Municipal Ejecutiva (extraordinaria)

205

Consejo Pleno

(extraordinario)

207

Publicaciones y

Disposiciones

Oficiales

209

Anuncios Oficiales:

Gobierno Civil 211

(2)

Núm. 9 - Año LXIII

DE

BARCELONA

30 de Marzo de 1976

Se

publica cada

10

días

DEPOSITO LEGAL B. 1824- 1958

PRECIO DE SUSCRIPCION ADMINISTRACION Y SUSCRIPCION

CONSEJO

PLENO

(Extraordinario)

En el Salón de la Reina

Regente

de la

Casa

sede

Consistorial de la Ciudad de

Barcelona,

a

treinta

y

uno de enero de mil novecientos setenta y

seis,

se reúne el

Consejo pleno

en

sesión extraordinaria,

bajo la presidencia del Excmo. señor Alcalde, don

Joaquín Viola Sauret,

y concurren

los limos. Sres.

Tenientes de

Alcalde, don Eudaldo Travé Montse¬

rrat,

don Mariano Blasi

Rialp

y

don Jaime Abella

de

Castro, los limos,

señores

Concejales don Maria¬

no Ganduxer

Relats,

don

José M.a Dot Bosch, don

Antonio Guasch

Carrete, don Jacinto Soler Padro,

don Manuel Serra

Domínguez, don Rafael Luján

López, don José Sangra Bosch, don Rafael de

Ferra-ter

Ramoneda, don José

Canalda

Vilache,

don

Ramón Torres

Muñoz, don Vicente Febrer Solsona,

don José M.a Tormo

Magrans, don Antonio Canellas

Sidos, don Alfonso Cánovas

Lapuente, don Juan

Abellán

Hernández, don Eduardo

Tarragona

Cor-bella, don Vicente Costa

Ugeda,

don Rogelio Mir

Marti, don José Güell Ramón, don Juan Cabañero

Alarcón,

don Sebastián Calvo Sahun, don Pedro

Llorens

Lorente, don Luis Pérez Pardo

y

don Ma¬

nuel Font

Altaba,

y

los Delegados de Servicios, do¬

ña María Rosa Muñoz

Codina, don Federico Udina

Martorell,

don Ricardo Fornesa

Ribó, doña María

Asunción Guardia

Canela, don Rómulo

Craylies de

Peratallada

Bosch, don Roberto Cortadas Arbat

y

«Ion Luis Cosculluela

Montaner, asistido

por

el Se¬

cretario

general

interino

don José Balcells Junyent.

Está presente

el

señor

Interventor de fondos, don

JoséM.a Asensi Terán.

Excusan su asistencia los señores

Pevidal, Calvo

Martínez,

Bosch, Platón,

Quesada

y

Salvat

y no

la

excusala señora Carbó.

Abierta la sesión por

la Presidencia,

a

las diez

horas,

veinticuatro

minutos,

el Secretario inicia la

lectura del acta de la sesión anterior y

significa el

señor Alcalde que

toda

vez que

la

misma

ha sido

repartida

con

anterioridad

a

los señores

Conceja¬

les, quienes

por tanto

la

conocen, se

da

por

leída.

El señor

Tarragona

pide

se

le aclare

por

qué

di¬

cha acta está redactada sólo en castellano cuando

las de otras sesiones lo habían sido en castellano y

catalán.

Contesta el señor Alcalde que

el

acta

la redacta

el Secretario en base al extracto de las deliberacio¬

nes y

acuerdos adoptados,

que

conforme

al Decreto

de la Presidencia del

Gobierno, de 31 de octubre

de

1975,

deben consignarse

en

castellano

e

inquiere

sise

aprueba la referida

acta.

El

Consejo

pleno

asiente

y

el

señor

Alcalde de¬

clara

aprobada el

acta

de la

sesión anterior.

Inicia el señor Alcalde la sesión con un

capítulo

de felicitacionesy

manifiesta

que

ha

de comprender

en

primer lugar la dirigida al Excmo.

señor

don

Salvador Sánchez

Terán,

con

motivo

de

su

nombra¬

miento como Gobernador civily

Jefe

provincial del

Movimiento de

Barcelona,

cargos cuya

importancia

no

puede

escapar a

nadie,

ya que

Barcelona

y su

Provincia representan, en

el

contexto

nacional,

un 10 por

ciento

de

su

demografía

y

bastante

más de

esta cifraen la concentración de actividades de toda

índole, desde las culturales

a

las económicas,

por

lo que en

el nombramiento del

señor

Sánchez

Te¬

rán,

Ingeniero de Caminos de

gran

prestigio,

que ha

ocupado altos

cargos en

la Administración

y

ha

sido

titular,

bajo los últimos Ministerios,

de la Sub¬

secretaría de Obras

Públicas, debe

verse a un

hom¬

bre

preparado

técnica

y

políticamente

para

regir

nuestra

Provinciaú,

y a

la felicitación debe añadirse

la esperanza en

continuar

las

orientaciones

de

su

antecesor en el cargo,

señor

Martín

Villa

y en que

servirá de valioso instrumento no sólo para

la

recta

administración

sino,

también, de

cauce

de

creativi¬

dad,

recogiendo las necesidades,

aspiraciones

e

ilu¬

siones de la Provincia y

elevándolas de

una manera

estudiada y

sedimentada

a

las

altas

esferas del

po¬ der a fin de que

puedan convertirse

en normas e

(3)

que tras

la última

renovación

ministerial han

pasado

a

desempeñar

cargos

rele¬

vantes

especialmente

en

Direcciones

generales clave

de varios Ministerios: don Juan Echevarría

Puig,

Director

general

de Correos

y

Telecomunicación;

don Gabriel A. de Ferrater

Pascual, hasta

ahora

Rector de la Universidad

Politécnica,

y

hoy Direc¬

tor

general de

Universidades

e

Investigación; don

Sebastián Martín Retortillo y

Baquer, Secretario

General técnico del Ministerio de Educación y

Cien¬

cia,

recientemente trasladado

a

Madrid desde la Fa¬

cultad de Ciencias

económicas,

al

que por

los

afec¬

tos, sus

trabajos

y

ascendencia

paterna y

materna,

hay

que

considerar

como un

catalán

más incorpo¬

rado a nuestra manera de ser y que no

olvidará

su

estancia,paranosotros tan

grata,

en

nuestra

ciudad;

don AntonioValero

Vicente, Secretario General téc¬

nico del Ministerio de la Vivienda que

había sido

anteriormente Director del Instituto de Estudios

Superiores de la Empresa;

don José Espinel Chan¬

cho,

compañero

de Consistorio

como

Delegado de

Servicios de Obras

públicas,

antes

Jefe

del Grupo

de Puertos de

Barcelona,

que en

los

cuatro meses

que

ha estado al frente de

una

de

las Delegaciones

de Servicios más

importantes

y

complejas

del Ayun¬

tamiento, y que en sus

intervenciones

en

los

órga¬

nos

colegiados del

Ayuntamiento

y en

las

múltiples

reuniones informales ha

dejado bien

patente su

gran

valía

y cuya

marcha

siente

todo

el

Consistorio

aun

alegrándose del

evidente

ascenso que supone su nombramiento como Director

general de

Urba¬

nismo,

desde

cuyo cargo, en su

calidad de

Vicepre¬

sidente de la Comisión

provincial de

Urbanismo de

Barcelona,

Organo

desconcentrado del Ministerio

de la

Vivienda, al

que compete

la aprobación

defi¬

nitiva,

en su caso,

del

nuevo

Plan Metropolitano,

podemos confiar

que

dispensará

su

exquisita

com¬

prensión

y

auxilio hacia

nuestros

problemas,

que

ha

vivido y conoce;

don

Carlos Sentís Anfruns, direc¬

tor

general de

Coordinación

informativa, catalán

insigne

y

amigo

personal desde los

años

juveniles

en los que ya

demostró

su

prematura

vocación perio¬

dística a través de sus artículos enla columna

«Car¬

net de l'estudiant» del diario «La

Publicitat»,

cuya

incorporación

a tan

elevado

cargo

reportará

a

los

medios de comunicación

social, vehículo

indispensa¬

ble de la vida social

moderna,

nuevas

facilidades

para

el desempeño

de

su

misión.

La felicitación del

Consistorio,

agrega,

debe ade¬

más

llegar

a

todas

aquellas

personalidades

que re¬ cientemente han sido

elegidas

para ocupar

las

pri¬

meras

magistraturas

de

Corporaciones

locales her¬

manas,

comenzando

por

el Excmo.

señor

don Juan

AntonioSamaranch

Torelló,

por su

elección

para

la

Presidencia de la

Diputación

provincial,

quien

sólo

se ha

granjeado

amigos

en

todos los

puestos

que

ha

ocupado al

servicio

de

la

comunidad

y

del

deporte,

cuya

importancia

sociológica intuyó

tempranamen¬

te,

hasta

llegar

a

desempeñar

la Delegación

nacional

correspondiente de

una manera

brillantísima

sem¬

brando toda

España de

instalaciones,

actividades

y esperanzas; y

esta

dedicación

le ha

servido

para

autoformación hacia tareas más

trascendentales

y

complejas,

como su

labor

a

lo largo de

tres

años

en

la Presidencia de la

Diputación

provincial

que

ha

ostentadocon

encomiable eficacia

que va

desde

una renovación externa del Palacio

provincial

y sus

te¬

soros a una renovación interna con la

colaboración

aglutinada

y

armoniosa,

bajo

su

batuta, de

todos los

las que

la

socie¬

dad espera

de ella,

y por

todo ello el

voto

unánime

de los

Diputados

provinciales

le ha

elegido

para

la

Presidencia de dicha

Corporación.

Con motivo de su

respectiva

elección, continúa

el

señor

Alcalde, debe

igualmente transmitirse

nuestra

felicitación a los Alcaldes de

Municipios integrados

en la

Corporación

Metropolitana

y

unidos

a

Barce¬

lona por

entrañables lazos de

hermandad real

y

ju¬

rídica;

a

los Alcaldes de:

Badalona, don Isidro

Caballería

Plá;

Hospitalet, don Vicente

Capdevila

Cardona; Santa Coloma de Gramanet,

don Blas

Muñoz

Blaya; Cornellà

de

Llobregat, don

José M.a

Ferrer

Penedès;

Esplugas, don José

Català Soler;

Molins de

Rei, don Luis

Puiggari Munné;

Ripollet,

don Alberto Dausa

Ramón;

Sant

Viçents dels Horts,

don Antonio Carol

Berenguer;

Sardanyola, don

Amadeo Ramírez

Núñez;

Tiana, don José Paris

Rigadol; Papiol,

don

Roberto Casajoana

Orive;

Sant Climent de

Llobregat, don José

Lladó Feu;

Sitges,

pues

parte

de

su

término

municipal, la

zona de Les

Butigues,

está

integrado

en

la

Entidad Me¬

tropolitana, don Vicente Ibáñez

Olivella.

El señor Alcalde propone

transmitir

a

las

ante¬

dichas

personalidades el

testimonio

de

la felicita¬

ción

consistorial,

a

lo

que

el

Consejo pleno

asiente.

Se

adoptan los

siguientes

acuerdos:

Alcaldía-Presidencia

Otorgar la Medalla de la Ciudad,

en su

categoría

de

Oro, al Excmo.

señor

don Rodolfo Martín

Villa,

recientemente nombrado Ministro de Relaciones

Sindicales,

como

testimonio

de sincera

gratitud

y

homenaje

por

los

altos

merecimientos

contraídos

a lo

largo de

su

vinculación

a

Barcelona

y su

Provin¬

cia,

donde

ejerció

con

plenitud de eficacia

y

patrió¬

tico desvelo los cargos

de Delegado

Provincial de

Sindicatos y

de Gobernador

Civil;

y,

asimismo,

al

Excmo. señor don Juan

Ignacio Bermejo

y

Gironès,

comotestimonio de reconocimiento de los señalados

méritos contraídos al servicio de

Barcelona, dentro

y

fuera

del Ayuntamiento,

especialmente

en

el

desempeño de la

Secretaría general

del

mismo,

car¬

go que

ha sabido

prestigiar

y

enaltecer

con su

rele¬

vante formación

jurídico-administrativa,

dilatada

experiencia

y

dedicación

fecunda

y

abnegada.

En relación con los dos anteriores dictámenes

sig¬

nifica el señor Alcalde que

los mismos vienen

pre¬ cedidos por

los respectivos

acuerdos de

incoación,

a propuesta

precisamente

de la

Alcaldía, adoptados

por

la

Comisión municipal ejecutiva

conforme al

Reglamento de la

Medalla de la

Ciudad, de

27

de

noviembre de

1950,

y que no

pudieron

tener

efecti¬

vidad inmediata porque

varias

disposiciones

del Mi¬

nisterio de la

Gobernación, al

objeto de

evitar

cier¬

ta

prodigalidad

en

la concesión

de tales distincio¬

nes

honoríficas, exigen

se

recabe la

preceptiva

y

previa

autorización de

la Dirección general de

Ad¬

ministración

local,

que se

ha

obtenido

ya para ambos casos, por

lo

que

sólo

resta

elevar

a

acuerdo

solemne del

Consejo

pleno

lo anunciado

durante

la

tradicional cena de Navidad a los miembros

de la

Corporación.

Alude el señor Alcalde al modesto

origen

de

la

familia de don Rodolfo Martín

Villa, nacido

en

(4)

mé-GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA 193

ritos e

inteligencia

notable,

gracias

a

la

protección

de diversas

becas,

consiguió

enseñanza secundaria

y

universitaria,

de

Ingeniero

Industrial

y

ganó

más

tarde, las oposiciones

para

el

Cuerpo

de Ingenieros

industriales del Estado.

Respecto

a sus

actividades

políticas

como

Consejero

Nacional

y

del Reino,

Di¬

rector

General, Secretario General

de la

Organiza¬

ción Sindical y

Presidente

del Banco de Crédito

Industrial,

se remite al

período

en que

desempeñó

el difícil puesto

de

Delegado

provincial de Sindica¬

tos y

al tiempo

en que

ha estado

entre nosotros como Gobernador civil. Es clamor

general el

reco¬

nocimiento de unos méritos que

trascienden del

es¬

tricto

cumplimiento

del deber

y

derivan de

haber

interpretado el

cargo como una

oportunidad

mag¬ nífica para

la

gran tarea

política, de

contacto con

la

realidad social y con

todos los

grupos

de la Ciudad

y

Provincia

para

comprender

no

sólo

necesidades

concretas y

materiales

sino

nuestra

alma,

y esta

labor

emprendida

casi

con

afán

de

apostolado,

pudo

llegar

a

conclusiones

y

gestiones

que

exceden del

puro y

simple

conocimiento del deber

reglamen¬

tario y

han servido

para sentar

las bases de

colabo¬

raciones y para

instrumentar instituciones

que

ha¬

brán de

resolver,

en un mañana

próximo, muchos

de nuestros

problemas,

como

quizás al final de

la

sesión

pueda detallar

más

ampliamente,

explicando

algo

que era

inicialmente

muy vago y se

está

perfi¬

lando en un documento que en su

último viaje

a

Madrid ha recibido del Ministerio de Obras Públi¬

cas. El

diálogo

constructivo

es

el mejor camino

para

que

la

acción

en un

verdadero Estado

nacional se

vierta en la resolución de los acuciantes

problemas

de

Barcelona,

su

Comarca,

su

Provincia

y

de toda

Cataluña. De ahí que en

nombre propio

y en

el de

la Comisión

municipal ejecutiva,

se

honre

en pro¬

poner

la

concesión de la Medalla de Oro

de la

Ciudad al Excmo. señor don Rodolfo Martín Villa deseándole que, tanto

dentro

de

su

específica

rama

departamental

como en

el

seno

del

Consejo

de Mi¬

nistros que

determina

la

política

nacional,

pueda

realizar cuanto su clara

inteligencia

y gran

corazón

le dicten para

el bien

del país,

en

el

que se com¬

prende

el de Barcelona.

Respecto

del Excmo.

señor don Juan

Ignacio

Bermejo

y

Gironès dice

que

la Medalla

propuesta

es una recompensa

condigna

que se

le

otorga por

notoriedad. Recuerda que ya en

anterior sesión

del

Consejo

pleno dedicó

una

glosa

a

la

insigne

per¬ sonalidad de

quien

durante

23 años ha sido el Se¬

cretario

general de la

Corporación,

quedando

única¬

mente por concretar

el

momento y

la forma

de

la

distinción,

y pone

de relieve

que

el

expediente

ha

seguido los preceptivos trámites,

y se

incorpora

en

él una extensa relación de los

grandes méritos

acu¬

muladosal servicio de la Administración en

general

y

del Ayuntamiento

de Barcelona

en

particular

por el señor

Bermejo

y

Gironès,

cuya

notoriedad releva

de

cualquier

otro

tipo de prueba.

A la pregunta

del

señor

Alcalde,

de si el

Consejo

pleno aprueba el

otorgamiento

de la Medalla

de

Oro de la Ciudad a favor de los Excmos. señores

don Rodolfo Martín Villa y

don Juan Ignacio Ber¬

mejo

y

Gironès,

contesta

el señor

Tarragona

que

acepta

el otorgamiento

de la

distinción al

señor

Bermejo

y

Gironès, objeto del dictamen segundo

por sus años

de

servicios

prestados al

Municipio;

pero que, en cuanto

al señor Martín Villa,

a su

jui¬

cio, el hecho

de haber sido Gobernador civil de la

Provincia,

aún cuando

se

hayan cumplido

escrupu¬

losamente

las funciones

propias del

cargo, cosa que

como

Concejal

no

puede

ni

debe

enjuiciar,

no es

razón suficiente que

justifique

la

concesión

de

una Medalla de Oro si no se acreditan otros mereci¬ mientos

peculiares

que

vinculen

a

la Ciudad

de

Barcelona;

por

consiguiente anuncia

su voto nega¬ tivo al dictamen.

El señor Travé

significa

que

la Medalla

no va a concederse al ex Gobernador

civil, sino al Excmo.

señor don Rodolfo Martín Villa por

los

méritos

contraidos durante su estancia en Barcelona y

abo¬

ga por

la aprobación

del dictamen

que no va a sen¬

tar el

precedente de

tener que otorgar

la Medalla

de Oro de la Ciudad a todos los Gobernadores ci¬ viles de Barcelona

,sino

que supone una

distinción

personalísima

para

el señor Martín Villa.

El señor Alcalde abunda en el criterio del señor

Travé y

puntualiza

que

el

art.

307 del

Reglamento

de

Organización,

funcionamiento

y

régimen jurí¬

dico de las

Corporaciones

locales,

reiteradamente

recordado por

varias

disposiciones

del Ministerio

de la

Gobernación, prohibe el

otorgamieto de dis¬

tinciones a personas con

mando

jerárquico sobre la

Corporación

concedente

para

evitar

la

concesión

automática de

honores;

y que

la actividad desple¬

gada

por

el

señor Martín Villa

no tiene

encaje

en

el puro

cumplimiento

del deber legal

sino

que

ha

tenido intervenciones

trascendentales,

que no es

propio del

momento

detallar,

en

favor de

nuestra comunidad y

de

nuestros

valores

culturales, las

cuales

justifican el

otorgamiento

de la Medalla

que

se propone y que

desearía obtuviera

el

voto

uná¬

nime delConsistorio.

El señor Abella resalta que

la Medalla

no se con¬

cederá al señor Martín Villa por su

condición de

ex Gobernador civil sino por su

estrecha

vincula¬

ción a Barcelona desde la

época

en que

ocupó, de

forma

ejemplar, el

puesto

de Delegado provincial

de

Sindicatos,

y

luego

como

Director general de

Industrias

textiles,

actuaciones

todas

que

el

expo¬ nente, por su

calidad de

sindicalista,

pudo

consta¬ tar, y

pide la aprobación unánime del

dictamen.

El señor Font Altaba expresa su sorpresa ante

el hecho de que

mientras

el Gobierno,

en sus

de¬

claraciones reconocela madurez del

pueblo español,

en cambio sele

niega

a esta

Corporación municipal,

al

exigirle

autorización

de Madrid

para

la

conce¬ sión de

distinciones,

y

hace

patente su

disconfor¬

midad y protesta por

la

vigencia

de tal

trámite.

El señor Alcalde dice que

el Ministerio de

la

Gobernación ha reiterado en varias ocasionesla ne¬

cesidad de

cumplimentar lo

preceptuado

en

el

art. 305 del

Reglamento de Organización,

funciona¬

miento y

régimen jurídico de

las

Corporaciones

locales y

así

se

ha hecho

y por

varias

Circulares

ha

exigido

su

previa conformidad;

no

obstante, de

«lege ferenda»

coincide

con

el

criterio

del

señor

Font

Altaba,

pues

el principio de

autonomía

es

incompatible

con

dicho

trámite de tutela adminis¬

trativa, que

debería suprimirse

por cuanto,

además,

las

propias

Corporaciones

locales

por su

inmedia¬

ción a la realidad

social,

pueden apreciar

con ma¬

yor

exactitud los

méritos

concurrentesen

cada

caso. Se

aprueba el

primero de dichos dictámenes

con el voto en contra del señor

Tarragona

y

el

segun¬ do por

unanimidad.

Aplicar

indulto

municipal

a

las

sanciones

disci¬

plinarias

e

infracciones

de tráfico,

como

autoriza

la

(5)

Respecto

del dictamen,

se

da

lectura al siguiente

documento informado por

la Comisión

municipal

ejecutiva

en

13

de

enero

de 1976

por

el

que se con¬

cretael contenido y

extensión

del

indulto municipal

previsto

en

la

primera

parte

del dictamen:

«Aplicar,

como

autoriza

la

Orden del Ministerio

de la

Gobernación, de 18 de

diciembre de 1975,

la

gracia

del indulto

a :

1.°)

Las

sanciones

disciplinarias

impuestas

y

que

estén

en

cumplimiento

o que

puedan

imponerse

a

los funcionarios

municipales

por

faltas leves

o graves

cometidas

con an¬

terioridad al 22 de noviembre de 1975 y

con esta extensión:

a) de la

totalidad de

las sanciones por

faltas leves,

y

b) de la

mitad de las sanciones por

faltas

graves.

2.°)

Las

responsabilidades

pecuniarias,

deriva¬

das de sanciones de

competencia

municipal,

por

infracciones de tráfico

referentes

a

dis¬

tintos

tipos

de

aparcamientos

y no

de

otra

clase, así

como

las de

Ordenanzas

y

Regla¬

mentos de Policía y

buen

gobierno,

unas y

otras hasta un límite de diez multas

impa¬

gadas

por

infractor

y por

hechos cometidos

durante el año anterior al 22 de noviembre

de 1975.

No se

comprenden

en

el indulto las

sanciones

pecuniarias

derivadas

de la aplicación de las

Orde¬

nanzas de exacciones locales y

de

las infracciones

urbanísticas.»

Se

aprueba la

primera

parte

del

dictamen

con

el

alcance determinado en el documento

precedente.

Respecto de

la 2.a

parte

del dictamen

el Secre¬

tario

procede

a

la lectura

del

texto

completo infor¬

mado por

la Comisión municipal ejecutiva

en

sesión

de 23 de enero de

1976,

que

dice:

«Elevar

súplica

respetuosa a

S. M. el Rey,

para

que,

dentro de

su

propósito de

promover

la

mayor

«concordia

nacional», manifestado

en su

Mensaje

a las Cortes

Españolas, el

día

de

su

Proclamación,

ejerza

en

la

forma

más

amplia

su

prerrogativa

de

gracia,

respecto

de todos los

hechos de convicción

política,

que

según

reformas legislativas anunciadas

van a ser excluidos de sanción

penal.»

El señor Alcalde manifiesta que

el señor

Soler

Padró ha

presentado

un

escrito

referido

a

esta

se¬

gunda

parte

del dictamen

pero

la

Alcaldía

inter¬

preta que

dicho

escrito,

por

involucrar

asuntos

aje¬

nos al tema del

dictamen,

no tiene

realmente carác¬

ter de enmienda sino de

proposición

y como

tal

carece de los

requisitos

formales: la firma de

tres

concejales

y

el previo

informe

de

la

Comisión

mu¬

nicipal ejecutiva;

por

consiguiente,

no

puede

en¬ trarseen su examen.

El señor Font celebra que

el Ayuntamiento

se decida a una

petición

que, en

definitiva, equivale

a una amnistía

general

y

aboga

para que se

incluya

en el texto, una

referencia

a una pronta

desapari¬

ción de las

jurisdicciones especiales, anunciada

por don Carlos Arias en su discurso a las Cortes.

El señor Soler Padró dice hallarse desconcertado

debido a que

el

texto

leído

por

el

Secretario

es

di¬

ferente del que

figura

en

la

segunda

parte

del dic¬

tamen: «Elevar

súplica

a

Su Majestad, el Rey,

de

medidas de Gracia.»

El señor Alcalde

precisa

que

el Orden del Día

contiene un extracto de los asuntos pero én

el

ex¬

pediente

siempre

han constado los

textos

íntegros

del Dictamen ahora

leídos, sin

que aparezca

susti¬

tución de textos y sostener

lo contrario entrañaría

casi una acusación de

falsedad,

y que

los

textos

leídos están

reflejados íntegramente

en

las

actas

de

las

respectivas sesiones

en que

fueron informados

por

la Comisión

municipal

ejecutiva.

El señor Soler Padró

puntualiza

que

formuló

su enmienda en base al texto del Orden del día

facili¬

tado por

la

Secretaría.

El señorAlcaldeasegura que

el

señor

Soler

Padró

podía consultar los

textos

íntegros

en

el

correspon¬

diente

expediente,

pues un

Orden del

día

no

puede

contener todo un

expediente.

Por lo

que,

si

el

señor Soler Padró demuestra no conocer antes

el

Dictamen

completo, sólo

puede achacarlo

a su pro¬

pia

culpa.

El señor Soler Padró reitera que

conforme

al

tex¬

to

reflejado

en

el

Orden del día presentó

una en¬

mienda al dictamen en

debate, la cual

implicada

una corrección y una

adición al

referido

texto,

y

pregunta

si

su

escrito

no

ha sido calificado

como

tal enmienda por

la Alcaldía.

Le contesta el señor Alcalde que, a su

juicio,

el

escrito del señor Soler Padró tenía con evidencia

el

carácter de

proposición.

El señor Soler Padró haceconstar su protesta por entender que su

escrito tenía

realmente el

carác¬

ter deenmienda.

El señor Alcalde pregunta

si

se

aprueba la

pro¬

puesta y

el

Consejo pleno

asiente

con

el

voto

en

contra del señor Soler

Padró,

apuntando

la Presi¬

dencia la

posibilidad de

recoger, por

vía

informal,

la

aspiración

del

señor

Font

Altaba

como

gestión

personal de

la Alcaldía al Ministerio

de Justicia.

Aprobada

la

propuesta

el

señor

Tarragona

se refiere a lo que

pidió

en una

anterior

sesión

del

Consejo

pleno

y

solicita

la sustitución

de la

expre¬

sión «medidas de Gracia» por

la

palabra

«amnis¬

tía» que ya

han empleado

otras

Corporaciones

y resultaría mucho más clara y concreta.

El señor Alcalde

responde

que

la

propuesta

de

la

Presidencia, informada

por

la

Comisión

muni¬

cipal ejecutiva,

es

congruente

con

la Ley Orgánica

del

Estado, donde

se

habla

de

«prerrogativa

de

gracia»;

que

las medidas de gracia

incluyen la

am¬

nistía e incluso para

evitar equívocos,

tales

medidas

se recaban en la «forma más

amplia» comprensiva,

portanto,

de

la

gracia

máxima;

y que, en

todo

caso,

la

sugerencia

del

señor

Tarragona debía

haber sido

objeto

de

una

enmienda

formulada

en

tiempo

y forma y,

además, el

texto propuesto

está

animado

por

idéntico espíritu.

El señor Soler Padró desea usar nuevamente de

la

palabra,

pero

la Presidencia

le indica

que es

im¬

procedente

por

haber recaído acuerdo sobre

el

asunto debatido.

El señor Serra

Domínguez

se ausenta

del

Salón de

Sesiones.

Hacienda

PRESUPUESTOS Y CUENTAS

Aprobar

el Presupuesto extraordinario de

liqui¬

dación de Deudas por un

importe

nivelado de

10.795.107.397 pesetas,

al

que no

han

sido

presenta¬

das observaciones ni reclamaciones durante el pe¬

ríodo de

exposición al

público.

En relación con el dictamen el Primer Teniente

de

Alcalde, Presidente de la Comisión de Presu¬

puestos y

Regulación de Exacciones,

señor

Travé,

(6)

GACETA MUNICIPAL DE BARCELONA

del

Presupuesto extraordinario

de

Liquidación de

Deudas,

con

lo cual

secierra un proceso

iniciado

en

la sesión de 17 de mayo

de

1974

en

la

que se acor¬ dó la formación de un

Presupuesto de Consolida¬

ción y

continuado

a

través

del Decreto

Ley, de

22

de mayo

de

1975,

que

autorizó

la formación

de

un

Presupuesto

extraordinario

de

Liquidación

apro¬ bando sus bases que se

han

cumplido

íntegramente;

luego,

en

sesión

de

19 de diciembre de 1975

se

aprobó el Proyecto de dicho

Presupuesto

que, como

preceptúa la

Ley

de Régimen local, la Ley

Especial

d eBarcelonay sus

respectivos

Reglamentos, ha

sido

sometido a información

pública

sin

que se

haya

presentado

ninguna

reclamación,

por

lo cual

tan

solo resta

aprobar definitivamente

el

Presupuesto

para

elevarlo

al Ministerio de Hacienda,

tras cuya

superior aprobación

se

otorgarán

al

Ayuntamiento

de Barcelona los créditos necesarios para

satisfacer

nuestras deudas. En este momento,

dice,

no

puede

discutirse de nuevo el contenido del

Presupuesto

sino que

únicamente deben

resolverse las eventuales

reclamaciones

producidas

durante la

exposición al

público,

y como no

ha

habido ninguna,

sólo

cabe

aprobarlo

definitivamente

para

elevarlo

al Minis¬

teriocompetente.

El señor

Tarragona

inquiere

si

el

citado Presu¬

puesto

incluye

los

3.000

millones

de

pesetas

aproxi¬

madamente,

correspondientes al déficit

de los

trans¬ portes

piíblicos municipales,

y

al informársele posi¬

tivamente,

anticipa

su voto

negativo.

El señor Font

Altaba,

en

congruencia

con

la

pos¬

tura mantenida en la sesión de 19 de diciembre de

1975, cuando

se debatió el

Proyecto de

este

Presu¬

puesto,

anuncia también

su voto contrario.

El señor Alcalde

precisa

que esta

fase del

expe¬ diente tiene por

objeto resolver

las observaciones

formuladas durante la información

pública,

no un

nuevo examen de las

partidas del

Presupuesto,

e

invita al Sr. Font Altaba a reconsiderar su actitud.

El señor Font Altaba se ratifica en su postura

por

existir latente

una

discrepancia

de fondo.

Dice

que

haber exigido

un

Presupuesto

de Liquidación

es una de las mayores

injusticias cometidas

con

Barcelona por

el Ministerio de Hacienda.

Se

aprueba el dictamen

con

los

votos en contra de

los señores Font Altaba y

Tarragona

y con

el

quorum

de los

arts.

21,2 de la

Ley sobre Régimen

especial

y

697

de

la

Ley de

Régimen

local.

Aprobar

el

Presupuesto

extraordinario

para

la

planta

incineradora de Basuras

,por un

importe

nivelado de 1.670 millones de pesetas,

al

que no

han

sido

presentadas

observaciones

ni

reclamaciones

durante el

período de exposición al público.

En relación con el

dictamen,

el señor Travé

ex¬

pone que

cuando el

Ayuntamiento

se

percató del

grave

problema

que

representaba

la

eliminación

de

los residuos

sólidos,

pues

el vertedero de basuras

iba a resultar

insuficiente, acordó la

construcción de una

planta incineradora

de basuras,

pero ante las dificultades que

tal

inversión

comportaba pensó

financiarla mediante diez anualidades a

consignar

en el

Presupuesto

ordinario;

no

obstante,

luego

se

ha advertido que esta

modalidad

de

pago

lastraba

excesivamente este

Presupuesto,

cuya

insuficiencia

es, por otra parte,

bien

notoria,

y por

consiguiente

se ha recurrido a un

Presupuesto

extraordinario

a fin de satisfacer de una sola vez el coste de la Plan¬

ta

incineradora,

por

valor de

1.670 millones de

pe¬ setas, con lo cual se evitará que

los

Presupuestos

ordinarios de ulteriores

ejercicios deban

contener

previsiones a tal finalidad. El

Proyecto

de

tal Pre¬

supuesto

extraordinario fue

aprobado

en

la

sesión

del

Consejo pleno

de

19

de diciembre

de 1975,

y sometido a información

pública,

no se

han

presen¬

tado reparos ,por tanto,

procede la

aprobación defi¬

nitiva de dicho

Presupuesto

y

remitirlo

a

la Su¬

perioridad.

Se

aprueba el dictamen

por

unanimidad

y con el quorum

de

los

arts.

21,2 de la

Ley sobre Régi¬

men

especial

y

697 de la de Régimen

local.

Solicitar del Ministerio de Hacienda la autori¬

zación para

emitir

Deuda

Pública

municipal

hasta

un total

importe

de

1.670.000.000 de

pesetas, repre¬ sentada por

títulos de

10.000

pesetas

nominales

ca¬ da uno,

al 8,50

por

100 de

interés

neto

anual,

amor-tizables en 15

años,

con un

plazo

de

carencia

de

3

añoscomomáximo.

En relación con el

dictamen, el

Delegado de

Servicios de Hacienda

,señor

Fornesa,

explica

que la motivación y

finalidad

de la emisión de deuda

que se propone,

quedan

implícitas

en

las

expuestas

al tratar del

Presupuesto

extraordinario

de la Plan¬

ta incineradora de basuras.

Así, al

plantearse

la

re¬ dacción de

éste,

se

señaló

ya

la

conveniencia de fi¬

nanciarlo mediante una emisión de deuda

pública

municipal,

sistema

de

mayor

agilidad

que

el de

concertar un

préstamo

con

el

Banco de Crédito

local,

especialmente

si

esta

entidad debía financiar

ya

el

Presupuesto

extraordinario de Liquidación.

Informa que en

la

tramitación del

expediente

se han observado los

requisitos establecidos

en

los

artículos 773 y

siguientes de

la

Ley de

Régimen

local y

284

y

concordantes del

Reglamento de Ha¬

ciendas

locales,

que no

procede la imposición de

contribuciones

especiales dado el

carácter general

de los servicios a prestarpor

la Planta

incineradoi*a,

y que

las características de la emisión

son

las

habi-tualmente establecidas por

el

Ministerio de Hacien¬

da por

haberse

previsto

su

posible colocación

en

el

ahorro

institucional,

previa la pertinente aproba¬

ción por

la Junta

de Inversiones,

o sea

la

emisión

responde

a unos

criterios

preestablecidos;

y

hace

notar que se

ha procurado

someter este

dictamen

a la misma sesión que

el Presupuesto extraordinario

de referencia para

lograr

una mayor

celeridad.

Se

aprueba el dictamen

por

unanimidad

y con

el

quorum

del

art.

21,2 de la

Ley sobre Régimen

es¬

pecial

y

780

de

la de

Régimen local.

Acceder a que

el saldo de

151.260.641

pesetas

pendiente de

abonar

por

el Banco de Crédito

local,

del contrato de 600 millones de pesetas

firmado

en

30 de diciembre de

1974,

y

avalado

por

el Excmo.

Ayuntamiento,

sea

aplicado

a

la partida destinada

a

la

adquisición

de autobuses,

para

hacer

frente

a

las

certificaciones ya

remitidas

por

S.P.M. Transportes

de

Barcelona, S.A. al Banco,

y a

las

que en

el fu¬

turo remita.

En relación con el dictamen informa el señor

Fornesa,

que

Transportes

de Barcelona, S.

A.,

con¬ certó con el Banco de Crédito

local, mediante

escri¬ tura de 30 de noviembre de

1974,

un

préstamo de

600 millones de pesetas, cuyo

importe

estaba afec¬

tado a diversas

inversiones,

entre

las cuales la rela¬

tiva a la

adquisición de

autobuses

se

concretaba

en

la cifra de 100 unidades que es

preciso

sobrepasar

y

como esta modificación del pacto

central del prés¬

tamo

entraña, asimismo, la de la

obligación

acce¬

soria de

garantía,

el aval solidario prestado

por

el

Ayuntamiento,

es

necesario

que

éste

otorgue su

conformidad,

por

consiguiente

no se trata

de

asumir

una nueva

obligación

ni

de alterar

sustancialmente

(7)

la

Compañía

pueda variar

un programa

de inver¬

siones.

El señor Alcalde anuncia que

hace

pocos

días,

tras laboriosas y

delicadas negociaciones,

cuyo cur¬

so han

seguido

muy

de

cerca,

junto

con

la

Alcaldía,

el Gobernador civil y

el Ministro

de la Goberna¬

ción,

se

ha firmado

un nuevo

convenio

colectivo

para

Transportes de

Barcelona,

S. A., el cual, si

bien comporta un

incremento

de 60

millones de

pesetas

sobre los 490

calculados inicialmente

para

tal

finalidad, ha evitado

el

planteamiento

de

un conflicto colectivo con la

subsiguiente

adopción

de

aparatosas

medidas de

excepción

y

las consiguientes

molestias para

los

usuarios.

Comunica

también

que

en

cumplimiento

del

acuerdo del Consejo pleno

ha

elevadoala

Superioridad

el

expediente

relativo

a

la

actualización de tarifas de los

autobuses

y

apremia

a la Gerencia de la citada

Sociedad

para

la

pronta

remisión del estudio sobre la empresa que

le

fue

encargado

por

el Consejo

pleno constituido

en Junta

general.

El señor Font Altaba felicita a

la Gerencia de

Transportes

de

Barcelona, S. A.,

por su

rapidez

y

eficacia en la

negociación

del

antedicho convenio

colectivo.

Se

aprueba el dictamen

por

unanimidad

y

con

el quorum

de los

arts.

21,2

de la

Ley de Régimen

especial

y

780

de la de

Régimen

local.

ADMINISTRACION DE

BIENES

Conceder a la Sociedad

General de

Aguas de

Barcelona,

con

sujeción

a

las

condiciones estable¬

cidas por

la Ponencia

de Deportes

y

la Subuni

dad

de

Patrimonio,

el

uso, por

plazo de 40

años,

del

sub¬

suelo del

Campo

Municipal de

Hockey del Cincuen¬

tenario de

Montjuich

para

instalar

un

depósito

necesario para

cubrir las

necesidades

del

consumo de agua

potable de la

Ciudad

y

previsto

en

el «Estu¬

dio de Redistribución de

Aguas de

Barcelona»,

aprobado

por

acuerdo del Consejo

Pleno, de 2

de

febrero de 1967.

Servicios

Municipales

Incluir, conforme autorizan

los

artículos 4.°,

1

del Decreto

1199/1974,

de

4

de

abril

y

9.°,

3

de la

Orden de 11 de

septiembre de 1974,

en

el

Subgrupo

de Servicios

especiales

de las

plantillas

vigentes,

y

como auxiliares de la Policía

municipal,

510

plazas

de

Vigilantes

nocturnos,

dotados

con

el coeficiente

retributivo

1,4

y

los

complementos

inherentes al

cargo;

modificar la

plantilla

en

tal sentido (doc.

número 1

)

; e

incorporar

al

servicio

activo

como

funcionarios

municipales, cumplido el trámite del

art. 13 del

Reglamento de Funcionarios

de Admi¬

nistración

local,

y con

efectos desde el

1.° de

enero

de

1976,

a

los 510

Serenos,

Vigilantes

nocturnos

y diurnos que

ban

solicitado la integración

y reúnen

las condiciones de

idoneidad,

capacidad

y

aptitud

para

el desempeño

de

su

cometido, según

relación

nominativa que se

acompaña

y

demás

condiciones

que se

indican,

does, números 2

y

3).

En relación al dictamen el señor

Travé

manifies¬

ta que

la incorporación

de los

serenos y

vigilantes

a la

plantilla de funcionarios

municipales, dispues¬

ta por

Orden

Ministerial de 11 de septiembre

de

1974,

ha

originado

varios

problemas

suscitados in¬

cluso por

algunos de los

propios

interesados, parti¬

darios de mantenerel

antiguo sistema,

que

conside¬

raban más

favorable;

y que a pesar

de

todo la

cita¬

da

disposición

se

ha

cumplido escrupulosamente

en todos sus extremos.

Explica

que

los servicios

muni¬

cipales de

asistencia

médica han

sometido

a

revisión

al referido

personal

y

detalla el

plan de

estructura¬

ción del servicio de

vigilancia,

elaborado conjunta¬

mente por

la

Delegación

de Servicios municipales

y

la Policía

municipal;

se

ha

previsto

la celebración

de uncursillo en que se

impartirán los

conocimien¬

tos necesarios para

actuar

como

auxiliares de

la

po¬

licía

municipal;

se

ha

confeccionado la

plantilla de

laque no se

han

producido

otras

exclusiones

que

las

motivadas por razones

de

edad;

se

lian nombrado

los mandos: un

subinspector,

a

las

órdenes directas

del

Jefe

de la

Policía

municipal,

cuatro

oficiales,

catorce suboficiales y cuarenta y

cinco

cabos;

se

ha

dividido laciudaden 150 demarcaciones,

de las

cua¬ les 138 estarán

vigiladas

por

dos

agentes

auxiliares

y

las 12 restantes, con

carácter

experimental,

por

uni¬

dades motorizadas a razón de un

vehículo

con

dos

agentes por

cada

cuatro

demarcaciones,

y

si

este

último sistema se demuestra

efectivo

se

extenderá

paulatinamente

a

otras

zonas; se

lian

reglamentado

los

uniformes,

armamento y normas

de actuación;

y se

ha

calculado

el

coste

del servicio,

en

unos

204

millones

anuales,

que se

sufragará

con

la

tasa

apro¬

bada en su día por

el propio

Consejo

pleno.

El señor Serra

Domínguez

se

reintegra

al Salón

de sesiones.

El señor Font Altaba pregunta

si

los Vigilantes

seguirán

prestando

a

los

vecinos

el servicio de

aper¬

tura de

portales

y, en

tal

caso,

si éste

quedará

debi¬

damente atendido en las zonas

confiadas

a

unidades

motorizadas;

y a

la vista

del

coeficiente

retributivo

del

1,4

asignado

a

los

vigilantes,

se

reafirma

en

el

espíritu

de la

moción suscrita

por

los señores

Abella

y

Quesada

con

la

que

también él

se

solidarizó,

y

urge

de la

Dirección

general de

Administración

local, la

reconsideración

de

aquellos coeficientes

que

están

por

debajo del salario mínimo

interpro¬

fesional.

El señor Travé contesta la pregunta

del señor

Font Altaba dando lectura a

los cometidos

enco¬

mendados a los

vigilantes

municipales,

entre

los

cuales se

comprende

el servicio

de

apertura

de

por¬

tales e indicando que

las

unidades

motorizadas

orientaránsus itinerarios

hacia las

zonas

donde

hay

más

probabilidades

de

ser

necesitados

y

fijarán,

incluso,

puntos

de

parada,

y que,

además,

el

siste¬

ma motorizado tiene carácter

experimental

y

será

suprimido

si

no se

obtienen

los

resultados

apete¬

cidos.

Se

aprueba

el

dictamen.

Obras

Públicas

OBRAS PUBLICAS

Declarar desierto el concurso

de las obras

de

urbanización,

construcción

y

conservación

en

el

nuevo Cementerio

Norte de

Barcelona,

convocado

por

acuerdo

del Consejo

pleno de 22

de

julio

de

1975, vistos

los

informes de

los

Servicios técnicos

municipales

y

de la Comisión designada

por

la De¬

legación

de

Servicios de

Obras

públicas

el 21

de

octubre de 1975.

Referencias

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