UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA.
CARRERA DE DERECHO.
TESIS DE GRADO PREVIA A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA.
TEMA:
MODELO DE GESTIÓN JURÍDICA PARA EL DESARROLLO DE UN CENTRO DE PROTECCIÓN PARA ANIMALES CALLEJEROS EN EL CANTÓN SANTO
DOMINGO
AUTOR:
LUIS ALFREDO DÍAZ MALDONADO
ASESOR:
AB. JULIÁN RODOLFO SANTILLÁN ANDRADE MGS.
SANTO DOMINGO – ECUADOR
CONSTANCIA DE APROBACIÓN POR PARTE DEL TUTOR
AB. JULIÁN RODOLFO SANTILLÁN ANDRADE MGS., en mi calidad de Asesor de Tesis, designado por disposición de Rectorado de la “UNIANDES”, certifico que el señor LUIS ALFREDO DÍAZ MALDONADO, alumno de la Facultad de Jurisprudencia, Carrera de Derecho, ha cumplido con su trabajo de Tesis con el Tema: “MODELO DE GESTIÓN JURÍDICA PARA EL DESARROLLO DE UN CENTRO DE PROTECCIÓN PARA ANIMALES CALLEJEROS EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO”, quien ha cumplido con todos los requerimientos exigidos por la Universidad, por lo que se aprueba la misma.
El interesado puede hacer uso del presente para los efectos oportunos, así como también se autoriza la presentación para la evaluación por parte del jurado respectivo.
Atentamente,
DECLARACIÓN DE AUTORÍA DE TESIS
LUIS ALFREDO DÍAZ MALDONADO, estudiante de la Facultad de Jurisprudencia de la Carrera de Derecho de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, declaro en forma libre y voluntaria que la presente investigación y elaboración de la tesis que versa sobre: “MODELO DE GESTIÓN JURÍDICA PARA EL DESARROLLO DE UN CENTRO DE PROTECCIÓN PARA ANIMALES CALLEJEROS EN EL CANTÓN SANTO DOMINGO”, así como las expresiones vertidas en la misma son de autoría de quien comparece, que se ha realizado a base de recopilación bibliográfica de la legislación nacional e internacional, y consultas en Internet.
En consecuencia asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma y el cuidado respectivo a remitirse a las fuentes bibliográficas respectivas para fundamentar el contenido expuesto.
Atentamente,
DEDICATORIA
Dedico el presente trabajo investigativo, a mis padres, por haberme dado la vida, a mi esposa, por el amor y el apoyo que siempre me ha brindado en todas las decisiones que he tomado, por haberme educado de la mejor manera posible para poder llegar a ser un buen profesional y por cultivar e inculcar honestidad y humildad en las tareas cotidianas del diario vivir.
A mi padre Segundo Modesto Díaz Maldonado, a mi madre María Esthela Maldonado Pineda, demás familiares y amigos, y los catedráticos que me impartieron sus conocimientos durante el estudio de mi carrera, porque ellos han sido uno de los motivos más fuertes en mi vida para intentar hacer las cosas de la mejor manera, y por el gran cariño y apoyo incondicional que les tengo.
AGRADECIMIENTO
Agradezco a Dios, por haberme dado la oportunidad de vivir rodeado de gente maravillosa que han hecho de mi vida mucho más sencilla, y por el camino que ha escogido para mí.
A mis padres, por haber estado a mi lado en los momentos en que la he necesitado, y por ser uno de los pilares más fuertes en mi vida y por el apoyo incondicional que me ha brindado durante todos estos años.
Al resto de mi familia, por el ánimo recibido y la fe que han puesto en mi para llegar a ser un buen profesional.
A mis amigos por estar siempre alentándome en los momentos de debilidad. A mis profesores, a quienes les debo gran parte de mis conocimientos.
ÍNDICE
Contenido Pag.
INTRODUCCIÓN ... 1
Antecedentes de la investigación. ... 1
Planteamiento del Problema. ... 2
Formulación del Problema. ... 5
Objeto de investigación y campo de acción. ... 6
Identificación de la línea de investigación ... 6
Objetivos ... 6
Objetivo General ... 6
Objetivos Específicos ... 7
Idea a Defender ... 7
Variables de investigación. ... 8
Variable independiente. ... 8
Variable dependiente. ... 8
Breve explicación de la Metodología Investigativa a Emplear ... 8
Resumen de la Estructura de la Tesis: ... 9
Elementos de novedad, Aporte teórico, significación práctica en dependencia del alcance de la tesis. ... 10
CAPITULO I ... 11
1.1. Origen y evolución del objeto de investigación. ... 11
1.1.1. El Mundo Animal. ... 11
1.2. Posiciones conceptuales sobre los animales domésticos y su bienestar. .. 14
1.2.1. Los animales domésticos como especie social. ... 14
1.2.2. El Perro de Casa: ... 16
1.2.3. El Perro de la Calle. ... 17
1.2.4. Las diferentes formas de maltrato hacia los animales. ... 18
1.2.5. Declaración Universal de los Derechos de los Animales. ... 20
Análisis... 20
PREÁMBULO ... 20
1.2.6. Sobrepoblación canina y felina ... 30
1.3. Valoración crítica de la legislación sobre derechos animales a nivel
nacional e internacional. ... 39
1.3.1. Sobre los animales domésticos. ... 39
1.3.2. Legislación nacional e internacional de protección y bienestar animal. ... 40
Antecedentes históricos sobre protección animal. ... 47
Legislación sobre protección animal en Colombia. ... 49
Legislación sobre protección animal en Guatemala. ... 52
Legislación sobre protección animal en Argentina. ... 53
Legislación sobre protección animal en México. ... 54
1.4. Conclusiones parciales del capítulo. ... 56
CAPÍTULO II ... 64
2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA. ... 58
2.1 Caracterización del problema seleccionado para la investigación. ... 58
2.2. Metodología de la investigación. ... 59
2.2.1. Modalidad de la investigación: ... 59
2.2.2. Tipos de investigación. ... 59
2.2.3. Métodos de investigación ... 59
2.2.4. Técnicas. ... 60
2.2.5. Población y muestra de la investigación ... 61
2.2.6. Interpretación de los resultados de la encuesta realizada. ... 61
2.2.7. Interpretación de la entrevista realizada ... 64
2.3. Conclusiones parciales del capítulo ... 64
CAPÍTULO III ... 66
3. MARCO PROPOSITIVO ... 66
3.1. Título: ... 66
3.2. Desarrollo de la propuesta: ... 66
3.3. CERTIFICADO DE VIABILIDAD.- ... 82
3.4. Conclusiones parciales del capítulo ... 83
CONCLUSIONES GENERALES ... 84
RECOMENDACIONES GENERALES ... 85 BIBLIOGRAFIA
RESUMEN EJECUTIVO
El objetivo general de la presente investigación es diseñar un Modelo de Gestión
Jurídica para el desarrollo de un Centro de Protección para Animales Callejeros en el Cantón Santo Domingo, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos nacionales del Plan Nacional del Buen Vivir (Sumak Kawsay).
La problemática analizada se enmarca dentro de las siguientes líneas de investigación aprobadas por la Dirección de Investigación de UNIANDES para la carrera de derecho: “RESTOS, PERSPECTIVAS Y PERFECCIONAMIENTO DE LAS CIENCIAS JURÍDICAS DEL ECUADOR”; específicamente a lo que se refiere al primer punto: “EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ECUATORIANO, PRESUPUESTOS HISTÓRICOS, TEÓRICOS, FILOSÓFICOS Y CONSTITUCIONALES”.
El Marco Metodológico y planteamiento de la propuesta, éste capítulo abarca toda la modalidad de la investigación, tipo de investigación, población y muestra, métodos, técnicas e instrumentos, la interpretación de los resultados, así como de la entrevista y la propuesta del investigador con lo que busca se solucione el problema.
El capítulo III, se trata de la propuesta, en éste capítulo se desarrolla el proyecto de Ley, a fin de solucionar el problema encontrado, y las conclusiones parciales del capítulo.
EXECUTIVE SUMMARY
The overall objective of this research is to design a model of Legal Management for the development of a Center for Stray Animals Protection in Canton Santo Domingo, to ensure compliance with the national objectives of the National Plan for Good Living (Sumak Kawsay ).
The problem analyzed is part of the following lines of research approved by the Research Directorate UNIANDES to the right career: "REMAINS, PROSPECTS AND IMPROVEMENT OF LEGAL SCIENCES OF ECUADOR"; specifically as regards the first point: "THE LEGAL SYSTEM OF ECUADOR, HISTORICAL BUDGETS, Theoretical, PHILOSOPHICAL AND CONSTITUTIONAL".
The methodological framework and approach of the proposal, this chapter covers all type of research, type of research, population and sample, methods, techniques and tools, interpretation of results, as well as interviews and researcher proposal which seeks to solve the problem.
INTRODUCCIÓN
• Antecedentes de la investigación.
Hoy en día es muy común ver un gran número de perros y gatos que deambulan por las calles del Cantón Santo Domingo. A esta problemática se le ha dado poca importancia, pues se desconocen los riesgos que esto conlleva, debido a las múltiples enfermedades de las que pueden ser portadores, un claro ejemplo es el virus de la rabia, el cual en los seres humanos es mortal sino es tratado a tiempo.
La falta de un Centro de Protección Animal, así como la inaplicación de métodos de esterilización, acompañada de la irresponsabilidad de los propietarios de animales domésticos, ha ocasionado un incremento agudo y desmedido de la población canina y felina respectivamente, dicho fenómeno perjudica a la ciudadanía santodomingueña y al Municipio de este Cantón, a razón de las molestias producidas en la basura por la presencia de los mismos.
En otro aspecto surge un problema no menos grave, siendo este la violencia y maltrato del cual son víctimas estos vulnerables seres, que no cuentan con una institución que vele por su integridad física y mental.
Consecuentemente y una vez que se ha llevado a efecto la respectiva verificación física y digital en la Biblioteca de Santo Domingo, CEDIC de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “Uniandes”, e internet, a fin de constatar la existencia de una tesis o proyecto de investigación sobre un Modelo de Gestión Jurídica para el desarrollo de un Centro de Protección para Animales Callejeros en el Cantón Santo Domingo.
Se puede concluir que no se ha realizado con antelación investigación alguna con este planteamiento, razón por la cual el desarrollo del presente perfil de tesis es viable, oportuno, propio veraz y efectivo, sin embargo puede existir otra tesis o proyecto de investigación pero con un enfoque distinto.
• Planteamiento del Problema.
En la sociedad ecuatoriana no existe una cultura de respeto a la naturaleza por parte de los ciudadanos, muchos menos en lo relacionado a la práctica de buenas costumbres, hábitos sobre crianza y tenencia de animales de compañía (entiéndase como perros y gatos para los fines de esta investigación); por cuanto en la mayoría de casos estos terminan abandonados, maltratados por sus propietarios, lo cual deriva en una problemática más grave, ya que los animales que en un principio eran domésticos se convierten en callejeros, lo que representa un peligro tanto para los ciudadanos como para ellos mismo.
Los problemas que surgen de los animales callejeros son muy significativos, debido a los efectos que estos tienen en distintos aspectos de la vida diaria del ser humano, siendo más frecuentes los problemas en la salud humana, siendo el más peligroso el contagio del virus de la rabia (Nombre científico Lyssavirus)
causado por el contacto con saliva infectada que penetra en el cuerpo a través de una mordedura o un corte en la piel.
Existen graves factores que perjudican al bienestar animal (Ciencia desarrollada por la Universidad de Bristol de Inglaterra, y se la define como un estado de salud
física y mental permanente del animal en armonía con el medio) de los animales
callejeros, así tenemos por ejemplo: maltrato físico o psicológico, hambre, frío, enfermedades, y miedo por las interacciones agresivas con humanos y otros animales. Por estas razones la población de animales callejeros es un problema que debe llamar a todos a una profunda reflexión y análisis, por lo que resulta imperante generar soluciones efectivas, eficientes, viables y factibles.
Para las autoridades de gobierno y el común de los ciudadanos la temática de los perros y gatos callejeros no ha representado un fenómeno de mayor importancia, lo que evidencia un total de desinterés e indiferencia por la situación de vulnerabilidad de estos seres, a pesar que diariamente en distintos puntos de nuestra ciudad, se puede observar un gran número animales abandonados o extraviados en las zonas céntricas y periféricas de Santo Domingo, razón por la
cual es necesario la implementación de un Centro de Protección Animal, dedicado al rescate, atención, control, y cuidado, donde se les brinde refugio hasta su reubicación en un lugar seguro, mediante la localización de sus propietarios, procesos de adopción, o eutanasia como último recurso.
Actualmente no existe una legislación que proteja verdaderamente a los animales y que penalice a sus agresores, sin embargo podemos mencionar que existe un
Reglamento sobre la Tenencia y Manejo Responsable de Perros que rige a nivel
nacional, el cual fue expedido mediante el Acuerdo Ministerial 116, publicado en
Registro Oficial 532 de fecha 19 de Febrero del 2009, de igual manera existen
Ordenanzas Municipales respecto a la temática sobre protección animal.
En ciudades como Quito, Guayaquil, Santo Domingo, Cuenca, Loja y Ambato, finalmente también tenemos la Declaración Universal de los Derechos del Animal
adoptada por la Liga Internacional de los Derechos del Animal y las Ligas Nacionales afiliadas en la Tercera reunión sobre los derechos del animal,
celebrada en Londres del 21 al 23 de septiembre de 1977, proclamada el 15 de
octubre de 1978 por la Liga Internacional, las Ligas Nacionales y las personas
físicas que se asocian a ellas, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO), y posteriormente por
la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En este contexto, las fundaciones
de protección a los animales, se ven obligadas a trabajar a contracorriente, sin contar con el apoyo gubernamental y social que requieren.
En la legislación penal del Ecuador, encontramos tipificado y sancionado en el Art. 414 del Código Penal, lo referente al maltrato y muerte de animales domésticos y domesticados, el mismo que es su parte pertinente señala “El que, sin necesidad, matare a un animal doméstico, que no sea de los
mencionados en el artículo 411, o a un animal domesticado, o les hubiere
causado una herida o lesión grave, en un lugar de que el dueño del animal es
propietarios, usufructuario, usuario locatario o inquilino, será reprimido con prisión
de ocho días a tres meses y multa de seis a nueve dólares de los Estados Unidos
de Norteamérica.”
Así mismo encontramos tipificado lo referente a la Zoofilia, en el Art. 517 del cuerpo legal antes referido, el cual establece como sanción para este delito, reclusión mayor de cuatro a ocho años, de igual forma en el Libro Tercero referente a las Contravenciones del cuerpo legal invocado, se hace mención a varias conductas relacionadas al maltrato contra los animales, lo cual lo detallaremos posteriormente.
Por su parte el Código de Procedimiento Penal en su artículo 36 señala en el literal f) que es delito de acción privada la muerte de animales domésticos y domesticados. En estos casos específicos, la persona afectada debe presentar una acusación particular en contra del agresor ante el Juez Penal competente, con el fin de seguir un juicio de acción privada, lo debe hacer bajo el patrocinio de un abogado.
Para esto es necesario conocer la dirección y nombres del agresor y contar con las pruebas suficientes que demuestren la responsabilidad del agresor y la existencia del delito.
Los Animales Callejeros se convierten en un problema por muchas razones: transmiten enfermedades que pueden ser contagiadas a los seres humanos y a otros animales, pueden causar accidentes de tránsito, acosar a los ciudadanos, causar daños a la propiedad y contaminar el medio ambiente.
Tener un perro o gato no significa únicamente contar con un guardián o acompañante al que podemos atender o no; tampoco significa que por ser de nuestra propiedad, podamos maltratarlo en cualquier sentido; al contrario, como todo ser vivo, merece respeto, cuidado y atención, por lo que resulta necesario empezar a adoptar políticas y medidas oportunas que garanticen la conservación de la biodiversidad y sus componentes como el respeto por los derechos de la naturaleza.
De conformidad con lo que establece el literal “R” del Art. 54 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), es
función del gobierno municipal, crear las condiciones materiales para la aplicación de políticas integrales y participativas en torno a la regulación del manejo responsable de la fauna urbana. Siendo componentes en esta materia y teniendo clara la problemática de nuestra ciudad y Cantón, es necesario realizar un trabajo conjunto y coordinado con otras instituciones para cumplir con este mandato.
Una medida que posibilite la realización de este trabajo es la creación de un Centro de Protección para Animales Callejeros, no con la finalidad de que las personas vayan y abandonen allí a sus mascotas, deslindándose de toda responsabilidad con estos, sino como una medida de socorro en caso de detectarse animales en situación de peligro que deban rescatados por maltrato o requisados por expenderlos de forma ilegal.
Para hacer un trabajo investigativo del cual se obtengan resultados eficientes y eficaces es indispensable realizar campañas de concientización y educación en primera instancia, mediante procesos educativos de capacitación dirigida a la población santodomingueña, sobre el manejo y tenencia responsable de animales domésticos de compañía, fomentando la responsabilidad individual con el entorno.
Para aquello es necesario utilizar todos los medios de comunicación disponibles para difundir el mensaje de protección y bienestar animal, lo que motiva a promover e impulsar legislación enfocada en la protección de los derechos de los animales, en consecuencia de debe velar por su estricto cumplimiento.
• Formulación del Problema.
¿La falta de un centro de protección para animales callejeros en el Cantón Santo Domingo, está provocando un crecimiento descontrolado de los mismos, lo que incide en la agudización de las condiciones de vulnerabilidad en las que sobreviven los perros y gatos de la calle?
• Objeto de investigación y campo de acción.
El objeto de estudio se fundamenta en el estudio de la Declaración Universal de los Derechos del Animal, Reglamento de Tenencia y Manejo Responsable de Perros, y la Ley Orgánica de Salud.
El campo de acción se encuentra enfocado en el estudio de las leyes y nomas referentes a los derechos de la naturaleza y medio ambiente, bienestar animal, el Buen Vivir, así como la difusión de buenas prácticas referentes a la tenencia y manejo responsable de animales domésticos, procesos de reubicación y adopción de mascotas sin hogar.
Lugar la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas.
El tiempo de la investigación es en el año 2013.
• Identificación de la línea de investigación
La problemática analizada se enmarca dentro de la siguiente línea de investigación aprobadas por la Dirección de Investigación de UNIANDES para la carrera de derecho: “Derecho de la Naturaleza y Medio Ambiente”.
• Objetivos
Objetivo General
Diseñar un Modelo de Gestión Jurídica para el desarrollo de un Centro de
Protección para Animales Callejeros en el Cantón Santo Domingo, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos nacionales del Plan Nacional del Buen Vivir (Sumak Kawsay).
Objetivos Específicos
Para el cumplimiento del objetivo general, se deberá cumplir los siguientes objetivos específicos:
o Analizar y fundamentar jurídicamente la necesidad de implementar el desarrollo de un Centro de Protección para Animales Callejeros, la cual funcionará como unidad de rescate y reubicación.
o Acudir a las diferentes instituciones de la localidad, para obtener la opinión
sobre la problemática de los animales callejeros y domésticos maltratados, a fin de diagnosticar la gravedad de esta circunstancia.
o Elaborar y presentar la ordenanza municipal tendiente a explicar los beneficios, que sobrevendrían a la colectividad santodomingueña con el desarrollo de un Centro de Protección para Animales Callejeros.
o Validar la propuesta por expertos.
• Idea a Defender
Con la elaboración de un informe jurídico acerca de un Modelo de Gestión Jurídica para el desarrollo de un Centro de Protección para Animales Callejeros en el Cantón Santo Domingo, se lograra garantizar el estricto cumplimiento de las leyes relacionadas al bienestar animal de los perros y gatos callejeros, así como formación de una cultura de respeto hacia los animales.
• Variables de investigación.
Variable independiente.
La elaboración de un informe jurídico acerca de un Modelo de Gestión Jurídica para el desarrollo de un Centro de Protección para Animales Callejeros en el Cantón Santo Domingo.
Variable dependiente.
Garantizar el estricto cumplimiento de las leyes relacionadas al bienestar animal de los perros y gatos callejeros, así como formación de una cultura de respeto hacia los animales.
• Breve explicación de la Metodología Investigativa a Emplear
El método Deductivo es parte de una teoría general para explicar los hechos o fenómenos particulares.
El método inductivo es parte de los hechos particulares para llegar a la formulación de leyes generales.
El método dialectico permite comprender la estructura y dinámica del objeto.
El método Histórico-Lógico permite descubrir el devenir y desarrollo de los fenómenos, centrándose en sus aspectos más fundamentales y apoyándose en el procedimiento histórico, que reproduce cronológicamente los hitos fundamentales de la trayectoria del desarrollo del fenómeno, y del procedimiento lógico que permite estructurar la regularidad interna del fenómeno.
El método Analítico-Sintético permite el tránsito en el estudio de un fenómeno, del todo a las partes que lo componen y de estas al fenómeno pensado.
El Criterio de Expertos permite la recolección de información sobre el tema de un grupo de especialistas reconocidos en el área de que se trate.
La Encuesta permite recopilar información mediante un cuestionario que es elaborado previamente por el investigador para conocer el criterio de los encuestados sobre un asunto.
• Resumen de la Estructura de la Tesis: Breve explicación de los capítulos de la tesis.
El presente trabajo de tesis está estructurado de la siguiente manera:
Introducción.- Contiene temas relacionados con los antecedentes de la investigación, el planteamiento del problema, formulación del problema, el campo de acción, la línea de investigación, los objetivos tanto el general como los específicos, la idea a defender, la justificación, los métodos técnicas e instrumentos utilizados en la investigación, el resumen de la estructura de la tesis, la significación práctica, el aporte teórico y el elemento de novedad.
En el Capítulo I.- Que es la primera parte de la presente investigación donde encontramos el origen y evolución de la valoración del bienestar animal, la educación en bienestar animal y tenencia responsable de mascotas, así como el maltrato hacia los animales y su relación con la violencia social.
En el Capítulo II.- Encontramos el Marco Metodológico y planteamiento de la propuesta, éste capítulo abarca toda la modalidad de la investigación, tipo de investigación, población y muestra, métodos, técnicas e instrumentos, la interpretación de los resultados, así como de la entrevista y la propuesta del investigador con lo que busca se solucione el problema.
Por último en el Capítulo III.- Se trata de la propuesta, en éste capítulo se desarrolla el proyecto de Ley, a fin de solucionar el problema encontrado, y las conclusiones parciales del capítulo.
• Elementos de novedad, Aporte teórico, significación práctica en dependencia del alcance de la tesis.
Encontramos como aporte teórico del presente informe jurídico, conceptos relacionados al bienestar animal, legislación sobres derechos de los animales, métodos de control de control técnico de población canina y felina, que sirven como sustento o antecedente de la investigación sobre un centro de protección para animales callejeros. En virtud de lo cual se plantea la propuesta de desarrollar campañas de educativas encaminadas a difundir la práctica de buenos hábitos de tenencia y cuidado de animales domésticos de compañía, sin la cual no se podrían obtener los resultados previstos para la solución de esta problemática.
La significación práctica de esta investigación se caracteriza por tener gran relevancia social, ambiental y económica, por cuanto de los resultados de esta se obtendrán grandes beneficios para los animales callejeros en primera instancia, seguidamente se garantizara a los ciudadanos del Cantón Santo Domingo el derecho a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, por cuanto los perros o gatos callejeros no constituirán un problema una vez que cuente con un centro de protección que les brinde cuidado, en el aspecto ambiental terminaría el problema de la basura regada en las calles por la presencia de animales abandonados, de tal manera que se cumplirán con los objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir o Sumak Kawsay.
La novedad científica reside en el enfoque y relevancia de los nuevos conceptos sobre lo que constituye el bienestar animal, con el cual se ofrece a las personas del Cantón Santo Domingo una mejor calidad de vida, derivada de una nueva cultura ética de respeto a favor de los animales, y fundamentalmente un resultado positivo para la situación de los mismos.
CAPITULO I
1.1. Origen y evolución del objeto de investigación.
1.1.1. El Mundo Animal.
En la amplia gama de géneros y especies animales, se hallan muchos feroces, otros inofensivos, algunos amigables y simpáticos, varios que atemorizan o impresionan, pero todos están en la naturaleza por alguna razón, y tienen que existir para mantener el equilibrio ecológico en la Tierra.
En el presente capítulo tan solo realizaré un corto estudio de aquellas especies animales que habitan nuestro planeta, que se diferencian en ciertos aspectos unas de otras, hasta enfocarme en la especie canina, motivo de mi investigación.
De acuerdo un tipo general de clasificación, los animales pueden ser silvestres y domésticos. Los primeros son aquellos que viven y se reproducen libremente en sus ambientes naturales, formando parte de los ciclos de la naturaleza y de los ecosistemas, sin ayuda del ser humano. Gracias a la existencia de los animales silvestres los ambientes naturales se mantienen sanos y en equilibrio. Cuando un animal silvestre es capturado su ausencia afecta todo el entorno natural; ya sea porque el animal fue capturado o muerto por un cazador.
El uso del término animales domésticos tiene años de discusión por las características concretas que determinan cuáles sí y cuáles no lo son, ya que existen animales de captura y cría en cautiverio que pueden considerarse tanto domésticas como silvestres y no se ha llegado a un criterio unificado y exacto al respecto. Entre los tradicionalmente considerados como domésticos de consumo que se conocen bien en la mayoría de los países como el cerdo, el borrego, la cabra, la vaca o la gallina, y los domésticos para mascotas, comprendidos principalmente por perros y gatos.
En cada país, varían los criterios de manejo y producción de las especies. Por ejemplo, en la India se considera a las vacas en forma muy diferente que en otros países en el mundo; o bien, para nosotros los sudamericanos, es difícil comprender que en otros países se utilice de forma cotidiana elefantes y camellos para la carga y transportación, y cuán diferente es el uso de la llama sudamericana en su región nativa del que se le da en California entre los rebaños de borregos para protegerlos de un posible ataque de puma o león americano. (José Ignacio Padilla Padilla- Médico Veterinario Zootecnista “Animales
Domésticos”, en línea. http://www.union.org.mx/guia/actividadesyagravios/animalesdomesticos.ht
m, fecha de acceso al documento: 26 de Abril del 2008)
En fin, cada tiempo cambian los criterios de uso de la fauna doméstica. En el mundo actual, los seres humanos en las ciudades buscan la compañía de animales, normalmente perros o gatos, pero también hámsteres, pájaros, peces, tortugas e incluso de otras especies menos habituales como ranas, serpientes o arañas.
En algunos casos, además de ser una simple afición que valora la belleza, la rareza o cualquier otra virtud, tienen cierta utilidad para proteger casas o propiedades, o exterminar insectos, ratones y otros. La llegada de un animal a nuestro hogar supone la necesidad de establecerle un horario de comidas, atender su limpieza y su ejercicio físico con la preparación de áreas específicas para cada actividad. También resulta obligatoria la asistencia de un veterinario que examine la salud, la vacunación correspondiente, los cuidados y la alimentación adecuada. Y no hay que olvidar que no nos podemos deshacer de una mascota sin más.
El Perro.
El canis, término general con el cual se designa al can doméstico, al lobo, al chacal, al zorro, es decir todas las especies pertenecientes al género Canis,
aparece en Europa, Asia y África hace diez millones de años y en América del Norte hace apenas un millón de años.
El perro (Canis familiaris) es un mamífero carnívoro considerado como el primer animal domesticado, que ha convivido con el ser humano como compañero de trabajo o animal de compañía en todas las áreas y culturas, desde hace más de 14.000 años. (Enciclopedia Microsoft® Encarta- Online 2008).
La relación entre perros y seres humanos se ha evidenciado tanto por los restos fósiles encontrados como por los objetos que se conservan de las primeras civilizaciones. Los esqueletos de perros aparecidos en excavaciones de Dinamarca, Inglaterra, Alemania, Japón y China indican que seres humanos y perros han convivido desde hace muchos miles de años. En un antiguo cementerio persa del siglo V a.C. se han encontrado miles de esqueletos de perros, lo que pone de manifiesto el afecto que los antiguos persas profesaban a estos animales.
Descubrimientos arqueológicos como pinturas rupestres, documentos escritos, así como objetos de cerámica u objetos tallados en marfil asiático en las que aparecen perros representados, confirman el papel de los perros en las antiguas culturas de todo el mundo. (La aparición de éste mamífero en el universo data
de la era terciaria, en primer lugar en el continente europeo, luego entraron por América del Norte, tomando posteriormente territorio en Asia y África, haciendo presencia más adelante en Australia y Sudamérica.)
Los restos de esqueletos de perros más antiguos que se han descubierto tienen una antigüedad de 25.000 años aproximadamente, inmediatamente después de la aparición del hombre de Cro-Magnon. Sin embargo en países como China se han descubierto las piezas arqueológicas más antiguas de canis, en donde jamás habría habitado el coyote ni el chacal, lo cual coloca al lobo como el principal antecesor del perro. El lobo denominado Canis lupus apareció hace cinco millones de años, pero existe la teoría de probables mutaciones y la evolución hasta el perro actual mediante innumerables cruzas entre perros con sangre de
lobo y perros con sangre de chacal. (Enrique L. Fernández De Vanna – Médico Veterinariio “La Evolución del Perro”, en línea: http://perros.mascotia.com/razas/historia-del-perro/la evolucion-del-perro-i.html/, fecha de acceso al documento: 1 de Mayo del 2008)
1.2. Posiciones conceptuales sobre los animales domésticos y su bienestar.
1.2.1. Los animales domésticos como especie social.
Conocer el estilo de vida de los animales domésticos, cómo se vinculan y cómo se comportan entre sí puede llegar a ser muy útil para aquellas personas que conviven con más de un animal doméstico o para quienes teniendo sólo uno suelen llevar a su animal a un parque para que tome contacto con otros semejantes. Es muy común que aquellas personas observen cómo los animales interactúan entre sí sin llegar a comprender el porqué de muchas conductas, ya sea en situaciones de interacción armónica o de competencia.
Además, conocer el estilo de vida de los animales domésticos y su comportamiento entre pares es una condición básica para comprender cómo es su actuación con los seres humanos durante la convivencia.
La labor de los animales domésticos en nuestra sociedad ha dado un giro: antes la mayoría de las personas sólo adquirían un perro para que haga una función determinada: guiar y proteger ovejas, cazar las presas, o bien proteger el hogar. Si los perros de aquellas épocas hacían bien su trabajo, recibían su comida y un lugar donde dormir, en caso contrario se los reemplazaban por otros perros.
Con el paso de los años, cada vez fueron más personas las que aprendieron a valorar a estos compañeros, hoy la mayoría hemos sido cautivadas por ese infinito afecto y fidelidad.
Es notorio que, a medida que una sociedad prospera, se incrementa el amor y respeto por los animales. Es lo que sucede en la mayoría de los países europeos
y desarrollados donde las leyes de protección animal, son tan o más importantes que las que regulan a los humanos. En nuestra sociedad, la protección animal no es un asunto avanzado, y se presentan dos tipos de problemas:
a) El irrespeto la vida: Hay personas que adquieren perros por moda o como un juguete que se puede desechar cuando “estorbe o crezca”, no aportan con su tiempo en educación ni cuidados básicos para que el perro aprenda las reglas que exigen el vivir en paz con el mundo que le rodea. Dejan que sus perros salgan a las calles sin ningún tipo de restricción, lo que contribuye a la población de perros vagabundos o a accidentes de automóviles. Eso sin hablar que los perros no reciben el cariño necesario, que la mayor parte del día viven encerrados y por lo tanto sufren. Todo ello, es una pequeña muestra que habla de nuestras deficiencias como sociedad en crecimiento, y los perros son una muestra evidente de ese problema. (Revista: Vida de Perros “Los perros en nuestra sociedad”,
en línea: http://blogs.sawebsos.com/index.php/mascotas/2007/02/14/los_perros
_en_nuestra_sociedad/ fecha de acceso al documento: 6 de mayo de 2008).
b) Confundir la labor de cada especie: Por otro lado, existen personas que quieren a sus perros, los cuidan y entregan demasiadas atenciones, olvidando que son perros y que por mucho que los quieran jamás serán humanos. Poco a poco esta conducta lejos de respetar, degrada la vida de la especie porque hay quienes los castigan si no adquieren determinados comportamientos “humanos” o les otorgan cuidados propios de las personas, atentando contra la vida, principalmente cuando nos referimos a la alimentación, o por ignorar su lenguaje, lo que provoca mordidas y accidente lamentables. (“Los perros en nuestra sociedad” Art. Cit. pag. 10)
El punto de equilibrio radica en el respeto a la vida y a cada ser que la conforma por ser lo que es. Un perro es un perro y debemos aprender a respetarlo, a
respetar su espacio y a conocerlo, respetar sus conductas y lenguaje si queremos convivir en paz.
Las personas tratamos de subestimar la capacidad que tienen los perros de querer, de su capacidad de ser fieles y de cultivar valores, pero la verdad es que son capaces de eso y mucho más. Las sociedades a lo largo de la historia, se han dado cuenta de eso, y por eso les han abierto las puertas, convirtiéndolos en merecedores de formar parte de nuestro núcleo familiar.
1.2.2. El Perro de Casa:
Hoy en día es muy común ver en una casa uno, dos o más perros, ya que muchos los consideran como amigos fieles y como gran compañía, en pocas palabras como un miembro más de la familia, debido a que se han ganado el amor y respeto de sus dueños gracias a su inteligencia, fidelidad y alegría que transmiten en sus actos diarios e involuntarios. Sin embargo tener un perro como mascota en una casa, conlleva varias responsabilidades que se las debe desempeñar a cabalidad para que la convivencia dueño- mascota más duradera.
No solo se trata de comprar un perro y llevarlo al hogar, sino también de hacer cumplir los derechos y deberes del mismo, como alimentarlo correctamente, asearlo cuando sea necesario, mantener su salud en buen estado, distraerlo con actividades físicas y paseos; así como también educarlo adecuadamente para que realice sus necesidades biológicas donde es debido, para que no destruya las pertenencias de sus dueños, para que sociabilice con las visitas y no sea agresivo con desconocidos.
Es muy satisfactorio tener una mascota en casa, aún más cuando las responsabilidades se las están cumpliendo de la mejor manera, porque nos llenan de felicidad y compañía cuando más la estamos necesitando.
La domesticación de los perros produjo también el desarrollo de ciertas habilidades caninas de apoyo para los seres humanos. Por ejemplo, el perro de
ayuda es un compañero que se vuelve imprescindible para las personas con ciertos tipos de capacidades diferentes, brindándoles, sobre todo, un mejor estilo de vida. Los servicios que estos perros ofrecen son: ayudar a transportase a las personas de manera segura, contestar el teléfono, las alarmas contra incendios, los relojes despertadores, a mover la silla de ruedas, pronosticar convulsiones, estabilizarse para caminar, y a disminuir la ansiedad y depresión.
La mayoría comienzan su entrenamiento cuando todavía son cachorros, aunque algunos pocos, ya crecidos, son escogidos para adiestrarlos. En la actualidad, los perros pueden ser entrenados para ofrecer diferentes tipos de asistencia. (Kate Moss - Especialista en Apoyo a Familias, Servicios Sordociegos de Texas
“El mejor amigo del hombre”, en línea:
http://www.tsbvi.edu/Outreach/seehear/winter99/dogspan. htm/ fecha de acceso al documento: 6 de Mayo de 2013)
1.2.3. El Perro de la Calle.
En la actualidad nos hemos acostumbrado a ver perros callejeros rondando por las vías de nuestras ciudades, los cuales, muchas veces, nos resultan indiferentes por la gran cantidad que existen y otras nos provocan preocupación e impotencia. Esto se debe al abandono por parte de sus dueños y a la falta de conocimiento acerca de la tenencia responsable de los animales. No se puede adquirir una mascota si no se cumple con los requerimientos económicos, de cuidado, de espacio, y sobre todo de cariño que la mascota necesitará durante toda su vida; por falta de uno o todos los requerimientos antes mencionados, los dueños abandonan a sus animales en las calles a su suerte, lo cual produce aún más inconvenientes como son los de insalubridad en las vías, accidentes de tránsito, ataques a transeúntes y sobre todo, aumento de la población canina por apareamientos ocasionales.
Todo esto conlleva a que el problema siga creciendo día a día sin soluciones prontas y necesarias.
Este es el aspecto donde que enfoca la temática de principal de mi trabajo de investigación, a continuación se tratará tópicos relacionados con dicha problemática.
1.2.4. Las diferentes formas de maltrato hacia los animales.
En el Ecuador, como en la mayoría de países latinoamericanos, existe una gran falta de información respecto a lo que verdaderamente significa hacerse responsable de un animal de compañía. A pesar de honrosas excepciones, en nuestros países, los animales son considerados como objetos y no como seres vivos que tienen necesidades y derechos propios; por tal razón, actos como encadenarlos y encerrarlos en terrazas, techos o patios, alimentarlos con desperdicios, dejarlos vagabundear para que hagan sus necesidades en la calle, o “buscarles novia” para continuar el ciclo de la sobrepoblación de animales domésticos, no son percibidos como maltrato y caen en negligencia.
En la cultura occidental, socialmente se argumenta que una persona o grupo es más humanitario con sus conciudadanos cuanto más humanitario es con criaturas menos afortunadas que no pueden expresarse. A partir de ello, se espera que en nuestro país la causa de los animales empiece a despertar la conciencia pública. No sin motivo, Mahatma Gandhi aseguraba que “La grandeza de una nación y su progreso moral se pueden juzgar de acuerdo a la manera en que tratan a sus animales”.
De acuerdo a lo que estudiosos en el área han determinado, los diversos tipos de maltratos a los que se expone un animal pueden resumirse así:
Físicos:
Provocar su muerte por acción
• Matarlo intencionadamente por cualquier medio.
• Poner su vida en riesgo innecesariamente (peleas, rituales, zoofilia, etc.)
• Sacrificarlo en instalaciones autorizadas sin adormecimiento previo. (Carnicerías, camales, pollerías, etc.)
• Abandonarlo.
• En animales de trabajo, sacrificarlos cuando ya no son de utilidad.
Provocar su muerte por omisión.
• Negación de auxilio (animal atropellado, envenenado, etc.)
• Deficiente alimentación y alojamiento (sobras, sin lugar para guarecerse, dejar de alimentarlo, etc.)
• Negación de atención sanitaria e higiénica adecuada (vacunas, tratamientos necesarios, revisiones, etc.)
• No denunciar o no detener a un maltratador.
• Prohibir o evitar que se le alimente si está abandonado.
Atacarlo
• Mutilarlo de cualquier forma. • Golpearlo.
• Emplearlo en experimentos.
Abusar de él
• Obligarlo a trabajar físicamente de forma despiadada. • Utilizarlo, sedado o no, para pedir limosna.
• Tenerlo destinado a guardia atado y solo, en forma permanente. • Ejercer o facilitar prácticas de zoofilia.
• Utilizarlo de forma intensiva para la cría y venta de cachorros.
Psicológicos
• Negarle la relación con las personas y con otros animales. • Confinarlo a un espacio reducido.
• Limitar o suprimir sus salidas a la calle. • Entrenarlo para que sea agresivo o ataque.
1.2.5. Declaración Universal de los Derechos de los Animales.
El 15 de octubre de 1978, la Liga Internacional por los Derechos de los Animales y las Ligas Nacionales de diferentes países, proclamaron oficialmente los Derechos de los Animales. La UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) y posteriormente la ONU (Organización de las Naciones Unidas), aprobaron esta declaración basados entre otras cosas, en que “el reconocimiento por parte de la especia humana de los derechos de la existencia de las otras especies de animales, constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo. (Wikipedia 2011)
Al igual que en el caso de los Derechos Humanos, los Derechos de los Animales pueden ser un sueño filosófico o idealista, pero existen y deben ser difundidos y aceptados para lograr que se conviertan en realidad y que se respeten.
Análisis
La Declaración Universal de los Derechos de los Animales es una compilación normativa, generalmente aceptada por varios organismos internacionales, en cuyo preámbulo se indican varios puntos importantes sobre la convivencia e interrelación de la especie humana con las demás especies. En su preámbulo se establece la existencia de los derechos de los animales, para mayor ilustración se realizara un análisis de esta normativa, mismo que está conformado de la siguiente manera.
PREÁMBULO
Considerando que todo animal posee derechos, considerando que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los animales, considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana de los derechos a la existencia de las otras especies animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies del mundo, considerando que el hombre
comete genocidio y existe la amenaza de que siga cometiéndolo, considerando que el respeto hacia los animales por el hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos, considerando que la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales (…)
La coexistencia del hombre y los animales también es materia del preámbulo de la Declaración, siendo que se recoge el principio de que el ser humano reconoce la existencia de los derechos de los demás seres vivos, además en mostrarse de acuerdo con el hecho de que el respeto a sí mismo implica el respeto a los animales, igualmente condenar el genocidio o biócidio del que son víctimas los animales dada la poca atención que el hombre ha dado al tema en cuestión.
Un tema importante, es el apartado final del preámbulo de la Declaración, el que promueve en cierta forma como un deber obligatorio la enseñanza primordial en la educación el cariño y respeto con todo lo que ello implica en las relaciones entre especie humana y especies animales, mismo que debe ser infundido desde la infancia en las personas.
La Declaración consta de catorce artículos, con varias disposiciones algunos de ellos, mismas que se encaminan a proteger casi en su totalidad esas acciones de las que son protagonistas a diario los animales, inclusive en su interrelación con el hombre. A continuación un breve análisis de las mismas, referente a su contenido y personal interpretación del autor respecto de las mismas:
Art. 1.- Todos los Animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
El artículo introductorio a la Declaración tiene un contenido esencial y que debe primar como concepto y disposición obligatoria para el hombre en tanto es sujeto de derechos, pues se pone de manifiesto una equivalencia de todos los animales al cotejar el primer Derecho al que estamos sujetos probablemente todos los seres vivos: El Derecho a la Vida.
Posteriormente refiere un tema que se ha mencionado en el preámbulo y es el ser un sujeto de derechos, sin importar la especie de la que sea parte, no será discriminado y gozará indistintamente de su naturalidad y derecho a la vida con la duración del ciclo natural que ello implique que sea propio de sí. Además se pone de manifiesto que tendrán los mismos derechos a la existencia como son la integridad, respeto, salud, un hogar; mismos que se consideran irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables.
Art. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el Derecho a exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Este artículo comprende tres enunciados. En el primero se universaliza el principio de respeto que merecen los animales, el derecho de consideración del hombre hacia ellos con la calidad moral y la subjetividad en el ejercicio de sus derechos que ello implica.
El respeto significa no vulnerar sus derechos a la vida y a la existencia. Probablemente el literal b) es uno de los más importantes en la Declaración, puesto que se refiere al hecho que debemos sujetarnos los seres humanos respecto de los animales, referente a la errónea atribución creada por el hombre a ser una especie dominante que está facultada a inferir daño a las otras o atropellarlas en su beneficio.
Más por el contrario hace un llamado a que en virtud de esas facultades superiores y conocimientos, exhortar al hombre a que pueda ayudar a solventar ciertas necesidades que los animales no podrían solucionar por sus propios medios; es decir, en primer lugar no puede el hombre simplemente por su condición atentar contra la supervivencia de las demás especies, y tampoco pude
explotarlas en pretexto de su beneficio; esto complementándose con la disposición final de que estos seres desamparados puedan valerse de la ayuda humana para su resguardo, en tanto que son seres vivos que constantemente se desenvuelven en actividades que atañen a la cotidianidad del hombre.
Art. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos y ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Este artículo expone una clara oposición al maltrato animal, por lo que en ninguna circunstancia deberán ser víctimas de tratos perversos proferidos a manos del hombre. El maltrato implica cualquier conducta dañina, de agravio físico o psicológico que pueda atentar contra la integridad de un ser vivo.
Así mismo el derecho a la eutanasia de un animal es reconocido en el segundo enunciado, sin embargo se debe mencionar que este acto se producirá cuando sea únicamente en caso de necesidad, más no por abandono de su dueño, o inclusive por cuestiones del mal llamado entretenimiento; además de que el sacrificio de la vida del animal deberá ser en las condiciones más adecuadas, que procuren no causar sufrimiento al momento de consumar la muerte necesaria del animal.
A pesar que esta disposición no establece los mecanismos para consumar la eutanasia, por principios generales esta deberá ser por medio de un método que cause menor tiempo de agonía y sufrimiento al animal.
Art. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Estos son derechos fundamentales de los que inclusive goza el hombre como especie humana. Sin embargo en esta norma se menciona a los animales que viven en su estado natural o salvaje, sean cuales sean sus caracteres primordiales, el hombre no está facultado para cazarlos o intervenir alterando el orden natural primitivo de sus vidas. Es decir tienen derecho a una libre traslación que ni siquiera podría limitarse aunque persiga fines educativos.
Por lo que se esgrime un principio de no intervencionismo del hombre y por el contrario deberá ser un encargado de proteger y preservar el entorno natural. En este punto es importante mencionar que los zoológicos son establecimientos en los que se mantienen en cautiverio a diversas especies.
Una de las finalidades de los zoológicos es el estudio científico de las especies, además también funcionan como criaderos de animales salvajes y en peligro de extinción, por lo que su accionar no siempre comprende el entretenimiento, sino también el tomar medidas de cuidado para la conservación de dichas especies, muchas de las cuales a veces tienen dificultad para reinsertarse en su hábitat natural.
Art. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Todas las especies que se desenvuelven cerca y constantemente con el hombre no serán susceptibles de ningún tipo de adulteración o manipulación, que vaya más allá de su desarrollo vital normal. Principalmente las condiciones adecuadas serán las de alimentación, salud e higiene.
Para el caso del literal b) no se observa mucha relación de esta disposición en cuanto a los animales de compañía, sin embargo si puede darse en el caso de la
manipulación genética y hormonal de las que muchas veces son víctimas los animales destinados para la alimentación, principalmente de multinacionales de comida rápida, agroindustria que emplea técnicas de manipulación extremadas con la finalidad de producir carne en cantidades superiores a las que naturalmente son capaces las reses, solamente es su afán de perseguir fines estrictamente comerciales.
Art. 6
a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Una disposición similar a las contenidas en los artículos 4 y 5 de la declaración, pero con la diferencia de que los animales contemplados en este artículo son los denominados animales de compañía, con los que comúnmente nos relacionamos y adoptamos como mascotas, compañeros e inclusive muchas veces considerados como miembros activos de la familia, gozarán del derecho a cumplir su ciclo natural de vida, en compañía de su amo.
El literal b) de esta disposición es muy relevante, pues critica severamente al abandono de un animal, pues esto es un acto irresponsable e inhumano, el hombre debe proceder con prudencia y piedad sobre todo con el ser sintiente, con el que compartimos espacio y experiencias día a día.
Art. 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Aquí es muy importante resaltar la analogía que la Declaración hace en cuanto a la jornada laboral que debe cumplir el animal. La homologa a la jornada del hombre, y establece además los ámbitos para una reposición física y anímica del ser que trabaja.
Una justa jornada, merece de por sí una justa alimentación y una jornada para el descanso físico y anímico del animal que sirve como fuerza de trabajo. Durante la jornada los músculos se desgastan y contraen, por lo que el descanso es saludable y reparador, inclusive evita cierto tipo de trastornos del que pueden ser víctimas los animales. Se debe decir que los animales de trabajo son aquellos utilizados para cumplir actividades de tracción, carga o monta; por ejemplo los caballos, bueyes o burros.
Art. 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico, es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda otra forma de experimentación. b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Esta conducta humana es incompatible con los derechos del animal. Inclusive se han desarrollado protestas a nivel internacional, pues se conoce el sufrimiento del que son víctimas los animales. La ciencia constantemente se vale de los animales para su experimentación, los animales son sometidos a sustancias como químicos y fármacos que causan muchas veces efectos secundarios en los humanos, y son los animales quienes se han convertido en sujetos víctimas de la constante y muchas veces innecesaria experimentación misma que inclusive ha llegado a producirles la muerte.
Muchas personas han dejado de lado la experimentación científica y los experimentos se han hecho con el afán se satisfacer curiosidad innecesaria, y esto no puede tolerarse puesto que no se justifica que en nombre de la ciencia y el bienestar de los humanos sean otros seres quienes tengan que ser sacrificados para perseguir este fin.
El segundo inciso de este artículo hace un llamado al desarrollo de técnicas alternativas que permitan que cese la experimentación en los animales, mismas estos métodos variados ya existen, como por ejemplo cultivo de células y tejidos humanos, farmacología cuántica, simulación electrónica, placenta humana. Estos
experimentos pueden arrojar resultados similares e inclusive más cercanos a los que se obtienen de la experimentación animal.
Por ejemplo el avance de la ciencia permite desarrollar software de alta tecnología que simula los organismos animales que permiten obtener resultados muy eficaces. El uso de la placenta humana puede darse para experimentación en caso de uso de químicos y reacciones.
Art. 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
No es ajena a nuestra realidad la cría de animales para la alimentación, sin embargo contrariamente a lo que dispuesto por este artículo, la verdad es otra. Las grandes compañías productoras de carne, en medida de generar solo beneficios e ingresos no miden la crueldad a la que son sometidos los animales.
Además de la baja calidad de los productos que pueden obtener cuando los animales destinados para alimentación viven confinados en condiciones extremas completamente desvinculadas de la naturaleza y naturalidad propia de ellos mismos, y mucho peor aún cuando su sacrificio se produce cruelmente sin tener en cuenta el sufrimiento al que son sometidas las reses o las aves de corral.
Para la industria alimenticia los animales no son considerados como seres vivientes sino estrictamente como materia prima. En la realidad nacional aún existe la cría tradicional del animal en el campo, libre en los pastizales, alimentándose naturalmente, alejado del hacinamiento, sin embargo a la hora del sacrificio deben mejorarse mucho dichas condiciones.
La nutrición implica una alimentación adecuada y las vacunas que ayuden a mantener las mejores condiciones de salubridad de la res. Las instalaciones en
los que se mantengan a los animales deben tener el suficiente espacio para el desenvolvimiento normal de las mismas y no confinarlas a hacinamientos.
La transportación deberá hacerse en un dispositivo apropiado que permita comodidad al animal. Y el sacrificio deberá hacerse con los métodos adecuados que no propicien crueldad para el animal, evento que muchas veces deriva en la baja calidad de la carne.
Art. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Muchos animales son sacrificados cruelmente a diario para el beneficio de los humanos, y no solo con el fin de contribuir para su alimentación, sino muchas de las veces erróneamente con el mal llamado entretenimiento; o so pretexto de mantener tradiciones ancestrales o culturales, se produce su sufrimiento y maltrato en fiestas populares.
Las exhibiciones que se hacen en los circos están en contra de lo dispuesto por el presente artículo pues los animales son maltratados con la supuesta finalidad de domesticarlos, sin embargo son sometidos a castigos y se les infunde temor para que realicen actos despiadados que no son propios de su naturaleza. El hombre debe respetar la vida en todas sus formas.
Art.11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Haciendo una referencia similar a la del homicidio deberemos decir que el biocidio análogamente es la muerte causada del hombre a un animal. Esta disposición es muy concreta, puesto que pone de manifiesto la condición de que la muerte se produzca “sin necesidad” o sin mediar una justificación, es decir un atentado a la
existencia y el ya consagrado derecho a la vida de los animales, y a su ciclo natural de cumplir la misma.
Art.12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
La presente disposición nos remite al evento de que atentar contra la vida de una cantidad considerable de animales salvajes será considerado como un genocidio. La definición de esta palabra implica el exterminio o aniquilación sistemática de un segmento poblacional en razón de etnia, raza, política, religión o nacionalidad. Sin embargo en un sentido más amplio, el primer literal de este artículo extiende el concepto de genocidio también a la eliminación de los animales salvajes, atentando contra su perpetuidad y la de su especie. El tratadista Vernon Coleman hace todo un tratado respecto de la muerte constante de varias especies animales sometidas a experimentación, obra denominada “Por qué debe cesar el Genocidio de los Animales”.
En la segunda parte se hace referencia a la inevitable consecuencia natural que ocasionaría la desmedida contaminación ambiental y la falta de conciencia en la preservación del ambiente; estos factores conducen directamente a la muerte masiva de animales, conllevan al genocidio.
Art. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Así como el hombre considera a la muerte como un acto protocolar y de sumo respeto para sus semejantes y en sociedad, igualmente debe respetar la ausencia
de vida de cualquiera de los animales, puesto que el cuerpo representa material y orgánicamente la presencia de una forma de vida preexistente.
La segunda parte de esta norma contiene un presupuesto de carácter formativo; y es la expresa prohibición de mostrar en cine o televisión escenas que contengan acciones de violencia provocadas los animales, con la salvaguarda de que dichas escenas cumplan la finalidad de educar y mostrar atentados contra los derechos del animal.
Países como el Reino Unido y los Estados Unidos, tienen normativas desarrolladas sobre la base de este contenido, prohibiciones legales de señalar que los animales no han sido heridos o maltratados durante el rodaje de películas.
Art. 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
El artículo final de la Declaración empareja los derechos de los animales con los derechos del hombre, cuyo ejercicio deberá ser protegido activamente por los Gobiernos de los países; además de convocar a organizar entidades que tengan representatividad y un constante accionar en defensa de los derechos de los animales, vinculadas a los poderes gubernamentales. Además invoca a que dicha protección se verá respaldada por el ordenamiento jurídico existente, igualmente como se protege a los derechos del hombre.
1.2.6. Sobrepoblación canina y felina
La sobrepoblación de animales domésticos es una situación frecuente en todo el mundo y es quizá el más grande problema social que los activistas por los derechos de los animales deben enfrentar. Su atención involucra directamente a los dueños que les permiten reproducirse irresponsablemente, a aquellos que
comercializan con los animales y a las autoridades gubernamentales y municipales que no dan paso a una solución efectiva y ética respecto al tema.
El problema es ciertamente complejo, pero no imposible de resolver si las comunidades trabajan en conjunto poniendo en práctica un plan de educación humanitaria y acción legislativa.
La sobrepoblación canina y felina se agudiza en los países subdesarrollados, donde la educación de respeto y convivencia con los animales es muy baja o prácticamente nula.
La Organización Mundial de la Salud, estima que en países latinoamericanos la relación perro - hombre es de 1/10. En el Ecuador no se disponen de datos exactos acerca de la población total de perros y gatos existentes en las calles; sin embargo, la información existente sugiere que el número de canes en el país ha aumentado en los últimos años.
De acuerdo con los registros del Ministerio de Salud, se estima que sólo en la ciudad de Santo Domingo, que tiene aproximadamente 500.000 de habitantes, hay alrededor de 10.000 perros, en tanto que otros estimativos indican que de cada 10 familias, cuatro tienen perro, sin embargo, se afirma que esta cifra podría incrementarse drásticamente al realizar un censo sistemático, confiable y real, sobre todo si se considera que la distribución y abundancia de la población canina puede variar de acuerdo a los diferentes hábitat, culturas, estratos socioeconómicos, tipo de edificaciones, entre otros. (http://www.salud.gob.ec/)
Por otra parte la Dirección de Salud de Santo Domingo, en la provincia hay 53 mil perros. La estadística se hizo con base en las vacunaciones contra la rabia que se efectúan cada año, a través del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI). Pero en la Dirección se reconoció que es difícil saber cuántos perros callejeros existen.
La organización Huellitas estima que en la ciudad hay un perro por cada habitante, de igual manera han expresado que muchos de los perros que se consideran callejeros, tienen dueño o un hogar donde permanecer, como se ha reiterado a lo largo de esta investigación, en nuestro país no existe cultura respecto a la tenencia y manejo de mascotas (en adelante perros, gatos, etc.), igualmente ninguna Institución Publica de Gobierno posee cifras que ayuden a determinar con exactitud la magnitud de esta problema, sin que aquello quiera decir que el problema no exista, o que la solución del mismo no se encuentre justificada.
En otro aspecto debemos recordar que muchas de las mascotas que adquirimos, sea por la compra o porque nos haya sido obsequiado, no cuenta con un registro, a través del cual se pueda llevar un control relacionado al número de animales existentes.
No afrontar y no dar solución a esta situación, conlleva también a desatender situaciones de salud pública, como es el caso de las patologías zoonóticas (enfermedades transmisibles al hombre). Las políticas de salud pública para enfrentar este problema, tales como las campañas de descanización, no han tenido, ni tendrán resultados positivos debido a que solo han actuado sobre los resultados y no sobre las causas.
1.2.7. Descanización vs. Esterilización
1.2.7.1. Campañas de Descanización
El sacrificio de animales es el método más empleado para el control de la sobrepoblación canina y felina desde hace al menos 40 años. Se hace uso de técnicas como electrocución (cables o pistola), envenenamiento, inanición, ahorcamiento, sobredosis y un largo etcétera, todas ellas llevadas a cabo en la práctica diaria.
En nuestro país, como en la mayoría de Latinoamérica, se ataca al problema de forma superficial. El Ministerio de Salud Pública junto a los Departamentos de Zoonosis de varias ciudades, llevan a cabo “Campañas de descanización” anuales que tienen dos etapas: la primera, en las que se deja veneno mezclado con comida en calles y carreteras para que los animales lo ingieran y mueran y la segunda, que consiste en atrapar animales vagabundos para sacrificarlos. Pero estas campañas eliminan animales de manera aritmética (uno a uno) mientras que la población de perros y gatos crece geométricamente (8, 16, 32,…).
Para su efecto, se utiliza un veneno llamado estricnina, que es un alterador del sistema nervioso y que ocasiona a la víctima terribles síntomas como: rigidez y contracciones musculares, violentos espasmos respiratorios, convulsiones tetánicas, hasta que la muerte se produce por asfixia debido a la parálisis de músculos respiratorios.
Aunque su uso es cruel, antiético y deshumanizado, la mínima consideración que debería tenerse en su aplicación es que la dosis de estricnina sea determinada por el peso del animal. Sin embargo, este proceso no se realiza cuando se atrapa animales y mucho menos cuando es dejado en las calles, por lo que invariablemente, las víctimas suelen pasar horas, días e incluso semanas, en una agonía extremadamente dolorosa, silenciosa y solitaria.
Es importante mencionar que en la Guía para el Manejo de la Población Canina, elaborada por la Organización Mundial de la Salud OMS y la WSPA (World Society for the Protection of Animals) se estableció la siguiente premisa sobre el uso de la estricnina: “La estricnina es peligrosa para la salud pública y cruel para los animales. No hay veneno agudo disponible comercialmente que sea seguro
para los humanos e indoloro para los animales y que por lo tanto, pueda
recomendarse para matar perros”
Cuando los animales no han muerto en las calles, los encargados públicos recogen a los animales vagabundos y los llevan a zonas de zoonosis donde mueren naturalmente por hambre, sed o maltrato. La última campaña de