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RACIÓN DEL ESTADO

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(1)

AÑO LXXIII

Lunes, 15 de junio de 1998

Número 71

Edita: Imprenta Bonnet, Sociedad Limitada

Administración: Calle San Francisco, 47 / Tlf.: 28.26.10 / Fax: 28.20.44 / 38002-Santa Cruz de Tenerife Talleres: Trasera B2 Nuevo de Ofra / Tlf.: 65.30.12 / Fax: 65.54.57

Las inserciones se solicitarán de la Subdelegación del Gobierno mediante oficio. mmatemoo

SUMARIO

TARIFAS Inserción: 95 ptas./mm. de altura Suscripción anual: 5.000 ptas. más

gastos de franqueo

I. ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife

Página 6786

Dirección Insular de la Administración General del Estado en La Palma

Página 6787

Subdelegación del Gobierno en Cádiz

Página 6788

Ministerio de Economía y Hacienda

Página 6788

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Página 6791

II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Consejería de Economía y Hacienda

Página 6792

Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Página 6795

Consejería de Industria y Comercio

Página 6813

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

Excmo. Cabildo Insular de Tenerife

Página 6818

Excmo. Cabildo Insular de La Palma

Página 6821

Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

Página 6822'

Ayuntamiento de Arona

Página 6823

Ayuntamiento de Fasnia

Página 6838

Ayuntamiento de Granadilla de Abona

Página 6842

Ayuntamiento de Icod de los Vinos

Página 6844

Ayuntamiento de El Rosario

Página 6844

Ayuntamiento de Santiago del Teide

Página 6845

Ayuntamiento de Tacoronte

Página 6853

Ayuntamiento de Tegueste

Página 6853

Ayuntamiento de la Villa de Breña Alta

Página 6855

Ayuntamiento de la Villa de Breña Baja

Página 6855

Ayuntamiento de la Villa de Garachico

Página 6855

Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife

Página 6856

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justicia de Canarias

Página 6871

Juzgado de lo Social Número 1 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6873

Juzgado de lo Social Número 2 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6874

Juzgado de lo Social Número 3 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6874

Juzgado de lo Social Número 4 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6875

Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6876

Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6877

Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6878

Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6879

Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Santa Cruz de Tenerife

Página 6881

(2)

Juzgado de Primera Instancia Número 2 de La Laguna

Página 6883

Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Granadilla

Página 6886

Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Granadilla

Página 6886

Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Granadilla

Página 6887

Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Granadilla

Página 6887

Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Granadilla

Página 6888

Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Los Llanos de Aridane

Página 6889

Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Los Llanos de Aridane

Página 6889

Juzgado de Primera Instancia Número I de Puerto de la Cruz

Página 6890

V. ANUNCIOS PARTICULARES

Comunidad de Aguas "Roques de Caramujo"

Comunidad de Aguas "Santa Teresa"

Página 6891

Página 6891

I. AD'

RACIÓN DEL ESTADO

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO

EN SANTA CRUZ DE TENERIFE

ANUNCIO

6305

Vista la solicitud de Tarjeta de Residencia Comunitaria,

presentada por el ciudadano italiano don Antonio Dal Farra,

N.I.E.-X-02291099-T, con domicilio en Playa San Marcos,

Edif. Tili 801, Icod de los Vinos, Santa Cruz de Tenerife, y

te-niendo en cuenta los siguientes hechos y fundamentos de

de-. rechode-.

Hechos:

Primero.- La solicitud la basa en querer residir en

Espa-ña, sin realizar actividad laboral, no aportando en la

documen-tación presentada, a pesar de haber sido requerido para ello,

justificante de poseer medios de•vida suficientes para el

perío-do de residencia que solicita, así como escritura de propiedad

o contrato de arrendamiento de la vivienda

Fundamentos de Derecho.

El artículo 10 del Real Decreto 766/1992, de 26 de junio,

sobre entrada y permanencia en España de nacionales de los

Estados Miembros de las Comunidades Europeas, modificado

por el Real Decreto 737/1995, de 5 de mayo, establece los

re-quisitos que deben reunir las solicitudes de tarjetas de

residen-cia conminatoria para su concesión.

Siendo competente para la resolución de la citada

solici-tud las Delegaciones del Gobierno, conforme a lo dispuesto en

el artículo 9 del citado Real Decreto y en los artículos 29, 30 y

Disposición Adicional Cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril.

Considerando que la solicitud presentada, no reúne los

requisitos establecidos en el citado artículo.

Esta Subdelegación del Gobierno, por delegación.

Resuelve: denegar la Tarjeta de Residencia Comunitaria

solicitada por el ciudadano referenciado.

Notifíquese la presente resolución al interesado,

adverti-do de que la misma pone fin a la vía administrativa pudienadverti-do

interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala

de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Canarias, en el plazo de DOS meses, contados a

partir del día de la notificación, previa notificación a este

Or-ganismo según lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Ad-ministraciones y del Procedimiento Administrativo Común,

todo elfo sin perjuicio del derecho que le asiste de solicitar que

sea sometido a examen del Servicio Jurídico del Estado en el

Provincia.

Comuníquese a la Comisaría Provincial de Policía para

notificación al interesado y efectos.

El Delegado del Gobierno, p.d., el Subdelegado del

Go-bierno (Res. 23.4.97; B.O.P. 30.4.97), Heliodoro Rodríguez

Segovia.

Lo que se publica en ese periódico oficial para que sirva

de notificación al interesado, conforme a lo previsto en el

ar-tículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre

(B.O.E. n5 285).

Santa

Cruz de Tenerife, a 2 de febrero de 1997.- El

Dele-gado del Gobierno, p.d., el Secretario General (Res. 23.4.97;

B.O.P. 30.4.97), Francisco Javier García de Madariaga.

517

ANUNCIO

6306

Asunto: resolución denegando Tarjeta Residencia

Comu-nitaria don Flavio Ballarati, N.1.E.-X-01990885-M.

Vista la solicitud de renovación de Tarjeta de Residencia

Comunitaria para trabajar por cuenta propia, presentada por el

ciudadano referenciado, con domicilio en Parque Santiago II,

Apt. 381, Playa de Las Américas-Arona, Santa Cruz de

Tene-rife, y teniendo en cuenta los siguientes hechos y fundamentos

de derecho.

Hechos.

Primero.- La solicitud la basa en el hecho de querer

tra-bajar por cuenta propia como intermediario promoción y venta

inmobiliaria, careciendo de Título de Agente de la Propiedad

Inmobiliaria, ni la Colegiación exigida para el desarrollo de la

citada actividad.

Fundamentos de Derecho.

El Real Decreto 766/1992, de 26 de junio (B.O.E. del

30.06), sobre entrada y permanencia en España de nacionales

de los Estados miembros de las Comunidades Europeas,

modi-ficado por el Real Decreto 737/1995, de 5 de mayo, en su

ar-tículo 10.b) establece los requisitos de deben reunir las

solici-tudes de tarjeta de residencia comunitaria, para realizar

actividad económica por cuenta propia.

(3)

Siendo este Gobierno Civil competente para resolver la

presente solicitud, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del

Real Decreto y considerando que no reúne los requisitos

esta-blecidos en el citado artículo, ya que carece de la titulación

oficial y colegiación exigida por la Legislación española para

el ejercicio de la actividad solicitada.

Resuelvo: denegar la Tarjeta de Residencia Comunitaria

solicitada por don Flavio Ballarati.

Notifíquese la presente resolución al interesado,

adverti-do de que la misma pone fin a la vía administrativa pudienadverti-do

interponer Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Canarias, en el plazo de DOS meses, contados a

partir del día siguiente al de la notificación, previa

notifica-ción a este Organismo según lo dispuesto en el artículo 110.3

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Admi-nistrativo Común, todo ello sin perjuicio del derecho que le

asiste de solicitar que sea sometido a examen del Servicio

Ju-rídico del Estado en la Provincia.

Comuníquese a la Comisaría Provincial de Policía para

notificación al interesado y efectos.

El Gobernador Civil,

Heliodoro Rodríguez Segovia.

Lo que se publica en ese periódico oficial para que sirva de

notificación al interesado, conforme a lo previsto en el artículo

59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (B.O.E. n 2 285).

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de febrero de 1997.- El

Dele-gado del Gobierno, p.d., el Secretario General (Res. 23.4.97;

B.O.P. 30.4.97), Francisco Javier García de Madariaga.

516

ANUNCIO

6307

Asunto: resolución denegando Tarjeta Residencia

Comuni-taria doña Michele J. Gerst,

Vista la solicitud de Tarjeta de Residencia Comunitaria

pre-sentada por la ciudadana referenciada, con domicilio en Avenida

Principal, Edif. Ramos, 5, Las Galletas-Arona, Santa Cruz de

Tenerife, y teniendo en cuenta los siguientes hedhos y

funda-mentos de derecho.

Hechos.

Primero.- La solicitud la basa en querer establecer en su

domicilio una guardería para cuidar los niños de los extranjeros.

Segundo.- Requerida, el día 13.06.1996, para que aporte a

la solicici las autorizaciones necesarias, así como la titulación

m-,ertura de la guardería, hasta el día de la fecha

no lasb11

Deeecho.

1 ,11/1992, de 26 de junio (B.O.E. del

:r ,-,lanencia en España de nacionales de

los

Comunidades Europeas,

modifica-..

de 5 de mayo, en su artículo

deben reunir las solicitudes de

taú. :T. - la, para realizar actividad

econó-miea

.)ietente para resolver la

pre-ed el artículo 9 del Real

o cae :lo

los requisitos establecidos

artícIlo, ya que carece de la titulación oficial

españo-ejene,cio de la actividad solicitada y de las

autorizacio-..;

Resuelvo: denegar la Tarjeta de Residencia Comunitaria

solicitada por doña Michele J. Gerst.

Notifíquese la presente resolución al interesado,

adverti-do de que la misma pone fin a la vía administrativa pudienadverti-do

interponer Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Canarias, en el plazo de DOS meses, contados a

partir del día siguiente al de la notificación, previa

notifica-ción a este Organismo según lo dispuesto en el artículo 110.3

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Admi-nistrativo Común, todo ello sin perjuicio del derecho que le

asiste de solicitar que sea sometido a examen del Servicio

Ju-rídico del Estado en la Provincia.

Comuníquese a la Comisaría Provincial de Policía para

notificación al interesado y efectos.

El Gobernador. Civil,

Heliodoro Rodríguez Segovia.

Lo que se publica en ese periódico oficial para que sirva de

notificación al interesado, conforme a lo previsto en el artículo

59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (B.O.E. n 2 285).

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de febrero de 1997.- El

Dele-gado del Gobierno, p.d., el Secretario General (Res. 23.4.97;

B.O.P. 30.4.97), Francisco Javier García de Madariaga.

515

DIRECCIÓN INSULAR DE LA

A

STRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

EN LA PALMA

EDICTO

6308

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la

Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a

don Jorge Sabas León Cabrera, con domicilio en la calle Uranio,

n2 13, de La Laguna (Tenerife), donde ha resultado imposible su

localización, la Resolución del Recurso Ordinario:

"La Dirección General de Política Interior, en uso de las

facultades en ella delegadas por el apartarlo noveno, n 2 1.2, de

la Orden de 6 de junio de 1996 (B.O.E, del día 7 de junio de

1996), ha resuelto desestimar el Recurso Ordinario interpuesto

por don Jorge Sabas León Cabrera, contra resolución de la

Delegación Insular del Gobierno en La Palma, de fecha 31 de

marzo de 1997, que se confirma en todas sus partes.

Lo que notifico reglamentariamente a Ud., advirtiéndole

que contra ésta resolución, que pone fin a la vía administrativa

(art. 109-a de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedi-miento Administrativo Común), puede interponer recurso

Con-tencioso-Administrativo ante el Tribunal correspondiente con

arreglo a lo dispuesto en los artículos 66 y 74 de la Ley

Orgáni-ca 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 57 de la Ley

38/1988, de 28 de diciembre de Demarcación y Planta Judicial,

en el plazo de DOS meses a contar desde el día siguiente a la

notificación".

La Resolución se encuentra a su disposición en la

Secre-taría General de esta Dirección Insular.

Santa Cruz de La Palma, a 18 de febrero de 1998.- La

Directora Insular de la A.G.E., Rosalía. Pérez Hernández.

(4)

SUBDELEGACIÓN DEL

GOBIERNO EN CÁDIZ

NOTIFICACIÓN POR MEDIO DE ANUNCIO

6309

En la unidad de infracciones administrativas de la Subdele-gación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de la Constitu-ción, n2 2 (11071-Cádiz), se encuentra el siguiente documento:

Pliego de cargos.

Expte.: 1998/1568 a nombre de: Sulamith Halupczok, Rahel Jamin. Los Terreros, s/n., 38410-Los Realejos.

Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Ad-ministrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 por cuanto no ha sido posible la notificación al interesado en el citado co-mo últico-mo domicilio conocido.

Cádiz, a 11 de mayo de 1998.- El Secretario General, An-tonio Fdez. Ruiz de Villegas.

1557

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Y HACIENDA

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Delegación de Santa Cruz de Tenerife

Unidad de Recaudación

ANUNCIO

6310

De conformidad con lo dispuesto en el art. 105.6 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, según la redac-ción dada por el artículo 28. Uno, de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y siendo desconocido el domicilio del deudor, sin que se haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentra pendiente de notificar los actos cuyo interesado, y procedimiento se relaciona:

N.I.F./C.I.F.

Nombre y apellidos

o razón social

Procedimiento Fase Órgano responsable

B-38057931 "Guaguas Tenerife, S.L." Notf. Providencia Embargo Recaudación

Subasta

A-38037842 "Jardines Canarios, S.A." Notf. Providencia Embargo Recaudación

Subasta

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados anteriormente, o sus representantes de-bidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de DIEZ días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, de LUNES a VIERNES, en horario de NUEVE a CATORCE horas, en la Depen-dencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. de Santa Cruz de Tenerife, sita en la Avda. José Antonio n2 6, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de junio de 1998.- El Jefe de la Dependencia de Recaudación, Manuel José del Pozo Bajo.

ANUNCIO DE SUBASTA

6311

El Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Santa Cruz de Tenerife.

Hace saber: que en el procedimiento de apremio por deudas a la Hacienda Pública que se sigue en la Unidad de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife contra la deudora Matilde Hernández Adrián, con N.I.F.: 42936677-R y domicilio en calle Las Toscas, Valle Guerra, 100, 38270-La Laguna y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley General Tributaria, en su redacción dada por Ley 25/95 de 20 de julio y en el artículo 146 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/90 de 20 de diciembre, B.O.E. 03-01-1991) y en ejecución de la diligencia de embargo de fecha 19-08-1997, y en uso de las facultades que me confieren la Resolución de 26 de abril de 1995, de la A.E.A.T., por la que se estructuran los órganos de Recaudación les son atribuidas competencias.

He acordado la venta en subasta pública del bien inmueble embargado de la deudora "Matilde Hernández Adrián", y cuya des-cripción se indica posteriormente, para hacer efectivos los débitos a la Hacienda Pública que a continuación se relacionan.

Deudas incluidas en la diligencia de embargo de fecha 19-08-1997 que se hallan pendientes de pago a esta fecha:

Clave liquidación Concepto Principal Recargo Ingr. cta.

A3860096010006291 ACTA INS. 1992 1.279.909 ptas. 255.982 ptas. 425.864 ptas.

(5)

---Clave liquidación

Concepto

Principal

Recargo

Ingr, eta,

A3860096010006313

ACTA INS. 1993

A3860096010006324

ACTA INS. 1994

1.262.294 ptas.

1.343.547 ptas.

252.459 ptas.

268.709 ptas.

Las tincas objeto de subasta responden de 5.495.525 ptas

de principal de la deuda, 1.099.105 ptas. de recargo de apremio,

(425.864 ptas. de ingresos a cuenta) y de los intereses de demora

y costas que se produzcan hasta la cancelación de la deuda.

La subasta se celebrará el próximo día DOS de julio de

1998, a partir de las DOCE horas en el Salón de Actos de la

Delegación de la A.E.A.T. de Santa Cruz de Tenerife, sita en

la Avda. José Antonio.

Descripción de los bienes embargados:

Lote único:

Diligencia de Embargo número: 389723001433G.

1.- Rústica: casa de dos plantas construida sobre una

par-cela de terreno de 10 áreas, señalado con el número 90 en el

camino de las Toscas de Abajo, donde dicen "Las Toscas" en

el pago de Valle Guerra, término municipal de La Laguna.

La planta baja se encuentra totalmente terminada, se

desti-na un salón que ocupa ciento setenta y seis y veintisiete

decíme-tros cuadrados, más un cuarto al fondo que ocupa quince medecíme-tros

cuadrados, una escalera interior que tiene trece metros y

veinti-cinco decímetros cuadrados, y la planta alta se destina a una

vi-vienda sin terminar, solo cerramiento exterior que ocupa ciento

cincuenta y un metros sesenta decímetros cuadrados; la escalera

interior ocupa lo mismo que en la planta anterior, la terraza y

pa-sillos exteriores ocupan setenta metros con siete decímetros

cua-drados; el inmueble se encuentra rematado en azotea, en donde

existe un cuarto lavadero que mide nueve metros cuadrados; el

resto queda para terreno. Linda todo: norte, finca de herederos

de don Felipe Barreto; este, de los esposos don Ángel

Apolina-rio Pérez González y doña Dominga Feliciana Pérez García; sur,

don Ramón Hernández Delgado; y oeste, camino de Las Toscas

de Abajo.

Finca urbana registral número 17.532, tomo 1.563, libro 163,

folio 7, inscrita en el Registro de la Propiedad de La Laguna 1.

Valor de tasación: 14.050.000 ptas.

Tipo subasta 1 1 licitación: 7.489.610 ptas.

Postura mínima admisible: 7.489.610 ptas.

Tipo subasta posible 2 2. licitación: 5.617.207 ptas.

Postura mínima admisible: 5.617.207 ptas.

Esta finca está gravada con una hipoteca a favor del Banco

Bilbao-Vizcaya, por un importe de 6.560.390 ptas., a fecha

27-08-1997.

Tipo de subasta

Valor de las pujas

De 5.000.001 a 10.000.000

100.000 ptas.

De 10.000.001 en adelante

250.000 ptas.

Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán

supo-ner un incremento mínimo de 100.000 ptas.

En cumplimiento de los citados preceptos se publica el

presente anuncio, advirtiendo a las personas que deseen tomar

parte en la subasta, que la misma se regirá por las siguientes

condiciones:

Condiciones para la subasta:

Primera.- Podrán tomar parte como licitadores en la

enajena-ción todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo

a derecho, no tengan impedimento o restricción legal y se

identifi-quen por medio de Documento Nacional de Identidad o pasaporte

y con documento que justifique, en su caso, la representación que

ostente.

Segunda.- Los licitadores deberán constituir ante la Mesa de

Subasta el preceptivo depósito de garantía, que será al menos el

20 por ciento del tipo de aquélla, dicho depósito se ingresará en

firme en el tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio del

remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirían

por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito

origi-ne la iorigi-nefectividad de la adjudicación.

Tercera.- La subasta se suspenderá en cualquier momento

anterior a la adjudicación del bien si se efectúa el pago de la

deu-da, intereses y costas del procedimiento.

Cuarta.- Las cargas gravámenes anteriores y referentes a los

de la Hacienda Pública quedarán subsistentes, sin aplicar a su

ex-tinción el precio del remate. Estas cargas y gravámenes que

afec-tan a los bienes inmuebles, son las siguientes:

1.- Las afecciones registrales.

Quinta.- El rematante tiene la obligación de entregar, en el

acto de la adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la

di-ferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación,

estando obligado a justificar el pago, exención o no sujeción de

los tributos que graven la entrega.

Sexta.- Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas

en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta, hasta una hora

an-tes del comienzo de ésta. Dichas ofertas, que tendrán el carácter

de máximas serán presentadas en el Registro General de la

Dele-gación de la A.E.A.T. de Santa Cruz de Tenerife, Avda. José

An-tonio, n9 6 y, deberán ir acompañadas con cheque conformado

ex-tendido a favor del Tesoro Público, por el importe del depósito

preceptivo, según se establece en el punto 2.

Séptima.- Los licitadores habrán de conformarse con los

títu-los de propiedad aportados al expediente, no teniendo derecho a

exigir otros, que podrán ser examinados en la Dependencia de

Re-caudación de la Delegación de la A.E.A.T. de Santa Cruz de

Tene-rife, hasta el día anterior al de la subasta, en horario de NUEVE a

CATORCE horas, de LUNES a VIERNES.

Octava.- Si quedara desierta la primera licitación, la Mesa

podrá optar por celebrar una segunda, anunciándolo de forma

in-mediata y serán admitidas proposiciones que cubran el nuevo tipo,

que será del 75 por ciento del tipo que haya servido en la primera.

Novena.- Cuando en la subasta no se hubiese cubierto la

deu-da y quedeu-dara el bien sin adjudicar, se llevará a cabo dentro del plazo

de SEIS meses, a contar desde el día de la celebración de la misma,

la venta mediante el procedimiento de gestión directa establecidos

en el art. 150 del Reglamento General de Recaudación. Sirviendo el

presente anuncio para las personas que, en su caso, pudieran estar

interesadas en dicha venta, que deberán dirigirse por escrito a esta

Delegación de la A.E.A.T., Avda. José Antonio, n 6 , Santa Cruz

de Tenerife, haciendo llegar en el plazo indicado, la oferta

corres-pondiente, especificando el importe ofrecido por el bien.

Advertencia: en virtud de lo que establece el artículo 146.4

del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1.684/1990 de 20

de diciembre, B.O.E. 3 de enero de 1991) se hace saber que: "En

el caso de deudores con domicilio desconocido, la notificación de

la subasta se entenderá efectuada, a los efectos legales, por

medio de su anuncio".

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de junio de 1998.- El Jefe de

la Dependencia de Recaudación, Manuel José del Pozo Bajo.

(6)

ANUNCIO DE SUBASTA

6312

El Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Santa Cruz

de Tenerife.

Hace saber: que en el procedimiento de apremio por deudas a la Hacienda Pública que se sigue en la Unidad de Recaudación de

Santa Cruz de Tenerife contra el deudor Juan Falero García, con N.I.F.: 42928811-R y domicilio en calle Las Toscas, Valle Guerra,

100, 38270-La Laguna y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley General Tributaria, en su redacción dada por

Ley 25/95 de 20 de julio y en el artículo 146 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/90 de 20 de diciembre, B.O.E.

03-01-1991) y en ejecución de la diligencia de embargo de fecha 19-08-1997, y en uso de las facultades que me confieren la Resolución

de 26 de abril de 1995, de la A.E.A.T., por la que se estructuran los órganos de Recaudación les son atribuidas competencias.

He acordado la venta en subasta pública del bien inmueble embargado del deudor "Juan Falero García", y cuya descripción se

indica posteriormente, para hacer efectivos los débitos a la Hacienda Pública que a continuación se relacionan.

Deudas incluidas en la diligencia de embargo de fecha 19-08-1997 que se hallan pendientes de pago a esta fecha:

Clave liquidación

M1702796380011056

A3860096010006291

A3860096010006302

A3860096010006313

A3860096010006324

A3860096010006335

Concepto

Principal

Sanción gubernativa

150.000 ptas.

ACTA INS. 1992

1.279.909 ptas.

ACTA INS. 1991

1.609.775 ptas.

ACTA INS. 1993

1.262.294 ptas.

ACTA INS. 1994

1.343.547 ptas.

ACTA INS. 1992

1.462.788 ptas.

Recargo

30.000 ptas.

255.982 ptas.

321.955 ptas.

252.459 ptas.

268.709 ptas.

292.558 ptas.

Ingr. cta.

425.864 ptas.

Las fincas objeto de subasta responden de 7.108.313

ptas. de principal de la deuda, 1.421.663 ptas. de recargo de

apremio, (425.864 ptas. de ingresos a cuenta) y de los

intere-ses de demora y costas que se produzcan hasta la cancelación

de la deuda.

La subasta se celebrará el próximo día DOS de julio'de

1998, a partir de las DIEZ horas en el Salón de Actos de la

Delegación de la A.E.A.T. de Santa Cruz de Tenerife, sita en

la Avda. José Antonio, n2 6.

Descripción de los bienes embargados:

Lote único:

Diligencia de Embargo número: 389723001432A.

1.- Urbana número dos.- Vivienda en la planta segunda,

del edificio sito en esta Ciudad, sin número de Gobierno, en el

camino de la Barranquera donde dicen "Mejías", en el pago de

Valle Guerra, con frente hacia la zona marítimo terrestre, a la

izquierda según de mira, al edificio de dicha zona. Tiene una

superficie de: sesenta y cuatro metros cincuenta decímetros

cuadrados, distribuidos en habitaciones y servicios. Linda:

frente, zona marítimo terrestre; izquierda, mirando, finca de

Jerónimo González García y patio; fondo, subsuelo del

cami-no de la barranquera; derecha, finca número tres y escalera de

acceso. Cuota: catorce centésimas.

Finca urbana registral número 208, tomo 1388, libro 5,

fo-lio 47, inscrita en el Registro de la'Propiedad de La Laguna 1.

Valor de tasación: 6.575.000 ptas.

Tipo subasta 1 2 licitación: 3.551.341 ptas.

Postura mínima admisible: 3.551.341 ptas.

Tipo subasta posible 2 2 licitación: 2.663.506 ptas.

Postura mínima admisible: 2.663.506 ptas.

Esta finca está gravada con una hipoteca a favor de la

Caja General de Ahorros de Canarias, por un importe de

3.023.659 ptas., a fecha 30-01-1998.

Tipo de subasta

Valor de las pujas

De 2.500.001 a 5.000.000

50.000 ptas.

De 5.000.001 a 10.000.000

100.000 ptas.

Partiendo de este tipo, las sucesivas posturas deberán

su-poner un incremento mínimo de 50.000 ptas.

En cumplimiento de los citados preceptos se publica el

presente anuncio, advirtiendo a las personas que deseen tomar

parte en la subasta, que la misma se regirá por las siguientes

condiciones:

Condiciones para la subasta:

Primera.- Podrán tomar parte como licitadores en la

ena-jenación todas las personas que tengan capacidad de obrar con

arreglo a derecho, no tengan impedimento o restricción legal y

se identifiquen por medio de Documento Nacional de

Identi-dad o Pasaporte y con documento que justifique, en su caso, la

representación que ostente.

Segunda.- Los licitadores deberán constituir ante la Mesa

de Subasta el preceptivo depósito de garantía, que será al

me-nos el 20 por ciento del tipo de aquélla, dicho depósito se

ingre-sará en firme en el tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el

precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que

incurrirían por los mayores perjuicios que sobre el importe del

depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

Tercera.- La subasta se suspenderá en cualquier momento

anterior a la adjudicación del bien si se efectúa el pago de la

deu-da, intereses y costas del procedimiento.

Cuarta.- Las cargas y gravámenes anteriores y referentes a

los de la Hacienda Pública quedarán subsistentes, sin aplicar a su

extinción el precio del remate. Estas cargas y gravámenes que

afectan a los bienes inmuebles, son las siguientes:

1.- Las afecciones registrales.

Quinta.- El rematante tiene la obligación de entregar, en el

acto de la adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la

diferencia entre el depósito constituido y el precio de

adjudica-ción, estando obligado a justificar el pago, exención o no

suje-ción de los tributos que graven la entrega.

Sexta.- Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas

en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta, hasta una hora

antes del comienzo de ésta. Dichas ofertas, que tendrán el

carác-ter de máximas serán presentadas en el Registro General de la

Delegación de la A.E.A.T. de S/C. de Tenerife, Avda. José

An-tonio n 6 y, deberán ir acompañadas con cheque conformado

extendido a favor del Tesoro Público, por el importe del depósito

preceptivo, según se establece en el punto 2.

Séptima.- Los licitadores habrán de conformarse con los

títulos de propiedad aportados al expediente, no teniendo

de-recho a exigir otros, que podrán ser examinados en la

(7)

Depen-dencia de Recaudación de la Delegación de la A.E.A.T. de

S/C. de Tenerife, hasta el día anterior al de la subasta, en ho-rario de NUEVE a CATORCE horas, de LUNES a VIERNES.

Octava.- Si quedara desierta la primera licitación, la Me-sa podrá optar por celebrar una segunda, anunciándolo de for-ma inmediata y serán admitidas proposiciones que cubran el nuevo tipo, que será del 75 por ciento del tipo que haya servi-do en la primera.

Novena.- Cuando en la subasta no se hubiese cubierto la deuda y quedara el bien sin adjudicar, se llevará a cabo dentro del plazo de SEIS meses, a contar desde el día de la celebra-ción de la misma, la venta mediante el procedimiento de ges-tión directa establecidos en el art. 150 del Reglamento Gene-ral de Recaudación. Sirviendo el presente anuncio para las personas que, en su caso, pudieran estar interesadas en dicha venta, que deberán dirigirse por escrito a esta Delegación de la A.E.A.T., Avda. José Antonio n5 6 , Santa Cruz de Tenerife, haciendo llegar en el plazo indicado, la oferta correspondien-te, especificando el importe ofrecido por el bien.

Advertencia: en virtud de lo que establece el artículo 146.4 del Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/1990 de 20 de diciembre, B.O.E. 3 de enero de 1991) se hace saber que: "En el caso de deudores con domicilio desco-nocido, la notificación de la subasta se entenderá efectuada, a los efectos legales, por medio de su anuncio".

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de junio de 1998.- El Jefe de la Dependencia de Recaudación, Manuel José del Pozo Bajo.

MINISTERIO DE TRA 4 AJO

Y ASUNTOS SOCIALES

Instituto Nacional de Empleo de Santa Cruz de Tenerife Sección de Servicios Técnicos

NOTIFICACIÓN 6313

Se ha intentado a través del Servicio de Correos, notificar a las empresas que se relacionan, la Resolución dictada por el Director Provincial del INEM, concediendo la subvención por la contratación de trabajadores fijos.

Se advierte a las empresas, que la Resolución dictada, agota la vía administrativa, pudiendo los interesados interpo-ner Recurso Contencioso-Administrativo.

Empresa: Alured, S.L.- C.I.F./N.I.F.: B-38434577.- Tra-bajador contratado: Juan J. Chico del Pino.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de febrero de 1998.- El Jefe de la Sección de Servicios Técnicos, Pedro Ramos Suárez.

Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Santa Cruz de Tenerife

ANUNCIO 6314

Examinados los antecedentes que obran en el expediente de Contingente 97 para trabajadores extranjeros no comunita-rios número 359/97, relativo a la oferta de empleo a nombre de A.B.C. Properties, S.L., con domicilio en Avda. Marítima, s/n., Santiago del Teide, a favor de la ciudadana de

nacionali-dad húngara, doña Anna María Racz, con número de pasapor-te PN 865915.

La Directora Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, de conformidad con lo dispuesto en el Acuer-do de Consejo de Ministros de 24 de enero de 1997, por el que se fija el contingente de autorizaciones para el empleo de ciuda-danos extranjeros no comunitarios en el año 1997 (B.O.E. de 5 de febrero de 1997).

Acuerda: desestimar la solicitud nominativa formulada por usted el día 31 de octubre de 1997, según la Resolución de 12 de marzo de 1997, por la que se dictan instrucciones gene-rales sobre la determinación de un contingente de autorizacio-nes para el empleo de trabajadores extranjeros no comunita-rios en el año 1997 y el procedimiento para su cobertura (B.O.E. de 8 de abril), en base a:

Que existen demandantes de empleo inscritos.en el I.N.E.M., en la categoría laboral solicitada. (Instrucción quin-ta-2, Resolución de 12.03.1997).

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, po-drá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de DOS meses contados a partir de la notificación, previa comunicación de la interposición del recurso a esta Oficina de Extranjeros.

Notifíquese el presente documento a la empresa, de confor-midad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/92, de 6 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Directora Prov. de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, María Isabel Oñate Muñoz.

Lo que se publica en este periódico oficial para que sirva de notificación a la interesada, conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. n5 285).

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de febrero de 1998.- El Dele-gado del Gobierno, p.d., el Secretario General (Res. 23.04.97-B.O.P. 30.04.97), Francisco Javier García de Madariaga.

479

ANUNCIO 6315

Examinados los antecedentes que obran en el expediente de Contingente 97 para trabajadores extranjeros no comunitarios número 308/97, relativo a la oferta de empleo a nombre de Kit Shing Wan, con domicilio en calle Barranquillo, 16, Los Cristia-nos-Arona, a favor del ciudadano de nacionalidad china, don Mingli Duan, con número de pasaporte 143267799.

La Directora Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, de conformidad con lo dispuesto en el Acuer-do de Consejo de Ministros de 24 de enero de 1997, por el que se fija el contingente de autorizaciones para el empleo de ciuda-danos extranjeros no comunitarios en el año 1997 (B.O.E. de 5 de febrero de 1997).

Acuerda: desestimar la solicitud nominativa formulada por usted el día I de septiembre de 1997, según la Resolución de 12 de marzo de 1997 por la que se dictan instrucciones generales sobre la determinación de un contingente de'autorizaciones para el empleo de trabajadores extranjeros no comunitarios en el año 1997 y el procedimiento para su cobertura (B.O.E. de 8 de abril), en base a:

Que existen demandantes de empleo inscritos en el I.N.E.M., en la categoría laboral solicitada. (Instrucción quinta-2, Resolución de 12.03.1997).

(8)

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Jus-ticia de Canarias, en el plazo de DOS meses contados a partir de la notificación, previa comunicación de la interposición del re-curso a esta Oficina de Extranjeros.

Notifíquese el presente documento a la empresa, de confor-midad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/92, de 6 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Directora Prov. de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, María Isabel Oñate Muñoz.

Lo que se publica en este periódico oficial para que sirva de notificación a la interesada, conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. n2 285).

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de febrero de 1998.- El Dele-gado del Gobierno, p.d., el Secretario General (Res. 23.04.97-B.O.P. 30.04.97), Francisco Javier García de Madariaga.

480

ANUNCIO 6316

Examinados los antecedentes que obran en el expediente de Contingente 97 para trabajadores extranjeros no comunita-rios número 300/97, relativo a la oferta de empleo a nombre de Reinhold Alfons Hoeg, con domicilio en calle Ruiz de Pa-drón, 48, San Sebastián de La Gomera, a favor del ciudada-no/a de nacionalidad tunecina, Habiba Mrabet, con número de pasaporte L-498811.

La Directora Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de enero de 1997, por el que se fija el contingente de autorizaciones para el empleo de ciudadanos extranjeros no comunitarios en el año 1997 (B.O.E. de 5 de febrero de 1997).

Acuerda: desestimar la solicitud nominativa formulada por usted el día 20 de agosto de 1997, según la Resolución de 12 de marzo de 1997 por la que se dictan instrucciones generales sobre la determinación de un contingente de autorizaciones para el empleo de trabajadores extranjeros no comunitarios en el año 1997 y el procedimiento para su cobertura (B.O.E. de 8 de abril), en base a:

Falta de acreditación de motivos personales o familiares que la justifiquen (instrucción quinta-3, Resolución 12.03.1997). Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, po-drá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de DOS meses contados a partir de la notificación, previa comunicación de la interposi-ción del recurso a esta Oficina de Extranjeros.

Notifíquese el presente documento a la empresa, de con-formidad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/92, de 6 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Directora Prov. de Trabajo, Seguridad Social y Asun-tos Sociales, María Isabel Oñate Muñoz.

Lo que se publica en este periódico oficial para que sirva de notificación a la interesada, conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. n2 285).

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de febrero de 1998.- El Dele-gado del Gobierno, p.d., el Secretario General (Res. 23.04.97-B.O.P. 30.04.97), Francisco Javier García de Madariaga.

481

ANUNCIO 6317

Examinados los antecedentes que obran en el expediente de Contingente 97 para trabajadores extranjeros no comunitarios número 261/97, relativo a la oferta de empleo a nombre de C.B. Carriages, con domicilio en Urb. Águilas del Teide, Res. Tinga-day, 2, Arona, a favor de la ciudadana de nacionalidad ecuatoria-na, doña Sandra Rodríguez Yandún, con número de pasaporte DM 14043.

La Directora Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, de conformidad con lo dispuesto en el Acuer-do de Consejo de Ministros de 24 de enero de 1997, por el que se fija el contingente de autorizaciones para el empleo de ciuda-danos extranjeros no comunitarios en el año 1997 (B.O.E. de 5 de febrero de 1997).

Acuerda:

Desestimar la solicitud nominativa formulada por usted el día 4 de julio de 1997, según la Resolución de 12 de marzo de 1997 por la que se dictan instrucciones generales sobre la deter-minación de un contingente de autorizaciones para el empleo de trabajadores extranjeros no comunitarios en el año 1997 y el pro-cedimiento para su cobertura (B.O.E. de 8 de abril), en base a:

Que existen demandantes de empleo inscritos en el I.N.E.M.,

en la categoría laboral solicitada. (Instrucción quinta-2, Resolu-ción de 12.03.1997).

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Jus-ticia de Canarias, en el plazo de DOS meses contados a partir de la notificación, previa comunicación de la interposición del re-curso a esta Oficina de Extranjeros.

Notifíquese el presente documento a la empresa, de confor-midad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/92, de 6 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Directora Prov. de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, María Isabel Oñate Muñoz.

Lo que se publica en este periódico oficial para que sirva de notificación a la interesada, conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. n2 285).

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de febrero de 1998.- El Dele-gado del Gobierno, p.d., el Secretario General (Res. 23.04.97-B.O.P. 30.04.97), Francisco Javier García de Madariaga.

482

II. ADIVII

ZIÓN DE LA

COMUN1)13:

k

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA

Y HACIENDA

Tesorería Insular de Tenerife Recaudación Ejecutiva

EDICTO 6318

De acuerdo con lo previsto en el apartado 6 del artículo 105 de la Ley General Tributaria, en relación a los

(9)

procedi-Nombre del deudor N.I.F.I C.I.F. N°. de procedimiento Lugar de comparecencia

Nombre del deudor N.I.F./ C.I.F. N°. de procedimiento Lugar de comparecencia

Sergio Olegario Burguener Nicola 42095442Z

93102095

Cf Imeldo Serís N° 57 5' Planta, Santa Cruz de Tenerife,

A.V. 2, S.L. 838077897 93102101

CI Imeldo Serís N° 57 5' Planta. Santa Cruz de Tenerife. mientos administrativos de apremio tramitados por esta Tesore-ría Insular contra los deudores que aquí se relacionan, intentada la notificación personal de las diligencias por las que se realizan los embargados de los vehículos de los que son titulares, sin que se haya podido realizar al no habérseles localizado, se les cita para que en el plazo de DIEZ días, contados a partir del siguien-te a aquél en que se publique essiguien-te anuncio, comparezcan, bien personalmente, bien mediante representante, en las sedes de las Tesorerías Insular de la Consejería de Economía y Hacienda co-rrespondientes al último domicilio conocido.

Interesados, números de los procedimientos administrati-vos de apremio que se tramitan y lugares de comparecencia a efectos de su notificación.

Nombre del deudor Roberto Manuel Ar nay González N.I.F,/ C.I.F. 43607437N

N°. de procedimiento .„ 93/01551

Lugar de comparecencia Cl Imeldo Serís N° 57 5' Planta. Santa Cruz de Tenerife.

N°. de procedimiento

95100392

Lugar de comparecencia c/ Imeldo Serís N° 57 5 Planta. S/C de Tenerife Nombre del deudor Intercanarias Rent a Car

N.I.F./ C.I.F. A38015079

N°. de procedimiento 96/02894

Lugar de comparecencia cl Imeldo Serís N° 57 5 Planta, SIC de Tenerife Nombre del deudor Viajes Torviscas, S,A,

N.I.F.1 C.I F A38252490

N°. de procedimiento 95/11294

Lugar de comparecencia cl lmeldo Serís N° 57 5 Planta. SIC de Tenerife Nombre del deudor Mecanica Marítima Terrestre S, C.L.

N.I.F.I C,I.F, F38093605

N°. de procedimiento 95100201

Lugar de comparecencia c/ Imeldo Serís N° 57 5 Planta. SIC de Tenerife Nombre del deudor C.B. Riegos Sur Canarias

N.I.F.I C.I.F. E38270849

N°. de procedimiento 95/08790

Lugar de comparecencia c/ lmeldo Serís N° 57 5 Planta. SIC de Tenerife Nombre del deudor José Hernández Sierra, S.L.

N.I.F.I C.I.F. 838260311

N°. de procedimiento 95/09164

Lugar de comparecencia cl Imeldo Serís N° 57 5 Planta. SIC de Tenerife

Nombre del deudor..„„, Juan José González Pérez N.I.F.I C,I.F. 78382579M N°. de procedimiento 94101337

Lugar de comparecencia C/ Imeldo Serís N° 57 5' Planta. Santa Cruz de Tenerife. En Santa Cruz de Tenerife, a 3 de junio de 1998.- El Te-sorero Insular, Rafael Díez Folgueras.

EDICTO 6319

De acuerdo con lo previsto en el apartado 6 del artículo 105 de la Ley General Tributaria, en relación a los procedi-mientos administrativos de apremio tramitados por esta Teso-rería Insular contra los deudores que aquí se relacionan, inten-tada la notificación personal de las diligencias por las que se realizan los embargados de los derechos de crédito de los que son titulares, sin que se haya podido realizar al no habérseles localizado, se les cita para que en el plazo de DIEZ días, con-tados a partir del siguiente a aquél en que se publique este anuncio, comparezcan, bien personalmente, bien mediante re-presentante, en las sedes de las Tesorerías Insular de la Conse-jería de Economía y Hacienda correspondientes al último

do-. micilio conocido.

Interesados, números de los procedimientos administrati-vos de apremio que se tramitan y lugares de comparecencia a efectos de su notificación.

Nombre del deudor Decor Centro, S.A.

N.I.F./ C.I.F. A38011128

N°. de procedimiento 95/00983 •

Lugar de comparecencia cl Imeldo Serís N° 57 5 Planta. S/C de Tenerife Nombre del deudor Hijos de Julian Saenz, S.A.

N.LF.1 C.I.F. A38016143

Nombre del deudor Informatica Tenerife, C.B.

N.LF.1C.1 F E38236667 •

N°. de procedimiento 95/09486

Lugar de comparecencia cl Imeldo Serís N° 57 5 Planta, S/C de Tenerife Nombre del deudor Alfa Construcciones y Contratas

N.I.F./ C.I.F. 638242558

N°. de procedimiento 95/08794

Lugar de comparecencia cl Imeldo Sedo N° 57 5 Planta, SIC de Tenerife En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de mayo de 1998.- El Tesorero Insular, Rafael Díez Folgueras.

1612

EDICTO 6320

Intentada la notificación personal del acto por el que se acuerda la localización, captura, depósito y precinto de los ve-hículos embargados a los deudores que aquí se indican sin que ésta se haya podido realizar por no habérseles podido locali-zar, se procede a dar conocimiento de la misma mediante edicto que se publica en el BOLETÍN OFICIAL de esta Pro-vincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corres-ponda, todo ello de conformidad con lo establecido en el ar-tículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común al que se remite el art. 103.3 del R.D. 1.648/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Re-glamento General de Recaudación.

Ponemos en conocimiento de los deudores contra los que se dirige este acto que el Excmo. Sr. Subdelegado Provincial del Gobierno, a instancia de esta Tesorería Insular, ha dado tras-lado a la Guardia Civil de Tráfico el mandamiento de localiza-ción, captura, depósito y precinto de los vehículos que le fueron

(10)

embargados previniéndoles de que, todos los gastos que se pu-dieren derivar del precinto, guardia y custodia de tales vehícu-los correrán de su cuenta.

Datos de los deudores y de los vehículos:

Nombre Juan Francisco Rodríguez Yanes N.I.F./ C.I.F: 4199041 IR

N°. expte : 93100418

Vehículos.,,: TF-5297-N 1 TF-7853-AG

Nombre La Alternativa Rent a Car, S.A. N.I.F.I C.I.F: 838052619

N°. expte : 93/01089

Vehículos,, : TF-9687-V I TF-8356-AC / TF-9688-V 1 TF-8519-AC / TF-1321-W / TF-9686-V

Nombre José Ventura García López N.I.F./ C.I.F: 42145577D

N°. expte : 94/01168

Vehículos : TF-7605-AN I TF-065226

Nombre Amarilla Bay, S.L. N.I.F.I C.I.F: 838048187 N. expte : 95103939

Vehículos.,,: TF-1042-W / TF-8447-U 1 TF-048041 TF-8080-U

Recursos: contra este acto de busca y captura se podrán in-terponer los recursos que a continuación se indican:

1°) Recurso de Reposición, en el plazo de QUINCE días ante la Tesorería Insular.

2°) Reclamación Económico-Administrativa, en el plazo de QUINCE días ante:

A) Los órganos económico-administrativos del estado cuando se trate de tributos cedidos.

B) Los órganos económico-administrativos de la Comuni-dad Autónoma de Canarias, cuando se trate de tributos propios y recursos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

No se podrán simultanear ambos recursos.

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso sólo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.

38) Una vez enervada la vía administrativa, se podrá inter-poner el Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias hasta tanto no se creen los Juzgados de este mismo or-den jurisdiccional y en el plazo establecido en el art. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, de 27 de di-ciembre de 1956.

En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 1998.- El Te-sorero Insular, Rafael Díez Folgueras.

1383

ANUNCIO

6321

El Tesorero Insular de Tenerife de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Hace saber: no habiéndose podido notificar personalmente a los deudores, por ser ausentes en sus domicilios, las liquidaciones giradas por la Comunidad Autónoma de Canarias, se procede a efectuar la presente publicación indicando los conceptos, sujetos, domicilios, ejerci-cios e importes correspondientes a las liquidaciones que a continuación se relacionan, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Conforme establece el artículo 156 de la Ley General Tributaria, "la Administración rectificará en cualquier momento, de oficio o a ins-tancia del interesado, los errores materiales o de hecho y los aritméticos, que se produjesen en vía de gestión recaudatoria, siempre que no hu-biesen transcurrido CINCO años desde la fecha de la presente recepción".

Plazos para efectuar el ingreso:

a) Las liquidaciones notificadas en la PRIMERA QUINCENA de cada mes, podrán ser satisfechas hasta el día CINCO del mes siguien-te o el inmediato hábil possiguien-terior.

b) Las liquidaciones notificadas en la SEGUNDA QUINCENA del mes, podrán ser satisfechas hasta el día VEINTE del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

De no verificarse el correspondiente ingreso dentro del plazo establecido, se expedirá Certificación de Descubierto para su exacción por la vía de apremio (artículo 97 del R.G.R.).

Modo de ingreso: en la Caja de la Tesorería Insular (Plaza de Santo Domingo), en metálico o cheque conformado y nominativo, Gobier-no de Canarias, Tesorería Insular de la C.A.C.

Solicitud de aplazamientos-fraccionamientos:

Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en período voluntario. La presentación de estas solicitudes se efectuará en la Tesorería Insular del territorio en que deba efectuarse el pago.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de abril de 1997.- El Tesorero Insular, Rafael Díez Folgueras.

MUNICIPIO DE: N° LIQUIDACION

ADEJE

SUJETO PASIVO DOMICILIO CONCEPTO CUOTA SANCION TOTAL

38600 96 385 10002149 038253175 CONSTRUCCIONES JOROBE,S.L. CL POSTURA 5 385 SANCIONES CONSEJERIA DE TRABAP 50.100 0 50.100

MUNICIPIO DE: ARONA

LIQUIDACION SUJETO PASIVO DOMICILIO CONCEPTO CUOTA SANCION TOTAL

(11)

MUNICIPIO DE: GUJA ISORA

80 LIQUIDACION SUJETO PASIVO DOMICILIO CONCEPTO CUOTA SANCION TOTAL

38600 97 398 10001771 419260107 AFONSO GONZALEZ ANTONIO NO RTE 13 398 SANCIONES CONSEJERIA TRANSPOR 50.000 50.000

MUNICIPIO DE: LAGUNA

N' LIQUIDACION SUJETO PASIVO DOMICILIO CONCEPTO CUOTA SANCION TOTAL

38600 94 398 10005968 38600 95 398 10011589 38600 96 386 10001221 3E3600 96 388 10001239 38800 96 398 10096268 38800 96 398 10008616 36600 97 385 10090127 38600 97 386 10000080 38600 97 386 10000244 38600 97 388 10000269 38600 97 386 10000493 38600 97 386 10009625 38100 97 398 10000694

A30239000 TEN ASFALTOS

419056002 GONZALEZ GOMEZ, FAUSTINO M. 42028059K ZAMORA ACOSTA JOSE MIGUEL 42028059K ZAMORA AGOSTA JOSE MIGUEL 429305279 GONZALEZ GONZALEZ CARLOS 42927956C GONZALEZ VIERA JUAN FRANCISCO 1338203261 CONSTRUCCIONES CRUZ GOYA,SL 420280596 ZAMORA ACOSTA JOSE MIGUEL 4202805914 ZAMORA ACOSTA JOSE MIGUEL 42028059K ZAMORA ACOSTA JOSE MIGUEL 429387176 GONZÁLEZ REYES, EVARISTO 4202805911 ZAMORA ACOSTA JOSE MIGUEL 419108349 MENDEZ HERNANDEZ, CONCEPCION

CL .SORONDONG0,6 UR CERCADO MESA, 3 CM 0.0E LAS GAVIAS 12 CM 0.00 LAS GAVIAS 12 CL LAS GAVIAS 119 PL AZA SAN CRISTIBAL,22.113 TA BARES DE CALA 74 CM 0.09 LAS GAVIAS 12 CM 0.06 LAS GAVIAS 12 CM 0.DE LAS GAVIAS 12 PL Z. DE SAN CRISTOBAL 1428 CM 0.DE LAS GAVIAS 12

SA N NICOLAS N 8.- TACO: SAN MATIAS

390 SANCIONES CONSEJERIA TRANSPOR 390 SANCIONES CONSEJERIA TRANSPOR 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 386 SANCIONES DE IA CONSEJERIA DE U 398 SANCIONES CONSEJERIA TRANSPOR 398 SANCIONES CONSEJERIA TRANSPOR 365 SANCIONES CONSEJERIA DE TRABAJI 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 380 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 398' SANCIONES CONSEJERIA TRANSPOR

50.000 410.000 2.100.000 3.000.000 50.000 50.000 50.100 3.000.000 100.000 15.000 1.000.000 1.200.000 50.000 80.000 410.000 2.100.000 3.000.000 50.000 50.000 50.100 3.000.000 100.000 15.000 1.000.000 1.200.000 50.000 MUNICIPIO DE: LOS REALEJOS

N' LIQUIDACION SUJETO PASIVO DOMICILIO CONCEPTO CUOTA SANCION TOTAL

38000 96 385 10002366 78347074N CABRERA GONZALEZ JESUS CT RA ATRAVESADO 385 SANCIONES CONSEJERIA DE TRABAJI 50.100 50.100

3E600 96 398 10008559 91723160 HOST. DIETER GROLLMUG CA WAVERAS 2-ROMÁNTICA II 398 SANCIONES CONSEJERA TRANSPOR 100.000 100.000

MUNICIPIO DE: PUERTO CRUZ

N. LIQUIDACION SUJETO PASIVO DOMICILIO CONCEPTO CUOTA SANCION TOTAL

38600 95 39 0001263 MUNICIPIO DE:

938291753 CIARCA S.L. SAUZAL

AV VENEZUELA,G YANES BARRER) N°11 397 SANCIONES CONSEJERIA DE TURISM , 0 5.000 5.000

LIQUIDACION SUJETO PASIVO DOMICILIO CONCEPTO CUOTA SANCION TOTAL

38600 97 386 10001378 938297255 COMERCIAL AXAMO, S.L. RE AL OROTAVA IRAS CEPSA 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 50.000 0 50.000 MUNICIPIO DE: STA CRUZ TENERIFE

N' LIQUIDACION SUJETO PASIVO DOMICILIO CONCEPTO CUOTA SANCION TOTAL

38600 96 398 10008833 38800 97 385 10000344 38600 97 386 10000447 38600 97 386 10000550 38600 97 38ó 10000671 30600 97 386 10001030 38600 97 386 100013115 MUNICIPIO DE: N' LIQUIDACION 38500 97 398 10003570

43773259E MARTIN ALVAREZ CARLOS ENRIQUE 9313285979 AMERCA, S.L.

418974960 LLANOS DOMINGUEZ FRANCISCO 420811729 SANCHEZ MARTIN, CRISTOBAL J. 41897496Y LLANOS DOMINGUEZ FRANCISCO 420811721 SÁNCHEZ MARTIN, CRISTOBAL J. 418974960 LLANOS DOMINGUEZ FRANCISCO

VICTORIA ACENTEJO SUJETO PASIVO

41870504F MARTIN MARTIN, CANDELARIO

FI NCA MIRAMAR M.JIMENEZ C/ .HELIODORO RGUEZ.GLEZ.14-4 AM ADIS, 8 SA LUD ALTO, 17, P2-9 AM ADIS, SA LUD ALTO, 17, P243 AM ADIS, 8 DOMICILIO CT RA VIEJA 9

398 SANCIONES CONSEJERIA TRANSPOR 385 SANCIONES CONSEJERIA DE TRABAJI 306 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U' 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE L/ 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE U 386 SANCIONES DE LA CONSEJERIA DE IJ CONCEPTO

398 SANCIONES CONSEJERIA TRANSPOR 5.000 80.000 115.000 50.000 50.000 1.600.000 50.050 CUOTA 0 SANCION 250.000 5.000 80.000 115.000 50.000 50.000 1.600.000 50.000 TOTAL 250.000 1360

CONSEJERÍA DE EMPLEO

Y ASUNTOS SOCIALES

Dirección Territorial de Trabajo de Santa Cruz de Tenerife

Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación CONVENIO

6322

Ref.: C.N. 246.

Código Convenio: 3800634.

Visto el texto del Convenio Colectivo de Sector de Em-paquetado de Plátanos de La Palma, recibido en esta Direc-ción Territorial de Trabajo, suscrito por la representaDirec-ción em-presarial y la de los trabajadores y de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo_2,b) del Real Decreto 1.040/81 de 22 de mayo (B.O.E. 6.6.81) so-bre registro de Convenios Colectivos de Trabajo, competencia transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 1.033/84, de 11 de abril (B.O.E. 1.6.84) y Decreto 329/95, de 24 de noviembre (B.O.C. 15.12.95).

Esta Dirección Territorial de Trabajo, acuerda:

12.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección Territorial de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.

r.- Interesar su publicación en el, BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de enero de 1998.- El Di-rector Territorial de Trabajo, Francisco J. Tejera Jordán.

(12)

TEXTO DEL CONVENIO DEL SECTOR DE

EMPA-QUETADOS DE PLÁTANOS PARA LA ISLA DE LA

PAL-MA Y PARA EL AÑO 1997.

CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1.- Ámbito Territorial, Funcional, Personal y

Tem-poral.

1.1. Ámbito Territorial.

El presente Convenio Colectivo afecta a todas las Empresas

del Sector de empaquetado de plátanos de la isla de La Palma.

1.2. Ámbito Funcional.

El presente Convenio Colectivo afecta a todas las empresas

de empaquetados de plátanos para la isla de La Palma, cuyas

re-laciones laborales se rigen por:

a) Por el texto del presente Convenio Colectivo.

b) Por la Normativa General de aplicación.

1.3. Ámbito Personal.

Las normas que se establecen en este Convenio Colectivo,

afectarán a los productores que trabajan por cuenta de dichas

empresas y los que ingresen en éstas durante su vigencia.

1.4. Ámbito Temporal.

Este Convenio Colectivo entrará en vigor a todos los

efec-tos desde el día 1 de noviembre de 1997 y se extenderá hasta el

31 de diciembre del mismo año, comenzándose a aplicar

obliga-toriamente al día siguiente de su firma, con independencia y

cualquiera que sea la fecha de su registro y publicación en el

BOLETÍN OFICIAL de la Provincia que corresponda.

El pacto se entenderá técnicamente prorrogado de año en

año si no fuere denunciado por alguna de las partes firmantes de

este Convenio Colectivo, de acuerdo con las disposiciones

vi-gentes, enviando copia de la comunicación de la denuncia a la

Dirección Territorial de Trabajo y a la otra parte.

En el supuesto que no se denunciase y se prorrogase

con-forme a lo establecido en el punto anterior. La tabla salarial y los

demás conceptos económicos, serán obligatoriamente revisados

en períodos anuales, (enero a diciembre), y a tal efecto, se

reuni-rán las partes firmantes con el fin de establecer los nuevos

con-ceptos económico-salariales, dentro de los tres primeros meses

de cada año natural.

Artículo 2.- Unicidad.

El presente Convenio Colectivo, constituye un todo

orgáni-co y las partes quedan mutuamente vinculadas al cumplimiento

de su totalidad. Si la autoridad competente no apreciara legal,

al-guna de sus cláusulas en su actual redacción, las partes deberán

reunirse para considerar si cabe modificarlas, manteniendo la

vi-gencia del resto del articulado o si, por el contrario, la

modifica-ción del tal o tales cláusulas obliga a revisar la totalidad del texto

del Convenio.

Artículo 3.- Compensación y absorción.

Las disposiciones futuras que impliquen variaciones

eco-nómicas en todo o en alguno de los conceptos retributivos,

úni-camente, tendrán eficacia práctica, si globalmente consideradas,

superan el nivel alcanzado por el Convenio presente y sólo en lo

que exceda del referido nivel. En caso contrario, se consideran

absorbidas por las mejoras que pudieran pactarse, salvo lo

dis-puesto en lo relativo al plus de distancia y dietas.

Artículo 4.- Normas complementarias o subsidiarias.

En lo no previsto en este Convenio Colectivo se estará a lo

dispuesto en las Normas Laborales de general aplicación.

No obstante lo anterior, se respetarán en su conjunto y en

cómputo anual las condiciones más favorables y beneficiosas

para los/as trabajadores/as. Y todos aquellos derechos que

ven-gan disfrutando actualmente. También y pese a ser subsidiarias

la Legislación Laboral de aplicación general, se mantendrán los

derechos que sean más favorables a los/as trabajadores/as y

pre-visto en las Reglamentaciones y Ordenanzas anteriores a la

ac-tual Legislación Laboral común.

CAPÍTULO II.

Artículo 5.- Estructura salarial y retribuciones.

5.1.- Definición de salario.

Tendrán la consideración legal de salario las percepciones

económicas de los/as trabajadores/as por la prestación

profesio-nal de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el

trabajo efectivo o los períodos de descanso computables como

de trabajo.

No tendrán la consideración legal de salario, las cantidades

percibidas por el/a trabajador/a por los siguientes conceptos:

a) Indemnizaciones o suplidos que hubieran de ser

realiza-dos por el/a trabajador/a, como consecuencia de su actividad

la-boral.

b) Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.

c) Indemnizaciones correspondientes a traslados,

suspen-siones o despidos.

5.2.- Estructura del salario.

La estructura del salario aplicable a los/as trabajadores/as

afectos al presente Convenio será la siguiente:

a) Salario Base: es la retribución fijada por unidad de

tiem-po o unidad de obra.

b) Complementos salariales: es la retribución fijada, entre

otras, en función de las circunstancias siguientes:

* Personales, tales como la antigüedad.

* Al trabajo realizado, tales como los derivados del puesto

de trabajo (nocturnidad, penosidad, peligrosidad, toxicidad,

tur-nicidad, responsabilidad, dedicación, disponibilidad, etc...), y a

los derivados de la cantidad o calidad del trabajo (primas,

incen-tivos, pluses de actividad, asistencia, horas extraordinarias,

etc...).

* Según la situación y resultados de la empresa (beneficios,

etc...).

c) Gratificaciones extraordinarias: los/as trabajadores/as

afectos al presente Convenio, tienen derecho al menos a

dos-pa-gas extraordinarias y que coincidirán con julio y diciembre

se-gún se desarrolla en el Art. 62 punto 1 2.

d) Retribución de los períodos de descanso computables

como de trabajo: para aquellos/as trabajadores/as que la

retribu-ción correspondiente a la parte proporcional de domingos,

festi-vos y vacaciones no sea disfrutada por tiempo efectivo, la

em-presa deberá retribuir estos conceptos dentro de la estructura

salarial.

Tienen carácter consolidable todos los complementos

sala-riales excepto los fijados en función del trabajo realizado,

respe-tándose los posibles derechos adquiridos de los/as trabajadores/as

anteriores a la firma del presente Convenio.

En lo referente a la valoración económica de todos los

con-ceptos anteriores, que se regularán en Convenio Colectivo de

ámbito inferior, en ningún caso se rebajará de lo establecido en

este Convenio Colectivo.

e) Complementos no salariales: como compensación de los

gastos originados para asistir o realizar el trabajo, tales como

desplazamientos, dietas, transportes, las empresas abonarán a sus

trabajadores/as un complemento cuya cuantía y criterio se

deter-minará en los Convenios de ámbito inferior al presente, excepto

aquéllos que se regulen en este Convenio.

5.3.- El recibo del salario.

El empresario tiene la obligación de facilitar al/a

trabaja-dor/a junto con el salario un recibo del mismo que se ajustará

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