• No se han encontrado resultados

Estatutos del Club de Señoras

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2020

Share "Estatutos del Club de Señoras"

Copied!
24
0
0

Texto completo

(1)e-:'¿£j¿2L¿£. -é.. v. .. «■',. .~*~*. :. frm ^■1. f¥ ,'■*'.. i**--. ín ':. r-*a. 5&. •*-". ;¿. -. IV- i'.. *. fí*. !.-■. "F •í*. -**■■. "=. .:+'■. ->*l. ./"VI. -i. ' •. rc ,¿í\. .<s. -. •:. '*■*•.. H# y. -■. '? '-'. ■^--- "-.. VI ■¿. >1. 75. *r.',. —. !¿&?M!&. •. ''V: '^.-. .r*. 3^vr!W;^. -. i-'.X. ^. «■*. -í-. .. ..-a°:. í.v. &. :*■■. <*-. -. "r^B-i-J. s*í-. ^^. •r:*-- -JSE.V f*v. ¿^ A'-. -•»*. vé. r»*-'.. m.;. V.. 7&\. -,.r-J. ■. ?•}-* ^_*-_. -. ^. *s. ■:. ;,c4. ^. ¿■J^'-\Ve!. ■■ ^. í-AfS 17'. -'. ._. li. ^_^.. vií..j. >tf rn.;. %*■ ,«--?.'. i-lj. rv. .r>¡. iT*A .'. *.. ^f^&lif. *. *<*-¿# >. 5^. 1r. -".e. !-,->2. E-^fe?7T. 0-. HT.. ^. ■&_VT.. -.<^\ V\. J. -. V<^. r ..'. ■-^■i. ?*." 1>¿*r^. :3^í )*■*. S-:«:. si. \-. -.. "s-. V7.T **í. ,x. -. -. "^'¿¡3V/;f .'.'X/. -í. S¿:-. r"*m ■-. -•■Í-.Í. 3*. ■-. :^s. -j. s¿Sa. -; _s*-. v. rt-: N.. -.. ■fvC''. : "*:. ^. -Tw-1. A^--. •xy-y.-—.. /v. w.'-. -í-. --".-. fe. -. --v--*\ -.-■- -..-A". ^Sí. W-.. .*>'-. "V. ■^■S^r^^"^^ >^-. '-^j. ■;«:.■. I. -. ¿&. i'». V. _-^. r ■•*. 'T^T>. m ^. ~. i. ~>. '.. ► -*■*. -,^<^ y. >. •. -■'. ,.í ;:..'V-|. "-1.V?:1. -;.. -. ■. ■■-■. •*: •■-.-•. -. ^--v^h.

(2) wwy^ L>+\. *-.^.. ^■ygr^^g^ ■>'. h"*Ü^ V -.-*■,-. <->'fi. -. É^'-'^^S. v-w^*^*":-'-^. ■ ■. ■. .<■.:■. «fc~ £-■.■■:. '>.■. -.. .■■■. .n. ■•■. V."':.". *■..-■; "'r. -'->>> -■V'T. ._.-■"■■.*. --•. ;. %*£. ■. .■.:-...■;. í '•. ■. nm. atá^*.

(3) ESTATUTOS. DEL. CLUB de SEÑORAS. V. -. A. ... «j u-. — .. ¡. :. ■V. SANTIAGO. DE. CHILE. IMPRENTA "Ij\ ILUSTRACIÓN" Calle Moneda 855 =. 1915. a. 873. =======. v.

(4)

(5) Clui] de Señoras de Esto Club se. acerque. nuestras. no. tendrá por. a. feminismo,. casas o. a. objeto nada que a alejarnos de. formar marisabidillas. Su. será., el cultivar todo. propósito. lo bello. el. mujer chilena, principiando por grande de todas las bellezas, que es la. la huís. reunión. y. acercamiento. formemos. sol. un. direcciones. bienhechora, ya cu. la. en. las flores,. música,. el bien. v en. en. de. todas. nosotras. donde todas. juntas de armonía que dirija en sus rayos de protección. hogar amplio,. en un. en. sea en. el arte,. en. la ciencia,. la literatura, culos idiomas,. la. beneficencia, y, en fin, en la belleza en todas sus formas. en. srirÚTi las distintas tendencias ti*1 las Como. en. la. alma de. todas. Santiago. comprenderéis,. esto. no. socias.. contribuirá. a. de la casa, sino al contrario, hará que nuestra acción sea más efectiva dentro de ella misma.. alejarnos. Principiaremos hoy go,. aceptaremos. cotí. socias de Santia. más tarde socias selecciona. algunas provincias principales, hasta llegar en un día no lejano a tener un lugar. das de. adecuado que sea el centro de reunión de las damas más distinguidas del país. Entraremos a conocer,. y. de esta manera, nuestras. necesidades,. pudiendo. entonces. aptitudes. no. sólo ser,. esposas y madres cuidadosas de nuestros niños, sino también almas que im pulsen con su ayuda moral efectiva el cul como. hoy,. tivo de la bondad, del. arte v. de la belleza..

(6)

(7) ESTATUTOS DEL. SEÑORAS. CLUB DE. TÍTULO Del. de la Sociedad. objeto. Artículo. primero.. ñoras establecido. I. El Club de Se. ciación de damas. Santiago es unaasoadmitidas según lo que. determinan estos. Estatutos, y que. tribuyen. con. en. una. cuota. determinada. para el sostén y desarrollo del cimiento. El. objeto. de la. estable. de la asociación será prote. ger todo aquello que al cultivo de lo bueno nía. con. mujer.. pueda propender v. bello. en. el al-.

(8) —. 6. —. TÍTULO. II. De las socias y cuotas. Art. 2.° Habrá cuatro categorías de socias que se denominarán: socias fun. dadoras,. socias. contribuyentes,. transeúntes y socias. socias. honorarias.. a) Son socias fundadoras las que. ya. han adherido al. Club, y paguen su cuota de incorporación y las que como éstas se incorporen de acuerdo con lo se. que establecen estos Estatutos. b) Son socias contribuyentes las que aceptadas por la Junta Calificadora y. Directiva, paguen la cuota que les fije la Junta Directiva, cuota que nunca po drá. de 30 pesos mensuales. Serán socias transeúntes las que. ser menor. c). residiendo fuera de. Santiago,. sean. pre. sentadas por las socias fundadoras. d) Serán socias honorarias las per sonas que en concepto de las Juntas Directiva. y Calificadora se hubieren hecho acreedoras a tal designación. Art. 3.° El número de socias funda doras. no. será mayor de 300 y el de las.

(9) __. demás será el que. 7. —. acuerde la. Junta. Di. rectiva. Art. 4.° El valor de las cuotas de. y anuales para las socias fundadoras será el siguiente:. incorporación. Cuotas de incorporación para. se. $ 200. ñoras. Para. hijas. de familia. 100 100. La cuota anual para señoras Id.. para. milia cada. hijas. 100. una. Art. 5.° Las cuotas de serán. pagadas. que la. o. como. las. de fa. cuando. socias han. tales, y las. se. incorporación dé aviso de. sido. aceptadas. cuotas anuales lo serán. anticipados dentro de los quince primeros días de los meses de Enero, Abril, Julio y Octubre. Estos pa por trimestres. gos. se. harán. en. la Secretaría del Club.. Art. 6.° Las cuotas de las socias. tribuyentes serán pagadas en que lo fije la Junta Directiva.. con. la forma. Art. 7.° Solo las socias fundadoras tendrán derecho. a. voto o a ser. Directoras, Secretaria Club.. o. elegidas. Tesorera. del.

(10) —. 8. —. TÍTULO. III. De la administración y elección de Junta Directiva. Art. 8.° La administración y gobier no del Club estará a cargo de una Junta Directiva compuesta de 3 socias funda doras las que se distribuirán entre ellas las comisiones. o tareas. necesarias de la. administración. La. representación legal del estableci miento corresponderá a la persona de signada en conformidad con la letra (i) del artículo 13. Art. 9.° La. Junta Directiva se reno vará en Asamblea Jeneral Ordinaria que habrá todos los años desde el primer aniversario siguiente a la inauguración del Club. Art. 10. Las Directoras. pueden. ser. reelejidas indefinidamente. Para la renovación de. Junta Directi va se procederá como sigue: Con 6 días de anticipación a la fecha de la Asamblea Jeneral Ordinaria que celebrará todos los años, se abrirá en la Secretaría la votación para elejir nuese.

(11) 9. —. va. Junta Directiva,. —. ante. comisión. una. receptora de 3 socias fundadoras que nombrará nes.. lajunta. Directiva. Esta comisión llevará. un. funcio. en. rejistro que. firmarán las votantes y funcionará sin interrupción dos horas diarias a lo me nos,. terminadas las cuales hará escruti. diario, poniendo la secretaria el re sultado en punto visible a fin de que nio. pueda. verse. Se necesita ceras. la marcha de la votación. un. mínimun de las dos ter. partes del número total de. votos. de las socias fundadoras para ser elejida Directora. La votación será un acto. personal. Cada. votante. sufragará en so depositará en el punto. bre cerrado que destinado al objeto, firmando el. registro respectivo. La. a. la. vez. votación dura. rá hasta el día anterior. a. General y cuando ésta. se. la Asamblea. verifique. la. comisión receptora entregará las actas y escrutinios debidamente fechados para que se proclame Directoras hubieren tenido las más altas. En. a. las que. mayorías.. de empate la Asamblea Gene ral decidirá la votación por sorteo. caso.

(12) io. —. —. TÍTULO. IV. De la Junta Directiva. Art. 11. En la primera reunión que tenga la Junta Directiva elegida, nom brará Tesorera y Secretaria de entre las socias fundadoras extrañas a la Junta. Art. 12. Para que la Junta Directiva tome algún acuerdo o deliberación bas tará la reunión de dos Directoras.. Art. 13. Son atribuciones y deberes de la Junta Directiva:. a) Administrar todo lo concerniente al Club. haciendo acatar y acatando. prescrito en b) Dictar. Estatutos; reglamento. lo. estos. el. interno del. establecimiento: lo. c) Acordar, a medida que permitan las instalaciones. teca,. con. misma. a. pecial; d) Disponer de té y música. santes;. de biblio. sala de lectura y sección de la domicilio, atendida por una bi-. bliotecaria, y sujeta. zarse. los fondos. la en. a un. reglamento. instalación de donde. exposiciones. es. salón. puedan organi. variadas. e. intere.

(13) 11. —. —. e) Facilitar local para que las socias puedan formar entre ellas pequeñas aca demias de artes,. idiomas, economía do. méstica etc.;. toda clase de conferen. f) Organizar. fiestas gra tuitas o pagadas para obras benéficas o de la Institución misma, tratando siem. cias, audiciones musicales. se. pre que. lleven. mentos del. g). efecto. cuenta. ante la. inversión. de. remover. los. empleados miento, asignándoles los. estimen. los ele. de. Junta General;. h) Nombrar, tación de. con. Club;. Rendir. fondos. a. o. y fijar la do del estableci sueldos. que. convenientes. y determinando los deberes y atribuciones de cada uno de ellos.. i) Delegar en la Secretaria, Tesorera o alguna de las socias fundadoras la re presentación legal de la Sociedad du rante el período de funcionamiento de la misma Junta. j) Designar doce señoras de entre las socias fundadoras. para. mensual. inspección. ejerzan. la. que por. turno. inmediata. del Club.. k) Elegir renuncia. o. las. Directoras que por muerte dejaren vacante el a.

(14) 12. —. —. cargo. Estas Directoras así elegidas du rarán en sus funciones hasta la Asam blea General. siguiente. 1) Elegir una Junta Calificadora com puesta de cinco socias fundadoras, para que deliberen o resuelvan en unión con la Junta Directiva sobre la admisión de. socias, ya tes,. sean. fundadoras, contribuyen. transeúntes. u. honorarias;. y para medidas disci. pronunciarse sobre las plinarias que fuere necesario. m) Convocar socias. cuando. cuando lo. a. lo. tomar.. Asamblea General de estime. prescriban. conveniente,. estos. Estatutos. o. cuando lo soliciten por escrito el 25/¿" de las socias fundadoras, indicando el. objeto de la convocatoria. n) Cancelar cuando lo estime necesa rio las tarjetas de las socias transeúntes y. fijar. las cuotas de las socias contribu. yentes. o) Designar tres. en. la. época oportuna. señoras de entre las socias. a. funda. doras para que sirvan de tora. en. la elección de. que habrá. en. Junta Recep Junta Directiva. la Asamblea General anual..

(15) —. 13. —. TÍTULO V De la Secretaria y Tesorera 14. La Secretaria. Art.. gada. de la. nes se. Art.. 15.. a. ejecutar. sus. Corresponde. Secretaria hacer interno. Directiva. Sus funcio. Junta. reducen. del. Dele. es una. cumplir. acuerdos.. además. el. a. la. Reglamento llevar. establecimiento,. el. de introducción de socias y el de acuerdos de las Juntas Directivas y de libro. las Asambleas Generales y dar avisos de citación bleas y para la. fijar. o man. para estas. Junta Calificadora.. Art. 16. Debe también actuar. Secretaria. en. asam. todas las. como. Juntas. y asam bleas antes nombradas cuidando de hacer. fijar. en. punto visible. una. lista. con. el. nombre de las socias. la fecha de la ocho días cada Art.. presentadas; con presentación, y durante. una.. 17. La Tesorera tendrá el. nejo de fondos y llevará la. ma. cuenta. de. entradas y salidas del Club, presentán dolas mensualmente a la Junta Directiva. para. su. aprobación. Presentará. también. cuenta anual del movimiento de los. fon-.

(16) 14. —. dos del Club. en. ordinaria, cuya. —. cada Asamblea General. cuenta será. previamente. informada por la Comisión Revisora.. TÍTULO. VI. De la Junta Calificadora. Art. 18. Esta Junta, elegida según lo dispuesto en el art. 13, funcionará en unión. la. Junta Directiva. y bastará la asistencia de cinco señoras, contándose en ellas a las Directoras, para que tenga con. número suficiente.. Art. 19. Si. Calificadora. una. no. se. •. vez. citada la. Junta. reuniera el número. acordado, se citará nuevamente y en esta segunda reunión las Directoras que asistan podrán completar el número nombrando ras. que. el asunto. una o. más socias fundado. dictaminar y resolver tabla.. podrán en. Art. 20. La nará sobre. la. Junta. Calificadora opi. admisión de toda. nueva. socia, tomando las informaciones que crea convenientes; sus acuerdos serán tomados. sesión secreta y habrá tan tas votaciones como número de socias en. oresentadas..

(17) —. 15. —. El acuerdo que se tome, ya sea favo rable o desfavorable se comunicará a la socia fundadora proponente. Art. 21. La socia aceptada. no. podrá. asistir al Club sin el cuota. previo pago de la incorporación y del primer. de. trimestre de. Art. 22. lificadora. reclamo. cuota anual.. Corresponde. pronunciarse en. dentro del. la. Club,. tos asuntos. cándolas. su. en. a. la. sobre. conducta. de. Junta Ca cualquier las socias. y tratar y resolver es forma secreta comuni. privadamente. las. a. personas. afectadas.. TÍTULO Vil De la Comisión Revisora de Cuentas. Art. 23. Esta Comisión. se. compon. drá de dos socias fundadoras y será ele gida por la Asamblea General Ordinaria y. en. caso. Asamblea. de. acefalía. mientras. esta. por las Juntas Di rectivas y Calificadora. Esta comisión deberá revisar los balances que se pre senten en. que. se reúne. la Asamblea General. dispusiere. en. cualquier. o. los. fecha la.

(18) 16. —. —. Junta Directiva, haciendo. las observa. ciones que creyere necesarias.. TÍTULO VIII De las socias fundadoras. Art. 24. Además de los derechos y de las. obligaciones. estos. Estatutos. tienen derecho. seúntes,. que se establecen en las socias fundadoras. presentar socias. a. contribuyentes,. tran. fundadoras y. honorarias. Podrán rales. pedir Juntas Gene extraordinarias según dispone el también. artículo 13.. TITULO De las socias. IX. contribuyentes. Art. 25. Las señoras que deseen in gresar al Club en el carácter de socias harán presentar por socia fundadora y una vez aceptadas. contribuyentes una. se. pagada la cuota que se les designe, podrán considerarse socias con las mismas prerrogativas de las fundadoras, y. pero sin derecho. a. voto ni. a. desempe-.

(19) —. 17. -. ñar las funciones reservadas. a. las socias. fundadoras.. TÍTULO X De las socias transeúntes. Art. 26. Serán consideradas tales las. que presentadas por una socia fundado ra, reciban una tarjeta firmada por dos Directoras, en la cual les determinen el. plazo. en. tener libre acceso. podrán. que. al Club.. Cuando este rá. pedir. una. tendrá que. plazo. nueva. dirigirse. se. venza, necesita. tarjeta a. la. y esta. Junta. vez. Directi. por intermedio de una socia funda dora, pagando la inscripción que dicha va. Junta. le. designe. TÍTULO XI De las socias honorarias. Art. 27. Las socias honorarias serán. aquellas que previa aceptación de la Junta Calificadora y Directiva hagan al gún bien manifiesto al Club y conside rado como tal por las mismas Juntas..

(20) 18. —. —. TÍTULO XII De las Juntas Generales. Art. 28. Para celebrar ordinaria. será. asistente de ras, por lo. Si. la. a. Junta General. necesario. 30,<V. mínimum. un. de las socias fundado. menos.. primera citación. no. asistiera. tal. número, se citará para diez días más tarde, y esta vez habrá Junta con el nú de fundadoras que asistieren, si guiendo en sesión las veces necesarias mero. terminar las materias que hubiere que tratar. En estas Juntas se tratará de para. preferencia los y en seguida. asuntos. reglamentarios. las propuestas. por las. socias.. Art. 29. En las traordinarias asunto. no. Juntas Generales Ex podrá tratarse de otro. fuera de la convocatoria.. Art. 30. Las reuniones. o. Asambleas. Generales serán presididas por. una. de. Directoras que forman la Junta Di rectiva, debiendo ser previamente sor las. teada. su. designación.. Art. 31. Son atribuciones de la Asam blea General acordar la contratación de.

(21) —. 19. —. empréstitos y fijar sus sumas y condi ciones; proclamar Directoras a las socias que hayan sido elegidas en reemplazo de las que cesen en sus funciones, acep tar. renuncia de. la. giendo. las. reemplazantes,. los estatutos, si fuere ta. Directoras, eli. las. y reformar. necesario,. extraordinaria. General. en. Jun. convocada. especialmente.. Artículos transitorios Artículo mación. el. y. inaugurado. único.— Durante la. primer. el Club de. for. después de Señoras, la Junta. año. Directiva será formada por las señoras Delia Matte de Izquierdo, Inés Echeve rría de Larraín y Luisa maz,. quienes. se. regirán. dispuesto. en estos. Agosto. de 1915.. Lynch en. Estatutos.. de Gor. todo por lo.

(22) ■;S'"f:/^"\. ' '. •cgr T\: ;§; #f!v. ;. ""•%"• if|^^¿^íS||':Jí;; "':'-."" 4-¿J .. ' •. •'.. sA.Í.;".>*•-... !' '••<-•'. •. .. ;■;'■■■-.'■. '.. '. "■■'■'. .. ;'..CJi.i)/¿^'¿í,-.v *. ■■■■■:■■•. •. -i--;.. l. tóij;.,,-:;,*'. .. ¿1. -'•. l :■.*■'*. :>VÍ.. ■>1 ,1. /'<■■.;.' .. ;V'.^';-.:^-;; >. ■•:. i.

(23) .y. '-<:. :-. 1^-, ■-;. i?. '&?. ». '*< '. ti 1. .. «.:■>..•. i. i-. r.. o-v. d'-i-f-^y. •^. /. ^fe^. '. <uís-V¡,. a*:v. ■'*,. k.*¿. : 1. i'. *. fes. ,N. *. S"^>. i.'. &=. ££K tv£. ■*-#. .^.. r,<. ^y:;-. h^. a. ■. *.-■-. /-. *. .^. -sí-: ---í?-. *"•. -. u*. <¿%U. fe:. •■>.. ;< \. 3. C-'. <. *. ■»•. ^ ^'. Sl;.^. ¡$. ^^n ;,...»•. $Cí^:>>>.. *:-;£■. ^M-&. *-c. -;-w. •*.; J. s*X. X!. V.. -.. , —. =-?■. <--. \-L_ '-* ■. Ü. ^#2 H. fcírt ¡..i?. _t-. ■"**&. ¿si -. '.C. Vji i*-*-. H^r. ,v* ¿T'^í;. #T-.Í):-.-*u*« -rVfefi.. ^•TSrrié. --/. ^. áMsr*. ^. M*p. !•$ ■*. ---. <¿&*&'£¿:. * ??■-■ i^^["-~H-? ..;>,---. ^. fKwf-v.. ->. fe?. ■«i ■s,-/*^. fV.. jfeS. •&«$^1 -•.¿•V?. %^''<fE?: "-'.'". ■£^t¡. <*1JJ. m.. ■;fe. ^.*". i-. '. :^. c- *■*•_. 7-VVV. -a:. ^.-'. ■*_ :>-. -r.^-.1 r-. 't. Lá,-?. :j=¡»-. r-.^. «£c£;. .^---*-3. ^"^5. ®S^ *£. g^^^#. i. ^^i. :. feí^:'. ¿i-N. .-. m. m. >. r; J'rL^. rt^s^k.. ^ rT^r—. '•n¿í\. i<&. ^S^c. •*'. 2&. .V. ^: k;*v. '. ^"■^;>'. t,. s\:-^. '■■-.>..■. ^'S-. ,-■*'- .^/.. '.t- --TST '¿¿nú. 5K\. ¿00. í*^n-.*^5íW W.. ."•"■•vr--. '^y^^^ñ 'J U\. K^'. «S^^yiiii m. 9^. ■-^S. >^W' *^v. ^.. ^■■■^r7-:-. ■. •-^^¿T^yLf;^' :^. ?S¿?ffvtíy;. >5-. -_.. >•-. 1^:. ";v. S/í. ^^. ^^.S-y^-^^''. (r- V. '^p'. -^? Wí' :V. S?-jlI. '«. TV.. ¿¿ \<. J&?. ■•^■' : V^ifl. ^jz.. '.. -i. :-V. '". m^'. <?á. ^--:. --.:^. í_í. rw..>«,. fe.. ":>. l. --'-. l'.-r. F.**V. ítí. :#*;. vs^fe*.. :•■.»-.-..- J--. .■. -x. .v-\ftfr/»T^' r-V.. 4^-7*. tt. •;á. ff.:».^. ;)<'. •-. :--. ■—. r--v. *. ^. ^í0^: :.vC-'--?1£é:. v;. ^r/:. ¿Ais»*' -< t?zL. v-. kr^. \ i?i-. .''I'. '>-•<. :',>. 0. -■. '. -r-li.-.'. &. .. % m. m. ^¿-v. LV-. %$s;. s.. *~->2. >*. m. ^S%v?. *$ 15$ &WS3. v*tV*í- '4*<**F3 oVC-» /. tí. %. >•&. i#i. ^ *-.. '&*. r-^-'A1í\Jí. ;íá ji. ■.y.. .<>&-*::^.. tá %éM&. Krt. V. >.. i-*5í. ÍV. ¿f^r^¿^S ^$m%. ■**¡r*v.. :^'. ¿rR!_■■>-;. y; -r.¿:. .\-. ;. :i*-^-". ". x-í. f&5. '.. ^^a •tí.'•:'. .-■■,-:'./l. m m. L—. m¿¿. ./. -s-'r.. tftfi-1* ■••. í;--V.. '-. ■^v?'^^. .-■ -V-.T-*. V. % i (*■. -■. J. ■. ■. *■. ¥*>^. ■¿A'^>v.. •^w.'. —. 7¿&-;. :m^:?. '■si;-. '^ií^rSr^ilS^ r!SS? »7, T%.

(24) tJf&'f. .iV. M &?'5. "**¡y ,*'. ■'SÉ. f!^. iv,i. **■'%.—. Sijtfflj /v lar*. =K.^V. ;f.' f^. ^ .r_^-¿. 5p«. :h-'. i*£;$¿í. ,v. *. -íí>. <*•'•. &■ fcfcg. £?* :->;. •^^L---^-. X-V). *s^. !". F^**'. P T-. -¿. S^. ^l£>,"-:^^-e*. m?m Tí*. >; "-r i*. ^■lll:. ;*vf >»■. fí":-. ilffl*. ■;»nt¿íwí-! ■■-■/■■■. ?Jm. o. ■-.—. :-^-. va/re:. V? v-n. i^t. t^ *g. «¡CS^c. k, i?'. M --. s*. ;"ts«. i 5-iT-W.. u^"!^*^ ,-T^i •. ;>,. ■'V-. \i*-;. T.-;:.. ■t.-'. l¡l|ll§ÍÉÍ¡Éf »\.>-. *. í. /-'-. -. --■'■■. ~. :>^'. _^/r. ■. ■. -:;■.

(25)

Referencias

Documento similar

solicitantes para la escuela primaria de Hillsborough con el resultado previsto de una clase de Kindergarten que refleje más estrechamente la demografía del distrito en su

“El reconocimiento y las relaciones de estas asociaciones con los colegios respectivos, serán reguladas por un reglamento especial”. Pregunta cuál es ese reglamento.

10 de las Normas de funcionamiento propuesto por esta Junta Directiva: “La Junta Directiva estará integrada por siete (7) miembros: seis (6) elegidos por la Asamblea General para

SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, LAS RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN DE CREDENCIALES, EN RELACIÓN A LOS LICENCIADOS EN ARQUITECTURA: ACUÑA CALDERÓN

El examen y la aprobación de las cuentas anuales y del presupuesto del ejercicio siguiente. Aprobar la gestión de la Junta Directiva La modificación de estatutos. La disolución de

 Se ha realizado un diagnóstico de las convocatorias de CEPES y un workshop con expertos para poder establecer e incorporar en la próxima convocatoria los mecanismos

Desde la última vez que nos encontramos en Belgrado en marzo de este año para la reunión de la Junta Directiva y la Junta Regional de los Balcanes Occidentales, hemos

Rodolfo Martínez Gutiérrez, coordinador del CELCUCR (Centro de Estándar por Competencias Labores de la Universidad de Costa Rica), quien ha solicitado a la Comisión de