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LOS INTERESES DEL PERU Y LA CONVENCION PARA LA REGLAMENT ACION DE LAS ACTIVIDADES SOBRE RECURSOS MINERALES ANTARTICOS

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LOS INTERESES DEL PERU Y LA CONVENCION PARA LA

REGLAMENT ACION DE LAS ACTIVIDADES SOBRE RECURSOS MINERALES ANTARTICOS

r . - - - J LLALOBOS URQUIAGA

PUBLICACIONES DEL

INSTITUID DE ESTUDIOS HlSIORICO- MARmMOS DEL PERU

(2)

LOS L'VTERESES DEL PERl!

Y LA CO/\'VENCION P. \R.<\ L\ REGL4li1ENTACION

DE L\S .. KTIVIDADES SOBRE RECURSOS MINERALES ANTARTICOS

/

(3)

INs·nn:TO DE ESTl:DIOS HISTORlCO-tvL\RITIMOS DEL PERC

COMISION DE ESTLDIOS ESTRATEGICO-MARITIMOS

C. Alm. jorge Villalobos Urquiaga

LOS INTERESES DEL PERU Y LA CONVENCION

PARA LA REGLANIENTACION DE LAS ACTIVIDADES

SOBRE RECURSOS MINERALES ANTARTICOS

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UMA-PERl.

1989

(4)

© INSTriTTO DE ESTUDIOS IIISTORICO-MARn·I;-.tOS DEL PERt:

Av. Salaverry 248~. San Isidro Tdfs. 229950-'10"'27.:\

Hecho el dcpósiw que indica la l.ey

Reserv:1clos todos los cler(-chos de reproducción total o parcial.

l:llommec:inica y lo~ ele tr:Jducción: .l.C)IIO ejt:mplart-s

lmprt-SO t:n el l'erú Edi10ri;1l :\-lomerrico S.A.

Av. Aviación z-6o-San Onrja

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PAlABRAS LIMINARES

Aquella enonne masa de agua congeladtt, la mayor con- centración de hielos que existe en la tien·a y que descansa casi estática sobre el casquete austral del Globo. ocupando 14 millones de kilómetros cuadrados, constituye el Conti- mmte .4nttirtico. Un continente />resentido que fue buscado por bombres de otros continentes en múltiples e.'\pediciones, mucbas de ellas, como lo prueba nuestra Historiú ilJarílí- ma. partidas de puertos peruános y con dotaciones rec:lu- tadas en el Callao, es motil'O, hoy día, de creciente interés por parte de estadistas geopolític.'os. üwestigadores y cient((icos de todos los países del mundo, abriendo así un horizonte adicional al Nuevo Orden Internacional y a la constante inquietud de la humanidad. Por otro lado, la agresiva dinámica de la economía mundial obliga a la búsqueda de otros medios y formas de proyección de la pro- pia economía de las naciones. Bajo aquella inmensa masa de hielo m:unzuláda en ltt.4nttirtida los recursos minerales allí escondit{os originan, innegablemente, otro nuet•o capítulo de la legislación universal, en especial para las jus- tas e;).1Jectativas de crecimiento de los Estados y con mayor intensidad para aquellos países con débiles economím;.

Sobre la base de estas realidadQS, el libro que aquí pre- sentamos: "Los intereses del Perú y b Com·ención para la re- glamentación de las actividades sobre recursos minerales antárticos", constituye positiunnente un e.Ylraordinario es-

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fuerzo y un aporte notable a un tema aún inédito en nues- tro medio. Su autor. el señor Contralmirante jorge Villctlo- bos Urquiaga. distinguido Miembro de Número del Institu- to y coordinador de su Comisión de Estudios Estratégico- ,Warítimos une a sus altas calidades humanas y profesio- nales. denwstradas a lo largo de su brillante carrera naval, el título de su probada inquietud por el tema artártico y la presencia del Perú en el continente helado. junto a desta- cculos profesionales diplomáticos y científicos de un Com.ité Especial. tuvo a su cargo wz detenido estudio sob·re Propues- tas de acción política del Perú hacialaA.ntártida que el Ins- tituto emitió ante la Comandancia General de.la Marina y la Comisión Nacional de A.suntos .4ntárticos. En la presen- te obra. el Contralmirante Villalobos desarrolla. en acerta- do orden y con profundidad. el análisis de los diferentes factores en el texto tales conw el Tratado Antártico, los re-

cursos minerales de la A.ntcírlida, el medio ambiente rela- cionado con ella. la Cont•ención para la exploración y ex- plotacü)n de los recursos mineros y la p1·esencia del Perú.

"concluyendo en que la mejor forma de preservar el orden mantenido al interior del sistema. es admitiendo nuevos con- ceptos que guíen su acontecer hacia metas más acordes con los tiempos".

Es muy grato para nuestra corporación publicar el nota- ble trabajo del Contralmirante Villa lobos y que constituye- ra el tenw de su presentacü)n como ,V/iembro de Número. Es igualmente grato exhibir. en este libro. ante la opinión pública y e.,1Jecialnwnte cien/ ífica este nuevo aporte de nuestra Comisión de Estudios Estratégico-,Harítimos desti- nada a culth·ar y promot•er los estudios de carácter es- tratégico-marítimos con la finalidad de contribuir al di- serio. desarrollo. consolidacián y divulgación de una gran estrategia marítima nacional.

El Insf ituto se complace en e-'-1Jresar su reconoci11liento

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al Banco Popular del Perú que ha hecho posible la financia- ción de/libro y que demuestra '@Videntemente la preocupa- ción de su Directorio por la cultura y el desarrollo del país.

Lima. 31 de agosto de 1989.

f-EDERICO SALMON DE LA.JARA Contralmirante (r)

Prc..:sidc..:nte del Instituto de Estudios Histórico-Marítimos del Perú

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INTRODUCCION

Antes de iniciar esta disertación, deseo e::ttJresar mi agra- decimiento al Presidente del Instituto de Estudios Hislóri- co-Marilimos, a /ajunta Directiva que preside y a los ,\-fiem- bros de Número por haberme conferido el honor de propo- ner mi incmt)()ración a esta Institución que ha cumplido recientemente un cuarto de siglo de 1Ada. en el transcurso de la cual mantiene una brillante y límpida trayectoria institucional y lleva cumplida una proficua y reconocida labor en el campo de la historia marítima.

El tema que e:>.pondi·é no es ttno de investigación bistó1"i- ca como se estila en estos actos académicos. sino que trata ún becbo actual: "Los Intereses del Perú y la Convención pa- ra la Reglamentación de las Actividades sobre Recursos Mi- nerales A.ntárlicos".

La razón para este apartamiento de la costumbre, tiene que l'et' con la dinárnica misma del Instituto. Hace pocos años el Insfi 1 u lo creó con gran t'isión de Jitl uro la Comisión de Estudios Estratc.;gico-iHaritimos, destinada a la reali:za- c:ión de actil'idades de investigación y análisis en las áreas de lo político, económico. jurídico, relacionadas con la actividad marítima.

Estando la Antártida ligada al interés marítimo del Perú y habiendo manifestado febacíentemenle este interés en el ámbito internacional adhiriendo en 1981 al Tratado Antártico; resulta apropiado observar y analizar los a con-

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tecim.ientos que ocwTen al interior de la organización de este instrumento internacional.

En junio de 1988. de:,pués de seis años de elaboración. se aprobó la "Convencif)¡z para la Reglamentación de las .4.cti- tddades sobre Recursos 1l1inerales Antárticos". hecho tras- cendental en el jitturo del5istema.4.ntártico y que analiza- remos. Antes.)' como antecedentes de tal Cont•ención. exa- minaremos hrel'emenle el status jurídico de los países que tienen inten;s en el continente. lo medular del Tratado Antártico. la filiación minera de la Antárlida y los posibles

<-fectos ambientales de una e:~..ploración y C-'\1Jiotacíón mi- llera antártica.

A.ntcs de iniciar 1{/ lectura de esta exposición, deseo ex- fJre.'>ar 11ii agradecimiento al Embajador Gon.-:::alo Fenuí1uic::· Puyó y al E111hajador Juan Miguel Bákula por baherme com un ic::.ulo sus valioso.<> conceptos e ideas que han conlribtúdo a la elahoraci6n de este [J·ahajo. así como al A.l111ircmle Jos<; Carcelén Basurto. quien aceptó gentil- mente la larert de leer el original.

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1. INTERNAClONAUZAClON DE LA ANTAHTIDA

El interés primigenio en laAntártidase ba..-;ó principalmen- te en el beneficio económico proveniente de sus recursos vi- vos y en las posibilidades de investigación científica que des- pertó en los siglos XIX e inicios del XX.

Pero en los tiempos más recientes. después de la I Guerra Mundial. es cuando el avance de la tecnología y las experien- cia..-; de esta guerra en el campo de l;,t Geopolítii.:a despierta el interés de las grandes potencias .Y de los países desarrolla- dos por acercarse nuevamente a la AntiÍrtida con la finalidad de profundizar su conocimiento y explorar sus posibilida- des. retomando con nuev~L<; perspectiva..-; y con horizontes más amplios la tarea emprendida años atrás.

Fruto de esta nueva evaluación de posibilidades en los car.1pos económico. político y estratégico. es la sucesión de reclamaciones de soberanía que túrmularon siete países:

(iran Bretaña. Nueva Zelandia, Australia. Francia. Noruega.

Chile y Argentina. entre los años 1908 y 1957. alegando títu- los con el propósito de sustentar tales reclamaciones.

Los títulos alegados varían según la valoración que le da cada Estado de acuerdo a su interés y la relación que los Yin- cula con la Antártida; estos son: la herencia histórica. los des- .cubrimientos geográficos. la ocupación. la contigüidad geográfica. la continuidad geolúgica y otros: la forma elegi- da para delimitar el territorio así reclamado ha sido. casi unúnimemente. una imperfecta adaptación de la teoría de

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SECTORES RECL\..\1A(X)S

Fut·ntc:· BERGSA(i ER. E gil. Condiciones hásicas para la e:'Cploración ....

t·n { )f{REGO vlCl"\JA. Fr:mcisco. !.t~ .\utúrtitla y sus Recursos. l'J83.

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los sectores aplicada parcialmente en el Artico. región que.

como es sabido. presenta una realidad geográfica muy dife- rente a la de la Antártida. Según esta adaptación. cada país ha determinado los meridianos que sirven de límite a su pre- tendido territorio. el que se extiende desde el paralelo 60° S.

hasta el polo, excepto Gran Bretaña que considera el parale- lo 50° S en una pqrción de su sector para abarcar las islas Georgia y Sandwich del Sur. y Noruega. cuyo sector reclama-

('~' comienza más al sur de los 60° S y no llega al polo. Los tratadistas que han estudiado el va..'ito y complejo

~L'iunto de las reclamaciones tienen al respecto opiniones

contradictoria...., considerando válidos o no válidos todos o algunos títulos. en tanto que otros simplemente no recono- cen la posibilidad real de apropiación de territorios ant~irti­

C()S. (suponiendo que son territorios). en forma excluyente.

y mucho merios la reclamación de soberanía de un Estado sobre ellos y por consiguiente el ejercicio de jurisdicción al- guna.

Como consecuencia de la inexistencia en el Derecho In- ' ternacional de criterios o lineamientos jurídicos para la apro- piación de territorios de la'i característiGL'i de la Antártida así como del interés de varios Estados en las mismas áreas en el continente. se produjeron superposiciones en los sectores reclamados por Argentina. Chile y Gran Bretaña y surgieron desacuerdos que con el tiempo se exacerbaron al punto que podrían haber sido causa de peligro para la paz.

Si bien resl!lta por lo menos cuestionable la validez de los tí tu los alegados por los Estados reclaman tes. es evidente que tales soberaní~L'i no han merecido hasta hoy. el reconoci- miento ele la comunidad internacional.

Esto no es óbice para reconocer que los Estados reclaman- tes han desarrollado una signitkativa y meritoria actividad en la Antártida que ha contribuido a su mejor conocimiento al igual que la cumplida en una magnitud mucho mayor por

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otros Estados interesados en el continente que no han for- mulado una reivindicación. aunque sí han dejado constan- cia ele los fundamentos. que podrían hacer valer para tal propósito. corno los EE.UU. ele Nortearnérica y la Unión So- viética.

Durante el lapso en que se produjeron las reivindicacio- nes se desarrollaron ideas y se elaboraron propuestas con- ducentes a la internacionalización de la Antártida para llegar a una forma jurídica que definiera al continente corno "res cornrnuni" o patrimonio de todos. a fin de evitar los peligros en el orden internacional derivados de las posiciones con- trapuestas de algunos Estados reivindicantes.

Los hitos de esta trayectoria a favor del beneficio común de los recursos de la Antártida. son numerosos.

El condominio internacional como propuesta de una for- ma de internacionali/.ación ele la Ant;írtida nace ante la evi- dencia de que este continente ofrece características únicas que lo ubican fuera de las normas tradicionales de lo que según el Derecho Internacional es preciso realizar para de- clarar una parte de la Tierra cor:no propiedad exclusiva. te- rritorio· nacional o soberano de un Estado. El propiciador del denominado "condominio plural" fue el tratadista de es- tos temas. Pablo Augusto Fauchi!le. quien consideraba que en la An tártida sólo cabía u na "ocupación de explotación me- diante una población no estable". lo que resiente toda con- cepción de soberanía exclusiva. En consecuencia. dicha ex- plotación debía corresponder a todos los Estados por inter- medio de una "sociedad en que se partirán los beneficios".

La posición de los EE.UlJ. de Norteamérica respecto de las reclamaciones o reivindicaciones realizadas en la Antúrtida está oficializada por las declaraciones del Secretario de Esta- do Hughes.

El 2 de abril de 1 92-i. el Secretario de Estado manifestó que "En nuestros 5-lías. si un explorador alcanza a determinar

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TEORIA DE LOS SECTOHES

A. SUDAMERICANO 0° a 90° l. Barrera de hielos Fil. CHNER B. AFRICANO goo Ea o o 2. Barrera de hielos RONNE

c. PACIFICO 90° Wa 180° 3. Barrera de hielos ROSS D. AUSTRALIANO 180° a 90° E 4. PENINSULA ANTARTICA

!'u~nt<:: C. E.E . .\1. Pm¡mestas de .\cci<Ín Política dell'erú [JtJciu fu, \nttirtidtl.

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la existencia de tierras todavía desconocidas para la civiliza-

ción. este acto de pretendida posesión no tendría significa-

ción alguna. salvo si pudiera anunciar el advenimiento del colono: y donde debido a razones climáticas o de otra natu- raleza. el establecimiento efectivo fuera imposible, como en el caso de las regiones polares. tal conducta de su parte pro- porcionaría una frágil base para una razonable pretensión de soberanía".

Puig considera que la internacionalización de la Antártida constituye la salida natural de esu toma de posición nortea- mericana y cita a ReeYes. cuya opinión al.n:specto es que "co- mo el área antártica no es susceptible de posesión. no es "res nullíus''. sino que, como los océanos. debe considerarse "res communis". En consecuencia. ningún título que favorezca a un Estado en particular es bueno ... El área entera es esencial- mente internacional en los hechos v sus características inter- nacionales futuras podrían muy bien ser establecidas me- diante un acuerdo general. así como la conservación de sus recursos".

El 2 de junio de 19-i/. el Consejo de Administración Fidu-

ciaria de las 1\JN.lill. recibió una peticiún de la Liga Interna-

cional de la Mujer para la Paz y la Libertad a favor de la Crea-

ción de un ndeicomiso antártico que ;)((ministrara la región

a fin de impedir su utilizaciún con fines militares e impulsar el desarrollo de sus valores científicos y económicos. Tal pe- tición no fue admitida por razones procesales.

En agosto (le 19-i~. Estados Unidos también propone a Ar- gentina. Australia. Chile. Francia. Reino Unido y Nueva Ze- landia someter la :\nürtida al régimen de Adminístraciún Fi- duciaria preYisto en el Art. 77 de la Carta de las NN.llll. Esta propuesta ti·acL'>Ó pues fue planteada a países reclamantes que sostienen una posiciún que r;o es compatible con un fi- deicomiso.

Al culminar el Año Geofísico lnternacionall957-5~ se dan

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las circunstancias tavorables para lograr un régimen que sin desconocer los reclamos de soberanía de los Estados antárti- cos neutr.tlizara sus efectos negativos. En efecto, el Ttatado Antártico ideado y propuesto en forma general por los EE.UU. a los países que participaron en el Año Geofísico In- ternacional en la Antártida logra ·este propósito al conseguir que los 12 paíse~. entre estos los 7 reclamantes. r.1tifiquen su texto final en 1961. El Tratado Antártico tiene disposiciones claramente contrarias a la idea de soberanía que sostendría cualquier Estado reclamante. por lo que definitivamente no propicia la noción territorialista. El Tratado Antártico es muy

· conocido por lo menos en Sl.JS disposiciones principales y no

es propósito de esta exposición su análisis. por lo que m{~<;

adelante mencionaremos solamente los artículos pertinen- tes.

En el ámbito de la XXX A.-;amblea General de las Naciones Unidas también se mencionó por expresión del Presidente de la misma: embajador Amerasinghe. representante de Sri Lanka. una alusión en los siguientes términos:. "Si.bien por ahora nos abstendremos de hacer comentarios respecto de la actitud de los Estados en cuanto a la condición jurídica de este misterioso continente (la 'Antártida),. o parte de él. no cabe duda de .que hay .grandes posibilidades de nuevas _ini- ciativas que redunden en beneficio de toda la humanidad. La Ant:írtida es una zona donde h-.; ideas y conceptos ahora ge-·

nei·almente aceptados en cuanto a la cooperación económi- .ca internacional. con su especial énfasis en el principio de

compartir equitativamente los recursos mundiales. puede hallar un gran ámbito de aplicación si se cuenta con la cola- bol'ación y la buena vbluntad dé aquellos que hasta ahora han estado allí activos''.

Ñbs recientemente. pero en la misma línea internaciona- lista. los países no-alineados reunidos en Nueva Delhi en ma- yo de 1983 formularon una Declaración Económica ret'erida.

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a la Antártida resaltando el significado de su potencial económico de interés para toda la humanidad. <;lebiendo sus recursos ser explorados y explotados en términos concor- dantes con la protección del medio ambiente. En 1985 la Or-

ganiza~ión de la Unidad Africana reunida en Addis Abeba y La Conferencia de Cancilleres de países NOAL reunidos en Luanda (Angola) en setiembre de 1985. se pronunciaron fa- vorablemente a los conceptos vertidos en ·Nueva Delhi.

Al revisar estos hitos plantados desde los comienzos del siglo es posible observar que l::t tendencia predominante en la comunidad internacional en relación al status jurídico de la Antártida. es la que propicia su internacionalización y que esta tendría finalmente una motivación económica sobre la base del racional aprm·echamiento de sus recursos. regula- do por un régimen que beneficie a la humanidad.

De todas las propuestas planteadas. la única que prosperó es la que actualmente constituye el Tratado Antártico que examinaremos someramente. El propósito principal de las negociaciones para su elaboración y ratificación fue neutra- lizar I;L<; tensiones internacionales. pero por lograrlo no fue posible incorporar en su articulado el aspecto económico del aprovechamiento de sus recursos.

2. EL TRATADO ANTAHTlCO

El Tercer Aúo Polar Internacional comenzó a organizarse en 1950 con la intención de realizarlo en 1957, esto es. a los 25 años del segundo. Pero al ser invitado el Consejo Inter- nacional ele Uniones Científicas (ICSU). éste. por intermedio de la Organización Meteorológica Mundial. planteó en 1953 la conYeniencia de ampliar la investigación científica al ámbi- to mundial abarcando las más variadas disciplinas. El Tercer Año Polar se transformó así en el Año Geofísico lnternacio-

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ANTARTIDA Y SL" ENTORNO

Converoencio A;,tÓr1 ica

Fut:nrc:: C.E.E .. \t. Propuestas de .\cción Política del PeriÍ bacia al.\ntártida, Ntr.

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nal 1957-58 al ser aceptada la propuesta de 60 países para participar a nivel mundial y 12 p~íses para hacer~o en la re- gión antártica.

La..-; observaciones geofísica..<; se realizaron desde puntos especialmente seleccionados, además de las bases y estacio- nes ya existentes en el continente.

Los resultados científicos de este ex1:raordinario esfuen~o

permitieron conocer mejor sus pbtenciales económicos. pe- ro adenüs y aparte del aspecto científico, produjo efectos al parecer impredecibles en el orden político, de trascenden- cia principalmente para los países reclamantes. La magnitud de la tarea a realizarse durante el Año Geofísico Internacio- nal obligó a que los países participantes ubicaran sus puntos de observación científica en los lugares más apropiados. los que resultaron estar mucha..-; veces situados en los sectores de países reclamantes. Las coiwenciones que regularon las oper:•:.:iones del Año Geofísico Internacional estipulaban que todas las esta~iones y bases científicas instaladas con es- te propósito serían retiradas al finalizar dichas operaciones.

Sin. embargo, la vastedad del programa en ejecución no per- mitiría concluirlo el31 de diciembre de 1958 y el primer país en hacerlo notar fue la Unión Soviética que había instalado puntos de observación en los sectores de Australia y Norue- ga,. países reclamantes. ·

Una propuesta de EE.UU. a los países interesados eri la Antártida para obviar el estado de cosas creado. tuvo una buena acogida. Según l~t nota cursada por el Departamento de Estado a·e~ros países. se planteaba las bases de lo que aho- ra constituye lo medular del Tratado Antártico.

Este dispone que la Ancirtida se ui:ilizarú exclusivamente para fines pacíficos: asegura la libertad de in\'estigación y la cooperación internacional hacia este fin; prohíbe toda explo- sión nuclear y la eliminación de desechos radiactivos en di- cha región.

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El Art. IX tiene una particular importancia porque en vir- tud de sus disposiciones. se ha posibilitado la formación del Sistema Antártico. fruto de las reuniones periódicas (o Reu- niones Consultivas) para intercambiar informaciones. con- sultarse mutuamente sobre asuntos de interés común rela- cionados con la Antártida y formular. considerar y recomen- dar a sus respectivos gobiernos medidas para promover los principios y objetivos del Tratado estableciendo la entrada en vigencia de sus disposiciones. previa aprobación unáni- me.

Por otro lado define los requisitos que deberán cumplir para participar en las Reuniones Consultivas los países que así lo deseen y hayan adherido previamente al Tratado Antártico. requisitos que el Perú está actualmente empeñado en culminar.

Las disposiciones incorporadas al Tratado f..tvorecen una internacionalizaciún por ser expresiones contrarias a las que reafirmarían una soberanía. Se establece en el Tratado Antártico el más amplio intercambio de información sobre proyectos de programa.-; científicos. intercambio de personal científico y de resultados de las observaciones científica..-; ob- tenida.-; en la Antártida. así como el derecho de las Partes Con- tratantes a designar observadores nacionales con la facultad de acceso en todo momento a todas y cada una de las regio- nes de la Antártida. estaciones, instalaciones. buques. avio- nes. puntos de embarque. desembarque de personal y carga en la región. <!;SÍ como sobrevolarla, todo lo cual contribuye a considerar a la ,\ntártida como un continente abierto. de- dicado tan solo a la investigación científica internacional.

El Art. IV del Tratado Antártico es el más importante y por lo tanto el más conocido pues trata del tema que precisamen- te da origen a la idea de elaborarlo: los reclamos de sobe- ranía. La neu tralizaciún que este artículo da al espinoso asun- to de dichos reclamos era imprescindible pues cualquiera

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sea la validez que los diferentes países interesados en la Antártida le den a estos, es un hecho que para los reclaman- tes y sobre todo los de presencia más antigua y vecindad más inmediata como lo son Argentina y Chile. constituirían tarde o temprano fuente de permanente perturbación en defensa de su pretendido derecho. Este artículo prescribe que mien- tras el Tratado Antártico esté en vigencia no se harán nuevas reclamaciones de soberanía territorial en la Antártida ni se ampliarán las anteriormente hechas valer. El mismo artículo considera las salvaguardas que se hacen a fin de preservar los reclamos ya hechos. así como las reservas de los países que sin ser reclamantes consideran que tienen tantos dere- chos como estos para serlo; por último preserva también el reconocimiento o no reconocimiento de soberanía. de recla- mación o de un fundamento de reclamación hechos por una Parte Contratante respecto de otro Estado. en la Antártida.

Este artículo es coherente con el propósito unánime de los países signatarios del Tratado de utilizar la Antártida ex- clusivamente para fines pacíficos y se llegó a una t-diz redac- ción porque dejaba razonablemente satisfechas las compren- sibles preocupaciones de los reclamantes. al menos por un

período de 30 años.

El Tratado Antártico durante el lapso de 28 años de vigen- cia ha cumplido fehacientemente sus propósitos esenciales:

hacer de la Antárticla un continente de paz dedicado a la in- vestigación en los términos más amplios de realización e in- tercambio. No obstante que el Tratado tiene implícito un sentido de vigencia indefinida dados estos altos fines. esta- blece en su Art. Xll un mecanismo para modificarla en cual- quier momento. lo que requiere de una aprobación y ratifi- cación unánime de l<L'> Partes Consultivas. haciendo muy difícil que tal modificación pueda realizarse alguna vez.

El mismo-Art. Xll especifica la posibilidad que si al cum- plirse 30 años de entrada en vigencia del Tratado Antártico.

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tan solo una Parte Consultiva solicitara la revisión del fun- cionamiento del Tratado. esta propuesta tendría que ser aceptada por la doble mayoría exigida. y luego de aceptada.

e!ltraría en vigencia previa la ratificación de la totalidad de los consultivos.

Este planteamiento nos conduce a pensar que eJ Tratado Antártico con el Art. [V y el Art. :>..11 no favorece en la pr.íc::i- ca a los reclamantes de soberanía. pues tiende a perennizar el statu-quo. Mas no solo el Tratado Antúrtico sino el Siste- ma ,\ntánico que se ha ido estructurando a través de los años aleja mi.-; las posibilidades prácticas de satishcer alguna vez los reclamos.

El Sistema Antártico. además de las recomendaciones acordadas en cada reunión consultiva a las que se da vigen- cia posteriormente por unanimidad. comprende las Com·en- ciones o grandes acuerdos sobre temas específicos que sin ser necesariamente parte del Tratado. regulan d comporta- miento de los signatarios de tales Convenciones y las vincu- laciones con organizaciones internacionales de carácter científico.

Cualquiera sea el objetivo que un país persiga al pertene- cer al Tratado Antártico parecería que siempre le convendrá m::tntenerse en él aunque este objetivo no se alcance plena- mente. a menos que se trate de una gran potencia. en cuyo caso su peso específico en el contexto internacional hará que las cosas tiendan a inclinarse a su favor. Tal parece el desti- no del Tratado Antártico como veremos más adelante al tra- tar de la explotación de los recursos mineros de la Antártida.

Las Reuniones C:onsultiYas resultantes de la aplicación del Art. IX del Tratado se regulan por Regla.-; de Procedimiento que han preservado la unanimidad en la aprobación de las recomendaciones. unanimidad exclusiva de la...., Partes Con- sultiYas cualquiera sea su cantidad; las Partes Contratantes·

no-consultivas también llamadas adherentes. no están califi-

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cadas para participar en la toma de decisiones. Aunque las Reglas de Procedimiento pueden ser cambiadas por los dos tercios ele las Partes Consultivas presentes. estas dos reglas que se han mencionado. esto es. la unanimidad y la no par- tiCipación de los adherentes, deben a su vez requerir la una- nimidad.

No obstante el éxito del Tratado Antártico a través de los aíios. esto no lo ha puesto a cul1'ierto de crítica por parte de la comunidad internacional. sobre todo por los países del tercer mundo que ven en este territorio un club cuyos socios se han apropiado de 'la administración de esa porción de la Tierra para beneficiarse ellos y todos aquellos que se:tn ad- mitidos. Instituciones de ni\'el mundial también han hecho conocer opiniones similares como ya lo hemos mencionado.

propiciando todos con mayor o menor acierto una forma de apertura de la Antárticl:.¡. a un ámbito internacion~l mayor.

3. EL PERll EN LA ANTARTIDA

El Perú comienza a hacer público su interés por la Antárti- da a raíz de la Declaración de la i\s:.llnblt'..l Constituyente del :) de mayo de 1979. y como consecuencia. se adhiere al Tra- tado Antártico el 11 de abril de 1981.

La Declaración dice:

"La Asamblea Constituyente declara que el Perú. país del hemisferio austral. vinculado a la Antártida por costas que se proyectan hacia ella. así como por factores ecológicos y antecedentes histúricos. propicia la vigen- cia de un régimen internacional que. sin desmedro de los derechos que corresponda a la Nación. asegure. en beneficio de toda la humanidad. la racional y equitativa explotación de los recursos de dicho Continente".

El único régtmen existente para la Antártida es el Tratado

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Antártico. En su texto no se encuentra ninguna disposición que al reterirse a los recursos. destine estos en beneficio ele algún Estado u otra entidad. Al referirse la Declaración a que el Perú propicia. esto es. tavorece la ejecución de un régimen que asegure que los recursos de la Antártida beneficien ato- da la humanidad. entiende que dentro del Sistema Antártico existe una dinámica que a pesar de la complejidad inheren- te a los asuntos antárticos. estos van recibiendo soluciones que llevan a la estructura hacia logros superiores, ins- pirándose sus miembros en las nuevas tendencias que se de- sarrollan como expresión de la comunidad internacional.

Prueba de que a..-;í ha sido ha..sta ahora. son la.s dos Conven- ciones vigentes: una sobre la Conset"Yación de las Focas Antárticas aprobada en Londres en junio de 1972 y la Con- vención de Canberra sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos de la Antártida aprobada en mayo de 1980.

Amba..-; Convenciones rderidas a los recursos vivos se encua- dran perf-ectamente en los fines que propicia la Declaración, aunque antedor a ella la segunda. No hay en amba:; apropia- ción de recursos por un grupo. sino una regulación de su apn:-vechamien to universal.

En la misma dinámica se ha aprobado en Wellington en junio de 1988 la Convención para la Reglamentación de las Actividades sobre Recursos Minerales Antárticos, pero en un ámbito diferente y con implicancia..-; más complejas que ana-

lizaremos más adelante.

La Declarasión de los Constituyentes exige que este régi- men que se va ampliando. no vaya en desmedro de los dere- chos que corresponuan a la Nación; estos derechos que pue- de invocar el Perú son aquellos que le franquea el Derecho Internacional y su posición en el Sistema Antártico. dentro del cual busca su ubicación en el grupo de miembros con- sultivos uel Tratado.

Es motivo de diversa interpretación la condición de la De-

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claración ya que no forma parte integral del texto de la Cons- titución sino que es un anexo al documento completo: se presta a su vez a controversia en relación con su validez co- mo mandato constitucional. llay quien opina que dicha De- claración tiene solo "valor muy relativo: no el valor de un artículo constitucional", y otros que dicen que se trata de una declaratoria constitucional que le da valor de ejecutoria constitucional. Ninguna de estas expresiones enunciadas en el seno de la Constituyente fue contradicha por la Asamblea.

Una cosa es cierta. No se la quiso integrar con el cuerpo principal de la Constitución. por lo que se infiere que no se deseó darle el mismo rango. En todo caso, no es igual a un artículo de la Constitución y si es diferente. su nivel tiene que ser necesariamente inferior a un mandato constitucional: a lo más podría ser una expresión de la opinión que sobre la relación entre el Perú y la Antártida tuvieron y expresaron los Constituyentes mientras ejercían su función. lo que le da una importanci:t y validez especial.

Al adherir el Perú al Tratado Antártico en el año 1981. se había incrementado el número de sus Partes Contratantes.

de los 12 signatarios originales, a 25. de los cuales 1-f eran Consultivos y 11 Adherentes: de los Consultivos, 11 eran países desarrollados y 3 en vías de desarrollo.

lloy. las Partes Contratantes son 3 7, 22 Consultivos y 15 Adherentes. De los Consultivos 18 son países desarrollados y 4 en ví:L-; de desarrollo. Vemos que. aunque siempre en mi- noría. los ~~onsultivos en vías de desarrollo han pasado ele 3

a 4. ele los cuales 2 son reclamantes, y los desarrollados. de

11 a 18. de los cuales. 5 son reclamantes.

Los países desarrollados casi quintuplican el número ele los en vías ele clesarrqllo y entre aquellos están las grandes potencias y los tres o cuatro países poseedores de la tecno- logía y los medios para extraer los recursos minerales de la An_tártida. así como la mayoría que no reclama derechos so-

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beranos sobre parte alguna de la Antártida. Todos ellos jun- tos constituyen un poder de decisión que hasta ahora ha im- puesto su peso político para orientar la marcha de los asun- tos antárticos.

Ante la realidad que configura actualmente el Sistema Antártico con la aprobación de la citada Convención sqbre los recursos minerles. conviene hacer una aproximación ha- cia lo que serían las posibilidades de llegar finalmente a su explotación minera.

-í. LOS IU:ClJRSOS MJNEIW.ES

El conocimiento de la filiación minera de la Artártida está relacionado con la Teoría de Weneger según la cual la Antárti- da t<Jrmó parte en una remota época (250 millones de años) de un todo continental que integraba a Sudamérica. Africa.

Australia. India y Nueva Zdandia. Según el conocido concep- to de las placas tectónicas móviles, estas partes fueron des- plazándose hasta ocupar las posiciones que tienen actual- mente. La aproximación para la indagación de la vocación metalífera de la Antártida tiene fundamento en la correlación entre las tierra..'i que en esa remota época estu\"ieron unida..-;.

El progreso de la ciencia después de la ll Guerra Mundial y el desarrollo de la geología permitieron la profundización y extensión de los estudios en esta disciplina. la que alcanzó su mayor des;~rrollo a partir del Año Geofísico Internacional en que se llegó a la certeza de que existen en la Antártida mi- nerales metálicos, certeza con base en la investigación prin- cipalmente mús que en la prospección.

La separación de las partes del mencionado superconti- nente permite distinguir en laAntártielaactual yclesded pun- to de vista ele la existencia ele minerales dos regiones dife- rentes: la oriental correlacionada con Africa, India: Australia

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y Nueva Zelandia, y la occidental correlacionada con Sud Ati-i- ca y América del Sur.

Se ha hallado minerales que tienen uso comercial en otras regiones del mundo:

En la Antártida Oriental Hierro, aunque' de baja ley. titanio, uranio, niobio, tantalio (en leyes y canti- dades desconocidas), oro (id). y gran cantidad de mi- ner .. des industriales comó el grafito, mica. kianita. fluorita. cristal de roca, etc. Formaciones car- boníh:ra..'i.

En las montañas Transantárticas: Pequeños yacimientos de estaño y minerales en tie- rras rara..-.. Cobre. zinc y molibdeno (en leyes y can- tidades desconocidas).

Grandes yacimientos car- boníferos.

Península Antártica Molilxleno y cobre, plo- mo. zinc y plata. hierro.

cromio, níquel y cobalto.

De los lugares conocidos.

ninguno tiene valor eco- nómico.

Fondo oceánico profundo Nódulos de manganeso, con escaso valor metálico.

Cf'ore Gyelsvick).

Existen tres circunstancias principales por las que. por el momento, no sea rentable la explotación de minerales metálicos en la Antártida:

El conocimiento de la región es muy escaso porque la ac-

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EXfENSlON DE LOS AFLORAMIENTOS

••

, ... •

--

P. Chartes

ISla

Antart ica Oriental

Fut:ntt:: BERGSAG ER Egil. Omtlicionl!s básicas para la 1!.-cplotacián. ...

en OIUtEGO \'l<:t::\IA. Fr:lncisco: La /intártitla y sus R<!cursos, l'J83.

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tividad exploratoria ha sido limitada.

Difícil acceso a posibles acumulaciones o yacimientos su- ficientemente grandes como para permitir una explota- ción económica actualmente.

La tecnología y los procedimientos para la logística no están todavía a punto.

Estas circunstancias hacen que los recursos minerales antárticos deban ser considerados como recursos potencia- les. Esto. sumado a que las áreas de fácil acceso ocupan tan solo el 1 ó 2'Jf, del área total de la Ant:.írticla constituye un fac- tor adicional de dificultad a una posible explotación de mi- nerales. Tan solo el descubrimiento de un enorme yacimien- to (mayores de 70 millones de toneladas en el caso del petróleo) en una zona accesible podría hacer viable una ac- tividad así a mediano plazo; o que se encontraran minerales estratégicos u otros que sustituyeran a aquellos que escasea- ran o alcanzaran costos muy elevados en otra..-; regiones del mundo.

Ante esta comprobación y por la siempre presente amena- za de una irregularidad en el aba..o;tecimiento de petróleo co- mo en la crisis energética de 1973, hLo; grandes potencias y los países desarrollados han puesto un mayor éntasis en la búsqueda de recu r:;os energéticos (petróleo y gas) basada en perforaciones científicas directamente en las regiones no cu-

biert~L"i de hielo.

Los estudios que correlacionan los mCtrgenes continenta- les, esto es. h~ partes sumergidas del continente. que corres- pondieron a la AntCtrtida oriental (Afric..t del Sur y Australia) no han mostrado mayor filiación petrolera. La Antártida oc- cidental en cambio contiene según los estudios efectuados .importantes sedimentos que configuran un cuadro favorable a la posible presencia de hidrocarburos en el margen de los ma1'es de Amundsen y Bellinghausen, así como en las plata- formas continentales del mar de \(;redel! v el mar de Ross. Los

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Cl.ENCAS SEDIMENTARIAS DE LA ANTARTIDA

fuente: BERGS:\GER. Egil. Condiciones básicas para la explotación ...

en ORREGO VICt::\iA. Fr:lllcisco. Lu .lntártüla y sus Recursos l<J8J.

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desplazamientos de las placas tectónicas han actuado en tal forma que al hundit·se la del Pacífico debajo de la placa antártica, aquella ha aportado a esta la similitud de una cuen- ca comparable a las de Argentina. Chile y Bolivia y otras, cu- yo potencial petrolífero está probado. (Guillaume). De las zonas de la Antártida f..tvorecidas por este fenómeno. la más estudiada pe>.r presentar la más clara tlliación es la platafor- ma continental del mar de Ross.

La exploración y explotación de hidrocarburos en esta re- gión presenta desafíos que la geología económica tendrá que resolver para convertir estos recursos potenciales en rique- za real.

Los hielos antárticos están en contínuo movimiento des- plazándose desde el centro del contit:tente hacia los bordes de este a lo largo de glaciares de mayor o menor extensión que desembocan en banquisas o grandes bahías cubiertas de una barrera de hielo acumulado que al ser empujada al mar genera grandes desprendimientos que dan origen a los témpanos tabulares, algunos de ellos de más de 100 Km. de longitud y 40 a 60 metros de altura, que se trasladan libre-· mente impulsados por las corrientes marinas y el viento. No se ha hallado aún la forma de realizar perforaciones en su- pertlcies continentales cubiertas de hielo en movimiento, aunque lento. y de 2 a 4 Km. éle espesor sobre la roca.

La tecnología permite realizar pertüraciones exploratorias en las plataformas continentales. pero el riesgo permanente de que la instalación petrolera de perforación se encuentre eventualmente en la ruta de un témpano imposible de ser desviado implica la necesidad de retirar estas instalaciones con gran rapidez. f..tciliclad y seguridad para volverlas a ar- mar luego. En el caso de instalaciones fijas como tuberías y cabezas de pozos en el fondo del mar en profundidades de alrededor de los 100 metros, correrían el riesgo de ser an-an- cadas por un témpano. con los consiguientes daños al me-

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Actividad cicntílka <.:n tierra tirme.

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T.:; m p:mos a 1:1 deriva.

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dio ambiente.

Casi todo es posible con la tecnología actual. El factor de- cisivo es. sin embargo. el económico en primer lugar, y el político. Parecería imposible evitar que los ·riesgos que lleva consigo una exploración y explotación minera se presenten en la Antártida con sus consecu~ncias agravantes que tendrían sobre el medio ambiente y la ecología en una región que ejerce un:t intluencia innegable en otros medios ambiep- tes vecinos. Por otra parte. los países mineros como el Perú deben observar con preocupación una explotación minera antártica que pudiera afectar su interés económico en el mer- cado de los mismos productos mineros que explotamos. an- te la posibilidad de una mala competencia.

Son las grandes potencias y los países más industrializa- dos los que presionan políticamente para posibilitar las ope- raciones mineras. Su pesó específico quizá hará que logren su objetivo. Los riesgos de tal (lererminación sólo pueden es- timarse en base al comportamiento observado por las indus- trias que en otras partes de la Tierr..t realizan actividades de la misma naturaleza que las que desarrollarían en la Antárti- da, e imaginar los-efectos sobre el medio ambiente que tendría tal compórtamiento en este Continente.

5. EL MEDIO AMJ3[ENTE

RElACIONADO CON LA ANTARTIDA

Las actividades industriales aludidas. y otras. son produc- to del avance arrollador de la tecnología. ·

Confórme pasan los años y las manifestaciones del progre- so de la tecnología se hacen más vastas y evidentes, mayores son la..o.; áreas pobladas que se ven sumergidas en la contami- nación, mayores las áreas boscosas y superficies acuáticas que sucumben invadidas por los más variados y tóxicos resi-

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duos de la industria. que si bien por un lado hace posible un bienestar. por otro lado resta vida.

Es un lugar común referirse estadísticamente a este hecho;

se toma conocimiento v se hace conciencia de la necesidad de combatirla para evit;r que nuestra "nave espacial Tierra".

metáfora inspirada precisamente en esta toma de concien- cia. no quede a la larga vacía de vida.

Las constataciones que se hacen de la influencia de este progreso sobre el medio ambiente son indicadoras de que una sistemática acumulación de sus efectos podría conducir a una depredación de los organismos vivos y a una alteración grave del clima terrestre con una secuela de efectos imprevi- sibles ya que, aunque el fenómeno se comprueba. la ciencia aún no es capaz de inferir con certeza sus consecuencias.

Así. se sabe que la atmósfera recibe cada vez mayores can- tidades de C02 procedente de la combustión de hidrocar- buros, lo cual podría eventualmente elevar la temperatura ambiental provocando un mayor aporte de agua a los océanos del mundo elevando su nivel. Por otro lado, tam- bién se considera posible que la permanente acumulación de partículas sólidas en la atmósfera impediría que la energía calorífica del sol llegara a la superficie .terrestre con la nece- saria intensidad produciéndose un enfriamiento de ésra. con efectos contrarios a los mendonados antes.

:.J1'> <1Íc<Lt1...:t:~ de una contaminación pueden ser tale:. en

cualquier parte del mundo. que debe ser vista desde una perspectiva ética del comportamiento humano individual.

empresarial y estatal. Tan así es, que grupos conservacionis- tas muy conocidos a nivel mundial y otros menos conocidos conformados por intelectualeS. han cuestionado el concep-

to de libertad que conduce a este comportamiento que agre- de a la humanidad en general con la realización sistemática de actividades contaminantes en todas sus manifestaciones que afectan la salud y dañan los sentidos. Los países desarro-

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liados generan la mayor cantidad de contaminación. aunque ésta en alguna medida es controlada por la acción de la au- toridad competente y la posibilidad económica de realizar el control; pero los países en desarrollo en toda su gama. ge- neran también contaminación que casi en su integridad se incorpora al medio ambiente alterándolo irremediablemen- te y produciendo una alta cuota de daño. La mal entendida libertad de acción ha derivado en una pérdida de valores éti- cos que en lo concreto se traduce en agresión, difundida en todo el ámbito de esta nave espacial Tierra que cada día se deteriora sin poder deshacerse en sus detritus. obligada a convh·ir o eventualmente a morir entre ellos. Se dirá que la Antártida está muy remota y libre de estos males. No es así.

sin embargo.

La estratificaciún de las capas de hielos polares antárticos permite auscultar las características atmosféricas a través de los siglos. determinándose que siempre se precipitaron resi- duos en el Continente. Esto demuestra claramente que la cir- culación del aire deposita en la Antártida, procedente de las regiones más remotas. todo aquello que artificialmente, esto es. por la acción del hombre, se hace llegar a la atmósfe-

ra. Las corrientes marinas también hacen circular en forma semejante las precipitaciones atmosféricas y todo aquello que descargan los ríos y otros excedentes acuáticos con su contenido de contaminación ele toda especie. Actualmente se ha detectado residuos de isótopos de tritio procedente de las explosione_s nucleares realizadas en el atolón de Bikini en 1964 y 1965. que aparecen en las muestras de hielo analiza- das correspondientes a los años 1965 y 1966. Se ha detecta- do asimismo presencia de DDT y metales pesados en tejidos grasos de fqcas en la Antártida. Según estudios realizados en la Universidad de Columbus, Ohio, USA. si se extrapolara el nivel de residuos determinados en una muestra. a la totali- dad del continente para 22 años de uso del DDT en el plane-

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ta. podría existir hasta 2400 TM de DDT acumuladas en el hielo de la Antártida. Este proceso continúa hasta hoy.

Es pertinente traer a colación los numeros.os escapes nu- cleares que se han producido en muchas instalaciones a pe- sar de los dispositivos de seguridad más perfectos y evolu- cionados. No es comparable la velocidad del daño y lo letal de los efectos de estos escapes con los que podría producir una falla de seguridad en la exploración y explotación petro- lera en la Antártida. pero fallas sucesivas a través del tiempo y con efectos acumulativos por la lenta degradación de los procesos en un ambiente de tan baja temperatura. podrían llegar a producir en la Antártida alteraciones del tipo. por ejemplo, que ha causado la reducción de la capa de ozono en el mismo polo sur y que a la fecha se presenta también en todas las latitudes de la Tierra.

En virtud de la Recomendación VIII de junio de 1975 las Partes Consultivas resolvieron que se debía tratar de desa- n·ollar una aproximación a los problema..'i emergentes a par- tir de la presencia de recursos minerales valiosos en la re- gión. teniendo en cuenta los principios y ropósitos del Tr..t- tado Antártico. Se formaron entonces grupos ele estudio de científicos expertos en explüración y explotación minera.

ambientalistas, ecologistas. etc .. dando origen a tres infor- mes principales en '1976, 1977 y 1979, el último de los cua- les, el del Grupo de Expertos en Ecología, Tecnología y otras Especialidades Relacionadas con la Exploración y Explota- ción de Minerales en la Antártida onocido como el Grupo de Washington, comprende lo relacionado al perfecciona- miento de las predicciones sobre el impacto de la aplicación de la tecnología para la exploración y explotación de mine- rales en la Antárticla así como el desarrollo de medidas para la prevención de daños al medio ambiente o para su rehabi- litación.

Existe preocupación permanente de los miembros consul-

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tivos por las consecuencias que para el ecosistema antártico y otros ecosistemas puede tener una alteración, pequefr.:t hoy pero sistemática y acumulativa en el futuro. del medio am- biente. ~specialmente para los países más cercanos a la Antártida. Tan así es, que la introducción del último estudio

mencion<.~do expresa que "el especial ecosistema antártico está estrechamente relacionado a ecosistemas vecinos y que bs fuertes perturbaciones en un área de la Antártida puede tener efectos. aunque atenuados, en la misma Antártida y en otras áreL<>".

La preocupación se fundamenta en que se conoce que existe una interrelación entre los ecosistemas antárticos y de estos con otros ecosistemas vecinos, pero no se sabe aún. a pesar de los años que se estudia el asunto. en qué consiste esta interrelación por lo que no pueden preverse con razo- nable certeza las consecuencias de una artificial ruptura del equilibrio existente. 1 Iay comprobadas relaciones climáticas de la Antártida con vastas regiones de la Tierra, sobre todo en el Hemisferio Sur: <.~sí, la tendencia térmica que se mani- fiesta en la base rusa Vostok, por ejemplo, se repite diez días después en Buenos Aires.

Causa de estas y otr;Js manifestaciones serían bs corrien- tes marinas antárticas. componentes de ho;; cuales se dirigen al norte por las costas de Sud América h<.~sta alcanzar latitu- des ecuatoriales. El efecto de estas corrientes marinas no es bien conocido ni cómo influencia el sistema de corrientes de aire que ciretJI¡tn en la misma región. Precisamente la falta de conocimientd al respecto obliga a observar una actitud cau- telosa ante una explotación de hidrocarburos, si esta llegara a realizarse.

El Grupo de Washington al referirse a programas para la prevención y/o rehabilitación de daños resultantes de las ac- tividades mineras atlrma que estos " ... dependerán de cuan correctamente se. conozca y comprenda el ecosistema

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Antártico y se evalúe el posible impacto sobre este ecosiste- ma". Hoy, aprobada ya la Convención para la Exploración y Explotación de los Recursos Mineros de la Antártida que lue- go analizaremos. aún no se ha alcanzado el nivel de compren- sión necesario.

Se hace indispensable el monitoreo de la atmósfera, de los hielos y del océano con la finalidad de detectar oportuna- mente todo vestigio de contaminación desde antes de que se inicie cualquier actividad industrial. en la eventualidad de que esta se realice. con mayor razón si esto ocurriera, y de- tenerla antes de que sus efectos puedan desencadenar un proceso de deterioro lento pero quizá irreversible.

Con esta perspectiva, y estando el Perú por su ubicación geográfica entre los posibles afectados, el desarrollo de la es- tación o base permanente ya instalada en la Antártida. con- venientemente localizada para que cumpla con la finalidad científica principal de realizar esta vigilancia tanto porrazo- nes de protección ele nuestra ecología cuanto para la protec- ción de los recursos vivos Antárticos que puedan ser even- tualmente explotados por el Perú, es una exigencia que que- daría satisfecha en próxima..-; expediciones hasta lograr su in- serción en el sistema de investigación científica de la Antárti- da.

6. LA "CONVENCLON PARA LA

REGLAMENTACION DE LAS ACTIVIDADES SOBRE RECURSOS MINERALES ANTARTlCOS"

El asunto de la exploración y explotación de los recursos mineros antárticos comenzó a verse cuando el Tratado Antártico estaba en proceso de negociación en 1959. pero según fuentes del Sistema Antártico, se consideró que era prematuro incluirlo en el texto del documento. El mismo cri-

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terio primó al plantearse nuevamente en la VI Reunión Con- sultiva de octubre de 1970 ante los requerimientos de algu- nas empresas prospectoras que indagaban sobre la posibili- dad de desarrollar estas actividades miner.IS en la Antártida.

Poco después, en la Reunión Consultiva de Oct./Nov. de 1972. en la Recomendación VII-6. se menciona por primera vez que en vista del avance tecnológico en la exploración po- lar de minerales y del creciente interés en la posibilidad de que hubieran mienrales explotables en el área de aplicación del Tratado Antártico. así como que dicha explotación pu- diera dar lugar a problemas de naturaleza ambiental sobre las cuales tendrían que asumir su responsabilidad las Partes Consultivas, se hacía necesario recomendar a los respectivos gobiernos que el asunto denominado "Recursos Antárticos- Efectos de la Exploración de Minerales". fuera estudiado cui- dadosamente.

El punto fue tratado en todas las sucesivas Reuniones Con- sultivas. dada la intención de realizar ·n un plazo determi- nado la explotación de los recursos minerales antárticos. en especial del petróleo. La crisis energética que se produjo en 1973 pudo haber impulsado a los países desarrollados a pro- mover los primeros pasos en ese sentido.

En la XI Reunión Consultiva realizada en Buenos Aires en junio/julio de 1981 se adoptó la Recomendación XI-1 que constituye una directiva gener;:;.! que define lo:s términos de referencia a los que debía ceñirse el trabajo de elaboración urgente de un .. régimen para la exploración y explotación de los recursos minerales antárticos; para tal propósito se citó a una Reunión Consultiva Especial aceptando la invitación de Nueva Zelandia para realizarla en Wellington en junio de 1982.

La Recomendación Xl-1 menciona que la elaboración del régimen tiene un carácter de urgencia. En efecto, los avan- ces de la tecnología relacionada con la explotación de los re-

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cursos minerales antárticos y las proyecciones de índole económica que esta actividad permitía vislumbrar, podía dar lugar a que se despertasen nuevamente fuertes tendencias territorialistas que pusieran en peligro al Tratado

y

al Siste- ma construido a su alrcrdedor, creados en gran medida para neutralizar tales tendencias. Además. si el caso fuera que eventualmente llegara el momento en que las actividades mi- neras antárticas pudieran realizarse y resultaran económica- mente rentables, era desde todo punto de vista necesario que existiera ya un acuerdo previo que, sin propiciadas. posibi- litase estas actividades bajo un régimen elaborado expresa- mente para salvaguardar el interés de todos. Esta convención estaría llenando también el vacío existente en el Tratado Antártico en relación a los recursos minerales de la Antárti- da.

La Recomendación Xl-1 dispone que el nuevo régimen de- be respeta¡¡ en su integridad el Tratado Antártico; también debe tener en cuenta como una consideración básica la pro- tección del singular medio ambiente de la Antártida y de sus ecosistemas dependientes y asociados y no perjudicar los in- tereses de toda la humanidad en la Antártida. La Recomen- dación reitera que el régimen no debe afectar lo previsto en el Art. IV del Tratado Antártico y sí salvaguardar los princi- pios incorporados en este artículo en el área de aplicación del Tratado, para que el contenido del régimen a elaborarse sea aceptable y sin perjuicios para los países reclamantes de soberanía o que tienen fundamentos de reclamo de sobe-

ranía en la Antártida o que no reconocen ningún reclamo ni fundamento de reclamo de soberanía.

El régimen también debe considerar la forma de evaluar . el posible impacto de la actividad minera sobre el medio am- biente antártico y cuándo este impacto podría ser aceptable o no; regular los aspectos ecológicos, tecnológicos. políti- cos, legales y económicos, incluyendo como una parte im-

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portante del régimen las reglas relacionadas con la protec- ción del medio ambiente.

Otras previsiones a tener en cuenta son la posibilidad de la adhesión de otros Estados no consultivos a este régimen.

definir e'[ área de su aplicación a las zonas adyacentes mar afuera, pero sin pasar el límite de los fondos marinos y la ex- ploración comercial y explotación en sus fases de desarrollo come1-cial y producción.

La Reunión Consultiva Especial instalada para elaborar di- cho régimen según las directivas de la Recomendación XI-1 realizó 11 sesiones entre 1983 y 1988. la última también en Wellington entre el 2 de mayo y 2 de junio. en que finalmen- te se aprobó la denominada "Convención para la Reglamen- tación de las Actividades sobre Recursos Minerales Antárti- cos". En su elaboración solo intervinieron las Partes Consul- tivas del Tratado. pero a partir de la quinta sesión realizada en Tokio en 1984 asistieron invitadas las Partes no Consulti- vas o Adherentes. entre ellas el Perú. pero en calidad de ob- ser\'adores. esto es. con voz pero sin voto. Durante el período de seis años que duró la Cuarta Reunión Consulti- ,·a Especial fueron incorporándose al equipo de 16 consulti- vos. Brasil y la Jndia en enero de 1984, China y Uruguay en abril ele 1986 y la República Democrática Alemana e 1 talia en enero de 1988. con los cuales se incrementó el grupo a 22 miembros reduciéndose los observadores a 16. Siendo los redamantes sólo 7. siempre estuvieron en minoría pero ac- tuaron activa1l1ente para detender sus intereses.

La Convención aprobada es parte integrante del Sistema del Tratado Antártico y cumple con la finalidad ele establecer un régimen que busca en todas sus disposiciones pertinen-

tes. la preservación del medio ambiente mediante exigencias

estrictas y salvaguardas exhaustivas para evitar su deterioro por etecto de la realización de actividades mineras. y dado el caso que se produjera un daño. para la recuperación más

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completa de este medio ambiente. Para el mejor logro de tan importante propósito se establecen objetivos y principios ge- nerales para que la Antártida continúe utilizándose siempre exclusivamente para fines pacíficos y no llegue a ser escena- rio u objeto de discordia internacional. Las Partes proveen todos los medios para: evaluar el posible impacto sobre el medio ambiente de las actividades mineras antárticas y si es- tas son aceptables; regular la realización de las actividades mineras y asegurar que estas se desarrollarán en estricta con- fórmidad con la Convención y con todos los componentes del Sistema Antártico. También declara que no tendrá lugar actividad alguna sobre recursos minerales antárticos si cau- sara efectos adversos a la calidad del agua y aire. cambios considerables en el medio ambiente atmosférico. terrestre o marino y en la distribución. abundancia o productividad de las poblaciones de especies ele fauna o tlora. No habrá tam- poco actividad minera alguna hasta que se juzgue que se en- cuentran disponibles las tecnologías necesarias. la capacidad para vigilar los parámetros claves del medio ambiente y que existe la capacidad para responder eficazmente ante acciden- tes. Esta especie de juramento que se hacen los Consultivos c1..o.;i constituye una intención de disuadir las actividades mi- neras en la Antárticla. Estas exigencias y salvaguardas son más conceptuales que técnicas. Están destinadas a ser requeridas según cada caso particular y a medida que el actualmente parcial e incompleto conocimiento que se tiene sobre el me- dio ambiente antártico se incremente; que se incorporen nuevas técnicas para una explotación segura.y no contami- nante. así como que existan medios para evaluar debidamen- te la naturaleza ele las actividades a realizarse y su posible impacto. a fin de autorizarla o no.

Aunque el término recursos minerales abarca a todos los que pudieran encontrarse en la zona de aplicación. incluyen- do a los energéticos (petróleo y gas). la Convención no esta-

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blece un régimen especial para ninguno de ellos sino que de- ja que las limitaciones impuestas por las exigencias de la Convención. hechas valer por las instituciones de la misma Convención. permitan la actividad minera solamente si esta es benéfica para todos.

El texto de la Convención en casi todo su articulado y so- bre todo en los que trata ele los asuntos más delicados y con- trovertidos como son las posiciones jurídicas de las Partes y la composición de las instituciones que se crean, es suma- mente elabor::tdo. Esto se debe fundamentalmente a que no hay un acuerdo sobre las jurisdicciones en la Antárticla. y en consecuencia. sobre los recursos. Por otro lado. cada parte consultiva puede fácilmente entrabar o neutralizar cualquier propuesta mediante el ejercicio del veto. Ambas circunstan- cias hacen indispensable un compromiso según el cual todas las posiciones son satisfechas en ra.rte. ganando y cediendo algo. para llegar a un consenso. Este acuerdo es llamado en el lenguaje empleado al reterirse al tema. el "ajuste interno"- o acue1:do entre los consultivos, para diferenciarlo del acuer- do entre el Sistema Antártico y la comunidad internacional (Estados individuales o colectividades de Estados). denomi- nado "ajuste externo".

¿Quiénes son Partes de la Convención?

· Sólo pueden ser Partes. las Partes Contratantes del Trata- do Antártico. Pero para poder participar en la exploración y explotación d~ los minerales antárticos, las Partes ele la Con- vención que no son Miembros Consultivos del Tratado tendrán que cumplir determinados requisitos que veremos al tratar lo relacionado con la Comisión.

La Convención define una serie de competencias para que pueda lograr sus fines. Estas competencias caen dentro ele la..-; responsabilidades asignadas a las instituciones que crea la misma Convención. Estas son: la Comisión de Recursos

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Minerales Antárticos o simplemente "la Comisión" u órgano rector de la Convención; los Comités Reguladores, órganos empresariales que conducen la parte operativa de la activi- dad minera; el Comité Asesor, que tiene a su cargo todo lo relacionado con la consultoría científica que requieran las otras instituciones. y la Reunión Especial de las Partes que actúa como una asamblea general. Sólo nos referiremos a la Comisión y a los Comités Reguladores.

6.1. La Comisión

La Comisión cumple funciones de dirección. vigilancia y supervisión general de la organización para asegurar el cum- plimiento de la Convención. Conforman la Comisión:

a. Todas I<LS Partes Consultiva del Tratado Antártico al 25 de Noviembre de 1988. fecha en que la Convención quedó abierta para la tlrma.

b. Cualquier otra Parte. IJlientr<L'i esta realice activamente sustancial investigación científica. técnica o sobre el me- dio ambiente en el área de aplicación de la Convención.

c. Cualquier otra Parte que actúe patrocinando activida- des de exploración o explotación sobre recursos mine- rales antárticos. mientras el Esquema de Administra- ción. esto es. el documento que define los términos y las condiciones específicas para la actividad minera, se encuentre vigente.

La Comisión adopta medidas para la protección del me~

dio ambiente antártico y ecosistemas dependientes y asocia- dos; promociona técniC<L'i para exploración y explotación;

determina los territorios abiertos para la exploración y ex- plotación en cuanto a su extensión y ubicación; decide el pre- supuesto y por Io·tanto los aranceles y gravámenes y, lo más importante. determina el destino de los ingresos que recibe y que excedan los requerimientos para financiar el presu-

Referencias

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