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OBJETO DEL CONTRATO SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA

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SECRETARÍA GENERAL

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL “SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA, VIGILANCIA DE LA SALUD, RECONOCIMIENTOS MÉDICOS Y SERVICIOS PARA LA PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE COLON Y TRATAMIENTO DEL TABAQUISMO EN LA AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS

OBJETO DEL CONTRATO

Será objeto del contrato el servicio de asistencia sanitaria, vigilancia de la salud, reconocimientos médicos, y servicios para la prevención del cáncer de colon y tratamiento del tabaquismo en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

La ejecución del contrato comprenderá los siguientes servicios:

• Servicio de asistencia sanitaria en la AEMPS.

• Servicio de Vigilancia de la Salud

• Servicio de reconocimiento ginecológico, uroprostático

• Servicio para la prevención del cáncer de colon

• Servicio de Prevención y Tratamiento del Tabaquismo

SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA

1.- LUGAR DE REALIZACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA

El servicio se llevará a cabo en la sede de la AEMPS situada en la calle Campezo, 1.

Edificio 8, de Madrid.

2.- MEDIOS NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA

2.1.- Medios humanos

• Un facultativo con titulación oficial en Medicina y Cirugía, con especialidad en Medicina del trabajo, con capacidad legal para el desarrollo de la misma. En jornada de mañana, preferentemente en horario de 10 a 13, de lunes a viernes laborables, durante toda la duración del contrato de servicios.

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• Una persona con titulación oficial de Diplomatura o Grado en Fisioterapia. En jornada de mañana durante un mínimo de 3 horas 2 días a la semana, que podrán incrementarse según las necesidades, previa petición de la AEMPS.

• Una persona con titulación oficial de Diplomatura o Grado en Enfermería. En jornada completa, de lunes a jueves laborables, con horario de 9 a 17 horas durante toda la duración del contrato de servicios, incluida una hora para comer.

Los viernes laborables, solamente, se realizará el horario de 8 a 15 horas, durante toda la duración del contrato de servicios

La AEMPS se reserva el derecho de solicitar, con cargo a la empresa adjudicataria, el cambio de cualquiera de las tres personas adscrita al servicio que no cumpla con los requisitos necesarios para el desarrollo del trabajo objeto del contrato.

Asimismo, se podrá modificar el horario establecido, sin que ello suponga variación en el precio.

2.2.- Medios técnicos

El servicio de Fisioterapia facilitará lo necesario para su correcto funcionamiento aunque será por cuenta de la AEMPS el material y equipos necesarios para llevar a cabo la prestación del servicio de asistencia sanitaria del personal médico y enfermería y que se relacionan a continuación:

ƒ Material de Oficina:

3 Impresoras láser 1 Ordenador personal 4 Mesas oficina

1 Archivador horizontal frente metálico 2 Armarios oficina puertas persiana c 2 Sillón de trabajo giratorio

4 Sillas visitantes 2 Sillones traslado 1 Tablón de anuncios

ƒ Equipamiento Sanitario:

1Armario vitrina clínico mod.1310 2 Carros curas con cajones 2 Biombos

1 Lupa de pie con ruedas 1Lámparas de rayos infrarrojos

1 Botella medicinal 1m3 c/ 4 reductores de oxigeno

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1 Pulsioximetro portatil con pantalla lcd y onda plestimografica mod.md300d

1 Bascula-soehnle 2 Fonendoscopios 2 Tensiómetros

1 Desfibrilador philips heart star fr2, mod.3860a c/ ecg 1 Maletin urgencia respiratorio

1 Carro camilla urgencias

Además de la instalación elementos pasivos (cableado, cajas, etc) para red interna local.

3.- FUNCIONES A DESARROLLAR POR EL PERSONAL DESIGNADO AL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA

3.1.- Personal Médico

A continuación se enumeran las actividades mínimas a desempeñar, así como las funciones y tareas:

• Atención médica primaria de carácter urgente y normal, estando a disposición de los trabajadores, dentro del horario establecido, cuando así necesiten de sus servicios médicos.

• Prestación de primeros auxilios y atención médica urgente:

Será el encargado de atender a los trabajadores que lo precisen con urgencia por un accidente de trabajo, enfermedad o cualquier otra dolencia durante su permanencia en el centro de trabajo, así como de realizar o supervisar la realización de la primera cura de los trabajadores accidentados. Asimismo atenderá en las mismas condiciones, a cualquier otra persona que se encuentre en el edificio con motivo de: visita oficial, reparto de mercancías, trabajador empresa externa, etc.

• Dado que la AEMPS, forma parte de un servicio de prevención mancomunado, el médico deberá coordinarse con el resto del personal sanitario y de prevención para optimizar tanto la labor de atención a los trabajadores como el gasto sanitario y las posibles inversiones de mejora. Para ello elaborará un inventario mensual de los materiales y medicamentos existentes con diferenciación del aportado inicialmente, el consumido y el dado de baja por caducidad. Este deberá ser proporcionado en formato digital.

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• No se incluirá entre las tareas a desempeñar los reconocimientos médicos obligatorios y/o periódicos de los trabajadores. Si deberá facilitar la realización de los mismos en coordinación con el Servicio de Prevención Mancomunado y colaborará con las campañas preventivas y de vacunación que se realicen desde el mismo.

• Colaborará con el Servicio de Prevención y Salud Laboral en el estudio de las enfermedades que se produzcan en los trabajadores a su cargo y en la identificación de las posibles relaciones entre ellas y los riesgos para la salud que puedan presentarse en los lugares de trabajo. Rellenará la ficha de comunicación de accidente de trabajo de los trabajadores accidentados y la remitirá a la Unidad de Personal

• Realizará un registro de consultas efectuadas mediante la confección de una

“historia clínica” por cada trabajador, donde constará la identidad el mismo, la fecha y la consulta realizada, siguiendo un orden cronológico. Los datos incluidos en la misma se limitarán exclusivamente al acceso del personal sanitario con los fines que recoge la legislación vigente, sin que puedan facilitarse a esta Agencia o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador.

Las “historias clínicas” serán custodiadas por la empresa adjudicataria durante el periodo de duración del contrato, siendo entregadas a la Agencia a la finalización del mismo, quien las conservará de conformidad con la legislación vigente.

• Elaborará informe mensual asistencial en formato digital que incluya el número de asistencias prestadas, denominación del puesto de trabajo, rango de edades y sexo, derivaciones, detalle de las actuaciones, motivo de la consulta, tipos de contingencia, accidentes laborales registrados, patologías, cronología, causas y cuanto datos más se consideren oportunos, y se enviará al Servicio de Prevención y Salud Laboral a través del Empleado público Designado.

• Colaborará con el Sistema Nacional de Salud y con las autoridades sanitarias.

• Coordinación y supervisión de las labores de enfermería.

• Realización de las prescripciones de recetas de MUFACE.

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3.2.- Personal de fisioterapia

• Asesoramiento en ergonomía para reducir al máximo los riesgos laborales a través de la reeducación postural global

• Cuidados lenitivos de asistencia fisioterapéutica a los trabajadores que lo deseen y sufran molestias o lesiones músculo-esqueléticas, fundamentalmente las producidas por el ejercicio de la actividad laboral. El protocolo de acceso a tratamiento por el fisioterapeuta se detallará a la empresa adjudicataria.

• Elaboración de informe mensual en formato digital con el número de asistencias prestadas, denominación del puesto de trabajo, rango de edades y sexo, derivaciones, detalle de las actuaciones, motivo de la consulta, tipos de contingencias y cuantos datos se consideren oportunos a los efectos de establecer la relación entre la actividad laboral, el tipo de lesiones y el nivel de salud física del trabajador.

3.3.- Personal de Enfermería

Se llevarán a cabo una serie de actividades y tareas donde algunas son estrictamente sanitarias y otras se realizan conjuntamente y de forma coordinada con otros profesionales del servicio de prevención.

Asistencia sanitaria encaminada a la resolución de los problemas de salud de los trabajadores en el entorno laboral:

• Asistencia de urgencias durante las horas concertadas para su actividad diaria.

• Toma de constantes como tensión arterial, frecuencia cardiaca, peso, etc.

• Realización de curas, vacunaciones e inyectables.

• Retirada, según la normativa vigente, de los residuos sanitarios producidos.

• Administración y control (reposición y retirada de productos caducados) de los medicamentos y productos farmacéuticos que la AEMPS le suministrará a través de los circuitos administrativos internos establecidos.

Educación y promoción de la salud con intervenciones destinadas a capacitar a los trabajadores en el control sobre su salud y mejorarla tanto frente a los riesgos laborales como extralaborales

• Rellenará la ficha de comunicación de accidente de trabajo de los trabajadores accidentados y la remitirá a la Unidad de Personal

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Vigilancia de la salud para la detección precoz de alteraciones de salud, principalmente relacionadas con el trabajo, mediante la recogida sistemática y análisis de información tanto a nivel individual como colectivo.

• Elaboración de un informe trimestral referente a las actividades desarrolladas por el servicio de enfermería que se enviará al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a través del empleado público Designado.

4.- CONTROL DEL PERSONAL ASIGNADO AL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA.

La AEMPS podrá exigir a la empresa adjudicataria los justificantes de pago a la Seguridad Social del personal que presta los servicios en la misma.

El personal contratado por la empresa adjudicataria deberá prestar sus servicios vistiendo la uniformidad apropiada al servicio a realizar, batas médicas y bata de enfermería, llevando así mismo un distintivo de la empresa adjudicataria en el que costará identificación como personal de asistencia médica y se someterá a las normas de control y seguridad que se establezcan en la AEMPS.

5.- PRECIO UNITARIO MÁXIMO ESTIMADO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA SANITARIA

El precio unitario máximo por el facultativo al mes será de 1.855,00 euros, el precio para el personal de fisioterapia será de 984,00 euros al mes y el precio unitario máximo por el personal de enfermería al mes será de 3.440,00 euros, de conformidad con el Anexo al presente Pliego.

Estos precios unitarios son IVA EXCLUIDO, ya que en virtud del artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, el objeto de los servicios a contratar está exento de IVA.

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VIGILANCIA DE LA SALUD 1.- LUGAR DE REALIZACIÓN

Tanto los exámenes de salud como la extracción de sangre (analítica) se efectuarán en la sede de la AEMPS, sita en la calle Campezo, nº 1 de Madrid.

2.- ÁMBITO SUBJETIVO

Los reconocimientos se efectuarán al personal funcionario, laboral y becarios/as que preste servicios en la AEMPS.

El personal de la AEMPS recibirá información del tipo de pruebas que se proponen, así como de las fechas de realización. Se proporcionará el listado diario de personas a las que se realizará el reconocimiento médico, tratando la empresa adjudicataria de adaptarse a las disponibilidades de la AEMPS en cuanto a la funcionalidad de los Departamentos de la misma.

3.- INSTALACIONES, EQUIPO TÉCNICO, MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD.

La empresa adjudicataria deberá contar con las instalaciones, equipo técnico y materiales necesarios o suficientes. Asimismo, deberá contar con personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada con arreglo a la normativa vigente, y con la dotación de personal suficiente y necesario para el desempeño de la actividad a contratar.

4. CONTENIDO DE LAS PRUEBAS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD

Se realizarán exámenes de salud específicos a riesgos. Para ello la AEMPS facilitará la Evaluación de Riesgos Laborales a la empresa adjudicataria que aplicará los protocolos médicos específicos -Protocolos Sanitarios elaborados por el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas- u otros medios existentes con respecto a los factores de riesgo a los que esté expuesto el trabajador tal como establece el artículo 37 del R.D. 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

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Todos los trabajadores se beneficiarán de un número mínimo de pruebas (A - G) más aquellas que sean necesarias para valorar los riesgos específicos a los que estén expuestos.

A.- Anamnesis general:

• Antecedentes familiares de interés clínico y epidemiológico

• Antecedentes personales de interés clínico y epidemiológico (en el caso de los trabajadores de laboratorios, incidiendo en patologías infecciosas previas reseñables o que hayan aparecido desde que realizan la tarea, reseñando su estado de inmunidad con respecto a las mismas.

• Alergias

• Hábitos: tóxicos (tabaco, alcohol….), saludables (ejercicio, dieta…..)

• Situación actual (estado subjetivo /objetivo de salud actual y medicamentos que consume en la actualidad de manera habitual)

• Historia Laboral:

• antecedentes laborales. Puesto de trabajo, periodo y riesgos específicos

• Puesto de trabajo actual y riesgos inherentes al puesto B.-Exploración clínica:

• Datos antropométricos (peso, talla)

• Medición de la presión arterial

• Auscultación cardiaca

• Auscultación pulmonar

• Exploración abdominal

• Exploración neurológica

• Exploración vascular periférica

• Exploración del aparato locomotor y columna vertebral

• Exploración orofaríngea y estado de la dentición

• Exploración del cuello (tiroides, adenopatías, motilidad, carótidas)

• Otoscopia

• Exploración cutánea y anejos de la piel.

C.-Control visión:

Se efectuará con y sin corrección visual en aquellas personas que utilicen medios de corrección de la agudeza visual.

• Medida de la Presión Intraocular (PIO)

• Agudeza visual lejana, intermedia y cercana, mono y binocular

• Pruebas cromáticas

• Equilibrio muscular para descartar la existencia de forias.

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• Motilidad extrínseca y reflejos pupilares

• Estado de los medios transparentes (cornea, cristalino) D.-Espirometría:

Se efectuará mediante un espirómetro y utilizando boquillas desechables. Se determinarán: FEV1; FVC; PEF; FET 100%; FET 25 – 75%.

E.-Audiometría:

Realizada desde las frecuencias: 500, 1000, 2000, 3000, 4000, 6000, 8000 Hz., en ambos oídos.

F.-Electrocardiograma:

Registro de 12 derivaciones a todos los trabajadores.

G.-Análisis clínicos:

Análisis de sangre: se realizará extracción mediante el sistema Vacutainer con palomilla.

Se determinarán mediante extracción de muestras los siguientes parámetros:

• Hemograma: Recuento y fórmula. Si en una analítica el valor de la Hemoglobina es < a 12 g/dl en mujeres y < a 13 g/dl en hombres, se determinará hierro, transferrina y ferritina

• Velocidad de sedimentación.

Analítica con 10 parámetros bioquímicos:

1. Glucosa: Si en una analítica el valor de glucosa es > a 110 mg/dl, se realizará Hemoglobina glicosilada.

2. colesterol total ( HDL, LDL) 3. Triglicéridos

4. Ácido úrico 5. Creatinina 6. GOT 7. GPT 8. GGT.

• PSA: Se determinará a los varones mayores de 45 años.

• Orina: elementos anormales y sedimento.

• Heces: Sangre oculta en heces a mayores de 45 años

Los tubos para la recogida de orina y heces se remitirán a las instalaciones de la AEMPS una semana antes del comienzo de las extracciones para que puedan ser distribuidos a los trabajadores.

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4.1 Informe médico

Los resultados de los exámenes médicos serán de acceso para los trabajadores, preferentemente a través de medios electrónicos garantizando el cumplimiento de la LOPDS aunque se podrán remitir en formato papel a solicitud del interesado. Todo ello de manera individual y confidencial.

El informe médico recogerá de forma completa todo el contenido del examen de salud realizado (anamnesis, exploraciones, pruebas complementarias, resultados y recomendaciones).

En dicho informe deberá aparecer además el puesto de trabajo y los protocolos de salud laboral aplicados.

El informe estará disponible en un plazo máximo de 15 días. El coste de este informe final se entiende incorporado al precio de cada una de las pruebas

5.- PLAN DE EJECUCIÓN DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD Los exámenes de salud se llevarán a cabo:

1. Inicialmente después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud.

2. Tras una ausencia prolongada por motivos de salud, con la finalidad de descubrir sus eventuales orígenes profesionales y recomendar una acción apropiada para proteger a los trabajadores.

3. A trabajadores especialmente sensibles, para valorar la necesidad de una adaptación o cambio de puesto de trabajo por motivos de salud del trabajador.

Para su realización, la AEMPS facilitará el listado de los trabajadores y la evaluación de los puestos relacionados. Los reconocimientos se deberán realizar en jornada de mañana en las instalaciones de la AEMPS dentro de los 15 días siguientes al de recibir la documentación. Las pruebas a efectuar serán previamente concertadas y autorizadas por el Servicio de Prevención.

4. A intervalos anuales. El periodo estimado para llevarlos a cabo sería el comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre.

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Como mínimo antes de los 15 días del inicio del plazo señalado en el párrafo anterior, la empresa adjudicataria deberá de presentar el PLAN DE EJECUCIÓN del reconocimiento anual, a la Secretaria General para su aprobación.

Dicho Plan contemplará, como mínimo, lo siguiente:

- Plan de citaciones. Se realizarán en la primera semana de inicio del servicio.

- Plan de contingencias. En caso necesario se realizarán los cambios de citas precisos sin que en ningún caso puedan planificarse pruebas incluidas en el reconocimiento anual con fecha posterior al 15 de diciembre.

Será requisito del Plan que las analíticas se realicen en la primera semana del plazo de ejecución para el servicio acordado, no obstante en los casos que no se pueda seguir dicho Plan se podrá realizar las analíticas en las instalaciones de la empresa adjudicataria con el límite de fechas señalado en el párrafo anterior.

Las pruebas incluidas en los puntos 4C (control de visión), 4D (espirometría), 4E (audiometría) y 4 F(electrocardiograma) se realizarán en un solo día.

Una vez obtenidos los resultados de las anteriores, el personal médico informará en consulta al trabajador de los mismos con las recomendaciones que se consideren pertinentes.

De cada examen se derivará un certificado de aptitud tal y como recoge el artículo 22 de la Ley 31/1995 de Prevención de riesgos Laborales.

Los Certificados de Aptitud individuales serán de acceso telemático y en formato digital descargable mediante clave segura e independiente por el trabajador, por el Servicio de Prevención y el empleado público designado en el mes siguiente a su realización;

Si el trabajador así lo solicita se podrá enviar en formato papel al Servicio Médico para su distribución entre los trabajadores y en formato digital al Servicio de Recursos Humanos de la Secretaría General de la AEMPS.

6.- PRECIO UNITARIO MÁXIMO ESTIMADO POR CADA PRUEBA Y NÚMERO MÁXIMO ESTIMADO DE PRUEBAS

Serán los siguientes de conformidad con el Anexo adjunto al presente Pliego:

Pruebas Precio unitario máximo estimado por prueba nº máximo estimado de pruebas Anamnesis general 6,00 € 490

Exploración clínica 11,00€ 490 Control visión 7,00€ 490

Espirometría 7,50€ 490

Audiometría 7,50€ 490

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Electrocardiograma 11,00€ 490 Análisis clínicos 11,00€ 490

PSA 12,00€ 60

Analítica de Heces 18,00€ 200

No obstante, debido a la imposibilidad de determinar el número y características de los análisis derivados de la aplicación de protocolos por riesgo y las eventuales situaciones descritas en el punto 5 apartados 1, 2, y 3 de este pliego que no coincidan con las pruebas del examen de salud anual, no se cuantifica el importe de éstos y se establece una partida alzada, de importe máximo de 4.800,00€, anuales, IVA excluido, a justificar por la empresa adjudicataria mediante la presentación de facturas, con detalle del número y tipo de pruebas autorizadas por el Servicio de Prevención y efectivamente realizadas.

Previamente a la realización de las pruebas, la empresa deberá proponer un precio unitario por prueba según los precios de mercado vigentes en el momento que deberá ser valorado y aprobado, en su caso, por los responsables de este contrato, sin que el importe total pueda superar la cantidad propuesta para el concepto.

Estos precios unitarios son IVA EXCLUIDO, ya que en virtud del artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, el objeto de los servicios a contratar está exento de IVA.

SERVICIO DE RECONOCIMIENTOS GINECOLÓGICO y UROPROSTÁTICO

1.- LUGAR DE REALIZACIÓN

El servicio se efectuará en los Centros dependientes de la empresa adjudicataria.

2.- ÁMBITO SUBJETIVO

Los reconocimientos se efectuarán al personal funcionario, laboral y becarios/as que preste servicios en la AEMPS.

3.- INSTALACIONES, EQUIPO TÉCNICO, MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS RECONOCIMIENTOS

La empresa adjudicataria deberá contar con las instalaciones, equipo técnico y materiales necesarios o suficientes. Asimismo, deberá contar con personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada con arreglo a la normativa

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vigente, y con la dotación de personal suficiente y necesario para el desempeño de la actividad a contratar.

4.- EL CONTENIDO DE LOS RECONOCIMIENTOS

1.- Reconocimiento ginecológico (para un máximo de 300 personas):

• Anamnesis e historia clínica ginecológica.

• Exploración de la mama.

• Exploración ginecológica.

• Mamografía y/o ecografía mamaria (a criterio facultativo).

• Citología completa con muestras cervicales.

• Ecografía ginecológica.

• Conclusiones del examen.

• Recomendaciones del ginecólogo a seguir por la trabajadora examinada.

2.- Densitometría ósea (según listado proporcionado por la AEMPS; máximo 20 personas).

3.- Reconocimiento uroprostático (para un máximo de 40 personas):

• Encuesta e Historia clínicas urológicas protocolizadas.

• Exploración urológica.

• Ecografía vesicoprostática.

• Conclusiones.

• Recomendaciones del urólogo a seguir por el trabajador examinado.

Se emitirá un informe personal y confidencial, con los resultados tanto de las exploraciones como de las pruebas realizadas a cada trabajador (con independencia de que se haya sometido a una, varias o todas las indicadas). Dicho informe incluirá el juicio clínico sobre las mismas, así como las indicaciones médicas pertinentes al trabajador examinado. El coste de este informe final se entiende incorporado al precio de cada una de las pruebas.

Se remitirá un ejemplar de los resultados de los exámenes médicos, en sobre cerrado, al servicio de atención de enfermería para su distribución al interesado.

Se procederá a la localización inmediata de la persona afectada en el supuesto de la detección de un resultado anormal de las pruebas efectuadas.

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5.- PLAN DE EJECUCIÓN DE LOS RECONOCIMIENTOS

Los reconocimientos se llevarán a cabo una vez al año, en un periodo máximo estimado comprendido desde el 1 de octubre al 30 de noviembre.

Como mínimo antes de los 15 días del inicio del plazo señalado en el párrafo anterior, la empresa adjudicataria deberá de presentar el PLAN DE EJECUCIÓN de los reconocimientos referenciados, a la Secretaria General para su aprobación.

Dicho Plan contemplará, como mínimo, lo siguiente:

- Plan de citaciones.

- Plan de contingencias. En caso necesario se realizarán los cambios de citas precisos sin que en ningún caso puedan planificarse con fecha posterior al 15 de diciembre.

6.- PRECIO UNITARIO MÁXIMO ESTIMADO DE LOS RECONOCIMIENTOS

Los precios unitarios máximos estimados por reconocimiento realizado a cada persona serán los siguientes, de conformidad con el Anexo al presente Pliego:

• GINECOLÓGICO: Diagnostico ginecológico y mamográfico completo con las exploraciones que cada paciente individualmente necesite, precio unitario máximo estimado por persona 102€.

• DENSITOMETRÍA OSEA, precio unitario máximo estimado por persona 52 €.

• UROPROSTÁTICO: Anamnesis, antecedentes personales y familiares, exploración urológica por tacto rectal, si procede, y valoración diagnóstica.

Ecografía vesicoprostática. Precio unitario máximo estimado por persona 62 €.

Estos precios unitarios son IVA EXCLUIDO, ya que en virtud del artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, el objeto de los servicios a contratar está exento de IVA.

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SERVICIO DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE COLON

Durante el mes de noviembre la empresa adjudicataria impartirá 1 charla informativa de una hora de duración en las instalaciones de la AEMPS en jornada de mañana con el objetivo de informar y formar a los trabajadores acerca de hábitos y conductas saludables que ayuden a prevenir su aparición. Se distribuirán dípticos divulgativos y material digital complementario.

Así mismo, se entregará un cuestionario auto-administrado con el objetivo de identificar la posible población de riesgo. De los resultados de los cuestionarios se entregará informe, que se entiende comprendido en el precio, al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales

El número de charlas informativas podrá ampliarse si la demanda así lo requiriera hasta el máximo de 2.

1.- PRECIO UNITARIO MÁXIMO ESTIMADO del Servicio.

El precio unitario máximo estimado por sesión con distribución de información en papel y medios digitales es de 300 €. Su abono se efectuará una vez efectivamente realizado el servicio mediante factura a nombre de la Secretaría General de la AEMPS.

Estos precios unitarios son IVA EXCLUIDO, ya que en virtud del artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, el objeto de los servicios a contratar está exento de IVA.

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SERVICIO DE PREVENCIÓN

Y TRATAMIENTO DEL TABAQUISMO

Medios Humanos. Necesariamente la ejecución de esta parte del contrato se realizará por un profesional o profesionales con formación específica en Psicología clínica y Técnicas de tratamiento de tabaquismo.

La empresa adjudicataria informará, ayudará, asesorará y tratará a los fumadores que voluntariamente hayan decidido dejar de fumar mediante el siguiente

1.-Programa:

• Charla informativa

• Evaluación clínica individualizada con cooximetría

• Tratamiento farmacológico personalizado

• Control de ganancia de peso

• Prevención de recaídas

• Sesiones de terapia grupal con técnicas psicológicas

Todas las actuaciones previstas se llevarán a cabo en las instalaciones de la AEMPS y en horario de mañana.

2.-Planificación

Una vez realizadas las inscripciones, en el plazo máximo de 15 días desde la comunicación de los participantes a la empresa adjudicataria, la empresa adjudicataria impartirá una charla inicial con los trabajadores que hayan decidido participar. Se establece un máximo de 25 personas.

Se realizará una evaluación clínica individualizada con historial del hábito, así como una cooximetría para determinar el nivel de monóxido de carbono y detectar la posible pérdida de oxigenación de la hemoglobina.

Si se considera necesario, según criterio médico y previamente aprobado por la AEMPS, se prescribirá tratamiento farmacológico personalizado cuyo coste asumirá el trabajador.

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Durante toda la duración del contrato se llevarán a cabo al menos 11 sesiones de grupo con el objetivo de apoyar al trabajador en el proceso de deshabituación que incluirán técnicas de relajación para el apoyo en el síndrome de abstinencia. La empresa presentará previamente al interlocutor de la AEMPS un calendario con la programación y el contenido de estas sesiones para su aprobación.

Se realizarán controles periódicos de control de peso y del nivel de monóxido de carbono y oxigenación con cooximetrías periódicas.

Se emitirán informes mensuales de la evolución de los participantes en el tratamiento donde se especificarán las bajas y su motivación, si las hubiera.

Se presentará mensualmente documento acreditativo con las firmas de los participantes las sesiones y los controles individuales realizados.

Al menos 15 días antes de la finalización del contrato se entregará informe de los resultados obtenidos a la Secretaría General de la AEMPS y cuyo precio se entiende incluido.

La empresa adjudicataria aportará el instrumental y el material necesario para el buen desarrollo del programa.

3.- PRECIO UNITARIO MÁXIMO ESTIMADO

El precio unitario máximo estimado por persona incluida en el programa será de 190,08

€. Se abonará mensualmente una vez realizado el servicio. Para ello, la empresa presentará detalle de los participantes actualizado cada mes para su aprobación en el Servicio de Recursos Humanos de la AEMPS.

Este precio unitario es con IVA excluido ya que en virtud del artículo 20 de la Ley del impuesto sobre el Valor añadido, el objeto de los servicios a contratar está exento de IVA.

NOMBRAMIENTO DE INTERLOCUTORES

La empresa adjudicataria deberá de designar un único coordinador para todos los servicios contratos que estará en comunicación con la AEMPS.

El coordinador de la AEMPS será el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales a través del Empleado Público Designado.

La misión básica entre estos dos interlocutores será la comunicación entre las partes de cuantas circunstancias puedan producirse en detrimento de la calidad del servicio, del

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cumplimiento de las condiciones, de impedimentos u obstáculos originarios de los mismos y en general, cuanto a su juicio pueda acontecer en contradicción con el estricto cumplimiento de las obligaciones que las partes contratantes han asumido.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

El adjudicatario será responsable de cumplir la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales sobre su personal, tanto el presencial como el no presencial. A tal efecto, se trabajará conforme a los procedimientos y protocolos definidos por la normativa vigente en materia de prevención de riesgos

La empresa adjudicataria deberá cumplir con lo dispuesto en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Para llevar a cabo dicha coordinación, la empresa contratada, una vez formalizado el contrato y previo al inicio de la actividad deberá presentar la documentación en materia de Prevención de Riesgos Laborales requerida por el Centro.

Para ello se les facilita los modelos a cumplimentar que se adjuntan en Anexo de este pliego

Madrid, a 23 mayo de 2014 LA DIRECTORA DE LA AEMPS

P.D. Resolución 28-03-00 (B.O.E. nº 88 de 12-04-00) EL SECRETARIO GENERAL

Francisco Javier Muñoz Aizpuru

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