V
2016
EVALUACIÓN AMBIENTAL PRELIMINAR PARA EL
PROYECTO
DE
MODIFICACIÓN
EN
LA
ÍNDICE DE CONTENIDO
1 FICHA GENERAL DEL ESTUDIO ... 8
1.1 NOMBRE DEL PROPONENTE Y RAZÓN SOCIAL ... 8
1.2 REPRESENTANTE LEGAL ... 8
1.3 ENTIDAD AUTORIZADA PARA LA ELABORACIÓN DE LA EVALUACIÓN PRELIMINAR ... 8
2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ... 9
2.1 ANTECEDENTES DEL PROYECTO ... 9
Componentes existentes de la Subestación Ica ... 9
2.1.1 2.2 ALCANCES DEL PROYECTO ... 9
2.3 OBJETIVO ... 10
2.4 JUSTIFICACIÓN ... 10
2.5 MARCO LEGAL ... 11
Normativa General ... 11
2.5.1 Normativa Sobre el Ambiente y los Recursos Naturales ... 16
2.5.2 Normativa Sobre Estándares de Calidad Ambiental ... 25
2.5.3 Normativa Sobre Salud ... 36
2.5.4 Normativa Sobre Patrimonio Cultural ... 37
2.5.5 Normativa Sobre el Ámbito Social ... 39
2.5.6 Normativa sub-Sector Electricidad... 40
2.5.7 2.6 DATOS GENERALES DEL PROYECTO ... 43
Nombre del Proyecto ... 43
2.6.1 Tipo de Proyecto a realizar ... 43
2.6.2 Monto Estimado de la Inversión ... 43
2.6.3 Ubicación Física del Proyecto ... 43
2.6.4 Zonificación distrital ... 44 2.6.5 Distrito... 44 2.6.6 Provincia ... 44 2.6.7 Región ... 44 2.6.8 Superficie Total y Cubierta ... 44
2.6.9 Tiempo de Vida Útil del proyecto ... 44
2.6.10 Situación Legal del Predio ... 45
2.6.11 2.7 CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO ... 45
Alcances del Proyecto ... 45
2.7.1 Modificación de la subestación Ica ... 46
2.7.2 Descripción Ténica del Proyecto ... 47
2.7.3 Etapas del Proyecto ... 56
2.7.4 Estructura de Servicio ... 59
2.7.5 Vías de acceso ... 59
2.7.6 Materias Primas e Insumos ... 60
2.7.7 Procesos ... 61 2.7.8 Productos Elaborados ... 61 2.7.9 Servicios... 61 2.7.10 Personal... 62 2.7.11 Residuos Líquidos ... 62 2.7.12 Residuos Sólidos ... 63 2.7.13 Emisiones Atmosféricas ... 64 2.7.14 Generación de Ruido ... 64 2.7.15 Generación de Radiaciones ... 64 2.7.16 3 ÁREA DE INFLUENCIA ... 65
3.1 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA (AID) ... 65
3.2 ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA (AII) ... 65
4.1 MEDIO FÍSICO ... 66
Clasificación Climática... 66
4.1.1 Hidrología ... 85
4.1.2 Calidad del Agua ... 86
4.1.3 Geología ... 86 4.1.4 Geomorfología ... 88 4.1.5 Fisiografía ... 89 4.1.6 Suelo ... 91 4.1.7 Paisaje ... 101 4.1.8 4.2 MEDIO BIOLÓGICO ... 105 Zonas de Vida ... 105 4.2.1 Formaciones Ecológicas o Unidades de Vegetación... 105
4.2.2 Potenciales especies en el Área de Influencia ... 106
4.2.3 4.3 MEDIO SOCIAL,CULTURAL Y ECONÓMICO ... 107
Generalidades ... 107 4.3.1 Objetivo ... 107 4.3.2 Metodología ... 107 4.3.3 Descripción de los Instrumentos Aplicados ... 108
4.3.4 Caracterización del medio social ... 109
4.3.5 Demografía ... 109 4.3.6 Salud ... 112 4.3.7 Educación ... 114 4.3.8 Vivienda... 117 4.3.9 Aspectos culturales ... 121 4.3.10 EN EL ANEXO N° 22 SE ENCUENTRAN LAS ENCUESTAS REALIZADAS EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO 122 5 PLAN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA ... 123
5.1 GENERALIDADES ... 123 5.2 OBJETIVOS ... 123 Objetivo general ... 123 5.2.1 Objetivos específicos ... 123 5.2.2 5.3 NORMATIVA APLICABLE ... 123
5.4 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA ... 123
Cartas Informativas ... 124
5.4.1 Buzon de Sugerencias ... 124
5.4.2 6 DESCRIPCIÓN DE POSIBLES IMPACTOS AMBIENTALES ... 125
6.1 IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS ... 125
Metodología de Identificación de Impactos Ambientales ... 125
6.1.1 Identificación de Impactos ... 127
6.1.2 6.2 EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ... 129
Metodología de Evaluación de Impactos Ambientales ... 129
6.2.1 Atributos de los Impactos Ambientales ... 129
6.2.2 Importancia del Impacto (II) ... 131
6.2.3 Matriz de Evaluación de Impactos ... 131
6.2.4 Evaluación de Impactos ... 132
6.2.5 7 MEDIDAS DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN O CORRECCIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES ... 146
7.1 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN ... 146
Medidas para la generación de partículas, emisiones gaseosas y ruido... 146
7.1.1 Medidas para la conservación de la calidad del suelo ... 147
7.1.2 Medidas para la generación de residuos sólidos ... 147
7.1.3 Medidas para la generación de residuos líquidos peligrosos y no peligrosos ... 148
7.1.4 Medidas para la protección del Paisaje ... 149
7.1.5 Medidas de manejo de asuntos sociales ... 149
7.1.6 7.2 ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO ... 151
Medidas para la generación de partículas, emisiones gaseosas y ruido... 151
7.2.1 Medidas para la generación de radiaciones no ionizantes ... 151
7.2.2 Medidas para la conservación de la calidad del suelo ... 152
7.2.3 Medidas para la generación de residuos sólidos ... 152
7.2.4 Medidas para la generación de residuos líquidos peligrosos y no peligrosos ... 153
7.2.5 Medidas de manejo de asuntos sociales ... 153
7.2.6 7.3 ETAPA DE ABANDONO ... 155
Medidas para la generación de partículas, emisiones gaseosas y ruido... 155
7.3.1 Medidas para la conservación de la morfología ... 155
7.3.2 Medidas para la conservación de la calidad del suelo ... 156
7.3.3 Medidas para la generación de residuos sólidos ... 156
7.3.4 Medidas para la generación de residuos líquidos peligrosos y no peligrosos ... 157
7.3.5 Medidas para la protección del Paisaje ... 157
7.3.6 Medidas para la protección de la biodiversidad ... 158
7.3.7 Medidas de manejo de asuntos sociales ... 158
7.3.8 8 PLAN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL ... 160
8.1 OBJETIVOS ... 160
8.2 SEGUIMIENTO Y CONTROL EN LA ETAPA DE CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN ... 160
8.3 REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA LAS FICHAS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL ... 160
Residuos Peligrosos ... 160
8.3.1 Suelos Contaminados ... 160
8.3.2 Elementos Inservibles o en Desuso ... 161
8.3.3 8.4 PLAN DE MONITOREO AMBIENTAL ... 161
Objetivo ... 161
8.4.1 Impactos a Controlar ... 161
8.4.2 Programa de Monitoreo de la Calidad del Aire ... 162
8.4.3 Programa de Monitoreo de la Calidad de Ruido ... 163
8.4.4 Programa de Monitoreo de Radiaciones No Ionizantes ... 164
8.4.5 Programa de Monitoreo de la Calidad de Suelo ... 165
8.4.6 9 PLAN DE CONTINGENCIAS ... 166 9.1 OBJETIVOS ... 166 9.2 ALCANCES ... 166 9.3 ORGANIZACIÓN ... 166 9.4 IMPLEMENTACIÓN ... 167 9.5 COMUNICACIÓN DE LA EMERGENCIA ... 167
9.6 EQUIPAMIENTO PARA LA EMERGENCIA ... 168
9.7 IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS ... 168
9.8 PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA ... 168
Procedimientos Generales ... 168
9.8.1 Procedimiento en caso de incendios ... 168
9.8.2 Procedimiento en caso de Sismos ... 169
9.8.3 Medidas en caso de Explosión ... 170
9.8.4 Procedimiento en caso de Electrocución ... 171
9.8.5 Procedimiento en caso de derrame de productos químicos e hidrocarburos ... 172
9.8.6 Procedimiento en caso de accidentes vehiculares ... 172
9.8.7 Procedimiento en caso de accidentes laborales ... 173
9.8.8 Lista de organismos exteriores ante emergencia ... 174
9.8.9 10 PLAN DE ABANDONO ... 174
10.1 GENERALIDADES ... 174
10.2 OBJETIVOS ... 174
10.3 RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN ... 174
10.4 PROCEDIMIENTO DEL PLAN DE ABANDONO DEFINITIVO DEL PROYECTO ... 174
12 PRESUPUESTO DE IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CONTROL ... 178
12.1 PRESUPUESTO EN LA ESTAPA DE CONSTRUCCIÓN... 178
12.2 PRESUPUESTO EN LA ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO ... 179
12.3 PRESUPUESTO EN LA ETAPA DE ABANDONO ... 180
13 RECOMENDACIÓN ... 181
14 FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA TITULAR ... 182
15 FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA CONSULTORA ... 183
16 FIRMA DEL PROFESIONAL INSCRITO ... 183
17 RECOMENDACIÓN ... ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
Índice de Tablas
Tabla 1. Estándares Nacionales de Calidad Ambiental de Aire ... 25Tabla 2. Valor anual de concentración de Plomo ... 25
Tabla 3. Parámetros y valores consolidados: Categoría 1 - a ... 26
Tabla 4. Parámetros de la categoría 1-B ... 28
Tabla 5. Parámetros de la categoría 2. ... 30
Tabla 6. Estándar de calidad de concentración del nitrógeno amoniacal en diferente pH y temperatura para la protección de la vida acuática (mg/l de NH3) ... 31
Tabla 7. Parámetros de la categoría 3 ... 31
Tabla 8. Parámetros de la categoría 4 ... 32
Tabla 9. Estándares de Calidad de Suelo – Anexo 1 ... 34
Tabla 10. Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido – Anexo 1 ... 34
Tabla 11. Estándares nacionales de calidad ambiental para radiaciones no ionizantes ... 35
Tabla 12. Valores Adoptados-SLUMP ... 36
Tabla 13. Monto Estimado de la Inversión ... 43
Tabla 14. Coordenadas UTM referencial de la subestación Ica - área actual ... 43
Tabla 15. Coordenadas UTM – Vértices de la subestación Ica área actual ... 44
Tabla 16. Área Total ... 44
Tabla 17. Características del nuevo sistema para la modificación de la subestación Ica ... 46
Tabla 18. Características principales del Proyecto ... 47
Tabla 19. Generalidades del Proyecto ... 47
Tabla 20. Principales características técnicas del proyecto ... 47
Tabla 21. Distancias mínimas ... 47
Tabla 22. Valor básico y distancia de seguridad ... 49
Tabla 23. Resumen distancias eléctricas para 220 kV... 49
Tabla 24. Resumen de conductores flexibles a utilizar en 60 kV ... 50
Tabla 25. Características generales de los interruptores ... 50
Tabla 26. Características generales de los seccionadores. ... 51
Tabla 27. Características generales de los transformadores de corriente ... 51
Tabla 28. Características de transformador de tensión... 52
Tabla 29. Características de los pararrayos ... 52
Tabla 30. Características de los aisladores ... 52
Tabla 31. Características de los aisladores ... 54
Tabla 32. Circuito de iluminación para el patio de llaves ... 56
Tabla 34. Resumen de luminarias ... 56
Tabla 35. Estimación de consumo de agua ... 61
Tabla 36. Número de Personal en la Etapa de Construcción ... 62
Tabla 37. Número de Personal en la Etapa de Operación y Mantenimiento ... 62
Tabla 38. Posibles residuos sólidos que serán generados ... 63
Tabla 39. Emisiones Atmosféricas ... 64
Tabla 40. Unidades Climatológicas ... 66
Tabla 41. Estación Meteorológica San Camilo ... 67
Tabla 42. Métodos Analíticos empleados por el Laboratorio ... 70
Tabla 43. Estación de Muestreo de MET-1 ... 71
Tabla 44. Resultados Meteorológicos de la Estación de Muestreo MET-1 ... 71
Tabla 45. Estándar Nacional para Calidad de Aire ... 74
Tabla 46. Métodos Analíticos empleados por el Laboratorio ... 74
Tabla 47. Ubicación de la Estación de Muestreo de Aire - A-1 ... 75
Tabla 48. Resultados del Muestreo de Calidad de Aire ... 75
Tabla 49. Estándar Nacional para Calidad de Ruido ... 80
Tabla 50. Ubicación de la Estación de Muestreo de Ruido - R-1 ... 80
Tabla 51. Ubicación de la Estación de Muestreo de Ruido - R-2 ... 81
Tabla 52. Métodos Analíticos empleados por el Laboratorio ... 81
Tabla 53. Resultados del Muestreo de Calidad de Ruido ... 81
Tabla 54. Métodos Analíticos empleados por el Laboratorio ... 83
Tabla 55. Ubicación de la Estación de Muestreo de Radiaciones No Ionizantes – RAD-1 ... 84
Tabla 56. Resultados del Muestreo de Radiaciones No Ionizantes ... 84
Tabla 57. Unidades Litoestratigráficas ... 87
Tabla 58. Unidades Geomorfológicas ... 88
Tabla 59. Unidades Fisiográficas ... 89
Tabla 60. Unidades de Asociaciones de Suelo ... 91
Tabla 61. Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Suelo ... 92
Tabla 62. Métodos Analíticos empleados por el Laboratorio ... 93
Tabla 63. Estación de Muestreo de Suelo... 94
Tabla 64. Resultados del Muestreo de Suelos ... 94
Tabla 65. Unidades de Capacidad de uso Mayor de las Tierras ... 97
Tabla 66. Categorías de Uso Actual de la Tierra ... 97
Tabla 67. Componentes biofísicos ... 102
Tabla 68. Componentes arquitectónicos ... 102
Tabla 69. Peso del parámetro potencial estético del paisaje ... 102
Tabla 70. Valor del parámetro potencial estético del paisaje ... 102
Tabla 71. Criterios de valoración y puntuación de la calidad del paisaje ... 103
Tabla 72. Puntaje y clases de calidad visual del paisaje... 104
Tabla 73. Resultado de la evaluación de la calidad visual del paisaje ... 104
Tabla 74. Especies de vegetación... 106
Tabla 75. Especies de aves ... 106
Tabla 76. Especies de mamíferos ... 107
Tabla 77. Especies de mamíferos ... 107
Tabla 78. Región, Provincia y Distrito que comprende el Proyecto ... 109
Tabla 79. Población a nivel Departamental ... 109
Tabla 80. Población Intercensal a nivel Distrital ... 110
Tabla 82. Población por tipo de área a nivel Distrital ... 110
Tabla 83. Población por sexo en la Región Ica ... 110
Tabla 84. Población por sexo a nivel Distrital ... 110
Tabla 85. Población por grupo de edad a nivel Regional y Distrital ... 110
Tabla 86. Población por estado civil a nivel Regional y Distrital ... 111
Tabla 87. Población Según Idioma a Nivel de la Región y Distrito ... 112
Tabla 88. Niveles de Atención, de Complejidad y Categorías de Establecimientos de Salud. ... 113
Tabla 89. Instituciones Educativas a Nivel Región y el Distrital ... 115
Tabla 90. Población analfabeta en la Región y Distrito ... 116
Tabla 91. Tipo de Vivienda en la Región Ica ... 117
Tabla 92. Tipo de Vivienda en el Distrito de Parcona ... 117
Tabla 93. Material de construcción predominante en los pisos en la Región de Ica... 118
Tabla 94. Material de construcción predominante en los pisos en el Distrito de Parcona ... 118
Tabla 95. Tipo de Paredes en la Región de Ica ... 118
Tabla 96. Tipo de Paredes en el Distrito de Parcona ... 118
Tabla 97. Servicios higiénicos en la región de Ica ... 119
Tabla 98. Servicios higiénicos en el distrito de Parcona ... 119
Tabla 99. Población económicamente activa a nivel Regional y Distrital... 120
Tabla 100. Tipo de Actividad Económica Desarrollada a Nivel Regional y Distrital ... 120
Tabla 101. Componentes potencialmente impactados ... 127
Tabla 102. Interacción Causa - Efecto ... 128
Tabla 103. Atributos de los impactos ambientales ... 129
Tabla 104. Valores de los atributos ... 130
Tabla 105. Niveles de Importancia del índice global de impacto o impacto final ... 131
Tabla 107. Promedio ponderado de impactos en la etapa de Construcción ... 144
Tabla 108. Resultados de evaluación estadística de los impactos identificados ... 144
Tabla 109. Promedio ponderado de impactos en la etapa de operación y mantenimiento... 145
Tabla 110. Resultados de evaluación estadística de los impactos identificados ... 145
Tabla 111. Promedio ponderado de impactos en la etapa de abandono ... 145
Tabla 112. Resultados de evaluación estadística de los impactos identificados ... 145
Tabla 113. Resumen de punto de monitoreo ... 165
Tabla 114 Listado de Organismos ante Emergencias... 174
Tabla 115. Tareas de Abandono en la Etapa de Construcción ... 175
Tabla 116. Tareas de Abandono en la Etapa de Operación ... 175
Tabla 117. Cronograma de Implementación de las Medidas de Prevención, Mitigación y Corrección de los Impactos Ambientales, Plan de seguimiento y Control, Plan de Monitoreo Ambiental y Plan de Contingencias... 176
Tabla 118. Presupuesto referencial en la etapa de construcción... 178
Tabla 119. Presupuesto referencial en la etapa de operación y mantenimiento... 179
Tabla 120. Presupuesto referencial en la etapa de abandono ... 180
Índice de Figuras
Figura 1. Valor básico y zona de seguridad ... 48Figura 2. Zona de seguridad ... 48
Figura 3. Distancias mínimas fase-fase ... 49
Índice de Gráficos
Gráfico 1. Temperatura Media Mensual (2010 – 2015)... 68
Gráfico 2. Precipitación Media Mensual (2010 – 2015)... 69
Gráfico 3. Dirección y Velocidad Media del Viento (m/s). 2010 – 2015 ... 70
Gráfico 4. Rosa de Vientos – Estación Meteorológica MET-1 ... 72
Gráfico 5. Histograma... 73
Gráfico 6. Material Particulado (PM10) vs ECA Aire ... 76
Gráfico 7. Material Particulado (PM2.5) vs ECA Aire ... 76
Gráfico 8. Dióxido de Nitrógeno (NO2) vs ECA Aire ... 76
Gráfico 9. Dióxido de Azufre (SO2) vs ECA Aire ... 77
Gráfico 10. Monóxido de Carbono (CO) vs ECA Aire ... 77
Gráfico 11. Hidrógeno Sulfurado (H2S) vs ECA Aire ... 77
Gráfico 12. Ozono (O3) vs ECA Aire ... 78
Gráfico 13. Material Particulado (PM10) vs ECA Aire ... 78
Gráfico 14. Material Particulado (PM10) vs ECA Aire ... 78
Gráfico 15. Resultados de Calidad de Ruido Diurno ... 82
Gráfico 16. Resultados de calidad de Ruido Nocturno... 82
Gráfico 17. Resultados de Calidad de Radiaciones No Ioniantes ... 84
Gráfico 18. Resultados de Calidad de Radiaciones No Ioniantes ... 85
Gráfico 19. Resultados de Calidad de Radiaciones No Ioniantes ... 85
Índice de Imágenes
Imagen 1. Ubicación del Proyecto ... 9Imagen 2. Ubicación del Proyecto ... 43
Imagen 3 Distribución de los componentes del Proyecto ... 45
Imagen 4. Ubicación del Proyecto ... 59
Imagen 5. Vista de la vía asfaltada Mariano Melgar ... 60
Imagen 6. Vista de la carretera afirmada que conecta con la Subestación Ica... 60
Imagen 7. Área de Influencia Directa del Proyecto ... 65
Imagen 8. Área de Influencia Indirecta del Proyecto. ... 66
Imagen 9 La Achirana ... 86
Imagen 10. Punto de muestreo de calidad de agua. ... 86
Imagen 11. Vista del Valle Amplio en zona aledaña al Proyecto. ... 87
Imagen 12. Vista del Valle Amplio en zona aledaña al Proyecto ... 88
Imagen 13. Vista del Valle Intermedio en zona aledaña al Proyecto. ... 89
Imagen 14. Vista de Mantos de Piedemonte en zona aledaña al Proyecto ... 90
Imagen 15. Vista de Planicie Aluvial en zona aledaña al Proyecto ... 90
Imagen 16. Vista de Llanura Aluvial en zona aledaña al Proyecto ... 91
Imagen 17. Vista de la Subestación Ica ... 98
Imagen 18. Vista de Via de acceso en zona aledaña al Proyecto ... 98
Imagen 19. Vista de Urbanizacion en zona aledaña al Proyecto ... 99
Imagen 20. Vista de acequia La Achirana ... 99
Imagen 21. Vista de terrenos con cultivos agrícolas en zona aledaña al Proyecto ... 100
Imagen 22. Vista de laderas de montaña en zona aledaña al Proyecto ... 100
Imagen 23. Vista de tierras sin uso en zona aledaña al Proyecto ... 101
1 Ficha General del Estudio
1.1 Nombre del Proponente y Razón Social
Nombre del Proponente : RED DE ENERGÍA DEL PERÚ S.A.
Número de Registro Único de Contribuyente (RUC) : 20504645046
Domicilio Legal : Edificio Corporativo Arona, oficina 601
Calle y Número : Av. Juan de Arona 720
Distrito : San Isidro
Provincia : Lima
Departamento : Lima
Teléfono : +5117126600
Correo Electrónico : www.rep.com.pe
1.2 Representante Legal
Nombres Completos : Cesar Sanchez Gamarra
Documento de Identidad N° :23817282
Domicilio : Av. Juan de Arona 720
Distrito : San Isidro
Teléfono : +51 7126600
Correo Electrónico : [email protected]
En el Anexo N° 1. Se adjuntan:
- Transferencia de concesión a Red de Energía del Perú – Resolución Suprema Nº053-2002-EM. - Vigencia Poder del representante legal.
1.3 Entidad Autorizada para la Elaboración de la Evaluación Preliminar
P
ERSONAJ
URÍDICA Razón Social : INERCO Consultoría Perú S.A.C.
RUC : 20509921441
Número de Registro en MINEM : R.D Nº 342-2014-MEM/DGAAE
Cambio de Razón Social : R.D Nº 0014-2016-SENACE/DRA
Profesional : Ing. María del Carmen Altamirano
Domicilio : Calle Julio Verne 114 – 118, San Miguel, Lima
Teléfono : 628 4000
Correo Electrónico : [email protected]
En el Anexo N° 2, se adjuntan:
- Resolución Directoral de registro en el MINEM
- Resolución Directoral de la Modificación de la Razón Social de ACON Ambiental Consultores S.A.C. por INERCO Consultoría Perú S.A.C.
2 Descripción del Proyecto
2.1 Antecedentes del Proyecto
El Proyecto se denomina “Modificación de la subestación Ica”. Los antecedentes de dicho Proyecto son los siguientes:
- La empresa de Transmisión Electrica Centro Norte S.A en adelante ETECEN como titular de la concesión, presentó el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental – PAMA en cumplimiento al Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas establecido por el D.S N°029-94-EM. - En el año 1996, fue aprobado el PAMA con Resolución Directoral N° 269-96-EM/DGE.
- Con fecha 05 de setiembre de 2002 se suscribió el “Contrato de Concesión de los Sistemas de Transmisión Eléctrica ETECEN – ETESUR” que otorga el estado peruano, a través del Ministerio de Energía y Minas, a Red de Energía del Perú (REP). Este contrato fue modificado para el tratamiento de ampliaciones mediante Minuta suscrita el 31 de marzo del 2006. Ver Anexo 1.
- El 9 de junio de 2015 Red de Energía del Perú (REP) y el Ministerio de Energía y Minas (MEM) suscribieron la Décima Séptima Claúsula Adicional en el marco del “Contrato de Concesión por los Sistemas de Transmisión, Eléctrica ETECEN – ETESUR”, mediante la cual, REP tiene como alcance realizar, entre otras, la Modificación de la Subestación Ica, que consiste en la instalación de un (01) transformador de potencia trifáasico de 220/60/10 kV de 100/100/30 MVA (ONAF), con sus respectivas celdas de conexión en 220 kV, 60 kV y 10 kV; y , Cambio de configuración en 60 kV de Simple a Doble Barra.
C
OMPONENTES EXISTENTES DE LAS
UBESTACIÓNI
CA2.1.1
Actualmente la Subestación Ica de 220 kV cuenta con un patio de llaves y un edificio de control, los cualesestán contemplados en el PAMA del Sistema de Transmisión ETECEN.
Imagen 1. Ubicación del Proyecto
Fuente: Google Earth 2015
Elaboración: INERCO Consultoría Perú S.A.C.
2.2 Alcances del Proyecto
Los alcances de la Evaluación Preliminar Ambiental del Proyecto “Modificación de la Subestación Ica”, se enmarca en el Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas (D. S. N° 029-94-EM),
Reglamento de Ley del SEIA (D.S. N° 019-2009-MINAM), Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas R.M. N° 223-2010-MEM/DM y las pautas orientadoras de la Guía de Estudios de Impacto Ambiental para las Actividades Energéticas.
Se planificó la racionalización del uso de los recursos naturales y culturales, con el fin de minimizar los riesgos y alteraciones ambientalesque pueda ocasionar el Proyecto, como también Potenciar los beneficios que produzca.
Se describieron las diversas actividades que se llevarán a cabo en todas las etapas del Proyecto (construcción, operación y mantenimiento, y abandono).
Los aspectos físicos, biológicos y socioeconómicos del Área de Influencia del Proyecto, se caracterizaron con información primaria y secundaria.
La identificación de los grupos de interés de la población y los mecanismos que se utilizaron, permitieron informar y obtener percepciones, inquietudes y temores, sobre el desarrollo del Proyecto.
Se dimensionó y evaluó cualitativamente y cuantitativamente los impactos producidos por dicho Proyecto, donde se estableció el grado de afectación de los ecosistemas y contextos sociales, esta dimensión se realizó a través del ítem de identificación y evaluación de impactos ambientales. Posteriormente, se describió la naturaleza de las posibles interacciones entre el Proyecto propuesto y su entorno.
Se identificaron los actores o grupos de interés en el área de influencia incluyendo todos los grupos que potencialmente podrían ser alterados por la ejecución del Proyecto.
Además, se propusieron medidas para la prevención, mitigación, corrección y compensación para todos y cada uno de los impactos identificados, estableciéndose un conjunto de actividades, planes y programas integrados en la Estrategia de Manejo Ambiental (EMA).
Se estableció un Programa de Monitoreo Ambiental para el seguimiento de las medidas de manejo ambiental con una frecuencia determinada.
Se estableció un Plan de Contingencias orientado a la toma de acciones inmediatas ante la ocurrencia de eventos que pongan en riesgo al personal, al ambiente, o la continuidad de las actividades del Proyecto. Se estableció un Plan de abandono final, que permita asegurar la recuperación del paisaje y medio ambiente en el área del Proyecto.
2.3 Objetivo
Obtener la certificación ambiental para ejecutar el Proyecto “Modificación de la subestación Ica”, mediante la ampliación de capacidad de transformación y cambio de configuración en 60 kV de simple a doble barra; con el fin de aumentar la confiabilidad y disponibilidad del sistema, cuya importancia operativa se viene incrementando.
2.4 Justificación
La justificación del Proyecto se basa primordialmente en los siguientes aspectos:
- Fomento de la inversión privada, que contribuye al desarrollo de la economía peruana; proyectandose a lograr efectos medioambientales positivos a nivel global y, al mismo tiempo, dotándola de mayor seguridad en la disponibilidad de energía a nivel nacional.
- Generación de mano de obra temporal y permanente durante el desarrollo del Proyecto, además de generar oportunidades de negocio en la economía de la zona.
- Actualmente la subestación cuenta con dos transformadores de potencia de similares características (50/50/30 MVA y 210/62.3/10.3 kV) , los cuales presentan, a la fecha, cargabilidades del 80% y del 75% respectivamente. Por otro lado, el crecimiento estimado de la demanda de potencia en la región Ica, según el Informe N° 0281-2012.GART “Estudio para la Determinación del Plan de Inversiones en Transmisión para el Área de Demanda 8” alcanzaría una tasa de crecimiento promedio de 4,5% anual,
haciendo necesario el incremento de la capacidad de transformación. Por lo que, en el Plan de Inversiones 2013-2017 se prevé el ingreso de un transformador 220/60/10 kV, 100 MVA en la subestación Ica.
- Considerando el ratio de crecimiento de la demanda anteriormente citada para la Región Ica, la capacidad nominal de los transformadores de potencia de la subestación alcanzaría a principios del año 2017 aproximadamente, por lo que se requiere la modificación de la subestación Ica, con la finalidad de atender la creciente demanda en el nivel de tensión del 60kV acorde con los nuevos incrementos de demanda y mejorar la confiabilidad en la prestación del servicio eléctrico, así como evitar problemas de sobre carga y congestión.
- Asimismo, debido al incremento de la demanda, es necesario el cambio de configuración en 60 kV de simple a doble barra en la subestación Ica, lo que permitirá aumentar la confiabilidad y disponibilidad del sistema, asimismo tener la posibilidad de futuras líneas de transmisión en 60 kV, con el fin de atender la demanda creciente en esa zona.
2.5 Marco Legal
N
ORMATIVAG
ENERAL2.5.1
1. C
ONSTITUCIÓNP
OLÍTICA DELP
ERÚEl Art. 2° de la Constitución Política del Perú considera como uno de los derechos fundamentales de la persona, al derecho de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
Los numerales 5 y 17 del Art. 2° consagran el derecho de acceso a la información pública y el derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. El numeral 22 del Art 2° toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
El numeral 19 del Art 2°; a su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación.
Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son citados por cualquier autoridad.
El Art. 21° establece que, entre otros, los yacimientos y restos arqueológicos expresamente declarados bienes culturales y provisionalmente los que se presumen como tales son patrimonio cultural de la Nación y están protegidos por el Estado.
En los artículos 66° al 69° se señala que los recursos naturales, renovables y no renovables, son Patrimonio de la Nación, promoviendo el Estado el uso sostenible de éstos. También indica que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
Protege el derecho de propiedad y así lo garantiza el Estado, pues a nadie se le puede privar de su propiedad (Art., 70°), salvo expropiación exclusivamente en casos de seguridad nacional o necesidad pública declarados por ley.
De otro lado, el Estado reconoce el derecho a la identidad étnica y cultural como un derecho fundamental de las personas. Asimismo, señala el reconocimiento del Estado de la pluralidad étnica y cultural, especificando la necesidad de su protección y estableciendo que debe respetarse la identidad cultural de las comunidades campesinas, entendidas éstas como sujetos de derecho de carácter colectivo.
En su Art. 89º establece que las comunidades campesinas tienen existencia legal y son personas jurídicas autónomas en su organización y en el uso y disposición de sus tierras.
2. P
OLÍTICA DEE
STADON°
19,
D
ESARROLLOS
OSTENIBLE YG
ESTIÓNA
MBIENTALLa Política de Estado N° 19 busca la Competitividad del País con metas hasta el año 2021. Tiene como finalidad fortalecer la institucionalidad de la gestión ambiental, mejorando y fortaleciendo la coordinación entre la sociedad civil, la autoridad ambiental nacional, las sectoriales y los niveles regionales y locales, en el marco de un sistema nacional de gestión ambiental. Esta acción tiene como base fundamental la gestión ambiental descentralizada y desconcentrada de los sectores del Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos locales, con la participación del sector empresarial y la sociedad civil.
La participación de la empresa privada se llevará a cabo mediante el respeto y la conservación de los recursos naturales, así como la participación activa en el desarrollo de conciencia ambiental.
3. P
OLÍTICAN
ACIONALA
MBIENTALAprobada por el D.S. N° 012-2009-MINAM, la Política Nacional Ambiental, se enmarca dentro de lo establecido en los artículos 67º y 68º de la Constitución Política del Perú; así como dentro de lo contenido en los convenios, tratados y declaraciones internacionales suscritos y ratificados por el Perú en materia ambiental, constituyendo de esta forma uno de los instrumentos de gestión ambiental más importantes y de cumplimiento obligatorio en los niveles del gobierno y de carácter orientador para el sector privado y la sociedad civil, teniendo como objetivo principal alcanzar el desarrollo sostenible del país.
Se estructura en base a cuatro ejes temáticos esenciales de la gestión ambiental:
- Eje de Política 1. Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica.
- Eje de Política 2. Gestión Integral de la calidad ambiental. - Eje de Política 3. Gobernanza ambiental.
- Eje de Política 4. Compromisos y oportunidades ambientales internacionales.
4. L
EYM
ARCO DELS
ISTEMAN
ACIONAL DEG
ESTIÓNA
MBIENTAL YR
EGLAMENTOAprobada por Ley N° 28245 y reglamentada por el D.S. N° 008-2005-PCM, la Gestión Ambiental Nacional se ejerce en base a la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, la cual tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes y acciones destinadas a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
Para que la gestión ambiental sea eficiente se requiere promover el involucramiento y toma de conciencia de la población y autoridades competentes en los temas de desarrollo y en la conservación del ambiente y los recursos naturales. Esto constituye un eje sobre el cual se debe trabajar, para lograr el cambio de actitud en la población.
Parte de las actividades a ejecutar por el Proyecto dentro de su EMA, se realizarán a través de sus programas, charlas de capacitación y educación a la población, buscando la toma de conciencia en la conservación y cuidado del ambiente.
5. L
EY DELS
ISTEMAN
ACIONAL DEE
VALUACIÓN DEI
MPACTOA
MBIENTALAprobada por Ley N° 27446, tiene por finalidad: La creación del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas
por medio del proyecto de inversión. Esta ley establece un proceso uniforme que comprende los requerimientos, etapas y alcances de las evaluaciones del impacto ambiental de proyectos de inversión; así como el establecimiento de los mecanismos que aseguren la Participación Ciudadana en el proceso de evaluación de impacto ambiental.
i. Modificatoria de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. D.L. N° 1078 Se modificaron los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 10°, 11°, 12°,16°, 17°, 18° de la Ley N° 27446.
En el Art. 3°, se establece, que si no cuentan previamente con la Certificación Ambiental en la resolución expedida por la respectiva autoridad competente, no podrán iniciarse la ejecución de proyectos ni actividades de servicios y comercio referidos en el Art. 2°.
ii. Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. D.S. Nº 019-2009-MINAM
En el Art. 3°, del reglamento del SEIA se establecen los principios del SEIA; estos principios son: indivisibilidad, participación, complementariedad, responsabilidad compartida, eficacia, y eficiencia Se establece en el Art. 20°, que los Proyectos de inversión que están sujetos al SEIA se encuentran señalados en el Anexo II, en el cual se encuentran los proyectos de Transmisión Eléctrica. El MINAM revisa y actualiza periódicamente este listado en coordinación con las entidades que conforman el SEIA
6. L
EY DE CREACIÓN DELS
ERVICION
ACIONAL DEC
ERTIFICACIÓNA
MBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES(SENACE)
Aprobada por Ley Nº 29968, tiene por finalidad la creación del Sevicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho publico interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente.
El SENACE forma parte del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) cuya rectoría la ejerce el Ministerio del Ambiente.
El SENACE es el encargado de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) regulados en la Ley 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y sus normas reglamentarias, que comprenden los proyecto de inversión pública, privada o de capital mixto, de alcance nacional y multirregional que impliquen actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales significativos; salvo los Estudios de Impacto Ambiental detallasdos que expresamente se excluyan por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, a propuesta del sector correspondiente, los que serán evaluados por el sector que disponga el referido decreto supremo.
7. L
EY DELS
ISTEMAN
ACIONAL DEE
VALUACIÓN YF
ISCALIZACIÓNA
MBIENTALAprobada por Ley N° 29325 tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la Legislación Ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas. Se crea con el objetivo de supervisar y garantizar que se cumplan las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de diversas entidades del Estado. Este sistema está conformado por: El Ministerio del Ambiente (MINAM), el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y las entidades de fiscalización ambiental, Nacional, Regional o Local.
La Ley N° 30011, modifica la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, en sus artículos 10°, 11°, 13°, 15°, 17° y 19°, así como algunas disposiciones complementarias.
8. R
EGLAMENTO DE LAL
EY DELS
ISTEMAN
ACIONAL DEE
VALUACIÓN YF
ISCALIZACIÓNA
MBIENTALPublicado mediante la Resolución Ministerial Nº 049-2012-MINAM, tiene como objeto regular los alcances de la Ley N°29325 y establecer los principios, procesos y normas que regulan la actuación del OEFA y de las demás entidades conformantes de dicho sistema; en concordancia con el rol tutelar del Estado sobre el interés público y el derecho de toda persona a vivir en un ambiente equilibrado para el desarrollo de la vida.
9. L
EYM
ARCO PARA ELC
RECIMIENTO DE LAI
NVERSIÓNP
RIVADAAprobada por D.L. N° 757 Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. La presente Ley tiene por objeto garantizar la libre iniciativa y las inversiones privadas, efectuadas o por efectuarse, en todos los sectores de la actividad económica y en cualesquiera de las formas empresariales o contractuales permitidas por la constitución y las leyes. En la presente Ley se detallan y establecen los derechos, garantías y obligaciones que son de aplicación a todas las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, que sean titulares de inversiones en el país. Sus normas son de observancia obligatoria por todos los organismos del Estado, ya sean del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, a todo nivel.
i. Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura. D.L. N° 1192
El presente D.L N° 1192 menciona que la adquisición de inmuebles se realizará por trato directo en forma previa o posterior a la ley que autorice su expropiación. Es decir, no es necesario esperar a esta Ley para iniciar las negociaciones. Además, si el propietario accede a vender el bien, el Estado pagará una indemnización adicional de 10% sobre el valor comercial del inmueble.
Establece que la empresa concesionaria podrá participar en el proceso de adquisición de predios y de liberación de interferencias. Esta capacidad quedará explícita en los contratos del proceso de promoción de la inversión privada y el Estado reconocerá los costos que en los que el privado incurra –aspecto que antes no estaba clara en la legislación–. El reembolso comprende el valor de adquisición de los inmuebles y el Estado tiene un plazo máximo de 30 días hábiles (desde que recibe la solicitud) para efectuar el pago. Además, si la adquisición no se logra culminar, es el Estado quien iniciará el proceso de expropiación.
10. S
OBRE LAP
ROMOCIÓN DE LAI
NVERSIÓNP
RIVADA(P
ROINVERSIÓN)
- D.L. Nº 674: Declara de interés nacional la promoción de la inversión privada en las empresas del estado y se crea la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), como ente rector del proceso.
- D.L. Nº 839: Aprueba la Ley de Promoción de la Inversión Privada en Obras Públicas de Infraestructura y Servicios Públicos.
- D.S. Nº 059-96-PCM: Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y servicios públicos.
- D.S. Nº 060-96-PCM: Reglamento del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y servicios públicos.
- Ley Nº 27111: Aprueba la transferencia de PROMCEPRI a la COPRI.
- D.S. Nº 027-2002-PCM: Dispone la fusión de la COPRI, la Comisión Nacional de Inversiones y Tecnologías Extranjeras y la Gerencia de promoción Económica de la Comisión de Promoción
del Perú, en la Dirección Ejecutiva FOPRI, la cual pasó a denominarse Agencia de Promoción de la Inversión (PROINVERSION).
- D.S. Nº 028-2002-PCM: Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión.
- R.S. Nº 228-2002-EF: Cambia la denominación del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos, por Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos.
- R.S. N° 009-2003-EF: Modifica la conformación del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos, el mismo que está integrado por tres miembros permanentes.
- D.S. Nº 095-2003-EF: Modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN).
- El Proyecto se realiza en base a un contrato de Concesión firmado por el Estado Peruano. - Contrato a través del cual se transfiere al concesionario la prestación de un servicio público a
través del mismo ejerce sus derechos de gestión y prestación de una actividad considerada como servicio público.
11. D
ISPOSICIONESE
SPECIALES PARAE
JECUCIÓN DEP
ROCEDIMIENTOSA
DMINISTRATIVOSAprobado por D.S. N° 054-2013-PCM. Dicha disposición tiene como objeto aprobar los procedimientos administrativos de autorizaciones y/o certificaciones para los proyectos de inversión en el ámbito del territorio nacional, entre ellos se encuentran la emisión del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA) y la aprobación del Plan de Monitoreo Arqueológico, para proyectos nuevos que contemplen la fuente de agua superficial y subterránea, las disposiciones ambientales para los proyectos de inversión, para la autorización sanitaria de sistemas de tratamiento de agua de consumo humano y sobre la servidumbre sobre los terrenos eriazos del Estado para proyectos de inversión.
12. S
OBRE ELO
RGANISMOR
EGULADORi. Creación del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN). Ley N° 28964 En enero del 2007, mediante la Ley N° 28964, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), como el organismo regulador, supervisor y fiscalizador de las actividades que desarrollan las personas jurídicas de derecho público interno o privado y las personas naturales, en los Subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería, siendo integrante del Sistema Supervisor de la Inversión en Energía compuesto por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía. Dicho Organismo tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, técnica, administrativa, económica y financiera. Asimismo tiene como misión regular, supervisar y fiscalizar en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería, así como el cumplimiento de las normas legales y técnicas referidas a la conservación y protección del medio ambiente en el desarrollo de dichas actividades.
Mediante Decreto Supremo N° 001-2010-MINAM, publicada el 21 de enero de 2010, se aprueba el inicio del proceso de transferencia de funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental del OSINERMING al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA.
Como resultado de dicho proceso se transfiere el acervo documentario, personal, bienes y recursos designados al ejercicio y cumplimiento de las funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental.
13. A
PRUEBAN DISPOSICIONESE
SPECIALESP
ARAE
JECUCIÓN DEP
ROCEDIMIENTOSA
DMINISTRATIVOS DEA
UTORIZACIONES Y/
OC
ERTIFICACIONES PARAP
ROYECTOS DEI
NVERSIÓN EN ELÁ
MBITON
ACIONAL–
D.S
N°
054-2013-PCM
El D.S N° 054-2013-PCM en su Art. 4° indica las disposiciones ambientales para los proyectos de inversión, lo siguiente:
“En los casos en que sea necesario modificar componentes auxiliares o hacer ampliaciones de proyectos de inversión con certificación ambiental aprobada que tienen impacto ambiental no significativo o se pretendan hacer mejoras tecnológicas en las operaciones, no se requerirá un procedimiento de modificación des instrumento de gestión ambiental.
El titular del Proyecto está obligado a hacer un informe técnico sustentado estar en dichos supuestos ante la autoridad sectorial ambiental competente antes de su implementación. Dicha autoridad emitirá su conformidad en el plazo máximo de 15 días hábiles. En caso que la actividad propuesta modifique considerablemente aspectos tales como, la magnitud o duración de los impactos ambientales del proyecto o de las medidas de mitigación o recuperación aprobadas, dichas modificaciones se deberán evaluar a través del procedimiento de modificación”.
14. A
PRUEBAN CULMINACIÓN DELP
ROCESO DET
RANSFERENCIA DEF
UNCIONES ENM
ATERIA DEM
INERÍA,
H
IDROCARBUROS YE
LECTRICIDAD DELM
INISTERIO ALSENACE-
R.M.
N°
328-2015-MINAM
La R.M. N°328-2015-MINAM en su Art. 1 indica lo siguiente:
“Aprobar la culminación del proceso de transferencia de funciones en materia de minería, hidrocarburos y electricidad del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE). Así como, revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental Detallados, las respectivas actualizaciones, modificaciones, informes técnicos sustentatorios, solicitud de clasificación y aprobación de términos de referencia, acompañamiento en la elaboración de Línea Base, Plan de Participación Ciudadana y demás actos o procedimientos vinculados a las acciones antes señaladas”.
N
ORMATIVAS
OBRE ELA
MBIENTE Y LOSR
ECURSOSN
ATURALES2.5.2
1. L
EYG
ENERAL DELA
MBIENTE.
L
EY28611
Aprobada el 13 de octubre del 2005. En el Título Preliminar sobre derechos y principios indica principalmente lo siguiente:
- Artículo I.- Del derecho y deber fundamental
“Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida…”
- Artículo II.- Del derecho de acceso a la información
“Toda persona tiene el derecho a acceder adecuada y oportunamente a la información pública…”
- Artículo III.- Del derecho a la participación en la gestión ambiental
“Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones…”
Mediante esta norma se establecen los principios básicos para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país, lineamientos que el proyecto deberá respetar.
i. Modificatoria de la Ley General del Ambiente, D.L. N° 1055
Se modificaron los artículos 32°, 42°, 43° y 51° de la Ley N° 28611 (Ley General del Ambiente). - Del Límite Máximo Permisible (Art. 32°).
- De la Obligación de Informar (Art. 42°).
- De la información sobre denuncias Presentadas (Art. 43°).
- De los criterios a seguir en los procedimientos de Participación Ciudadana (Art. 51°).
2. S
OBRER
ECURSOSN
ATURALES i. Ley N° 28611, Art. N° 84La Ley N°28611, en su Art. 84°, considera como recursos naturales a todos los componentes de la naturaleza, susceptibles de ser aprovechados por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tengan un valor actual o potencial en el mercado, conforme lo dispone la Ley.
La misma Ley, en el Art. 85°, define que el Estado promueve la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a través de políticas, normas, instrumentos y acciones de desarrollo, así como mediante el otorgamiento de derechos, conforme a los límites y principios expresados en la presente Ley y en las demás leyes y normas reglamentarias aplicables.
Los recursos naturales son patrimonio de la nación, solo por derecho otorgado de acuerdo a la ley y al debido procedimiento pueden aprovecharse los frutos o productos de los mismos, salvo las excepciones de ley. El Estado es competente para ejercer funciones legislativas, ejecutivas y jurisdiccionales respecto de los recursos naturales.
La autoridad ambiental nacional, en coordinación con las autoridades ambientales sectoriales y descentralizadas, elabora y actualiza permanentemente, el inventario de los recursos naturales y de los servicios ambientales que prestan estableciendo su correspondiente valorización.
ii. Título XIII del Código Penal, Delitos contra la Ecología, D.L. N° 635 modificado por Ley N° 29263. Título XIII: Delitos ambientales.
Capítulo Único: Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente. Art. 304°.- Contaminación - Responsabilidad culposa.
El que, infringiendo las normas sobre protección del medio ambiente, lo contamina vertiendo residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los límites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio en la flora, fauna y recursos hidrobiológicos, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con ciento ochenta a trescientos sesentaicinco días-multa.
Si el agente actuó por culpa, la pena será privativa de libertad no mayor de un año o prestación de servicio comunitario de diez a treinta jornadas.
Art. 305°.- Contaminación agravada
La pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con trescientos sesentaicinco a setecientos treinta días-multa cuando:
Los actos previstos en el artículo 304º ocasionan peligro para la salud de las personas o para sus bienes.
El perjuicio o alteración ocasionados adquieren un carácter catastrófico. El agente actuó clandestinamente en el ejercicio de su actividad.
Los actos contaminantes afectan gravemente los recursos naturales que constituyen la base de la actividad económica.
Si, como efecto de la actividad contaminante, se producen lesiones graves o muerte, la pena será: Privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y de trescientos sesentaicinco a
setecientos días-multa, en caso de lesiones graves.
Privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y de setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días-multa, en caso de muerte.
iii. Convenio Sobre Diversidad Biológica (CDB). R.L N° 26181
Mediante esta Resolución N° 26181, se incorpora a nuestra Legislación Nacional el Convenio sobre Diversidad Biológica, cuyo objetivo es: “La conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, mediante, entre otros aspectos, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada” (Art. 1°).
En este convenio se abordan aspectos medulares relativos a soberanía; conservación in situ y ex situ; utilización sostenible de los componentes; evaluación del impacto; acceso a recursos genéticos y tecnología; transferencia tecnológica; intercambio de información; gestión de la biotecnología y distribución de sus beneficios; entre otros puntos.
iv. Ley Orgánica de Aprovechamiento de los Recursos Naturales. Ley N° 26821.
Ley N° 26821, del 26-06-97, en su Art. 2°, se señala que esta Ley tiene por objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado para el fomento de la inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana.
La norma señala las condiciones para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, precisando que los recursos naturales deben utilizarse en forma sostenible, lo cual implica que su manejo debe ser racional (Art. 28°).
El otorgamiento de derechos sobre los recursos naturales no es absoluto ya que se encuentra sujeto a condiciones por parte del titular del derecho, entre estas se tiene:
Utilizar el recurso natural para los fines para los que fue otorgado, garantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales.
Cumplir con las obligaciones dispuestas por la legislación especial respectiva.
Cumplir con los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y los planes de manejo correspondiente, establecido en la legislación de la materia.
Cumplir con la respectiva retribución económica, de acuerdo a las modalidades establecidas en la legislación correspondiente.
v. Ley Sobre la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica. Ley N° 26839. Esta Ley N° 26839, regula lo relativo a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes, en concordancia con los artículos 66° y 68° de la Constitución Política del Perú. Además, promueve la conservación de la diversidad de ecosistemas, especies y genes, el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilización de la diversidad biológica, y el desarrollo económico del país basado en el uso sostenible de sus componentes, en concordancia con el Convenio de las Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica. El D.S N° 068-2001-PCM promulgada el 21-06-2001, es el reglamento de la Ley, el cual regula la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes en concordancia con las normas establecidas en la Ley Nº 26839.
vi. Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica. D.S. N° 102-2001-PCM.
En el D.S. N° 102-2001-PCM, se menciona que la diversidad biológica peruana es patrimonio natural de la Nación; que, por Resolución Legislativa N° 26181 y en concordancia con el Título III, Capítulo II de la Constitución Política del Perú, relativo al Ambiente y los Recursos Naturales, se ratificó el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el cual regula lo relativo a la conservación de la diversidad biológica, utilización sostenible de sus componentes y la distribución justa y equitativa de los beneficios por su uso.
Se menciona que la estrategia nacional es de obligatorio cumplimiento y debe ser incluida en las políticas, planes y programas sectoriales.
vii. Ley de Recursos Hídricos. Ley N° 29338
La Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, busca modernizar y hacer más eficiente el uso del agua tanto en los sectores productivos, como en el doméstico. En esta Ley se crea el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, cuyo objetivo será articular el accionar del Estado para conducir los procesos de gestión integrada y de conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de las cuencas, los ecosistemas y los bienes asociados.
Asimismo, se precisa que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnica normativa del Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, teniendo responsabilidad en el funcionamiento del mismo. Una de las funciones inherentes a dicha autoridad será elaborar el método y determinar el valor de las retribuciones económicas por el derecho de uso de agua, así como por los vertimientos residuales en fuentes naturales.
viii. Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor. D.S. N° 017-2009-AG.
El Ministerio de Agricultura es responsable de la ejecución, supervisión, promoción y difusión de la Clasificación de Tierras en el ámbito nacional, en concordancia con el Ministerio del Ambiente, como autoridad encargada de promover la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, como en este caso el recurso del suelo.
Art. 1°: De la finalidad y alcances de la reglamentación sobre capacidad de uso mayor de las tierras. - Promover y difundir el uso racional continuado del recurso suelo con el fin de conseguir de
este recurso el óptimo beneficio social y económico dentro de la concepción y principios del desarrollo sostenible.
- Evitar la degradación de los suelos como medio natural de bioproducción y fuente alimentaria, además de no comprometer la estabilidad de las cuencas hidrográficas y la disponibilidad de los recursos naturales que la conforman.
- Establecer un Sistema Nacional de Clasificación de las Tierras según su Capacidad de Uso Mayor adecuado a las características ecológicas, edáficas y de la diversidad de ecosistemas de las regiones naturales del país.
- El presente Reglamento de Clasificación de Tierras según su Capacidad de Uso Mayor permite caracterizar el potencial de suelos en el ámbito nacional, determinando su capacidad e identificando sus limitaciones, todo ello dentro del contexto agrario, permitiendo implementar medidas de conservación y aprovechamiento sostenido.
- El Reglamento de Clasificación de Tierras según su Capacidad de Uso Mayor es de alcance nacional, correspondiendo su aplicación a los usuarios del suelo en el contexto agrario, la Zonificación Ecológica Económica y el Ordenamiento Territorial, las instituciones públicas y privadas, así como por los Gobiernos Regionales y Locales.
3. S
OBREV
EGETACIÓN,
F
LORA YF
AUNALa Ley N° 28611 Ley General del Ambiente; en relación a recursos forestales y de fauna silvestre define, que:
- El Estado establece una política forestal orientada por los principios de la presente Ley, propiciando el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como la conservación de los bosques naturales, resaltando sin perjuicio de lo señalado, los principios de ordenamiento y zonificación de la superficie forestal nacional, el manejo de los recursos forestales, la seguridad jurídica en el otorgamiento de derechos y la lucha contra la tala y caza ilegal.
- El Estado promueve y apoya el manejo sostenible de la fauna y flora silvestre, priorizando la protección de las especies y variedades endémicas y en peligro de extinción, en base a la información técnica, científica, económica y a los conocimientos tradicionales.
i. Actualización de la Lista de Clasificación y Categorización de las Especies Amenazadas de Fauna Silvestre Legalmente Protegidas. D.S. N° 004-2014-MINAGRI
Incorpora las categorías de: Casi amenazadas (NT) y datos insuficientes (DD). Además indica la prohibición con fines comerciales del Anexo I de dicho decreto supremo e indica las autorizaciones de transporte de especies categorizadas. Además indica la prohibición con fines comerciales del Anexo I de dicho decreto supremo e indica las autorizaciones de transporte de especies categorizadas.
ii. Aprueban la Categorización de Especies Amenazadas de Flora Silvestre. D.S. N° 043-2006-AG.
Decreta que categorización de especies amenazadas de flora silvestre, distribuidas indistintamente en las siguientes categorías: en peligro crítico, en peligro, vulnerable y casi amenazado; especificando la prohibición de extracción, colecta, tenencia, transporte y exportación de todos los especímenes, productos y/o subproductos de las especies amenazadas de flora silvestre. Con fines de investigación de especies amenazadas solo procede con la autorización de la autoridad competente.
iii. Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Ley N° 29763
Tiene la finalidad de promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre dentro del territorio nacional, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, en armonía con el interés social, económico y ambiental de la Nación; así como impulsar el
desarrollo forestal, mejorar su competitividad, generar y acrecentar los recursos forestales y de fauna silvestre y su valor para la sociedad.
La presente Ley se aplica a las diferentes personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, vinculadas a la gestión del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación, a los recursos forestales y de fauna silvestre, a los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre y a las actividades forestales y de fauna silvestre y conexas, en todo el territorio nacional.
iv. Reglamento para la Gestión Forestal. D.S. N° 018-2015-MINAGRI
El presente Reglamento tiene por objeto regular, a través del Título II al VI, la institucionalidad, la planificación, la zonificación, el ordenamiento y la información vinculada a la gestión forestal y de fauna silvestre. También tiene por objeto regular y promover, a través del Título VII al XXVIII, la gestión al Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, en lo referente a:
- Los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre.
- Los recursos forestales, independientemente de su ubicación en el territorio nacional, a excepción de las plantaciones forestales que se rigen por su propia normatividad. - Los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, en
concordancia con la normatividad sobre la materia.
- La diversidad biológica forestal, incluyendo sus recursos genéticos asociados.
- Los paisajes de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, en tanto sean objeto de aprovechamiento económico.
Asimismo, se consideran las actividades forestales y conexas, a excepción de las actividades agroforestales, con arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley.
El Reglamento tiene por finalidad promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre.
v. Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre. D.S. N° 019-2015-MINAGRI
El presente Reglamento tiene por objeto regular y promover la gestión de Fauna Silvestre, previsto en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en lo referente a:
- Los recursos de fauna silvestre.
- La diversidad biológica de fauna silvestre, incluyendo los recursos genéticos asociados.
Tiene por finalidad promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible de los recursos de fauna silvestre.
vi. Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas. D.S. N° 021-2015-MINAGRI
El presente Reglamento tiene por objeto regular la gestión de los recursos forestales y de fauna silvestre, los servicios de los ecosistemas forestales, plantaciones y otros ecosistemas de vegetación silvestre y las actividades forestales y conexas en tierras de comunidades nativas y comunidades campesinas, con arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.
Tiene por finalidad promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, dentro de tierras de comunidades nativas y las comunidades campesinas.