1 PODER DISCRECIONAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL EN EL ESTADO
DE COSAS DE INCONSTITUCIONAL
SONIA PATRICIA CORTÉS ZAMBRANO∗∗∗∗
Fecha de recepción: 26 de marzo de 2012 Fecha de evaluación: 6 de mayo de 2012 Fecha de aprobación: 30 de Julio de 2012
RESUMEN
El presente trabajo es una reflexión académica que pretende mostrar como en casos concretos, en virtud del poder discrecional de los jueces constitucionales, explicando la singularidad de los procesos de interpretación constitucional a partir de valores y principios en procura de la protección de los derechos fundamentales y debido a la Constitucionalización del derecho, pueden actuar válidamente fuera del rango de su competencia, amparados en lo que la Corte Constitucional ha llamado “ El Estado de cosas Inconstitucional”.
PALABRAS CLAVES
Constitucionalización del Derecho, estado de cosas inconstitucional, ausencia de Estado, interpretación constitucional, poder discrecional del juez constitucional
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