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INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN EL C.E.I.P. EMILIO PRADOS

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INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN

EL C.E.I.P. EMILIO PRADOS

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INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN EL C.E.I.P EMILIO PRADOS

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MEMORIA

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MEMORIA DESCRIPTIVA Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

1. ANTECEDENTES

El presente presupuesto se realiza a solicitud de la Directora General del Distrito Cerro-Amate con fecha de Abril de 2016.

2. ÁMBITO TERRITORIAL.

Los trabajos se realizarán en el ámbito territorial del distrito Distrito Cerro-Amate según figura en los planos anexos.

3. OBJETO.

El objeto es la instalación de un área de juegos infantiles en el patio de infantil del Colegio Emilio Prados del Distrito Cerro-Amate. Se instala un área compuesta por los siguientes elementos: un juego combinado en acero y madera (modelo a elegir por la dirección facultativa) compuesto por tobogán, torre con tejado y escalera de acceso, red de trepa, torre con rocódromo y barras de deslizamiento, un columpio doble de madera con uno de los asientos especial para minusválidos con sistema de retención de seguridad, un juego de muelles individual, un juego de muelles tipo percha doble (balancín) y juego de muelles con soporte asidero. También se dotará al área de un suelo continuo de goma de 5 cm de espesor medio elaborado en dos capas: una capa base de gránulos negros y gruesos de goma reciclada y una capa superior de gránulos mucho más finos hechos de EPDM de color formando dibujos, todo mezclado con un ligante de poliuretano.

Al término de la obra será necesario y OBLIGATORIO un certificado del área de juegos instalada según normativa vigente, por empresa certificadora homologada. En el precio del suministro e instalación de los diferentes elementos de juegos queda incluida la parte proporcional del coste de dicho certificado.

4. PRECIO.

El presupuesto de Ejecución Material previsto es de 19.387,75 €. El presupuesto de Ejecución por Contrata asciende a 23.071,43 € más 5.714,39 € y se corresponden con el 21% de I.V.A.., con lo que asciende a 27.916,43 € el Presupuesto de Licitación.

5. PRECIOS PARA CERTIFICACIONES.

En las unidades de obras que figuran en el presupuesto se incluyen los costes indirectos que serán del 3,5%.

Queda entendido que en las unidades anteriores no están incluidos los gastos generales, el beneficio industrial, ni el I.V.A. que serán aplicados por separado a cada Certificación, una vez aplicada la baja ofertada por el Contratista.

Los porcentajes aplicados son los siguientes: GASTOS GENERALES: 13%

BENEFICIO INDUSTRIAL: 6% I.V.A. (21%)

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6. REVISIÓN DE PRECIOS.

Durante el período de duración del contrato, no se aplicará ningún tipo de revisión sobre los precios ofertados, al haberse actualizado los precios que figuran en el Presupuesto, que serán los que se apliquen por el Ayuntamiento en las restantes obras que se realicen en el periodo de vigencia del contrato, y no preverse factores determinantes que modifiquen sustancialmente el precio final de las unidades de obras.

7. PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS.

El plazo para la realización de las obras será de 1 mes.

8. CLASIFICACION DEL CONTRATISTA.

No se exige.

9. GESTIÓN Y FORMA DE ACTUAR.

La iniciación, organización, realización y control de las actuaciones objeto de esta contratación, se llevarán a efecto con sujeción al contenido de las presentes Prescripciones, así como a los compromisos adquiridos con la oferta presentada.

Asimismo en todas las actuaciones será obligatorio el cumplimiento de las Normativas y Ordenanzas Municipales.

La comunicación entre el contratista y el Distrito se establecerá por medio del Delegado de la Empresa o Técnico titulado y colegiado especialista en obra civil o construcción y el personal del Distrito que tenga atribuidas las competencias de este tipo de trabajos, quien tendrá autoridad sobre el personal de la contrata, aunque en todo caso procurará que las órdenes se den a través del Técnico designado por la empresa.

Los trabajos a realizar por el contratista se articularán con base a las unidades relacionadas en el Presupuesto adjunto.

Debe levantarse en cada actuación un acta de replanteo donde se acredite la disponibilidad física o jurídica de los terrenos donde se ejecutarán las obras a realizar.

En los trabajos de suministro el precio que figura en el Presupuesto, se referirá a entregas a pie de obra, por lo que dicho importe incluye también las operaciones auxiliares necesarias y el transporte.

Además de lo indicado en el párrafo anterior, el contratista deberá realizar todos los trabajos complementarios necesarios para la prestación adecuada de los servicios requeridos, como señalización, trabajos preparatorios, de seguridad y colaboración con la Policía Local, etcétera.

La empresa adjudicataria mantendrá informado al personal técnico del Distrito de las deficiencias que se detecten como consecuencia de la inspección del estado de las vías y espacios públicos y podrán proponer en los casos que se les encomienden las soluciones técnicas a adoptar. Las actuaciones se iniciarán según programación previa.

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10. DIRECTOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO.

El órgano de contratación podrá designar, de entre el personal al servicio de la Administración, un director de los trabajos, con facultades de comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta ejecución del contrato y cuantas más le asigne el Órgano de Contratación, dentro de sus competencias.

El Director podrá contar con colaboradores a sus órdenes.

Tanto el Director como sus colaboradores pueden ser cambiados por la Administración, notificándolo al contratista.

El Director tendrá libre acceso a todos los lugares donde la consultoría o asistencia se esté elaborando y a los trabajos mismos. El contratista facilitará la visita o examen de cualquier proceso o fase de la consultoría o asistencia, así como los medios necesarios para que puedan desempeñarse en las oficinas de éste las citadas funciones. El Delegado del contratista le deberá acompañar en sus visitas.

El contratista facilitará a la Administración, sin coste adicional alguno, asistencia profesional en reuniones explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la consultoría o asistencia.

El Director de los trabajos estará a lo dispuesto o coordinado de forma subordinada a la Delegación que ostente las competencias sobre la Vía Pública o Unidad Técnica que corresponda y por tanto bajo los criterios de uniformidad técnica y económica del Ayuntamiento.

11. CONTROL DE CALIDAD, ENSAYOS.

Las obras objeto de este Contrato estarán sujetas al Control de Calidad siguiendo para ello las directrices que, a tal efecto, establezca la Dirección de la obra.

El Distrito podrá contratar los ensayos con una empresa especializada en control de calidad, pudiendo comprobar los materiales utilizados en los trabajos y la adecuación de éstos en cualquier momento. El contratista deberá estar siempre presto a colaborar con la empresa que ejecute el control de calidad.

El pago de los ensayos de control de calidad se hará del siguiente modo:

- El Distrito liquidará los gastos del control de calidad por su parte con la empresa que, a tal efecto, contrate.

- El contratista deberá satisfacer su importe hasta el 1 % de la certificación total, abonándose las facturas por éste concepto en el plazo máximo de 60 días a partir del encargo efectuado por el Distrito.

- Las obras deficientemente ejecutadas habrán de ser inmediatamente levantadas y rehechas por cuenta del adjudicatario, sin perjuicio de las sanciones que le pudieran corresponder.

El contratista avisará telefónicamente al director de los trabajos o al Servicio de Proyectos y Obras, 24 horas antes de proceder a la compactación de un relleno, vertido de hormigón o extensión de aglomerado, para que se puedan realizar los ensayos pertinentes. Si el contratista no cumpliera este requisito, ello implicaría inexcusablemente la orden de levantamiento, así como la correspondiente sanción económica.

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12. SEÑALIZACIÓN, SEGURIDAD Y SALUD.

De acuerdo con el R.D. 1627/97 de 24 de Octubre, el presente proyecto incluye un Estudio Básico de Seguridad y Salud, que servirá para que la empresa adjudicataria redacte el correspondiente Plan de Seguridad y Salud.

En el precio de cada unidad de obra queda incluido el coste de la aplicación de las medidas de seguridad correspondientes, y por tanto, no se abonará partida complementaria por este concepto, salvo situaciones excepcionales decididas por la dirección facultativa.

Asimismo se deberá dar cumplimiento al Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Real Decreto 780/1998 de 30 de abril, y Real Decreto 1488/1998, de 10 de julio.

13. DEPÓSITO Y RETIRADA DE MATERIALES DE OBRA.

Los materiales de obra a utilizar serán depositados en elementos contenedores conforme preceptúa la Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos Urbanos en el municipio de Sevilla (B.O.P. nº 112 de 17 de mayo de 2003).

Los escombros y demás elementos sobrantes deberán depositarse igualmente en elementos contenedores y trasladados a vertederos debidamente autorizados en cumplimiento de la ordenanza y normativa medioambiental vigente.

El contratista deberá dejar paso peatonal y rodado a través de las obras que afecten al tráfico, reconduciendo el mismo o colocando chapas de palastro si es necesario.

14. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.

La empresa adjudicataria responderá de la buena ejecución de las obras hasta la recepción definitiva de las mismas una vez transcurrido el plazo de garantía, siendo responsable de las lesiones y daños que puedan producirse en las personas o en las cosas durante la ejecución de las obras y hasta la finalización del plazo de garantía.

Asimismo responderá de las reclamaciones por lesiones y daños que se presenten contra el Distrito como consecuencia de accidentes causados por deficiencias existentes en el viario y espacios públicos comprendidos dentro del ámbito territorial del Distrito y que no hubieran sido subsanadas a pesar de contar con una comunicación de inicio de actuación de las previstas en las presentes Prescripciones.

Sevilla, Mayo de 2016

El I.T.O.P.

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PLANOS

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MEDICIONES Y PRESUPUESTO

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1.1 13.4.005 M2 SUELO CONTINUO DE GOMA DE 5 CM DE ESPESOR MEDIO ELABORADO EN DOS CAPAS: UNA CAPA BASE DE GRÁNULOS NEGROS Y GRUESOS DE GOMA RECICLADA Y UNA CAPA SUPERIOR DE GRÁNULOS MUCHO MÁS FINOS HECHOS DE EPDM DE COLOR Y DIBUJOS A ELEGIR POR D.F, TODO MEZCLADO CON UN LIGANTE DE POLIURETANO, QUEDANDO UN ASPECTO GRANULAR Y POROSO, INCLUIDO LA MEZCLA DE LA GOMA, EL EXTENDIDO Y LA NIVELACIÓN, TOTALMENTE MONTADO.

1 14,800 9,000 133,200

Total M2 ...: 133,200

1.2 18.J33203B UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JUEGO COMBINADO HOMOLOGADO SEGÚN

NORMATIVA VIGENTE EN ACERO Y MADERA, MODELO A ELEGIR POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA COMPUESTO POR TOBOGÁN, TORRE CON TEJADO Y ESCALERA DE ACCESO, RED DE TREPA, TORRE CON

ROCÓDROMO Y BARRAS DE DESLIZAMIENTO, INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, LA COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

1 1,000

Total UD ...: 1,000

1.3 18.J450BM UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE COLUMPIO DOBLE DE MADERA CON UNO

DE LOS ASIENTOS ESPECIAL PARA MINUSVÁLIDOS INCLUSO SISTEMA DE RETENCION DE SEGURIDAD SEGUN PLANOS, HOMOLOGADO SEGÚN NORMATIVA VIGENTE, MODELO A ELEGIR POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA, INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, LA COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

1 1,000

Total UD ...: 1,000

1.4 13.J854AB UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JUEGO DE MUELLES INDIVIDUAL,

HOMOLOGADO SEGÚN NORMATIVA VIGENTE, MODELO A ELEGIR POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA, INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

1 1,000

Total UD ...: 1,000

1.5 18.J986AB UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JUEGO DE MUELLES TIPO PERCHA DOBLE

(BALANCÍN), HOMOLOGADO SEGÚN NORMATIVA VIGENTE, , INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, LA COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

1 1,000

Total UD ...: 1,000

1.6 13.J839AB UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JUEGO DE MUELLES CON 4 ASIENTOS Y

SOPORTE ASIDERO CON TABLEROS DE COLORES HPL, HOMOLOGADO SEGÚN NORMATIVA VIGENTE, MODELO A ELEGIR POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA, INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

1 1,000

Total UD ...: 1,000

INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN LA CONFLUENCIA DE LA C/ VIR… Página 1 Presupuesto parcial nº 1 UNICO

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1.7 13.499 UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CARTEL INDICATIVO DE AREA DE JUEGOS Y/O INFORMATIVO DE UTILIZACIÓN DE LOS MISMOS HOMOLOGADO, CON LAS MEDIDAS REGLAMENTARIAS, A ELEGIR POR D.F., TOTALMENTE COLOCADO, CON AYUDAS DE ALBAÑILERIA.

1 1,000

Total UD ...: 1,000

INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN LA CONFLUENCIA DE LA C/ VIR… Página 2 Presupuesto parcial nº 1 UNICO

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Cuadro de mano de obra

1 Oficial 1º 18,250 116,510 H 2.126,31 2 Peón Especial 17,450 0,480 H 8,38 3 Peón Ordinario 17,330 125,390 H 2.173,01 Importe total: 4.307,70 Sevilla, Abril de 2016 Importe Nº Designación

Precio Cantidad Total

(Euros) (Horas) (Euros)

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Cuadro de materiales

1 Mezcla de ligante con gránulos de caucho 49,000 133,200 m2 6.526,80

2 Hormigón HM20/P/20/I 43,000 4,800 M3 206,40

3 MUELLE 4 ASIENTOS MATERIAL 240,000 1,000 UD 240,00

4 MUELLE INDIVIDUAL MATERIAL 174,600 1,000 UD 174,60

5 Cartel informativo Area de Juegos, s/modelo distrito y D.F., homologado s/normativa

vigente. 298,000 1,000 Ud 298,00

6 JUEGO COMBINADO MATERIAL 3.200,000 1,000 UD 3.200,00

7 COLUMPIO DOBLE MATERIAL 630,000 1,000 UD 630,00

8 Asiento de columpio minusvalido, homologado

según normativa vigente. 820,000 1,000 Ud 820,00

9 BALANCIN PERCHA MATERIAL 310,000 1,000 UD 310,00

10 Material complemenario o piezas especiales 0,490 130,725 Ud 64,06

Importe total: 12.469,86

Sevilla, Abril de 2016

Importe

Nº Designación

Precio Cantidad Total

(Euros) Empleada (Euros)

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Cuadro de maquinaria

1 Camión Basculante 8/10 Tm 19,940 4,100 H 81,75 2 Camion Basculante 12/15 Tm 27,000 37,360 H 1.008,72 3 Extendedora manual 6,450 26,640 H 171,83 4 Rodillo compactador 5,170 26,640 H 137,73 Importe total: 1.400,03 Sevilla, Abril de 2016 Importe Nº Designación

Precio Cantidad Total

(Euros) (Euros)

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1.1 13.4.005 M2 SUELO CONTINUO DE GOMA DE 5 CM DE ESPESOR MEDIO ELABORADO EN DOS CAPAS: UNA CAPA BASE DE GRÁNULOS NEGROS Y GRUESOS DE GOMA RECICLADA Y UNA CAPA SUPERIOR DE GRÁNULOS MUCHO MÁS FINOS HECHOS DE EPDM DE COLOR Y DIBUJOS A ELEGIR POR D.F, TODO MEZCLADO CON UN LIGANTE DE POLIURETANO, QUEDANDO UN ASPECTO GRANULAR Y POROSO, INCLUIDO LA MEZCLA DE LA GOMA, EL EXTENDIDO Y LA NIVELACIÓN, TOTALMENTE MONTADO.

Uds. Largo Ancho Alto Subtotal

1 14,800 9,000 133,200

Total M2 ...: 133,200 62,30 8.298,36

1.2 18.J33203B UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JUEGO COMBINADO HOMOLOGADO SEGÚN NORMATIVA

VIGENTE EN ACERO Y MADERA, MODELO A ELEGIR POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA COMPUESTO POR TOBOGÁN, TORRE CON TEJADO Y ESCALERA DE ACCESO, RED DE TREPA, TORRE CON ROCÓDROMO Y BARRAS DE DESLIZAMIENTO, INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, LA COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

Uds. Largo Ancho Alto Subtotal

1 1,000

Total UD ...: 1,000 6.050,13 6.050,13

1.3 18.J450BM UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE COLUMPIO DOBLE DE MADERA CON UNO DE LOS

ASIENTOS ESPECIAL PARA MINUSVÁLIDOS INCLUSO SISTEMA DE RETENCION DE SEGURIDAD SEGUN PLANOS, HOMOLOGADO SEGÚN NORMATIVA VIGENTE, MODELO A ELEGIR POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA, INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, LA COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

Uds. Largo Ancho Alto Subtotal

1 1,000

Total UD ...: 1,000 2.417,16 2.417,16

1.4 13.J854AB UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JUEGO DE MUELLES INDIVIDUAL, HOMOLOGADO SEGÚN

NORMATIVA VIGENTE, MODELO A ELEGIR POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA, INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

Uds. Largo Ancho Alto Subtotal

1 1,000

Total UD ...: 1,000 416,99 416,99

1.5 18.J986AB UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JUEGO DE MUELLES TIPO PERCHA DOBLE (BALANCÍN),

HOMOLOGADO SEGÚN NORMATIVA VIGENTE, , INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, LA COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

Uds. Largo Ancho Alto Subtotal

1 1,000

Total UD ...: 1,000 1.250,00 1.250,00

1.6 13.J839AB UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE JUEGO DE MUELLES CON 4 ASIENTOS Y SOPORTE

ASIDERO CON TABLEROS DE COLORES HPL, HOMOLOGADO SEGÚN NORMATIVA VIGENTE, MODELO A ELEGIR POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA, INCLUIDO EL MONTAJE DE JUEGOS POR PERSONAL ESPECIALIZADO, CIMENTACIÓN CON HORMIGÓN HM-20 O CON PLACAS DE ANCLAJES SOBRE SOLERA DE HORMIGON EXISTENTE FIJADA CON PERNOS, COLOCACION EN LUGAR INDICADO Y P.P. DE CERTIFICACIÓN DEL AREA DE JUEGOS SEGUN NORMATIVA VIGENTE.

Uds. Largo Ancho Alto Subtotal

1 1,000

Total UD ...: 1,000 597,43 597,43

INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN LA CONFLUENCIA DE LA C/ VIRG… Página 1

Presupuesto parcial nº 1 UNICO

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1.7 13.499 UD SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CARTEL INDICATIVO DE AREA DE JUEGOS Y/O INFORMATIVO DE UTILIZACIÓN DE LOS MISMOS HOMOLOGADO, CON LAS MEDIDAS REGLAMENTARIAS, A ELEGIR POR D.F., TOTALMENTE COLOCADO, CON AYUDAS DE ALBAÑILERIA.

Uds. Largo Ancho Alto Subtotal

1 1,000

Total UD ...: 1,000 357,68 357,68

INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN LA CONFLUENCIA DE LA C/ VIRG… Página 2

Presupuesto parcial nº 1 UNICO

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Presupuesto de ejecución material

1. UNICO ... 19.387,75

Total: 19.387,75

Asciende el presupuesto de ejecución material a la expresada cantidad de DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS.

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1 UNICO ...… 19.387,75

Presupuesto de ejecución material 19.387,75

13% de gastos generales 2.520,41

6% de beneficio industrial 1.163,27

Suma 23.071,43

21% 4.845,00

Presupuesto Total de Licitacion 27.916,43

Asciende el presupuesto total de licitación a la expresada cantidad de VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS.

Sevilla, Mayo de 2016 I.T.O.P.

Pedro L-Sepúlveda

Proyecto: INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN LA CONFLUENCIA DE LA C/ VIRGEN DE LA ANTIGUA CON C/…

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INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN EL C.E.I.P EMILIO PRADOS

ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y

SALUD

INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN EL

C.E.I.P. EMILIO PRADOS

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INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN EL C.E.I.P EMILIO PRADOS

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1. INTRODUCCIÓN

1.1. Justificación del Estudio Básico de Seguridad y Salud

El Real Decreto 1627/1.997 de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, establece en el apartado 2 del Artículo 4 que en las obras no incluidas en los supuestos previstos en el apartado 1 del mismo Artículo, el promotor estará obligado a que se elabore un Estudio Básico de Seguridad y Salud.

Por lo tanto, hay que comprobar que no se dan ninguno de los supuestos siguientes:

a) El Presupuesto (Importe de Contrata) es superior a 450.759,07 €.

b) La duración estimada de la obra es superior a 30 días, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores (simultáneamente).

c) El volumen de mano de obra estimada, entendiéndose por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores de la obra, es mayor de 500.

d) Es una obra de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

Como no se da ninguno de los supuestos previstos en el apartado 1 del Artículo 4 del R.D. 1627/1.997 se redacta el presente ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD.

1.2. Objeto del Estudio Básico de Seguridad y Salud

Conforme se especifica en el apartado 2 del Artículo 6 del R.D. 1627/1.997, el Estudio Básico deberá precisar:

- Las normas de seguridad y salud aplicables en la obra.

- La identificación de los riesgos laborales que puedan ser evitados, indicando las medidas técnicas necesarias.

- Relación de los riesgos laborales que no pueden eliminarse conforme a lo señalado anteriormente especificando las medidas preventivas y protecciones técnicas tendentes a controlar y reducir riesgos valorando su eficacia, en especial cuando se propongan medidas alternativas (en su caso, se tendrá en cuenta cualquier tipo de actividad que se lleve a cabo en la misma y contendrá medidas específicas relativas a los trabajos incluidos en uno o varios de los apartados del Anexo II del Real Decreto.) - Previsiones e informaciones útiles para efectuar en su día, en las debidas condiciones de seguridad y

salud, los previsibles trabajos posteriores.

1.3. Datos de la obra.

Tipo de Obra: Juegos infantiles.

Situación: Distrito Cerro-Amate.

Población: Sevilla

Promotor: Excmo. Ayuntamiento de Sevilla (Distrito Cerro-Amate).

Presupuesto total de la obra: 27.916,43 € Plazo de ejecución previsto: 1 mes.

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INSTALACION DE JUEGOS INFANTILES EN EL C.E.I.P EMILIO PRADOS

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2. NORMAS DE SEGURIDAD APLICABLES EN LA OBRA

- Ley 31/ 1.995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

- Real Decreto 485/1.997 de 14 de abril, sobre Señalización de seguridad en el trabajo. - Real Decreto 486/1.997 de 14 de abril, sobre Seguridad y Salud en los lugares de trabajo. - Real Decreto 487/1.997 de 14 de abril, sobre Manipulación de cargas.

- Real Decreto 773/1.997 de 30 de mayo, sobre Utilización de Equipos de Protección Individual. - Real Decreto 39/1.997 de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención.

- Real Decreto 1215/1.997 de 18 de julio, sobre Utilización de Equipos de Trabajo.

- Real Decreto 1627/1.997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

- Estatuto de los Trabajadores (Ley 8/1.980, Ley 32/1.984, Ley 11/1.994).

- Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica (O.M. 28-08-70, O.M. 28-07-77, O.M. 4-07-83, en los títulos no derogados).

3. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y PREVENCIÓN DE LOS MISMOS

3.1. CIMENTACIÓN Y MONTAJE DE JUEGOS

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales

X Caídas de operarios al mismo nivel. - Caídas de operarios a distinto nivel. - Caída de operarios al vacío. X Caída de objetos sobre operarios. X Caídas de materiales transportados. X Choques o golpes contra objetos. X Atrapamientos y aplastamientos.

X Atropellos, colisiones, alcances y vuelcos de camiones.

X Lesiones y/o cortes en manos y pies. X Sobreesfuerzos.

X Ruidos, contaminación acústica. X Vibraciones.

X Ambiente pulvígeno.

X Cuerpos extraños en los ojos. X Dermatosis por contacto de hormigón. X Contactos eléctricos directos e indirectos. - Inhalación de vapores.

- Rotura, hundimiento, caídas de encofrados y de entibaciones.

X Condiciones meteorológicas adversas. X Trabajos en zonas húmedas o mojadas. X Desplomes, desprendimientos, hundimientos

del terreno.

X Contagios por lugares insalubres. - Explosiones e incendios.

X Derivados de medios auxiliares usados. X Radiaciones y derivados de la soldadura. X Quemaduras en soldadura oxicorte. X Derivados acceso al lugar de trabajo.

- Marquesinas rígidas. X Barandillas. X Pasos o pasarelas. - Redes verticales. - Redes horizontales. X Andamios de seguridad. X Mallazos. X Tableros o planchas en huecos horizontales. X Escaleras auxiliares adecuadas. X Escalera de acceso peldañeada y protegida. X Carcasas resguardos de

protección de partes móviles de máquinas.

X Mantenimiento adecuado de la maquinaria.

- Cabinas o pórticos de seguridad.

X Iluminación natural o artificial adecuada.

X Limpieza de las zonas de trabajo y de tránsito. X Distancia de seguridad a las

líneas eléctricas. X Casco de seguridad. X Botas o calzado de seguridad. X Botas de seguridad impermeables. X Guantes de lona y piel. X Guantes impermeables. X Gafas de seguridad. - Cinturón de seguridad. X Cinturón antivibratorio. X Ropa de Trabajo.

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3.2. MOVIMIENTOS DE TIERRAS

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones individuales

X Caídas de operarios al mismo nivel. X Caídas de operarios al interior de la

excavación.

X Caídas de objetos sobre operarios. X Caídas de materiales transportados. X Choques o golpes contra objetos. X Atrapamientos y aplastamientos por

partes móviles de maquinaria. X Lesiones y/o cortes en manos y pies. X Sobreesfuerzos.

X Ruido, contaminación acústica. X Vibraciones.

X Ambiente pulvígeno.

X Cuerpos extraños en los ojos. X Contactos eléctricos directos e

indirectos.

- Ambientes pobres en oxigeno. - Inhalación de sustancias tóxicas. - Ruinas, hundimientos, desplomes en

edificios colindantes. X Condiciones meteorológicas

adversas.

X Trabajos en zonas húmedas o mojadas.

X Problemas de circulación interna de vehículos y maquinaria.

X Desplomes, desprendimientos, hundimientos del terreno. - Contagios por lugares insalubres. - Explosiones e incendios.

X Derivados acceso al lugar de trabajo.

X Talud natural del terreno. - Entibaciones.

X Limpieza de bolos y viseras. X Apuntalamientos, apeos. X Achique de aguas.

X Barandillas en borde de excavación. X Tableros o planchas en huecos

horizontales.

X Separación tránsito de vehículos y operarios.

X No permanecer en radio de acción máquinas.

X Avisadores ópticos y acústicos en maquinaria.

X Protección partes móviles maquinaria.

X Cabinas o pórticos de seguridad. X No acopiar materiales junto borde

excavación.

X Conservación adecuada vías de circulación.

- Vigilancia edificios colindantes. X No permanecer bajo frente

excavación.

X Distancia de seguridad líneas eléctricas. X Casco de seguridad. X Botas o calzado de seguridad. X Botas de seguridad impermeables. X Guantes de lona y piel. X Guantes impermeables. X Gafas de seguridad. X Protectores auditivos. - Cinturón de seguridad. X Cinturón antivibratorio. X Ropa de Trabajo.

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3.3. PAVIMENTACIONES

Riesgos más frecuentes Medidas Preventivas Protecciones Individuales

X Caídas de operarios al mismo nivel. X Caídas de operarios a distinto nivel. - Caída de operarios al vacío. X Caída de objetos sobre operarios. X Caídas de materiales transportados. X Choques o golpes contra objetos. X Atrapamientos y aplastamientos en

medios de elevación y transporte. X Lesiones y/o cortes en manos. X Lesiones y/o cortes en pies. X Sobreesfuerzos.

X Ruidos, contaminación acústica. X Vibraciones.

X Ambiente pulvígeno.

X Cuerpos extraños en los ojos. X Dermatosis por contacto de cemento

y cal.

X Contactos eléctricos directos. X Contactos eléctricos indirectos. X Derivados de medios auxiliares

usados. - Quemaduras en

impermeabilizaciones.

X Derivados del acceso al lugar de trabajo. - Marquesinas rígidas. X Barandillas. - Pasos o pasarelas. - Redes verticales. - Redes horizontales. - Andamios de seguridad. - Mallazos.

- Tableros o planchas en huecos horizontales.

- Escaleras auxiliares adecuadas. - Escalera de acceso peldañeada y

protegida.

X Carcasas resguardos de protección de partes móviles de máquinas. X Mantenimiento adecuado de la

maquinaria.

- Plataformas de descarga de material. X Evacuación de escombros.

X Iluminación natural o artificial adecuada.

X Limpieza de las zonas de trabajo y de tránsito.

- Andamios adecuados.

X Casco de seguridad . X Botas o calzado de

seguridad.

X Guantes de lona y piel . X Guantes impermeables. X Gafas de seguridad. X Mascarillas con filtro

mecánico.

X Protectores auditivos. - Cinturón de seguridad. X Ropa de trabajo.

4. PRIMEROS AUXILIOS Y ASISTENCIA SANITARIA

En el centro de trabajo se dispondrá de un botiquín con los medios necesarios para efectuar las curas de urgencia en caso de accidente.

El centro de asistencia más cercano es el Hospital Universitario Virgen del Rocío y se sitúa a una distancia de 3 km de la obra.

5. OBLIGACIONES DEL PROMOTOR

Antes del inicio de los trabajos, el promotor designará un Coordinador en materia de Seguridad y Salud, cuando en la ejecución de las obras intervengan más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos.

La designación del Coordinador en materia de Seguridad y Salud no eximirá al promotor de las responsabilidades.

El promotor deberá efectuar un aviso a la autoridad laboral competente antes del comienzo de las obras, que se redactará con arreglo a lo dispuesto en el Anexo III del Real Decreto 1627/1.997 debiendo exponerse en la obra de forma visible y actualizándose si fuera necesario.

6. COORDINADOR EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD

La designación del Coordinador en la elaboración del proyecto y en la ejecución de la obra podrá recaer en la misma persona.

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El Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, deberá desarrollar las siguientes funciones:

- Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad.

- Coordinar las actividades de la obra para garantizar que las empresas y personal actuante apliquen de manera coherente y responsable los principios de acción preventiva que se recogen en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra, y en particular, en las actividades a que se refiere el Artículo 10 del Real Decreto 1627/1.997.

- Aprobar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.

- Organizar la coordinación de actividades empresariales previstas en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

- Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo. - Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.

La Dirección Facultativa asumirá estas funciones cuando no fuera necesario la designación del Coordinador.

7. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

En aplicación del Estudio Básico de Seguridad y Salud, el contratista, antes del inicio de la obra, elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en este Estudio Básico y en función de su propio sistema de ejecución de obra. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, y que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en este Estudio Básico.

El Plan de Seguridad y Salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra. Este podrá ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la misma, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, pero que siempre con la aprobación expresa del Coordinador. Cuando no fuera necesaria la designación del Coordinador, las funciones que se le atribuyen serán asumidas por la Dirección Facultativa.

Quienes intervengan en la ejecución de la obra, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma y los representantes de los trabajadores, podrán presentar por escrito y de manera razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. El Plan estará en la obra a disposición de la Dirección Facultativa.

8. OBLIGACIONES DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

El contratista y subcontratistas estarán obligados a:

1. Aplicar los principios de acción preventiva que se recogen en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales y en particular:

- El mantenimiento de la obra en buen estado de limpieza.

- La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación. - La manipulación de distintos materiales y la utilización de medios auxiliares.

- El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de las obras, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.

- La delimitación y acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de materiales, en particular si se trata de materias peligrosas.

- El almacenamiento y evacuación de residuos y escombros. - La recogida de materiales peligrosos utilizados.

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- La adaptación del período de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo.

- La cooperación entre todos los intervinientes en la obra.

- Las interacciones o incompatibilidades con cualquier otro trabajo o actividad.

2. Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud.

3. Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta las obligaciones sobre coordinación de las actividades empresariales previstas en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el Anexo IV del Real Decreto 1627/1.997.

4. Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiera a seguridad y salud.

5. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

Serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el Plan y en lo relativo a las obligaciones que le correspondan directamente o, en su caso, a los trabajos autónomos por ellos contratados. Además responderán solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el Plan.

Las responsabilidades del Coordinador, Dirección Facultativa y el Promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas.

9. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Los trabajadores autónomos están obligados a:

1. Aplicar los principios de la acción preventiva que se recoge en el Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y en particular:

- El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza. - El almacenamiento y evacuación de residuos y escombros. - La recogida de materiales peligrosos utilizados.

- La adaptación del período de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo.

- La cooperación entre todos los intervinientes en la obra.

- Las interacciones o incompatibilidades con cualquier otro trabajo o actividad.

2. Cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el Anexo IV del Real Decreto 1627/1.997.

3. Ajustar su actuación conforme a los deberes sobre coordinación de las actividades empresariales previstas en el Artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, participando en particular en cualquier medida de su actuación coordinada que se hubiera establecido.

4. Cumplir con las obligaciones establecidas para los trabajadores en el Artículo 29, apartados 1 y 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

5. Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/ 1.997.

6. Elegir y utilizar equipos de protección individual en los términos previstos en el Real Decreto 773/1.997. 7. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de seguridad y salud. Los trabajadores autónomos deberán cumplir lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud.

10. LIBRO DE INCIDENCIAS

En cada centro de trabajo existirá, con fines de control y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud, un Libro de Incidencias que constará de hojas por duplicado y que será facilitado por el al que pertenezca el Órgano de Contratación.

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Deberá mantenerse siempre en obra y en poder del Coordinador. Tendrán acceso al Libro, la Dirección Facultativa, los contratistas y subcontratistas, los trabajadores autónomos, las personas con responsabilidades en materia de prevención de las empresas intervinientes, los representantes de los trabajadores, y los técnicos especializados de las Administraciones públicas competentes en esta materia, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo.

Efectuada una anotación en el Libro de Incidencias, el Coordinador estará obligado a remitir en el plazo de veinticuatro horas una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente notificará dichas anotaciones al contratista y a los representantes de los trabajadores.

11. PARALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS

Cuando el Coordinador y durante la ejecución de las obras, observase incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, advertirá al contratista y dejará constancia de tal incumplimiento en el Libro de Incidencias, quedando facultado para, en circunstancias de riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, disponer la paralización de tajos o, en su caso, de la totalidad de la obra.

Dará cuenta de este hecho a los efectos oportunos, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente notificará al contratista, y en su caso a los subcontratistas y/o autónomos afectados de la paralización y a los representantes de los trabajadores. 12. DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

Los contratistas y subcontratistas deberán garantizar que los trabajadores reciban una información adecuada y comprensible de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra.

Una copia del Plan de Seguridad y Salud y de sus posibles modificaciones, a los efectos de su conocimiento y seguimiento, será facilitada por el contratista a los representantes de los trabajadores en el centro de trabajo.

13. DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD QUE DEBEN

APLICARSE EN LAS OBRAS

Las obligaciones previstas en las tres partes del Anexo IV del Real Decreto 1627/1.997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo.

Por las características de las obras, su situación en un Centro Educativo consolidado y por la existencia de numerosos centros de hostelería, no se hace necesario dotar de vestuarios y aseos en aquellas actuaciones cuyo plazo sea superior a 30 días.

En Sevilla, Mayo de 2016

EL I.T.O.P.

FdoPedro López-Sepúlveda

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Referencias

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