BLOQUE DE DIPUTADOS DE LA UNION CÍVICA RADICAL
LEGISLATURA DE JUJUY
Gorriíi 47 - Tel. (0388) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 46QO S. S. de Jujuy
San Salvador de Jujuy, 31 de marzo de 2014
Al Señor
Presidente de la LEGISLATURA DE JUJUY.
Dr. GUILLERMO JENEFES.-SU DESPACHO
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., con el objeto de solicitar tenga a bien disponer, de acuerdo al Reglamento de la Legislatura de Jujuy, dar entrada al siguiente Proyecto de Ley sobre la instauración del día 02 de Abril "Día Provincial e Concientización sobre el Autisrno", que se adjunta con la presente, compuesto de diez (10) fojas útiles, (incluyendo antecedentes y nota de presentación) para ser tratado en la próxima Sesión Ordinaria.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para saludarlo a Ud. con atenta consideración.
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Gorriti 47 - Tel. <038S) 4239200 - Fax (0388) 4239288 - 4239248 - 4239285 - 4239251 - 4600 S. S. de Jujuy
PROYECTO DE LEY
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El autismo es una discapacidad permanente del desarrollo que se manifiesta en los tres primeros años de edad. La tasa del autismo en todas las regiones del mundo es alta y tiene un terrible impacto en los niños, sus familias, las comunidades y la sociedad.
La provincia de Jujuy sancionó con fecha 14 de Julio de 2005 la Ley Provincial N° 5468, estableciendo el día 25 de Agosto de cada año el "Día Provincial de Ayuda a las Personas con Autismo", para poner en relieve la necesidad de ayudar a mejorar la calidad de vida de estos niños y de los adultos que tienen este trastorno, que incluye a la familia para que entiendan que el autismo es el trastorno con mayor crecimiento a nivel mundial y que actualmente alcanza uno de cada ochenta y ocho niños que nacen con trastornos del Neurodesarrollo relacionado al autismo.
El 18 de Diciembre de 2007 la Asamblea General de las Naciones Unidades en la Resolución 62/139 designó el día 02 de Abril el "Día Mundial de Concientización sobre autismo".
A lo largo de su historia, las Naciones Unidas ha promovido los derechos y el bienestar de los discapacitados, incluidos los niños con discapacidades de desarrollo. En 2008, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad entró en vigor, reafirmando el principio fundamental de la Universalidad de los derechos humanos para todos.
La Asamblea General de las Naciones Unidas declaró por unanimidad el 2 de Abril como "DÍA MUNDIAL DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL AUTISMO (A/RES/62/139) para poner de relieve la necesidad de ayudar a mejorar
las condiciones de vida de los niños y adultos que sufre este trastorno.
En el caso de la provincia de Jujuy, la Fundación SON-RISAS, organiza todos los años eventos para sensibilizar a las personas sobre la patología del autismo, , a través de la iluminación de color azul los edificios públicos, como ser la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, la Casa de Gobierno, Legislatura, etc. Y con jomadas durante los meses de abril y agosto de cada año, con una gran convocatoria de funcionarios públicos, profesionales, estudiantes interiorizados en el tema, familiares de personas con autismo, empresas privadas, periodistas y publico en general, etc.
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Por ello y en consonancia con la decisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, es que proponemos que la provincia se instituya el mismo día el "Día Provincial de la Concientización sobre el Autismo", corno un acto de compromiso efectivo hacia las personas que sufren esta patología. Existen antecedentes en otras provincias sobre a adhesión a la Resolución de las Naciones Unidas, como ser la provincia de Tierra de Fuego que ha instituido el mismo día, el "Día Provincial de Concientización sobre el Autismo", mediante la sanción de la Ley 881 de fecha 28 de Junio de 2012. En el mismo sentido la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha adherido a la Resolución N° 62/139 de la Organización de las Naciones Unidas, mediante la Ley N° 4.156 de fecha 02 de Mayo de 2012.
Por lo precedentemente expuesto se solicita a los Sres. Diputados/as el voto favorable al presente proyecto de ley que se pone a vuestra consideración.
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LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY N°
/2014.-ÍNSTAURANDO EL DÍA 02 DE ABRIL COMO "DÍA PROVINCIAL DE CGNCIENTIZACIQN SOBRE EL AUTISMO"
Artículo 1°.- Instaúrese el día 02 de Abril corno "Día Provincial de Concientización sobre el Autismo", en consonancia con la Resolución N° 62/139 de la Organización de las Naciones Unidas, aprobada con fecha 18 de Diciembre de 2007, que declara esta fecha como Día Mundial de Concientización sobre Autismo, a conmemorarse cada año.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos pertinentes
arbitrará todas las medidas necesaria para que se realice durante todo el mes de Abril de cada año, acciones de promoción, prevención y Concientización, difusión y orientación sobre los trastornos generalizados del desarrollo y del espectro autista.
Artículo 3°.- Comuniqúese al Ejecutivo Provincial,
ete.-ROMANO i T A D A ie U.C.R. BERN;S Presidente d-- O,potados U.C.R. V*yiuíB de Jujuy
Naciones Unidas A/RE;
,3/62/139Distr. general 21 de enero de 200S
Sexagésimo segundo período de sesiones Tema 66 a) del programa
Resolución aprobada por ia Asamblea General
[sobre la base del informe de ia Tercera Comisión (A/62/435)]62/139. Día Mundial de Concienciado!) sobre el Autisma La Asamblea General,
Recordando el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005' y la Declaración del Milenio2, asi como los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en ías esferas económica y social y otras esferas conexas,
Recordando también la Convención sobre los -Derechos del Niño3 y la Convención sobre (os derechos tle las personas con diseapacidad4. en virtud de las cuales los niños con discapacidad deberán disfrutar de una vida plena y digna, en condiciones que aseguren su dignidad, fomenten su autonomía y faciliten su participación activa en /a comunidad, asi como su goce pleno de iodos Jos derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños,
Afirmando que garantizar y promover la plena realización tle todos los derechos ««manos y libertades fonda menta fes de todas Ías personas con discapacidad es esencial para alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos ínlernacionalmentc,
Consciente de que el antis mu es ana discapacidad permanente del desarrollo que se manifiesta en ios íres primeras años de edad y se deriva de un írastorao ncurológico que afecta al funcionamiento del cerebro, de que afecta principalmente a los niño.s de muchos países,, con independencia de su sexo, raza o condición socioeconómica, y de que se caracteriza por deficiencias en la interacción social, problemas en la comunicación verbal y nú verbal y patrones de comportamiento, intereses y actividades restringidos y repetitivos"1,
1 Véase la resolución 60/1. 2 Véase la resolución 55/2.
3 Naciones Unidas, 'l'reaty Series, vol. 1577, No. 27:5.51.
4 Resolución 61/106, anexo i.
Véase Clasificación csíaiii.víica miemacwnaí de enfermedades y problema? relacionados con la salud, décima revisión, (subcategorúis FS4.U y FS4.1), refrendada por la 43a Asamblea Mundial de la Salud en nüiyodc 1990.
A/HES/62/I33
Profundamente preocupada por la prevaiencia y la elevada incidencia del
autismo en ios "niños de todas las regiones del mundo y por los consiguientes problemas de desarropo que afectan a los programas a íargo plazo de salud, educación, capacitación e intervención emprendidos por los gobiernos, las organizaciones ao gubernamentales y el sector privado, asi como pot sus terribles consecuencias en tos niños, sus'familias, las comunidades y la sociedad,
Retardando que 2? diagnóstico i precoz y la investigación y la intervención
apropiadas son vitales para el crecimiento y el desarrollo de la persona,
1. Decide designar el 2 de abril Día Mundial de Concienciación sobre el Autisnio, que se observará todos los años a partir de 2008;
2. invita a todos los Estados Miembros, las organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas y orras organizaciones internacionales., así como a la sociedad civil, incluidas las organizaciones 110 gubernamentales y el sector privado, a que observen debidamente el Día Mundial de Concienciación sobre el Auttsmo con miras a aumentar la conciencia pública sobre ese trastorno;
3. Alienta a los Estados Miembros a que adopten medidas para concienciar a ioda la sociedad, incluso a züveS familiar, sobre la situación de los niños cou autismo;
4. Pide al Secretaria General que señale la presente resolución a la atención de todos los Estados Miembros y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas.
76a sesión plenaria Í8 de diciembre de 2007
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aifés
Sanciona con fuerza de Ley
Articulo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Resolución N° 62/139 de la Organización de las Naciones Unidas, aprobada con lecha 18 de Diciembre de 2007, que declara el día 2 de Abril corno Día Mundial de concientización sobre el Autismo, a conmemorarse cada año.
Articulo 2°.- El Poder Ejecutivo a través de los organismos competentes arbitrará las medidas necesarias para la realización durante todo el mes de abril de cada año, de acciones de promoción, prevención y concientización, difusión y orientación sobre los trastornos generalizados del desarrollo y del espectro autista, conforme la adhesión dispuesta por el Artículo anterior.
Artículo 3°.- Comuniqúese, etc.
MARÍA EUGENIA VIDAL CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.156
Sanción: 03/05/2012
Promulgación: Decreto N° 259/012 del 31/05/2012 Publicación: BOCBA N° 3926 del 06/06/2012
Publicado el Martes, 20 Noviembre 2012 22:15
LEV N° 881
DÍA PROVINCIAL DE LA CQNCIENCIACIÓN SOBRE EL AUTISMO, EN ADHESIÓN A LA RESOLUCIÓN A/RES/62/139, DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS.
Sanción: 28 de Junio de 2012.
Promulgación: 19/07/12 D.P. N° 1619/12. Publicación: B.O.P. 25/07/12.
Artículo 1°.- Instituyese el día 2 de abril como "Día Provincial de Concienciación sobre el Autismo" adhiriendo así a la Resolución A/RES/62/139 aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que declara el día 2 de abril como el "Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo".
20/3/2014
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Ley. 5468 VIGENTTE
Día Provincial de ayuda a las personas con Autismo San. = 14-07-2005 Prora: 08-08-05 PubL: 31-08-2005 Texto original: BJ
Voces:Celebración; Enfermedad Mental; Salud Mental; Salud Pública; Autismo
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Ley 5468
CELEBRACIÓN DE ENFERMEDAD MENTAL, SALUD MENTAL Y SALUD PUBLICA.
San.: 14/07/2005 Prom.: 08/08/2005 Publ.: 31/08/2005
Art. 1.- Instituyase como 'THa Provincial de Ayuda a las Personas con Autismo" el día 25 de agosto de cada año.
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-LEGISLATURA DE JUJUY
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SALA DE LAS COMISIONES
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Forma PROYECTO DE LEY