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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL MANTENIMIENTO INTEGRAL DE APARATOS ELEVADORES EN LOS CENTROS DEL IAS

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL

MANTENIMIENTO INTEGRAL DE APARATOS ELEVADORES EN LOS

CENTROS DEL IAS

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INDICE

1. OBJETO 3

2. FINALIDAD DEL SERVICIO A CONTRATAR 3

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN 3

4. CONDICIONES DEL SERVICIO 6

5. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 11 6. CAMBIO DE MANTENEDOR 17

7. VISITAS ESPECIALES 17 8. OBLIGACIONES DEL IAS 17 9. GARANTÍA 17

10. MEJORAS DE LAS INSTALACIONES ¡Error! Marcador no definido. 11. RECURSOS TÉCNICOS 18 12. HERRAMIENTAS Y EQUIPOS 19 13. MATERIALES DE REPUESTO 19 14. CONTROL E INSPECCIÓN 20 15. MEDIOS DE PERSONAL 20 16. COORDINACIÓN 21 17. ACREDITACIONES 22 18. NORMATIVA LEGAL 22

19. INSPECCIÓN PREVIA A LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO 22 20. OTROS ASPECTOS DE RÉGIMEN ANTERIOR. 23

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1. OBJETO

El presente Pliego de Condiciones Técnicas tiene por objeto regular y definir el alcance y condiciones de prestación, procesos y metodología, normativa y sistemas técnicos, recursos, etc., que habrá de regir para la contratación del siguiente servicio: Mantenimiento Integral a todo riesgo de aparatos elevadores en los Centros Gestionados por el IAS.

La prestación del Servicio se efectuará con arreglo a los requerimientos y condiciones que se estipulan en el presente pliego, así como en el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, relativo a esta contratación, de lo que se derivan los derechos y obligaciones de las partes contratantes.

2. FINALIDAD DEL SERVICIO A CONTRATAR

La prestación de servicio a que obliga el contrato tiene como fin primordial la consecución del mejor estado de conservación de equipos, elementos, componentes y partes que conforman las instalaciones, para mantener el correcto funcionamiento de estos aparatos, minimizando las posibles paradas con consecuencia de averías, restablecer el funcionamiento en el menor plazo posible y garantizar en todo momento la seguridad de los usuarios, manteniendo un correcto y aceptable equilibrio entre las prestaciones que proporcionan y su costo.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Los aparatos que se incluyen dentro del servicio a contratar son los que se relacionan a continuación:

C.A.M.P. Obispo Padre Cueto

Centro de Atención a Minusválidos Psíquicos (CAMP), sito en el municipio de Santa María de Guía, Lomo Guillén s/nº.

Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 8187 OTIS 2 450 0.6 2003 8188 OTIS 2 450 0.6 2003

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C. S. San Mateo.

Centro Sociosanitario, situado en calle El Retiro- Fianca Las Castañeras, en San Mateo. Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 15088 EGUREN 2 450 0.6 2009 14960 EGUREN 4 1.000 0.6 2009

C.A.M.P. Reina Sofía (El Lasso).

Centro de Atención a Minusválidos Psíquicos (CAMP), situado en Las Palmas de Gran Canaria, Avenida de Amurga, nº 4.

Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 6906 EGUREN 3 1.000 0.6 1995 6014 THYSSENKRUPP 3 1.200 1.0 6015 THYSSENKRUPP 3 1.200 1.0 6016 THYSSENKRUPP 3 1.200 1.0

C.A.M.P. de S. José de Las Longueras

Centro de Atención a Minusválidos Psíquicos (CAMP), sito en el municipio de Telde, calle Tasartico nº 7. Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 7431 THYSSENKRUPP 2 630 0.6 2002

Centro Sociosanitario Nª Sª del Pino

Centro de Atención Social y Sociosanitaria , sito en la calle Ángel Guimerá, nº 91-93, Las Palmas de Gran Canaria.

Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 2877 SCHINDLER 12 1.600 1.6 2005 2878 SCHINDLER 12 1.600 1.6 2005 7003 SCHINDLER 12 800 1.0 1996 7004 SCHINDLER 12 800 1.0 1996

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14.748 SCHINDLER 12 800 1.6 2007

14.749 SCHINDLER 12 800 1.6 2007

14.750 SCHINDLER 12 1.600 1.6 2007

14.751 SCHINDLER 12 1.600 1.6 2007

15.119 SCHINDLER 12 1.600 1.6 2010

Centro Sociosanitario El Sabinal

Centro de Atención sociosanitaria, sito en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, carretera Lomo El Sabinal s/nº.

Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 73NI0643 OTIS 2 1.500 0.6 13.984 OTIS 4 1.00 1.0 2006 3229 OTIS 4 630 1.0 6885 OTIS 4 1.500 0.6 1996 2866 SCHINDLER 6 450 1.0 1977 2867 SCHINDLER 6 450 1.0 1977 9586 ORONA 3 1.600 1.0 2000 9585 ORONA 3 1.600 1.0 2000

Centro Sociosanitario de Ingenio

Residencia de Mayores, sita en el término municipal de Ingenio, calle Párroco José Pérez nº Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 11064 THYSSENKRUPP 4 1.000 1.0 2002

Residencia San Nicolás de Bari

Residencia de Mayores, sita en el término municipal de Sta. Lucía de Tirajana, barrio de Sardina, calle Carmelo Calderín, nº 6.

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Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 4657 ORONA 3 320 1.0 13.095 ORONA 3 1.250 1.0 2009 H. Dermatológico

Centro de Atención sociosanitaria, sito en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, calle Hoya del Parrado nº 2 y 4 respectivamente.

Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 6260 ORONA 3 1.000 0.6 1995 6261 ORONA 3 1.000 0.6 1995

Residencia Mixta de Pensionistas de Taliarte

Residencia de Mayores, sita en el municipio de Telde, Carretera a Melenara - Taliarte. Nº DE RAE MARCA Nº PARADAS CARGA (KG) VELOCIDAD (M/S) AÑO DE INSTALACIÓN 6376 THYSSENKRUPP 6 630 1.0 2006 6375 THYSSENKRUPP 6 630 1.0 2006 3856 THYSSENKRUPP 5 450 1.0 1981 13.869 THYSSENKRUPP 6 1.000 1.6 2008 3851 THYSSENKRUPP 5 450 1.0 1981 15.164 THYSSENKRUPP 6 1.000 1.6 15164

4. CONDICIONES DEL SERVICIO

Al objeto de conseguir la máxima fiabilidad del funcionamiento de los aparatos de elevación, la empresa adjudicataria deberá realizar sobre ellos tareas de mantenimiento predictivo, preventivo, correctivo y técnico legal, así como la reposición de las piezas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los aparatos.

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Las empresas ofertantes a efectos del Reglamento de Aparatos de Elevación, al desarrollar actividades de mantenimiento y reparación en la Comunidad Autónoma de Canarias, deberán estar inscritas en el Registro de Empresas Conservadoras de Ascensores de la Comunidad Autónoma correspondiente. La empresa que resulte adjudicataria, deberá presentar documentación que acredite su inscripción en la oferta técnica.

Las empresas ofertantes se comprometen a realizar el servicio bajo el cumplimiento de la Normativa Vigente, que afecte a los aparatos elevadores. En concreto, cumplirán lo especificado en el Capítulo Tercero del Reglamento de Aparatos Elevadores (Art. 10 y 11).

La empresa adjudicataria será responsable del correcto funcionamiento del sistema de intercomunicación entre los aparatos interfonos existentes en cabina y la central de control, así como la maniobra de emergencia instalada en los aparatos.

La empresa adjudicataria se compromete a dar absoluta preferencia al IAS tanto en el servicio como en el suministro de material.

Tendrán a disposición del IAS un Servicio 24 horas los 365 días del año.

El adjudicatario deberá proporcionar al IAS la identificación de las personas destinadas a sus Centros, pudiendo dicho Organismo exigir al adjudicatario la sustitución de ese operario, en caso de apreciar falta de cualificación, capacidad profesional, que adopte posturas de escaso interés o falta de rendimiento en la ejecución de los trabajos a realizar.

A este respecto las empresas licitadoras deberán establecer la metodología y sistemática a seguir y el plan maestro de revisiones y control, con el fin de optimizar la explotación, el servicio y la eficiencia energética de las instalaciones.

Conservación de las mismas, así como que siempre estén de acuerdo con la normativa vigente.

Las inspecciones periódicas reglamentarias lo son a título mínimo, pudiendo las empresas licitadoras establecer mejoras a estas actuaciones, aportándolo en la oferta técnica mediante check-list de revisiones o similar. No obstante, deberán escrupulosamente atenerse como mínimo a lo estipulado por la reglamentación vigente.

Los plazos para realizar las revisiones periódicas que se establezcan, deberán realizarse dentro de los plazos previstos, no pudiendo distanciar las operaciones más de dos días de las fechas prevista para tal fin.

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El adjudicatario deberá realizar las tareas y labores necesarias, encaminadas a un correcto desarrollo del servicio, a fin de garantizar el mayor tiempo posible el correcto funcionamiento de los aparatos elevadores objeto de este servicio así como los equipos e instalaciones adquiridos durante la vigencia del contrato, una vez finalizado el periodo de garantía.

Se tendrá que llevar en soporte informático cualquier tipo de mantenimiento y facilitarlo al Servicio de Mantenimiento y Obras.

El servicio a prestar debe cumplir como mínimo los siguientes requisitos: 4.1.Mantenimiento preventivo

Se desarrollará sobre los equipos e instalaciones según protocolos establecidos por los fabricantes de los equipos o realizadores de la instalación. Las empresas deberán incluir en su oferta técnica el plan de mantenimiento, que proponen especificando operaciones, frecuencias y tiempos estimados, siendo como mínimo visitas mensuales, que en ningún caso podrán ser inferiores a las que indique la Normativa vigente en cada momento.

Dentro del Mantenimiento Preventivo se realizarán, entre otras las siguientes tareas: Puesta a punto de las instalaciones y sistemas.

Reunión mensual con el Servicio de mantenimiento y Obras para informar del estado de las instalaciones.

Emisión mensual de un informe sobre el estado general de las instalaciones y de las mejoras susceptibles de introducir en las mismas para obtener:

- Un mayor grado de confort - Un ahorro de energía.

- Una prolongación de la vida útil de los equipos.

Para coordinar cualquier intervención, que fuera necesaria ante una emergencia, la empresa adjudicataria informará y orientará al personal del IAS y al resto del personal de otras empresas que presten servicios en dicho centro de trabajo, del correcto funcionamiento de los mecanismos que activan y desactivan los sistemas y equipos de cualquier instalación.

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Con carácter general la empresa adjudicataria y los trabajadores de la misma mantendrán una estrecha colaboración y/o coordinación de actividades con el resto de los trabajadores de otras empresas adjudicatarias que presten servicios en el mismo centro de trabajo,(servicio de limpieza, de vigilancia, etc.) y, particularmente, siguiendo las instrucciones o recomendaciones del Órgano Contratante, cuando sea preciso realizar actividades definidas en el pliego que requieren actuaciones conjuntas de los operarios de distintas empresas.

Las operaciones generales de mantenimiento preventivo son aquellos trabajos de conservación objeto de este Pliego, que el Contratista tiene que cumplir en todo momento y a su cargo, incluyendo mano de obra y medios auxiliares para la realización de los mismos.

4.2. Mantenimiento correctivo

Si con motivo de las inspecciones periódicas antes reseñadas, averías o sustitución de partes importantes de las instalaciones, se viera la necesidad de someter a reparación alguna parte o sustitución de elemento de la instalación, se elevará informe al Servicio de Mantenimiento y Obras de este Instituto.

El Instituto podrá decidir si los materiales que se pretenden colocar por la empresa adjudicataria son adecuados o se eligen otras opciones. El coste de los materiales y la mano de obra estará a cargo de la empresa adjudicataria.

El mantenimiento correctivo supone la rectificación, subsanación o sustitución de los defectos observados en las instalaciones que impidan u obsten su normal funcionamiento y la reparación de las averías o anomalías, que se puedan producir y que repercutan en el desarrollo normal de las actividades del Centro.

Queda incluido en el presente pliego todo el mantenimiento correctivo que hiciera falta, con mano de obra y materiales necesarios.

Se facilitará en la oferta técnica como mínimo los números de teléfonos que estarán disponibles las 24 horas en caso de averías.

Tiempos de respuestas:

Una vez comunicada la avería a la empresa adjudicada, ésta deberá de enviar un técnico competente al Centro antes de una hora.

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Cuando el plazo necesario para dar solución definitiva al problema sea superior al admisible para el centro por razones de seguridad o de continuidad de la actividad asistencial, el contratista deberá buscar soluciones paliativas o provisionales de ejecución inmediata, o realizar las que le proponga el Servicio de Mantenimiento y Obras del IAS, procediendo posteriormente a ejecutar la solución definitiva

En las situaciones de dificultad de dimensiones imprevisible, será responsabilidad del contratista conseguir los recursos razonablemente necesarios para actuar con eficacia, en función de la urgencia e importancia del problema para el Centro.

En caso de averías, la adjudicataria le dará absoluta preferencia al IAS ante cualquier empresa.

4.3.Mantenimiento Técnico Legal

La Empresa adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el mantenimiento técnico-legal de acuerdo con los preceptos contenidos en las Reglamentaciones Oficiales vigentes, que les sean de aplicación a los elementos constructivos e instalaciones objeto de este contrato, o los que pudieran promulgarse durante el tiempo de ejecución del contrato, tanto si aquellos son de carácter nacional, autonómico o local.

Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y las revisiones periódicas establecidas en los Reglamentos aplicables, y serán realizadas por la Empresa adjudicataria o Empresa autorizada, siempre por cuenta de aquélla.

Por otra parte deberá informar al Servicio de Mantenimiento y Obras de todas aquellas variaciones de las normativas con la finalidad de realizar las modificaciones necesarias en los equipos o instalaciones para cumplir con la Normativa vigente en todo momento.

Serán por cuenta de la empresa adjudicataria los gastos ocasionados con motivo de este mantenimiento, incluidos la supervisión por órganos de certificación autorizada, medios auxiliares, así como las modificaciones que sean consecuencia de un mantenimiento defectuoso de los correspondientes equipos e instalaciones, y las sanciones que pudieran recaer por no haber realizado en el tiempo indicado las revisiones o solucionar las posibles incidencias.

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4.4. Mantenimiento modificativo

Se realizará cuando sea requerido por cambios de la normativa vigente o por ampliaciones posteriores que se deriven de la conveniencia de mejoras operativas de las instalaciones y locales considerados. Para ello se informará previamente al Servicio de Mantenimiento y Obras de los cambios y modificaciones a realizar, cuantificando las inversiones con antelación suficiente para que éstas puedan llevarse a cabo, dando en todo momento la asistencia técnica necesaria para programar las citadas inversiones. Dichos servicios exigirán presupuesto previo a aprobar por la propiedad.

4.5. Mantenimiento conductivo

Se incluirá la puesta en marcha, parada y cuantas operaciones y verificaciones sean necesarias para que las instalaciones funcionen de forma óptima y con el mínimo consumo de energía, dentro de los parámetros de funcionamiento de cada fabricante o parámetros legales o seguridad.

5. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

El Adjudicatario se compromete al cumplimiento de las obligaciones que a continuación se relacionan, que forma parte del Plan de Mantenimiento Preventivo.

5.1 Obligaciones Generales:

1. Estructura que permita la recepción de los avisos de avería, gestión de mantenimiento, elaboración y registro de partes de incidencia e informes de todo tipo, para lo cual informatizará el servicio, será por cuenta del propio adjudicatario el coste de formación de su personal para poner en marcha el programa correspondiente.

2. El contrato incluye un servicio de 24 horas al día los 365 días del año, para atender llamadas de emergencia.

3. Protocolos de mantenimiento preventivo y conductivo. (Se tienen que entregar con la oferta técnica)

4. Se presentará mensualmente un informe de mantenimiento realizado con sus programaciones.

5. Deberán presentar un informe del estado de los equipos dentro del primer y último mes de vigencia del contrato y anualmente.

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6. Si un ascensor queda parado por obras o reformas, o necesidades propias del IAS, el importe de mantenimiento de ese periodo no será facturado.

7. La adjudicataria comunicará al IAS las modificaciones que puedan producirse en la normativa sobre aparatos elevadores y propondrá mejoras en la instalación, en cuanto tecnología, seguridad y funcionamiento, incluidas aquellas derivadas de la actuación de los Organismos de Control Autorizados.

8. Se formará al personal del IAS encargado del servicio ordinario del ascensor sobre procedimientos a seguir en caso de emergencia.

9. La adjudicataria se compromete a atender, con sus medios técnicos y humanos, de forma absolutamente prioritaria y permanente, las llamadas que reciba a su central de servicio procedentes de personas encerradas en la cabina del elevador.

10. El personal de mantenimiento será especializado con el fin de garantizar los niveles de calidad requeridos.

11. Impartir anualmente al personal del IAS y de los Centros jornadas técnicas de mañana sobre el funcionamiento y los procedimientos de rescate de los ascensores.

12. Funcionamiento seguro, adecuado y fiable de los aparatos elevadores durante toda la vigencia del contrato.

13. Elaborar un Checklist específico para cada tipo de aparato y periodo de revisión. 14. Protocolos y fechas de cortes y arranques programados.

15. Gestión de consumos.

16. Poner en conocimiento del Servicio de Mantenimiento y Obras de todas las incidencias que se generen en las instalaciones y equipos.

17. Durante los periodos de parada y puesta en marcha, la adjudicataria dispondrá de personal necesario para realizar una vigilancia continuada de los aparatos e instalaciones.

18. Instrucciones de funcionamiento obtenidas del fabricante o instalador de cada uno de los aparatos elevadores.

19. Creación de un registro de reparaciones al exterior en el que se especificara número de inventario, motivo de la salida, proveedor y fecha de entrega. Este registro podrá estar incorporado en el mismo programa de registro de averías.

20. Velar por el cumplimiento de la normativa legal aplicable a instalaciones y equipos y gestionar todos los libros de obligado cumplimiento así como los informes reglamentarios.

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21. Será responsabilidad y a cargo del Adjudicatario los gastos derivados de las inspecciones legales aplicables a las instalaciones y equipos, como es el caso de las OCAS.

22. Asesorar a la Dirección del Centro en materia de mantenimiento, obras e instalaciones. Así mismo, autorizar la asistencia del Responsable de mantenimiento a las reuniones cuyo contenido pueda tener incidencia en el área de su competencia.

23. Las peticiones de reparación quedarán reflejadas en Órdenes de Trabajo, las cuales quedarán archivadas y a disposición del Centro.

24. Recoger las incidencias más relevantes relativas al funcionamiento de los aparatos elevadores, e informar con la periodicidad de las mismas al Jefe de Mantenimiento. Esta información podrá ser escrita y estar disponible informáticamente.

25. Facilitar a la dirección todos los certificados y documentos, que reglamentariamente la normativa vigente exija al mantenedor.

26. Elaborar y presentar el plan anual de mantenimiento programado con la antelación suficiente para ser aprobado por El Servicio de Mantenimiento y Obras.

27. Gestionar las garantías de los equipos y piezas.

28. El adjudicatario deberá contar con el personal especializado que sea necesario, de acuerdo con lo dispuesto al respecto por la Legislación Laboral. Además, el contratista tendrá todos los derechos y deberes respecto al personal que por su cuenta aporte o utilice, dependiendo única y exclusivamente de él, con arreglo a la legislación vigente y en las que en lo sucesivo puedan promulgarse. En particular, el adjudicatario queda obligado a que todo el personal, propio o ajeno que emplee, esté afiliado a la Seguridad Social, asimismo está obligado al cumplimiento de lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Estatuto de los Trabajadores, normas legales sobre Seguridad Social y demás disposiciones complementarias o de aplicación que estén vigentes o puedan dictarse en lo sucesivo, quedando también obligado a cubrir las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad laboral y profesional del personal a su servicio que destine en cada momento a la prestación del Servicio. 29. Dicho personal no tendrá vinculaciones ni derecho alguno con respecto a la

Administración, y en ningún caso la parte contratante, la Administración, resultará responsable de las obligaciones del contratista.

30. La Empresa adjudicataria estará obligada a uniformar por su cuenta a todo el personal que utilice para la ejecución de los trabajos contratados, debiendo incorporar el mismo una placa de identificación colocada en lugar visible

31. El Instituto AS, por medio del Servicio de Mantenimiento y Obras, ejercerá el control y vigilancia que estime conveniente en relación con el debido cumplimiento por el

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adjudicatario de todas sus obligaciones y correcta prestación del servicio. También podrá solicitar al adjudicatario el cambio de personal que preste servicios en el Centro. 32. Por las características de los edificios donde ha de desarrollarse la prestación del

contrato, todo el personal que por parte de la empresa adjudicataria intervenga en los trabajos de mantenimiento, deberá someterse a las normas de seguridad y control que el Instituto AS señale.

33. El adjudicatario será responsable de los daños que ocasione su personal ya directamente, ya como negligencia o dolo en la prestación del servicio, locales, instalaciones o usuarios del Centro, y responderá a las indemnizaciones que se deriven, siempre a juicio del Centro, pudiendo detraer la compensación económica de las facturas que el contratista presente.

34. El contratista se compromete a cumplir lo prescrito en todas las Normas de la vigente Reglamentación Técnica aprobada de ámbito estatal, autonómico o local que sea de aplicación.

35. Las entradas y salidas de los edificios de materiales o herramientas de trabajo, requerirán la previa autorización del Servicio de Mantenimiento y Obras del IAS. 5.2 Obligaciones de seguridad y salud

1. El personal de la empresa adjudicataria que intervenga en la ejecución del servicio deberá someterse a las normas de seguridad y control que el IAS señale.

2. El adjudicatario está obligado a dar cumplimiento al deber de coordinación de actividades en materia de prevención de riesgos, conforme al artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y al Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

3. La Empresa adjudicataria, antes del inicio de la actividad en el IAS, justificará por escrito acreditación de que se ha realizado la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva para todo el personal de su empresa así como el que el adjudicatario contrate para realizar su trabajo en el IAS. Asimismo el adjudicatario deberá acreditar por escrito que ha cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto a los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en este Instituto.

4. La Empresa adjudicataria deberá cumplir con cuantas disposiciones nacionales, autonómicas y locales legales y administrativas que estén en vigor durante la ejecución de los trabajos relativos a seguridad e higiene en el trabajo (ley de prevención de riesgos laborales).

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5. La empresa adjudicataria estará obligada a dotar al personal que utilice para la ejecución de los trabajos contratados de todos los medios de seguridad necesarios, protecciones colectivas y personales, cumpliendo la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales. Si fuese necesario deberá aportar los medios técnicos a tal fin

6. La Empresa adjudicataria exonerará al IAS de toda responsabilidad respecto a cualquier accidente laboral que pueda sufrir su personal o el de sus subcontratistas y suministradores, o de cualquier empresa a la que, periódica o accidentalmente, la Empresa adjudicataria haga intervenir en el desarrollo y ejecución del trabajo.

7. El cumplimiento de las normas de seguridad y de las recomendaciones dadas por el IAS y la aplicación de los estudios de seguridad que estos puedan establecer, serán responsabilidad de la Empresa adjudicataria.

8. Sin que ello signifique disminución de la responsabilidad de la Empresa adjudicataria, el IAS podrá inspeccionar en todo momento los trabajos y comprobar el cumplimiento y adecuación de las medidas de seguridad. En el ejercicio de este derecho, el IAS estará facultado para requerir a la Empresa adjudicataria la adopción de determinadas medidas, dentro de los límites reglamentarios o de razonable previsión, que garanticen un nivel adecuado de seguridad según el tipo de trabajo o de riesgo. En el caso de que no se adoptasen tales medidas, el IAS podrá ordenar la suspensión de los trabajos hasta la adopción de las medidas de seguridad que considere adecuadas cuando, a su juicio, ocurran riesgos tales que aconsejen dicha suspensión.

9. Las repercusiones económicas que se derivan el cumplimiento de todo lo expresado anteriormente estarán incluidas en los precios del contrato y en ningún caso supondrá un costo extra para el IAS.

10. En el caso concreto de la protección contra incendios, la Empresa adjudicataria deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios y a las que se dicten por el IAS, adoptando las medidas necesarias para evitar que posibles manipulaciones en instalaciones eléctricas de carácter provisional y fijas o la utilización de disolventes o de limpieza etc., puedan provocar siniestros, de los que será responsable, así como de cuantos daños y perjuicios se produzcan por tal motivo. 5.3. Obligaciones de carácter técnico.

1. La Empresa adjudicataria asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y el Plan Operativo definitivo que se derive de ella, para conseguir el objeto del mantenimiento y cumplir estrictamente todas las normas aplicables.

2. En la planificación y el desarrollo de los trabajos objeto del mantenimiento, es responsabilidad de la Empresa adjudicataria atenerse a toda la normativa de obligado

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cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales, etc. Por ello, deberá realizar a su cargo los cursos de formación necesarios entre su personal, para mantener actualizados sus conocimientos en estas materias.

3. Será responsabilidad de la Empresa adjudicataria la realización de las revisiones periódicas oficiales obligatorias que exige la normativa vigente en las diferentes instalaciones y aquéllas de maquinaria y equipos exigidas por los fabricantes o instaladores para su correcto funcionamiento; ejecutará la tramitación administrativa que requieran y gestionará los libros oficiales de mantenimiento que sean preceptivos, cuidando de que se mantengan al día. Asumirá, por tanto, la compensación al IAS de cualquier multa administrativa o perjuicio económico que se derive de una infracción por estos conceptos.

4. La Empresa adjudicataria además de velar por la seguridad de los equipos, máquinas, instalaciones y obra civil, deberá prestar su colaboración al IAS en todas aquellas actuaciones que especifique el Plan de Emergencia del edificio respecto a simulacros y situaciones reales de incendios, evacuaciones, catástrofes, etc., y a aportar las herramientas y medios necesarios para dichas actuaciones

5. En el desarrollo de los trabajos, objeto de la presente contratación, será de obligado cumplimiento toda la actual normativa legal de carácter técnico y también la que pudiera producirse durante el periodo de vigencia del contrato.

5.4 Obligaciones medioambientales

1. Estar en posesión de un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños medioambientales.

2. Realizar correctamente el almacenamiento, retirada y gestión de residuos.

3. La empresa adjudicataria deberá acreditar y justificar sus mecanismos de retirada de materiales contaminantes (aceites entre otros), de forma que se pruebe su tratamiento adecuado y no perjudicial para el medio ambiente.

4. Cumplir con la legislación vigente acerca del almacenamiento de materiales y productos.

5. La empresa gestionará a su costa todos los residuos especiales o peligrosos de forma independiente y de acuerdo con la legislación vigente.

6. Se podrá solicitar a la empresa y estará obligada a entregarla, una copia de documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos o cualquier otra información que se considere oportuna referida a los mismos.

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6. CAMBIO DE MANTENEDOR

Todas aquellas gestiones y gastos que hayan de realizarse antes los Entes Territoriales y/o Entidades de Inspección y Control, derivadas de la adjudicación de este contrato, y que sean resultantes en el cambio de mantenedor o reforma de algún aparato, serán a cargo de la Empresa adjudicataria.

Los gastos derivados de la adaptación del ascensor (posible cambio de cuadro de maniobras, regulación, control, etc.) que se derive del cambio del mantenedor, y que sean imprescindibles para un correcto mantenimiento predictivo y preventivo del ascensor o ascensores, serán por cuenta de la empresa adjudicataria.

7. VISITAS ESPECIALES

La empresa adjudicataria prestará la asistencia técnica necesaria a los Entes Territoriales y/o sus Entidades de inspección y Control Reglamentario en sus visitas a las instalaciones, cuando sean requeridas por estas, o bien a petición del Jefe de Servicio del IAS.

8. OBLIGACIONES DEL IAS

• El IAS se encargará de instalar a su cargo las líneas de teléfono para la conexión del sistema de comunicación bidireccional, siendo por cuenta del IAS la cuota de mantenimiento.

• Las roturas ocasionadas por siniestros naturales e incendios. • Las mejoras técnicas.

• Los trabajos y suministros de albañilería, pintura y cristalería.

• En caso de cambio de aumento o baja de un Centro o aparato elevador el IAS lo comunicará al adjudicatario.

9. GARANTÍA

Todas las reparaciones y modernizaciones estarán garantizadas por el plazo mínimo de dos años, a partir de la finalización de los trabajos.

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10. RECURSOS TÉCNICOS

Con el fin de llevar a término las tareas objeto de este contrato, el Adjudicatario aportará los siguientes recursos a su cargo:

Aportación del vestuario, elementos de identificación y los elementos de seguridad de sus operarios.

Los impresos y las órdenes de trabajo, los libros de mantenimiento, así como cualquier otra documentación que en el ámbito del contrato, sea necesario para el cumplimiento de la normativa vigente.

Todo el mantenimiento deberá llevar un registro de las operaciones de mantenimiento, en el que se reflejen los resultados de las tareas realizadas.

La presentación de las hojas de trabajo junto a la factura mensual es imprescindible para la tramitación de su pago.

El registro podrá realizarse mediante libro u hojas de trabajo, en cualquiera de los casos, se numerarán correlativamente las operaciones de mantenimiento de los aparatos elevadores, dejando una copia en el Centro y otra se adjuntará con la factura. Debiendo figurar la siguiente información como mínimo en los partes de mantenimiento:

El titular de la instalación y ubicación de ésta. El titular de la empresa de mantenimiento.

El número de orden de la operación en la instalación. La fecha de ejecución.

RAE del aparato elevador

Hora de entrada y salida del operario.

Las operaciones realizadas y el personal que las realizó.(nombre, apellidos, DNI y firma) Nombre, apellidos y DNI del personal del Centro que recibe el parte.

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La lista de materiales sustituidos o repuestos cuando se hayan efectuado operaciones de este tipo incluido el número de serie si fuese necesario.

CheckList realizado en el mantenimiento. (revisión mensual, trimestral, semestral...) Partes de las instalaciones a revisar.

Las observaciones que se crean oportunas.

11. HERRAMIENTAS Y EQUIPOS

La empresa adjudicataria deberá aportar todo el herramental necesario acorde con las actividades a desarrollar, siempre dentro de lo dispuesto por la reglamentación exigible en este caso.

También aportarán los instrumentos de medida y control de uso común de mantenimiento, como las herramientas y utillajes necesarios para trabajos habituales de mantenimiento.

12. MATERIALES DE REPUESTO

Con relación a los materiales necesarios para la realización de los trabajos objeto del contrato, el Adjudicatario tendrá las siguientes obligaciones:

Efectuar la gestión y localización, compra, transporte, custodia y control de los materiales utilizados en los trabajos contratados, tanto si los trabajos son realizados por personal propio o ajeno, salvo los realizados por otras empresas contratadas directamente por el IAS para el mantenimiento de los equipos excluidos del contrato y los materiales para equipos o instalaciones, sujetas a garantías.

Los recambios siempre serán los originales. En el caso de no poder localizar recambios originales, por cambio de modelo, desaparición de proveedor o cualquier otro motivo razonado, el Adjudicatario podrá proponer el material sustitutorio que crea más conveniente, presentando las diferentes alternativas al Servicio de Mantenimiento del IAS para su aprobación.

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13. CONTROL E INSPECCIÓN

Para ejercer las funciones de control e inspección que se deriven del desarrollo del contrato que se establezca, el Instituto cuenta con su Responsable Técnico ante la adjudicataria, y con todos los medios personales y materiales que el Instituto ponga a su disposición.

No obstante, el Instituto podrá tomar además en cualquier momento las medidas de control que considere oportunas para la vigilancia del correcto cumplimiento de las obligaciones a que está sometida la adjudicataria como consecuencia del presente Pliego, así como de las que se contemplen en el contrato que de él se derive.

En particular, la empresa adjudicataria permitirá libre acceso a toda la información técnica que el Servicio de Mantenimiento y Obras del Instituto necesite, estando el personal de la misma obligado a facilitársela y seguir sus indicaciones.

14. MEDIOS DE PERSONAL

Para la ejecución de los trabajos que son objeto de esta contratación, la adjudicataria empleará personal propio, cuya evaluación numérica y tiempo de dedicación establecerá según las necesidades del servicio a prestar.

La empresa adjudicataria presentará su organigrama con su personal y cargo, y designará al responsable de los trabajos a un técnico cualificado (mínimo Ingeniero Técnico), que actuará como representante y único interlocutor válido ante el Instituto.

El personal destinado para el mantenimiento deberá tener al menos la categoría profesional de oficial de 1ª y estar habilitado para el mantenimiento de los aparatos elevadores.

La Empresa adjudicataria, en su oferta, proporcionará al IAS toda la información necesaria que permita evaluar la solvencia técnica de las personas que van a prestar sus servicios, aportando el historial profesional de todo el personal asignado al mantenimiento de los Centros, así como justificación documental de su relación contractual. Detallará, también, las subcontratas o

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profesionales ajenos que intervengan en el mantenimiento ofertado, desglosando detalladamente las parcelas de mantenimiento encomendadas a cada uno.

Las modificaciones que sobre esta oferta realice la Empresa adjudicataria, deberán ser notificadas y autorizadas por el IAS, valorándose la aptitud y capacidad del sustituto, comprometiéndose a no llevarlas a cabo salvo causa de fuerza mayor y urgencia sin la aprobación del IAS.

Cualquier cambio de personal que se produzca por decisión o necesidades de la Empresa adjudicataria, no afectará en cada plazo a más del 20% del adscrito al servicio de mantenimiento para salvaguardar la continuidad y adecuada transmisión de la experiencia y conocimientos adquiridos sobre el edificio. Este porcentaje se computará independientemente para el personal permanente en el centro y para el resto del personal que intervenga en el mantenimiento.

Periodos vacacionales y ausencias.

En caso de enfermedad, vacaciones u otras situaciones equivalentes, la Empresa adjudicataria tomará las medidas oportunas para mantener en todo momento el Plan Operativo y la calidad del servicio, sustituyendo a los operarios que causen dicha situación por otros de al menos igual cualificación y experiencia en mantenimiento de instalaciones.

15. COORDINACIÓN

Con carácter general la empresa adjudicataria y los trabajadores de la misma mantendrán una estrecha colaboración y/o coordinación de actividades con el resto de los trabajadores de otras empresas adjudicatarias que presten servicios en el mismo centro de trabajo, (servicio de limpieza, de vigilancia, etc.) y, particularmente, siguiendo las instrucciones o recomendaciones del Órgano Contratante, cuando sea preciso realizar actividades definidas en el pliego que requieren actuaciones conjuntas de los operarios de distintas empresas.

Las operaciones o reparaciones cuya ejecución implique parada de instalaciones serán realizadas durante los horarios que señale a estos efectos el Centro, siempre que tales maniobras sean técnicamente posibles. Será válido cualquier horario de mañana, tarde o noche y en cualquier día de la semana, sea laborable o festivo.

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Durante los periodos de parada y puesta en marcha, la adjudicataria dispondrá el personal necesario para realizar una vigilancia continuada de las instalaciones, que le permita conocer en cada momento la situación de trabajo de todos los elementos que las componen y el estado de los diferentes equipos de medida, control y alarma con el fin de garantizar al máximo la seguridad e integridad física de las personas y las cosas.

16. ACREDITACIONES

Las empresas licitadoras han de estar en posesión de las autorizaciones administrativas pertinentes para desarrollar este tipo de actividades, que deberán adjuntar en la oferta técnica.

Deben ser mantenedores autorizados por la Consejería de Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.

En particular deben estar inscritas en el Registro Especial de Empresas autorizadas para realizar el Mantenimiento de Instalaciones de aparatos elevadores.

17. NORMATIVA LEGAL

En el desarrollo de los trabajos, objeto de la presente contratación, será de obligado cumplimiento toda la actual normativa legal de carácter técnico y también la que pudiera producirse durante el periodo de vigencia del contrato. Informando de todo a la Sección de Mantenimiento y Obras del IAS.

18. INSPECCIÓN PREVIA A LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO

El Instituto podrá realizar en cualquier momento y especialmente cuando se aproxime la finalización del contrato, una inspección del estado de todos los bienes objeto del presente contrato, utilizando su propio personal o a terceras personas.

Del resultado de dicha inspección se derivarán exigencias de reposiciones o reparaciones a que hubieren lugar, sin perjuicio de que se le exijan asimismo, las obligaciones y responsabilidades que están estipuladas en el presente Pliego.

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19. OTROS ASPECTOS DE RÉGIMEN ANTERIOR.

Para aparcamiento y circulación de vehículos, uso de materiales o instalaciones del Centro, etc. en el interior de los Centros, se estará a lo dispuesto por el IAS en cada caso.

20. DOCUMENTACIÓN EN OFERTAS.

Las empresas que concurren deben aportar en el sobre A, cuantos datos, información y documentación estimen oportunos a efectos de poder evaluar su capacidad material y técnica, en especial todos los aspectos evaluables según los criterios que se incluyen en los Pliegos de Condiciones Administrativas Particulares.

En la oferta técnica deberán entregar como mínimo: • Certificado de Mantenedor Autorizado. • Plan de Mantenimiento Preventivo.

• Modelo del Parte de Mantenimiento Preventivo • Modelo del Parte del mantenimiento Correctivo

• Compromiso escrito de la rapidez de actuación ante un aviso de rescate o de avería, especificando el tiempo máximo de presencia a las instalaciones de los Centros.

• Póliza de responsabilidad civil vigente, indicando el importe.

• Acreditar estar inscritos en la Comunidad Canaria como productor de residuos generados por la actividad de mantenimiento y disponer del correspondiente gestor de residuos autorizado.

• Certificado de Calidad ISO 9001 sobre conservación y mantenimiento de ascensores y aparatos elevadores.

• Certificado de Gestión Medioambiental ISO 14001

• Parte de trabajo o Check-List de asistencia a la visita programada de las instalaciones. • Certificado de autorización por la Consejería de Industria y Comercio del Gobierno de

Canarias

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En Las Palmas de Gran Canaria, enero 2013

Widnelia Lemes Quintana Coordinadora del

Referencias

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