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La Ley de Corte

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Academic year: 2021

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LA LEY DE CORTE (CUT OFF)

LA LEY DE CORTE (CUT OFF)

1.

1. INT

INTROD

RODUCC

UCCION

ION

Ley de Corte o Cut Off (LC) es aquella ley de mineral (contenido metálico), cuyo valor es Ley de Corte o Cut Off (LC) es aquella ley de mineral (contenido metálico), cuyo valor es igual al corte de producción (CP); es decir, corresponde a la ley de mineral en que no hay igual al corte de producción (CP); es decir, corresponde a la ley de mineral en que no hay  pérdidas

 pérdidas ni ni ganancias. ganancias. La La ley ley de de mineral mineral es es expresada expresada en en términos términos de de porcentaje porcentaje en en casoscasos de cobre, plomo, zinc o estaño y en términos de Oz/t o g/t en casos de plata y oro; mientras de cobre, plomo, zinc o estaño y en términos de Oz/t o g/t en casos de plata y oro; mientras que el valor del mineral (Vm) y el costo de producción (Cp) son expresados en $/t de que el valor del mineral (Vm) y el costo de producción (Cp) son expresados en $/t de mineral.

mineral. Ba

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analizará cada uno de sus factores y se discutirán sus variaciones. Lu

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2.

2. FORM

FORMULA

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ADA

A

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expresados en los términos ya indicados; es decir:

Ahora, si el valor de mineral (Vm) le deducimos el costo de producción (Cp), obtendremos Ahora, si el valor de mineral (Vm) le deducimos el costo de producción (Cp), obtendremos el margen operativo

(2)

En un yacimiento tendremos la opción de trabajar las leyes más altas, lo que a veces se llama descremar la mina, dando como resultado los valores más altos del mineral, de modo que, definitivamente tendremos que el valor del mineral será muy superior al costo de  producción; es decir, ganancias en la operación.

Por el contrario, si esta ley de mineral se redujera a los más bajos índices del yacimiento, tendremos que también su valor bajará tanto que será inferior al costo de producción, lo que supondrá pérdidas en la operación.

Como podemos apreciar, hemos pasado de una posición de ganancias a otra de pérdidas, de  positivo a negativo; lo cual significa que en ese espacio, en algún momento se encuentra el  punto cero, sin ganancias ni pérdidas, donde:

(3)

Entonces, encontramos una regla de tres simple:

lm Vm

LC Cp De donde:

Pero en un negocio minero no se vende el mineral, sino el concentrado que se obtiene de ese mineral y su relación es conocida por:

Donde:

Vc = Valor del concentrado en %/t.

RCM = Radio de concentración metalúrgica. Reemplazando: (2) en (1), tenemos: A su vez, tenemos: Reemplazando: (4) en (3), tenemos: Donde: Lc = Ley de concentrado. R = Recuperación metalúrgica.

(4)

3. COSTO DE PRODUCCIÓN

Llamamos costo de producción (Cp) a la sumatoria de todos los gastos incurridos en el  proceso productivo y de transformación hasta poner la producción comercial sobre el  barco, pues su comercialización se hace en ese punto (FOB PUERTO), como se muestra en

la figura:

El costo de producción incluye todas las actividades del proceso productivo, comenzando con el costo de desarrollo (Cd) necesario para poner las reservas en explotación, el costo de minado (Cm), costo de transporte de mina – planta (Cti), costo de beneficio o de concentración (Cb), costo de transporte de concentrado (Cte), gastos de embarque (Ce) y gastos administrativos o generales (Cg), todos expresados en $/t.

Estos costos incluyen la mano de obra, los materiales e insumos y los pagos por servicios de terceros; no considera la depreciación ni los costos financieros.

Una típica estructura de costos de una operación subterránea, de pequeña a mediana escala, es como sigue: Cd = 4,0 $/t Cm = 8,0 $/t Cti = 2,0 $/t Cb = 8,0 $/t Cte = 3,0 $/t Ce = 2,0 $/t Cg = 3,0 $/t Cp = 30,0 $/t

Por lo anterior, se deduce que la determinación de costos es muy importante para los cálculos de LC, debiendo llevar la contabilidad de costos con el mayor celo y cuidado.

4.

BALANCE METALURGICO

El mineral proveniente de la mina debe ser procesado para hacerlo comercial, ya que el mineral bruto para ser comercial necesita una alta ley, por lo que el mineral pasa por una concentradora para obtener un producto fácilmente vendible, que es el concentrado.

(5)

Entonces, en una planta concentradora, como resultado del proceso, se tiene un balance metalúrgico, que es el balance de productos que entran a la planta (mineral) y los que se obtiene de ella (concentrado y relave).

El balance tiene en cuenta dos aspectos básicos: - Sumatoria de tonelajes: tm = t c + tr   - Sumatoria de contenidos finos: tfm = tfc + tfr 

El balance metalúrgico típico para una operación de pequeña minería de cobre, sería como sigue:

Este balance en un cuadro se presenta como sigue:

Material

Tonelaje

% Cu

Cont. fino

Recua.

Mineral

  3 000,00 4,00 120,00 100

Concentrado

424,62 26,00 110,40 92

Relave

  2 575,38 0,37 9,60 8

En este cuadro ya tenemos la ley del concentrado (lc) y la recuperación metalúrgica (R), datos necesarios para el cálculo de LC; pues,

(6)

De este cuadro también obtenemos el RCM, parámetro muy importante en el planeamiento de minado y tiene las siguientes igualdades:

El balance metalúrgico puede obtenerse como resultado de pruebas de laboratorio, de  pruebas piloto o de una operación permanente, difiriendo entre ellas en su grado de  precisión. El cálculo más confiable corresponderá a la operación permanente.

5. LIQUIDACION DE CONCENTRADO

El dato final que nos falta para el cálculo de LC es el valor de concentrado (Vc), el que se obtiene con su venta, cuyas características las tenemos en el balance metalúrgico.

El valor del concentrado se obtiene con la sumatoria de todos los elementos pagables por  sus respectivos precios internacionales a la fecha pactada de venta. Luego deducir los cargos de fundición y refinación de cada uno de los elementos pagables, así como la  penalidad de los elementos sujetos a tal cargo y el flete marítimo a la fundición, de tal

manera que se tenga un valor neto puesto en el barco (FOB PUERTO).

El siguiente cuadro ilustra comparativamente lo que se considera como Cp y los cargos  para determinar el Vc.

* Vc = pagables por precios de cargos: fundición, refinación, penalidades, flete marítimo y comisiones.

(7)

6. CALCULO DE LEY DE CORTE

La aplicación de los datos obtenidos en la fórmula de LC (5) nos da el siguiente resultado:

Podemos también aplicar la fórmula (3):

7. VARIACION DE LA LEY DE CORTE

Por simple observación de las fórmulas simplificadas de LC deducimos que está en relación directa al Cp y en razón inversa al Vc; en este último caso el precio del metal como el de mayor incidencia.

A modo de ejercicio sugiero que calculen la LC haciendo variar el Cp de 20 a 50 $/t, cada 5 $/t; el precio del metal de 0,6 a 1,2 $/lb, cada 0,1 $/lb; la maquila de 100 a 200 $/t, cada 10 $/t y la recuperación metalúrgica de 70 a 95 %, cada 5 %. Cuando tengan la LC grafiquen colocando la LC en las ordenadas y las variables en las abscisas, encontrando las curvas de mayor o menor influencia en la LC.

Después podrían alimentar a su computadora personal todos los componentes de la fórmula de LC y luego actualizar semanal, mensual, semestral o anualmente con todas las variaciones que ocurran, encontrando que la Ley de Corte es muy dinámica, varía constantemente pues depende de las variables que intervienen en la fórmula.

(8)

8. LA LEY DE CORTE OPTIMIZA SU OPERACION

Toda operación minera optimiza los resultados económicos de su operación, bien mejorando el valor el mineral o reduciendo sus costos de producción, pero también es importante saber si se trabaja en estricto cumplimiento de la LC, se optimiza los resultados económicos de su operación. Veamos un ejemplo:

Se trata de un yacimiento que tiene el siguiente cuadro de reservas:

Los parámetros de producción son los siguientes: Cp = 27 $/t

Lc = 30 % Cu R = 95 % Vc = 442 $/t Con estos datos:

Ahora calculemos el Vm para determinar MO = Vm – Cp; es decir, el margen operativo  por tonelada de mineral; con ello calculamos el MOT = MO x tm, o sea, el margen

operativo del total de reservas del yacimiento:

LC

Mtm

lm

RCM

Vm

MO

MOT

1,70 22,00 2,45 14,20 38,39 8,39 184,55 1,80 20,80 2,49 13,97 39,02 9,02 187,52 1,90 20,30 2,52 13,80 39,49 9,42 192,55 2,00 19,40 2,54 13,69 39,80 9,80 190,09 2,10 17,60 2,60 13,38 40,74 10,74 189,00 2,20 15,20 2,71 12,83 42,46 12,46 186,93

Aquí tenemos que el mayor MOT corresponde a LC = 1,90 % Cu, ya determinado con las fórmulas. Si trabajamos con una LC ligeramente superior o inferior a la LC calculado, el MOT disminuye, dejando como óptimo solo a la Ley de Corte determinada analíticamente.

Ley de Corte

(LC)

Millones de

toneladas

(Mtm)

Ley de

mineral

(lm)

1,70 22,00 2,45 1,80 20,80 2,49 1,90 20,30 2,52 2,00 19,40 2,54 2,10 17,60 2,60 2,20 15,20 2,71

(9)

MARGEN OPERATIVO DEL TOTAL DE RESERVAS

(MOT)

Referencias

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