• No se han encontrado resultados

EXPTE: 1/2018 Factum 2017/002010

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "EXPTE: 1/2018 Factum 2017/002010"

Copied!
11
0
0

Texto completo

(1)

1

EXPTE: 1/2018

Factum 2017/002010

PLIEGO DE CONDICIONES DE EJECUCIÓN QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ALQUILER, TRANSPORTE, MONTAJE, DESMONTAJE, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y MANEJO DE ESCENARIOS, SILLAS, MESAS, CARPAS Y EQUIPOS DE ILUMINACIÓN Y SONIDO PARA EL DESARROLLO DE LAS DIVERSAS ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES ORGANIZADAS POR EL DISTRITO ESTE-ALCOSA-TORREBLANCA DURANTE EL AÑO 2018

PRIMERO.- OBJETO DEL CONTRATO

El Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito Este Alcosa Torreblanca, enmarcado en la competencia que ostenta para promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de los vecinos sobre ocio y la adecuada utilización del tiempo libre, pretende llevar a cabo la organización de diversas actividades socioculturales durante el año 2018.

Para llevar a cabo la organización de estas actividades socioculturales se hace preciso contratar dicho servicio, ya que la administración carece de los medios personales y materiales suficientes o necesarios para la ejecución de las mismas.

El objeto del contrato es la contratación de una empresa que se encargue de la prestación de los servicios de alquiler, transporte, montaje y desmontaje de escenarios, sillas, mesas, carpas y equipos de iluminación y sonido, para el desarrollo de programas, actividades, eventos y festejos populares organizados por el propio Distrito Este Alcosa Torreblanca durante 2018.

En las prestaciones de este contrato estarán incluidos el alquiler, transporte, montaje/desmontaje, instalación, mantenimiento, utilización y manejo, así como la colocación y recogida de todos elementos descritos en el presente pliego.

SEGUNDO.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN

El presupuesto reflejado en este Pliego de Prescripciones Técnicas, ascenderá a 16.528,93 €, más 3.471,07 € de IVA (21%), con un importe total de 20.000,00 € (IVA incluido), siendo imputado a la partidas presupuestaria 70219-33402-22609 correspondiente al ejercicio económico 2018:

Las proposiciones económicas no podrán en ningún caso ser superiores al referido presupuesto de licitación y en todo caso, en la oferta presentada por el empresario el IVA debe figurar como partida independiente respecto al precio del contrato, al ser un importe que soporta la Administración (Arts. 87 y 88 LSCP).

(2)

2

Las empresas licitadoras deberán ofertar los precios sin IVA para cada uno de los servicios cuyas características se especifican, sin superar las cantidades que a continuación se indican. Las ofertas a la baja deberán establecer un porcentaje único, aplicable a todos los precios unitarios, que se describen sin IVA, de acuerdo con el modelo que se adjunta. El contrato se adjudicará a la empresa que presente mayor baja porcentual única aplicable a los precios que se describen sin IVA, y en caso de empate se resolverá conforme lo establecido en el TRLCSP.

Las prestaciones objeto de este contrato implican la realización de los siguientes servicios, con las especificaciones que se indican:

ESCENARIOS:

El precio de cada escenario incluirá alquiler, transporte, montaje, instalación, desmontaje y recogida, así como el personal necesario y cualquier otro gasto necesario para la prestación de este servicio. El precio del escenario será por cada actividad, con un período máximo de cuatro días incluido el tiempo de montaje y desmontaje. Si el evento sobrepasara dicha duración se abonará un 25% del importe por día añadido.

Las prestaciones objeto de este contrato implican la realización de los siguientes servicios:

LISTADO PRECIO MÁXIMO( IVA EXCLUIDO) PRECIO MÁXIMO/METRO ESCENARIO (IVA EXCLUIDO)

Montaje y desmontaje de escenario hasta 20 m2 263,80 € 13,19 €

Montaje y desmontaje de escenario hasta 35 m2 461,65 € 13,19 €

Montaje y desmontaje de escenario hasta 50 m2 659,50 € 13,19 €

El precio a satisfacer será siempre en función de los metros reales colocados, para cada evento o actividad (precio = unidad por metros reales instalados).

Cada escenario debe cumplir los siguientes requisitos:

- Disponer de faldones delantero, lateral y trasero decorados con el logotipo del Distrito.

- Disponer, al menos, una escalera de acceso con barandilla.

- La parte trasera estará decorada con el logotipo del Distrito.

Desde la Dirección del Distrito se podrá solicitar que disponga de rampas de acceso y que estén adaptados para personas con discapacidad.

Todos los elementos incluidos en el presente contrato deberán ser instalados y retirados adecuadamente por la empresa adjudicataria

La calidad y resistencia de los materiales deberá ser la adecuada para el desarrollo de las actividades correspondientes. A tal efecto, se establece como requisito indispensable para poder resultar adjudicatario la presentación de los documentos que acrediten:

(3)

3 - Certificado de homologación del escenario, por la UE (Marcado CE)(El certificado debe

estar emitido por laboratorio homologado por la UE)

- Designación de técnico en prevención de riesgos laborales.

- Seguro de responsabilidad civil en los términos que se establecen en el presente Pliego.

El certificado de homologación, habrá de ser presentado junto con las instrucciones específicas del fabricante, siempre y cuando el montaje y desmontaje se realice en las condiciones o circunstancias previstas en dichas instrucciones, así como la designación del correspondiente técnico de prevención de riesgos laborales

Si los escenarios carecen del correspondiente certificado de homologación, se tendrá que aportar un certificado de seguridad y solidez, una vez efectuada la instalación.

SILLAS:

El precio de cada silla incluirá alquiler, transporte, instalación y recogida, así como el personal necesario y cualquier otro gasto necesario para la prestación de este servicio. El precio de la silla será por cada actividad, con un período máximo de cuatro días incluido el tiempo de colocación y recogida. Si el evento sobrepasara dicha duración se abonará un 25% del importe por día añadido. Las sillas deberán suministrarse en perfecto y adecuado estado de limpieza.

LISTADO PRECIO

MÁXIMO( IVA EXCLUIDO)

Sillas (de madera tipo tijeras, o sillón de plástico apilable)

0,60 € (unidad)

MESAS:

El precio de cada silla incluirá alquiler, transporte, instalación y recogida, así como el personal necesario y cualquier otro gasto necesario para la prestación de este servicio. El precio de la mesa será por cada actividad, con un período máximo de cuatro días incluido el tiempo de colocación y recogida. Si el evento sobrepasara dicha duración se abonará un 25% del importe por día añadido. Las mesas deberán suministrarse en perfecto y adecuado estado de limpieza.

LISTADO PRECIO

MÁXIMO( IVA EXCLUIDO)

Mesas (de madera/plástico tipo velador) 1,70 € (unidad)

CARPAS:

El precio de cada carpa incluirá alquiler, transporte, instalación y recogida, así como el personal necesario y cualquier otro gasto necesario para la prestación de este servicio. El precio de la carpa será por cada actividad, con un período máximo de cuatro días incluido el tiempo de colocación y recogida. Si el evento sobrepasara dicha duración se abonará un

(4)

4

25% del importe por día añadido. Las carpas deberán suministrarse en perfecto y adecuado estado de limpieza y conservación.

LISTADO PRECIO

MÁXIMO( IVA EXCLUIDO)

Carpas 8x8 metros, con estructura de perfil de aluminio anodizado con diseño registrado de aleación especial. Abiertas con lonas que posibiliten el cierre. Con iluminación interior. Tejido poliéster recubierto de PVC por ambas caras, color blanco o listado impermeable. Certificado ignifugación del tejido de la misma

600 € (unidad)

Carpas 5x10 metros, con estructura de perfil de aluminio anodizado con diseño registrado de aleación especial. Abiertas con lonas que posibiliten el cierre. Con iluminación interior. Tejido poliéster recubierto de PVC por ambas caras, color blanco o listado impermeable. Certificado ignifugación del tejido de la misma

520 € (unidad)

Carpas 2,5x2,5 metros, con estructura de perfil de aluminio anodizado con diseño registrado de aleación especial. Abiertas con lonas que posibiliten el cierre. Con iluminación interior. Tejido poliéster recubierto de PVC por ambas caras, color blanco o listado impermeable. Certificado ignifugación del tejido de la misma

120 € (unidad)

EQUIPOS DE ILUMINACIÓN Y SONIDO:

LISTADO PRECIO MÁXIMO

UNIDAD

Equipo de Sonido hasta 4.000 W 393,05 €

Equipo de Sonido hasta 8.000 W 626,07 €

Equipo de Iluminación hasta 2.000 W 171,25 €

Equipo de Iluminación hasta 16.000 W 412,70 €

Equipo de Iluminación hasta 24.000 W 543,95 €

Generador hasta 5.500 KW, con una duración media por actividad de 4 horas

105,28 €

Todos los elementos incluidos en el presente contrato deberán ser instalados y retirados adecuadamente por la empresa adjudicataria. Los precios establecidos por concepto se refieren a la puesta a disposición por actividad, con un máximo de duración de 8 horas.

Los materiales utilizados en todas las prestaciones del presente contrato deberán tener MARCADO CE, la resistencia y calidad de los mismos deberá ser la adecuada para el desarrollo de las actividades correspondientes, siendo de cuenta del adjudicatario la subsanación de las deficiencias que puedan aparecer tanto por defectos de montaje como de fabricación, embalaje, etc.

(5)

5 TERCERO.- PRESENTACION DE OFERTAS Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

La Presentación de ofertas se realizará en la Sede del Distrito Este-Alcosa-Torreblanca, situado en calle Cueva de Menga 14, en Sevilla, en sobre cerrado, de forma que se garantice el secreto de su contenido, figurando en todos ellos:

- Nombre del licitador

- Domicilio social, tfno., correo electrónico. - Número de expediente y título.

Dentro del sobre deberán incluirse los 5 modelos anexos (I, II, III, IV y V) que serán publicados, y podrán ser descargados del Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Sevilla, junto a este Pliego de Condiciones de Ejecución. El plazo de presentación será el indicado en el Perfil del Contratante.

En la oferta, que deberá formalizarse según el modelo anexo I deberá indicarse una sola baja porcentual, o baja global, que será aplicada por igual a todos los productos requeridos en el presente Pliego de Condiciones de Ejecución.

El único criterio de adjudicación será el del precio más bajo, considerándose el precio más bajo la oferta que contenga un porcentaje de baja global mayor. Debe indicarse una sola baja porcentual.

Las ofertas presentadas por las empresas que no cumplan los requisitos exigidos o las disposiciones contenidas en este Pliego quedarán excluidas de la licitación.

En relación a la baja ofertada por la empresa, esta se aplicará a todos los precios unitarios descritos (sin IVA), aplicándose la baja a los precios unitarios y no al importe de licitación.

El precio de adjudicación coincidirá, por tanto, con el precio de licitación, por lo que la baja obtenida en la oferta más ventajosa se destinará a la obtención de un mayor número de escenarios, sillas, mesas, carpas y equipos de iluminación y sonido para las actividades organizadas por el Distrito (reinversión de la baja)

No se establece un número de suministros exactos porque es imposible su determinación con la antelación suficiente, aunque si se conoce el importe máximo que se quiere destinar a dicho fin.

La Administración se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento cuando ninguna de las proposiciones presentadas sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el Pliego.

El contrato será adjudicado a quien presente el mayor porcentaje de baja, siempre que reúna los requisitos establecidos en el presente pliego y en la normativa vigente, y presente la documentación que lo acredite en el plazo de tres días hábiles conforme se comprometió (anexo III), y siempre que la misma no pueda considerarse anormal o desproporcionada conforme a lo establecido en el artículo 152 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en el artículo 85 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas (R.D. 1098/2001, de 12 de octubre). Pasado este plazo de tres días, se pasará a la siguiente oferta económica más ventajosa.

Al licitador que presente el porcentaje de baja mayor se le otorgará la máxima puntuación (100 puntos). El resto de las ofertas se valorará proporcionalmente.

(6)

6 CUARTO.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR TRAS REQUERIMIENTO

a) Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del licitador

1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

2. Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.

3. En cuanto a las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en el anexo I.1 del RGLCAP.

4. Los demás empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe, en la forma recogida en el artículo 55 del TRLCSP, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. La acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

b) Documentos acreditativos de la representación.

1. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de representación, bastanteado por la Asesoría Jurídica correspondiente. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.

Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.

QUINTO.- CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES

Todos los materiales y equipos deberán ser adecuados para el desarrollo de las actividades y deberán contar con las homologaciones exigidas por la normativa vigente, así como las licencias necesarias para la actividad. De cualquier manera deberán suministrarse, a

(7)

7

petición del Ayuntamiento, las hojas de características y de seguridad de los equipos utilizados, así como las hojas justificativas de las homologaciones y/o certificados que fueran necesarios según la normativa de aplicación.

Transporte, carga y descarga: De forma general, el transporte de los materiales se realizará en un vehículo apropiado y homologado para el transporte de este tipo de mercancías, y cumplirá toda la normativa que le afecte.

Emplazamiento para el suministro y la carga: Los distintos equipos y servicios serán instalados y prestados en los lugares, dependencias y centros, que indiquen los responsables del Distrito Municipal a la empresa adjudicataria. La Dirección del Distrito comunicará a la empresa adjudicataria el acto o evento en el cual se requiere el servicio. La comunicación se hará con suficiente antelación para que el montaje se realice debidamente.

La empresa deberá contar con el equipamiento, material y medios físicos necesarios para la buena marcha del contrato.

La empresa quedará obligada a prestar el servicio con las máximas garantías, procurando entre su personal una actitud profesional y diligente, y prestando de inmediato el apoyo técnico y refuerzos que las circunstancias demanden.

Será de exclusiva cuenta del adjudicatario el pago del personal que emplee para la realización de los trabajos objeto de este contrato. En ningún caso el Ayuntamiento de Sevilla asumirá obligación alguna de carácter laboral y de ninguna otra clase con dicho personal, siendo la empresa adjudicataria responsable de las respectivas relaciones jurídicos laborales o de otra índole que puedan existir, sin que en ningún caso alcance al Distrito responsabilidad directa o indirecta por tales conceptos.

El personal que realice los trabajos deberá conocer, bajo responsabilidad del adjudicatario, los siguientes extremos:

- Las características de peligrosidad, fragilidad, apilamiento... de la mercancía.

- Los sistemas de seguridad y contra incendios, en su caso, que deberán estar cualificados para su uso.

- Los equipos de protección personal requeridos en la carga y/o descarga y su utilización.

Todos los trabajos necesarios para la instalación deberán contar con la asistencia los técnicos competentes en las materias correspondientes, que supervisarán todo el desarrollo de la actividad; de forma general:

- Estarán debidamente cualificados para realizar tales trabajos.

- Conocerán las medidas de prevención para evitar posibles riesgos de accidentes que se puedan producir.

- Estarán lo suficientemente cualificados y equipados para actuar ante un incidente/ accidente que se pueda producir.

Seguridad: Serán de aplicación general las condiciones de Seguridad y Salud establecidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales y las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud y señalización, aplicables al transporte y almacenamiento de mercancías.

De forma general, se señalizará de forma adecuada la realización de las operaciones a realizar. La colocación de esta señalización será previa a comenzar los trabajos y se mantendrá mientras que duren los trabajos y sólo se retirará una vez hayan concluido la totalidad de las operaciones.

Los equipos, apoyos y estructuras metálicas que el servicio requiera serán del tipo homologado y quedarán lo suficientemente aseguradas de manera que no supongan riesgo de accidente o incidente.

(8)

8

Dispondrá de los elementos de extinción de incendios adecuados y suficientes para el tipo de fuego previsible.

Una vez finalizadas las actuaciones y concluidos los servicios, se retirará la señalización y se limpiará la zona, dejándola como estaba antes de los trabajos realizados.

Los equipos utilizados no producirán perturbaciones en las redes eléctricas y además estarán protegidos contra variaciones de los parámetros de alimentación como son tensión y frecuencia, no pudiendo reclamar a este Ayuntamiento los costes ni los perjuicios por ninguna de estas razones. Todo el sistema de alimentación de corriente deberá estar equipado con las protecciones, cumpliendo la normativa vigente.

El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del contratista. Será de cuenta del adjudicatario indemnizar todos los daños que se causen, tanto al Ayuntamiento como a terceros, como consecuencia de las actuaciones que requieran la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la administración.

Por tanto, el adjudicatario deberá suscribir las pólizas de seguro que cubra las posibles responsabilidades en las que pueda incurrir, incluyendo la responsabilidad civil y accidentes para cubrir las responsabilidades que pudieran derivarse de la prestación del servicio, incluyendo daños a terceros tanto a personas como a cosas, riesgos de incendio y cualquier otro daño que pudiera producirse. Antes de la adjudicación del contrato el adjudicatario presentará Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil frente a terceros por importe mínimo de 300.000 euros.

Deberá especialmente velarse porque el cableado de la instalación no quede al alcance del público, sobre todo de menores. El adjudicatario deberá velar por que las circunstancias de montaje y desmontaje de los equipos se realicen en condiciones de seguridad.

El adjudicatario será responsable de todas las incidencias que pudieran acaecer como consecuencia de la instalación de dichas estructuras y equipos, a cuyo efecto, técnicos especialistas en estas materias estarán a cargo en todo momento, no sólo de su instalación sino también durante el desarrollo de las actividades.

El Distrito Este Alcosa Torreblanca no se hará cargo, en ningún caso, de los desperfectos, hurtos o daños causados en el material objeto de las prestaciones del presente contrato.

Se deberá presentar documentación acreditativa del pago del seguro de responsabilidad civil suscrito en la sede del Distrito Este-Alcosa-Torreblanca antes de la adjudicación del contrato.

El Ayuntamiento (Distrito Este-Alcosa-Torreblanca) podrá cursar cuantas instrucciones sean necesarias al adjudicatario en orden a la buena consecución del contrato.

El objeto del contrato se desarrollará bajo la supervisión e instrucciones del Distrito Este Alcosa Torreblanca, de forma que en aquello que no esté expresamente descrito en los presentes pliegos, se cumplimentarán las instrucciones y se realizarán las actuaciones que se dicte al respecto. La Dirección del Distrito se encargará de supervisar, inspeccionar y vigilar la instalación y la ejecución del servicio contratado.

El adjudicatario no podrá introducir o ejecutar modificación alguna en la realización de los trabajos sin la debida aprobación por el Distrito.

El Distrito, antes de la actividad, cursará al contratista cuantas instrucciones sean necesarias en orden a la buena ejecución del contrato, nombrando para cada servicio a un responsable que especificará el tipo de escenario, sillas, mesas y carpas y equipos de sonido e iluminación, y su ubicación, los horarios a cumplir y resolverá las demás

(9)

9

incidencias relacionadas con el contrato que se produzcan durante la realización de la actividad organizada por el Distrito.

EL DISTRITO COMUNICARÁ POR FAX O VIA E-MAIL LOS SERVICIOS QUE LA EMPRESA DEBERÁ REALIZAR, PARA ELLO ES NECESARIO QUE SE CUMPLIMENTE LA AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR FAX O CORREO ELECTRÓNICO.

El Ayuntamiento abonará únicamente el importe de las actuaciones y/o actividades que se hayan efectivamente realizado, por lo que si hubiera de suspenderse alguna de ellas, por cualquier causa no imputable directamente al órgano contratante, no se pagará cantidad alguna al contratista. No obstante, el adjudicatario podrá proponer la realización del servicio en otra fecha alternativa, previa conformidad del Distrito.

El incorrecto cumplimiento de sus obligaciones por parte del contratista, a juicio del órgano contratante, podrá dar lugar a la deducción del importe de los servicios incumplidos, que estén incluidos en la globalidad del servicio que se contrata.

El contratista deberá comenzar los trabajos preparatorios con el tiempo suficiente para garantizar el correcto desarrollo del suministro.

En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas de su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo existente con sus trabajadores, sin que pueda repercutir contra la administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de algunas de ellas pudieran imponerles los organismos competentes.

En cualquier caso, indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.

El Ayuntamiento de Sevilla, podrá exigir, en cualquier momento, al contratista la presentación de certificados actualizados de encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Así mismo, podrá exigir, en cualquier momento, la presentación de los documentos correspondientes de la Seguridad Social (modelo TC 2) sobre los empleados que realizan el objeto del contrato.

El adjudicatario deberá realizar el objeto del contrato con sujeción a la normativa que resulte de aplicación (entre otras, la laboral, las relativas a seguridad y salud, y la medioambiental) y en particular la establecida por el Ayuntamiento de Sevilla. Asimismo, habrá de disponer de aquellos permisos y licencias legalmente exigibles y en vigor.

El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto del servicio en cualquier lugar del Distrito Este-Alcosa-Torreblanca, de conformidad con las instrucciones dadas al respecto.

Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del servicio al lugar convenido serán de cuenta del contratista.

Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

(10)

10

El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento de Sevilla (Distrito Este), salvo que éste hubiere incurrido en mora al recibirlos.

SEXTO.- PLAZO DE EJECUCIÓN

La duración del contrato se extenderá desde su adjudicación hasta el 30 de diciembre de 2018 o en su caso, hasta agotar el importe de adjudicación, a satisfacción de la Administración. El contrato no podrá tener una duración superior a doce meses ni ser objeto de prórroga ni de revisión de precios, según lo dispuesto en el artículo 23.3 del TRLCSP.

SÉPTIMO.- CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, en el desempeño de sus funciones están obligados, en lo que le afecte, al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.

Asimismo, y puesto que las prestaciones a realizar necesitan una especial coordinación entre el adjudicatario y la entidad o asociación subvencionada, la presentación de la oferta supone la autorización para la cesión de los datos relativos a la empresa como teléfono, fax o e-mail, a las entidades y asociaciones subvencionadas para la concreción de los suministros a realizar y lugar.

OCTAVO.- FACTURACIÓN Y PAGO DEL PRECIO

El pago del precio se efectuará previa expedición de la factura, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 216 del RDL 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que tramitará la Sección del Distrito Este Alcosa Torreblanca, una vez acreditada la correcta prestación del servicio y suministro, de conformidad con la oferta presentada y con el presente Pliego de Condiciones de Ejecución.

La factura o documento justificativo emitido por el contratista a cargo del Ayuntamiento de Sevilla, deberá estar debidamente sellado y firmado y deberá presentarse en el Registro Auxiliar del Distrito Este-Alcosa-Torreblanca (sito en la C/Cueva de Menga 14, Sevilla), debiendo presentarse por TRIPLICADO e indicando en la factura los siguientes conceptos:

- EL NÚMERO DE EXPEDIENTE

- UNIDAD RESPONSABLE DE LA TRAMITACIÓN (en este caso, el Distrito Este-Alcosa-Torreblanca)

- El Órgano Gestor, Ayuntamiento de Sevilla (CIF: P4109100J)

- Oficina Contable: Intervención

- El importe de la base imponible, importe del IVA (como partida independiente) y el total de la factura

- El concepto claro del servicio, suministro u obra.

En la factura también se especificará, la fecha de celebración del acto subvencionado o realizado por el Distrito Este-Alcosa-Torreblanca, servicio realizado, número de unidades, precio unitario del servicio efectuado, porcentaje a la baja aplicado por el contratista y precio neto a satisfacer.

(11)

11

En todo caso cuando el adjudicatario estuviere obligado a presentar factura electrónica a través de la Plataforma FACE (conforme establece el artículo 4º de la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica, y creación del registro contable de facturas en el Sector Público), y caso de no estarlo, optare por esta vía de presentación, deberá indicar además en la factura los códigos siguientes:

- OFICINA CONTABLE: LA0002175-INTERVENCIÓN

- ÓRGANO GESTOR: L01410917-AYUNTAMIENTO DE SEVILLA

- UNIDAD TRAMITADORA: LA0002394-DISTRITO ESTE-ALCOSA-TORREBLANCA

(ART.4 de la Ley 25/2013, de impulso de la factura electrónica: Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública podrán expedir y remitir factura electrónica. En todo caso, estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda, las siguientes entidades:

a) Sociedades Anónimas

b) Sociedades de responsabilidad limitada

c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española

d) Establecimiento permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria

e) Uniones Temporales de empresas

f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondos de pensiones, Fondo de capital de riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulación hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones

Los proveedores del Ayuntamiento deberán hacer llegar las facturas o documentos justificativos antes de que se cumplan treinta días desde la fecha de recepción efectiva de los suministros, prestación de los servicios, realización de las obras, o en general, el cumplimiento de las obligaciones.

NOVENO.- JURISDICCIÓN Y RECURSOS

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, y en caso de que no se resuelva expresamente será de aplicación el artículo 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En Sevilla, a en la fecha que consta en el pie de firma del presente documento

El Jefe de Negociado del Distrito Este-Alcosa-Torreblanca Fdo. Jorge Ignacio Sempere Fernández

Referencias

Documento similar