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ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 21 DE MARZO DE 2005.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 1

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Portugalete PLENO 21.03.05

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 21 DE MARZO DE 2005.

ALCALDE-PRESIDENTE

D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE

Dª DOLORES CIORDIA BURGOS (PP)

D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) D.MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) D. GORKA ETXABE DE PABLOS(PSE-EE(PSOE) D. JOSE MANUEL DE INSAUSTI MONTALVO (PP) D. JUAN JOSE IBAÑEZ LEJONAGOITIA (PSE-EE(PSOE) D. ANGEL ANERO MURGA (PSE-EE(PSOE)

D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) CONCEJALES

D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª AITZIBER MARTINEZ INTXAURTIETA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. IÑAKI IBARMIA LAHUERTA (Coalición EAJ-PNV/EA)

D. IBON URGOITI URIOSTE (Coalición EAJ-PNV/EA)

D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª CRISTINA CUELLAR YARNOZ (Coalición EAJ-PNV/EA) D. ASIER BASAGOITI ELORZA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. GAIZKA BILBAO SANDOVAL (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª RAQUEL ANTUÑANO AGIRRE (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª FATIMA FREIJE RUEDA (PSE-EE(PSOE)

Dª ITALIA CANNA CASTRO (PSE-EE(PSOE) D. JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) Dª IGONE SALGADO SAINZ (PP)

D. ROMAN VICENTE CAÑADA (IU-EB)

D. PAULINO HERNANDEZ ELIZONDO (IU-EB) D. BENITO MORENO PEGALAJAR (IU-EB) TRADUCTORA DE EUSKERA

Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTOR

D. JAVIER ORIO VEGAS SECRETARIA GENERAL Dª BEGOÑA SERRA ISPIZUA

En la Noble Villa de Portugalete, siendo las ocho horas treinta minutos, del día 21 de marzo de 2005, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el salón de actos de la casa consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente sesión ordinaria, convocada al efecto, bajo la presidencia del Alcalde D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, asistido de mí, la Secretaria General.

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I.- PARTE RESOLUTORIA

1.01.-SE PROPONE, APROBACIÓN DE ACTA DE FECHA 08.10.04 (SESIÓN EXTRAORDINARIA)

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN pregunta a los asistentes si se muestran todos ellos conformes con el borrador del acta de la sesión de 08.10.04, o si, por el contrario, alguno de ellos desea realizar algún tipo de reparo u observación.

No habiendo reparos ni observaciones, el Sr. ALCALDE somete la aprobación del acta a votación. Votan a favor todos los miembros asistentes; por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el acta de fecha 08.10.04.

1.02.-SE PROPONE, APROBACIÓN DE ACTA DE FECHA 28.10.04 (SESIÓN ORDINARIA)

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN pregunta a los asistentes si se muestran todos ellos conformes con el borrador del acta de la sesión de 28.10.04, o si, por el contrario, alguno de ellos desea realizar algún tipo de reparo u observación.

No habiendo reparos ni observaciones, el Sr. ALCALDE somete la aprobación del acta a votación. Votan a favor todos los miembros asistentes; por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el acta de fecha 28.10.04.

1.03.-SE PROPONE, APROBAR LA CESIÓN GRATUITA DEL USO DE DOS VIVIENDAS MUNICIPALES A FAVOR DEL INSTITUTO FORAL DE ASISTENCIA SOCIAL (IFAS).

No habiendo intervenciones, el Sr. Alcalde somete a votación la propuesta de acuerdo contenida en el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo de 7 de marzo de 2004, la cual es aprobada por unanimidad de las señoras y señores concejales, por lo que queda aprobado el siguiente acuerdo:

“El Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS) de Bizkaia, ha solicitado la cesión de uso de dos pisos de titularidad municipal situados en el barrio de La Florida e identificadas como 2º-3º A derecha y 2º-3º C derecha - izquierda del edificio nº 38 de la calle Grumete Diego, para instalar en ellos un hogar permanente para la atención de menores tutelados o acogidos por la Diputación Foral de Bizkaia, procedentes, prioritariamente, del municipio de Portugalete.

Por Decreto de Alcaldía de fecha 27 de octubre de 2004, se procedió a incoar el expediente para la mencionada cesión gratuita, incorporando al expediente los documentos exigidos por los artículos 110 y 111 del Reglamento de Bienes que acreditan que la cesión redunda en beneficio de los habitantes del término municipal y que se efectúa a favor de una institución pública, por lo que

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se dan los requisitos previstos en el artículo 109.2 del Reglamento de Bienes para proceder a la cesión gratuita de bienes inmuebles patrimoniales.

A la visto de todo lo cual, a propuesta de la Comisión Informativa de Urbanismo de fecha 7 de marzo de 2005, y previo el informe de la Secretaria General de la Corporación, se acuerda: PRIMERO.- Aprobar la cesión gratuita del uso de dos viviendas municipales sitas e identificadas como nº2 º-3º A derecha - derecha y 2º-3ª C derecha - izquierda del edificio nº 38 de la calle Grumete Diego, a favor del Instituto Foral de Asistencia Social (IFAS), en las siguientes condiciones:

La presente cesión se realiza bajo la condición resolutoria expresa de que las viviendas cuyo uso se cede, serán destinadas, directa y exclusivamente al desarrollo del Programa de Atención a Menores, de 3 a 18 años, preferentemente de Portugalete, cuya guarda y custodia ostenta la Diputación Foral de Bizkaia.

Correrán a cargo de IFAS, los gastos de mantenimiento, conservación, seguros de daños y responsabilidad civil, cuotas de comunidad y en general, todas las responsabilidades derivadas del uso.

Para la realización de todo tipo de obras en las viviendas cuyo uso se cede, se requerirá la autorización expresa del Ayuntamiento de Portugalete. Dichas obras serán por cuenta del IFAS, quedando en beneficio del Ayuntamiento una vez concluido el plazo de cesión.

La presente cesión finalizará el día 2 de febrero del año 2009.

En caso de incumplimiento de las anteriores condiciones o de extralimitación de las mismas, el Ayuntamiento de Portugalete podrá dar por resulta la presente cesión, dando a los inmuebles el destino que considere oportuno.

SEGUNDO.- Comunicar el presente acuerdo a la Administración de la Comunidad Autónoma, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 109.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.”

1.04.-SE PROPONE, PREVIA DECLARACIÓN DE URGENCIA, APROBAR EXPEDIENTE Nº 10/2005, DE CRÉDITO ADICIONAL FINANCIADO CON EL

REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA PARA DAR COBERTURA

PRESUPUESTARIA A VARIOS PROYECTOS DE GASTO.

El Sr. ALCALDE manifiesta que la declaración de urgencia queda subsanada porque se ha celebrado una comisión. Abriremos un turno para los grupos que deseen intervenir, de menor a mayor.

En primer lugar interviene el S. VICENTE CAÑADA de IU-EB exponiendo que en la comisión, cuando tratamos este asunto, votamos a favor y en mi intervención desearía explicar el sentido de nuestro voto. Este es un acto importante, pues estamos hablando de unas cantidades de dinero

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importantes; esto no se produce todos los días y a lo largo de una legislatura tampoco se produce en muchas ocasiones; merece la pena explicar lo que vamos a hacer.

En la mayoría de los ayuntamientos nos toca hacer de oposición, en otros, no muchos, también gobernamos, y en algunos momentos hay que hacer, independientemente de que se esté o no en la oposición, un ejercicio de responsabilidad; es lo que pretendemos hacer en este punto. Se va a aprobar un crédito adicional que supone dar continuidad a una serie de obras emprendidas antes de 2003, que por diversas circunstancias están algunas terminadas y otras sin terminar, pero necesitan financiación para terminarse.

También habría que decir por qué llegamos a esta situación, por qué necesitamos en estos momentos aprobar estos ocho millones de euros de crédito adicional a través del remanente de tesorería, por qué no se han hecho las obras en su momento o por qué este retraso. Hablaremos de esto cuando se apruebe la cuenta general, en que también se aprueba una gestión; yo no voy a entrar ahora en la gestión porque no es el momento; ya tendremos ese momento.

En muchos de estos proyectos no hemos participado, porque ha sido una decisión del gobierno; en otros posiblemente hemos participado, los hemos aprobado y no sería políticamente correcto decir que no, porque a pesar de que nuestro voto no sea necesario para que esto se apruebe, la responsabilidad nos dice que tenemos que apoyarlo, porque esas obras están en marcha o están acabadas, y alguien tiene que cobrar. Por eso nuestro voto va a ser afirmativo.”

Seguidamente la Sra. CIORDIA BURGOS del PP manifiesta que con la aprobación de este crédito, que es una figura contemplada en la legislación vigente para aprobar los proyectos de gasto de inversión de años anteriores, una vez efectuada la liquidación y vistas las posibilidades de financiación mediante recursos propios, el gobierno, como viene siendo habitual, opta por prolongar la vigencia de estos proyectos.

No estamos discutiendo ahora el resultado total de la liquidación del ejercicio 2004, si bien es necesario conocer tal resultado para poder afrontar sin riesgos y con solvencia la operación de crédito adicional presupuestaria. Por lo tanto, no hablamos del remanente, sino de los proyectos contenidos en el expediente que hoy vamos a someter a votación. Según puede desprenderse de la documentación de Intervención, la consignación para estos setenta y siete proyectos asciende a más de 8,4 millones de euros; sin embargo, apenas seis proyectos suponen 6,6 millones de euros, es decir, casi el 80% del crédito adicional.

Estos seis proyectos de gran envergadura fueron concebidos por el equipo de gobierno como plurianuales, pese a que se tuviese que respetar la formalidad del presupuesto anual. Así pues, las actuaciones de Azeta, Sotera de la Mier, la adquisición de suelo, los distintos PIRU de San Roque, las obras de remodelación del edificio La Canilla, la recogida neumática, la urbanización de la plaza de Buenavista y la obra de General Castaños, entre Carlos VII y la calle Santiago, suponen el 80% de todos estos proyectos, que no solamente están iniciados, sino que su ejecución está muy avanzada.

Por lo tanto, no es correcto ni responde a la verdad afirmar que son proyectos sin ejecución. Además de estos, el 20% restante cuenta con muchos proyectos pendientes en fase O, es decir,

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orden de pago, y otros tantos pendientes de certificaciones procedentes de Surposa. Lo importante es que existe disponibilidad para afrontar el coste de estos proyectos.

Esperamos que en breve estos proyectos de inversión sean una realidad y podamos obtener el beneficio social para el cual fueron concebidos. Esta y no otra es nuestra intención: la aprobación de este crédito adicional, dar uso a los recursos propios; esperemos que puedan ir ejecutándose poco a poco.”

A continuación el Sr. URGOITI URIOSTE de la Coalición EAJ-PNV/EA expone que el Grupo Nacionalista ya tomó posición en la Comisión Informativa de Hacienda. Nuestro voto va a ser negativo. Independientemente de formalidades y de que haya que pagar los proyectos que se han empezado o las obligaciones que están contraídas, nuestro no va por la crítica política al hecho de que a 21 de marzo, es decir, terminando el primer trimestre, no tenemos ni proyecto de presupuesto. No nos parece serio que el presupuesto termine aprobándose a mitad del ejercicio, con lo cual ocultan el proyecto de gobierno, aunque no sabemos si lo ocultan el Partido Popular y el Partido Socialista o es que no hay; sí conocimos el reparto de puestos, pero el proyecto no, y no sabemos si no hay presupuesto o ni siquiera hay proyecto. Son malas fechas, porque llegar a elecciones, 17 de abril, con el pacto del PP y el PSOE vivito y coleando en Portugalete, rompe el discurso de los aquí gobernantes, pero la realidad es esa y tratar de ocultarlo nos parece un fraude a la ciudadanía.

Animamos al gobierno a que haga su trabajo y presente un proyecto de presupuesto. Antes de elecciones igual le va a resultar más duro ante la ciudadanía, porque se va a ver claramente cuál es la política y el pacto en Portugalete, pero esa fue la elección del PP y el PSOE cuando conformaron gobierno para que no lo conformase la fuerza mayoritaria.”

Interviene el Sr. TORRES LORENZO del PSE-EE(PSOE) para comentar que ya explicamos en la Comisión de Hacienda a qué iban a estar destinados los remanentes líquidos de tesorería. Los proyectos hay voluntad política de realizarlos, este gobierno los realizó en su día, apostó por ellos, votó en sus presupuestos, y los ha querido llevar adelante; muchos de ellos están ya iniciados, muy adelantados. Por tanto, es un compromiso político y de responsabilidad seguir con esos créditos por los que en un principio se apostó.

No hacemos nada que no hayamos hecho en años anteriores, aunque hay una cosa diferente: que desde hace unos años tenemos remanente positivo de tesorería, justo en los años en los que no ha gobernado el PNV con nosotros; igual es lo que les duele, que tengamos remanente positivo ahora, no antes. Pero lo hemos hecho desde el primer año que tuvimos remanente positivo, por tanto, no hacemos nada que no hayamos hecho otros años, nada que nos impida la ley. Nos dice la Norma Foral que se puede realizar, y por compromiso político debemos terminar estos proyectos.

De nuevo el Sr. URGOITI URIOSTE de la Coalición EAJ-PNV/EA manifiesta que cuando el Partido Nacionalista entró a gobernar con el Partido Socialista, había un remanente negativo de 800 millones que se enjuagó, si no recuerdo mal, durante la legislatura en que nosotros participamos. Le contesta el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) que sería interesante que miraras además en qué fecha aprobábamos los presupuestos cuando gobernabais con nosotros.

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Toma la palabra el Sr. MIRANDA GARATE de la Coalición EAJ-PNV/EA diciendo que habiendo dinero es fácil hacer presupuestos, no habiendo dinero es más difícil, pero vosotros ni teniendo dinero sois capaces de hacerlo.”

Seguidamente el Sr. ALCALDE manifiesta que de todos los proyectos que hay aquí, alguno limpiaremos; el debate sobre qué proyectos limpiar, que serán muy pocos, es bueno hacerlo con el presupuesto, con el proyecto de gestión; lo hicimos el año pasado y lo haremos este año, traeremos también los proyectos que queremos limpiar y destinar a otra cosa, y ese es el momento en el que se ve todo el diseño; ahora sólo damos un paso automático.

Efectivamente, cuando hay dinero se hacen bien los presupuestos, el problema es cuando no hay. La Diputación va a aportar este año menos dinero que el año pasado; por lo tanto, como tenemos que ser sensatos a la hora de hacer el presupuesto, vamos a ver cuánto nos ha sobrado de otros años para hacer un presupuesto real, no ficticio, lo mismo que hacíamos cuando no teníamos recursos y gobernabais con nosotros, que aprobábamos los presupuestos más tarde, en mayo o por ahí, porque queríamos saber cómo se había desarrollado la legislatura en gasto, ya que era fundamental saber si estábamos gastando en la gestión diaria más o menos. Hemos sabido cómo está la liquidación y empezaremos ya enseguida con el presupuesto, pero sin saber lo otro, más que un presupuesto hubiera sido una lotería, porque si nos sale una liquidación con agujero, tenemos que hacer otra política.

Ahora nos tenemos que enfrentar a una gestión y a un presupuesto con menos recursos. Desde el año 2001 la capacidad adquisitiva que hemos perdido es de 18 millones de euros, tres mil millones de pesetas. Si hubiéramos tenido la misma capacidad adquisitiva que teníamos en el año 2001, con lo que hemos gastado en este momento tendríamos tres mil millones para hacer cosas. No tenemos un sistema de financiación correcto. Entonces, yo animo ahora que hay elecciones a que todos chinchemos un poco para que tengamos un sistema de financiación adecuado en los ayuntamientos. Un pueblo como Portu, que no tiene recursos propios fuertes, está mucho más tocado que otros que tienen recursos.”

A continuación, el Sr. Alcalde somete a votación la propuesta de acuerdo contenida en el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Patrimonio y Especial de Cuentas de 18 de marzo de 2005. La votación arroja el siguiente resultado: 16 votos a favor de los representantes de PSE-EE, PP e IU-EB y 9 votos en contra de los representantes de la Coalición EAJ-PNV/EA; por lo que queda adoptado el siguiente acuerdo:

“Visto el expediente iniciado por el área de Hacienda, el Decreto de Alcaldía sobre la declaración de urgencia y necesidad de realización del gasto y el informe del Interventor en relación con el expediente número 10/05 de concesión de CREDITO ADICIONAL y encontrándolo conforme, en todos sus términos, a propuesta de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Especial de Cuentas, de fecha 18 de marzo de 2005, se acuerda:

PRIMERO.- Aprobar el expediente número 10/05 de concesión de CREDITO ADICIONAL, conforme a la siguiente determinación, que supone un total de gasto de 8.418.658,03.- euros, según relación adjunta.

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Remanente de Tesorería para gastos generales:

87001 Remanente de Tesorería para gastos generales de la liquidación del ejercicio 2004

8.418.658,03 EUROS

SEGUNDO.- Dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 15, 17, y 18 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de la Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de información, reclamaciones, publicidad y recursos de los Presupuestos Generales”.

1.05.- MOCIONES, PREVIA SU DECLARACIÓN DE URGENCIA. No se han presentado mociones de urgencia.

II.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO POR EL PLENO.

3.- DECRETOS DE LA ALCALDÍA.

3.01.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 21 DE FEBRERO DE 2004, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE ESTE AYUNTAMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 24/05.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbao ha requerido de este

Ayuntamiento la remisión de expediente administrativo relativo a “Abreviado. Personal. C/ la

desestimación presunta por silencio administrativo por parte del Ayuntamiento de Portugalete del recurso de reposición interpuesto el 25.06.04 contra la resolución de 29.04.04 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Portugalete”, para recurso Procedimiento ABREVIADO 24/05 interpuesto por PEDRO MANUEL UZQUIZA PINO.

Vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación,

VENGO EN DISPONER:

PRIMERO- Instar a la Secretaría General de la Corporación y Servicios Municipales, que por razón de la materia corresponda, a la preparación de copia autenticada del expediente administrativo

relativo a “Abreviado. Personal. C/ la desestimación presunta por silencio administrativo por

parte del Ayuntamiento de Portugalete del recurso de reposición interpuesto el 25.06.04 contra la resolución de 29.04.04 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de

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Portugalete”, para recurso interpuesto por PEDRO MANUEL UZQUIZA PINO y a foliarlo

debidamente para su remisión al Juzgadode lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbao, para

recurso contencioso-administrativo Procedimiento ABREVIADO 24/05.

SEGUNDO.- Emplazar a cuantos aparezcan interesados en el expediente para que puedan comparecer y personarse en este recurso en el plazo de nueve días, por notificación del presente Decreto que habrá de hacerse en el plazo de cinco días. Insértese copia del presente Decreto en el Tablón de Edictos de la Corporación y quede constancia del mismo y de los emplazamientos habidos, en su caso, en el expediente administrativo, para su remisión al Juzgado.

TERCERO.- Nombrar a las Procuradoras del Colegio de Procuradores de Bizkaia Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al

Letrado del Colegio de Abogados de Vizcaya D. JUAN JOSE SAMIGUEL SAEZ DE

JAUREGUI, para la representación y defensa, respectivamente, de este Ayuntamiento en el recurso

contencioso-administrativo ABREVIADO 24/05, otorgando el poder general para pleitos, si fuera

necesario, ante Notario de Portugalete.

CUARTO.- Una vez el expediente administrativo a que se refiere al apartado precedente del presente Decreto, se encuentre completo, foliado, autenticado y acompañado de un índice asimismo

autenticado, remitirlo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbao.

QUINTO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre y notificar a los interesados en legal forma”.

3.02.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 21 DE FEBRERO DE 2005, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN EL CONCEJAL D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la

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de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones

especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Concejal D. FRANCISCO JAVIER

MIRANDA GARATE ser delegada por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación:

VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en el Concejal D. Francisco Javier Miranda Gárate, la facultad de autorizar el

matrimonio de D. Gonzalo Verdejo Orejón y Dª Susana Beitia Medina, a celebrar en esta Casa

Consistorial el próximo día 5 de marzo de 2005.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre”.

3.03.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 23 DE FEBRERO DE 2005, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORA Y LETRADA PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE AGENTES DE LA POLICÍA MUNICIPAL EN EL JUICIO DE FALTAS 67/05 M.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Visto el escrito presentado por el jefe de la Policía municipal en el que solicita a la Corporación que se proporcione defensa judicial a los agentes de la Policía municipal nº 7 y nº 40 en el juicio de faltas 67/05 M, seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 1 de Barakaldo con motivo de los hechos que constan en el atestado de la Policía municipal nº 268/05.

Visto el artículo 37.2 de la Ley 4/92, de 17 de julio, de Policía del País Vasco, en el que se contempla el derecho de los miembros de la Policía del País Vasco a ser representados y defendidos por profesionales designados por la Administración Pública de la que dependan, y a cargo de ésta, en todas las actuaciones judiciales en que se les exijan responsabilidades por hechos cometidos en el ejercicio de sus funciones.

Visto el artículo 21.1 i) y k) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

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PRIMERO Designar a la letrada doña Soledad Fraile Pérez de Mendiguren y a la procuradora Dña Paula Basterreche Arcocha, para que intervengan en defensa y representación judicial de los agentes de la Policía municipal nº 7 y nº 40 en el juicio de faltas 67/05 M, seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 1 de Barakaldo con motivo de los hechos que constan en el atestado de la Policía municipal nº 268/05.

SEGUNDO. Notificar la presente resolución a la Letrada y Procuradora designadas, así como al Jefe de la Policía municipal y a los agentes implicados”.

3.04.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 7 DE MARZO DE 2005, RELATIVO A APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2004.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Vista la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Portugalete, correspondiente al ejercicio de 2004, formulada por el Interventor así como los documentos que integran la misma, y encontrándola conforme, en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo el artículo 49.3. de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales

RESUELVO

Primero.- Aprobar la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Portugalete correspondiente al ejercicio de 2004 que se expresa en el siguiente resumen:

1.- Fondos líquidos de Tesorería a 31-12-2004 20.863.794,49

2.- Saldos pendientes de cobro a 31-12-2004: 3.572.571,69

Deudores presupuestarios: 3.750.512,02

Deudores extrapresupuestarios: 541.613,28

- Cobros pendientes aplicación -719.553,61

3.- Saldos pendientes de pago a 31-12-2003: 5.762.383,71

Acreedores presupuesto gastos 4.499.142,73

Acreedores presup.ingresos: 0,00

Acreedores extrapresupuestarios: 1.266.845,88

- Pagos pendientes de aplicación: -3.604,90

4.- Remanente de Tesorería bruto (1+2-3): 18.673.982,47

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6.- Remanente de Tesorería líquido (4-5) 16.385.157,36

7.- Remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada:

8.- Remanente de Tesorería para gastos generales (6-7): 16.385.157,36

9- Resultado operaciones presupuestarias del Presupuesto vigente:

806.790,21

10.- Resultado operaciones de presupuestos liquidados en ejerc. anter.:

-143.374,36

11.- Ajuste obligaciones financiadas con Remanente de Tesorería:

7.916.067,50

12.- Ajuste desviaciones en gastos con financiación afectada:

1.557.206,72

13.- Resultado presupuestario (9+10+11+12): 10.136.690,07

14.- Remanentes de créditos susceptibles de incorporación: 14.975.945,52

15.- Remanentes de créditos no incorporables: 8.418.658,03

16.- Total Remanentes de crédito (14+15): 23.394.603,55

Segundo.- Se remite copia del Expediente de Liquidación a la Diputación Foral de Bizkaia en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49.5 de la Norma Foral antes referenciada.

Tercero.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que se celebre.

3.05.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 8 DE MARZO DE 2005, RELATIVO A DEJAR SIN EFECTO NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS, EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 24/05.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“En relación con el Decreto de Alcaldía, de fecha 21 de febrero de 2005, por el que, como

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Portugalete PLENO 21.03.05

dispuso la remisión de expediente administrativo relativo a “Abreviado. Personal. C/ la

desestimación presunta por silencio administrativo por parte del Ayuntamiento de Portugalete del recurso de reposición interpuesto el 25.06.04 contra la resolución de 29.04.04 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Portugalete”, para recurso Procedimiento ABREVIADO 24/05 interpuesto por PEDRO MANUEL UZQUIZA PINO, así como nombramiento de Procuradoras y Letrado para la representación y defensa de este Ayuntamiento.

Vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación,

VENGO EN DISPONER:

PRIMERO.- Dejar sin efecto el nombramiento de Procuradoras, por no ser necesario, efectuado por Decreto de Alcaldía de fecha 21 de febrero de 2005, quedando designado el Letrado

del Colegio de Abogados de Vizcaya D. JUAN JOSE SANMIGUEL SAEZ DE JAUREGUI para

la representación y defensa de este Ayuntamiento en el recurso contencioso-administrativo ABREVIADO 24/05, otorgándole poder general para pleitos, si fuera necesario, ante Notario de Portugalete.

SEGUNDO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre y notificar a los interesados en legal forma”.

3.06.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 8 DE MARZO DE 2005, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 05/05.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Visto el expediente número 05/05, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, pertenecientes a la misma subfunción o programa funcional, o bien tratándose de transferencias entre distintas subfunciones en las que la variación acumulada de modificaciones en las que las subfunciones de origen y destino no superan el 25% de sus consignaciones iniciales previstas, salvo que minoren consignaciones para inversiones reales.

Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente.

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De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que,

VENGO EN DISPONER

PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes:

Partidas de gastos con créditos en baja Partida Presupuest. Denominación Código Proyecto Crédito Inicial € Importe euros 07.4221.62203 Obras de rehabilitación de colegios

públicos.

200507901 0 6.000,00

Total bajas de crédito 6.000,00

Partidas de gastos con altas de crédito Partida Presupuest. Denominación Código Proyecto Crédito Inicial € Importe euros 07.4221.62270 Obras en curso de Rehabilitación

de Colegios Públicos.

200507901 0 6.000,00

Total altas de crédito 6.000,00

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.

TERCERO.- Comuníquese el presente Decreto a la Sra. Tesorera y al Departamento de Educación”.

3.07.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 9 DE MARZO DE 2005, RELATIVO A APROBACIÓN DE INCORPORACIÓN DE REMANENTES DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 08/05.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Visto el expediente número 08/05, relativo a incorporación de los créditos de pago del ejercicio anterior, 2004, que no estando afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas corresponden, no obstante, a créditos por operaciones de capital.

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Considerando, según informa el Sr. Interventor, que el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos: 32 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, y 19 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente.

De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que

VENGO EN DISPONER

PRIMERO. La aprobación la incorporación, dentro del presupuesto vigente de la Entidad municipal, de los REMANENTES DE CREDITO correspondientes al ejercicio anterior, de conformidad con la siguiente integración a los subconceptos de ingresos y aplicaciones de gasto que se relacionan:

Remanentes de ingresos que se incorporan al presupuesto en vigor en el presente ejercicio 2005, y

cuyos recursos quedan afectados a los remanentes de gastos incorporados, por un importe global

de 14.130.479,52.-€

Remanentes de gastos de presupuestos anteriores que se incorporan como incrementos de

consignación al presupuesto de gastos vigente , por un importe global de 14.130.479,52.-€

Ambos conceptos detallados en cuanto a denominación, proyecto de inversión, aplicación

presupuestaria e importe en pesetas según el siguiente cuadro anexo:

SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre”.

3.08.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 9 DE MARZO DE 2005, RELATIVO A APROBACIÓN DE INCORPORACIÓN DE REMANENTES DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 09/05.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Visto el expediente número 09/05 relativo a incorporación de los créditos de pago del ejercicio anterior, 2004, que no estando afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas corresponden, no obstante, a créditos por operaciones de capital.

Considerando, según informa el Sr. Interventor, que el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos: 32 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las

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Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, y 19 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente.

De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que

VENGO EN DISPONER

PRIMERO. La aprobación la incorporación, dentro del presupuesto vigente de la Entidad municipal, de los REMANENTES DE CREDITO correspondientes al ejercicio anterior, de conformidad con la siguiente integración a los subconceptos de ingresos y aplicaciones de gasto que se relacionan:

Remanentes de ingresos que se incorporan al presupuesto en vigor en el presente ejercicio 2005, y

cuyos recursos quedan afectados a los remanentes de gastos incorporados, por un importe global

de 845.466,01.-€

Remanentes de gastos de presupuestos anteriores que se incorporan como incrementos de

consignación al presupuesto de gastos vigente , por un importe global de 845.466,01.-€

Ambos conceptos detallados en cuanto a denominación, proyecto de inversión, aplicación

presupuestaria e importe en pesetas según el siguiente cuadro anexo:

SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre”.

3.09.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 10 DE MARZO DE 2005, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN EL TENIENTE DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar

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tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones

especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado el Teniente de Alcalde D.

FRANCISCO RUIZ ORTEGA ser delegada por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación:

VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en el Teniente de Alcalde D. Francisco Ruiz Ortega, la facultad de autorizar el

matrimonio de D. Roberto González Fernández y Dª Eva María Macho García, a celebrar en

esta Casa Consistorial el próximo día 12 de marzo de 2005.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre”.

3.10.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 14 DE MARZO DE 2005, RELATIVO A LA APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 11/05.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Visto el expediente número 11/05, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, pertenecientes a la misma subfunción o programa funcional, o bien tratándose de transferencias entre distintas subfunciones en las que la variación acumulada de modificaciones en las que las subfunciones de origen y destino no superan el 25% de sus consignaciones iniciales previstas, salvo que minoren consignaciones para inversiones reales.

Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente.

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De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que,

VENGO EN DISPONER

PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes:

Partidas de gastos con créditos en baja Partida Presupuest. Denominación Código Proyecto Crédito Inicial € Importe euros

03.6112.22709 Servicio de Recaudación a favor

de la Entidad municipal

Rec. propio 156.819,18 44.620,00

Total bajas de crédito 44.620,00

Partidas de gastos con altas de crédito Partida Presupuest. Denominación Código Proyecto Crédito Inicial € Importe euros 03.6112.6250101 Mobiliario; Tesorería y Recaudación Rec. propio 0,00 21.400,00 03.6112.62601 Equipos procesos de información Rec. propio 0,00 11.920,00

03.6112.16201 Formación Programa Inform.

Recaudación Ejecutiva

Rec. propio 0,00 11.000,00

03.6112.36901 Gastos financieros; tarjeta

crédito pago tributos

Rec. propio 0,00 300,00

44.620,00 El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre.

TERCERO.- Comuníquese el presente Decreto a la Sra. Tesorera.”

4.- Preguntas

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Realiza la primera pregunta el Sr. BASAGOITI ELORZA de la Coalición EAJ-PNV/EA: Queremos saber en qué estado se encuentra la primera fase de la implantación del sistema de recogida neumática de basuras que dará cobertura al barrio de Buenavista, a Los Llanos y a la futura promoción de Los Hoyos, ya que en un tríptico del Ayuntamiento de junio de 2004 se anunciaba que en marzo de 2005 estaría ya funcionando.

Le responde el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) que la central está terminada, y la empresa quería hacer la inauguración este mes. A esta inauguración se va a invitar a mucha gente y diversas autoridades. Entonces, estas son mala fechas, y vamos a esperar a después del día 17, el primero o el segundo.

De nuevo el Sr. BASAGOITI ELORZA de la Coalición EAJ-PNV/EA opina que el concejal posee una habilidad pasmosa, porque se ha quedado sin respuesta.

El Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) le rsponde que creo que te he contestado: no lo vamos a hacer en campaña electoral por vergüenza ajena e incluso cuando la empresa tenía ya preparado todo para hacerlo en marzo, hemos preferido dejarlo para después de las elecciones.

Realiza la segunda pregunta el Sr. BILBAO SANDOVAL de la Coalición EAJ-PNV/EA: Mediante una instancia de 20 de enero de este año se solicitó un informe sobre la legalidad del punto 3.1 (propuesta para la Junta de Gobierno Local), “Aprobación de Oferta de Empleo Público”, tratado en la Comisión Informativa de Régimen Interior y Seguridad Ciudadana de fecha 18.01.05. Y también sobre el punto 1.08 del Pleno de 25.11.04, “Aprobación y publicación en el BOB de la relación de puestos de trabajo”, concretamente sobre si incumplen el artículo 97.5 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca y el artículo 23 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas. Se reiteró la petición en instancia de fecha 3.3.05, conocedores de la entrada en este Ayuntamiento con fecha 28.2.05 de un informe jurídico externo encargado por la Junta de Gobierno Local el día 24.1.05 sobre la OPE de 2004. ¿Por qué no se entrega dicho informe como pedíamos? ¿Dónde está la transparencia de este gobierno? ¿Cuál ha sido el coste de este informe? ¿Tienen dudas sobre la legalidad de la RPT y de la OPE?”.

Toma la palabra el Sr. TORRES LORENZO del PSE-EE(PSOE) manifestando que estábamos en la Comisión de Régimen Interior cuando nos llegó el sobre; yo dije que seguramente era el informe que habíamos pedido, pero era un borrador, no el informe definitivo, sino unas primeras conclusiones no definitivas. El informe se registró este jueves; se os repartirá hoy.

Además, hoy vamos a llevar a la Junta de Gobierno la OPE, para aprobarla con ese informe dentro del expediente, para que se vea que podemos llevar adelante el proceso sin ningún tipo de dudas. La transparencia del equipo de gobierno es total. Ha sido un proceso perfecto y correcto, no habíamos incurrido en ningún tipo de ilegalidad, de modo que la transparencia está sobradamente demostrada. Yo también preguntaría dónde está la transparencia de quien tiene que emitir un informe y no lo ha emitido, que es el Gobierno Vasco. ¿Cuál ha sido el coste? No nos ha llegado todavía la minuta; cuando llegue la podréis ver, como cualquier factura.

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¿Dudas sobre la legalidad de la RPT o la OPE? Ninguna; quienes mostrasteis vuestras dudas fuisteis vosotros y por eso pedimos un informe externo, para que vierais que la legalidad la habíamos cumplido perfectamente, que los trámites los habíamos realizado, y por tanto, el proceso estaba bien hecho.”

Siendo las ocho horas, cincuenta y cinco minutos se ausenta del salón de plenos la Sra. CIORDIA BURGOS del PP.

Interviene el Sr. BILBAO SANDOVAL de la Coalición EAJ-PNV/EA para exponer que es curioso: nosotros presentamos la instancia el día 20 de enero y la Junta de Gobierno unos días más tarde pide el informe; ¿por qué no se pidió en su momento?.

Te has referido a los que tienen que emitir informe y no lo hacen; te recuerdo que para emitir un informe hace falta que te den algo. Es decir, si te referías a Política Lingüística del Gobierno Vasco, si no se le entregaron los documentos que pedía, mal podía hacer el informe.”

Le contesta el Sr. TORRES LORENZO del PSE-EE(PSOE) que el informe lo pidió la Junta de Gobierno Local unos días después de la Comisión de Personal. Lo pedimos formalmente mediante acuerdo y queda constancia de que se pide para incorporarlo al expediente.

El Gobierno Vasco tiene toda la información que debe tener, otra cosa es que quiera más. Nosotros le mandamos la información, tuvimos una reunión en la que la ampliamos, y si no está de acuerdo, que emita el informe diciendo que no está de acuerdo. ¿Por qué no lo emite y han pasado ya siete meses? ¿No será que estamos haciendo las cosas bien, aunque no hagamos lo que ellos quieren que hagamos? Si alguien no está de acuerdo, emite un informe desfavorable, y si está de acuerdo, favorable; lo que no se puede hacer es estar siete meses sin emitir nada.

Interviene el Sr. ALCALDE para manifestar que habéis optado por este sistema en lugar de ir a comisión, donde podéis hablar de ello todo lo que queráis. Va a haber más comisiones, este asunto va a dar más vueltas, no va a quedar aquí. Si se quiere realmente saber sobre eso, en la comisión se habla, aunque yo creo que ya se ha hablado bastante.

Realiza la tercera pregunta el Sr. MIRANDA GARATE de la Coalición EAJ-PNV/EA: El 3 de febrero de 2003 ocurrió un incendio que arrasó el Cine Mar; a raíz de este suceso se le requirió al propietario para que derribase el inmueble; el propietario recurrió el requerimiento, se suspendió el derribo y posteriormente el juez permitió al Ayuntamiento el derribo pero el propietario, como era lógico, lo recurrió

Han pasado más de dos años desde que ocurrió aquello, también probablemente del citado recurso, y lo que desean saber es en qué estado se encuentra ese proceso judicial, aquél recurso que presentó el propietario del Cine Mar, si se ha dictado alguna resolución judicial al respecto, si la respuesta es afirmativa o no, o cuál ha sido la respuesta que han podido dar los tribunales, cuál ha sido el fallo de la misma, y si por otra parte se tiene pensado algún tipo de actuación para el solar del Cine Mar.

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El Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) responde que el Ayuntamiento no impidió al propietario que derribase voluntariamente el inmueble y así se lo hizo saber, con gran dificultad por cierto, para localizarle y entregarle la comunicación. El propietario se negó a derribar de inmediato el inmueble porque entendía que la ruina no era inminente.

Dado el estado en que se encontraba el Cine Mar que estaba generando una alarma social entre los vecinos pues entraba gente, hacía fuego dentro, y creaba muchísima inquietud, el Ayuntamiento decidió derribarlo. En la actualidad lo que se sabe es que el Sr. Juez no ha hecho caso del informe técnico municipal, y se ha allanado con los de la parte contraria aduciendo que eran dos. En estos momentos, que nosotros sepamos, la sentencia no es firme, pero posiblemente llegue a serlo.

El Sr. Juez ha considerado que el inmueble sí estaba en ruina pero que esta no era inminente y que se podía haber esperado. Sin embargo, los vecinos, el equipo de gobierno, y también la oposición, estaban intranquilos con la seguridad del Cine Mar.

Prosigue diciendo el portavoz del PSE-EE, que la cosa era bastante grave y de haber ocurrido alguna desgracia los dos técnicos que suscribieron los informes en los que se ha apoyado el Sr. Juez no hubieran sido responsables, puesto que la responsabilidad se hubiese trasladado al técnico municipal y al Ayuntamiento. A veces los jueces adoptan decisiones que por supuesto hay que acatar pero no compartir, como le ocurre a él en este caso. Y, respecto al futuro del solar donde se ubicaba el inmueble derribado, es intención del gobierno dotarlo de algún equipamiento municipal. Toma la palabra el Sr. MIRANDA GARATE de la Coalición EAJ-PNV/EA: y comenta que, todos sabemos cual fue el proceso, y cómo desde un principio toda la Corporación fue unánime en pensar que el Cine Mar debía ser derribado después del incendio; pero con independencia de ello, el gobierno municipal tuvo sus más y sus menos con el propietario. Parece ser que éste en su momento sí quiso derribar el Cine Mar, y fue el Ayuntamiento quien se lo impidió. Es cierto que no se podía confiar cuándo lo iba a tirar, y que todos coincidimos que debíamos tomar cartas en el asunto, y así lo hicimos. Pero eso no quita para que se informe de cuál ha sido el fallo de la resolución judicial y en qué términos se le ha dado la razón, porque probablemente al Ayuntamiento, y a todos los portugalujos, igual les cuesta un dinero y, si en su momento, se hubiese actuado con el Cine Mar con la suficiente diligencia, éste propietario no hubiese sido el propietario que tenía que haberse hecho con el Cine Mar, sino que el Ayuntamiento hace tiempo que podía tener ese equipamiento cultural que todos hemos propuesto para ese lugar.

A continuación interviene el Sr. ALCALDE: para señalar que la pregunta del millón es por qué quiere la Coalición defender al propietario del Cine Mar diciendo que está de acuerdo con lo que hizo el Ayuntamiento y diciendo luego lo que es mentira: que el Ayuntamiento impidió derribar el Cine Mar. Precisamente lo que se ha discutido en los tribunales es si había que derribar inmediatamente el Cine Mar, eso es lo que se ha discutido, no si el Cine Mar había que derribarlo. Y mientras nosotros pensábamos que había que derribarlo inmediatamente, e inicialmente el Juez en una medida cautelar nos dio la razón para que fuéramos nosotros, el propietario decía que no había que derribar el Cine Mar; y eso es lo que se ha discutido en el pleito, y es en lo que el Juez ha dado la razón al propietario, puesto que no ha admitido la inminencia de la ruina. Ni nosotros, ni IU, ni los vecinos estamos de acuerdo con que no haya ruina inminente, pero acatamos la sentencia, aunque no sirve de nada, puesto que el inmueble ya se ha derribado; sin embargo puede que la Coalición Nacionalista si esté de acuerdo con que no hubiese que tirar de inmediato el Cine Mar y

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con que la ruina no era inminente; y por ello han preguntado por qué el Ayuntamiento no ha actuado correctamente.

El Sr. MIRANDA GÁRATE opina que el Sr. Alcalde se está excediendo en sus comentarios; y le solicita que retire sus palabras pues en este momento no está hablando con Javier Miranda concejal sino con Javier Miranda ciudadano.

El Sr. ALCALDE le responde que no ve motivos para retirar sus palabras.

Interviene de nuevo el Sr. MIRANDA GÁRATE para señalar que no quiere entrar en cuestiones personales pero ante actitudes como la que está teniendo el Sr. Alcalde va a abandonar el Pleno, recordando al Sr. Alcalde que fue él quien tuvo que correr con sus dos hijos en brazos. Pide al Sr. Alcalde que reflexione lo que está diciendo pues todo lo que está comentando son tonterías; opina que el Sr. Alcalde es de lo que no hay y le pide que le deje en paz.

El Sr. ALCALDE: considera que el Sr. Miranda está perdido de los nervios y por eso le perdona sus palabras.

El Sr. MIRANDA GARATE recuerda al Sr. Alcalde que todavía no le ha preguntado qué tal salió con sus hijos de su casa y ahora le viene diciendo las bobadas que ha dicho.

El Sr. ALCALDE le responde que le está repitiendo lo que él mismo ha manifestado en su intervención.

El Sr. MIRANDA GÁRATE replica al Sr. Alcalde que con su familia no se juega ni se ríe de ella, ni de su hija con la que tuvo que salir en brazos cuatros horas después de entrar en casa.

El Sr. ALCALDE le responde que él no se ríe del señor concejal ni de su familia y que si él abandona el Pleno es problema suyo y lo siente mucho.

El Sr. MIRANDA GARATE insiste en que el Sr. Alcalde sí se está riendo de él y de su familia, y subraya que la pregunta se la ha formulado él en nombre de su partido, y lo que el Sr. Alcalde está diciendo no es verdad, y reitera que no está hablando como concejal sino como ciudadano.

A continuación los miembros de la Coalición EAJ-PNV/EA abandonan el salón de sesiones. El Sr. ALCALDE aclara que el portavoz de la Coalición Nacionalista ha formulado una pregunta como concejal y no como ciudadano y tendrá que aguantar y quedar constancia en el acta; el concejal nacionalista ha hecho de esto una cuestión política y ha preguntado en un Pleno para que se le conteste políticamente por qué se impidió al propietario derribar el inmueble, cuando lo que se está discutiendo no es si hay que derribarlo o no, pues la sentencia no ha dicho que no hubiese ruina sino que esta no era inminente. Pero la Coalición Nacionalista no quiere oír la respuesta del equipo de gobierno.

El Sr. Alcalde reitera que el gobierno municipal (y pensaba que también la oposición) no está de acuerdo con el fallo judicial pero lo acatan; y si adoptaron la decisión del derribo inmediato es porque el propietario no lo derribó en el plazo que le dieron, porque en caso contrario el

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Ayuntamiento no se hubiese interpuesto. Y, cuando el Ayuntamiento inició subsidiariamente el derribo, el Juez no se opuso a ello a reserva del fallo judicial; fallo que no piensan recurrir y del que no creen que en la práctica derive perjuicio económico para el Ayuntamiento. Pero todo esto que la Coalición Nacionalista podría haber preguntado en una comisión informativa se lleva a Pleno y se eleva a categoría política, le guste o no al Sr. Miranda.

Prosigue diciendo que lo que no se puede hacer es preguntar lo que han preguntado empleando como único argumento el esgrimido por el propietario y no el que ha dado el Ayuntamiento, y pretender hacer creer al gobierno municipal que no están defendiendo al propietario. Ellos sabrán por qué lo defienden.

Y, luego echan en cara al Ayuntamiento el no haberse hecho antes con el solar, cuando saben de sobra (pues el PNV llevaba el área de urbanismo en ese momento), que el Plan General de ordenación no permitía la expropiación del terreno.

Para concluir el Sr. Alcalde aclara que él no tiene nada personal contra el Sr. Miranda Gárate y lamenta profundamente lo que le ocurrió en aquella ocasión; pero le molesta que le eche en cara que no le ha preguntado por sus hijos cuando él, como Alcalde, estuvo durante toda la noche en el lugar de los hechos cuando se quemó el Cine Mar. Estuvo allí toda la noche con los vecinos y se interesó por todos lo que estaban allí, a lo mejor el Sr. concejal y su familia ya no estaban cuando él llego. Toma la palabra el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE): para aclarar que lo que el propietario discutía al Ayuntamiento no era que no le dejasen derribar el inmueble sino que le exigían que lo derribase de inmediato al apreciar la existencia de una ruina inminente. El propietario discrepaba de la opinión del Ayuntamiento en cuanto a la concurrencia del supuesto de ruina inminente. Pero lo que el Sr. concejal no entiende es que alguien que dice que tuvo que salir corriendo con sus hijos en brazos y de mala manera diga ahora que no es ruina inminente.

Finalmente interviene el Sr. Alcalde para comentar que no entiende por qué el portavoz de la Coalición Nacionalista se ha comportado de ese modo y, más tarde, le llamará personalmente.

5.- Ruegos

No se han formulado ruegos.

El Sr. ALCALDE, no habiendo más asuntos que tratar, da por finalizada la sesión a las nueve horas, quince minutos del día de la fecha, de lo cual, yo, como Secretaria General, doy fe.

Referencias

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