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4.- Generación y Envío del Reporte ACLME PDBD (Regimen de Posición de Riesgo Cambiario) a Banco de México.

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ÍNDICE

I. BASE LEGAL.

II. POLÍTICAS.

Objetivo.

Políticas Generales.

Institucionales.

Facultades.

Condiciones.

Responsabilidades.

Políticas Particulares.

Responsabilidades.

Procedimientos.

1.- Compra de Divisas en Sucursal.

Facultades.

Límites.

Condiciones.

Responsabilidades.

2.- Venta de Divisas en Sucursal.

Facultades.

Límites.

Condiciones.

Responsabilidades.

3.- Nivelación de la Posición Cambiaria.

Determinación de la Posición Cambiaria.

Condiciones.

Responsabilidades.

Compra-Venta Interbancaria para la Administración de la Posición Cambiaria.

Facultades.

Condiciones.

Responsabilidades.

4.- Generación y Envío del Reporte ACLME PDBD (Regimen de Posición de

Riesgo Cambiario) a Banco de México.

ACLME PDBD Previo.

Límites.

Condiciones.

Responsabilidades.

(2)

ACLME PDBD Definitivo.

Condiciones.

Responsabilidades.

5.- Generación y Envío del Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en

Efectivo "OD" a Banco de México.

Condiciones.

Responsabilidades.

III. DEFINICIÓN DEL PRODUCTO.

Descripción.

Mercado Objetivo.

Características.

Económicas.

Tecnológicas.

Reglas de Negocio.

Restricciones.

Fechas, tiempos y horarios.

Formatos Institucionales.

IV. PROCEDIMIENTOS.

A. PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Compra.

1.- Compra de Divisas en Sucursal.

Monto mayor a 10,000 dólares

Monto entre a 5,001 y 10,000 dólares

Monto entre 1 y 5,000 dólares

Venta.

2.- Venta de Divisas en Sucursal.

B. ADMINISTRACIÓN DE INVENTARIOS.

Nivelación de la Posición Cambiaria.

3.- Nivelación de la Posición Cambiaria.

Determinación de la Posición Cambiaria.

Compra-Venta Interbancaria para la Administración de la Posición Cambiaria.

Liquidación de la operación bancaria.

C. ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL.

Reportes.

4.- Generación y Envío del Reporte ACLME PDBD (Regimen de Posición de Riesgo

Cambiario) a Banco de México.

(3)

ACLME PDBD Previo

ACLME PDBD Definitivo

5.- Generación y Envío del Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" a

Banco de México.

(4)

I. BASE LEGAL.

Ley de Instituciones de Crédito (LIC).

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos (LFRASP).

Ley para la Transparencia y Ordenamiento para los Servicios Financieros (LTOSF).

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP).

Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (LOBNEFAA).

Ley del Banco de México (LBM).

Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito (CUB).

Disposiciones de Carácter General relativa al Arts. 115 de la LIC..

Circular 3/2012 "Disposiciones aplicables a las operaciones de las Instituciones de Crédito y de la Financiera Rural".

***No obstante los preceptos legales señalados, se deberán tomar en consideración todas y cada una de las reformas a los mismos que vayan siendo publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) o en las Gacetas Oficiales de las Entidades Federativas y Municipios .

"El presente manual atiende las recomendaciones por parte del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y ha adoptado las medidas necesarias para erradicar los usos excluyentes del lenguaje promoviendo valores de respeto y no discriminación entre las y los Servidor(es) Público(s)".

(5)

II. POLÍTICAS.

Objetivo.

Para el cumplimiento de los objetivos institucionales, el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. ofrece a sus

Cliente(s) y Usuarios(as) el servicio de compra-venta de divisas a través de la Red de Sucursal(es), en apego a: LOBNEFAA - Tit 2° - Cap I - Art 7 - Frac I.

LIC - Tit 3° - Cap I - Art 46 - Frac XII.

LIC - Tit 3° - Cap I - Art 47.

Políticas Generales.

Institucionales.

Facultades.

Se entenderá que ante la ausencia ó inexistencia del personal ó puesto de trabajo nombrado en la normatividad interna, el responsable de dar cumplimiento normativo, será aquel que el Director(a) General, tenga a bien designar.

Adicionalmente, se deberá dar cumplimiento a la siguiente norma externa: H. Consejo Directivo.

LIC - Tit 2° - Cap II - Art 40.

LOBNEFAA - Tit 4° - Art 38. Comité de Auditoría.

LIC - Tit 2° - Cap II - Art 40. Dirección General.

LIC - Tit 2° - Cap II - Art 40.

LOBNEFAA - Tit 4° - Art 46.

Condiciones.

Todos las/los Empleado(a) involucrados en los procesos normados elaborarán la Cédula de Eventualidades Operativas, siempre que en la ejecución de sus funciones ó actividades se presente alguna situación riesgosa para el Banco Nacional del Ejército, Fuerza

Aérea y Armada, S.N.C. o un evento extraordinario que implique el reproceso y la desviación de tiempos y recursos no establecidos

en la normatividad institucional; y una vez requisitada la Cédula de Eventualidades Operativas deberá ser capturada en el Sistema para la Información del Riesgo Operacional (SPIRO) para su validación por la Dirección de Contabilidad y la Dirección de

Administración de Riesgos.

Las funciones del personal involucrado en los procesos normados se encuentran especificadas en el Manual de Descripción de Puestos.

Adicionalmente, se deberá dar cumplimiento a la siguiente norma externa:

LIC - Tit 2° - Cap II - Art 30.

LIC - Tit 3° - Cap I - Art 48 Bis 1.

LIC - Tit 3° - Cap I - Art 52 - Par 1°.

LIC - Tit 4° - Cap I - Art 95.

LOBNEFAA - Tit 2° - Cap I - Art 7 - Frac I.

(6)

Toda modificación a la Normatividad Institucional descrita en el presente Manual deberá ser sancionada en su oportunidad por el

Comité de Política y Normatividad con previo acuerdo de la Dirección responsable y en su caso con el acuerdo del Comité

competente; notificando además la modificación al Gerente de Normatividad y Reingeniería, adscrito a la Dirección de Planeación

Estratégica y Financiera para la actualización del acervo normativo correspondiente, su formalización y difusión dentro de la Institución.

Dirección General.

El Director(a) General, será responsable de dar cumplimiento a la siguiente norma:

LIC - Tit 3° - Cap I - Art 48 Bis 4 - Par 2°.

LIC - Tit 4° - Cap I - Art 91.

LIC - Tit 5° - Cap II - Art 108 - Frac I - Inc f.

LIC - Tit 5° - Cap IV - Art 115.

LIC - Tit 7° - Cap I - Art 142 - Par 1°.

LFRASP - Tit 2° - Cap I - Art 7.

LFRASP - Tit 2° - Cap I - Art 8.

El personal operativo y funcionario deberá dar cumplimiento al Código de Ética del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. y al Código de Conducta del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C., el cual establece que el personal involucrado en los procesos deberá desempeñar sus responsabilidades y atribuciones con estricto apego a la Normatividad Institucional contenida en el presente Manual de Políticas y Procedimientos con lo cual el Banco Nacional del Ejército, Fuerza

Aérea y Armada, S.N.C., garantizará una gestión apegada a la transparencia, legalidad, objetividad, imparcialidad y eficiencia; ya que

en caso contrario por dolo, negligencia ó incompetencia, el Empleado(a) será sujeto a las comparecencias y a las sanciones que correspondan.

Políticas Particulares.

Invariablemente, se identificará plenamente a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) mediante la presentación de una Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma conforme lo que se establece en la LIC - Tit 5° - Cap IV - Art 115 - Inc a, b - Par 6°.

Los tipos de Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma aceptadas por el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y

Armada, S.N.C., atenderán en todo momento a lo establecido en el Manual para el Control de Políticas, Criterios, Medidas y Procedimientos Mínimos en la Identificación y Conocimiento del Cliente y Usuarios dentro de las Políticas para la Identificación de Clientes y Usuarios, así como a lo establecido por las autoridades externas en la materia.

Dentro de los tipos de Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma válidas están las siguientes:

Credencial para Votar del Instituto Federal Electoral (IFE) o Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE). Cartilla del Servicio Militar Nacional.*

Pasaporte vigente expedido por S.R.E.

Tarjeta Única de Identificación Militar "TUIM Defensa". Credencial de Identidad Militar (Personal Tropa SEDENA).

Credencial Metálica de Identificación (Jefes) de la SEMAR.

Credencial de Identificación (Oficiales y Tropa) de la SEMAR. Cédula Profesional .

Tarjeta de Afiliación al Instituto Nacional de las Personal Adultas Mayores (INAPAM) . Credencial y Carnet de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) .

Certificado de Matrícula Consular .

Oficio de Identidad Naval acompañado de la credencial para votar . Cédula de Identificación para Derechohabientes del ISSFAM .

Tarjeta de Filiación al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) . Tarjeta de Identidad para Cadetes y Tropa SEDENA .

(7)

Licencia de Conducir .**

*Diez años como máximo de antigüedad de haberse expedido el documento y en caso de resello, un año de antigüedad. ** Solo con autorización del Gerente de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios.

Los tipos de Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 90 días naturales aceptados por el Banco Nacional del Ejército,

Fuerza Aérea y Armada, S.N.C., atenderán en todo momento a lo establecido en el Manual para el Control de Políticas, Criterios, Medidas y Procedimientos Mínimos en la Identificación y Conocimiento del Cliente y Usuarios dentro de las Políticas para la Identificación de clientes y usuarios, así como a lo establecido por las autoridades externas en la materia.

Los tipos de Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a 90 días naturales válidos están las siguientes:

Recibo Telefónico Residencial (excepto el de telefonía celular). Comprobante de suministro de agua potable.*

Comprobante de suministro de energía eléctrica. Comprobante de impuesto predial.*

Estados de cuenta expedido por una institución financiera.

Oficio de la unidad militar certificando el domicilio particular del acreditado. Recibo de renta emitido por unidades habitacionales militares.

Recibo de TV por Cable.

Comprobante de suministro de Gas Natural.

Contrato de Arrendamiento registrado ante autoridad fiscal.*

* En caso de tener una antigüedad mayor a lo establecido, se recabará otro comprobante que cumpla con la vigencia establecida.

Responsabilidades.

Será responsabilidad del Director(a) de Banca Comercial y/o Subdirector(a) de Supervisión y Desarrollo de Negocios: Supervisar el comportamiento de los servicios en la red de Sucursal(es) para proponer las estrategias de promoción. Supervisar el manejo de la operación diaria de la red de Sucursal(es).

Supervisar los canales de comunicación en el apoyo operativo a la red de Sucursal(es).

Proponer los mecanismos de actualización en los sistemas electrónicos para la operación en la red de Sucursal(es). Proponer programas de mantenimiento, desarrollo y pruebas de los sistemas de la red de Sucursal(es).

Será responsabilidad del Director(a) de Tesorería y/o Subdirector(a) de Tesorería:

Proporcionar a la Red de Sucursal(es) la cantidad de divisas requeridas para satifacer los requerimientos de los Cliente(s) y

Usuarios(as).

Supervisar el nivel de existencias de divisas en la Institución para asegurar el cumplimiento de los requerimientos de la Red de Sucursal(es).

Será responsabilidad del Director(a) de Informática:

Asegurar el óptimo funcionamiento de los sistemas informáticos empleados para la operación y administración de los servicios bancarios.

1.- Compra de Divisas en Sucursal.

Facultades.

El Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios estará facultado para negar el servicio de compra de divisas por cualquier monto cuando la/el Cliente(s) o Usuarios(as) se niegue a proporcionar o no cuente con su Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma o se detecte el efectivo como presuntamente falso.

(8)

El Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal estará facultado para autorizar operaciones de compra de divisas a Cliente(s) o Usuarios(as) de acuerdo a los lineamientos establecidos sobre las políticas y operaciones de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

El Gerente de Supervisión de Sucursales estará facultado para autorizar operaciones de compra de divisas a Cliente(s) o

Usuarios(as) de acuerdo a lo establecido en el Tarifario.

Límites.

Los límites máximos para recibir efectivo en dólares americanos para operaciones de compra serán las descritas en el Tarifario. La recepción de dólares en efectivo a Personas Morales deberá ajustarse a lo estipulado en la Resolución de fecha 16/06/2010 que reforma a las Disposiciones de Carácter General relativa al Arts. 115 de la LIC..

En cumplimiento a lo estipulado en la Resolución de fecha 16/06/2010 que reforma a las Disposiciones de Carácter General relativa al Arts. 115 de la LIC. las únicas Sucursal(es) del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. facultadas para la recepción de dólares para Persona(s) Moral(es) serán: Acapulco, Veracruz, Oaxaca, Tapachula, Progreso, Boca del Río, Tijuana, Ensenada, Tampico, Guaymas, La Paz, Mazatlán y Manzanillo.

Condiciones.

Todas las operaciones de compra-venta de divisas deberán estar autorizadas por el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de

Sucursal o Supervisor(a) de Servicios mediante la firma del formato Compra-Venta Moneda Extranjera (FBCO10808). Los tipos de cambio de apertura para las operaciones del día, los dará a conocer el Subdirector(a) de Tesorería y/o el Jefe(a) de

Departamento de Control Cambiario y/o el Analista del Departamento de Control Cambiario a través del Sistema Integral Bancario Automatizado (SIBA) y SOFT-M.

El monto a partir del cual se ofrecerá tipo de cambio especial en la compra de divisas dependerá del perfil de la/el Cliente(s) .

El tipo de cambio especial lo otorgará el Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario, de acuerdo a las condiciones del Mercado Cambiario.

Las claves de autorización del tipo de cambio especial tendrán una vigencia de 30 minutos contados a partir del momento que es proporcionada, una vez transcurrido este tiempo no se podrá realizar la operación.

En caso de que una operación de compra-venta no se efectúe, el Cajero(a) Principal o Supervisor(a) de Servicios o Encargado(a)

de Sucursal o Gerente de Sucursal tendrán que solicitar autorización a la Dirección de Tesorería para la cancelación de la misma

en un lapso no mayor a 5 minutos, y en dado caso de que existiera un impacto cambiario negativo para el Banco, la Sucursal(es) será responsable de realizar el cobro del importe del mismo el cual será calculado por el Departamento de Control Cambiario. Para toda operación de compra-venta de divisas distintas al dólar (excepto euros), se deberá solicitar el tipo de cambio al

Departamento de Control Cambiario, quien lo otorgará de acuerdo a las condiciones del Mercado Cambiario y a la disponibilidad,

otorgando la clave de autorización, conforme al Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB).

Responsabilidades.

Dirección de Banca Comercial

Será responsabilidad del Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios :

Por toda compra de divisas, realizadas por Cliente(s) o Usuarios(as) solicitar la presentación de una Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma y obtener una copia fotostática de éstos a fin de adjuntarlos al comprobante de la operación y mantenerlos en custodia en caso de futuras aclaraciones.

Mantener a la vista de las/los Cliente(s) y Usuarios(as) los tipos de cambios vigentes y autorizados. Será responsabilidad del Cajero(a) Mixto(a):

Solicitar a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) la presentación de una Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma al momento de la transacción u operación que pretende realizar.

Verificar la autenticidad de los billetes, valiéndose del plumón detector de billetes dudosos y/o de la lámpara de luz ultravioleta, conforme a las características descritas en los Anexos de Medidas de Seguridad de Dólares Americanos y

Medidas de Seguridad de Billetes EURO:

Usando el "Plumón Verificador". Si la marca del plumón en el billete es negra, será considerado “presuntamente falso”; si es invisible o ligeramente amarilla, se considerará auténtico.

Empleando la lámpara de luz ultravioleta. Cualquier Billete(s) auténtico deberá tornarse oscuro al reflejo de dicha luz y únicamente se iluminará el contorno de las imágenes que muestra, en caso de ser blanco o transparente, se considerará "presuntamente falso".

(9)

Retener todos los billete(s) dudoso(s) en su autenticidad y llenar el formato Recibo de monedas metálicas o billetes presuntamente falsos (Anexo 6A) y remitirlo a la Gerencia de Caja General.

Dirección de Tesorería

Será responsabilidad del Gerente de Caja General

Remitir al Banco de México (BANXICO) el Billete(s) "presuntamente falso", en los términos que el mismo señale y en un plazo no mayor de un día hábil, contado a partir de la fecha de su recepción.

2.- Venta de Divisas en Sucursal.

Facultades.

Dirección de Banca Comercial

El Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios estará facultado para negar el servicio de venta de divisas por cualquier monto cuando la/el Cliente(s) o Usuarios(as) se niegue a proporcionar o no cuente con su Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma o se detecte el efectivo como "presuntamente falso".

El Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal estará facultado para autorizar operaciones de venta de divisas a Cliente(s) o

Usuarios(as) por montos iguales o menores a 4,000.00 dólares americanos.

El Gerente de Supervisión de Sucursales estará facultado para autorizar operaciones de venta de divisas a Cliente(s) o

Usuarios(as) por montos superiores a 4,000.00 dólares americanos.

Límites.

En toda venta de divisas por un monto superior a 10,000 dólares, el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal deberá solicitar vía telefónica la autorización de la Gerencia de Caja General y la Dirección de Banca Comercial, para asegurar la disponibilidad de los recursos.

Antes de realizar la venta de divisas se deberá verificar la disponibilidad de efectivo en la Gerencia de Caja General, la entrega de divisas adquiridas por la/el Cliente(s) será en un plazo de 24 a 72 horas de acuerdo a la existencia, en el evento de que la

Sucursal(es) no cuente con el inventario requerido.

Condiciones.

Todas las operaciones de compra-venta de divisas deberán estar autorizadas por el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de

Sucursal o Supervisor(a) de Servicios mediante la firma del formato Compra-Venta Moneda Extranjera (FBCO10808). Los tipos de cambio de apertura para las operaciones del día, los dará a conocer el Subdirector(a) de Tesorería y/o el Jefe(a) de

Departamento de Control Cambiario y/o el Analista del Departamento de Control Cambiario a través del Sistema Integral Bancario Automatizado (SIBA) y SOFT-M.

El monto a partir del cual se ofrecerá tipo de cambio especial en la venta de divisas dependerá del perfil de la/el Cliente(s) .

El tipo de cambio especial lo otorgará el Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario, de acuerdo a las condiciones del mercado cambiario.

Las claves de autorización del tipo de cambio especial tendrán una vigencia de 30 minutos contados a partir del momento que es proporcionada, una vez transcurrido este tiempo no se podrá realizar la operación.

En caso de que una operación de compra-venta no se efectúe, el Cajero(a) Principal o Supervisor(a) de Servicios o Encargado(a)

de Sucursal o Gerente de Sucursal tendrán que solicitar autorización a la Dirección de Tesorería para la cancelación de la misma

en un lapso no mayor a 5 minutos, y en dado caso de que existiera un impacto cambiario negativo para el Banco, la Sucursal(es) será responsable de realizar el cobro del importe del mismo el cual será calculado por el Departamento de Control Cambiario. Para toda operación de compra-venta de divisas distintas al dólar americano (excepto euros), se deberá solicitar el tipo de cambio al

Departamento de Control Cambiario, quien lo otorgará de acuerdo a las condiciones del Mercado Cambiario y a la disponibilidad,

otorgando la clave de autorización, conforme al Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB).

Cuando el Solicitante del servicio no sea Cliente(s) el tipo de cambio a considerar por el personal de la Sucursal(es) que realice la operación de venta de divisas deberá ser el tipo de cambio máximo.

La entrega de las divisas adquiridas por el Cliente(s) podrá ser el mismo día en caso de que la Sucursal(es) cuente con el inventario suficiente, o en un plazo de 24 a 72 horas hábiles, de acuerdo a la disponibilidad de las mismas.

(10)

Dirección de Banca Comercial

Será responsabilidad del Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal:

Por toda venta de divisas, realizadas por Cliente(s) o Usuarios(as) solicitar la presentación de una Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma y obtener una copia fotostática de éstos a fin de adjuntarlos al comprobante de la operación y mantenerlos en custodia en caso de futuras aclaraciones.

Mantener a la vista de las/los Cliente(s) y Usuarios(as) los tipos de cambio vigentes y autorizados. (la hoja con los tipos de cambio son enviados vía correo electrónico)

Será responsabilidad del Cajero(a) Mixto(a):

En caso de no contar con existencias de divisas en la Sucursal(es), informar a la/el Cliente(s) que las divisas le serán entregadas en un plazo entre 24 y 72 horas hábiles, de acuerdo a la disponibilidad de la Caja General.

Será responsabilidad de la Sucursal(es):

Solicitar la dotación de divisas a la Dirección de Tesorería, posteriormente se le informará el plazo en el que podrá llevarse a cabo la dotación de las divisas solicitadas.

3.- Nivelación de la Posición Cambiaria.

Determinación de la Posición Cambiaria.

Condiciones.

La Posición Cambiaria deberá ser determinada diariamente a primera hora del día, con cifras del día hábil anterior.

Responsabilidades.

Dirección de Tesorería.

El Subdirector(a) de Tesorería supervisará que sea determinada la Posición Cambiaria, dentro de los horarios establecidos.

El Subdirector(a) de Tesorería deberá supervisar que las inversiones realizadas por el personal a su cargo, a lo largo del día, se encuentren dentro de condiciones de mercado.

Compra-Venta Interbancaria para la Administración de la Posición Cambiaria.

Facultades.

El Subdirector(a) de Tesorería / Director(a) de Tesorería será el funcionario facultado para autorizar la compra o venta de divisas en el Mercado Intercambiario, previa evaluación del tipo de cambio de la operación.

El Director(a) de Tesorería será el funcionario facultado para decidir la realización de la compra o venta de divisas, de acuerdo a la posición larga o corta de Tesorería Internacional.

El Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario / Subdirector(a) de Tesorería deberá establecer diariamente la postura de la

Institución en el Mercado Intercambiario.

Condiciones.

La compra-venta de divisas se realizará directamente con las instituciones financieras.

El tipo de operación a realizar se determinará de acuerdo a la posición de la Tesorería Internacional. Posición Larga: Venta de divisas.

Posición Corta: Compra de Divisas.

Responsabilidades.

El Subdirector(a) de Tesorería / Director(a) de Tesorería deberá evaluar el tipo de cambio de las divisas para autorizar la compra o venta de divisas.

(11)

El Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario deberá proponer el monto de divisas a vender de acuerdo a la postura de la

Institución en el Mercado Intercambiario.

El Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario realizará la cotización de las divisas con instituciones financieras.

4.- Generación y Envío del Reporte ACLME PDBD (Regimen de Posición de Riesgo Cambiario)

a Banco de México.

ACLME PDBD Previo.

Límites.

El reporte deberá ser generado de manera diaria en días hábiles El reporte deberá ser enviado antes de las 18:00 horas

Condiciones.

El Reporte ACLME PDBD previo del día deberá ser generado y enviado a Banco de México (BANXICO) diariamente, antes de las 18:00 horas.

Del Reporte ACLME PDBD previo se reportarán diariamente las siguientes secciones: Aclme III y IV.

Aclme V.

El Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería deberá recabar los siguientes elementos para generar el Reporte ACLME PDBD previo:

Tipo de cambio FIX de la Página de Internet de Banco de México (BANXICO)

tipos de cambio informativos proporcionados por el Departamento de Control Cambiario de la Dirección de Tesorería a través de Correo electrónico.

detalle de operación DCAM proporcionado por el Departamento de Control Cambiario de la Dirección de Tesorería a través de Correo electrónico.

Los archivos del Reporte ACLME PDBD previo deberán ser generados en Hoja de cálculo (Excel) versión 4 o inferior, para su envío a

Banco de México (BANXICO).

Todos los archivos generados por la/el Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería en el proceso de elaboración del Reporte ACLME PDBD previo deberán ser guardados y conservados en el servidor institucional (NAS) en la ruta: Operaciones \ Back Office \ Tesoreria Nac. e Int. \ Aclme.

Se debe tener el archivo “DCAM_ddmmaaaa.xls” Se debe tener el archivo “Divisas_ddmmaaaa.xls” Se debe tener el archivo “Mayores1M_ddmmaaaa.xls” Se debe tener el archivo “oper_aclme_ddmmaaaa.xls”

Se debe tener acceso a la unidad de red: \\banjercito\operaciones\Backoffice Tesoreria Nacional e Internacional\Aclme. Se debe tener la aplicación “Access 2013” o superior

Se debe tener acceso al sistema SITEB a la ruta Teso Intnal./Reportes/ Se debe tener correo interno (Outlook)

Responsabilidades.

(12)

La/El Gerente de Operaciones de Tesorería autorizar el envío del reporte ACLME previo: a. Autorizar las divisas ingresadas.

b. Autorizar las operaciones DCAM ingresadas.

c. Autorizar las operaciones mayores a 1 millón de dólares ingresadas. d. Autorizar las contrapartes agregadas al catálogo.

La/El Jefe(a) de Departamento de Operaciones de Tesorería revisar el envío del reporte ACLME previo: a. Revisar las divisas ingresadas.

b. Revisar las operaciones DCAM ingresadas.

c. Revisar las operaciones mayores a 1 millón de dólares ingresadas. d. Revisar las contrapartes agregadas al catálogo.

La/El Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería deberá remitir el Reporte ACLME PDBD previo a la Gerencia de

Consolidación de Estados Financieros a través de Correo electrónico antes de las 17:40 horas para su envío a Banco de México (BANXICO).

La/El Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería o Técnico Especializado(a) del Departamento de Operaciones

de Tesorería realizar el reporte ACLME previo:

a. Ingresar las divisas.

b. Ingresar las operaciones DCAM.

c. Ingresar las operaciones mayores a 1 millón de dólares. d. Ingresar las contrapartes al catálogo y

Realizar el envío del reporte ACLME previo.

La/El Subdirector(a) de Tesorería enviar por correo electrónico los tipos de cambio.

La/El Gerente de Consolidación de Estados Financieros deberá enviar el Reporte ACLME PDBD previo a Banco de México

(BANXICO) a través del Sistema de Acopio de Información Financiera (SAIF) antes de las 18:00 horas.

ACLME PDBD Definitivo.

Condiciones.

El Reporte ACLME PDBD definitivo se generará al día hábil siguiente al que fueron realizadas las operaciones reportadas en el mismo, cuando la Dirección de Contabilidad haya informado vía Correo electrónico el cierre contable definitivo de divisas. El Reporte ACLME PDBD definitivo del día hábil anterior deberá ser generado y enviado a Banco de México (BANXICO) diariamente, antes de las 18:00 horas.

Del Reporte ACLME PDBD definitivo se reportarán diariamente las siguientes secciones: Aclme III y IV.

Aclme V.

Del Reporte ACLME PDBD definitivo se reportarán semanalmente las siguientes secciones: Aclme I y II.

Los archivos del Reporte ACLME PDBD definitivo deberán ser generados en Hoja de cálculo (Excel) versión 4 o inferior, para su envío al Banco de México (BANXICO).

Todos los archivos generados por la/el Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería en el proceso de elaboración del Reporte ACLME PDBD definitivo deberán ser guardados y conservados en el servidor institucional (NAS) en la ruta: Operaciones\BackofficeTesoreria Nacional e Internacional\Aclme .

Responsabilidades.

La/El Gerente de Operaciones de Tesorería validará y autorizará el envío del Reporte ACLME PDBD definitivo.

La/El Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería deberá remitir el Reporte ACLME PDBD definitivo a la Gerencia de

Consolidación de Estados Financieros a través de Correo electrónico antes de las 17:40 horas para su envío a Banco de México (BANXICO).

La/El Gerente de Consolidación de Estados Financieros deberá enviar el Reporte ACLME PDBD definitivo a Banco de México

(BANXICO) a través del Sistema de Acopio de Información Financiera (SAIF) antes de las 18:00 horas.

5.- Generación y Envío del Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" a

Banco de México.

(13)

Condiciones.

El Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" deberá ser generado trimestralmente para su envío a Banco de

México (BANXICO).

El Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" deberá ser enviado a Banco de México (BANXICO), a través del Sistema EspifNet, dentro de los 20 días hábiles siguientes al cierre del trimestre que se está reportando.

El Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" está dividido en secciones de acuerdo al tipo de contraparte con la que se realizan:

Sección 1: Con instituciones de crédito y casas de bolsa nacionales. Sección 2: Con casas de cambio nacionales.

Sección 3: Con centros cambiarios nacionales. Sección 5: Con Cliente(s).

Sección 6: Con Usuarios(as) Personas Físicas Nacionales. Sección 7: Con Usuarios(as) Personas Físicas Extranjeras. Sección 8: A través de Comisionistas.

Los archivos del Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" deberán ser generados en Hoja de cálculo (Excel) versión 4 o inferior, para su envío a Banco de México (BANXICO).

Todos los archivos generados por la/el Gerente de Operaciones de Tesorería o Jefe(a) de Departamento de Operaciones de

Tesorería o Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería en el proceso de elaboración del Formulario Relativo a

Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" deberán ser guardados y conservados en el servidor institucional (NAS) en la ruta: \\Banjercito\Operaciones\BackOffice Tesorería Nacional e Internacional\Reporte OD.

Responsabilidades.

Será responsabilidad de la/el Gerente de Operaciones de Tesorería o Jefe(a) de Departamento de Operaciones de Tesorería o

Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería generar trimestralmente el Formulario Relativo a Operaciones con

Dólares en Efectivo "OD" y enviarlo a la/el Gerente de Consolidación de Estados Financieros.

Será responsabilidad de la/el Gerente de Consolidación de Estados Financieros enviar trimestralmente a Banco de México

(BANXICO) el Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD", a través del Sistema EspifNet de Banco de México (BANXICO).

(14)

III. DEFINICIÓN DEL PRODUCTO.

Descripción.

Dentro de los servicios que ofrece la Institución a través de la Red de Sucursal(es) se encuentran la compra-venta de divisas en efectivo (dólares americanos) y para la Red de Sucursal(es) Metropolitanas (euros), disponible para Cliente(s) y Usuarios(as) a un tipo de cambio competitivo y con base a las condiciones y exigencias vigentes.

Compra de Divisas.

La Institución adquiere las divisas presentadas por la/el Cliente(s) o Usuarios(as) retribuyéndole al mismo su equivalente en moneda nacional.

Venta de Divisas.

La Institución ofrece divisas a la/el Cliente(s) o Usuarios(as), obteniendo el pago de su equivalente en moneda nacional.

Mercado Objetivo.

El servicio de compra-venta de divisas del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. estará disponible para

Cliente(s) y Usuarios(as) (Personas Físicas y Morales), atendiendo los límites estipulados en la Resolución de fecha 16/06/2010 que reforma a las Disposiciones de Carácter General relativa al Arts. 115 de la LIC..

Características.

Económicas.

No aplican comisiones para el servicio de compra-venta de divisas.

Los límites máximos para recibir efectivo en dólares americanos para operaciones de compra serán los descritos en el Tarifario.

Tecnológicas.

El personal responsable de la compra-venta de divisas y sus actividades de apoyo, cuenta con clave de acceso (única e instransferible) y usuario asignado, que le autoriza el acceso, registro, consulta y supervisión de los siguientes sistemas: 1.- Sistema Integral Bancario Automatizado (SIBA), realiza la administración contable y operativa de compra-venta de divisas. 2.- SOFT-M, lleva a cabo la operación en sucursal de compra-venta de divisas.

3.- Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB), lleva el control de los tipos de cambio. 4.- Sistema SWIFT, permite la liquidación de compra-venta de divisas interbancarias.

5.- Sistema de Acopio de Información Financiera (SAIF), sistema externo para el envío del Reporte ACLME PDBD previo y definitivo al Banco de México (BANXICO).

6.- Sistema EspifNet, sistema externo para el envío del Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" al

Banco de México (BANXICO).

Reglas de Negocio.

Causas para la Cancelación.

La operación de compra-venta de divisas podrá cancelarse por cualquiera de las siguientes causas: Falta de Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma de la/el Cliente(s) o Usuarios(as).

El (los) Billete(s) presente(n) rayones, alteraciones, estén rotos, deteriorados o sean "presuntamente falsos" (en caso de compra de divisas).

Restricciones.

La recepción de dólares en efectivo a Persona Morales deberá ajustarse a lo estipulado en la Resolución de fecha 16/06/2010 que reforma a las Disposiciones de Carácter General relativa al Arts. 115 de la LIC..

No se podrá realizar la operación de compra-venta de divisas sin la presentación de una Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma por parte de la/el Cliente(s) o Usuarios(as).

(15)

Para realizar la compra de divisas se deberán respetar los límites máximos establecidos en el Tarifario.

Fechas, tiempos y horarios.

El servicio de compra-venta de divisas se prestará en el horario de 8:30 a 14:30 horas, tiempo del centro del país.

La entrega de divisas adquiridas por la/el Cliente(s) será en un plazo de 24 a 72 horas de acuerdo a la existencia, en el evento de que la Sucursal(es) no cuente con el inventario requerido.

El Reporte ACLME PDBD previo y definitivo deberá ser generado y enviado diariamente a Banco de México (BANXICO) antes de las 18:00 horas, tiempo del centro del país.

El Formulario Relativo a Operaciones con Dólares en Efectivo "OD" deberá ser generado y enviado trimestralmente a Banco de

México (BANXICO), dentro de los 20 días hábiles siguientes al cierre del trimestre que se reporte.

Se deberá remitir trimestralmente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) un reporte por cada operación con dólares en efectivo realizadas por Cliente(s) y Usuarios(as) conforme a lo estipulado en la Resolución de fecha 16/06/2010 que reforma a las Disposiciones de Carácter General relativa al Arts. 115 de la LIC..

Formatos Institucionales.

En este apartado, se consideran como Formatos Institucionales:

Los que han sido registrados internamente por la Dirección de Planeación Estratégica y Financiera conforme la Circular CPN/CG/DPEF/500 Emisión y Control de Formatos Institucionales.

(16)

IV. PROCEDIMIENTOS.

A. PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Compra.

1.- Compra de Divisas en Sucursal.

1 Cajero(a) Mixto(a) recibe por parte de la/el Cliente(s) o Usuarios(as) el requerimiento de Venta de Divisas. Continúa en 2 2 Cajero(a) Mixto(a) solicita a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) que pase con el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de

Sucursal o Supervisor(a) de Servicios para que autoricen la operación. Continúa en 3

3 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios solicita a el/la Cliente(s) o Usuarios(as) su Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma para continuar con la operación. Continúa en D1

D1 La/El Cliente(s) o Usuarios(as) presenta su Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma.

SI NO

Continúa en la actividad 4 FIN

4 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios identifica si la/el Solicitante es Cliente(s) o Usuarios(as). Continúa en D2

D2 La/El Solicitante del servicio es Cliente(s).

SI NO

Continúa en la actividad 5 Continúa en la actividad 4.1

4.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios obtiene copia fotostática de la Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma para adjuntarla al comprobante de la operación.

Continúa en 4.2

4.2 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios realiza la activación de la/el Usuarios(as), registrando sus datos mediante SOFT-M en la ruta: Barra de Menús, Opción de Sistema, Activación del cliente. Continúa en 5

5 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios pregunta a la/el Cliente(s) o

Usuarios(as) la cantidad de divisas que requiere comprar y valida de acuerdo a su tipo el límite autorizado de divisas que

puede recibir, descrito en el Tarifario. Continúa en D3

D3 El monto solicitado está dentro del límite autorizado de divisas que puede recibir.

SI NO

Continúa en la actividad 6 Continúa en la actividad 5.1

5.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios notifica a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) que no puede realizar la operación por el monto solicitado. Continúa en 6

6 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios procede de acuerdo al tipo de Cliente(s) o Usuarios(as). Continúa en D4

D4 La/El Cliente(s) o Usuarios(as) es Persona(s) Física(s).

SI NO

Continúa en la actividad 9 Continúa en la actividad 6.1

6.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios procede de acuerdo al monto de las divisas que la/el Cliente(s), Persona(s) Moral(es) Autorizada, requiere vender. FIN

Monto mayor a 10,000 dólares

7 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios solicita autorización vía telefónica con la/el Gerente de Supervisión de Sucursales y el Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario. Continúa en D5

D5 Autorizan operación.

SI NO

(17)

7.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios notifica al Cliente(s) oUsuarios(as) que no puede realizar la operación por el monto solicitado.

FIN

Monto entre a 5,001 y 10,000 dólares

8 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios solicita autorización vía telefónica conla/el Gerente de Supervisión de Sucursales.

Continúa en D6

D6 Autoriza operación.

SI NO

Continúa en la actividad 9 Continúa en la actividad 8.1

8.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios notifica a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) que no puede realizar la operación por el monto solicitado. FIN

Monto entre 1 y 5,000 dólares

9 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal autoriza la operación, en su caso Supervisor(a) de Servicios solicita la autorización a la/el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal. Continúa en 10

10 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios ingresa al sistema nombre de usuario y contraseña, para consultar el tipo de cambio para la compra de divisas en la siguiente ruta: SOFT-M con suMenú

Principal, Tesorería Internacional, 7305 Consulta Tipo de Cambio. Continúa en 11

11 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios informa a la/el Solicitante del servicio eltipo de cambio autorizado para comprar divisas.

Continúa en D7

D7 La/El Cliente(s) o Usuarios(as) acepta el tipo de cambio.

SI NO

Continúa en la actividad 12 Continúa en la actividad 11.1

11.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios solicita vía telefónica autorización de tipo de cambio especial al Departamento de Control Cambiario. Continúa en 11.2

11.2 Analista del Departamento de Control Cambiario recibe vía telefónica requerimiento de tipo de cambioespecial y solicita a la/el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios los datos de la operación a realizar (nombre de la Sucursal(es), monto de la operación, nombre de la/el

Cliente(s) y tipo de operación). Continúa en 11.3

11.3 Analista del Departamento de Control Cambiario solicita al Jefe(a) de Departamento de Control

Cambiario o Subdirector(a) de Tesorería el tipo de cambio especial. Continúa en 11.4

11.4 Subdirector(a) de Tesorería o Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario informa el tipo de cambioespecial al Analista del Departamento de Control Cambiario para su registro en el Sistema de Tesorería

Banjercito (SITEB). Continúa en 11.5

11.5 Analista del Departamento de Control Cambiario o Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario oSubdirector(a) de Tesorería registra el tipo de cambio especial en el Sistema de Tesorería Banjercito

(SITEB) en la Ruta: Tesorería \ Cambios \ Indicadores \ Capturas \ Tipos de cambio especiales. Continúa en 11.6

11.6 Analista del Departamento de Control Cambiario o Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario oSubdirector(a) de Tesorería proporciona a la/el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o

Supervisor(a) de Servicios el tipo de cambio especial y la clave de autorización. Continúa en 11.7

11.7 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios informa a la/elSolicitante del servicio el tipo de cambio autorizado para comprar las divisas.

Continúa en D8

D8 El Cliente(s) acepta el tipo de cambio.

SI NO

Continúa en la actividad 12 Continúa en la actividad 11.7.1

11.7.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios devuelve su documentación a la/el Cliente(s) o Usuarios(as). Continúa en 12

12 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios anota los datos de la/el Cliente(s) oUsuarios(as) y de la operación, en el formato Compra-Venta Moneda Extranjera (FBCO10808), autoriza la operación mediante la firma del mismo y solicita a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) pasar a ventanilla y presentar el formato Compra-Venta Moneda Extranjera (FBCO10808) con firma de autorización, para poder realizar la operación. Continúa en 13

(18)

13 Cajero(a) Mixto(a) recibe de la/el Cliente(s) o Usuarios(as) el formato las divisas y verifica la autenticidad de los Billete(s) (ver Políticas Particulares). Compra-Venta Moneda Extranjera (FBCO10808) y

Continúa en D9

D9 Los billetes cumplen las medidas de seguridad.

SI NO

Continúa en la actividad 16 Continúa en la actividad 13.1

13.1 Cajero(a) Mixto(a) retiene los billetes y registra la información requerida en el Sistema de Autenticación de Monedas (SAM) e imprime el Recibo de monedas metálicas o billetes presuntamente falsos (Anexo 6A) en original y dos copias, lo envía a la Gerencia de Caja General (conforme a lo descrito en el Manual de Políticas y Procedimientos de Tesorería ), a continuación Informa a la/el Usuarios(as) o Cliente(s) que se enviará los billetes para su revisión de autenticidad ante la autoridad correspondiente por considerarse "presuntamente falso", cuya respuesta se dará en un lapso no mayor de 60 días naturales (ver Políticas particulares). Continúa en 13.2

13.2 Gerente de Caja General remite el Billete(s) "presuntamente falso" al Banco de México (BANXICO).Continúa en 14 14 Cajero(a) Mixto(a) ingresa al sistema divisas en la siguiente ruta: Menú Principal, Tesorería Internacional, 7304 Compra-Venta de DivisasSOFT-M con su Usuarios(as) y contraseña asignados para registrar la compra de, registrando monto de la operación, tipo de cambio y los datos de la/el Cliente(s) o Usuarios(as)(nombre, tipo y número de Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma). Continúa en 15

15 Cajero(a) Mixto(a) entrega a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) el pago por las divisas y el orginal del formato Compra-Venta

Moneda Extranjera (FBCO10808), contando los Billete(s) en su presencia. Continúa en 16

16 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal recibe los documentos correspondientes a la operación, después delcorte de caja, e integra el Legajo Contable para el cierre de Sucursal(es).

Continúa en 17

17 Analista del Departamento de Control Cambiario al día hábil siguiente genera e imprime el "Reporte de la Autorización de Tipos de Cambio Preferenciales" mediante el Sistema Integral Bancario Automatizado (SIBA) en la ruta Menú 16,27.-Con.H.Aut.TipCamPreABR2010 y lo turna al Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario y al Subdirector(a) de

Tesorería para su revisión y autorización respectiva. Continúa en 18

18 Subdirector(a) de Tesorería y el Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario firman el reporte y lo entregan alDirector(a) de Tesorería.

FIN

Venta.

2.- Venta de Divisas en Sucursal.

19 Cajero(a) Mixto(a) recibe por parte de la/el Cliente(s) o Usuarios(as) el requerimiento de Compra de Divisas. Continúa en 20 20 Cajero(a) Mixto(a) solicita a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) que pase con la/el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de

Sucursal o Supervisor(a) de Servicios para que autoricen la operación. Continúa en 21

21 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios solicita a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) su Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma para continuar con la operación. Continúa en D10

D10 La/El Cliente(s) o Usuarios(as) presenta su Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma.

SI NO

Continúa en la actividad 22 FIN

22 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios identifica si la/el Solicitante es Cliente(s) o Usuarios(as). Continúa en D11

D11 La/El Solicitante del servicio es Cliente(s).

SI NO

Continúa en la actividad 23 Continúa en la actividad 22.1

22.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios obtiene una copia fotostática de la Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma para adjuntarla al comprobante de la operación. Continúa en 22.2

22.2 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios realiza la activación del

Usuarios(as), registrando sus datos mediante SOFT-M en la ruta: Barra de Menús, Opción de Sistema, Activación del cliente. Continúa en 23

23 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios solicita a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) el monto que desea comprar. Continúa en 24

(19)

24 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal autoriza la operación, en su caso el Supervisor(a) de Servicios solicita la autorización a la/el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal. Continúa en 25

25 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios ingresa al sistema nombre de usuario y contraseña, para consultar el tipo de cambio a la venta mediante la ruta: Menú Principal, TesoreríaSOFT-M con su

Internacional, 7305 Consulta Tipo de Cambio. Continúa en 26

26 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios informa a la/el Solicitante del servicio eltipo de cambio autorizado para vender divisas.

Continúa en D12

D12 La/El Cliente(s) o Usuarios(as) acepta el tipo de cambio.

SI NO

Continúa en la actividad 27 Continúa en la actividad 26.1

26.1 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios solicita vía telefónica autorización de tipo de cambio especial al Departamento de Control Cambiario. Continúa en 26.2

26.2 Analista del Departamento de Control Cambiario recibe vía telefónica requerimiento de tipo de cambioespecial y solicita a la/el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios los datos de la operación a realizar (nombre de la Sucursal(es), monto de la operación, nombre de la/el

Cliente(s) y tipo de operación). Continúa en 26.3

26.3 Analista del Departamento de Control Cambiario solicita al Jefe(a) de Departamento de Control

Cambiario o Subdirector(a) de Tesorería el tipo de cambio especial. Continúa en 26.4

26.4 Subdirector(a) de Tesorería o Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario informa el tipo de cambioespecial al Analista del Departamento de Control Cambiario para su registro en el Sistema de Tesorería

Banjercito (SITEB). Continúa en 26.5

26.5 Analista del Departamento de Control Cambiario o Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario oSubdirector(a) de Tesorería registra el tipo de cambio especial en el Sistema de Tesorería Banjercito

(SITEB) en la ruta: Tesorería \ Cambios \ Indicadores \ Capturas \ Tipos de cambio especiales. Continúa en 26.6

26.6 Analista del Departamento de Control Cambiario o Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario oSubdirector(a) de Tesorería proporciona a la/el Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o

Supervisor(a) de Servicios el tipo de cambio especial y la clave de autorización. Continúa en 26.7

26.7 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios informa a la/elSolicitante del servicio el tipo de cambio autorizado para vender divisas.

Continúa en D13

D13 La/El Cliente(s) o Usuarios(as) acepta el tipo de cambio.

SI NO

Continúa en la actividad 27 FIN

27 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal o Supervisor(a) de Servicios anota los datos de la/el Cliente(s) o

Usuarios(as) y de la operación, en el formato Compra-Venta Moneda Extranjera (FBCO10808), autoriza la operación mediante la firma del mismo y solicita al Cliente(s) o Usuarios(as) pasar a ventanilla y presentar el formato Compra-Venta Moneda Extranjera (FBCO10808) con firma de autorización, para poder realizar la operación. Continúa en 28

28 Cajero(a) Mixto(a) recibe de la/el Cliente(s) o Usuarios(as) el formato verifica con el Cajero(a) Principal la existencia de Divisas para cubrir las necesidades de la/el Cliente(s) o Usuarios(as).Compra-Venta Moneda Extranjera (FBCO10808) y

Continúa en D14

D14 Hay divisas en existencia en la Sucursal(es).

SI NO

Continúa en la actividad 29 Continúa en la actividad 28.1

28.1 Cajero(a) Mixto(a) informa a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) que no existe la cantidad suficiente de la divisaque solicitó y le indica el plazo para la entrega de la divisa.

Continúa en D15

D15 El Cliente(s) o Usuarios(as) acepta el plazo de entrega?

SI NO

Continúa en la actividad 28.2 FIN 28.2 El Cajero(a) Mixto(a) solicita al Cajero(a) Principal la dotación requerida. Continúa en 28.3

28.3 Cajero(a) Principal solicita a la Gerencia de Caja General las divisas requeridas para la venta (ver Manual de Políticas y Procedimientos de Tesorería). Continúa en 29

(20)

30 Cajero(a) Mixto(a) ingresa al sistema SOFT-M con su Usuarios(as) y contraseña asignados para registrar la venta de Divisas en la siguiente ruta: Menú Principal, Tesorería Internacional, 7304 Compra-Venta de Divisas, registrando monto de la operación, tipo de cambio y los datos de la/el Cliente(s) o Usuarios(as)(nombre, tipo y número de Identificación Oficial vigente con Fotografía y Firma). Continúa en D16

D16 La entrega es el mismo día?

SI NO

Continúa en la actividad 31 Continúa en la actividad 30.1

30.1 Cajero(a) Mixto(a) solicita a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) regresar por las divisas en plazo señalado.Continúa en 30.2 30.2 El Cliente(s) o Usuarios(as) acude a la Sucursal(es) en el plazo señalado. Continúa en 31

31 Cajero(a) Principal proporciona a la/el Cajero(a) Mixto(a) las divisas solicitadas para concluir la venta, mediante un vale(s) de dotación. Continúa en 32

32 Gerente de Sucursal o Encargado(a) de Sucursal recibe los documentos correspondientes a la operación, después del corte de caja, e integra el legajo contable para el cierre de Sucursal(es). Continúa en 33

33 Cajero(a) Mixto(a) entrega a la/el Cliente(s) o Usuarios(as) las divisas y el original del formato Compra-Venta Moneda

Extranjera (FBCO10808), contando los billetes en su presencia. Continúa en 34

34 Analista del Departamento de Control Cambiario al día hábil siguiente genera e imprime el "Reporte de la Autorización de Tipos de Cambio Preferenciales" mediante el Sistema Integral Bancario Automatizado (SIBA) en la ruta Menú 16,27.-Con.H.Aut.TipCamPreABR2010 y lo turna al Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario y al Subdirector(a) de

Tesorería para su revisión y autorización respectiva. Continúa en 35

35 Subdirector(a) de Tesorería y el Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario firman el reporte y lo entregan al

Director(a) de Tesorería. FIN

B. ADMINISTRACIÓN DE INVENTARIOS.

Nivelación de la Posición Cambiaria.

3.- Nivelación de la Posición Cambiaria.

Determinación de la Posición Cambiaria.

36 Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario verifica en el Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB) en la ruta: Menú

Tesorería Int. \ Reportes \ Posición la posición cambiaria que se tiene derivado de la compra o venta de divisas en las

Sucursal(es) del Banco e informa al Director(a) de Tesorería y/o Subdirector(a) de Tesorería. Continúa en 37

37 Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario identifica la posición a colocar y elabora una propuesta para la administración de la posición cambiaria. Continúa en 38

38 Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario reporta al Subdirector(a) de Tesorería la propuesta para la administración de la posición cambiaria para su visto bueno. Continúa en 39

39 Subdirector(a) de Tesorería presenta al Director(a) de Tesorería la posición cambiaria y la propuesta para la administración del inventario en divisas para su autorización. FIN

Compra-Venta Interbancaria para la Administración de la Posición Cambiaria.

40 Director(a) de Tesorería derivado de la Posición Cambiaria instruye la compra o venta de divisas al Jefe(a) de

Departamento de Control Cambiario. Continúa en 41

41 Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario establece postura de la Institución en el Mercado Intercambiario cotizando directamente con instituciones financieras vía telefónica e informa dicha postura al Subdirector(a) de Tesorería y/o

Director(a) de Tesorería. Continúa en 42

42 Subdirector(a) de Tesorería y/o Director(a) de Tesorería evalúa el tipo de cambio de las divisas e indica la compra o venta en el Mercado Intercambiario. Continúa en 43

43 Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario obtiene el cierre de la postura y confirma los siguientes datos vía telefónica con la contraparte: tipo de cambio, institución financiera (contraparte), monto, tipo de cambio, fecha valor, equivalente, datos de liquidación en moneda nacional y moneda extranjera, divisa y turna al Analista del Departamento de Control Cambiario para que capture la operación en el Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB). Continúa en 44

(21)

44 Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario informa al Subdirector(a) de Tesorería y/o Departamento de ControlCambiario la institución financiera (contraparte) con la que se pactó la operación.

Continúa en 45

45 Analista del Departamento de Control Cambiario una vez que la Dirección de Operaciones Bancarias haya confirmado las operaciones de compra venta de divisas en el Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB), imprime el Reporte de Status de Operaciones del día de este mismo Sistema y lo turna al Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario y al

Subdirector(a) de Tesorería para su revisión y autorización respectiva. Continúa en 46

46 Subdirector(a) de Tesorería y el Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario firman el reporte y lo entregan alDirector(a) de Tesorería.

Continúa en 47

47 Analista del Departamento de Control Cambiario al final del día imprime el Reporte de Posición de Divisas y Metales y lo turna al Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario y al Subdirector(a) de Tesorería, para su revisión y autorización respectiva. Continúa en 48

48 Subdirector(a) de Tesorería y el Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario firman el reporte y lo entregan al

Director(a) de Tesorería. FIN

Liquidación de la operación bancaria.

49 Analista de la Gerencia de Operaciones Pasivas realiza en el Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB) la exportación del Layout cargado por el Analista del Departamento de Control Cambiario para realizar la transferencia vía Sistema SWIFT.

Continúa en 50

50 Analista de la Gerencia de Operaciones Pasivas importa la información generada en el Sistema de Tesorería Banjercito

(SITEB) y crea el mensaje MT202 en el Sistema SWIFT para liberar el pago. Continúa en 51

51 Analista de la Gerencia de Operaciones Pasivas informa al Jefe(a) de Departamento de Control Cambiario sobre larecepción de divisas en los Banco(s) Corresponsal(es), en casos de compra.

Continúa en 52

52 Analista de la Gerencia de Operaciones Pasivas en caso de venta, informa al Jefe(a) de Departamento de Control

Cambiario de la liquidación a las contrapartes en Moneda Nacional. FIN

C. ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL.

Reportes.

4.- Generación y Envío del Reporte ACLME PDBD (Regimen de Posición de Riesgo Cambiario) a Banco de

México.

ACLME PDBD Previo

53 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería recibe diariamente a través de Correo electrónico los tipos de

cambio informativos y el detalle de operación DCAM proporcionados por el Departamento de Control Cambiario de la

Dirección de Tesorería. Continúa en 54

54 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería se comunica vía telefónica al Departamento de Control

Cambiario para consultar que todas las operaciones con divisas se encuentren registradas en el Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB) y se puede realizar el Reporte ACLME PDBD previo. Continúa en D17

D17 Si se puede realizar el reporte.

SI NO

Continúa en la actividad 55 Continúa en la actividad 54.1

54.1 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería espera a que las operaciones con divisas sean registradas en el Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB) y se comunica vía telefónica al Departamento de

Control Cambiario para confirmar que ya se pueda realizar el Reporte ACLME PDBD previo. Continúa en 55

55 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería consulta e imprime el tipo de cambio FIX de la Página de Internet de Banco de México (BANXICO). Continúa en 56

56 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería imprime los operación DCAM recibidos previamente del Departamento de Control Cambiario. tipos de cambio informativos y el detalle de

Continúa en 57

57 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería genera e imprime el Reporte de Status de Operaciones del día mediante el Sistema de Tesorería Banjercito (SITEB) en la ruta Tesorería Int. \ Reportes \ Status Oper. Día para verificar las operaciones interbancarias que estén confirmadas. Continúa en 58

(22)

58 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería realiza la Generación de carpetas de acuerdo a lo siguiente:Continúa en 59 59 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería abre el explorador de Windows. Continúa en 60

60 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería ingresa a la ruta “\\banjercito\operaciones\Backoffice Tesoreria Nacional e Internacional\Aclme\ACLME\”. Continúa en 61

61 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería da clic en el botón “Nueva carpeta”. Continúa en 62

62 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería nombra a la carpeta “aaaa” para el año de la fecha del día.Continúa en 63 63 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería ingresa a la carpeta “\\banjercito\operaciones\BackofficeTesoreria Nacional e Internacional\Aclme\ACLME\aaaa\”.

Continúa en 64

64 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería da clic en el botón “Nueva carpeta”. Continúa en 65

65 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería nombra a la carpeta “mm-aaaa” para el mes y año de la fecha del día Continúa en 66

66 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería ingresa a la carpeta “\\banjercito\operaciones\Backoffice Tesoreria Nacional e Internacional\Aclme\ACLME\aaaa\mm-aaaa\”. Continúa en 67

67 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería da clic en el botón “Nueva carpeta”. Continúa en 68

68 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería nombra a la carpeta “dd-mm-aaaa” para el día, mes y año de lafecha del día.

Continúa en 69

69 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería realiza la Generación de información de operaciones de acuedo a lo siguiente: Continúa en 70

70 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería ingresa a SITEB a la ruta https://siteb.banjercito.com.mx. en 71 Continúa 71 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería ingresa a la ruta Teso Intnal./Reportes/Operaciones ACLME.Continúa en 72 72 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería ingresa en el parámetro “Fecha” la fecha del día en que segenera el reporte.

Continúa en 73

73 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería oprime el botón “Consultar”. Continúa en 74

74 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería da click en el botón de la imagen de excel. Continúa en 75

75 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería da click en la opción “guardar como” en la barra que aparece enla parte inferior de la pantalla.

Continúa en 76

76 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería guarda el reporte en la ruta\\banjercito\Operaciones\Backoffice Tesoreria Nacional e Internacional\Aclme\ ACLME\aaaa\mm-aaaa\. Continúa en 77

77 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería nombra a la carpeta “dd-mm-aaaa” para el día, mes y año de lafecha del dia.

Continúa en 78

78 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería da click en la opción “abrir” en la barra que aparece en la parte inferior de la pantalla. Continúa en 79

79 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería modifica el nombre en la columna J, de “Monto Div. Liquidacion”a “Monto Div Liquidacion” (quitar el punto “.”).

Continúa en 80

80 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería selecciona la opción “Archivo” en el menú. Continúa en 81 81 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería selecciona la opción “Guardar como”. Continúa en 82

82 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería selecciona la opción “Microsoft Excel 97-2003” en el campo“Tipo”.

Continúa en 83

83 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería da si en reemplazar archivo existente. Continúa en 84 84 Analista del Departamento de Operaciones de Tesorería cierra el archivo. Continúa en 85

Referencias

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