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MODELOS DE GESTION DE SERVICIOS MUNICIPALES MGP FREDDY E. ALIENDRE E.

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(1)

MODELOS DE GESTION

DE SERVICIOS

MUNICIPALES

MGP FREDDY E. ALIENDRE E.

(2)
(3)

MARCO LEGAL -CPE

Artículo 16.

Toda persona tiene derecho al agua y a

la alimentación.

Articulo 298. II

Son competencias exclusivas del nivel

central del Estado:

4. Recursos naturales estratégicos, que comprenden minerales, espectro

electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua.

(4)

Artículo 20.

I. Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.

II Es responsabilidad del Estado en todos sus niveles de gobierno, la provisión de los servicios básicos a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o

comunitarias…..La provisión de los servicios debe responder a los criterios de universalidad, responsabilidad,

accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia,

tarifas equitativas y cobertura necesaria; con participación y control social

III. El acceso al agua y alcantarillado constituyen derechos humanos, no son objeto de concesión ni privatización y

están sujetos a régimen de licencias y registros, conforme a

(5)

MARCO LEGAL -CPE

Articulo 299

II. Las siguientes competencias se ejercerán de forma concurrente por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas: 9. Proyectos de agua potable y tratamiento de residuos sólidos

10. Proyectos de riego.

Artículo 304.

I. Las autonomías indígena originario campesinas podrán ejercer las siguientes competencias exclusivas:

- Mantenimiento y administración de sus sistemas de microriego

II. Las autonomías indígena originario campesinas podrán ejercer las siguientes competencias concurrentes:

- Sistemas de riego, recursos hídricos, fuentes de agua y energía, en el marco de la política del Estado, al interior de su jurisdicción.

(6)

MARCO LEGAL -CPE

Artículo 309. La forma de organización económica estatal

comprende a las empresas y otras entidades económicas de propiedad estatal, que cumplirán los siguientes objetivos: • Administrar a nombre del pueblo boliviano los derechos

propietarios de los recursos naturales y ejercer el control estratégico de las cadenas productivas y los procesos de industrialización de dichos recursos.

Administrar los servicios básicos de agua potable y

alcantarillado directamente o por medio de empresas públicas, comunitarias, cooperativas o mixtas.

(7)

MARCO LEGAL -CPE

Artículo 373.

El agua constituye un derecho fundamentalísimo para la

vida, en el marco de la soberanía del pueblo. El Estado

promoverá el uso y acceso al agua sobre la base de

principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad y sustentabilidad.

Los recursos hídricos en todos sus estados, superficiales y subterráneos, constituyen recursos finitos, vulnerables, estratégicos y cumplen una función social, cultural y

ambiental. Estos recursos no podrán ser objeto de

apropiaciones privadas y tanto ellos como sus servicios no serán concesionados y están sujetos a un régimen de

licencias, registros y autorizaciones conforme a Ley.

(8)

MARCO LEGAL -CPE

Artículo 348.

Son recursos naturales los minerales en todos sus estados,

los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquellos elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento.

Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país.

(9)

MARCO LEGAL -CPE

Artículo 374.

El Estado protegerá y garantizará el uso prioritario del agua para

la vida. Es deber del Estado gestionar, regular, proteger y

planificar el uso adecuado y sustentable de los recursos hídricos, con participación social, garantizando el acceso al agua a todos sus habitantes. La ley establecerá las condiciones y limitaciones de todos los usos.

• El Estado reconocerá, respetará y protegerá los usos y costumbres de las comunidades, de sus autoridades locales y de las

organizaciones indígena originaria campesinas sobre el derecho, el manejo y la gestión sustentable del agua.

Las aguas fósiles, glaciales, humedales, subterráneas, minerales, medicinales y otras son prioritarias para el Estado, que deberá garantizar su conservación, protección, preservación,

restauración, uso sustentable y gestión integral; son inalienables, inembargables e imprescriptibles.

(10)

LEY MARCO DE AUTONOMIAS

Y DESCENTRALIZACION

Artículo 83. (AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO).

I. De acuerdo a la competencia exclusiva del Numeral 30 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, el nivel central del Estado tiene las siguientes competencias exclusivas:

1. Nivel central del Estado:

• a) Formular y aprobar el régimen y las políticas, planes y

programas de servicios básicos del país; incluyendo dicho régimen el sistema de regulación y planificación del servicio, políticas y

programas relativos a la inversión y la asistencia técnica.

• b) Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de alcantarillado sanitario con la participación de los otros niveles autonómicos, en el marco de las políticas de servicios básicos.

(11)

LEY MARCO DE AUTONOMIAS

Y DESCENTRALIZACION

Artículo 83. (AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO).

II. De acuerdo a la competencia concurrente del Numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 299 de la CPE y en el marco de la delegación de la facultad reglamentaria y/o ejecutiva de la competencia exclusiva del Numeral 30 del Parágrafo II del Artículo 298 de la CPE, se

desarrollan las competencias de la siguiente manera: • 1. Nivel central del Estado:

• a) Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de agua potable y alcantarillado de manera concurrente con los otros niveles autonómicos, en el marco de las políticas de servicios

básicos.

(12)

LEY MARCO DE AUTONOMIAS

Y DESCENTRALIZACION

Artículo 83.ii (AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO).

2. Gobiernos departamentales autónomos:

• a) Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente planes y

proyectos de agua potable y alcantarillado de manera concurrente y coordinada con el nivel central del Estado, los gobiernos municipales e indígena originario campesinos que correspondan, pudiendo

delegar su operación y mantenimiento a los operadores

correspondientes, una vez concluidas las obras. Toda intervención del gobierno departamental debe coordinarse con el municipio o

autonomía indígena originaria campesina beneficiaria.

• b) Coadyuvar con el nivel central del Estado en la asistencia técnica y planificación sobre los servicios básicos de agua potable y

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LEY MARCO DE AUTONOMIAS

Y DESCENTRALIZACION

Artículo 83.ii (AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO).

3. Gobiernos municipales autónomos:

• a) Ejecutar programas y proyectos de los servicios de agua potable y

alcantarillado, conforme a la CPE, en el marco del régimen hídrico y de

sus servicios, y las políticas establecidas por el nivel central del Estado. • b) Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de agua potable en el

marco de sus competencias, y cuando corresponda de manera

concurrente y coordinada con el nivel central del Estado y los otros niveles autonómicos; así como coadyuvar en la asistencia técnica y planificación. Concluidos los proyectos podrán ser transferidos al operador del servicio. • c) Proveer los servicios de agua potable y alcantarillado a través de

entidades públicas, cooperativas, comunitarias o mixtas sin fines de

lucro conforme a la CPE y en el marco de las políticas establecidas .

• d) Aprobar las tasas de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, cuando estos presten el servicio de forma directa.

(14)

LEY MARCO DE AUTONOMIAS

Y DESCENTRALIZACION

Artículo 83.ii (AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO).

• 4. Gobiernos indígena originario campesinos autónomos:

• a) Los gobiernos indígena originario campesinos, en el ámbito de su jurisdicción, podrán ejecutar las competencias municipales.

III. De acuerdo al Artículo 20 de la CPE y la competencia del Numeral 40 del Parágrafo I del Artículo 302 de la CPE, los gobiernos municipales tienen la competencia exclusiva del alcantarillado y establecimiento de las tasas sobre la misma.

IV. Los gobiernos departamentales tienen la competencia de

elaborar, financiar y ejecutar proyectos de alcantarillado sanitario en calidad de delegación o transferencia de la facultad reglamentaria y/o ejecutiva de la competencia exclusiva del Numeral 30 del Parágrafo II del Artículo 298 de la CPE.

(15)

MGP. FREDDY E. ALIENDRE E. 15

DERECHOS EPSA OBLIGACIONES EPSA

 Cobrar tarifas o tasas de

acuerdo a lo establecido por ley,  Suspender servicios en caso de

mora o no pago,

 Cobrar multas a los usuarios/as  Obtener las servidumbres

necesarias para el cumplimiento de sus objetivos,

 Cuando no prospere la

servidumbre, podrá solicitar la expropiación de las superficies que requiera,

 Sancionar conexiones clandestinas de agua o alcantarillado sanitario.

 Garantizar la dotación de aguas en cantidad y calidad adecuadas conforme a la normativa vigente,

 Garantizar la integridad física y la salud de sus

habitantes mediante normas de diseño, construcción, buenas prácticas constructivas y operaciones de los sistemas de agua potable y alcantarillado,

 Cumplir las normas ambientales,

 Los titulares de Licencia deben presentar anualmente a la Autoridad de Fiscalización y Control Social, AAPS, sus estados financieros y flujo de caja, evaluados por auditor externo,

 Proporcionar información técnica, legal y administrativa de sus operaciones,

 El incumplimiento reiterado de las obligaciones indicadas dará lugar inicialmente a la intervención seguido de la revocatoria de la licencia de acuerdo al reglamento.

(16)

• Los servicios de agua potable y

alcantarillado sanitario están

regulados o controlados por el Estado

en el nivel nacional por el Ministerio

de Medio Ambiente y Agua a través

de la Autoridad de Fiscalización y

Control Social de Agua Potable y

Saneamiento Básico (AAPS

(17)

Marco Normativo: Ley N° 2066 Prestación y utilización de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario.

Ley 2878 Promoción y apoyo al Sector Riesgo

Otorgar, renovar, modificar, revocar o declarar caducidad de derechos de uso y aprovechamiento sobre fuentes de agua para consumo humano; y los derechos de prestación de servicios de agua potable y saneamiento básico.

Asegurar el cumplimiento del derecho fundamentalísimo de acceso al agua.

 Regular el manejo y gestión sustentable de los recursos hídricos para consumo humano y servicios de agua potable y saneamiento básico, respetando usos y costumbres de las comunidades, de sus autoridades locales y de organizaciones sociales, en el marco de la CPE.

Regular a los prestadores del servicio en lo referente a planes de operación, mantenimiento, expansión, fortalecimiento del servicio, precios, tarifas y cuotas.

MGP. FREDDY E. ALIENDRE E. 17

(18)

MODELO DE GESTION DE

SERVICIOS BASICOS

(19)

CANTIDAD, CALIDAD,

CONTINUIDAD,

SOSTENIBILIDAD

• Gestión de servicio de agua potable: Conjunto de procesos de producción, almacenamiento, tratamiento y distribución de agua potable • Gestión de Servicio de Alcantarillado sanitario: conjunto de procesos dirigidos a la recolección, tratamiento y tratamientos de aguas residuales. MGP. FREDDY E. ALIENDRE E. 19

(20)

Económicas

Es la relación favorable (positiva) de Ingresos menos los Egresos operativos, asegurando la continuidad de las operaciones y prestación de servicios con margen de beneficios económicos.

Socioeconómicas-culturales

Es la medición de cambios y logros progresivos de impacto en la sociedad y su economía en forma de hábitos, salubridad, educación, de acuerdo a los indicadores planificados y considerando los usos y costumbres sociales.

Técnicas

Es la capacidad de realizar operaciones técnicas para el funcionamiento, desinfección, mantenimiento preventivo, correctivo y de emergencia, y que sean oportunas, suficientes y de satisfacción al usuario.

Ambientales

Se refiere a la capacidad de ejecutar actividades de conservación y mitigación ambiental en el marco de la gestión integral de cuencas y los derechos de la madre tierra.

Transparencia

Es la difusión, publicación y acceso a la información de las operaciones de la EPSA y la construcción de la ética pública.

Inversiones

Son actividades de reinversión de los recursos por concepto de tarifa o tasa para la ampliación del sistema, reposición y/o mejora de la prestación de servicios básicos y

(21)

MGP. FREDDY E. ALIENDRE E. 21

COMPONENTES DE INTERVENCION:

Identificación de necesidades y demandas

Concertación social (problemas, soluciones, modelo)

Formalización jurídica

Planificación Participativa

Seguimiento y control social

Cofinanciamiento Inversión

Tarifas Equitativas

Educación Sanitaria Ambiental

Organización de Operadores

(22)

MODELOS DE GESTION DE PRESTACION

DE SERVICIOS BASICOS

ALTERNATIVAS DE MODELO DE GESTIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS

1.1. La gestión de servicios desde las comunidades (CAPY) 1.2. La gestión de servicios municipal

1.2.1. La gestión centralizada

1.2.2. La gestión desconcentrada 1.2.3. La gestión descentralizada

1.2.4. La gestión de la Empresa Municipal 1.3. La gestión de servicios metropolitana 1.4. Las Cooperativas

(23)

LA GESTIÓN DE SERVICIOS

DESDE LAS COMUNIDADES

ANTECEDENTES

LA NO PRESENCIA DEL ESTADO EN EL TERRITORIO

EL MODELO CENTRALISTA INEFICIENTE

LAS ESTRUTURAS DEL ESTADO INSUFICIENTES

LA EXISTENCIA DE ESTRUCTURAS SOCIALES FUERTES

EL AGUA COMO CONDICION NECESARIA PARA LA VIDA

(24)

Un Comité de Agua

Potable (CAPY) es una

entidad conformada por los usuarios del servicio de la comunidad, es un modelo basado en la autogestión del mismo para una sola localidad, está reconocida por el Art. 73 del Código Civil, la Ley N° 2066 y la CPE

COMITÉ DE AGUA POTABLE

(CAPY)

(25)

LA GESTIÓN DE SERVICIOS

DESDE LAS COMUNIDADES

CARACTERISTICAS

ORGANIZACIÓN NATURAL

PLANIFICACION Y EJECUCIÓN EMPIRICA

TRABAJO COMUNITARIO

ADMINISTRACION COMUNITARIA

COSTO DE SERVICIO MINIMO

SERVICIO LIMITADO

NIVELES DE CALIDAD LIMITADOS

(26)

Es competencia de Gobierno Autónomo Municipal (GAM) la prestación de los Servicios de Agua y saneamiento

 Modelo centralizado. Unidad operativa administrativa

 Entidad Municipal Desconcentrada

 Entidad Descentralizada

 Empresa Pública Municipal

(27)

GESTIÓN MUNICIPAL

CENTRALIZADA

UNIDAD TECNICA ADMINISTRATIVA ALCALDE STRIA. TÉCNICA SERV DE A.

Y ALCANT SERV ASEO

STRIA DES HNO

SALUD

• Unidad operativa que ejecuta proyectos de infraestructura para la dotación de agua y

alcantarillado elaborados en la propia institución, con

personal y recursos propios. • Ejecuta la prestación del

servicio y el mantenimiento de la infraestructura

(28)

GESTIÓN MUNICIPAL

CENTRALIZADA

CARACTERISTICAS

– PLANIFICACION, ORGANIZACIÓN, EJECUCION,

CONTROL INSTITUCIONAL

– FINANCIAMIENTO CON RECURSOS MUNICIPALES,

COBRO DE TASAS (NO DETERMINADAS POR

COSTOS)

– PERSONAL MUNICIPAL DE PLANTA Y EVENTUAL

– EQUIPO PROPIO

(29)

GESTIÓN MUNICIPAL

CENTRALIZADA

VENTAJAS

CONTROL Y RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL

ATENCION DE DEMANDA CIUDADANA

NO DEPENDENCIA DE TERCEROS

RECURSOS FINANCIEROS Y HUMANOS SEGUROS

LIMITACIONES

GESTION BUROCRATICA

LIMITACION PRESUPUESTARIA

LIMITADA CAPACIDAD TECNICA Y ECONOMICA

LIMITADO SERVICIO PRESTADO

(30)

El Gobierno Autónomo Municipal (GAM) establece una gestión

desconcentrada mediante sub-alcaldías en Distritos

municipales con el propósito de brindar servicios de forma

directa en los mismos tales como :

 Servicios de Agua Potable y saneamiento  Alumbrado publico  Aseo urbano  Aprobación de planos CONCEJO MUNICIPAL ALCALDE SUB ALCALDE. DIST. 1 SERV DE A. Y ALCANT OBRAS MUNICIPALES SUB ALCALDE DIST. 2 SERV. DE A. Y ALCANT

GESTIÓN MUNICIPAL

DESCENTRALIZADA

(31)

GESTIÓN MUNICIPAL

DESCONCENTRADA

VENTAJAS

CONTROL Y RESPONSABILIDAD INSTITUCIONAL

ATENCION DE DEMANDA CIUDADANA

NO DEPENDENCIA DE TERCEROS

RECURSOS FINANCIEROS Y HUMANOS SEGUROS

PRESENCIA EN EL DISTRITO

CONOCIMIENTO ADECUADO DE PROBLEMÁTICA

LIMITACIONES

LIMITACIÓN PRESUPUESTARIA

LIMITADA CAPACIDAD DE DECISIÓN TECNICA

(32)

GESTIÓN MUNICIPAL

DESCENTRALIZADA

Son entidades a quienes el GAM

transfiere funciones, son creadas por Decreto

Municipal, tienen autonomía administrativa, financiera, legal y técnica en el área específica de servicios de agua y saneamiento y su autoridad está

designada por el Alcalde o Alcaldesa mediante

(33)

MGP. FREDDY E. ALIENDRE E. 33

INSTITUCIÓN MUNICIPAL (SERVICIO MUNICIPAL)

• PATRIMONIO PROPIO • PERSONERIA JURIDICA

• GESTIÓN ADMINISTRATIVA PROPIA (PRESUPUESTO, COMPRAS PERSONAL, COBRANZAS)

• GESTION TECNICA ESPECIALIZADA • COBERTURA AMPLIA

• CALIDAD RAZONABLE

• RECIBE TRANSFERENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL. NO ES AUTOSOSTENIBLE

• DEPENDENCIA INDIRECTA DEL GAM

GESTIÓN MUNICIPAL

DESCENTRALIZADA

(34)

LA GESTIÓN DE SERVICIOS

DESCENTRALIZADA EMPRESA MUNICIPAL

EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA Y ALCANTARILLADO GERENCIA GENERAL GERENCIA ADMINIST GERENCIA COMERCIAL GERENCIA TECNICA AUDITORIA CARACTERISTICAS • EMPRESA PUBLICA • PATRIMONIO PROPIO • PERSONERIA JURIDICA • GESTION AUTARQUICA (PRESUPUESTO, COMPRAS PERSONAL, COBRANZAS) • GESTION TECNICA ESPECIALIZADA • COBERTURA AMPLIA • CALIDAD RAZONABLE

(35)

LA GESTIÓN DE SERVICIOS

DESCENTRALIZADA EMPRESA MUNICIPAL

VENTAJAS GESTION DESCENTRALIZADA INSTITUCION ESPECIALIZADA INVERSION SOSTENIBLE RECURSOS SUFICIENTES LIMITACIONES

MARCO LEGAL PÚBLICO

GESTION BUROCRÁTICA

MONOPOLICA NO COMPETITIVA

CORRUPCION

(36)

"Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales

comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada", (Cooperativas de las Américas, 2013).

COOPERATIVA DE AGUA

Y ALCANTARILLADO

(37)

LA GESTIÓN DE SERVICIOS

METROPOLITANA

ANTECEDENTES

PROCESOS DE MIGRACION

CAMPO – CIUDAD

EXPLOSION DEMOGRAFICA

CONSTITUCION DE CIUDADES

COLINDANTES, CON POBLACION

FLOTANTE

NECESIDAD DE INTEGRACION

SOCIAL, ECONOMICA Y DE SERVICIOS.

(38)

LA GESTIÓN DE SERVICIOS

METROPOLITANA

CARACTERISTICAS

ASOCIACION PUBLICA –

PUBLICA - MULTINIVEL.

INVERSION PUBLICA

SERVICIO PUBLICO

MEGA INSTITUCION CON

GESTION DESCONCENTRADA.

COBERTURA AMPLIA Y COMPLEJA

RECURSOS FINANCIEROS Y HUMANOS BASTOS

(39)

VENTAJAS INVERSION CONCURRENTE CAPITAL IMPORTANTE ECONOMIAS DE ESCALA TERCIARIZACION DE SERVICIOS LIMITACIONES

GESTION ESTRATEGICA COMPLEJA

ATENCION DE DEMANDA CRECIENTE

MANEJO CORPORATIVO INEXPERTO

CONTROL DE COSTOS Y CALIDAD

MGP. FREDDY E. ALIENDRE E. 39

LA GESTIÓN DE SERVICIOS

METROPOLITANA

(40)

ALTERNATIVAS DE GESTION

DE SERVICIOS BASICOS

CONTEXTO

LOS SERVICIOS BASICOS COMO

DERECHOS HUMANOS

LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA

GESTION PUBLICA

MODELO DE GOBERNANZA:

RELACION HORIZONTAL

GOBIERNO – SOCIEDAD.

VOLUNTAD POLITICA

(41)

ALIANZA PUBLICO - PRIVADA

ALTERNATIVA 1

PLANIFICACION PÚBLICO - PRIVADA

DISEÑO TECNICO PÚBLICO

INVERSION PUBLICO – PRIVADA

CONSTRUCCION PÚBLICO PRIVADO

TRANSFERIR O DELEGAR

A LA

COMUNIDAD

ASISTENCIA TÉCNICA EN GESTIÓN

APOYO EN EL MANTENIMIENTO

AUTOSOSTENIBLE COMUNITARIO

(42)

ALIANZA PÚBLICO - PRIVADA

ALTERNATIVA 2

PROYECTO COMUNITARIO

DISEÑO TECNICO PÚBLICO

APOYO PÚBLICO EN LA INVERSIÓN

ASISTENCIA TÉCNICA EN LA

CONSTRUCCIÓN

ASISTENCIA TÉCNICA EN LA GESTIÓN

GESTIÓN COMUNITARIA TÉCNICA

ADMINISTRATIVA

(43)

ALIANZA PUBLICO – PRIVADA

(3ER SECTOR - ONG)

ALTERNATIVA 3

PROYECTO COMUNITARIO

FINANCIAMIENTO DIRECTO A LA

COMUNIDAD (PUBLICO /ONGS

DISEÑO TECNICO PUBLICO Y/U ONGS

CONSTRUCCION COMUNITARIA

APOYO PUB/ONG EN LA GESTION TECNICA -

ADMINISTRATIVA

GESTION COMUNITARIA TECNICA ADMINISTRATIVA

(44)

ALIANZA PÚBLICO – PRIVADA

(3ER SECTOR - ONG)

ALTERNATIVA 4

PROYECTO E INVERSIÓN PÚBLICA

CONSTRUCCION PRIVADA POR CONTRATO

CONTRATACION PARA LA GESTION

TECNICA ADMINISTRATIVA POR

RESULTADOS A ORGANIZACIÓN SIN FINES

DE LUCRO (3ER SECTOR)

SERVICIO PUBLICO

(45)

 El proceso de selección debe efectuarse con toda la

comunidad y se debe lograr una profunda participación en la discusión.

 La selección debe lograr la mejor correspondencia entre las aspiraciones y expectativas de la comunidad,

capacidades locales de los integrantes de la EPSA y las demandas administrativas, comerciales y

técnicas/operativas del servicio.

 Se debe lograr definiciones con relación a la elección adecuada del nivel de servicio y la opción técnica, las

cuales a su vez definen los términos generales de la tarifa.

RECOMENDACIONES PARA ELECCIÓN DEL

MODELO DE EPSA

(46)

Es un acto administrativo de la AAPS que permite el uso de una fuente de agua para consumo humano,

 Autorización para el Uso y

Aprovechamiento de Recursos Hídricos

 Licencia para la prestación del servicio de agua potable y/o alcantarillado sanitario.

 Registro para la prestación del servicio de agua

(47)

Reconoce el derecho al uso de fuente de agua y a la prestación del servicio por parte Pueblos Indígenas Originarios,

Comunidades Indígenas, Campesinas, Asociaciones, Sindicatos, Organizaciones

Campesinas y Regantes de áreas rurales

La Licencia es un acto

administrativo mediante el cual el Estado (AAPS) reconoce el área de prestación de servicio de una EPSA por el tiempo de vida útil del

(48)

La Autoridad de

Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento (AAPS) Comité Técnico de Registro y Licencias (CTRL) 1. Información y decisión de los usuarios 2. Requisitos (solicitar Licencia o Registro) 3. Verificación por la AAPS o el CTRL 4. Entrega de Registro o Licencia o

(49)

Dos requisitos: Carta de solicitud dirigida al AAPS o el CTRL

Información básica sobre el sistema de agua en el formulario correspondiente

Datos de referencia

 Nombre del sistema de agua

 Dirección

 Representante legal o responsable

Ubicación del sistema de agua  Departamento  Provincia  Municipio Forma de constitución

 Conformación del sistema, detallando si es Asociación, Comité, Cooperativa, Comunidad, etc.

 Adjuntar una fotocopia de las actas de constitución, estatutos o reglamento sin ternos si existen.

Área de prestación

 Croquis ubicando la fuente (incluyendo los usos y costumbres para su uso), el área de prestación, las redes y otras instalaciones (tanques, plantas, etc.).

Información demográfica

 Cantidad de población a al que se abastece

Servicios que se prestan

 Solo agua potable, alcantarillado o ambos Información sobre las instalaciones del sistema

 El tiempo de funcionamiento, el estado en el que esta cada uno de los componentes del sistema, así como su financiamiento.

Problemas y necesidades

 Identificar problemas técnicos, comerciales, administrativos o institucionales.

 Así como los requerimientos o necesidades.

Dos requisitos: Carta de solicitud dirigida al AAPS o el CTRL

Información básica sobre el sistema de agua en el formulario correspondiente

Datos de referencia

 Nombre del sistema de agua

 Dirección

 Representante legal o responsable

Ubicación del sistema de agua  Departamento, Provincia. Municipio

Forma de constitución

 Conformación del sistema, detallando si es Asociación, Comité, Cooperativa, Comunidad, etc.

 Adjuntar una fotocopia de las actas de constitución, estatutos o reglamentos internos si existen.

Área de prestación

 Croquis ubicando la fuente (incluyendo los usos y costumbres para su uso), el área de prestación, las redes y otras instalaciones (tanques, plantas, etc.).

Información demográfica  Cantidad de población a la que se abastece

Servicios que se prestan  Solo agua potable, alcantarillado o ambos

Información sobre las instalaciones del sistema

 El tiempo de funcionamiento, el estado en el que esta cada uno de los componentes del sistema, así como su financiamiento.

Problemas y necesidades

 Identificar problemas técnicos, comerciales, administrativos o institucionales.

(50)

Herramienta N°1. Acta de conformación de la EPSA

Herramienta N° 2. Estatuto de la entidad prestadora de servicios de agua potable y alcantarillado

Herramienta N° 3. Modelo de reglamento de estructura tarifaria, forma de pago y multas y sanciones

(51)

1. ELIJA UN ÁREA DE INTERVENCIÓN Y DESCRIBA SUS CARACTERÍSTICAS SOCIALES, ECONÓMICAS Y

DEMOGRÁFICAS MAS RELEVANTES

2. DEFINA UN PROYECTO DE AGUA PARA EL MISMO Y

ELIJA EL MODELO DE GESTION DE SU EPSA, SEÑALE AL MENOS 5 JUSTIFICACIONES PARA DICHA ELECCIÓN.

3. ANALICE EL MODELO DE ESTATUTO Y SEÑALE AL

MENOS 5 PROPUESTAS PUNTUALES DE AJUSTE O 5 ASPECTOS “CRITICOS” DE ANALISIS Y AJUSTE ULTERIOR (Concordante con el punto uno)

(52)

Anexo 4 contrato de servicios

Anexo 5 Documentación para Trámites de licencia y Registro ante la

AAPS

Anexo 7 Complementación al modelo de cooperativa

Anexo 8 GUÍA DE TRÁMITES

(53)

[email protected]

http: //freddyaliendre.wordpress.com

Referencias

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