División de Personal Informa
Proceso de Selección de Personal
I.
CARGO A PROVEER.
La División de Personal tiene el agrado de informar el inicio del proceso de selección para proveer la siguiente
función:
Nombre del Cargo: Analista de Riesgo y Patrimonio
Modalidad de Contratación: Contrata Reemplazo
Calidad Jurídica Profesional - Grado 15° EUS
Lugar de Desempeño de
Funciones: División Cobranzas y Quiebras – Santiago
Dependencia Directa: Jefe(a) Sección de Quiebras e Incobrabilidad
II. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES.
Responsabilidades del Cargo
Controlar, supervisar y contribuir a la realización de las acciones de cobro determinadas para la sección con el fin de cumplir con las metas y desafíos establecidos en el ámbito de la recuperación de obligaciones tributarias, mediante el análisis patrimonial y financiero de los deudores y la negociación efectiva de sus deudas.
Funciones Específicas
Analizar los deudores de su cartera que permita obtener información
relevante para la toma de decisiones estratégicas dentro de la sección.
Proponer acciones de cobro buscando aumentar la recaudación de la
cartera morosa de acuerdo a acciones específicas para cada deudor, y modificarlas de acuerdo a los resultados obtenidos.
Realizar análisis patrimonial y de riesgo de los deudores morosos,
verificando la situación financiera del deudor y capacidad de pago como así mismo, el patrimonio efectivo a fin de obtener embargos suficientes y/o acuerdos de pago.
Llevar a cabo la negociación con los deudores morosos generando
compromisos de pago, tomando en cuenta la situación financiera y/o de riesgo del deudor.
Proponer casos para ser trabajados como incobrables, verificando que
cumplan con los requisitos legales y normativos.
Supervisar y asignar las tareas diarias al Recaudador Fiscal de la
Elaborar la ruta diaria para los Recaudadores Fiscales, velando por el correcto cumplimiento de la carga diaria de trabajo de éstos.
Llevar el control y realizar la revisión de las tareas asignadas a los
Recaudadores Fiscales asegurando el cumplimiento de las mismas.
III. REQUISITOS ESPECÍFICOS.
Estudios
Título profesional otorgado por un establecimiento de educación superior
del Estado o reconocido por este, de las carreras de Ingeniería Civil
Industrial, Ingeniería Comercial, Contador Auditor u otro afín.
Experiencia Laboral 2 años de experiencia realizando gestión de cartera de cobro y análisis
de riesgo.
Competencias Transversales
Mejora continua
Entendimiento organizacional Orientación al cliente interno/externo Trabajo en equipo
Competencias Específicas
Análisis de riesgo y patrimonio. Proceso de cobro.
Gestión financiera Gestión Tributaria.
IV. REQUISITOS GENERALES.
Requisitos de ingreso a la
Administración Pública,
establecidos en el Art. 12 de DFL N° 29
a. Ser ciudadano
b. Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización cuando fuere procedente.
c. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d. Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o Título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la Ley. e. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber tenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria salvo que hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de expiración de funciones.
Inhabilidades e incompatibilidades
No estar afecto a ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 19 del D.F.L. N°1, de Hacienda, de 1994 así como a ninguna de las siguientes inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado N° 18.575, modificada por el D.F.L. N° 1/19.653:
a. Tener vigente o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más con el Servicio de Tesorerías.
b. Tener litigios pendientes con la Institución antes señalada, a menos que se refiera al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c. Igual prohibición regirá respecto de los directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento y más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más litigios pendientes con el organismo público antes señalado.
d. Tener la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive del organismo público indicado en la letra b).
e. Estar condenado por crimen o simple delito.
Prohibiciones (Ley 18.834 y en el decreto ley Nº 830, de l974 y sus modificaciones):
Establécese para el personal del Servicio de Tesorerías las siguientes prohibiciones además de las señaladas en la ley 18.834 y en el decreto ley Nº 830, de l974 y sus modificaciones:
a. Ejercer libremente su profesión o su especialidad técnica u otra actividad remunerada, y expedir informes en materias de su especialidad;
b. Ocupar cargos directivos, ejecutivos y administrativos en entidades que persigan fines de lucro.
Revelar, al margen de las instrucciones del Tesorero General, el contenido de los informes que haya emitido o proporcionar a personas ajenas al Servicio, antecedentes acerca de hechos o situaciones de que hubiere tomado conocimiento en el ejercicio de su cargo.
Quedan exceptuadas de las prohibiciones a que se refieren las letras a) y b), el ejercicio de derechos que atañen personalmente al funcionario o que se refieran a la administración de su patrimonio siempre y cuando ello no diga relación con la aplicación de las leyes tributarias; y la atención docente, labores de investigación o de cualquiera otra naturaleza, prestadas a Universidades o instituciones de enseñanza que no persigan fines de lucro. Igualmente queda exceptuada la atención no remunerada prestada a sociedades de beneficencia, instituciones de carácter benéfico y, en general, a instituciones sin fines de lucro.