Régimen Especial de Contrato de Trabajo para
el Personal de Casas Particulares
ÁREA: LABORAL
Bajinay, Florencia Daniela
e-mail: bflorenciadaniela@yahoo.com.ar
Masiero Carmona, Verónica
e-mail: masieroveronica@hotmail.com
Vera Faella, Gemma
e-mail: gemmavera89@hotmail.com
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TABLA DE CONTENIDOS
1. IDEA A INVESTIGAR ... 3
1.1. Planteamiento Del Problema: ... 3
1.2. Objetivos De La Investigación: ... 3 1.2.1. Objetivo General ... 3 1.2.2. Objetivo Especifico ... 3 1.3. Preguntas De Investigación: ... 3 1.4. Justificación: ... 4 2. METODOLOGIA ... 4 3. MARCO TEORICO... 4
4. RÉGIMEN DE EMPLEADA DOMÉSTICA ... 5
4.1. Ámbito de Aplicación ... 5
4.2. Modalidades de Contratación ... 5
4.3. Modalidades de prestación: ... 5
4.4. ¿Qué se considera trabajadores en casas particulares?: ... 5
4.5. Exclusiones: ... 6
4.6. Periodo de Prueba: ... 7
4.7. Prohibición del Trabajo Infantil y de la Protección del Trabajo Adolescente: ... 7
5. CUESTIONES PRÁCTICAS ... 8
5.1. Antes de la Relación: ... 8
5.2. Durante cada mes: ... 15
5.3. Finalizado el mes: ... 18
5.4. Al finalizar la Relación: ... 33
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1.
IDEA A INVESTIGAR
1.1.Planteamiento Del Problema:
De la información recolectada y la lectura de la ley 26844, se observa la existencia de situaciones que están reglamentadas pero no implementadas en la práctica. Al no existir una asociación que nuclee a los empleados que encuadran en dicho régimen, no poseen respaldo para exigir el cumplimiento de lo establecido en la reglamentación.
1.2.Objetivos De La Investigación: 1.2.1.Objetivo General
Los Objetivos de la investigación son transmitir una correcta y completa aplicación práctica de la ley reguladora de esta relación laboral.
1.2.2.Objetivo Especifico
Vincular la profesión con la implementación de la reglamentación y buscar la mejor posición tanto para el empleador como el empleado.
1.3.Preguntas De Investigación:
¿Quiénes son los sujetos comprendidos en el régimen?
¿Cuáles son los pasos a seguir al iniciar este tipo de relación laboral? ¿Qué le debe garantizar el empleador al empleado?
¿Cuáles son las obligaciones del empleado?
¿Cuál es el órgano regulador de la relación laboral? ¿Qué sucede cuando finaliza la relación laboral?
Comisión Jóvenes Profesionales 2014 – VOS SOS PARTE!!! Página / -4- 1.4.Justificación:
Por estar vinculado con el ejercicio de nuestra profesión consideramos adecuado el estudio y dominio de la legislación vigente, para una correcta aplicación practica y poder brindarle un adecuado servicio al cliente proporcionando las mejores alternativas.
2.
METODOLOGIA
Fuentes Primarias:
Ley 26844 “REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES”
Fuentes Secundarias:
Resolución General 3491 AFIP Resolución General 3653/14 AFIP Resolución 1062-14 MTEySS www.afip.gov.ar
3.
MARCO TEORICO
Anteriormente regía el decreto 326/56 “BENEFICIOS, OBLIGACIONES Y DERECHOS PARA EL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN CASA DE FAMILIA”. Desde el 2013 se aplica la Ley 26844 “REGIMEN ESPECIAL DE CONTRATO DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES” que amplía los beneficios para el trabajador.
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4.
RÉGIMEN DE EMPLEADA DOMÉSTICA
4.1.Ámbito de Aplicación
La presente ley regirá en todo el territorio de la Nación las relaciones laborales que se entablen con los empleados y empleadas por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar y que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en que sean ocupados para tales labores.
4.2.Modalidades de Contratación
Las Modalidades de contratación son las establecidas en el Régimen de Contrato de Trabajo (ley n°20.744); ya sea Contrato por tiempo indeterminado, Contrato a Plazo Fijo, Contrato de Trabajo Eventual, Contrato a tiempo parcial, Contrato de Temporada, etc.
4.3.Modalidades de prestación:
a) Trabajadoras/es que presten tareas sin retiro para un mismo empleador y residan en el domicilio donde cumplen las mismas;
b) Trabajadoras/es que presten tareas con retiro para el mismo y único empleador;
c) Trabajadoras/es que presten tareas con retiro para distintos empleadores.
4.4.¿Qué se considera trabajadores en casas particulares?:
A toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar. Se entenderá como tales también a la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.
Comisión Jóvenes Profesionales 2014 – VOS SOS PARTE!!! Página / -6- 4.5.Exclusiones:
No se considerará personal de casas particulares y en consecuencia quedarán excluidas del régimen especial:
a) Las personas contratadas por personas jurídicas para la realización de las tareas a que se refiere la presente ley
b) Las personas emparentadas con el dueño de casa, tales como: padres, hijos, hermanos, nietos y/o las que las leyes o usos y costumbres consideren relacionadas en algún grado de parentesco o vínculo de convivencia no laboral con el empleador c) Las personas que realicen tareas de cuidado y asistencia de personas enfermas o con discapacidad, cuando se trate de una prestación de carácter exclusivamente terapéutico o para la cual se exija contar con habilitaciones profesionales específicas;
d) Las personas contratadas únicamente para conducir vehículos particulares de la familia y/o de la casa;
e) Las personas que convivan en el alojamiento con el personal de casas particulares y que no presten servicios de igual naturaleza para el mismo empleador;
f) Las personas que además de realizar tareas de índole domésticas deban prestar otros servicios ajenos a la casa particular u hogar familiar, con cualquier periodicidad, en actividades o empresas de su empleador; supuesto en el cual se presume la existencia de una única relación laboral ajena al régimen regulado por esta ley;
g) Las personas empleadas por consorcios de propietarios conforme la ley 13.512, por clubes de campo, barrios privados u otros sistemas de condominio, para la realización de las tareas descriptas en el artículo 2° de la presente ley, en las respectivas unidades funcionales.
Comisión Jóvenes Profesionales 2014 – VOS SOS PARTE!!! Página / -7- 4.6.Periodo de Prueba:
El contrato regulado por esta ley se entenderá celebrado a prueba durante los primeros treinta (30) días de su vigencia respecto del personal sin retiro; y durante los primeros quince (15) días de trabajo en tanto no supere los tres (3) meses para el personal con retiro. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa y sin generarse derecho a indemnización con motivo de la extinción. El empleador no podrá contratar a una misma empleada/o más de una (1) vez utilizando el período de prueba.
4.7.Prohibición del Trabajo Infantil y de la Protección del Trabajo Adolescente:
Queda prohibida la contratación de personas menores de dieciséis (16) años.
Cuando se contratase a menores de dieciocho (18) años deberá exigirse de los mismos o de sus representantes legales un certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo, como así también la acreditación de los reconocimientos médicos periódicos que prevean las reglamentaciones respectivas.
La jornada de trabajo de los adolescentes entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años, no podrá superar, bajo ninguna circunstancia, las seis (6) horas diarias de labor y treinta y seis (36) horas semanales.
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5.
CUESTIONES PRÁCTICAS
El servicio que va a brindar el contador se divide en cuatro etapas: 5.1.Antes de la Relación:
Tareas Previas:
Asesoramiento integral al cliente
Alta del empleado, lugar de trabajo y relación Armado del legajo del trabajador
. Inscripción de la Relación Laboral Documentación necesaria: Copia del DNI del empleador
CUIT y Clave Fiscal nivel 3 o superior Dirección del lugar de trabajo
Nota solicitando la inscripción con datos a incluir
(fechas, remuneración pactada, domicilio, puesto, modo de liquidación)
Copia del DNI del empleado/a Constancia de CUIL
Constancia de opción de obra social (declaración jurada) Constancia de CBU en caso de pago bancario
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INSCRIPCIÓN EN REGISTRO ESPECIAL DEL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES - Trámite online mediante clave fiscal del empleador
- Deberá efectuarse hasta el día inmediato anterior al de comienzo de las tareas del personal contratado.
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Armado de Legajo del trabajador Copia de DNI
Constancia de CUIL
Constancia de opción de Obra Social Constancia de Inscripción
Nota de pedido del empleador Constancia de antigüedad
5.2.Durante cada mes: Tareas durante el mes:
prestados Confeccionar mecanismo de control de asistencia Seguimiento de asistencia y licencias
Comunicación de licencias Atención de dudas del cliente
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ASISTENCIA DE PERSONAL
PERIODO Mes / Año
Empleado:________________________ CUIL: __-___________-_ Fecha Horario Entrada Horario Salida Firma Empleado Observaciones Recomendaciones
-En caso de ausencia el empleador debe indicar ausente en las celdas de horario y en observaciones aclarar si existe justificación (por ejemplo licencia, feriado, etc) ello facilitará La liquidación y dejará registro. En lo posible cuando se reincorpore La empleada debería firmar lo indicado por el empleador
-El profesional debería obtener la planilla cada mes para liquidar el sueldo, confeccionar recibo y Formulario 102
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COMUNICACIÓN DE LICENCIA POR VACACIONES
San Juan, día del Mes del Año
Señor/a …………. Se le comunica que, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, gozará de las vacaciones correspondientes al año ………. por el período de ……… días. Dichas vacaciones comenzarán a regir desde el día ………. hasta el día ………. inclusive, debiendo reintegrarse a sus tareas el día ………..
Firma del empleador. Quedo debidamente notificado de la comunicación precedente.
Firma del trabajador.
Solicitud de licencia por matrimonio
San Juan, día del Mes del AñoSeñor Empleador…………: Solicito el otorgamiento de mi licencia por matrimonio a celebrarse el ……… desde el ……….. hasta el ………. inclusive, reintegrándome a mis tareas el ………., oportunidad en la que presentaré el certificado de casamiento
correspondiente.
Firma del trabajador.
Solicitud de licencia por examen
San Juan, día del Mes del Año
Señor Empleador ……….: Solicito se me otorgue licencia por examen desde el
……… hasta el …….. inclusive ya que debo rendir un examen parcial de ……. (indicar materia) el día ………, comprometiéndome a presentar el certificado de examen al reintegrarme a mis tareas.
Comisión Jóvenes Profesionales 2014 – VOS SOS PARTE!!! Página / -18- 5.3.Finalizado el mes:
Obtención de datos del mes
Liquidación del sueldo (Resol. 958-12 y lo pactado)
Llenado del Formulario 102B y Recibo de sueldo
Pago de Aportes y Contribuciones
Actualización de carpeta del cliente
Llenado del Formulario 102B y Recibo de sueldo
1 formulario por cada empleado/a
El pago se efectúa por mes vencido hasta el 10 del mes siguiente al que corresponde el pago
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Aportes y Contribuciones (parámetros) APORTE PARA OBRA SOCIAL $233 CONTRIBUCIÓN AL S.I.P.A. $35
*Si el empleado no alcanza los valores entre todos sus empleadores, puede aportar voluntariamente la diferencia mediante el Formulario 575B
*Si los valores exceden al mínimo, son aporte firme por ser un régimen solidario.
*Se debe realizar en cada caso el trámite de afiliación a la Obra Social elegida
Intereses
Los intereses corren desde el día posterior al vencimiento.
Se calculan desde la página de AFIP en micrositio «Cálculo de intereses»
Se debe completar un formulario por cada periodo por el que se pagan intereses.
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1º
2º
3º
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Recibo de Sueldo
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-Supuesto de trabajadora Lunes, Miércoles y Viernes, remuneración pactada
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Recibo de Sueldo online
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Escala Salarial
-Resolución 1062/14 MTEySS
-Fija remuneraciones mínimas desde el 01/09/2014
Función Con Retiro Sin Retiro Hora Mes Hora Mes
SUPERVISORA $37 $4.740 $41 $5.280 TAREAS ESPECÍFICAS $35 $4404 $38 $4.902 CASEROS - - $34 $4.296 ASISTENTES Y CUIDADO DE PERSONAS $34 $4.294 $37 $4.788 TAREAS GENERALES $30 $3.864 $34 $4.296
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El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
F 575 – Aportes Voluntarios
-Aporte voluntario para acceder a la «Prestación Adicional por Permanencia en el SIPA»
-El importe mínimo es de $33
Supuesto:
Pago empleada que trabajó 16hs a la semana
Comisión Jóvenes Profesionales 2014 – VOS SOS PARTE!!! Página / -28- -895 Aporte voluntario para acceder a Obra Social del trabajador
-Diferencia entre $233 y lo aportado por el patrón
-894 Aporte voluntario para acceder a Obra Social del grupo familiar del trabajador -$233 por cada persona adicional
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Deducción en Impuesto a las Ganancias 4ta Categoría
Las personas que cumplimenten lo establecido por la ley 26.844 en su carácter de empleador con relación al personal de casas particulares, podrán deducir la remuneración abonada al mismo como así también las contribuciones patronales ingresadas, que se encuentran incluidas en la cotización fija mensual. El monto anual deducible, no podrá superar el monto de la ganancia no imponible anual. Aquella relación laboral que se pretenda deducir deberá estar previamente registrada en el Registro Especial del Personal de Casas Particulares establecido por la RG 3491.
Según la condición del sujeto, deberá declarar la deducción mediante F 572 Papel o Web
• Mediante SIRADIG Web:
– Quienes posean remuneración bruta anual superior a $250.000
– Si lo dispone el empleador de esa manera
– Si desea computar percepción por viajes al exterior. Formulario F572 papel
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Formulario 572 SIRADIG Web
– Quienes posean remuneración bruta anual superior a $250.000
– Si lo dispone el empleador de esa manera
– Si desea computar percepción por viajes al exterior.
RG 3.418 Ingreso con clave fiscal
Comisión Jóvenes Profesionales 2014 – VOS SOS PARTE!!! Página / -33- 5.4.Al finalizar la Relación:
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Liquidación de indemnizaciones
Correspondería a la trabajadora en caso de Despido sin causa el importe correspondiente a 1mes de sueldo por año trabajado o fracción mayor a 3 meses (se considera la mejor remuneración habitual devengada en el último año).
Esta Indemnización se debe duplicar si la relación no está registrada al momento del despido.
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6.
CONCLUSIONES
A partir de lo expuesto podemos concluir que existen situaciones que están reglamentadas pero no implementadas en la práctica. Sin embargo, la mayor parte de la Ley se ha ido implementando.
Es por esto que animamos a todo Profesional a aplicar este régimen y poder brindar al cliente un nuevo servicio a fin de ampliar las prestaciones ofrecidas al mismo.
Finalmente consideramos justo que los Trabajadores de casas Particulares puedan gozar de los derechos que les ofrece esta nueva reglamentación y así, ponerlos en igualdad con el resto de los trabajadores.