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Manual de Organización Dirección de Desarrollo Urbano

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Academic year: 2021

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(1)

Manual de Organización

Dirección de Desarrollo Urbano

(2)

Directorio Institucional

Lic. Edgar Castillo Martínez Presidente Municipal Constitucional

C. Salvador Maldonado Alcántara Síndico Municipal

C. Yadira Jacqueline García Vargas Primera Regidora

C. María Cortez Cruz Segunda Regidora

Profr. Francisco Gómez Marín Tercer Regidor

Lic. Álvaro Reyes Olvera Cuarto Regidor C.P. Francisco Lugo Arce

Quinto Regidor

Lic. Angélica Mendoza Mendoza Sexta Regidora

C. Jorge Vega Miranda Séptimo Regidor Lic. Edgar Martínez Zarza

Octavo Regidor C. Hipólita Cruz Martínez

Novena Regidora

Ing. Daniel Arciniega Sandoval Décimo Regidor

(3)

Índice

Pág.

Presentación

5

Valores

6

Estamos comprometidos a…

7

Marco jurídico

8

Estructura orgánica

10

Objetivo General, Misión y Visión

11

Objetivos y Funciones

12

Organigrama

24

Directorio Interno

25

Validación

26

Aprobación

27

Hoja de Actualización

28

(4)

Con el propósito de fomentar un entorno de respeto e igualdad entre el personal de la Dirección de Desarrollo Urbano que considere los principios básicos de igualdad y equidad, existente entre hombres y mujeres para su óptimo desarrollo personal y

profesional; toda referencia,

incluyendo los cargos y puestos en este Manual, al género masculino lo es también para el género femenino, cuando de su texto y contexto establezca que es para uno y otro género.

(5)

Presentación

El presente Manual de Organización es un instrumento administrativo y normativo de la Administración Pública del Municipio de Jilotepec.

En este Manual de Organización, se identifican y dan a conocer las funciones, que corresponde realizar a la Dirección de Desarrollo Urbano; cuyo propósito es ser una herramienta de consulta diaria para facilitar el conocimiento y desempeño de funciones de los servidores públicos, al permitir tener una mayor certidumbre en el desarrollo de sus actividades y la adecuada coordinación entre las áreas, delimitando sus responsabilidades.

La Dirección de Desarrollo Urbano es la Dependencia encargada del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, del crecimiento de los centros de población y la

vivienda, procurando la conservación, preservación,

recuperación, rehabilitación, equilibrio y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

Para el logro de sus fines se pretende que con la aplicación del presente manual, se optimicen recursos, se eficienten las labores relativas a selección e inducción del personal de nuevo ingreso, así como para establecer procesos de simplificación y modernización administrativa.

(6)

Valores

Gratitud

Los servidores públicos reconocerán que la sociedad ha depositado su confianza en ellos, correspondiendo con agradecimiento todos aquellos beneficios que se desprendan del desempeño de sus funciones.

Humildad

Los servidores públicos de Jilotepec deberán actuar con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad.

Trato Humano

El servidor público debe dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante. Está obligado a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana.

Responsabilidad

Cumplir con la máxima diligencia en el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión.

Todas las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad.

Lealtad

Los servidores públicos aceptan los vínculos implícitos en su adhesión a la Administración a la que pertenece, de tal modo que refuerza y protege, en su trabajo cotidiano, el conjunto de valores que aquélla representa.

(7)

E

stamos

c

omprometidos a…

Los integrantes de la Administración 2013-2015 estamos comprometidos con la IGUALDAD SUSTANTIVA, para ello emprenderemos acciones, medidas estructurales, legales o de política pública; que eliminen la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales, y supondrá el acceso a las mismas oportunidades, considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hombres.

Velaremos en el cumplimiento de nuestras funciones que no se realicen actos de discriminación en contra de otros servidores públicos, usuarios o la población jilotepequense en general; por motivos de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.

Nos comprometemos a que nuestros actos se lleven a cabo con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; bajo las premisas de la inclusión, la tolerancia, la dignidad humana, la transparencia, la hospitalidad y la solidaridad, atendiendo las necesidades y servicios públicos que requieren los hombres y mujeres de Jilotepec…

(8)

Marco Jurídico

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Ley Federal sobre monumentos y Zonas arqueológicas, artísticas, e históricas.

Ley General de Asentamientos Humanos

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Ley General de Bienes Nacionales

Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.

Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.

Todos los Reglamentos inherentes y aplicables al marco jurídico citado.

Bando Municipal 2012 Gaceta Municipal, 5 de Febrero de 2012 Código Reglamentario del Municipio de Jilotepec 2013-2015 Gaceta Municipal, __ de ______ de 2013.

Acuerdo de Cabildo de fecha _____ de _____de 2013 por la que se aprueba la estructura orgánica del H. Ayuntamiento, publicada en Gaceta Municipal, ___ de ______ de 2013.

(9)

Estructura Orgánica

Dirección de Desarrollo Urbano

o Subdirección de Imagen Urbana

§ Departamento de Parques, Jardines y Panteones

o Subdirección de Ecología

(10)

Objetivo General

Formar al mejor Municipio del Estado de México.

Misión

Fomentar y regular el crecimiento ordenado del municipio para poder lograr un desarrollo urbano sostenible aplicando la normatividad del uso de suelo acorde con el Programa de Desarrollo Urbano vigente brindando un servicio público de calidad.

Visión

Ser una institución eficiente en la administración pública, incidiendo en los niveles óptimos de desarrollo urbano en beneficio de los jilotepequenses.

(11)

Dirección de Desarrollo Urbano

Objetivo

Generar la infraestructura básica y estratégica para el desarrollo y la funcionalidad del municipio, bajo un esquema de ordenamiento territorial, técnicamente sustentable y socialmente congruente, a la altura del potencial de crecimiento económico y turístico que proyecta el Municipio.

Funciones

Coadyuvar con la Secretaría del Ayuntamiento, para el

estudio y dictamen de los proyectos y solicitudes relativas al otorgamiento, renovación, modificación o revocación de concesiones y permisos vinculados al uso de vialidades de jurisdicción municipal.

Planear el desarrollo urbano municipal y, en su caso,

coordinarse, previo acuerdo del Presidente Municipal, con las autoridades federales, estatales y municipales concurrentes en la materia.

Planear, regular y ordenar el territorio los asentamientos

humanos y de los centros de población preservando el patrimonio ecológico y urbano edificado, conforme a las normas y lineamientos de la carta urbana autorizados y en el Plan parcial.

Planear, solicitar y administrar los recursos adecuados para

la realización de las diferentes actividades dentro de la Dirección y sus coordinaciones.

Formular, proponer y conducir las políticas municipales en

materia de asentamientos humanos y desarrollo urbano.

Crear y proponer proyectos en materia de desarrollo

urbano, mediante la elaboración de estudios, planes, programas, proyectos y normas técnicas necesarias respecto del uso de suelo, infraestructura urbana, estructura vial, transporte, equipamiento y servicios públicos, para instrumentar la zonificación urbana, la

(12)

protección del medio ambiente de los centros de población y definir los criterios de desarrollo urbano en la materia.

Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo y

otorgar, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables, licencias de uso del suelo.

Proponer al Presidente Municipal acciones tendientes al

mejoramiento del equipamiento urbano municipal.

Regular, vigilar y controlar los usos y destino de áreas

verdes y predios de uso público.

Establecer y aplicar la normatividad para la utilización de la

vía pública, en los casos en que se trate de actos o acciones para la realización o ejecución de trabajos relacionados directamente con obras privadas, salvaguardando las facultades que en materia de tránsito municipal deba aplicar la Dirección de Seguridad Ciudadana y Protección Civil.

Vigilar el cumplimiento de la normatividad y obligaciones

determinadas a los inversionistas inmobiliarios por las autorizaciones de conjuntos urbanos y edificaciones.

Coadyuvar con la Secretaría del Ayuntamiento, para el

estudio y dictamen de los proyectos y solicitudes relativas al otorgamiento, renovación, modificación o revocación de concesiones y permisos vinculados al uso de vialidades de jurisdicción municipal.

Ejercitar las acciones legales que procedan en contra de los

actos que afecten los intereses del Municipio en materia de desarrollo urbano.

Opinar sobre autorización de la explotación de bancos de

material para construcción, de conformidad con las leyes de la materia federales y estatales.

Vigilar y evitar la ocupación del suelo no urbanizable dentro

del territorio municipal.

Proponer e identificar las reservas territoriales del

Municipio.

(13)

proceso de formulación de los planes de desarrollo urbano aplicables en el territorio municipal.

Elaborar para su presentación y correspondiente

autorización por el Ayuntamiento, el plan municipal de desarrollo urbano, el del centro de población y los planes parciales que se deriven de ellos, además, previamente se coordinará con las autoridades estatales correspondientes, para la emisión oportuna del dictamen de congruencia del Plan Municipal de Desarrollo Urbano.

Autorizar, en su caso, y previa aprobación del

Ayuntamiento, cambios de uso del suelo, de densidad e intensidad y altura de edificaciones.

Proponer al presidente municipal, disposiciones legales y

administrativas, tendientes a mejorar el desarrollo urbano.

Participar en la supervisión de obras de urbanización,

infraestructura y equipamiento de conjuntos urbanos, subdivisiones y notificaciones para condominios, así como, previo cotejo del cumplimiento de los requisitos que establecen las normas jurídicas aplicables, recibirlas mediante actas de entrega-recepción, que deberán ser inscritas en el registro público de la propiedad.

Gestionar que el programa anual de ingresos y egresos del

ayuntamiento, considere los recursos financieros

necesarios para la ejecución de sus programas y actividades.

Elaborar proyectos de convenios de colaboración con

instituciones públicas y privadas en materia de desarrollo urbano para que en su caso sean aprobadas por el Ayuntamiento.

Expedir y difundir en el municipio, los instructivos

necesarios para la completa observancia de las disposiciones legales del ámbito de su materia, en coordinación con las autoridades competentes.

Aplicar, en el ámbito de su competencia y previo desahogo

de la garantía de audiencia, las sanciones correspondientes a los infractores, medidas preventivas y correctivas, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables en la

(14)

competentes para que procedan conforme a derecho.

Instrumentar con el gobierno federal, estatal y con los

particulares, los mecanismos tendientes a reubicar los asentamientos humanos localizados en zonas de riesgo, tanto federales, estatales o de reserva ecológica.

Plantear los mecanismos de concertación y alternativas

para la adquisición del suelo requerido para el ordenamiento de asentamientos humanos y equipamiento urbano.

Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su

competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por Presidente Municipal.

(15)

Subdirección de Imagen Urbana

Objetivo

Preservar la fisonomía urbana en forma congruente con las características de la traza urbana existente y topografía del terreno en colaboración con el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

Funciones

Formular, implementar, revisar y conducir la política de

imagen urbana de la cabecera municipal, con los lineamientos y especificaciones que marque el manual

de identidad, adaptado a la tradición.

Revisar proyectos ejecutivos, de casa habitación,

comercial, con la finalidad que cumplan cabalmente con lo estipulado en el reglamento de construcción vigente.

Fungir como cabeza en la coordinación de los

Inspectores para el seguimiento y conservación de la imagen urbana y del centro histórico.

Crear de acciones permanentes conjuntamente con los

inspectores, para que la ciudadanía, cumpla con el reglamento de construcción, en la zona urbana, panteón y mercados municipales.

Atender a la ciudadanía en problemas sociales, que

competente a esta área.

Aplicar las disposiciones legales en materia de imagen

urbana por núcleo de población.

Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su

competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarollo Urbano.

(16)

Departamento de Parques, Jardines

y Panteones

Objetivo

Satisfacer el mantenimiento de parques, jardines municipales y panteones conservando la imagen urbana del municipio.

Funciones

Conservar la imagen urbana de parques, jardines, áreas

verdes y panteones.

Promover y concertar la participación de los sectores

social y privado, en la modernización de los parques, jardines y panteones.

Coordinar la administración, mantenimiento y protección

de los panteones a cargo del Ayuntamiento.

Planear, supervisar, controlar, organizar, coordinar y

mantener en condiciones óptimas de operación el Servicio Municipal de Panteones del Municipio de Jilotepec, bajo los criterios de eficacia y eficiencia.

Fomentar la participación ciudadana con el fin de cuidar

y dar mantenimiento a la infraestructura de los panteones municipales.

Evaluar la factibilidad técnica para incrementar el

número de panteones municipales o concesiones del servicio público de panteones a particulares.

Determinar técnicamente la viabilidad de incremento de

los espacios para las inhumaciones y la creación de pasillos en los panteones municipales y concesionados.

Procurar de manera permanente la actualización

tecnológica de los sistemas, para la prestación eficaz del servicio público de panteones.

Atender las quejas que se presenten con relación a la

prestación del servicio de los panteones municipales y concesionados.

Coordinarse cuando así se requiera, con las

(17)

Servicio Municipal de Panteones.

Atender favorablemente las solicitudes que procedan,

presentadas por las dependencias públicas federales, estatales y municipales en relación con el Servicio Municipal de Panteones, siempre y cuando se tenga la capacidad para hacerlo y no contravenga lo dispuesto en el presente reglamento y demás disposiciones legales aplicables,

Fijar las especificaciones generales de los distintos tipos

de fosas, gavetas o nichos que hubiere de construirse en cada panteón municipal o concesionado.

Intervenir, previa autorización de las autoridades

competentes, en los trámites de traslado, internación, reinhumación, depósito, incineración y exhumación prematura de cadáveres, restos humanos y restos humanos áridos o cremados

Tramitar las solicitudes, de acuerdo con las disposiciones

legales aplicables, de exhumación y reinhumación de restos humanos.

Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su

competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Subdirector de Imagen Urbana.

(18)

Subdirección de Ecología

Objetivo

Diseñar instrumentos de política ambiental para la planeación y ordenamiento ecológico del Municipio, con el propósito de prevenir y controlar el deterioro de los recursos naturales y la contaminación ambiental. Así como vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable a la protección del medio ambiente.

Funciones

Vigilar y aplicar el cumplimiento de la normatividad

federal, estatal y municipal en materia de ecología y protección del medio ambiente.

Formular, proponer y conducir las políticas municipales

en materia del medio ambiente.

Identificar la problemática ambiental en el Municipio y

proponer, promover y aplicar el Programa Municipal de Protección al Ambiente.

Proponer, dictaminar y participar en la ejecución de los

Convenios de Colaboración Institucional, entre el Municipio, el Estado y la Federación, así como organismos autónomos, sociales y particulares, para

coordinar acciones de protección ambiental,

recuperación y protección de recursos naturales, y aprovechamiento sustentable de los mismos.

Participar en el diseño, propuesta y ejecución de

políticas, medidas y mecanismos para prevenir, restaurar y corregir la contaminación del aire, suelo y agua.

Formular, proponer y desarrollar programas específicos

para promover la cultura del aprovechamiento sostenibles de los recursos naturales, el equilibrio ecológico y la protección del ambiente.

Elaborar estudios de ordenamiento ecológico del

territorio municipal, e impacto y riesgo ambiental, conjuntamente con la Federación y el Estado.

(19)

investigaciones ecológicas.

Ejercer las atribuciones que expresamente las leyes le

confieran al Municipio, competencia para expedir licencias y autorizaciones en materia del medio ambiente.

Coadyuvar en coordinación con las autoridades federales

y estatales en las acciones que se realizan para prevenir y evitar el comercio y tráfico ilegal de los recursos naturales.

Imponer en el ámbito de su competencia las sanciones

determinadas por la ley a infracciones en materia del medio ambiente.

Opinar y solicitar la intervención de las autoridades

competentes, para suspender o cancelar concesiones o permisos, y ejercer las acciones legales que correspondan por actividades industriales, comerciales o de servicios que afecten la flora, fauna silvestre y acuática, existente en el territorio municipal.

Promover programas en instituciones educativas para el

mejoramiento ambiental e implementar acciones permanentes de difusión de la cultura ecológica y la difusión de los ecosistemas del Municipio.

Coadyuvar en el establecimiento, vigilancia y

administración de las áreas naturales protegidas de jurisdicción municipal en coordinación con las autoridades federales y estatales.

Intervenir en la protección, recuperación y vigilancia de

los aprovechamientos de la zona forestal del Municipio.

Otorgar el permiso correspondiente sobre la tala o

modificación de las especies arbóreas, y aplicar las medidas precautorias y sanciones correspondientes.

Coadyuvar en la prevención y combate de incendios

forestales.

Proteger, preservar, salvaguardar y fomentar el cuidado

de mantos acuíferos, así como de escurrimientos naturales.

(20)

aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo Urbano.

(21)

Subdirección de Planeación y

Control Urbano

Objetivo

Ordenar el crecimiento urbano acorde a los usos y destinos del suelo conforme a los planes de ordenamiento territorial y de desarrollo urbano y regulando las obras de construcción de toda índole que se generan en el Municipio desde su planeación hasta la terminación de las mismas.

Funciones

Formular, proponer y conducir las políticas municipales

en materia de asentamientos humanos y desarrollo urbano.

Crear y proponer proyectos en materia de desarrollo

urbano, mediante la elaboración de estudios, planes, programas, proyectos y normas técnicas necesarias respecto del uso de suelo, infraestructura urbana, estructura vial, transporte, equipamiento y servicios públicos, para instrumentar la zonificación urbana, la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección del medio ambiente de los centros de población y definir los criterios de desarrollo urbano en la materia.

Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo y

otorgar, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables, licencias de uso del suelo.

Expedir las licencias de construcción de obras nuevas,

constancia de regularización de obras, constancias de alineamiento, nomenclatura y número oficial, así como la ocupación temporal de la vía pública, además de demoliciones y excavaciones.

Elaborar los levantamientos topográficos que sean

(22)

tendientes al mejoramiento del equipamiento urbano municipal .

Regular, vigilar y controlar los usos y destino de áreas

verdes y predios de uso público.

Participar en la supervisión de obras de urbanización,

infraestructura y equipamiento de conjuntos urbanos, subdivisiones y notificaciones para condominios.

Coadyuvar con la Dirección de Seguridad Pública y

Protección Civil, para la regulación e instalación de la nomenclatura municipal.

Dictaminar y certificar los usos y destinos del suelo

acorde a los planes de ordenamiento territorial y de desarrollo urbano.

Vigilar y regular el cumplimiento de los usos y destinos

del suelo

Dictaminar los proyectos de fraccionamientos y de

crecimiento futuro.

Ordenar el crecimiento armónico e integral de los

fraccionamientos con la infraestructura completa acorde al sector urbano.

Vigilar el cumplimiento del plan rector en materia urbana

y planes sectoriales.

Otorgar licencias de construcción, números oficiales y

deslindes para obras de conjuntos habitacionales, industriales, comercio, recreación, servicios, anuncios, residencias y obra pública en general.

Verificar obras en construcción para su registro y

regularización.

Registrar a profesionistas especializados en la materia

para fungir como directores responsables de proyectos y obras.

Estudiar, analizar y dictaminar los proyectos de

fraccionamientos y de crecimiento futuro.

Ordenar el crecimiento armónico e integral de los

fraccionamientos con la infraestructura completa acorde al Sector urbano.

(23)

ejecución.

Clausurar obras en construcción en fraccionamientos que

hicieron caso omiso a su regularización.

Estudiar, Analizar y dictaminar los proyectos de

fraccionamientos y de crecimiento futuro

Supervisar las obras por contrato y Administración que

autorice el Ayuntamiento.

Formular, proponer y ejecutar los programas de

desarrollo urbano.

Supervisar técnicamente los proyectos.

Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su

competencia, las que señalen las disposiciones legales aplicables y las asignadas directamente por el Director de Desarrollo Urbano.

(24)
(25)

Directorio Interno

Lic.

Dirección de Desarrollo Urbano Lic.

Subdirección de Imagen Urbana Lic.

Departamento de Parques, Jardines y Panteones Lic.

Subdirección de Ecología Lic.

(26)

Validación

______________________________ Lic. Secretario Técnico ________________________________ Lic. Director de Planeación

(27)

Aprobación

____________________________________

Vo. Bo.

Lic. Edgar Castillo Martínez

Presidente Constitucional Municipal de Jilotepec

________________ _________________

(28)

Hoja de Actualización

Manual de Organización de la Contraloría Interna Municipal del H. Ayuntamiento de Jilotepec, México; enero de 2013.

Primera Edición

.

Lic. Edgar Castillo Martínez

Presidente Municipal Constitucional de Jilotepec

Lic.

Secretaria Técnica

Lic.

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