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EL 1 de enero de 2010 entrará parcialmente en vigor el llamado VAT Package, que modificará

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(1)

VAT PACKAGE

EL

1 de enero de 2010 entrará parcialmente en vigor el llamado

VAT Package

, que modificará

las reglas de localización de las prestaciones de servicios y el procedimiento de devolución del IVA

soportado en otro Estado Miembro de la UE.

La Directiva 2008/8/CE tiene como objetivo gravar las prestaciones de servicio en el lugar donde se

realiza el consumo. Para conseguirlo, establece una nueva regla general cuando intervienen

únicamente empresarios o profesionales y generaliza el mecanismo de inversión del sujeto pasivo,

bien conocido por otro lado en España, en todos los Estados Miembros.

Cuando prestador y destinatario son empresarios o profesionales,

los servicios se localizan en el

lugar de establecimiento del destinatario

(B2B)

; por el contrario, cuando el destinatario no es

empresario o profesional, la regla general vigente sigue siendo de aplicación y se localizan en

el

lugar de establecimiento del prestador

(B2C)

.

Para facilitar el control de las operaciones se amplía la información que se deberá incluir en la

declaración recapitulativa, que incluirá a partir de 2010 las prestaciones de servicios además de las

entregas intracomunitarias de bienes.

Cada vez se va extendiendo más la opinión de que las nuevas reglas contribuirán a dinamizar las

transacciones comunitarias, algo que las empresas ya han empezado a detectar iniciando su

adaptación para mantener su competitividad.

La Directiva 2008/9/CE reemplaza la Octava

Directiva dando un giro copernicano al

procedimiento de la solicitud de devolución

del IVA, que a partir del año que viene se

presentará desde el Estado de establecimiento

del solicitante a través del portal habilitado por

las Autoridades Fiscales.

Una adecuada preparación será clave para

anticiparse a los problemas que con toda

seguridad originará la complejidad de la nueva

legislación, cuya infracción generará

importantes sanciones.

SERVICIOS

Registro de IVA y Obligaciones Declarativas Representación y Domiciliación Fiscal Recuperación de IVA

Recuperación del Impuesto sobre Hidrocarburos

Consultoría Fiscal Recursos y Reclamaciones VAT Academy

VAT Company a través de la VAT Academy, iniciará la formación de empresas y

profesionales aportándoles seguridad en la aplicación de la normativa del IVA.

(2)

Las reglas generales B2B y B2C, se complementan con las reglas especiales de localización, entre las cuales destacan

las siguientes, cuando el empresario profesional o el consumidor están establecidos en el territorio de la Unión

Europea.

VAT PACKAGE

LOCALIZACIÓN DE LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS

EMPRESARIO O PROFESIONAL

CONSUMIDOR RESIDENTE EN LA UE

Localización operación subyacente B2B

B2B

B2B

Donde se pongan a disposición Donde se pongan a disposición Lugar de partida del transporte

Donde de lleven a cabo materialmente Donde se lleven a cabo materialmente

Donde se lleven a cabo materialmente

Donde se lleven a cabo materialmente Donde de lleven a cabo materialmente

Donde se presten Donde se realiza el transporte en función

de las distancias recorridas

B2B

Lugar de partida del transporte

OPERACIONES

Servicios de intermediación por cuenta ajena

Prestaciones auxiliares al transporte

Tasación y ejecuciones de obra sobre bienes muebles

Servicios de catering y restaurante (excepto a bordo de buques, trenes o aeronaves)

Arrendamiento a corto plazo de medios de transporte (no superior a 30 días,

90 para buques)

B2B Residencia o domicilio del destinatario Servicios por vía electrónica

prestados desde fuera de la UE Servicios de catering y restaurante a bordo de buques, trenes o aeronaves

en viajes dentro de la UE Servicios culturales, artísticos,

científicos, deportivos…, ferias y exposiciones Transporte de personas Transporte de bienes (no intracomunitario) En proporción al trayecto recorrido en el territorio Transporte intracomunitario de bienes

Servicios vinculados a inmuebles Donde se encuentre el inmueble Donde se encuentre el inmueble

B2B Lugar de partida

Donde se realiza el transporte en función de las distancias recorridas

(3)

O

tra novedad destacada es la ampliación de la información que se debe proporcionar en los

estados recapitulativos de operaciones intracomunitarias que desde 2010 incluirán las

prestaciones de servicios realizadas a empresarios y profesionales en los que se deba aplicar

la regla de la inversión del sujeto pasivo.

EL PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE IVA A

EMPRESARIOS O PROFESIONALES RESIDENTES EN

EL UE PERO NO ESTABELECIDOS EN EL ESTADO

DONDE SE SOPORTARON LAS CUOTAS, SE VERÁ

AFECTADA POR LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES

DESTACADAS:

Procedimiento exclusivamente telemático que se iniciará en el portal electrónico del Estado Miembro

donde resida el solicitante

Ampliación del plazo de solicitud hasta el 30 de septiembre.

Sistematización de la información que se debe suministrar por el solicitante.

Estado Miembro de establecimiento del solicitante filtrará las solicitudes antes de enviarlas al Estado

Miembro de devolución.

Regulación detallada de la información adicional que los Estados Miembros de devolución pueden

requerir a los solicitantes.

Establecimiento de periodos de contestación a las solicitudes y el cobro de intereses en caso de

retraso en la devolución.

(4)

CONTACTO

VAT Company - Asesores Fiscales, S.A.

Paseo de Gracia 110, 2º 2ª, 08008 Barcelona, Spain TEL.: (+34) 93 368 28 94

FAX: (+34) 93 272 04 24 vatcompany.com / [email protected]

Una cuota de IVA correctamente

repercutida no será deducible si no se está

en posesión de la factura.

EL IVA INCORRECTAMENTE REPERCUTIDO / FACTURADO

Una cuota de IVA incorrecta (operación exenta

o no sujeta, tipo aplicado incorrecto, etc.) no

será deducible para el destinatario si es un

empresario o profesional con derecho a

deducción. Si estos son

no establecidos

no

podrán ejercer el derecho a la devolución.

Sujeto pasivo que repercutió el IVA

CUANDO EL IVA ES REPERCUTIDO INCORRECTAMENTE, EXISTEN SOLUCIONES:

PROMOCIÓN PUBLICITARIA, EVENTOS CULTURALES, RECREATIVOS,

CIENTÍFICOS Y DEPORTIVOS

1

OBTENCIÓN DEL PROVEDOR

DE FACTURA RECITICATIVA.

RECLAMACIÓN ANTE

TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS

SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN EN LA QUE INCLUYÓ LA CUOTA INCORRECTA

(DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS), QUE PODRÁ SER INSTADA POR:

En ambos casos, el IVA incorrectamente repercutido será devuelto al destinatario.

(En determinados casos) El destinatario que la soportó indebidamente y no puede deducírsela ni solicitar su devolución.

2

3

La distinción entre actividades promocionales y eventos

culturales, científicos y deportivos es esencial ya que aplican

reglas de localización diferentes.

Los servicios publicitarios se localizan en la sede de actividad

o establecimiento permanente / domicilio del destinatario

empresario o profesional.

Los eventos se localizan donde se prestan materialmente sin

importar quién sea el destinatario hasta el 31 de diciembre de

2010.

El TJCE se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre este

asunto, considerando los actos promocionales están

englobados en los servicios de publicidad.

La Administración tributaria española considera localizadas en

territorio español las actividades promocionales que incluyen

actividades culturales y recreativos cuando el destinatario

empresario o profesional no está establecido.

Debido a la claridad de la jurisprudencia, el debate con

la Administración tributaria respecto de la regla de

localización aplicable sólo puede girar entorno a la

prueba. Si el evento es un acto que tiene como

finalidad promocionar un producto, servicio o una

marca se debe aplicar la regla de localización de los

servicios publicitarios.

(5)

L

a entrada en vigor del VAT Package requerirá un

reajuste en el sistema actual de organización de las

empresas. Éstas deberán contar con una adecuada

preparación para poder hacer frente a los problemas

que indudablemente se derivarán de la aplicación de la

nueva legislación.

La VAT Academy está destinada a formar empresas y profesionales en la aplicación de la normativa del

IVA. Los programas de formación son impartidos en la propia empresa o despacho y están adaptados a las

necesidades específicas de cada cliente.

Sus más de 15 años de experiencia en IVA

Internacional permiten a VAT Company la

aplicación del concepto one stop shop para la

prestación de servicios fiscales.

Este concepto incluye la identificación de

errores comunes en la facturación, tramitación

de todo el procedimiento de recuperación de

IVA en el extranjero, así como la asistencia en

inspecciones fiscales, ingresos indebidos, la

confección y presentación de reclamaciones y

recursos en el ámbito tributario.

interpretación se transformen

en duras sanciones!

VAT PACKAGE - FORMACIÓN

El desconocimiento de los nuevos procedimientos y una inadecuada

aplicación de la normativa es un factor riesgo que comportar

importantes pérdidas (falta de neutralización de IVA o sanciones).

Todos los cambios implican

alteraciones de fondo en la

manera en que las empresas

planifican su actividad en la UE.

(6)

VAT ACADEMY

El IVA impuesto armonizado en la UE;

VAT PACKAGE - PROGRAMA FORMACIÓN GENERAL

INTRODUCCIÓN

El IVA en el sistema tributario español

(integración);

Ámbito Espacial;

CONCEPTOS GENERALES

Operaciones sujetas a IVA;

Interiores;

EXENCIONES

Operaciones de comercio internacional.

Bienes;

LOCALIZACIÓN DE LA OPERACIÓN

Servicios.

Determinación;

BASE IMPONIBLE

TIPO IMPOSITIVO

DEDUCIONES Y DEVOLUCIONES

Requisitos de deducción;

Restricciones y limitaciones a la deducción;

Modalidades de devolución (devolución mensual).

Devolución del IVA soportado en otros Estados

miembros;

Regla de la prorrata (sectores diferenciados y

regularización bienes inversión);

Modificación (rectificación de cuotas y de la

deducciones).

Operaciones excluidas del IVA (no sujetas);

Concepto de empresario o profesional en el IVA

(diferencias con otros impuestos);

Autoconsumos;

Concepto y delimitación entre entregas de bienes

y prestaciones de servicios;

Operaciones de comercio internacional.

COSTES

Hasta 4 participantes : 1.000 € *

Por cada participante adicional aumenta en 200 € *

* Importe sin IVA

Duración: 4 horas

Local: Instalaciones del cliente o local a designar

Sala, equipos y desplazamientos son a cargo del cliente.

EL PROGRAMA SE PUEDE CAMBIAR

MEDIANTE LAS NECESIDADES

ESPECÍFICAS DEL CLIENTE

Contacto:

María Serrano ; Rocío Ibañez

Tel: 93 3682894 | Fax: 93 2720424

[email protected]

[email protected]

Referencias

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