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¿Cuáles fueron las razones que llevaron al fracaso del federalismo instaurado en la constitución política de los Estados Unidos de Colombia de 1863?

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Academic year: 2020

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(1)1. Universidad de los Andes Facultad de Derecho Autor: Felipe Navarro Lux ¿Cuáles fueron las razones que llevaron al fracaso del federalismo instaurado en la Constitución Política de los Estados Unidos de Colombia de 1863?. 1. Introducción. La Constitución Política de 1991, establece en su artículo p rimero que Colombia está 1. 2. organ izada en forma d e Rep ública unitaria con cierto grado d e descentralización , que en la p ráctica se traduce en descentralización administrativa. Lo cierto es que nuestro p aís ha 3. sido uno centralizado desde que fue consagrado así p or la Constitución de 1886, confirmado p or la Constitución del 91, h asta nuestros días. Esto nos demuestra que nuestros constituyentes han elegido reiteradamente adop tar una forma de Estado p articular, p or considerar que se ajusta mejor a las n ecesidades de la nación. Es conveniente tener en cuenta que una forma de Estado es la manera en que se organizan y disp onen los elementos que constituy en al mismo. Es decir, la forma como se organizan el territorio, la p oblación, el p oder p úblico y la soberanía en el interior de un Estado.. 4. Ahora bien, uno no p uede dejar d e p reguntarse p orque en Colombia se adop tó un sistema unitario, si se tiene en cuenta que tamb ién hay formas de Estado comp uestos, entre los cuales se resalta el Federalismo. El Estado comp uesto se contrap one a la forma de Estado unitario o simp le, y a que en aqu ellos “la soberan ía no se ejerce de manera uniforme y 1 El Estado unitario “ es aquel que posee un solo centro de impulsión política y administrativa, es decir, aquel en el cual la soberanía se ejerce directamente sobre todo el conglomerado social asentado sobre un mismo territorio.” NARANJO MEZA, Vladimiro. Teoría Constitucional e Instituciones P olítica. Temis. Novena Edición. Bogotá: 2003. P . 290. 2 La descentralización parte de un proceso en donde se trasladan asuntos de diversas índoles desde la capital del Estado, es decir el Centro, a diferentes entidades territoriales, para lograr mayor eficiencia en asuntos públicos. En otras palabras, se trasladan competencias administrativas a autoridades locales, las cuales desde ese momento cuentan con un campo de acción propio para tomar decisiones. La descentralización es un fenómeno existente en nuestro país desde la Constitución de 1886. En Corte Constitucional. Sentencia C-373. MP: Fabio Moron Diaz. 3 El centralismo es un fenómeno “ jurídico-político que consiste en que todas las tareas y funciones públicas se radican en la persona jurídica Estado. Es decir, que el Estado monopoliza todas las tareas y funciones públicas.” En RODRIGUEZ, Libardo. Derecho Administrativo General y Colombia. Decimocuarta edición. Temis. Bogotá: 2005. P. 51. 4 NARANJO MEZA, Vladimiro. Teoría Constitucional e Instituciones Política. Temis. Novena Edición. Bogotá: 2003. P . 286..

(2) 2. constante sobre todo el territorio nacional, sino que su ejercicio está fraccion ado en entes diversos, colocados en situación juríd ica y p olítica similar dentro del estado, y que gozan de una autonomía casi absoluta p ara el manejo de sus prop ios asuntos y ap ara el ejercicio de ciertas funciones.”. 5. Lo cierto es que d iferentes p aíses a lo largo de la h istoria han d ecid ió adop tar una forma de Estado u otra. No se p uede olvid ar que las revoluciones liberales vivid as a finales del Siglo XVIII en Norteamérica y Francia dieron como resultado la consolidación jurídica d el centralismo en Fran cia, y el fed eralismo, en los Estados Unidos.. 6. Si consideramos que. luego del fortalecimiento del fed eralismo en este último p aís con la Constitución de Filadelfia d e 1787, esta forma de Estado se acentuó en muchos otros p aíses a lo largo y ancho del globo terráqueo, como Aleman ia, Su iza la antigua Unión Soviética, la India y posteriormente se exp andió a muchos p aíses latinoamericanos como M éxico Ven ezuela y 7. Argentina, no puede uno dejar de p reguntarse p orque no se utiliza esta forma d e Estado en nuestro país, en p articular si se tiene en cuenta lo exitoso que ha resultado p ara algunos países.. Al analizar nuestra historia nacional, más exactamente la referente al p eriodo histórico de la segunda mitad del Siglo XIX, es evidente qu e durante varios años se intentó imp lementar el federalismo en Co lombia, y que p osteriormente, entre los años de 1863 y 1886 fue ap licado a cabalidad, con p obres resultados. Teniendo esto en cuenta, es interesante estudiar cuales fueron las motivaciones y p rimeros acercamientos que llevaron a su imp lementación y en últimas cuáles fueron las razones que llevaron a su fracaso y a la posterior ap licación d el sistema central en la Constitución de 1886.. En el transcurso de éste artícu lo, se intentará realizar un an álisis d el con cep to del federalismo, sus p rincipios rectores y la manera como funciona. Posteriormente se estudiará 5. Cfr. Op. Cit. P. 293.. 6. VIDAL P ERDOMO, Jaime. El Federalismo. Ediciones Rosaristas, Bogotá: 1998. P . 25 Ibid. P . 27. 7.

(3) 3. como en Colombia surgieron las ideas federalistas y cuáles fueron los primeros acercamientos que se hicieron para implementarlo, a través de las Constituciones de 1853 y 1858. Por último, se ilustrará como fue que n ació formalmente el federalismo en los Estados Unidos de Colomb ia a través de la Constitución de R ionegro d e 1863, y cuáles fueron las razones que llevaron a su in minente fracaso.. 2. El Federalismo. 2.1 Definición del concepto Antes de entrar a estudiar la definición que la doctrina le ha dado al federalismo, es pertinente recordar de donde viene la p alabra ‘fed eración’, para así obtener algunas luces sobre el origen y el p rop ósito de una organización estatal de este tip o. Sabemos que la palabra ‘federación’ v iene del latín fœdus, cuy o significado es tratado, pacto, alianza o contrato. Teniendo lo anterior en cuenta sabemos que, en un sentido amplio, las federaciones son tratos p or los que familias, mun icipios y , en últimas Estados, se obligan los unos con los otros, de manera recip roca e igu alitaria, con el fin de alcanzar uno o muchos objetivos comunes, cu ales quiera que estos sean.. 8. Así las cosas, se encuentra que cuando el término es utilizado se hace en referencia a una asociación de estados que se unen p ara conseguir uno o varios fines comunes, p ero que le da la libertad a sus miembros de continuar operando con un alto nivel d e indep endencia.. 9. A p esar de existir este con cep to general, parecería no existir consenso sobre el tip o particular de asociación que se forma p uesto que, históricamente, se le ha dado la denominación ‘Estado Federal’ a union es y p actos entre estados tan variados como los presentes en los Estados Unidos de América, el Imp erio Astro-Húngaro, el Imp erio Alemán y la Unión de Sur África. Todas las anteriores asociacion es que se diferencian las unas de las otras en la man era como se conformaron y en últimas, su funcionamiento interno.10. 8. Cfr. P ROUDHON, Pierre-Joseph. El P rincipio Federativo. Aguilar Madrid 1971. P . 60-70 Cfr. WHEARE, K.C. Federal Government. Oxford P aperbacks. Londres: 1963 P. 1-14 10 Cfr. Ibid. 9.

(4) 4. Aun así, del estudio de juicioso de la actividad de las federaciones, tanto de las p asadas como las existentes, y de los fines que busca alcanzar una forma de estado como el federalismo, la do ctrina ha p lanteado algunas defin icion es que cap turan la esencia de este tip o de estado. Ante todo, y de manera muy general, el federalismo d ebe ser entendido como una forma del Estado. Ahora bien, la forma del Estado es “la manera como están organ izados y disp uestos los elementos que lo constituy en, esto es la p oblación, el territorio 11. y el p oder p úblico, y como se ejerce la soberanía en el interior d el Estado.” Para emp ezar con una definición b astante general, tenemos que el federalismo p uede entenderse co mo un sistema p olítico en donde existen entidades de gobierno territoriales, que usualmente adop tan el nombre d e ‘estados’ o ‘p rovincias’ y , además, un gobierno nacional que tiene la facultad de decidir sobre ciertas actividades gubernamentales que afectan a todos los entes miembros.. 12. En la misma lín ea de ideas, encontramos que lo que se da en este tip o de. organ izaciones es la división del p oder p olítico entre un gobierno macro y central, que tiene cierto grado de autoridad sobre todo el territorio de la nación, y el conjunto de gobiernos que lo conforman. Así, una federación es un único Estado en donde las funciones y los poderes se rep arten entre el gobierno central y los locales.. 13. Otra definición del concep to presenta al fed eralismo como una forma de gobierno que se basa en la autonomía de estados federados y la p articipación de los mismos en las instituciones. federales. existentes.. Lo. anterior. p resup one. una. cooperación. intergubern amental d e los estados miembros, materializada a través de p rogramas y financiamientos conjuntos, que p ermite alcanzar fines comunes. De lo anterior, se hace evidente que un Estado Federal se fundamenta en dos p rincip ios, a saber: el de la autonomía, el cual se refiere a la cap acidad de los estados federales de organizarse internamente, y el de la coop eración, el cual establece el trabajo conjunto de las federaciones en pro del Estado Federal establecido. 11. 14. NARANJO MEZA, Vladimiro. Teoría Constitucional e Instituciones P olítica. Temis. Novena Edición. Bogotá: 2003. 286. 12 Cfr. WILSON, James. El Gobierno de los Estados Unidos. Editorial Limusa. Grupo Noriega Editores, México: 1992 13 Cfr. DIAMOND, Martin. A Nation of States: Essays on the American Federal System. Rand McNally & Company. Chicago: 1963 14 Cfr. VIDAL P ERDOMO, Jaime. El Federalismo. Ediciones Rosaristas, Bogotá: 1998 P . 43-54.

(5) 5. Teniendo lo p resentado en cuenta, resulta ló gico ap reciar al pacto federal en el que distintos 15. Estados se unen como un contrato conmutativo y sinalagmático , que cap tura el espíritu de la democracia, ya que al asociarse las p artes de manera libre, estas reciben d el Estado Federado p restaciones equivalentes a las que sacrifican, lo grando al mismo tiemp o mantener su soberanía, en los asp ectos que no son objeto del contrato como tal.16 Un ejemp lo de có mo se mantiene la soberanía de los estados federados es la manera como ellos conservan la p otestad de tener sus p rop ias Constituciones internas y regular asuntos, como el comercio, dentro de sus territorios. Es imp ortante precisar que este contrato usualmente se manifiesta a través de una Constitución, la cual establece las funciones y competencias de cada un a de las p artes en la federación. Ahora, si bien es cierto que a través de una Constitución p uede nacer un Estado Federal, y de hecho en la may oría de los casos sucede así, no lo es que p or el simp le hecho de existir una Constitución Federal el gob ierno lo v ay a a ser también, un ejemp lo esto es Brasil, en donde a p esar de tener un a Constitución federal en la realidad no se p uede hab lar d e una federación, p uesto que la forma co mo está organizado su gobierno no se ajusta a este modelo. Pareciera ser que en Brasil existe un federalismo de p ap el. Tamp oco es cierto que un gob ierno no p ueda ser federal sin contar con una Constitución que ten ga el mismo carácter, ejemp lo de esta h ip ótesis es Canadá, en donde existe una Constitución cuasifederal pero un gobierno organizado enteramente como una federación. A p esar de lo anterior, p arte de la doctrina considera que p ara hab lar de un verd adero federalismo el estado necesita de la existencia de un esp íritu federal tanto en su Constitución como en la forma en la que se llev a su gobierno.. 17. En últimas, p ara que un. Estado sea federal se requiere que, a través de las reglas p erpetuadas en su Constitución, la organ ización del gobierno contemp le una div isión de p oderes, entre el gobierno general y 15. P ara efectos de claridad conceptual es importante tener en cuenta que un contrato conmutativo es aquel compuesto por un “ acuerdo de voluntades en que cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se mira como equivalente de lo que se da o hace por ella.” P or su parte, un contrato sinalagmático es aquel en el que las dos partes se obligan por igual. GARCIA SIERRA, Jaime. Diccionario Jurídico – Ajustado a la Legislación Colombiana. Librería Jurídica Sánchez R. Ltda. Tercera Edición. Bogotá: 2001. 16 Cfr. Op Cit. P ROUDHON, P. 60-70 17 Cfr. Op Cit. WHEARE. P . 15-34.

(6) 6. los regionales (de los estados o p rovincias), que les p ermita ser ind ependientes p ero a la vez coordinados entre sí.. 18. Ahora, si bien la Constitución debe contener los p resup uestos de la. federación ésta no necesariamente debe consagrar exp lícitamente el fed eralismo. Lo anterior es el caso de los Estados Unidos de América, en donde el gobierno es enteramente federal, mientras que su Constitución no consagra exp resamente el federalismo p ero establece las bases p ara el mismo. 19 En contraposición, en el caso d e los Estados Unidos de Colombia, tenemos que la Constitución de 1863 sí consagró el federalismo. Posteriormente se analizará co mo se trasp lantó éste esp íritu en nuestro p aís y , si es que se dio, en la práctica del gobierno.. 2.2 Elementos, Principios y Requisitos del Federalismo 2.2.1 Elementos y Principios Como vimos en el acáp ite anterior, dentro de los Estados Federales coexisten dos ordenamientos jurídicos, el del Estado Federal co mo tal, y el d e los Estados federados. Este es uno de los elementos p rincip ales de las federaciones. La norma es que las facultades administrativas, judiciales y legislativas se en cuentran en cabeza de ambos tip os de Estado, claro está que resp ondiendo a ciertas limitacion es reguladas p or el p acto federativo. Aun así, vale hacer la salvedad que algunas co mp etencias p ueden radicar únicamente en la federación, otras p ueden p ertenecer únicamente a los diferentes estados que la conforman, mientras que algun as otras p ueden ser comp artidas entre los dos. es un elemento común a todos los Estados Federales.. 21. 20. Esta división del p oder. Ejemp lificando esto encontramos. que usualmente es comp etencia del gobierno fed eral regular materias como la defensa nacional, las relacion es internacion ales, el comercio exterior y la moned a. Por su parte, lo normal es que dentro de las comp etencias de los estados federados se encuentre la regu lación de asuntos como la agricultura, el co mercio y la edu cación, p or ser elementos. 18. Ibid. Cfr. Op. Cit. WILSON 20 Cfr. Op Cit.VIDAL PERDOMO. P . 43-54 21 Cfr Op. Cit. DIAMOND 19.

(7) 7. que le interesan a los sujetos vinculados a sus esp acios territoriales.22 Ahora, se d ebe tener en mente qu e para que lo anterior p ueda darse efectivamente es necesario que h ay a autonomía y coop eración multilateral, a la vez, entre los estados federados.. 23. Esta división de p oderes p one en evidencia qu e ambos tipos de gobierno tienen efectos directos sobre las p ersonas, convirtiendo al ciudadano en sujeto de dos gobiernos distintos, el lo cal en el cual habita, y el federal del cu al es p arte. Lo anterior nos llev a a p reguntarnos como es esta relación de coop eración existente entre los gobiernos. Para algunos autores la esencia del federalismo rad ica en el princip io de la división de p oderes men cionado. Así, no constituy e un gobierno fed eral uno donde la rep artición del p oder se h aga de acuerdo a un sistema de asignación y remanentes, asignando p oderes sólo a los gob iernos region ales y dejando el residuo al federal, o v ice versa. Lo imp ortante bajo este princip io no radica en la problemática de a quien se le asignan los p oderes, sino más bien qu e a los gob iernos se les asign en las facultades de manera que no se de nin gún tip o de subordinación, y a sea en la relación entre los estados federados o en la relación entre los estados federados y el Estado Federal. Es p or esto que no es conveniente el sistema de asignación y remanentes previamente mencionado.. 24. El p unto del p rincip io radica en la manera co mo se distribuy en. los p oderes, más que a los sujetos a los que se les asignen. Es p or esto que se dice que el principio federal, en su totalidad, consiste en la repartición de p oderes realizada de tal manera qu e los gobiernos locales y el general sean, dentro de sus prop ias esferas, coordinados e ind ep endientes.. 25. Ahora bien, este p rincip io no es el único presente en los sistemas federales. Además, existen otros p rincip ios que son distintos al mencionado, pero que de una u otra forma ayudan a p erp etuar el fin del mismo. En las federaciones existen los p rincip ios de particip ación y autonomía. Por p articip ación se debe entender la intervención de los distintos miembros de la federación en asuntos internos de la misma, como p or ejemp lo 22. Cfr. COLOMER, JOSEP M. Las Instituciones del Federalismo. FLACSO, México: 1999. 1-8 Ibid. 24 Cfr. Op Cit. WHEARE. P . 1-14 25 Ibid. 23.

(8) 8. todo aquello que constituy e, modifique o altere el p acto federal. Es p or esto que, en princip io, los estados miembros p ueden p articipar activamente, y en igualdad de condiciones, en reformas constitucionales. Por su parte, la autonomía evita que exista control por p arte de las autoridades federales sobre las federadas. Esto se debe evitar p uesto que, bajo el marco constitucional d el federalismo, los estados federados tienen un alto grado de soberanía y por esto son indep endientes y no se encuentran en la obligación de 26. rendir cuentas. Ahora bien, esta la libertad de los Estados miembros de la federación no es absoluta. Por ejemp lo, la autoridad de un Estado no p uede ser tan libre que llegue a subordinar a otros Estados miembros de la federación. Es por lo anterior que se dice que son necesarios los p rincip ios de la armonía y el equilibrio p ara contrarrestar los dos princip ios mencionados anteriormente. 2.2.2. Requisitos Ahora bien, se debe tener en cuenta qu e existen una serie de requisitos que deb en ser cump lidos p ara que tanto el p rincip io federal, como los demás princip ios, p uedan ser aplicados a cabalidad. Primero que todo, los estados miembros deben tener verd adero interés en formar p arte de un Estado Federal. Además, no d ebe existir voluntad p or controlar el gobierno central, ya que esto no se ajusta a la estructura federal. Se dice que este fue el motivo por el cual la Gran Colombia fracasó, llevando a su eventual desintegración. 27 En últimas debe existir deseo de unirse más no de ser unitarios. 28. Entre otros requisitos que debe cump lir una federación p ara poder ser considerada como tal, tenemos que debe hab er a) un ord en constitucional sup remo, b) una efectiva sep aración y 26. Cfr. Op Cit.VIDAL PERDOMO. P . 55-58 Cfr. Op Cit. WHEARE. P . 35-52 28 Según Vladimiro Naranjo, el Estado unitario es “ aquel que posee un solo centro de impulsión política y administrativa, es decir, aquel en el cual la soberanía se ejerce directamente sobre todo el conglomerado social asentado sobre un mismo territorio. De esta suerte, la totalidad de los atributos y funciones del poder político emanan de un titular único, que es la persona jurídica llamada Estado. Todos los individuos colocados bajo la soberanía de este obedecen a una misma y sola autoridad, viven bajo un mismo régimen constitucional y son regidos por las mismas leyes.” (NARANJO MESA, Vladimiro. Teoría Constitucional e Instituciones Políticas. Editorial Temis. Novena Edición. Bogotá: 2003). Como vemos, esto va en clara contravía de los presupuestos del federalismo, en donde los estados federados en ningún momento desean someterse a una autoridad única. Por el contrario, en el Estado federal se busca la cooperación y repartición del poder entre diversos entes, convirtiendo al ciudadano en sujeto de diferentes estados, el federado y el Federal. Así, el individuo es sujeto de diferentes Constituciones y, por tanto, leyes. 27.

(9) 9. coexistencia de los distintos esp acios jurídicos comp etenciales – el federal y el de las entidades federativas -, c) el comp leto sometimiento de ambos tip os de estado a la Constitución, d) la existencia de la demo crática tanto en el n ivel local co mo en el federal, y por último, e) p articip ación activa de los entes fed erales en el d esarrollo del p acto federal a través de rep resentación en los órganos legislativos federales que componen el Poder Constituyente.29. 2.3 El porqué del federalismo Una vez se tiene claro como está compuesto el federalismo, es necesario analizar cuáles son los motivos que llev an a las comunidades a unirse b ajo un Estado Federal. En p rincip io, se debe entender que el sistema fed eral se op one a la jerarquía y centralización admin istrativa, prop ia tanto de las democracias imp eriales y las monarquías constitucionales como d e las rep úblicas unitarias. Ahora, existen motivos que llevan a los Estados a rechazar este tip o de organ ización e instituirse en camb io como un estado federal.. 30. Así, p arece ser que el. gobierno federal es ap rop iado p ara un conjunto de estados que tienen el deseo de unirse bajo un mismo gob ierno para ciertos prop ósitos, p ero mantenerse como estados 31. indep endientes para otros.. El deseo de unirse en un Estado tiene un fundamento. La historia demuestra que a lo largo del tiempo los pueblos se han visto en la necesidad de unirse para p oder alcanzar p rop ósitos comunes. Ahora bien, estos prop ósitos p ueden ser de variada índole y p ueden incluir motivaciones tan div ersas como la d e querer alcanzar la seguridad militar, en un intento de protegerse de p oderes extranjeros, con la acep tación imp lícita que solo mediante la unión se podrá. mantener la indep endencia vu lnerada p or amenazas externas, o p or ansiar las. ventajas y p rogreso económico que una un ión con otros estados p uede traer. De la misma. 29. SERRANO MIGALLON, Fernando. Nuevas Rutas para el Federalismo, Diversidad y Unidad en el Estado Latinoamericano, en “ Federalismo y Regionalismo”. Instituto de Investigaciones Jurídicas. Universidad Nacional Autónoma de México. México: 2002. P . 532 30 Cfr. Op Cit. P ROUDHON, P. 60-70 31 Cfr. Op Cit. WHEARE. P . 35-52.

(10) 10. manera, el d eseo de un irse también p uede ser el simp le resultado de cercan ías geo gráficas o similitudes en las organizacion es p olíticas y a existentes.. 32. Aun así, se debe record ar que como se men cionó en los requisitos necesarios d el federalismo, el deseo de unidad no implica la intención de ser un estado unitario, y a que los estados en las federaciones mantienen su soberan ía e indep endencia. Esto encuentra su base en muchos motivos, algunos de ellos pueden ser su historia, qu e los id entifica y a la v ez los sep ara, o incluso intereses econó micos d istintos, aun cuando la unión sea p roducto del objetivo común de conseguir p rogreso econó mico. Paradó jicamente, la voluntad de permanecer indep endientes también puede ser p roducto de la geo grafía. Por ejemp lo, en Estados Unidos o Canadá las extensiones de tierra son tan vastas que las comun idades se vieron aisladas, alimentando su autonomía y el sentimiento de indep endencia. Otro ejemp lo de esto es Suiza, qu e a pesar de ser un p aís p equeño, se formó a través de comunid ades que se vieron sep aradas p or la geo grafía montañosa del territorio.. 33. En últimas, el fed eralismo p uede ser una forma de Estado ideal p uesto que permite la unión o asociación de grup os humanos que son distintos, ya sea p or motivos de religión, len gua, cultura, raza o tradiciones, entre otros. Una organización federal, en contrap osición a una centralizada, no co mp romete la autonomía d eseada p or los p ueblos que desean unirse.. 34. Ahora bien, es relev ante tener en cu enta las maneras como una federación p uede llegar a formarse, las cuales son esencialmente dos. Por una p arte, la federación p uede ser el resultado de un p roceso de asociación de d iversos estados indep endientes que toman la decisión libre de crear un Estado Federal. Este tipo de formación es conveniente p ara comunidad es que tien en orígenes co munes, historias similares, o p oblacion es relativamente homogéneas, como las de las colonias que inicialmente conformaron a los Estados Unidos de América o los cantones de Suiza. Por otra p arte, la federación p uede ser resultado también de la descentralización d e un Estado antiguamente unitario. Lo qu e suced e en estos 32. Cfr. Op Cit. WHEARE. P . 35-52 Ibid. 34 Cfr. Op Cit VIDAL PERDOMO. P . 35-42 33.

(11) 11. casos, ejemp lificados en las historias de M éxico, Brasil, Venezuela y los Estados Unidos de Colombia, la descentralización se lleva a un p unto tan radical qu e las div isiones territoriales van adquiriendo tal autonomía qu e se crea una relación federal.. 35. 3. El Federalismo en Colombia. 3.1 Primeros Acercamientos al Federalismo 3.1.1. Contexto Poco desp ués de la indep endencia de la Nueva Granad a del R eino Español en 1810, emp ezaron a surgir en el p aís tensiones entre centralistas y federalistas. Lo cierto es que inclusive desde antes de la disolución de la Gran Colombia en 1830, en la Nueva Granada ya se resp iraba un aire federalista, el cual tuvo su p rimera manifestación material con las Constituciones de 1853 y de 1858, y se consolidó formalmente con la Constitución de Rionegro en 1863, la cual dio nacimiento a los Estados Unidos de Colombia,. 36. como se. verá p osteriormente.. Es conveniente p reguntarse de dónde vien e la id ea federalista en Colomb ia. Como se mencionó, desde el momento de la indep endencia h abía una p rop ensión inherente al sistema en el p aís. Si bien se adoptó un sistema p residencial. 37. en el p aís en sus inicios. como nación soberana, lo cierto fue que muchas familias criollas, las cuales eran conocedoras del sistema federal como h abía sido instituido en los Estados Unidos de América, encontraron en el federalismo un a opción d e unión que se ad ap taba a la situación. 35. Cfr. Op Cit VIDAL PERDOMO. P . 29-34 Cfr. VIDAL P ERDOMO, Jaime. El Federalismo. Ediciones Rosaristas, Bogotá: 1998 P . 25-28. 37 El sistema presidencial encuentra su fundamento en la participación de la población en la elección de los gobernantes, en el sufragio universal y en la separación de los diferentes órganos del poder público. Aun así, cabe resaltarse que en los sistemas presidenciales existe una cierta supremacía del ejecutivo sobre los demás órganos, en razón de las facultades que se le dan al presidente. Entre sus características principales se encuentra que el ejecutivo es unipersonal, que el presidente es elegido popularmente, que la responsabilidad política del gobierno es limitada y que no hay un verdadero equilibrio de poderes en la práctica, entre otras. En NARANJO MEZA, Vladimiro. Teoría Constitucional e Instituciones P olítica. Temis. Novena Edición. Bogotá: 2003. P . 306 36.

(12) 12. top ográfica, p olítica y económica d e la n ación qu e habitaban y que se encontraba en proceso de formación.. 38. Ahora bien, uno d e los p rincipales motivos que hicieron d e Colo mbia un p aís segregado, sin una identidad fija, y que ay udó a imp lantar la idea del federalismo, fue la conformación geo gráfica del territorio n acional. “El hecho de que la abrumadora may oría de la p oblación residía en el tercio occidental del p aís, que lo co mp onen tres elev adas cord illeras and inas y 39. la llanura costera d el norte, es significativo.”. Lo anterior hacia que las comun icaciones. entre las p rovincias, al funcionar p or medio de trochas y ríos que hacían difícil su tránsito, fuera casi nula. A manera de ejemp lo, se p uede recordar que p ara med iados del Siglo XIX, una comun icación entre Cartagena y Pop ayán tardaba, en p romedio, un total de seis 40. meses. Indudablemente, el terreno d el p aís hizo muy difícil la intercomun icación de las provincias, p or lo que estas fueron p rop ensas a aislarse y p or tanto se facilitó que surgieran “tip os regionales de p oblación, riv alid ades entre las p rovincias, y sobre todo una adhesión y amor a la localidad y a la p rovincia”. 41. en vez de al p aís.. Antes de entrar a analizar cuáles fueron las primeras ap ariciones formales del federalismo en el p aís, es p ertinente tener en cuenta que, durante el Siglo XIX y gran p arte del Siglo XX, Colombia tenía un a fuerte división d e p artidos p olíticos. La élite de la política emp ezó su división desde el momento de la indep endencia, p ero se consolidó en 1850 con el establecimiento formal del Partido Conserv ador (PC) y del Partido Liberal (PL). El p rimero de ellos buscaba p reservar el legado esp añol del Catolicismo y el autoritarismo. Dicho partido favorecía las estructuras e instituciones coloniales, como la alianza entre Iglesia y Estado, la esclavitud, y la limitación de libertades. Por su p arte, el PL tenía una fuerte 42. tendencia anticolonial y buscaba transformar al p aís en una n ación más moderna . En 38. GILMORE, Robert Louis. El Federalismo en Colombia. Coedición Sociedad Santanderista de Colombia y Universidad Externado de Colombia. Bogotá: 2005. P . 4 39 GILMORE, Robert Louis. El Federalismo en Colombia. Coedición Sociedad Santanderista de Colombia y Universidad Externado de Colombia. Bogotá: 2005. P . 3 40 Cfr. Ibid. 41 Ibid. P . 4 42 Debe tenerse muy claro que cuando se habla de una nación “ más moderna” se hace referencia a una definición amplia de la modernidad entendida como sinónimo de contemporaneidad y contrapuesta a lo clásico. P or esta expresión no se.

(13) 13. términos generales, buscaban redu cir el p oder de la rama ejecutiva, sep arar a la Iglesia del Estado, establecer la libertad de p rensa, de educación, de religión y la eliminación de la pena de muerte. Es muy relevante tener en cuenta que, a diferencia del PC, el PL desarro lló faccion es internas desde su instauración. Aun cuando la may oría de los intereses eran comunes, existían diferencias ideo ló gicas dentro del partido. Es p or esto que se crearon dos grup os dentro del lib eralismo, los Gólgotas, que alentaban la libertad comercial de imp ortaciones, y los Draconianos, quienes buscaban p roteccionismo para apoy ar la industria doméstica.. 43. Esta división p olítica, como se verá mas adelante, resulta. fundamental p ara entender las tensiones y motivaciones que dieron origen al fed eralismo en Colombia y que eventualmente llevaron a su fracaso.. 3.1.2. La Constitución de 1853 En la Constitución sancion ada el 21 d e may o de 1853 p or el presidente José M aría Obando, la “forma unitaria de Estado, adop tada p or los constituy entes desde 1821, se vio modificada en sus p rop ias bases y se vislumbró desde entonces la futura ap arición del fed eralismo.” A través de dos artículos de la Carta Política se le dio un carácter centro-federal. 45. 44. al p aís,. en donde, aun con fuertes tendencias hacia el centralismo, se le dieron amp lias facultades a cada una de las p rovincias, lo que constituy ó “p oder bastante p ara disponer de lo que juzgara conv eniente a su organización, regímenes y administración interior, sin invadir los objetos de competencia del Gobierno General. El gobierno o régimen lo cal estaba a cargo 46. de una legislatura p rovincial.” . De igu al forma, se le reservó al Gobierno central facultades co mo “la conserv ación del ord en, el co mercio exterior, la legislación civ il y está entendiendo la noción de nación moderna correspondiente a la teoría del estado en donde se dice que “ son formaciones sociales de una infinita complejidad, compuestas por diversidad de elementos concomitantes. Surgieron del mundo antiguo, del régimen feudal que durante siglos imperó en Europa, cuyos elementos, amalgamados y organizados bajo el influjo de causas diversas, dieron nacimiento, tarde o temprano, al país, a la Nación moderna.” En NARANJO MEZA, Vladimiro. Teoría Constitucional e Instituciones P olítica. Temis. Novena Edición. Bogotá: 2003. P . 93. 43. Cfr. HANRATTY, Dennis M. y MEDITZ, Sandra W. Colombia: A Country Study. Washington: GPO for the Library ofCongress, 1988. Recuperado el 12 de noviembre de 2008 de: http://countrystudies.us/colombia/15.htm 44 HENAO HIDRON, Javier. P anorama del Derecho Constitucional Colombiano. Editorial Temis. Bogotá: 2004. P . 18. 45 El término centro-federal “ significa un gobierno nacional centralizado cuyos poderes eran moderados y limitados en alto grado por la autonomía provincial en cuanto a asuntos netamente provinciales.” en GILMORE, Robert Louis. El Federalismo en Colombia. Coedición Sociedad Santanderista de Colombia y Universidad Externado de Colombia. Bogotá: 2005. P . 207 46 Ibid. P . 73.

(14) 14. penal, la demarcación territorial, las relaciones exteriores y otras atribuciones de menor imp ortancia.”. 47. En últimas, la forma de gobierno que se estableció con dicha Constitución. era una rep resentativa, rep ublicana, con una determin ada división de p oderes entre un ejecutivo p lural, la Corte Sup rema y un congreso unicameral.. 48. Aun cuando la Constitución rep resentó un triunfo p ara los Liberales, p or ser una producción de los mismos, se aumentaron las tensiones entre Gólgotas y Draconianos. Los Draconianos recibieron hostilmente esta Constitución p orque limitaba la facultad del Ejecutivo d e nombrar a los gobernadores. Por tanto, consideraban que existía la p osibilidad de que las p rovincias cay eran bajo el p oder de la op osición p olítica, y a que la p uerta quedaba abierta a que estos fueran elegidos p op ularmente. Lo anterior llevó a un inev itable aumento en las diferencias ideo ló gicas entre los Gólgotas y Draconianos que en últimas desembocó en la guerra civ il de 1854. Esta guerra sacud ió las bases de la Constitución, puso en tela de juicio las p rop uestas federales insinuadas en la misma. De la misma man era, transformó el map a p olítico nacional ya que los Conservadores se un ieron a los Gólgotas con el prop ósito de defender la misma Constitución radical que h abían co mbatido. El partido Conservador decidió defend er la Constitución p ara p roteger la sup remacía de la legalidad.. 49. En últimas, lo que buscaban los conserv adores con esto no era proteger. aquellos ideales contenidos en la Constitución, sino la no ción de la misma, p rocurando que esta fuera reformad a, p ero no p or medios violentos sino a través de los medios constitucionalmente establecidos p ara ellos.. 3.1.3 La Constitución de 1858 Entre 1855 y 1857 crecieron asp iraciones de autonomía seccion al entre las Provincias, las cuales fueron resp aldadas p or los legisladores y basadas en la facilidad d e reformar la Constitución. Así las cosas, p or medio de reformas constitucionales, se fueron erigiendo 47. TASCÓN, Tulio Enrique. Historia del Derecho Constitucional Colombiano. Editorial Minerva Ltda. Bogotá: 1953. P. 72. 48 Cfr. GILMORE, Robert Louis. El Federalismo en Colombia. Coedición Sociedad Santanderista de Colombia y Universidad Externado de Colombia. Bogotá: 2005. P . 207 49 TASCÓN , Tulio Enrique. Historia del Derecho Constitucional Colombiano. Editorial Minerva Ltda. Bogotá: 1953. P. 75..

(15) 15. ocho estados soberanos50 en el territorio nacional, los cuales eran: Panamá, Antioquia, Santander, Cauca, Cundinamarca, Boyacá, Bolívar y M agdalen a. Lo anterior llevó a que fuera insubsistente la Constitución centro-federal de 1853, p uesto que la noción de estados soberanos no es comp atible con un régimen de este tip o, obligando al p aís a dar un giro hacia un sistema federal.. 51. Por esta razón, en 1858 el p residente conservador Mariano. Osp ina sancionó la Constitución que le dio nacimiento a la Confederación Granad ina.. El nombre del país se basó en el sup uesto que todo aquello que no fuera atribuido p or la Constitución a la Confederación era competencia de los estados autónomos que la conformaban. Considera la doctrina que dicho nombre era a “todas luces imp rop io, p orque nuestro país nunca fue una Confederación Rep ública Federal.”. 53. 52. en el sentido técn ico de la p alabra, sino una. Aun así, siguiendo el esp íritu del nombre d el p aís, la Constitución. estableció co mo co mp etencia del Gobierno general las relaciones internacionales, el créd ito público, la legislación civil y penal, el sostenimiento de la fuerza p ública, la moneda y las rentas de la Confederación, otorgando a los estados soberanos el resto de facultades qu e no fueran asignad as directamente al Gobierno general.. Esta Constitución también ju gó un p apel imp ortante en la transformación del map a p olítico colombiano de ese entonces. Se deb e resaltar que el esp íritu federalista contenido en la misma no fue resultado de la iniciativa d el p artido liberal. Las tensiones suscitadas p or la Constitución de 1853 y la subsecuente guerra civ il que vivió el p aís, terminaron de sep arar 50. Debe resaltarse que la denominación ‘estados soberanos’ fue adoptada por los mismos estados a medida que se iban haciendo las reformas constitucionales que los consagraban como tales. P or tanto, en los libros de historia se reconocen como estados soberanos a los ocho estados que conformaron la Confederación Granadina y los Estados Unidos de Colombia posteriormente. Se les da esta denominación por la inmensa autonomía administrativa, judicial y legislativa con la que contaban. Se debe tener en cuenta que en los estudios de Teoría del Estado el término de ‘soberanía del estado’ , o ‘ estado soberano’ , es mucho más complejo y atañe una serie de características. Ante todo la soberanía contempla un poder absoluto que no admite otro poder sobre si. (NARANJO MEZA, Vladimiro. Teoría Constitucional e Instituciones P olítica. Temis. Novena Edición. Bogotá: 2003. P . 222) Entonces, al referirnos a los estados soberanos contemplados en las Constituciones de 1858 y 1863 no hacemos referencia a la noción contemplada en la Teoría del Estado. En últimas los únicos Estados soberanos en estos casos serían la Confederación Granadina y los Estados Unidos de Colombia. 51 Cfr. HENAO. P . 21. 52 Las Confederaciones siempre son el resultado de tratos internacionales en los cuales los Estados que la conforman mantienen plena soberanía. A su vez, los órganos confederados, los cuales solo tienen poder sobre asuntos de la confederación, se encuentran formados por delegados de los diferentes entes, ya que porque son temporales y porque los sujetos de la confederación no son los individuos que componen a los estados sino los estados mismos. En “ VIDAL PERDOMO, Jaime. El Federalismo. Ediciones Rosaristas, Bogotá: 1998 P . 43-54.” 53 Op. Cit. TASCÓN. P . 81.

(16) 16. al mencion ado partido, p or lo que esta Constitución fue efecto de la in iciativa de la facción liberal Gólgota y el Partido Conservador. No sobra mencionar que el poder político de los Draconianos y a había disminuido considerablemente p ara este p eriodo histórico. Así, se puede decir que el esp íritu federalista de esta Constitución fue resultado “de la alianza de 54. los conservadores con los Gólgotas.” No se p uede p asar por alto que resulta asombroso este acuerdo entre dos corrientes p olíticas tan div ergentes. Es p or lo anterior que se dice que dicho entendimiento fue un alto en el camino de la hostilidad p olítica que existió entre liberales y conservadores desde la ép oca de la indep endencia hasta finales del Siglo XX.. 55. Ahora, el acu erdo entre liberales y conservadores duró p oco. Al igual que la Constitución del 53, la Constitución del 58 dio pie a una violenta guerra civil cuyas p artes eran precisamente estos dos grup os p olíticos. El Partido Conservador, al tener la op ortunidad de dominar el p oder p olítico p or obtener la p residencia Mariano Osp ina Rodríguez, emp ezó a dejar de lado las p olíticas liberales del gob ierno anterior e incitó al Con greso a exp edir “ley es encaminadas a robustecer el p oder central a exp ensas de la soberanía de los 56. estados.” En reacción, el p artido liberal, lid erado p or Tomás Cip riano de Mosquera, inició una batalla p or el p oder p olítico, la cual terminó en su ascenso a la p residencia de la Confederación.. 57. Si b ien la Constitución Política de 1858 no estableció de manera debida un sistema federal, ya que incorrectamente se consagró como una confederación, adop tando una organización prop ia de esta forma de estado, no se p uede dejar de lado que sí se imp lantó el esp íritu federal. Fue p recisamente en el esfuerzo p or la realización de este esp íritu que se llevó a cabo la guerra civil de 1860, la cual a su vez abrió el camp o p ara una nueva Constitución, una que finalmente lo graría consolidar un a forma d e Estado federal en nuestro p aís.. 54. Ibid. P . 83 Op. Cit. HENAO. P. 23 56 Cfr. Op. Cit. TASCÓN. P . 85 57 Cfr. Op. Cit. TASCÓN. P . 85-86 55.

(17) 17. 3.2 Consolidación del Federalismo en Colombia: La Constitución de Rionegro (1863) Como vimos, la guerra civ il que se llevó a cabo a mediados del Siglo XIX entre conservadores y liberales, la cual tuvo como resultado la v ictoria d e los últimos, trajo como consecuencia una ép oca de grand es reformas. No sobra mencionar que la más grand e de ellas fu e la instauración del Estado Federal. En 1863 se reun ió una conven ción constituyente, liderada p or el Presidente Tomás Cip riano de Mosquera en Rionegro, Antioquia, que redactó la nueva Constitución con un in grediente fed eral mucho más agresivo que el de cualquier otro p aís en el hemisferio. Fue así como en los Estados Unidos de Colombia se le confirieron grandes p oderes a los nuev e Estados miembros (Antioquia, Bolívar, Boy acá, C auca, Cund inamarca, M agdalen a, Panamá, Santander y Tolima), p oderes que resultaron mucho más amp lios que los otorgados en el mod elo federal existente en Norteamérica. Tal era el p oder de los estados federados que a estos les comp etía todo aquello que no se le hubiese sido asignado de manera exp resa al Gobierno federal. En la misma línea de ideas, con fundamento en la Constitución, la cámara alta d el Con greso cambio su nombre a ‘Senado de Plenipotenciarios’, casi como si los senadores rep resentaran a naciones soberanas e ind ep endientes y no a estados miembros de un Estado Federal.. 58. Sobre las ramas d el p oder, la Constitución se aco gió nuev amente a la división trip artita del mismo. Ahora bien, en cuanto a su estructura tenemos que el Poder legislativo se d ividía en dos cámaras, el Senado de Plenip otenciarios, que fue men cionado p reviamente, y la Cámara de R epresentantes. La cámara alta se encargaba de representar a los estados miembros y se comp onía p or tres senadores por cada uno de los estados. Por su p arte, la cámara baja representaba al p ueblo colo mbiano como tal, quien es atendiendo a las divisiones geo gráficas tenían derecho a un representante p or cada cincuenta mil. 58. Cfr. BUSHNELL, David. Colombia, una nación a pesar de sí misma: de los tiempos precolombinos a nuestros días. Planeta Colombiana S.A. Bogotá: 1994. P. 170-175.

(18) 18. habitantes.59 Cabe recalcar que este modelo de la rama legislativa es una rép lica casi que exacta del Poder Legislativo en los Estados Unidos de América.. Ahora, en cuanto a la rama ejecutiva, esta sería encabezada por el Presidente de los Estados Unidos de Colombia, quien tenía facultades limitadas y era elegido por los estados miembros (cada uno con un voto) p or un p eriodo de tan solo dos años contados a partir del 1º de abril siguiente al momento de su elección. Por último, el Poder Judicial estaba comp uesto p or la Corte Sup rema Federal, cuyos magistrados eran elegidos por el Con greso partiendo de listas de cinco nombres p resentadas p or las legislaturas de cada uno de los estados.. Como se mencionó p reviamente, el federalismo establecido en dich a Constitución se caracterizó p or la libertad extrema que le dio a sus estados miembros. Dentro de sus amp lias p otestades dichos estados encontraban “autonomía comp leta en materia de legislación y de códigos, sistema electoral, organización admin istrativa e, inclusive, en su fuerza militar, pues cada estado dispuso de su p ropio ejército y resolvió sus conflictos internos sin intervención del ejecutivo central.”. 60. La anterior libertad contrastaba con un. cuerp o legislativo Federal extremad amente fuerte que limitaba completamente la iniciativa legislativa del Presid ente y lo desp ojaba de cualqu ier facultad extraordin aria qu e no se le asign ara exp resamente. 61. Además, sobre la do gmática de esta Constitución enteramente laica se debe resaltar qu e fue exp edida “en nombre y p or autorización del Pueblo y de los Estados Unidos Colombianos que rep resenta (…)” lo que reiteró la sep aración entre la Iglesia y el Estado, hasta el p unto que muchas p ersonas llegaron a considerarla atea. En la misma línea de ideas, atendiendo a los p recep tos liberales que la fundaron, consagraba una p rimacía suprema de la libertad y a la vid a humana. De igu al forma, consagró la libertad de con cien cia y la libertad individu al. Lo anterior, se vio reiterado en la consagración absoluta de la lib ertad de imp renta y de 59. Cfr. Op. Cit. TASCÓN. P . 96 Op. Cit. HENAO. P. 25 61 Ibid. 60.

(19) 19. palabra, locomoción, industria, trabajo, educación y la libertad de portar armas, entre otras medidas extremadamente liberales p ara su época.. 62. Asimismo, tanto a nivel Federal como. local, se estableció la prohibición en las legislaciones de permitir la p ena de muerte, se redujo la p ena corp oral máxima a diez años, y se ordenó el resp eto a las prácticas humanitarias, in cluso en los tiemp os de gu erra.. 63. Evidentemente, al establecer disp osiciones de este tip o, y un federalismo tan libre, la Constitución de Rionegro se convirtió en una de las Constituciones más liberales de la historia de nuestro p aís. Sin duda alguna mucho más liberal que su sucesora, la Constitución de 1886, la cual dio p or terminado el federalismo, rev irtiendo la forma de estado a una centralista y adoptando una dogmática muy conservadora. Como es claro, en Co lombia el fed eralismo surgió como una idea que tardó v arios años, Constituciones y guerras civiles p ara p oder materializarse. Tamb ién es claro que, resp ondiendo a la autonomía y sentido de la indep endencia de cada una de las Provincias, se originaron Estados soberanos que motivaron la instauración de un sistema federal, plasmado en la Constitución de 1863. Fue este esp íritu de autonomía, en conjunto con el dominio d el p oder p or parte del p artido liberal, lo que llevó a que el federalismo instaurado fuera p articularmente permisivo con resp ecto a las potestades de sus estados miembros y muy liberal en cuanto a los derechos que consagrab a. Ahora bien, se d ebe estudiar cu áles eran las condiciones sociales y p olíticas del país durante el periodo 1863-1886, y como se adap taron los presup uestos de esta Constitución a los mismos, para determinar cuáles fueron los motivos que llevaron al fracaso del fed eralismo instaurado en dicha Constitución.. 4. El fracaso del federalismo en los Estados Unidos de Colombia. 62 63. Cfr. Op. Cit. TASCON. P . 95 Cfr. Ibid..

(20) 20. Como se exp uso, el federalismo tuvo aplicación oficial en nuestro p aís desde la Constitución de Rionegro en 1863, la cual dio nacimiento a los Estados Unidos de Colombia, hasta la p romulgación d e la Constitución de 1886. Como se verá a continuación, este p eriodo de nuestra historia nacion al es recordado con ciertas reservas ya que, indudablemente, Colombia atravesó una serie de guerras civiles y p roblemas políticos, gubern amentales y sociales que llevaron a una desintegración de la Unión y en últimas, llevó a la creación de una Constitución centralista de una línea mucho más conservadora a la anterior. Dicha Constitución no solo cambió la forma de Estado utilizada, sino que re direccionó el curso del d esarrollo económico y social del país, haciendo que los ideales federales fueran observados co mo ideas lejanas, p ero sobre todo, altamente ineficaces.. 64. 4.1. El contexto social En la década inmediatamente anterior a la promulgación de la Constitución de Rionegro de1863 el p aís sufrió dos grandes guerras civiles que camb iaron el curso de la historia nacional y alteraron su map a político. La segunda de ellas en p articular, la que se vivió durante la v igencia de la Constitución de 1858, fu e la que insp iró a los nueve estados soberanos a unirse nuevamente, esta vez. bajo la Constitución federal de 1863, p ara. alcanzar el propósito común del p rogreso. En este esp íritu, dicha Constitución, además de dar autonomía administrativa, legislativa y judicial a cada estado miembro, también dotó al colombiano de un sinnúmero de libertades, como lo fu e la lib ertad individu al, la cu al no tenía “más limites que la libertad de otro individuo; es decir, la facultad de hacer u omitir todo aquello que de cuy as ejecu ción u omisión no resulta daño a otro individuo o a la comunidad,”. 65. la libertad absoluta de imp renta y de p alabra.. 66. Aun así, cabe resaltar que las condiciones sociales de Colombia en el momento de la promulgación de esta Constitución no se adaptaron al id eario soñado p or la misma, y las libertades consagradas no ay udaron a hacer la situación mejor. Lo cierto es qu e acomodado en un nuevo poder, el hombre de Colombia no logró ad ap tarse a la realidad social 64. Cfr. Op Cit. VIDAL PERDOMO. P . 73-74. Constitución Política de los Estados Unidos de Colombia. 1863. Art. 15 No. 3 66 Ibid. Art. 15. No 6 y 7. 65.

(21) 21. demarcada p or las gu erras civ iles, las candentes luchas p olíticas y las disputas religiosas, que realmente vivía.. 67. A manera de ejemp lo se p uede decir que la libertad absoluta de. prensa y de p alabra dio luz verde constitucional, a una p oblación alterada p or diferen cias ideoló gicas, p ermitiéndole hacer acusaciones falsas, lo que en ú ltimas sentó las bases p ara el derrocamiento violento de gobiernos lo cales, tal y como se verá p osteriormente.. Además, la Constitución tenía una incon gruen cia al consagrar la sup remacía de la vida, prohibiendo la pena de muerte, p ero a la vez estableciendo el derecho a la seguridad y permitiendo el p orte de armas. Contradictoriamente, se le d aba p lena lib ertad a la ciudadanía p ara la p osesión y el comercio d e armas y municiones, enviando una no ción 68. tácita de que la justicia p odía ser tomada en las p rop ias manos. Reiterando lo anterior, la Constitución p rohibía las p enas de prisión sup eriores a los 10 años, lo cu al d aba la imp resión de la imp unidad de los crímenes. Todo esto contribuía a agitar la tensión social y la in conformid ad existente dentro de la población colomb iana durante este p eriodo histórico.. Otro elemento que sacudió las bases de la socied ad, y revolvió los ánimos del sector más 69. conservador de la misma, fu e la p romulgación p or p arte del Pap a Pío IX del Sillabus el 8 de diciembre de 1864. Este documento era un compendio de los ‘errores modernos,’ en donde se condenab a la libertad d e con cien cia, de p ensamiento, de p rensa, de enseñanza, de asociación y educación, entre otras libertades.. 70. Como es de esperarse, al encontrarse. consagrados todos estos elementos contenidos en la Constitución de 1863 se considero que ésta era una Ley atea, lo cu al no cay ó bien dentro de los conservadores y algun as facciones del p artido liberal. Increíb lemente, aunque comp rensible p ara la ép oca, este hecho jugó un pap el fundamental en hacer aun más p rofunda la división que había en el país p or cuestiones p olíticas. 67. Op. Cit. HENAO. P. 25. Cfr. Op. Cit. BUSHNELL P . 170-171 69 Pio IX fue P apa desde el 16 de junio de 1846 hasta el día de su muerte el 7 de febrero de 1878. Este P apa fue bastante controversial por sus prohibiciones a la libertad de religión y por condenar abierta y públicamente la separación entre Iglesia y Estado. 70 Op Cit. TASCON. P . 99 68.

(22) 22. Un último elemento que contribuy ó a tensionar aun más a la sociedad colombiana de la segunda mitad del siglo XIX; fue que, aun cuando en su capítulo segundo la Constitución consagraba cuáles. obligaciones recaían sobre la Unión y cuáles sobre los estados. federados, la diferencia en la práctica no era tan clara. Además, las funciones que cump lía cada una de las p artes no siempre se realizó de manera muy eficiente. Partiendo de la gran autonomía y autodeterminación que les p ermitía la Constitución, muchos estados se emp ezaron a ocup ar de asuntos que el gobierno central, radicado en Bo gotá, descuidó con el tiemp o. El p roblema de esto radicaba en que los estados no contaban con los mismos recursos y en su gran may oría estos eran muy p ocos. Evidentemente, lo anterior dificultaba la consecu ción de sus actividades. En resp uesta a esto, el Tesoro Nacional, a p etición de los mismos estados, emp ezó a repartir subvenciones, las cuales no siemp re eran equitativas. Como era de esperarse, esto generó inconformidad es entre los estados y el gobierno, y en últimas fue uno de los muchos elementos que ay udo a debilitar el sistema fed eral.. 71. Algo. similar ocurrió con el sistema educativo. La educación era una obligación radicada en cabeza de los estados federados, p ero al no contar éstos con los recursos suficientes p ara encargarse, fu e el gobierno de la Unión quien hizo los únicos p ocos esfuerzos para dar cump limiento a este servicio p úblico, llevando a un d esgaste económico de este último.. 72. En últimas, todos estos elementos que afectaron la sociedad fo mentaron el incremento de tensiones p olíticas, llevaron a más guerras civiles, a un a nueva segregación d el p artido liberal, y p or último, a un cambio total en el gobierno y en la forma de Estado, tal y como se verá a continuación.. 4.2 Contexto Político El map a p olítico colombiano sufrió cambios dramáticos durante la vigencia de las Constituciones de 1853 y 1858, y ciertamente la Constitución de 1863 no fue la excep ción. La guerra civil de 1860, qu e en últimas llevó a los constituy entes a Rionegro, tuvo funestas 71 72. Cfr. Op Cit. BUSHNELL P . 173-176 Ibid..

(23) 23. consecuencias y fue que exacerbó los odios políticos y convirtió los p artidos en escu elas ideoló gicas. Hasta el momento p revio a la p romulgación de la Constitución de los Estados Unidos de Colombia las fronteras doctrinarias que sep araban a nuestras colectividades históricas fueron hasta cierto punto fluctuantes o vagas; p ero a p artir del año 1860, según Tascón, los p artidos trasladaron sus querellas del campo meramente p olítico a uno filosófico, causando un tremendo p erjuicio para la Nación, p or la intransigencia d e los distintos p artidarios.. 73. Luego de la Guerra Civil de 1860, la cual terminó con el golp e de Estado de Tomás Cip riano de Mosquera y la instauración de la nueva Constitución, el mismo Tomás Cip riano de M osquera, antes conservador, es elegido p residente de la unión como liberal moderado p ara el p eriodo 1866-1868. Desde el momento de su ascenso al p oder, emp ezaron a aumentarse las tensiones existentes entre el ejecutivo y el Congreso. Lo cierto es que la Constitución de Rionegro de 1863 resultaba ser una camisa de fuerza p ara el ejecutivo y , sin desconocer la autonomía d e los estados federados, era muy permisiva con el Legislativo, d ándole las riendas d el p oder. Lo anterior no calzó bien con el hecho de que el Congreso y el Presidente tenían p osiciones p olíticas divergentes, siendo el p rimero de una línea liberal radical y el segundo liberal mod erado, lo que llevó a que tratasen de anularse el uno al otro, p oniendo en p eligro la estabilidad p olítica d el país.. 74. La situación se hizo más tensa aun cuando el Con greso p romulgó la Ley del 11 de marzo de 1867, que obligaba al Gobierno de la Unión a mantener absoluta neutralidad en caso de guerras entre los estados federados o guerras civ iles al interior de los mismos. Evidentemente, eso fu e un agresivo intento del Con greso de limitar aun más el poder del presidente p or considerar p eligrosas sus tendencias políticas. Dicha Ley fue amp liamente refutada p or el Presidente de la Unión quien, al no con cordar con semejante limitación al ejecutivo, dijo “mañana, si yo me prestara sancionar esta Ley que me ordena la estricta neutralidad en med io de matanzas producidas por el vértigo revolucionario, mañana, 73 74. TASCON. P . 99. Cfr. Op. Cit. HENAO. P . 26-27.

(24) 24. quedaría disuelta la República, enterradas en eterno descredito, para no rehabilitarse mas, 75. las instituciones federales(…). ” Lo cierto es que M osquera “reaccionó vio lentamente contra esta Ley corrompida y corruptora, y devolvió el p roy ecto objetado, porque entrañaba “una idea disociadora, exagerando la doctrina federal”, y p orque “conduciría a la disolu ción de la república por medio de la anarquía.”. 76. En últimas, la puja del Con greso p udo más, y. esta Ley adquirió p lena vigencia, alterando el ru mbo del Estado Federal.. Es evidente qu e el p rincip io federalista tenía gran fortaleza en la Constitución de 1863 y se vio reforzado, quizás en extremo, con la ley del 11 de marzo de 1867. La primera muestra significativa de la absoluta autonomía con la qu e contaban los estados federados se dio con el ascenso al p oder de M anuel M urillo Toro. Este p residente de los Estados Unidos de Colombia mantuvo una p osición completamente neutral ante una guerra civil en el Estado de Antioquia que eventualmente cu lminó con la dep osición del gobierno liberal. y la. instauración de uno conserv ador, p lenamente reconocido por el gob ierno de la Unión.. 77. Este evento, aunque bien fundamentado en la Constitución y la Ley , sentó un p ésimo precedente p ara el p aís, p uesto que se reafirmó la no ción de que la insurgen cia y la violencia eran man eras legítimas p ara derrocar el p oder y crear nuevos gobiernos. De ah í en adelante, vin ieron decenas de guerras civiles locales y más de una guerra civil nacional, que jugaron un p apel fundamental en d esp edazar a aquel p aís federal qu e concedía tanta autonomía que a duras p enas su Constitución lograb a mantenerlo un ido. Considera la doctrina que fu e la mencion ada ley , más que la Constitución misma, la que más contribuy ó a que se desarticulara la nación.. 78. La sep aración ya existente dentro del p artido liberal al in ició de la p rimera p residencia de los Estados Unidos de Colo mbia se materializó comp letamente con el nacimiento de dos faccion es del partido, los radicales y los indep endientes. Los p rimeros ap oyaban la candidatura p residencial p or el p artido liberal del Sr. Aquileo Parra, mientras que los 75. Op. Cit. TASCON. P . 97 Ibid. 77 Cfr. Op Cit. BUSHNELL. P . 175-177 78 Cfr. Op. Cit. HENAO. P . 27-29. 76.

(25) 25. segundos ap oy aban la de Rafael Núñez. Se deb e resaltar que esta segregación no era algo comp letamente nuevo en los círculos liberales sobre todo si se tienen en cuenta que los radicales no eran más que una exp ansión de los disminuidos Gólgotas, mientras que los indep endientes eran algo como una resucitación de los Draconianos. En últimas, el candidato oficial del p artido p ara las sigu ientes elecciones p residenciales (1876) resultó ser Parra, lo qu e hirió p rofundamente la sensibilidad d e los ind ep endientes y a su líder. Teniendo en cuenta qu e los lib erales hab ían sido el partido de gob ierno durante los catorce años de existencia de la Unión federal y ahora se empezaba a evidenciar una separación más fuerte que nunca, los conservadores ap rovecharon la d ebilidad interna del liberalismo y se lanzaron a iniciar una gu erra civil en contra de los radicales. Dicha gu erra posteriormente contó con el apoy o, o p or lo menos con la benevo lente neutralid ad, de los liberales indep endientes.. 79. La guerra civil de 1876 movilizó a los conservadores y al clero, quienes se op onían fervientemente a la Constitución lib eral y a su gobierno. A su vez, también agitó los ánimos de los indep endientes, sobre todo entre los de la costa atlántica quienes consideraban, al igu al que todos los conservadores, que su p oder e influencia era menor de lo debido, y a que desde la caída de M osquera en 1866 todo el p oder se había centrado sobre los radicales. Efectivamente, los últimos diez años de gobierno h abían sido de p residentes de esta facción liberal. De la misma forma, los ind ependientes considerab an que los rad icales utilizaban los recursos de la federación en p royectos regionales. Las regiones beneficiadas eran, en princip io, aquellas de donde venían los líderes oligarcas, en el ‘oriente’ del p aís. En p arte, Rafael Núñez era tan p op ular entre los indep endientes p uesto que p or ser oriundo del Estado de Bolívar su cand idatura y eventual ascenso al p oder terminarían con el monop olio del p oder central ejercido p or p olíticos radicales qu e p arecían favorecer únicamente a sus regiones de origen.. 80. Esta guerra civil no tuvo los resultados esp erados y debilitó a los indep endientes temp oralmente, p ermitiendo así que los radicales continuaran en el poder por dos periodos 79 80. Cfr. Op Cit TASCON. P . 98-99 Cfr. Op Cit BUSHNELL. P . 176-181..

(26) 26. presidenciales más. Su consecuencia máxima fue separar comp letamente al p artido liberal. Aun así, en 1880 Rafael Núñez llegó por p rimeva vez a la presidencia, terminando así con catorce años de hegemonía radical. Durante su p rimer mandato el Presidente estimuló el intervencionismo estatal con “determinaciones tales como la creación del Ban co Nacion al y la p rotección aduanera.”. 81. Como era de esperarse, esto molestó p rofundamente a los. radicales. En 1884, Núñez llegó a la p residencia p or segund a vez, esta vez más determinado que nunca a realizar un camb io jurídico-institucional en la nación y aumentar todavía más la intervención del Estado. Fue así como “los radicales, ante el p eligro del derrumbe de su obra tan celosamente defendid a, se alzaron en armas contra el gobierno”. 82. dando origen a la. guerra civil de 1885.. La guerra civil d el 85 resultó en la derrota de los radicales y en la exp iración d e la Constitución de 1863. Este fue el escenario que le p ermitió al p residente Núñez exclamar: “La Constitución de Rionegro ha dejado de existir” y a su vez convocar, el 10 de septiembre de ese mismo año, al Consejo Nacion al d e Delegatorios para delib erar sobre las condiciones p ara crear una nueva Constitución. De la misma manera, esta guerra significó la muerte p olítica de los radicales y del Estado Federal como tal en Colombia, el cu al dejó de existir al surgir el Estado central instaurado p or la Constitución de 1886 y mantenido, con ciertas variacion es, en la Constitución Política d e 1991.. 4.3 El Contexto y su relación con la Constitución Es evidente que el p eriodo de vigen cia de la Constitución de Rionegro fue escenario de ásp eras condiciones sociales y un clima p olítico b astante agitado. Ahora bien, tamb ién es claro qu e estas condiciones fueron las que condujeron a guerras civiles que acab aron con la Constitución y con el federalismo de los Estados Unidos de Colombia. En la misma lín ea de ideas, es p ertinente analizar cuál fue el pap el de la Constitución, si es que ésta jugó algún p ap el, en la creación y desenvolvimiento de las condiciones p olíticas y sociales exp uestas p reviamente. 81 82. Op. Cit. HENAO. P. 28 Ibid..

(27) 27. Lo p rimero que se deb e recordar d e esta Constitución es que fue un a creación de la facción más liberal dentro del lib eralismo, por tanto en el momento de su redacción éstos se preocup aron no solo p or consagrar grand es libertades a los estados y los ciudadanos, como fue exp uesto anteriormente, sino p orque dichas libertades fueran resp etadas. Lo anterior se logró estableciendo que la Constitución solo pudiera ser reformada a través de la solicitud de la may or p arte de las legislaturas estatales, su ap robación en ambas cámaras y la 83. ratificación, con voto unán ime en el Senado de Plenip otenciarios , en donde cada estado 84. contaba con un voto. Se dice qu e ésta rigidez extrema d e la Constitución fue su defecto cap ital y lo que la llevó a su ruina.. 85. Lo cierto es que la Constitución de Rionegro ju gó un p ap el central p ara ayudar a agitar el ánimo de los colombianos, tanto en el asp ecto social como en el p olítico. En el ámb ito social, fue la Constitución la que consagró un a serie de contradiccion es, como lo fue prohibir la p ena de muerte y establecer p enas corp orales mínimas p ero p ermitir el derecho a la seguridad y al p orte de armas, que alteraron la noción de justicia y aumentaron el sentimiento de imp unidad entre los ciudadanos. Además, al redactar la Constitución no se tuvo en cuenta que existían sensibilidades p or la ocurrencia de guerras civ iles anteriores y que el país se en contraba divid ido en d istintas ideolo gías p olíticas, las cuales eran promovidas y defendidas fervientemente. Esto se hizo evidente cuando se consagró la libertad absoluta de imp renta y de p alabra, fomentando así los ataques p olíticos abiertos basados en injuria y calumnia, que en últimas no hicieron más qu e generar más d iferen cias y herir sensibilidades dentro de la p oblación.. En el camp o p olítico, si bien uno d e los motivos que más au mentó la impop ularidad del Estado y afecto su estabilidad fue la Ley del 11 de marzo de 1867, en donde se establecía que el gobierno de la Unión se deb ía mantener neutral ante la ocurrencia de guerras civ iles locales y reconocer a los nuevos gobiernos instaurados p or ésta vía. Aun así, si bien fue 83. Constitución Política de los Estados Unidos de Colombia. 1863. Art. 92 (REFORMA) Cfr. Op. Cit. HENAO. P . 26 85 Cfr. Op. Cit. TASCON. P . 97 84.

(28) 28. ésta Ley la que limitó el p oder del Ejecutivo p ara tomar iniciativa frente a estos sucesos, fue la Constitución la que dotó al Congreso para p romulgar una ley tan p oderosa y limitó las funciones del Presidente para objetarla. Ahora bien, un último p unto en el camp o político en donde la rigid ez de la Constitución ju gó un p ap el p rotagónico fue en el aumento entre las tensiones p artidarias y la división del p artido liberal, que en últimas llev aron a dos guerras civiles. Ciertamente, una Constitución de un corte tan liberal que no permitía ningún camp o para ser reformada, h izo que los conservadores se sintieran, hasta cierto punto, excluidos de todo tip o de p articip ación p olítico. Lo mismo le sucedió a la facción más conservadora del liberalismo, ‘los ind ep endientes’, quienes al no sentirse id entificados con la Constitución y el gob ierno, se unieron a los conservadores en la guerra civil de 1875. Para el año de 1885, momento en el cual los indep endientes y a habían logrado ascend er al poder, fue p or un imp ulso de proteger la Constitución y mantener sus p ostulados liberales, que los rad icales in iciaron la guerra civil que los llevó a la muerte política y que acabo con 86. la Constitución. No es absurdo asumir que las guerras civiles no habrían sido necesarias si la Constitución no hubiera sido imposible de camb iar. No es nin gún secreto que las reformas constitucionales p ermiten que la misma se adap te a las necesid ades nacion ales y abran espacio a la inclusión social y p olítica.. En gen eral, se puede decir que la ad ministración del Estado durante los años de 1863 y 1886 fue relativamente ordenada, en el sentido en que se hacía resp etar la Constitución. Lamentablemente, los gobiernos existentes durante este periodo no lograron utilizar el federalismo como un mecan ismo p ara luchar contra las diferencias sociales y regionales y alcanzar un a nación v erdaderamente unificada. Por el contrario, parece qu e el contexto social y p olítico sólo se hizo más tenso durante este tiemp o, generando gu erras civ iles locales y nacionales que solo lograron sep arar aun más el p aís. 5. Conclusiones. 86 87. Cfr. Op. Cit. TASCON. P . 97 Cfr. Op. Cit. BUSHNELL P . 182.. 87.

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