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DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE

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DE LA COMISIÓN DE MEDIO

AMBIENTE Y RECURSOS

NATURALES, CON PUNTO DE

ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA

S

EMARNAT A ELABORAR PROGRAMAS QUE GARANTICEN EL MANEJO ADECUADO Y EL RECICLAJE DE UNICEL Y DEMÁS PLÁSTICOS DE USOS COMERCIAL E INDUSTRIAL, CONFORME AL PROGRAMA

NACIONAL PARA LA

P

REVENCIÓN Y

G

ESTIÓN DE LOS

R

ESIDUOS

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la LXI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, el expediente número 2886, que contiene la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a hacer cumplir la Ley General Para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos referente al manejo aplicable a productos de consumo que, al desecharse, se convierten en residuos peligrosos, en particular el unicel y demás plásticos, presentada por la Diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

En virtud del análisis y estudio del punto de acuerdo que se dictamina, esta comisión legislativa, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, numeral 1 y 45 numeral 6, incisos e) y f), y numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados: Unidos Mexicanos; así como los artículos 79, 80 numeral 1, 82 numeral 1, 84 numeral 1, 85, 100, 157 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen, de acuerdo con los siguientes:

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada el 7 de septiembre de 2010 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la diputada Sofía Castro Ríos, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a hacer cumplir la Ley General Para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos referente al manejo aplicable a productos de consumo que, al desecharse se convierten en residuos peligrosos en particular el unicel y demás plásticos.

Segundo. En esa misma fecha, dicha propuesta con punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

En la proposición con punto de acuerdo la diputada promovente señala que la Semarnat debe hacer cumplir la Ley General para la Prevención y Gestión de riesgos respecto al manejo aplicable a productos de consumo que al desecharse se convierten en residuos peligrosos en particular el unicel y demás plásticos.

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Uno. A hacer cumplir la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, referente al manejo aplicable a productos de consumo que al desecharse se convierten en residuos peligrosos, en particular el unicel y demás plásticos usados en el hogar y la industria.

Dos. A elaborar programas y proyectos que garanticen el manejo adecuado y reciclaje del unicel y demás plásticos de uso comercial e industrial.

Tres.

En relación a lo expuesto por la Diputada Promovente, cabe señalar lo siguiente:

A usar tiempo aire oficial en los medios de comunicación para difundir campañas que den a conocer el riesgo que conlleva el uso de unicel y demás plásticos para el ecosistema.

El unicel o poliestireno expansible (EPS) es un material dúctil y resistente a temperaturas bajo cero, pero a temperaturas elevadas, aproximadamente a 88°C, pierde sus propiedades. 1

Debido a ello, y a su bajo coeficiente de conductividad térmica, se utiliza como aislante a bajas temperaturas. Posee poder de amortiguamiento, es decir, permite absorber la energía producida por golpes y vibraciones. Flota en el agua y es completamente inerte a los metales.

Resiste la mayoría de los ácidos, soluciones alcalinas y saladas, sin importar su concentración. También resiste a la temperatura e intemperie, no es tóxico. Sin embargo, no es resistente a solventes orgánicos o aceites minerales.

El EPS es uno de los termoplásticos más versátiles por lo que tiene aplicación en: - Edificación

- Vivienda - Industria - Envases

En México se producen al año 8 millones de toneladas de envases, 16 por ciento son de plástico y 2 por ciento de unicel unas 160 000 toneladas de unicel más o menos. 2

Visto lo anterior es importante destacar que el unicel o poliestireno expandido no está considerado como residuo peligroso en la Ley General para la Prevención y Gestión de Residuos.

Artículo 16. La clasificación de un residuo como peligroso, se establecerá en las normas oficiales mexicanas que especifiquen la forma de determinar sus características, que incluyan los listados de los mismos y fijen los límites de concentración de las sustancias contenidas en ellos, con base en los conocimientos científicos y las evidencias acerca de su peligrosidad y riesgo

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Aunado a lo anterior, la NOM-052-Semarnat-1993 (antes NOM-052-ECOL1993) que es la Norma Oficial Mexicana que establece las características de los residuos peligrosos y listados de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente, tampoco contempla al Unicel o Poliestireno como residuo peligroso.

Por lo que el Unicel al no estar contemplado como residuo peligroso, no puede estar sujeto a un plan de manejo, tal y como lo establece la Ley General de Prevención y Gestión de Residuos

Artículo 31. Estarán sujetos a un plan de manejo los siguientes residuos peligrosos y los productos usados, caducos, retirados del comercio o que se desechen y que estén clasificados como tales en la norma oficial mexicana correspondiente:

I. Aceites lubricantes usados; II. Disolventes orgánicos usados;

III. Convertidores catalíticos de vehículos automotores;

IV. Acumuladores de vehículos automotores conteniendo plomo; V. Baterías eléctricas a base de mercurio o de níquel-cadmio; VI. Lámparas fluorescentes y de vapor de mercurio;

VII. Aditamentos que contengan mercurio, cadmio o plomo; VIII. Fármacos;

IX. Plaguicidas y sus envases que contengan remanentes de los mismos; X. Compuestos orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados;

XI. Lodos de perforación base aceite, provenientes de la extracción de combustibles fósiles y lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas residuales cuando sean considerados como peligrosos;

XII. La sangre y los componentes de ésta, sólo en su forma líquida, así como sus derivados;

XIII. Las cepas y cultivos de agentes patógenos generados en los procedimientos de diagnóstico e investigación y en la producción y control de agentes biológicos;

XIV. Los residuos patológicos constituidos por tejidos, órganos y partes que se remueven durante las necropsias, la cirugía o algún otro tipo de intervención quirúrgica que no estén contenidos en formol, y

XV. Los residuos punzo-cortantes que hayan estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas durante el diagnóstico y tratamiento, incluyendo

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navajas de bisturí, lancetas, jeringas con aguja integrada, agujas hipodérmicas, de acupuntura y para tatuajes.

La Secretaría determinará, conjuntamente con las partes interesadas, otros residuos peligrosos que serán sujetos a planes de manejo, cuyos listados específicos serán incorporados en la norma oficial mexicana que establece las bases para su clasificación. Respecto a la petición en donde se solicita la elaboración de programas para el manejo para el reciclaje del unicel, esta comisión estima pertinente se exhorte la Semarnat elabore los mismos, toda vez el manejo incorrecto de los residuos sólidos incide directamente en la degradación ambiental y en la salud pública.

Sirva de sustento lo que se expresa en el Eje Rector 4 del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, denominado “Sustentabilidad ambiental2, donde se plantea el objetivo 12 dedicado a la reducción del impacto ambiental de los residuos.

Lo cual da fundamento al objetivo del que parten los preceptos en los que se sustenta el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos 2009-2012. Por lo que hace a la petición del uso de tiempos oficiales para las campañas sobre el riesgo que conlleva el uso del unicel, esta Comisión se declara incompetentente, por no ser materia de la misma, sirva como fundamento la Ley Federal de Radio y Televisión:

Artículo 59. Las estaciones de radio y televisión deberán efectuar transmisiones gratuitas diarias, con duración hasta de 30 minutos continuos o discontinuos, dedicados a difundir temas educativos, culturales y de orientación social. El Ejecutivo Federal señalará la dependencia

Por lo anterior, se considera necesario exhortar a la Semarnat para que elabore los programas que garanticen el manejo adecuado y reciclaje del unicel y demás plásticos de uso comercial e industrial, acorde con el Programa Nacional para la Prevención y Gestión de los Residuos.

que deba proporcionar el material para el uso de dicho tiempo y las emisiones serán coordinadas por el Consejo Nacional de Radio y Televisión.

De acuerdo con lo antes expuesto, los integrantes de la comisión dictaminadora legislativa que suscriben el presente, se permiten someter a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Semarnat para que elabore los programas que garanticen el manejo adecuado y reciclaje del unicel y demás plásticos de uso comercial e industrial, acorde con el programa nacional para la prevención y gestión de los residuos.

Notas

1 http://www.aniq.org.mx/cipres/clasificacion.asp

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2 http://ecoblog.com.mx/el-unicel-y-sus-peligros/

Dado en el Salón de Plenos de la Honorable Cámara de Diputados el día de Marzo de 2011.

La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Ninfa Salinas Sada (rúbrica), presidenta; Andrés Aguirre Romero (rúbrica), Ernesto de Lucas Hopkins (rúbrica), Héctor Franco López (rúbrica), Francisco Alejandro Moreno Merino, Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (rúbrica), Agustín Torres Ibarrola (rúbrica), Ma. Dina Herrera Soto (rúbrica), Araceli Vásquez Camacho (rúbrica), Alejandro Carabias Icaza (rúbrica), Jaime Álvarez Cisneros, secretarios; María Estela de la Fuente Dagdug (rúbrica), Jorge Venustiano González Ilescas (rúbrica), Susana Hurtado Vallejo (rúbrica), Víctor Manuel Kidnie de la Cruz, César Daniel González Madruga (rúbrica), José Ignacio Pichardo Lechuga (rúbrica), Adela Robles Morales, José Alfredo Torres Huitrón (rúbrica), Alejandro Bahena Flores (rúbrica), Óscar Saúl Castillo Andrade (rúbrica), Juan Pablo Escobar Martínez (rúbrica), Jesús Giles Sánchez, José Manuel Hinojosa Pérez, Leoncio Morán Sánchez (rúbrica), Rafael Pacchiano Alamán (rúbrica), Víctor Manuel Anastasio Galicia Ávila (rúbrica), César Francisco Burelo Burelo (rúbrica).

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