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IMPRESO SOLICITUD PARA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES

1. DATOS DE LA UNIVERSIDAD, CENTRO Y TÍTULO QUE PRESENTA LA SOLICITUD

De conformidad con el Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales

UNIVERSIDAD SOLICITANTE CENTRO CÓDIGO

CENTRO

Universidad de A Coruña Facultad de Ciencias de la Educación 15019803

NIVEL DENOMINACIÓN CORTA

Máster Investigación e Innovación en Didácticas Específicas para

Educación Infantil y Primaria DENOMINACIÓN ESPECÍFICA

Máster Universitario en Investigación e Innovación en Didácticas Específicas para Educación Infantil y Primaria por la Universidad de A Coruña; la Universidad de Santiago de Compostela y la Universidad de Vigo

RAMA DE CONOCIMIENTO CONJUNTO

Ciencias Sociales y Jurídicas Nacional

CONVENIO

Convenio de colaboración UDC,USC E UVIGO

UNIVERSIDADES PARTICIPANTES CENTRO CÓDIGO

CENTRO Universidad de Santiago de Compostela Facultad de Ciencias de la Educación 15027642

Universidad de Vigo Facultad de Ciencias de la Educación y del

Deporte

36020507

HABILITA PARA EL EJERCICIO DE PROFESIONES REGULADAS

NORMA HABILITACIÓN

No

SOLICITANTE

NOMBRE Y APELLIDOS CARGO

MANUEL PERALBO UZQUIANO Decano

Tipo Documento Número Documento

NIF 32442975A

REPRESENTANTE LEGAL

NOMBRE Y APELLIDOS CARGO

JULIO ERNESTO ABALDE ALONSO Rector

Tipo Documento Número Documento

NIF 36013481N

RESPONSABLE DEL TÍTULO

NOMBRE Y APELLIDOS CARGO

MANUEL PERALBO UZQUIANO Decano

Tipo Documento Número Documento

NIF 32442975A

(2)

2. DIRECCIÓN A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN

A los efectos de la práctica de la NOTIFICACIÓN de todos los procedimientos relativos a la presente solicitud, las comunicaciones se dirigirán a la dirección que figure en el presente apartado.

DOMICILIO CÓDIGO POSTAL MUNICIPIO TELÉFONO

Universidad de A Coruña, Rectorado, A Maestranza, 9

15001 Coruña (A) 647387754

E-MAIL PROVINCIA FAX

[email protected] A Coruña 981167011

3. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos solicitados en este impreso son necesarios para la tramitación de la solicitud y podrán ser objeto de tratamiento automatizado. La responsabilidad del fichero automatizado corresponde al Consejo de Universidades. Los solicitantes, como cedentes de los datos podrán ejercer ante el Consejo de Universidades los derechos de información, acceso, rectificación y cancelación a los que se refiere el Título III de la citada Ley 5-1999, sin perjuicio de lo dispuesto en otra normativa que ampare los derechos como cedentes de los datos de carácter personal.

El solicitante declara conocer los términos de la convocatoria y se compromete a cumplir los requisitos de la misma, consintiendo expresamente la notificación por medios telemáticos a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59 de la 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

En: A Coruña, AM 17 de noviembre de 2017 Firma: Representante legal de la Universidad

(3)

1. DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO

1.1. DATOS BÁSICOS

NIVEL DENOMINACIÓN ESPECIFICA CONJUNTO CONVENIO CONV.

ADJUNTO Máster Máster Universitario en Investigación e Innovación

en Didácticas Específicas para Educación Infantil y Primaria por la Universidad de A Coruña; la Universidad de Santiago de Compostela y la Universidad de Vigo

Nacional Ver Apartado 1:

Anexo 1.

LISTADO DE ESPECIALIDADES No existen datos

RAMA ISCED 1 ISCED 2

Ciencias Sociales y Jurídicas Formación de docentes de

enseñanza infantil

Formación de docentes de enseñanza primaria NO HABILITA O ESTÁ VINCULADO CON PROFESIÓN REGULADA ALGUNA

AGENCIA EVALUADORA

Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia UNIVERSIDAD SOLICITANTE

Universidad de A Coruña LISTADO DE UNIVERSIDADES

CÓDIGO UNIVERSIDAD

007 Universidad de Santiago de Compostela

037 Universidad de A Coruña

038 Universidad de Vigo

LISTADO DE UNIVERSIDADES EXTRANJERAS

CÓDIGO UNIVERSIDAD

No existen datos

LISTADO DE INSTITUCIONES PARTICIPANTES No existen datos

1.2. DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS EN EL TÍTULO

CRÉDITOS TOTALES CRÉDITOS DE COMPLEMENTOS FORMATIVOS

CRÉDITOS EN PRÁCTICAS EXTERNAS

60 0 6

CRÉDITOS OPTATIVOS CRÉDITOS OBLIGATORIOS CRÉDITOS TRABAJO FIN GRADO/

MÁSTER

21 24 9

LISTADO DE ESPECIALIDADES

ESPECIALIDAD CRÉDITOS OPTATIVOS

No existen datos

1.3. Universidad de Vigo

1.3.1. CENTROS EN LOS QUE SE IMPARTE LISTADO DE CENTROS

CÓDIGO CENTRO

36020507 Facultad de Ciencias de la Educación y del Deporte

1.3.2. Facultad de Ciencias de la Educación y del Deporte 1.3.2.1. Datos asociados al centro

TIPOS DE ENSEÑANZA QUE SE IMPARTEN EN EL CENTRO

PRESENCIAL SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA

(4)

Sí No No PLAZAS DE NUEVO INGRESO OFERTADAS

PRIMER AÑO IMPLANTACIÓN SEGUNDO AÑO IMPLANTACIÓN

20 20

TIEMPO COMPLETO

ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA

PRIMER AÑO 60.0 60.0

RESTO DE AÑOS 48.0 60.0

TIEMPO PARCIAL

ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA

PRIMER AÑO 24.0 48.0

RESTO DE AÑOS 24.0 48.0

NORMAS DE PERMANENCIA

https://uvigo.gal/opencms/export/sites/uvigo/uvigo_gl/DOCUMENTOS/alumnado/Normativa_Permanencia_UVIGO_DOG.pdf LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE

CASTELLANO CATALÁN EUSKERA

Sí No No

GALLEGO VALENCIANO INGLÉS

Sí No Sí

FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS

Sí No No

ITALIANO OTRAS

No No

1.3. Universidad de Santiago de Compostela 1.3.1. CENTROS EN LOS QUE SE IMPARTE

LISTADO DE CENTROS

CÓDIGO CENTRO

15027642 Facultad de Ciencias de la Educación

1.3.2. Facultad de Ciencias de la Educación 1.3.2.1. Datos asociados al centro

TIPOS DE ENSEÑANZA QUE SE IMPARTEN EN EL CENTRO

PRESENCIAL SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA

Sí No No

PLAZAS DE NUEVO INGRESO OFERTADAS

PRIMER AÑO IMPLANTACIÓN SEGUNDO AÑO IMPLANTACIÓN

20 20

TIEMPO COMPLETO

ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA

PRIMER AÑO 60.0 60.0

RESTO DE AÑOS 3.0 60.0

TIEMPO PARCIAL

ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA

PRIMER AÑO 30.0 30.0

RESTO DE AÑOS 3.0 30.0

NORMAS DE PERMANENCIA

(5)

http://www.usc.es/es/servizos/oiu/Permanencia.html LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE

CASTELLANO CATALÁN EUSKERA

Sí No No

GALLEGO VALENCIANO INGLÉS

Sí No Sí

FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS

Sí No No

ITALIANO OTRAS

No No

1.3. Universidad de A Coruña

1.3.1. CENTROS EN LOS QUE SE IMPARTE LISTADO DE CENTROS

CÓDIGO CENTRO

15019803 Facultad de Ciencias de la Educación

1.3.2. Facultad de Ciencias de la Educación 1.3.2.1. Datos asociados al centro

TIPOS DE ENSEÑANZA QUE SE IMPARTEN EN EL CENTRO

PRESENCIAL SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA

Sí No No

PLAZAS DE NUEVO INGRESO OFERTADAS

PRIMER AÑO IMPLANTACIÓN SEGUNDO AÑO IMPLANTACIÓN

20 20

TIEMPO COMPLETO

ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA

PRIMER AÑO 60.0 60.0

RESTO DE AÑOS 42.0 42.0

TIEMPO PARCIAL

ECTS MATRÍCULA MÍNIMA ECTS MATRÍCULA MÁXIMA

PRIMER AÑO 24.0 48.0

RESTO DE AÑOS 24.0 48.0

NORMAS DE PERMANENCIA

http://www.udc.es/export/sites/udc/normativa/_galeria_down/academica/permanencia.pdf LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE

CASTELLANO CATALÁN EUSKERA

Sí No No

GALLEGO VALENCIANO INGLÉS

Sí No Sí

FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS

Sí No No

ITALIANO OTRAS

No No

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2. JUSTIFICACIÓN, ADECUACIÓN DE LA PROPUESTA Y PROCEDIMIENTOS

Ver Apartado 2: Anexo 1.

3. COMPETENCIAS

3.1 COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES BÁSICAS

CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación

CB7 - Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio

CB8 - Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios

CB9 - Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades

CB10 - Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.

GENERALES

G1 - Expresarse correctamente, tanto de forma oral como escrita, en las lenguas oficiales de la comunidad autónoma.

G2 - Dominar la expresión y la comprensión de forma oral y escrita de un idioma extranjero.

G3 - Utilizar las herramientas básicas de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) necesarias para el ejercicio de su profesión y para el aprendizaje a lo largo de su vida.

G4 - Desarrollarse para el ejercicio de una ciudadanía abierta, culta, crítica, comprometida, democrática y solidaria, capaz de analizar la realidad, diagnosticar problemas, formular e implantar soluciones basadas en el conocimiento y orientadas al bien común.

G5 - Entender la importancia de la cultura emprendedora y conocer los medios al alcance de las personas emprendedoras.

G6 - Valorar críticamente el conocimiento, la tecnología y la información disponible para resolver los problemas con los que deben enfrentarse.

G7 - Asumir como profesional y ciudadano la importancia del aprendizaje a lo largo de la vida.

G8 - Valorar la importancia que tiene la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico en el avance socioeconómico y cultural de la sociedad.

3.2 COMPETENCIAS TRANSVERSALES T1 - Capacidad de análisis y síntesis.

T2 - Capacidad de adaptación a situaciones nuevas.

T3 - Trabajar de forma autónoma y con iniciativa.

T4 - Trabajar de forma colaborativa.

T5 - Capacidad de organización y planificación en ámbitos educativos disciplinares e interdisciplinares.

T6 - Capacidad de innovar (creatividad) dentro de contextos educativos escolares y no escolares.

T7 - Comportarse con ética y responsabilidad social y medioambiental como docente y/o investigador.

T8 - Ser capaz de comunicarse con sus compañeros, con la comunidad educativa y con la sociedad en general en el ámbito de sus áreas de conocimiento.

T9 - Incorporar las TIC en el proceso de investigación y la gestión de la información, el análisis de datos y la difusión y comunicación de resultados.

T10 - Tener capacidad para actualizar los conocimientos, metodologías y estrategias en la práctica docente.

T11 - Capacidad para comprender el significado y aplicación de la perspectiva de género en los distintos ámbitos de conocimiento y en la práctica profesional con el objetivo de alcanzar una sociedad más justa e igualitaria.

T12 - Capacidad para comunicarse por oral y por escrito en lengua gallega

T13 - Sostenibilidad y compromiso ambiental. Uso equitativo, responsable y eficiente de los recursos 3.3 COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

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E1 - Conocer las bases teóricas del trabajo interdisciplinar e identificar sus centros de interés en contextos escolares y no escolares.

E2 - Identificar y analizar críticamente propuestas interdisciplinares en el ámbito educativo.

E3 - Diseñar, justificar, organizar y evaluar de forma sistemática propuestas interdisciplinares en distintos contextos educativos.

E4 - Desarrollar la competencia lingüística en lengua extranjera orientada hacia la docencia en las áreas específicas E5 - Adquirir una formación metodológica para realizar investigaciones educativas.

E6 - Establecer los descriptores generales que caracterizan una investigación: seleccionar, elaborar, tratar e interpretar los datos, y presentar los resultados de acuerdo con los propósitos de la investigación.

E7 - Capacidad de aplicar conocimientos teóricos relativos a las Didácticas Específicas, tanto a la investigación como a la innovación y la evaluación.

E8 - Ser capaz de defender y argumentar de forma oral y escrita el trabajo de investigación y/o innovación realizado, utilizando en su caso recursos audiovisuales de apoyo.

E9 - Ensayar y evaluar planteamientos de enseñanza disciplinares o interdisciplinares en contextos educativos reales, y promover propuestas de mejora en relación con los resultados obtenidos.

E10 - Conocer los fundamentos teóricos que sustentan la investigación e innovación en el ámbito de las Didácticas Específicas.

E11 - Conocer, comprender y utilizar el lenguaje científico y aplicarlo correctamente en las distintas formas de expresión y comunicación.

E12 - Identificar las principales líneas de investigación e innovación y su evolución en las Didácticas Específicas.

E13 - Analizar y valorar críticamente investigaciones y proyectos de innovación en ámbitos disciplinares específicos.

E14 - Conocer diferentes tipos de metodología que se emplean en la investigación educativa considerando su pertinencia para la resolución de problemas concretos.

E15 - Identificar criterios de calidad y control tanto en la investigación como en la práctica docente, fomentando el espíritu crítico, reflexivo e innovador.

E16 - Diseñar, justificar, organizar y evaluar propuestas para la investigación y la innovación en el ámbito de las Didácticas Específicas.

E17 - Seleccionar, adaptar y aplicar materiales y recursos TIC y de otra índole, para mejorar la enseñanza y aprendizaje de las diferentes ámbitos disciplinares.

E18 - Reconocer la investigación y la innovación aplicada a las ciencias de la educación como herramienta continua de innovación y mejora educativa y social.

4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES

4.1 SISTEMAS DE INFORMACIÓN PREVIO Ver Apartado 4: Anexo 1.

4.2 REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN

4.2 ACCESO Y ADMISIÓN Acceso

En el título de Máster Universitario en Investigación e Innovación en Didácticas Específicas para la Educación Infantil y Primaria, a la hora de esta- blecer las condiciones de acceso se ha tenido en cuenta lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010 (art. 9), que se establece a continuación:

Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.

También se ha tenido en cuenta lo establecido en el art. 16.2. del RD 1393/2007, modificado por el RD 861/2010, que queda en los siguientes térmi- nos:

Así mismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homo- logación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes tí- tulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.

Admisión

(8)

El admisión al máster vendrá definido por:

El grado de afinidad de la titulación de acceso a los estudios de máster.

1. Titulaciones prioritarias: Grado en Educación Infantil, Grado en Educación Primaria y diplomaturas de Magisterio.

2. Titulaciones no prioritarias cuya afinidad se valorará en cada caso de no cubrirse las plazas: restantes Grados y Masters de las Facultades de Ciencias de la Edu- cación Españolas.

3. El expediente académico de los estudios que se hayan cursado con anterioridad.

4. La experiencia profesional e investigadora en el ámbito educativo.

5. Grado de conocimiento de los idiomas extranjeros de impartición, que no deberá ser inferior a B1.

El Máster Universitario en Investigación e Innovación en Didácticas Específicas para la Educación Infantil y Primaria, de acuerdo con la Normativa de Gestión Académica vigente en las universidades participantes, estará coordinado por tres profesores/as, uno/a de cada universidad, con dedicación a tiempo completo que se nombrarán por los rectorados de dichas universidades a propuesta de las juntas de facultad de los centros donde se imparte.

Para la selección del alumnado, la dirección de los centros participantes nombrará una comisión, de forma que habrá una comisión de selección por universidad que estará presidida por la persona coordinadora del máster, siendo su composición y funciones las que determine la normativa de Orde- nación Académica de la Universidad correspondiente. La composición de estas comisiones se hará pública en el tablero de las facultades participantes y en sus páginas web. Las comisiones de selección se constituirán antes del inicio del proceso de admisión de alumnado. Previamente a la apertura de este plazo de admisión, las comisiones elaborarán de forma colegiada el baremo que emplearán para valorar las solicitudes presentadas y se publi- cará en los tablones de anuncios y en las webs de los centros.

Finalizada la baremación, la comisión de selección elaborará dos listas provisionales de personas admitidas y excluidas en las que se especificará el motivo de la exclusión, de ser el caso. La lista de admitidos distinguirá las solicitudes de admisión a tiempo completo y las solicitudes de admisión a tiempo parcial. Se establecerán en ambos casos las correspondientes listas de espera. Tras el plazo de reclamaciones a las listas provisionales y una vez que estas se resuelvan por las comisiones, los/las secretarios/as de éstas entregarán en la administración de su centro las listas definitivas, que contendrán la puntuación concedida a cada solicitante. Las administraciones de los centros participantes serán las encargadas de introducir los datos en la aplicación informática elaborada para el proceso de admisión.

Para facilitar el acceso y permanencia del alumnado con discapacidad, las universidades, a través de sus unidades de Atención a la Diversidad han establecido varios programas de atención específicos, referidos tanto a la incorporación a la universidad (preuniversitarios) como a la atención perso- nalizada y colectiva durante la vida universitaria, que pueden consultarse en los siguientes links:

· http://www.udc.es/cufie/uadi/programas.htm#incorporacion (UDC)

· https://www.uvigo.gal/uvigo_es/vida/informacion/gabinete/ (UVI)

· http://www.usc.es/es/servizos/sepiu/ (USC)

Adicionalmente a lo anterior, en el caso del Título de Máster Universitario en Investigación e Innovación en Didácticas Específicas para la Educa- ción Infantil y Primaria, a la hora de establecer los criterios de admisión, se ha tenido en cuenta lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 1393/2007 y sus sucesivas modificaciones, en el que se especifica lo siguiente:

Los estudiantes podrán ser admitidos a un Máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos que, en su caso, sean pro- pios del título de Máster Universitario o establezca la universidad.

Estos procedimientos, son los previstos, como se indicaba con anterioridad, en las normativas de la Universidades participantes. Siempre y, en todo caso, se atenderá a las normativas reguladoras de estos procedimientos en las universidades participantes y a los cambios que se puedan producir en ellas.

4.3 APOYO A ESTUDIANTES

4.3. APOYO Y ORIENTACIÓN AL ALUMNADO MATRICULADO

Las universidades participantes disponen de diversos servicios para el apoyo y orientación del alumnado durante su trayectoria universitaria, que se describen a continuación:

1. Asesoramiento y acción tutorial.

· Informar sobre las características académicas de los estudios y sobre sus salidas profesionales.

· Informar sobre el régimen de acceso y permanencia del alumnado en la Universidad.

· Informar sobre los derechos del alumnado y asesorar sobre el modo de ejercerlos y/o reclamarlos.

· Informar, a nivel general y en los Centros, de las becas y ayudas convocadas.

· Promover la creación de becas y ayudas y proponer a las Juntas de Gobierno las acciones a llevar a cabo en materia de becas, ayudas y exenciones.

· Asesorar en la búsqueda de empleo. En esta línea se realizan varias actuaciones que tienen como finalidad atender necesidades de información y orientación la- boral. Ofrece información sobre salidas profesionales, prácticas, ofertas de empleo, direcciones de empresas, ayudas y subvenciones para el autoempleo.

· Asesorar en la creación de empresas nuevas.

· Programas europeos.

(9)

Las universidades participantes disponen también de planes de acción tutorial que asigna profesorado tutor a cada estudiante para ofrecer asesora- miento académico en cuanto a las opciones y la orientación de su proyecto académico y profesional.

Asimismo, informa de los recursos y servicios que la Universidad pone a disposición del estudiantado y de la información sobre el funcionamiento ge- neral de la misma, sobre los aspectos administrativos, académicos, de gestión y de participación en las estructuras de gobierno.

Los servicios con los que cuenta cada una de las Universidades son los que se detallan a continuación:

La Universidad de Vigo cuenta con los siguientes servicios que facilitan el apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados.

· Gabinete Psicopedagógico a disposición de los estudiantes para orientarles y asistirles tanto en cuestiones académicas como en otras de índole personal (http://

extension.uvigo.es).

· Programa de Apoyo a la Integración del Alumnado con Necesidades Especiales (PIUNE) para facilitar su vida académica y garantizar su derecho al estudio.

· Servicio de Información, Orientación e Promoción do Estudante (SIOPE)

· Oficina de Orientación al Empleo (OFOE)

Por su parte, en la Universidad de A Coruña, pone a disposición de los estudiantes los siguientes servicios, todos ellos con sus respectivos enlaces en la web institucional, a través de:

http://www.udc.gal/centros_departamentos_servizos/servizos_xerais

· Oficina de Igualdad de Género

· Servicio de Asesoramiento y Promoción del Estudiante (SAPE)

· Servicio de Extensión Universitaria

· Servicio de Informática y Comunicaciones (SIC)

· Servicio de Investigación

· Servicio de Normalización Lingüística

· Servicio de Organización Académica

Por último, la Universidad de Santiago de Compostela, dentro de todos los servicios a disposición de la comunidad universitaria (http://www.usc.es/

gl/servizos/ ), los directamente relacionados con los servicios de apoyo al alumnado son:

· Área de Cultura

· Área de Orientación Laboral e Emprego

· Área de Tecnoloxías da Información e das Comunicacións (ATIC)

· Gabinete de Comunicación

· Oficina de Igualdade de Xénero

· Oficina de Información Universitaria (OIU)

· Servizo de Normalización Lingüística

· Servizo de Participación e Integración Universitaria

· Servizo de Relacións Exteriores (SRE)

2. Formación complementaria

2a) Las universidades participantes cuentan con Centros de Lenguas en los que se puede formar actualmente en varios idiomas (inglés, francés, por- tugués, alemán,...). Se imparten cursos generales, intensivos y cursos de conversación de duración trimestral. Estos cursos están homologados por la ACLES y reconocidos académicamente como competencias transversales propias de la cada universidad.

Como formación complementaria el alumnado puede participar en cualquiera de los programas de Cursos de verano que se llevan a cabo todos los años entre los meses de julio y septiembre.

2b) Las universidades disponen de Aula de Formación Informática que atienden las necesidades de formación para el conocimiento y utilización de distintas herramientas informáticas que le son de utilidad al alumnado a través de una programación anual de cursos, de iniciación y avanzados.

2c) Los Planes de Apoyo al Aprendizaje diseñados por las Universidades participantes tienen como misión proporcionar al alumnado los recursos ne- cesarios para afrontar, en las mejores condiciones posibles, los retos de nueva enseñanza universitaria y la integración en el Espacio Europeo de Edu- cación Superior. Esta iniciativa y las acciones asociadas a ella representan el punto de partida para este plano que ahora se inicia.

Los planes de apoyo están orientados a favorecer la mejora y desarrollo de las competencias del alumnado. Con este fin se plantean los objetivos que se describen a continuación:

(10)

· Proporcionar los recursos necesarios para afrontar los retos de la nueva enseñanza universitaria.

· Integración al alumnado en el Espacio Europeo de Educación Superior.

· Favorecer la reflexión y la autocrítica para potenciar el proceso de enseñanza-aprendizaje.

· Integrar las TIC en el proceso de aprendizaje.

· Desarrollar hábitos y estrategias de cuidado y salud.

En este sentido, las universidades ofertan cursos en torno a diversas temáticas que pretenden proporcionar al alumnado recursos para un aprendizaje eficaz, para la adquisición y mejora de algunas competencias genéricas y para mejorar el conocimiento de la institución universitaria. En términos ge- nerales los cursos atienden a temas como:

Competencias interpersonales:

· Trabajo en equipo y dinámica de grupos: la importancia de los roles y las actitudes.

· Técnicas de relajación y salud.

· Del TIC al TAC: contornos de aprendizaje personal y de participación.

· Liderazgo y dirección de grupos.

Actitud hacia los estudios:

· Incorporación al mundo laboral por cuenta propia.

· Guía de conocimiento de los servicios de la UDC para el alumnado.

· Incorporación al mundo laboral por cuenta ajena.

Destrezas metodológicas y cognitivas:

· Técnicas de trabajo y estudio en la universidad.

· Uso de Moodle en los estudios universitarios.

· Aplicaciones informáticas específicas de la UDC para el alumnado.

· Técnicas de exposición oral para la presentación de trabajos.

2d) Respecto a la inserción laboral, las Universidades cuentan con varios mecanismos para proporcionar información y formación específica que fa- cilite la inserción laboral y profesional de los universitarios. Se imparten cursos dirigidos a estudiantes y titulados recientes para mejorar su formación en competencias profesionales, técnicas de busca de empleo, etc. Asimismo, cuenta con una sólida estructura de prácticas externas tanto curriculares cómo extracurriculares para los estudiantes de los últimos cursos.

3. Actividades deportivas y culturales

La Universidades cuentan con Áreas de Cultura que ofrecen una programación variada de cine, música y artes escénicas. Los campus universitarios están dotados además de complejos deportivos que ofrecen muchas y muy variadas actividades.

4. Participación en la vida universitaria

Las Universidades cuentan con convocatorias propias para el desarrollo de actividades estudiantiles que son promovidas y gestionadas por la iniciativa de las asociaciones y colectivos.

El estudiantado cuenta con representantes elegidos en todos los órganos de gobierno en cada una de las universidades participantes.

El Defensor Universitario vela por los derechos y libertades de la comunidad universitaria y atiende las quejas, peticiones y sugerencias del alumna- do.

Las universidades atienden a la cooperación y al voluntariado gestionando, coordinando y potenciando los ámbitos del voluntariado social y la coope- ración al desarrollo de la universidad. Con estos fines se realizan cursos de formación para él voluntariado, se lideran proyectos de voluntariado, orga- nizan actividades de sensibilización y financian becas de cooperación.

4.4 SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS

Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales no Universitarias

MÍNIMO MÁXIMO

0 0

Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios

MÍNIMO MÁXIMO

(11)

0 0 Adjuntar Título Propio

Ver Apartado 4: Anexo 2.

Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación de Experiencia Laboral y Profesional

MÍNIMO MÁXIMO

0 6

4.4 Transferencia y reconocimiento de créditos

Será de aplicación el sistema propuesto por las distintas universidades ya que cada una posee una normativa de transferencia y reconocimiento de créditos propia, por lo que teniendo en cuenta esta normativa, en el presente Máster se podrán convalidar como máximo 6 créditos por experiencia laboral y profesional que afectará a la materia de Practicum. La convalidación requiere de la entrega de docu- mentación oficial acreditativa de la actividad profesional realizada. Así mismo, en los casos de adapta- ción al nuevo plan de estudios del alumnado matriculado en el Master Universitario en Didácticas Es- pecíficas por la Universidad de A Coruña (plan actual) se seguirá la tabla de reconocimientos recogida en el apartado 10.2.

A continuación se detallan cada una de las normativas de transferencia y reconocimiento de créditos de las 3 universidades gallegas.

TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDADE DA CORUÑA

En la Universidad de A Coruña, para la transferencia y reconocimiento de créditos se seguirán las indi- caciones de la "Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos para titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES)", aprobada en Consejo de Gobierno de la Universi- dad de A Coruña el 30 de junio de 2011, mediante la que se desarrolla el RD 1393/2007 del 29 de oc- tubre, modificado por el RD 861/2010, de 2 de julio, por el que se establece la Ordenación de las En- señanzas Universitarias Oficiales.

Reconocimiento y transferencia de créditos.

La unidad de reconocimiento y transferencia serán los créditos, que integran asignaturas, materias o módulos completos. En el expediente del alumno aparecerán como créditos reconocidos o transferi- dos.

El reconocimiento de créditos supone la aceptación por la Universidad de A Coruña (en adelante UDC) de los créditos que, de ser obtenidos en enseñanzas oficiales, en la UDC o en otra universidad, son computados en otras enseñanzas distintas para los efectos de la obtención de un título oficial.

La transferencia de créditos supone que, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en ense- ñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la UDC o en otra universidad y que no condujeran a la obtención de un título oficial.

Todos los créditos que obtenga el estudiante en enseñanzas oficiales cursados en cualquier universi- dad: los que supere para la obtención del correspondiente título, los reconocidos y los transferidos, se- rán incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.

Criterios de reconocimiento de créditos.

Los criterios generales de reconocimiento de créditos son aquellos que fije el Gobierno.

La UDC mediante la normativa de aplicación y las resoluciones rectorales que la desarrollen estable- cerán el sistema para el reconocimiento de estos créditos.

No podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al trabajo fin de grado y proyec- to fin de carrera.

Sistema y procedimiento para el reconocimiento y la transferencia de créditos.

Para determinar el reconocimiento de créditos correspondientes a materias no definidas como de for- mación básica, se tendrán en cuenta los estudios cursados, la experiencia laboral y profesional acre- ditada y su correspondencia con los objetivos y competencias que establece el plan de estudios para cada módulo, materia o asignatura. La universidad dará validez, mediante el acto de reconocimiento, a que el alumno tiene acreditadas competencias de la titulación y el cumplimiento de parte de los objeti- vos de la misma en los términos definidos en el EEES.

Para estos efectos el centro establecerá tablas de equivalencia entre estudios cursados en otras uni- versidades y aquellos que le podrán ser reconocidos en el plan de estudios de la propia universidad.

En esta tabla se especificarán los créditos que se reconocen y, de ser el caso, las asignaturas, las ma- terias o los módulos equivalentes. Si el reconocimiento no es total, se indicarán los requisitos necesa- rios para su superación completa. Igualmente se establecerán tablas de equivalencia entre titulaciones correspondientes a la ordenación de enseñanzas anteriores al R.D. 1393/2007.

(12)

La Universidad de A Coruña podrá declarar equivalentes directamente o mediante convenios, titulacio- nes extranjeras que den acceso a titulaciones oficiales de la UDC o establecer en esos convenios el reconocimiento en parte de estudios extranjeros. La UDC dará adecuada difusión a estos convenios.

Al alumno se le comunicarán los créditos reconocidos y las materias o asignaturas a las que corres- pondan, en su caso, así como el número de créditos necesarios y las materias o asignaturas que le restan para la obtención del título.

El reconocimiento se iniciará por instancia de parte, salvo lo previsto en la normativa de aplicación, en el centro en el que el alumno va a iniciar o continuar los estudios que pretende reconocer créditos, me- diante presentación de una instancia dirigida al director del centro.

En cuanto a la transferencia de créditos, todos los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cur- sadas en la UDC o en otra universidad del EEES serán objeto de incorporación al expediente del alumno, tras la petición del mismo a la dirección del centro. La solicitud se resolverá de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente de la Universidad de A Coruña.

TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDADE DE VIGO

En la Universidade de Vigo el reconocimiento de créditos se rige por la Normativa de transferencia y reconocimiento de créditos para titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior, aprobada en Consello de Goberno de 23 de julio de 2008.

El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales determina que las universidades elaborarán y harán pública su normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos; así mismo se definen estos conceptos y sus principales efectos en el contexto de las nuevas enseñanzas universitarias oficiales.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, el Consello de Goberno (Consejo de Gobierno) de la Universidade de Vigo en su sesión de 23 de julio de 2008 acordó aprobar la normativa de transferencia y reconocimiento de créditos que se expone a continuación:

Artículo 1.- De la Transferencia de créditos

1.1.- La transferencia de créditos consiste en la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante de la totalidad de los créditos por él/ella obtenidos en los estudios oficiales cursados con anterioridad, en la misma u otra universidad, que non conduzcan a la obtención de un título oficial.

1.2.- La Universidad de Vigo transferirá al expediente académico de su estudiantado, previa petición del/ de la interesado/a, todos los créditos obtenidos en las enseñanzas oficiales cursadas en esta Uni- versidad o en otras Universidades del EEES.

Artículo 2.-Del Reconocimiento de créditos

2.1.- El reconocimiento de créditos consiste en la aceptación por la Universidad de los créditos, que siendo obtenidos en enseñanzas oficiales, en la misma u otra Universidad, son computados en otras enseñanzas distintas a los efectos de la obtención de un título oficial.

2.2.- Los criterios generales de reconocimiento son aquellos que fije el Gobierno y que, en su caso, concrete la Universidade de Vigo. Cada titulación podrá establecer los criterios específicos adecuados a cada una de ellas e que serán recogidos en una Resolución Rectoral. Estos criterios serán públicos y vincularan a las resoluciones que se adopten.

2.4.-El reconocimiento de créditos en la enseñanza universitaria de máster oficiales deberá respetar las siguiente reglas:

a) Serán competencias reconocibles por materias, módulos y complementos formativos del programa de estudios del máster cualquier estudio universitario, perfil académico o profesional, coincidentes con las competencias y conocimientos que se impartan en el máster así determinado mediante la corres- pondiente resolución rectoral, de conformidad con los órganos académicos de estos estudios.

b) Los módulos, materias y complementos de formación reconocidos por resolución rectoral se consi- derarán superados a todos los efectos y figurarán en el expediente del/de la alumno/a.

c) Sólo se podrán reconocer estudios correspondientes a los segundos ciclos de enseñanzas condu- centes a las titulaciones de Licenciado/a, Ingeniero/a y Arquitecto/a.

Artículo 3.- Unidad de reconocimiento

La unidad de reconocimiento será el crédito, sin perjuicio de poder reconocer materias o módulos com- pletos. En el expediente figurarán como créditos reconocidos y se tendrán en cuenta a los efectos de considerar realizados los créditos de la titulación.

Artículo 4.- Sistema de reconocimiento

(13)

4.1.- Para determinar el reconocimiento de créditos correspondientes a materias no recogidas en los artículos 2.3.a), 2.3.b) y 2.4) se tendrán en cuenta los estudios cursados y su correspondencia con los objetivos y competencias que establece el plan de estudios para cada módulo o materia. La Universi- dad acreditará mediante el acto de reconocimiento que el/la alumno/a tiene acreditadas las competen- cias de la titulación y el cumplimiento de parte de los objetivos de la misma en los términos definidos en el EEES.

4.2.- A estos efectos cada Centro/Titulación podrá establecer tablas de equivalencia entre estudios cursados en otras universidades e aquellos que le puedan ser reconocidos en el plan de estudios de la propia universidad. En estas tablas se especificarán los créditos que se reconocen y , de ser el caso, las materias o módulos equivalentes o partes de materias y módulos y los requisitos necesarios para establecer su superación completa. Igualmente se establecerán tablas de equivalencia entre las titula- ciones anteriores al Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre y las titulaciones adaptadas a esta nor- mativa. Estas tablas se aprobarán por Resolución Rectoral y se harán públicas para conocimiento ge- neral.

4.3.-La Universidad podrá reconocer directamente o mediante convenios, titulaciones extranjeras que den acceso á titulaciones oficiales de la Universidade de Vigo o establecer en esos convenios el reco- nocimiento parcial de estudios extranjeros. La Universidade de Vigo dará adecuada difusión a estos convenios.

4.4..- Al alumno se le comunicarán los créditos reconocidos y el número de créditos necesarios para la obtención del título, según las competencias acreditadas y según los estudios de procedencia del alumnado. También podrá especificarse la necesidad de realizar créditos de formación adicional con carácter previo al reconocimiento completo de módulos, materias o ciclos.

Artículo 5.- De la solicitud de reconocimiento de créditos

5.1.- El reconocimiento de créditos se realizará de acuerdo con el procedimiento que establezca el Vi- cerrectorado de Titulaciones y Convergencia Europea.

5.2.-El plazo para la presentación de la solicitud de reconocimiento de créditos se establecerá en el procedimiento que establezca el Vicerrectorado de Titulaciones y Convergencia Europea.

5.3.-Los expedientes de solicitud de reconocimiento de créditos serán resueltos por el Rector, que de- legará en los Decanos/Directores, e informados por la Comisión de Evaluación del Centro/Titulación.

En el caso de créditos de materias de formación básica ou (no caso de ) existencia de tablas de reco- nocimiento, el Area Académica del Centro/Titulación resolverá directamente la petición.

Artículo 6.-Suplemento Europeo al Título

Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursadas en cualquier Universi- dad, tanto los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente títu- lo, serán incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.

Artículo 7.- Reconocimiento de estudios anteriores al RD 1393/2007 de 29 de octubre

El procedimiento y los criterios para el reconocimiento parcial de estudios de titulaciones de Diploma- do/a, Licenciado/a, Arquitecto/a, Ingeniero/a o equivalentes para fornecer efectos en titulaciones adap- tadas al EEES serán los establecidos en esta normativa.

Artículo8.- Reconocimiento de otros estudios o actividades profesionales

Conforme a los criterios y directrices que fije el Gobierno y el procedimiento que fije la Universidad, po- drán ser reconocidos como equivalentes a estudios universitarios la experiencia laboral acreditada, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profe- sionales de artes plásticas y diseño de grado superior, las enseñanzas deportivas de grado superior y aquellas otras equivalentes que establezca el Gobierno o la Comunidad Autónoma.

Artículo 9.- Reconocimiento al amparo del artículo 46.2.i de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de di- ciembre, de Universidades.

Los/las estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en acti- vidades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación hasta un má- ximo de 6 créditos del total del plan de estudios cursado.

Disposición adicional

La facultad de interpretación de la presente normativa es competencia exclusiva del Vicerrectorado de Titulaciones y Convergencia Europea.

En lo no regulado en esta norma se estará a lo dispuesto en las normas de Gestión Académica.

Disposiciones transitorias

1.- La convalidación de estudios para titulaciones no adaptadas al EEES se seguirá rigiendo por la normativa de estos estudios.

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2.- La convalidación de estudios en los Programas Oficiales de Posgrado desarrolladas al amparo del Real Decreto 56/2005 de 21 de enero su modificación (RD 1509/2005, de 16 de diciembre) se regulará por la presente normativa y por su regulación específica.

Disposición final

La presente normativa entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consello de Goberno de la Universidade.

TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDADE DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

En la Universidade de Santiago de Composte el reconocimiento de créditos se rige por la Normativa de transferencia y reconocimiento de créditos para titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Edu- cación Superior (EEES), aprobada en la reunión del Consejo de Gobierno del 14 de marzo de 2008.

Art. 1 Definiciones

La transferencia de créditos supone la inclusión en los documentos académicos oficiales del estudian- te, relativos a la enseñanza en curso, de la totalidad de los créditos por él obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma o en otra universidad y que no conduzcan a la obten- ción de un título oficial.

El reconocimiento supone la aceptación por la Universidad de Santiago de los créditos que, siendo ob- tenidos en una enseñanza oficial, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.

Art. 2 Criterios de reconocimiento

Los criterios generales de reconocimiento son aquellos que fije el Gobierno y en su caso concrete la USC mediante Resolución Rectoral. Cada titulación podrá establecer criterios específicos adecuados a cada titulación y que serán plasmados en una Resolución Rectoral. Estos criterios serán siempre pú- blicos y vincularán las resoluciones que se adopten.

En todo caso serán criterios de reconocimiento los siguientes:

a) Siempre que la titulación de destino pertenezca a la misma rama que la de origen, serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.

b) Serán también objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a aquellas otras materias de formación básica cursadas pertenecientes a la rama de destino.

c) El resto de los créditos serán reconocidos por la Universidad de Santiago teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por elestudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal Art. 3 Unidad de reconocimiento

La unidad de reconocimiento serán los créditos, sin perjuicio de poder reconocer materias o módulos com- pletos. En el expediente figurarán como créditos reconocidos y se tendrán en cuenta a efectos de conside- rar realizados los créditos de la titulación.

Art. 4 Sistema de reconocimiento

4.1.- Para determinar el reconocimiento de créditos correspondientes a materias no recogidas en el artículo 2.a) y 2.b) se tendrán en cuenta los estudios cursados y su correspondencia con los objetivos y competen- cias que establece el plan de estudios para cada módulo o materia. La universidad acreditará mediante el acto de reconocimiento que el alumno tiene acreditadas las competencias de la titulación y el cumplimiento de parte de los objetivos de la misma en los términos definidos en el EEES.

4.2.- Para estos efectos cada centro podrá establecer tablas de equivalencia entre estudios cursados en otras universidades y aquellos que le podrán ser reconocidos en el plan de estudios de la propia universi- dad. En estas tablas se especificarán los créditos que se reconocen y, en su caso, las materias o módu- los equivalentes o partes de materias o módulos y los requisitos necesarios para establecer su superación completa.

Igualmente se establecerán tablas de equivalencia entre las titulaciones anteriores al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y las titulaciones adaptadas a esta normativa.

Estas tablas se aprobarán por Resolución Rectoral y se harán públicas para conocimiento general.

4.3.- La universidad podrá reconocer directamente o mediante convenios, titulaciones extranjeras que den acceso a titulaciones oficiales de la USC o establecer en esos convenios el reconocimiento parcial de estu- dios extranjeros. La USC dará adecuada difusión a estos convenios.

(15)

4.4.- Al alumno se le comunicarán los créditos reconocidos y el número de créditos necesarios para la ob- tención del título, según las competencias acreditadas y según los estudios de origen del alumnado. Tam- bién podrá especificarse la necesidad de realizar créditos de formación adicional con carácter previo al re- conocimiento completo de módulos, materias o ciclos.

Art. 5 Procedimiento

El procedimiento se iniciará a instancia de parte, salvo lo previsto en el párrafo

4.3 del artículo anterior. En caso de los créditos de materias de formación básica o la existencia de tablas de reconocimiento, la Unidad de Gestión Académica resolverá directamente la petición en el plazo de un mes.

En el resto de los casos se solicitará informe previo al centro, que deberá emitirlo en el plazo de un mes.

Será de aplicación subsidiaria y en lo que no se oponga a esta normativa el Protocolo para la regulación de las validaciones y adaptaciones aprobado por el Consejo de Gobierno de 26 de abril de 2006.

Art. 6. Transferencia

Todos los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas en la USC o en otra universidad del EEES serán objeto de incorporación al expediente del alumno, previa petición de este.

La USC tenderá a realizar esta incorporación mediante sistemas electrónicos o telemáticos.

Art. 7 SET

Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursados en cualquier universidad, tanto los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.

Art. 8. Reconocimiento de estudios anteriores al real decreto 1393/2007, de 29 de octubre

El procedimiento y criterios para el reconocimiento parcial de estudios de titulaciones de Diplomado, Licen- ciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalentes para surtir efectos en titulaciones adaptadas al EEES serán los establecidos en esta normativa.

Art. 9. Reconocimiento de otros estudios o actividades profesionales

Conforme los criterios y directrices que fije el Gobierno y el procedimiento que fije la universidad podrán ser reconocidos como equivalentes a estudios universitarios, la experiencia laboral acreditada, las ense- ñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, las enseñanzas deportivas de grado superior y aquellas otras equivalentes que establezca el Gobierno o la Comunidad Autónoma.

Disposiciones transitorias

1.- La validación de estudios para titulaciones no adaptadas al EEES seguirá rigiéndose por la normativa de estos estudios.

2.- La validación de estudios en los Programas Oficiales de Posgrado desarrollados al amparo del Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, y modificado por el Real Decreto 1509/2005, de 16 de diciembre se re- gulará por la presente normativa y por el reglamento específico.

Disposición final

4.6 COMPLEMENTOS FORMATIVOS

Al tratarse de un máster dirigido a la especialización curricular de maestros de infantil y primaria no están previstos complementos formativos. La comisión de selección verificará que los estudiantes que puedan ser admitidos poseen las competencias de grado necesarias para afrontar este nivel de especialización.

(16)

5. PLANIFICACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS

5.1 DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS Ver Apartado 5: Anexo 1.

5.2 ACTIVIDADES FORMATIVAS Actividades iniciales

Análisis de fuentes documentales Aprendizaje colaborativo Discusión dirigida Estudio de casos

Eventos científicos y/o divulgativos Foro virtual

Investigación (Proyecto de investigación) Taller

Portafolios Presentación oral Prueba mixta Salidas de campo Sesión magistral Solución de problemas Trabajos tutelados

5.3 METODOLOGÍAS DOCENTES Actividades iniciales

Análisis de fuentes documentales Aprendizaje colaborativo Discusión dirigida Estudio de casos

Eventos científicos y/o divulgativos Foro virtual

Investigación (Proyecto de investigación) Taller

Portafolios del alumno Presentación oral Prueba mixta Salidas de campo Sesión magistral Solución de problemas Trabajos tutelados

5.4 SISTEMAS DE EVALUACIÓN Análisis de fuentes documentales Aprendizaje colaborativo Discusión dirigida

Eventos científicos y/o divulgativos Foro virtual

(17)

Investigación (Proyecto de investigación) Taller

Portafolios del alumno Presentación oral Prueba mixta Salidas de campo Solución de problemas Trabajos tutelados 5.5 SIN NIVEL 1

NIVEL 2: EL ENTORNO COMO RECURSO EDUCATIVO 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2

CARÁCTER Obligatoria

ECTS NIVEL 2 4,5

DESPLIEGUE TEMPORAL: Cuatrimestral

ECTS Cuatrimestral 1 ECTS Cuatrimestral 2 ECTS Cuatrimestral 3 4,5

ECTS Cuatrimestral 4 ECTS Cuatrimestral 5 ECTS Cuatrimestral 6 ECTS Cuatrimestral 7 ECTS Cuatrimestral 8 ECTS Cuatrimestral 9 ECTS Cuatrimestral 10 ECTS Cuatrimestral 11 ECTS Cuatrimestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE

CASTELLANO CATALÁN EUSKERA

Sí No No

GALLEGO VALENCIANO INGLÉS

Sí No No

FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS

No No No

ITALIANO OTRAS

No No

NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE

· Conocer los conceptos básicos de entorno y aprendizaje.

· Establecer las relaciones entre ambos: como se descubre, incluye y proyecta el entorno como elemento de expansión educativa y recurso didáctico.

· Analizar experiencias de aprendizaje en el entorno desde las diferentes áreas de conocimiento o disciplinas en las etapas de Educación Infantil y Primaria.

· Identificar los agentes del aprendizaje en relación con el entorno, desde el individuo a la comunidad educativa y la sociedad.

· Adquirir recursos para el diseño de propuestas didácticas para la utilización del entorno para el aprendizaje.

· Diseñar propuestas educativas para las etapas de Educación Infantil y Primaria a partir de los recursos que ofrece el entorno próximo.

5.5.1.3 CONTENIDOS

· Fundamentos básicos para relacionar el aprendizaje como práctica docente con el entorno como recurso educativo.

· La clasificación de los contextos de aprendizaje en relación con el entorno: criterios para la clasificación de los conceptos ¿formal¿, ¿no formal¿ e ¿informal¿, su evolución y estado actual de la cuestión.

· El entorno desde las diferentes perspectivas y la interdisciplinaridad: su potencial formador; análisis para la identificación de los elementos del entorno y sus len- guajes para establecer modelos de enseñanza-aprendizaje.

· Las propuestas para el aprendizaje en el entorno en las etapas de Educación Infantil y Primaria: análisis de propuestas, proyectos o experiencias que se basan en el entorno como recurso educativo. Metodologías, estrategias y resultados.

· El entorno como recurso en el diseño de propuestas educativas en Educación Infantil y Primaria: el proceso de diseño de propuestas a partir de los recursos que ofrece el entorno próximo.

5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS

5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES

(18)

CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación

5.5.1.5.2 TRANSVERSALES

T3 - Trabajar de forma autónoma y con iniciativa.

T4 - Trabajar de forma colaborativa.

T5 - Capacidad de organización y planificación en ámbitos educativos disciplinares e interdisciplinares.

T9 - Incorporar las TIC en el proceso de investigación y la gestión de la información, el análisis de datos y la difusión y comunicación de resultados.

T10 - Tener capacidad para actualizar los conocimientos, metodologías y estrategias en la práctica docente.

5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS

E2 - Identificar y analizar críticamente propuestas interdisciplinares en el ámbito educativo.

E3 - Diseñar, justificar, organizar y evaluar de forma sistemática propuestas interdisciplinares en distintos contextos educativos.

E8 - Ser capaz de defender y argumentar de forma oral y escrita el trabajo de investigación y/o innovación realizado, utilizando en su caso recursos audiovisuales de apoyo.

5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS

ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD

Aprendizaje colaborativo 50.2 19.3

Salidas de campo 12.1 100

Trabajos tutelados 50.2 19.3

5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Aprendizaje colaborativo

Presentación oral Prueba mixta Sesión magistral Trabajos tutelados

5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN

SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA

Aprendizaje colaborativo 10.0 70.0

Presentación oral 10.0 70.0

Prueba mixta 10.0 70.0

Trabajos tutelados 10.0 70.0

NIVEL 2: ANÁLISIS DE EXPERIENCIAS INTERDISCIPLINARES 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2

CARÁCTER Obligatoria

ECTS NIVEL 2 4,5

DESPLIEGUE TEMPORAL: Cuatrimestral

ECTS Cuatrimestral 1 ECTS Cuatrimestral 2 ECTS Cuatrimestral 3 4,5

ECTS Cuatrimestral 4 ECTS Cuatrimestral 5 ECTS Cuatrimestral 6 ECTS Cuatrimestral 7 ECTS Cuatrimestral 8 ECTS Cuatrimestral 9 ECTS Cuatrimestral 10 ECTS Cuatrimestral 11 ECTS Cuatrimestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE

CASTELLANO CATALÁN EUSKERA

Sí No No

(19)

GALLEGO VALENCIANO INGLÉS

Sí No No

FRANCÉS ALEMÁN PORTUGUÉS

No No No

ITALIANO OTRAS

No No

NO CONSTAN ELEMENTOS DE NIVEL 3 5.5.1.2 RESULTADOS DE APRENDIZAJE

· Conocer los aspectos básicos de la interdisciplinariedad en diversos contextos educativos.

· Explorar contextos que permitan tratar la interdisciplinariedad buscando la sinergia entre distintas materias curriculares.

· Analizar críticamente las pautas y concreciones interdisciplinares que aparecen en los currículos escolares.

· Identificar y analizar/valorar críticamente las metodologías docentes que mejor se ajustan al trabajo interdisciplinar en E. Infantil y/o Primaria.

· Dotar al alumnado de instrumentos para analizar y evaluar propuestas de enseñanza interdisciplinares en E. Infantil y/o Primaria.

5.5.1.3 CONTENIDOS

· Introducción a la interdisciplinariedad. Líneas básicas del trabajo interdisciplinar: antecedentes, fundamentación teórica, modelos, etc.

· Centros de interés para el trabajo interdisciplinar. Análisis de la aportación de las distintas disciplinas curriculares.

· Estudio de la interdisciplinariedad a través de las competencias básicas y estándares de aprendizaje en el currículum.

· Metodologías para el trabajo interdisciplinar en E. Infantil y/o Primaria.

· Análisis y evaluación de propuestas interdisciplinares concretas.

5.5.1.4 OBSERVACIONES 5.5.1.5 COMPETENCIAS

5.5.1.5.1 BÁSICAS Y GENERALES

G1 - Expresarse correctamente, tanto de forma oral como escrita, en las lenguas oficiales de la comunidad autónoma.

G3 - Utilizar las herramientas básicas de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) necesarias para el ejercicio de su profesión y para el aprendizaje a lo largo de su vida.

G4 - Desarrollarse para el ejercicio de una ciudadanía abierta, culta, crítica, comprometida, democrática y solidaria, capaz de analizar la realidad, diagnosticar problemas, formular e implantar soluciones basadas en el conocimiento y orientadas al bien común.

G6 - Valorar críticamente el conocimiento, la tecnología y la información disponible para resolver los problemas con los que deben enfrentarse.

G7 - Asumir como profesional y ciudadano la importancia del aprendizaje a lo largo de la vida.

G8 - Valorar la importancia que tiene la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico en el avance socioeconómico y cultural de la sociedad.

CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación

CB7 - Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio

CB8 - Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios

CB9 - Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades

CB10 - Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.

5.5.1.5.2 TRANSVERSALES

T1 - Capacidad de análisis y síntesis.

T3 - Trabajar de forma autónoma y con iniciativa.

T4 - Trabajar de forma colaborativa.

T5 - Capacidad de organización y planificación en ámbitos educativos disciplinares e interdisciplinares.

T11 - Capacidad para comprender el significado y aplicación de la perspectiva de género en los distintos ámbitos de conocimiento y en la práctica profesional con el objetivo de alcanzar una sociedad más justa e igualitaria.

(20)

T12 - Capacidad para comunicarse por oral y por escrito en lengua gallega

T13 - Sostenibilidad y compromiso ambiental. Uso equitativo, responsable y eficiente de los recursos 5.5.1.5.3 ESPECÍFICAS

E1 - Conocer las bases teóricas del trabajo interdisciplinar e identificar sus centros de interés en contextos escolares y no escolares.

E2 - Identificar y analizar críticamente propuestas interdisciplinares en el ámbito educativo.

E3 - Diseñar, justificar, organizar y evaluar de forma sistemática propuestas interdisciplinares en distintos contextos educativos.

E9 - Ensayar y evaluar planteamientos de enseñanza disciplinares o interdisciplinares en contextos educativos reales, y promover propuestas de mejora en relación con los resultados obtenidos.

E13 - Analizar y valorar críticamente investigaciones y proyectos de innovación en ámbitos disciplinares específicos.

E17 - Seleccionar, adaptar y aplicar materiales y recursos TIC y de otra índole, para mejorar la enseñanza y aprendizaje de las diferentes ámbitos disciplinares.

5.5.1.6 ACTIVIDADES FORMATIVAS

ACTIVIDAD FORMATIVA HORAS PRESENCIALIDAD

Análisis de fuentes documentales 57.9 0

Aprendizaje colaborativo 21.2 45.8

Sesión magistral 12.1 100

Trabajos tutelados 21.2 45.8

5.5.1.7 METODOLOGÍAS DOCENTES Análisis de fuentes documentales Aprendizaje colaborativo Presentación oral Prueba mixta Sesión magistral Trabajos tutelados

5.5.1.8 SISTEMAS DE EVALUACIÓN

SISTEMA DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN MÍNIMA PONDERACIÓN MÁXIMA

Aprendizaje colaborativo 10.0 70.0

Presentación oral 10.0 70.0

Prueba mixta 10.0 70.0

Trabajos tutelados 10.0 70.0

NIVEL 2: DISEÑO DE PROYECTOS INTERDISCIPLINARES 5.5.1.1 Datos Básicos del Nivel 2

CARÁCTER Obligatoria

ECTS NIVEL 2 4,5

DESPLIEGUE TEMPORAL: Cuatrimestral

ECTS Cuatrimestral 1 ECTS Cuatrimestral 2 ECTS Cuatrimestral 3 4,5

ECTS Cuatrimestral 4 ECTS Cuatrimestral 5 ECTS Cuatrimestral 6 ECTS Cuatrimestral 7 ECTS Cuatrimestral 8 ECTS Cuatrimestral 9 ECTS Cuatrimestral 10 ECTS Cuatrimestral 11 ECTS Cuatrimestral 12 LENGUAS EN LAS QUE SE IMPARTE

CASTELLANO CATALÁN EUSKERA

Sí No No

GALLEGO VALENCIANO INGLÉS

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