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DEMANDA ORDINARIA DE DAÑOS Y PERJUICIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE

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DEMANDA ORDINARIA DE DAÑOS Y PERJUICIOS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE ___________

____________, en mi calidad de _________ y como tal representante legal de la ___________ comparece ante su autoridad por los derechos que representa con la presente demanda por daños y perjuicios, misma que se formula en los siguientes términos:

1. LA DESIGNACIÓN DEL JUZGADOR ANTE QUIEN SE PROPONE.- El juez ante quien propongo esta demanda es ante un Juez de la Unidad Judicial ___ con sede en __________

2. LOS NOMBRES Y APELLIDOS Y MÁS GENERALES DE LEY DEL ACTOR SON:

Actor:

_______ con RUC _______, a quien también en esta demanda se le podrá llamar ________, con domicilio en las calles ________ Cantón ________, Provincia de ___________.

Representante Legal:

La empresa actora se encuentra representada legalmente por su _______, en calidad de representante legal, el señor __________, con cédula de ciudadanía No. __________, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil ________, de profesión _______, domiciliado y residente en la ciudad de _____, en las calles _________, Cantón ___, Provincia de ________, con correo electrónico _________.

Designación de Abogados:

Designo como mis abogados defensores al ___________ profesionales a quienes autorizo para que de forma individual o conjunta realicen todas las gestiones necesarias, y presenten cuanto escrito sea necesario en defensa de los intereses de mi representada dentro de la presente causa.

Domicilio para notificaciones:

Para futuras notificaciones señalo el casillero judicial electrónico _________ y correo electrónico ________.

3. LOS NOMBRES COMPLETOS DE LOS DEMANDADOS Y LUGAR DE CITACIÓN SON:

Demandados:

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3.1. Empresa _________ con RUC __________ representada legalmente por su Gerente General el señor ________, a quien se demanda por los derechos que representa.

3.2. __________, con número de cédula de ciudadanía No.

________, con matrícula profesional No. _______-, quien fue socio de la empresa _______- y que fue designado por éstas como abogado patrocinador de ________, a quien se le demanda por sus propios y personales derechos, y como responsable solidario del perjuicio causado.

Citaciones:

A los demandados se los citará en las siguientes direcciones:

• __________.: En la Parroquia _______, Cantón y ciudad de __________, en la Av. ___________.

La citación se deberá realizar conforme lo dispone el Artículo 72 del Código Orgánico General de Procesos, con atento deprecatorio solicitado a uno de los Jueces de la Unidad Judicial _____ de __________.

• _________: En la Parroquia _____, Cantón y ciudad de _______, en las calles __________.

La citación se realizará conforme lo dispone el Artículo 55 del Código Orgánico General de Procesos.

A los demandados se les hará conocer de la presente demanda en sus correos electrónicos ______________

Adjunto al presente el croquis para la citación.

4. LA NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A MIS PRETENSIONES, SON COMO SIGUE:

4.1. Con fecha _________, la empresa ________ fue notificada por el Servicio de Rentas Internas con la orden de determinación No.

______ con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al impuesto a la renta del ejercicio fiscal ________, que fue notificada con el acta borrador de determinación por un valor a pagar de __________.

4.2. Como consecuencia de la notificación por parte del SRI y el monto de la obligación tributaria que se estaba imputando, la

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empresa _______ en el mes de ________, contrató verbalmente los servicios especializados de _______a ______, para que particularmente emprenda todas las acciones administrativas y judiciales que sean necesarias para desvirtuar la obligación tributaria notificada por el Servicio de Rentas Internas.

4.3. La empresa demandada cuentan con varios abogados para el patrocinio de las causas de sus clientes; por lo que, la empresa _________ designó como abogado defensor para el patrocinio de _________ al abogado _____, quien en esa época era socio de ________, profesional que actuó durante toda la etapa administrativa en el SRI, y fue quien presentó la impugnación ante el Tribunal de lo Contencioso Tributario, como en los cuadernos procesales del caso se puede observar.

4.4. El _______, el Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario con sede en el _______, emite la sentencia, resolviendo desechar la demanda por extemporánea, indicando en su parte considerativa en la motivación de la sentencia que la demanda podía ser impugnada hasta el ________, en aplicación del Artículo 229 del Código Tributario; consecuentemente, a la fecha de presentación de la demanda, _______, el derecho de ________ había caducado.

Al revisar la sentencia, esta incluso cita jurisprudencia que se pronuncia al respecto, dentro del recurso de casación No. 118- 2009, publicada en el Registro Oficial No. 190 de 08 de septiembre de 2011, en la misma se señala que la Sala Juzgadora debió reparar en la extemporaneidad de la demanda, aplicando debidamente el artículo 229 del Código Tributario, por tanto, no debió admitir a trámite, ni citar a los demandados, ni realizar diligencias posteriores.

Otra jurisprudencia que se permite citar el Tribunal, son las contenidas en los fallos 102-98 publicado en el Registro Oficial 245 de 16 de enero de 2001, 123-99 publicado en el Registro Oficial 298 de 3 de abril de 2001; y, 88-2000 publicado en el Registro Oficial 14 de 04 de febrero de 2003, que señalan que una demanda extemporánea, impide que el juzgador se pronuncie sobre el fondo de la misma, lo que imposibilitó que el Tribunal analice y considere el peritaje realizado dentro del proceso.

Por lo antes explicado el Tribunal confirmó la ejecutoriedad de la Resolución y obligación de pago de la determinación No. ________.

4.5. La negligencia que cometieron ________, al no presentar la acción judicial en el tiempo legal correspondiente de acuerdo con la Ley para interponer la impugnación ante el Tribunal de lo Contencioso Tributario, ha causado que mi representada quede en

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indefensión, generando un grave perjuicio económico; puesto que, teniendo los sustentos y justificativos para desvirtuar el pago del impuesto a la renta imputado por el SRI como sí se contaba con la documentación de respaldo, se debió haber liberado de esa obligación a mi representada; debiendo cancelar actualmente más de ________ dólares, por lo determinado indebidamente por el SRI, más los recargos, intereses calculados, caución judicial del juicio interpuesto a destiempo y deducciones de crédito tributario que mi representada tenía desde la fecha de emisión de la resolución.

A todo esto es importante señalar que la indebida determinación impugnada a destiempo en el Tributan Contenciosos Tributario por los demandados, generaron que se litigue indebidamente y sin expectativas de triunfo por presentarse a destiempo, por más de ________ años, mismos que generaron intereses y multas que superaron el doble de la obligación inicial ratificada en la determinación del SRI, esto imputable exclusiva y directamente a la presentación de la demanda fuera del tiempo legal permitido por parte de _________.

De los valores adicionales antes referidos, hay que considerar que mi representada tuvo también que incurrir en gastos infructuosos durante el fallido litigio, como es el pago de los honorarios del señor Perito del proceso judicial No. ________, honorarios de abogados durante el proceso que los jueces admitieron a trámite hasta su finalización y más valores que con motivo del juicio se debió pagar.

4.6. El monto total del perjuicio con el SRI es de US$ _________

desglosado en los siguientes rubros:

4.6.1. Impuesto determinado por SRI _______

4.6.2. Interés ________

4.6.3. Multa 20% _________

4.6.4. Multa 100% ________

4.7. Los pagos realizados al SRI hasta la fecha son los siguientes:

4.7.1. Crédito tributario imp. Renta ____ ________

4.7.2. Caución para juicio Contencioso __________

4.7.3. Abono de 20% a la deuda ________

4.7.4. Abono 20% para facilidades de pago ________

4.7.5. 1ra cuota facilidades de pago ______ _________

4.7.6. 2da cuota facilidades de pago _____ ________

TOTAL ___________

4.8. ______ ha tenido que realizar préstamos para cancelar los pagos de la deuda al SRI, generándose los siguientes intereses por dichos préstamos:

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4.8.1. Interés primer pago 20% abono deuda _________

4.8.2. Interés segundo pago 20% para facilidades _________

4.8.3. Interés primer pago cuota facilidades de pago ____

4.8.4. Interés segunda cuota facilidades de pago ____

TOTAL ________

4.9. Saldo a la fecha pendiente de pago al SRI:

4.9.1. 3ra cuota facilidades de pago _________ ________

4.9.2. 4ta cuota facilidades de pago __________ _______

TOTAL _________

4.10. La suma de lo pagado, US$ ________, más el valor restante pendiente de pago US$ _______, descrito en el numeral precedente, da un total de US$ ________, más los intereses generados por los préstamos que ha tenido que realizar mi representada para el pago al SRI.

4.11. Los gastos adicionales realizados por el infructuoso juicio contencioso tributario, sin ser restrictivo, son los siguientes:

4.11.1. Intereses por pago de caución judicial _____

4.11.2. Pago honorarios defensor juicio tributario _____

4.11.3. Honorarios peritaje juicio tributario ____

4.12. Debe considerarse que uno de los deberes que tienen los abogados para con sus clientes es el obrar con pericia, diligencia, honradez, veracidad, responsabilidad, etc., puesto que el cliente deposita en él toda su confianza, otorgándole toda la información necesaria y la que requiera el defensor técnico, para que pueda defender los intereses de sus patrocinados; consecuentemente, era obligación del contratado actuar con suma responsabilidad, dedicando toda su capacidad, con diligencia excesiva, con el fin de salvaguardar, en el presente caso el patrimonio de mi representada, para que no se produzca un daño al cliente, por su omisión y/o por negligencia en su accionar, esta obligación se ve reflejada en la constitución de la República en su Artículo 54 inciso segundo que cita:

“Las personas serán responsables por la mala práctica en el ejercicio de su profesión, arte u oficio, en especial aquella que ponga en riesgo la integridad o la vida de las personas.”

4.13. La contratada, ha sido negligente en su accionar, ya que no ha tenido el cuidado suficiente para establecer la fecha límite que tenía para presentar la impugnación ante el Tribunal de lo Contencioso Tributario, dejándome en clara indefensión y

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obligando a mi representada a pagar obligaciones tributarias injustas al SRI y cuantiosos intereses por un juicio fallido desde su inicio.

5. FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN:

De los fundamentos de hecho presentados, se puede observar que la empresa _______ a través del abogado _________, a quien se le asignó el patrocinio de la causa tributaria de mi representada, ha cometido negligencia en sus deberes con defensor técnico, causando un grave perjuicio económico a la empresa _________

En este sentido, los fundamentos de derecho que amparan el presente acto de proposición son los siguientes:

5.1. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR:

5.1.1. “Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

(…)

7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

(…)

g) En procedimientos judiciales, ser asistido por una abogada o abogado de su elección o por defensora o defensor público; no podrá restringirse el acceso ni la comunicación libre y privada con su defensora o defensor.

(…)”

La Constitución otorga el derecho a las personas a elegir al abogado defensor para la defensa en los procesos judiciales, en tal sentido, dado que recibíamos continuamente de la empresa hoy demandada asesoría tributaria, se decidió contar con sus servicios de patrocinio jurídico tanto para la sede administrativa como judicial en contra del SRI por la determinación tributario del año _______; es decir, que se contó con los servicios de la empresa ________

En este sentido, la Constitución y los derechos de consumidor también protegen a las personas por la prestación deficiente de servicios o mala práctica profesional, determinando que estas personas serán responsables civiles y penales por el servicio prestado.

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5.1.2. “Art. 54.- Las personas o entidades que presten servicios públicos o que produzcan o comercialicen bienes de consumo, serán responsables civil y penalmente por la deficiente prestación del servicio, por la calidad defectuosa del producto, o cuando sus condiciones no estén de acuerdo con la publicidad efectuada o con la descripción que incorpore.

Las personas serán responsables por la mala práctica en el ejercicio de su profesión, arte u oficio, en especial aquella que ponga en riesgo la integridad o la vida de las personas.” (lo resaltado me pertenece).

Consecuentemente, ________ es responsable civilmente por el mal servicio prestado a la _______ al no haber precautelado los intereses de mi representada y haber encargado sus servicios a su filial de la ciudad de ________ dejando a ésta la representación legal dentro del juicio No. ________, sin realizar un debido acompañamiento y/o seguimiento sobre lo que se está realizando dentro de dicha causa.

En este aspecto, la Ley de Defensa del Consumidor, protege al consumir por la prestación de servicios defectuosos, conforme las siguientes disposiciones:

5.2. LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR:

5.2.1. “Art. 4.- Derechos del Consumidor.- Son derechos fundamentales del consumidor, a más de los establecidos en la Constitución Política de la República, tratados o convenios internacionales, legislación interna, principios generales del derecho y costumbre mercantil, los siguientes:

(…)

2. Derecho a que proveedores públicos y privados oferten bienes y servicios competitivos, de óptima calidad, y a elegirlos con libertad;

(…)

8. Derecho a la reparación e indemnización por daños y perjuicios, por deficiencias y mala calidad de bienes y servicios; (…)”

5.2.2. “Art. 18.- Entrega del Bien o Prestación del Servicio.- Todo proveedor está en la obligación

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de entregar o prestar, oportuna y eficientemente el bien o servicio, de conformidad a las condiciones establecidas de mutuo acuerdo con el consumidor.

Ninguna variación en cuanto a precio, costo de reposición u otras ajenas a lo expresamente acordado entre las partes, será motivo de diferimiento.” (Lo subrayado me pertenece)

5.2.3. “Art. 20.- Defectos y Vicios Ocultos.- El consumidor podrá optar por la rescisión del contrato, la reposición del bien o la reducción del precio, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios, cuando la cosa objeto del contrato tenga defectos o vicios ocultos que la hagan inadecuada o disminuyan de tal modo su calidad o la posibilidad del uso al que habitualmente se le destine, que, de haberlos conocido el consumidor, no la habría adquirido o hubiera dado un menor precio por ella.” (Lo subrayado me pertenece)

5.2.4. “Art. 27.- Servicios Profesionales.- Es deber del proveedor de servicios profesionales, atender a sus clientes con calidad y sometimiento estricto a la ética profesional, la ley de su profesión y otras conexas.

5.2.5. En lo relativo al cobro de honorarios, el proveedor deberá informar a su cliente, desde el inicio de su gestión, el monto o parámetros en los que se regirá para fijarlos dentro del marco legal vigente en la materia y guardando la equidad con el servicio prestado.” (Lo subrayado me pertenece)

5.2.6. “Art. 28.- Responsabilidad Solidaria y Derecho de Repetición.- Serán solidariamente responsables por las indemnizaciones civiles derivadas de los daños ocasionados por vicio o defecto de los bienes o servicios prestados, los productores, fabricantes, importadores, distribuidores, comerciantes, quien haya puesto su marca en la cosa o servicio y, en general, todos aquellos cuya participación haya influido en dicho daño.

La responsabilidad es solidaria, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan. Tratándose de la devolución del valor pagado, la acción no podrá intentarse sino respeto del vendedor final.

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El transportista solo responderá por los daños ocasionados al bien con motivo o en ocasión del servicio por él prestado.” (Lo resaltado me pertenece) 5.2.7. “Art. 55.- Constituyen prácticas abusivas de mercado, y están absolutamente prohibidas al proveedor, entre otras, las siguientes:

(…)

5.2.8. 7. Dejar de fijar plazo para el cumplimiento de sus obligaciones, o dejarlo a su único criterio; y, (…)” (Lo subrayado me pertenece)

5.2.9. “Art. 75.- Servicios Defectuosos.- Cuando los servicios prestados sean manifiestamente defectuosos, ineficaces, causen daño o no se ajusten a lo expresamente acordado, los consumidores tendrán derecho, además de la correspondiente indemnización por daños y perjuicios, a que le sea restituido el valor cancelado.

Además, el proveedor de tales servicios, será sancionado con una multa de cincuenta a quinientos dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda de curso legal, sin perjuicio de las demás acciones a que hubiere lugar.” (Lo resaltado me pertenece)

Queda claro entonces, que la empresa _______; y, el Abogado ________, prestaron un servicio totalmente deficiente, que ha acarreado a mi representada a la pérdida de una cuantiosa suma de dinero, que supera inclusive el capital social de mi representada.

5.3. CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL:

En el caso que nos ocupa, en cuanto al abogado ________, en su calidad de abogado designado por la empresa, ha incurrido en incumplimiento de sus deberes como abogado patrocinador:

5.3.1. “Art. 330.- DEBERES DEL ABOGADO EN EL PATROCINIO DE LAS CAUSAS.- Son deberes del abogado en el patrocinio de una causa:

(…)

2. Patrocinar con sujeción a los principios de lealtad, probidad, veracidad, honradez y buena fe;

3. Defender con sujeción a las leyes, la verdad de los hechos y las normas del Código de Conducta en el Ejercicio Profesional que será dictado por el Consejo de la Judicatura;

(…)

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5. Cumplir fielmente las obligaciones asumidas con su patrocinado; (…)”.

El defender con sujeción a los principios de lealtad, probidad, honradez, a la Ley y cumpliendo las obligaciones asumidas con el patrocinado, implica que la defensa debe ser apegadas al ordenamiento jurídico; debiendo para el efecto, en el presente caso, observar y cumplir con los términos legales establecidos, lo que no ocurrió en el juicio No. _______, al haber presentado de manera extemporánea la demanda; es decir, fuera del plazo establecido en la ley.

Con los antecedentes expuestos, es evidente que la empresa ______ y el abogado patrocinador designado no han cumplido con su obligación contractual, causándome un grave perjuicio económico, por lo que han recaído en una responsabilidad civil.

5.4. CÓDIGO CIVIL:

En consecuencia, se demanda los daños y perjuicios causados al amparo de lo dispuesto en el Código Civil, en siguientes artículos:

5.4.1. “Art. 1453.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como entre los padres y los hijos de familia.”

Del presente artículo se infiere que las obligaciones nacen de la voluntad de las personas para obligarse, como lo son los contratos, y también nacen por un hecho que ha causado daño a un tercero, como lo son los cuasidelitos.

5.4.2. “Art. 2214.- El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, está obligado a la indemnización;

sin perjuicio de la pena que le impongan las leyes por el delito o cuasidelito.”

5.4.3. “Art. 2215.- Puede pedir esta indemnización, no sólo el que es dueño o poseedor de la cosa que ha sufrido el daño, o su heredero, sino el usufructuario, el habitador o el usuario, si el daño irroga perjuicio a su derecho de usufructo o de habitación o uso. Puede también pedirla, en otros casos, el que tiene la cosa con obligación de responder de ella; pero sólo en ausencia del dueño.”

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5.4.4. “Art. 2216.- Están obligados a la indemnización el que hizo el daño y sus herederos...”

5.4.5. “Art. 2217.- Si un delito o cuasidelito ha sido cometido por dos o más personas, cada una de ellas será solidariamente responsable de todo perjuicio procedente del mismo delito o cuasidelito, salvo las excepciones de los Arts. 2223 y 2228…”

5.4.6. “Art. 2220.- Toda persona es responsable, no sólo de sus propias acciones, sino del hecho de los que estuvieren a su cuidado...”

5.4.7. “Art. 2229.- Por regla general todo daño que pueda imputarse a malicia o negligencia de otra persona debe ser reparado por ésta...”

Las disposiciones que anteceden establecen quienes son los obligados a responder por los daños causados.

5.4.8. “Art. 1572.- La indemnización de perjuicios comprende el daño emergente y el lucro cesante, ya provengan de no haberse cumplido la obligación, o de haberse cumplido imperfectamente, o de haberse retardado el cumplimiento.

Exceptúanse los casos en que la ley la limita al daño emergente.

Exceptúanse también las indemnizaciones por daño moral determinadas en el Título XXXIII del Libro IV de este Código.”

5.4.9. “Art. 1574.- Si no se puede imputar dolo al deudor, sólo es responsable de los perjuicios que se previeron o pudieron preverse al tiempo del contrato. Pero si hay dolo, es responsable de todos los perjuicios que fueron una consecuencia inmediata o directa de no haberse cumplido la obligación, o de haberse demorado su cumplimiento.

La mora causada por fuerza mayor o caso fortuito no da lugar a indemnización de perjuicios.

Las estipulaciones de los contratantes podrán modificar estas reglas.”

En el presente caso, los obligados cumplieron con su obligación de manera imperfecta, por cuanto cometieron negligencia frente al asunto que se les encargó para su defensa, dejando a mi representada en indefensión, lo que acarreó la generación de una cuantiosa suma de dinero como glosa del Servicio de Rentas Internas y más aún una

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cifra superior por intereses, siendo éste un perjuicio económico gravísimo para mí representada, que supera incluso el capital social de la empresa.

El hecho de no cumplirse o cumplirse de manera imperfecta los servicios contratados faculta a la parte perjudicada a solicitar la respectiva indemnización de daños y perjuicios, los que se desglosan en daño emergente y lucro cesante. Para lo cual, debe tomarse en cuenta que el daño emergente constituye el detrimento o menoscabo que ha sobrevenido al actor de la presente causa por causa de los demandados, al no haber cumplido con sus obligaciones contractuales; esto es, el haber presentado la demanda a destiempo dejando la obligación tributaria en firme, generando una obligación de pago al fisco sumamente cuantiosa. Y, el lucro cesante corresponde al beneficio o la ganancia que ha dejado de percibir, por causa de los demandados; es decir, la utilidad que ha dejado de obtener por la existencia del crédito tributario y los valores cancelados hasta la fecha al SRI, con los que se han cancelado parte de la deuda.

6. ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA:

Prueba Documental:

6.1. Datos Generales de la Compañía _______

6.2. Copia certificada de la cesión de participaciones de fecha _________.

6.3. Copia Certificada de la resolución del SRI No. ________, que se encuentra de fojas ______ del expediente certificado del juicio No. _______ que se adjunta.

6.4. Copia Certificada de la factura __________de _________, que emitió _________ por concepto de honorarios profesionales por el patrocinio tributario por el acta de determinación del ejercicio fiscal ________.

6.5. Copia Certificada del Comprobante de egreso No. ______

6.6. Copia certificada del escrito de fecha de ____ y su adjunto que corresponde al comprobante de transacción realizada por concepto de caución en el Banco ____, documentos que se encuentran a fojas _________ del expediente certificado del juicio No. ______ que se adjunta al presente.

6.7. Copia certificada del expediente judicial de impugnación presentada ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal, signado con el número de juicio No. __________.

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6.8. Copia Certificada del Acta de Sorteo de la demanda presentada por _____en contra del SRI y que fue signada con número de juicio ________, que se encuentra a fojas ___ del expediente certificado del juicio No. ________ que se adjunta.

6.9. Copia Certificada del escrito presentado el ______, que se encuentra a fojas _____ del expediente certificado del juicio No.

______ que se adjunta.

6.10. Copia Certificada del informe de perito de fecha ______, presentado dentro del juicio No. ________, a fojas ________

6.11. Copia certificada de la sentencia emitida el _______, que se encuentra a fojas ______ del expediente certificado del juicio No.

________ que se adjunta.

6.12. Copia Certificada del convenio de facilidades de pago emitido por el Servicio de Rentas Internas.

6.13. Copia Certificada del pagaré suscrito en fecha _______ a favor del Banco _________

Prueba Testimonial:

6.14. Llámese a rendir declaración de parte al señor ________en su calidad de _______ de ________

Contenido: El declarante rendirá su declaración respecto de:

• La negociación realizada con el señor ______ Presidente de _______, para la prestación de servicios de asesoría legal por la determinación tributaria del ejercicio fiscal ______ realizada por el Servicio de Rentas Internas;

• La designación del Abogado _________ para el patrocinio judicial tributario de ___.

Al declarante, por ser uno de los demandados, se le notificará de su obligación de comparecer a declarar en el auto de calificación a la demandada, quedando notificado al momento de la citación.

6.15. Llámese a rendir declaración de parte al señor ________

Contenido: El declarante rendirá su declaración respecto de:

• Su vinculación societaria y/o comercial con la empresa ______ durante los periodos ______

• Su participación en la prestación del servicio de asesoría tributaria a ______ por la determinación tributaria del ejercicio fiscal del ______ en sede administrativa, y

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posteriormente en sede judicial dentro del juicio ________, con relación a la resolución del SRI No. _______

Al declarante, por ser uno de los demandados, se le notificará de su obligación de comparecer a declarar en el auto de calificación a la demandada, quedando notificado al momento de la citación.

Prueba Pericial:

6.16. Informe pericial de fecha _______, realizado por el ______

Objeto de la prueba: Demostrar que ____ no tenía que cancelar ningún valor al SRI por concepto del impuesto a la renta del año ___, materia del litigio del juicio ______; y, consecuentemente, la determinación del perjuicio económico causado.

Para el día de la audiencia su autoridad se servirá llamar al perito Señor ________ para que sustente su informe ante su autoridad.

Al perito se le notificará en el casillero electrónico _________

6.17. Informe pericial de fecha _______, realizado por el ______

Objeto de la prueba: Demostrar el valor del perjuicio causado a ____.

Para el día de la audiencia su autoridad se servirá llamar al perito Señor ________ para que sustente su informe ante su autoridad.

Al perito se le notificará en el casillero electrónico _________

7. PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA DE LO QUE SE EXIGE.-

Señor Juez de lo expuesto y al amparo de las disposiciones legales antes mencionadas, demando:

7.1. DAÑOS Y PERJUICIOS a la empresa _______; y, como responsable solidario al Abogado ________ por la negligencia cometida en la prestación de los servicios contratados para el patrocinio en sede judicial para la impugnación de la resolución del SRI No. _________, impugnación que fue presentada de manera extemporánea en sede judicial.

Dentro de la indemnización se considerará el daño emergente por el monto de la obligación impuesta por el SRI más los intereses de Ley; y, el lucro cesante por el valor que se ha cancelado hasta la presente fecha al Servicio de Rentas Internas.

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7.2. El pago de costas procesales al tenor del artículo 284 y siguientes del COGEP.

8. LA CUANTÍA.-

La cuantía la fijo en la suma de _________DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTAMÉRICA. (US$_________).

La cuantía se la fija conforme lo dispone el artículo 144 numeral 1 del COGEP.

9. ESPECIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.-

Su autoridad se dignará dar a esta causa el trámite de PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo previsto en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos.

10. DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN A LA DEMANDA:

• Nombramiento del Representante Legal ______

• Copia de la cédula del representante legal ________

• Copia simple RUC empresa ________.

• Copias credenciales abogados defensores.

• Croquis de los lugares de la citación.

• Documentos de prueba.

Firmo con mis Defensores.

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