PROPUESTA DE UN MODULO ESPECIFICO EN EL SIDUNEA WORLD PARA EL CONTROL DE MERCANCIAS PRODUCIDAS POR TERCERAS EMPRESAS
TESINA PARA OPTAR AL TITULO DE ESPECIALISTA EN GESTION ADUANERA
Autor
- Ana María Abea Gutiérrez
Tutor
- Msc. Johanna Torres Tapia
Fecha de Impresión
- Managua, 19 de mayo 2020
PROPUESTA DE UN MODULO ESPECIFICO EN EL SIDUNEA WORLD PARA EL CONTROL DE MERCANCIAS PRODUCIDAS POR TERCERAS EMPRESAS
TESINA PARA OPTAR AL TITULO DE ESPECIALISTA EN GESTION ADUANERA
Autor
- Ana María Abea Gutiérrez
Tutor
- Msc. Johanna Torres Tapia
Fecha de Impresión
- Managua, 19 de mayo 2020
II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA: ... 6
III. ANTECEDENTES ... 7
IV. JUSTIFICACION ... 15
V. OBJETIVOS ... 18
- Objetivo General: ... 18
- Objetivos Específicos: ... 18
VI. MARCO DE REFERENCIA JURIDICA ... 18
CONVENIO DE KIOTO REVISADO ... 21
MARCO DE NORMAS SAFE DE LA OMA ... 23
LA DECLARACIÓN DE ARU SHA (REVISADA) ... 24
VII. MARCO CONCEPTUAL ... 24
VIII. PREGUNTAS DIRECTRICES ... 28
IX. DISEÑO METODOLOGICO ... 29
- AREA DE ESTUDIO ... 29
- ENFOQUE DEL ESTUDIO ... 31
TIPO DE ESTUDIO ... 32
- UNIDAD DE ANALISIS, UNIVERSO Y MUESTRA ... 35
- MÉTODOS Y TÉCNICAS UTILIZADOS PARA LA RECOLECCIÓN Y EL ANÁLISIS DE DATOS ... 37
- PLAN DE ANÁLISIS ... 39
- OPERACIONALIZACION DE VARIABLES... 40
X. ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS ... 41
A) ANÁLISIS DE LOS DOCUMENTOS USADOS ACTUALMENTE EN CONTROL DE MERCANCÍAS OBJETO DE SUBCONTRATO. ... 41
a) Llenado de la DUCA T, conforme lo establecido en su manual. Sistema Informático SW 41 b) Controles utilizados en las delegaciones de zona franca estudiadas para las mercancías objeto de subcontrato. ... 68
B) Aceptación y resistencia al cambio. ... 79
XI. CONCLUSIONES ... 80
XII. RECOMENDACIONES ... 83
XIII. BIBLIOGRAFIA ... 84
ANEXOS ... 86
i. DEDICATORIA
El presente trabajo está dedicado a mi familia.
En primer lugar, a mi esposo, quien, con su paciencia, amor, apoyo y comprensión, me compartió los fines de semana con la Escuela, para permitir que siguiera creciendo profesionalmente.
A mis hijos, que siempre me animan y me inspiran a salir adelante, sabiendo que debo ser en todo momento, un ejemplo para ellos.
A mi madre, que aunque no está físicamente conmigo, sus valores y enseñanza me han permitido formarme, y me enseñaron que la educación es lo más valioso que se puede heredar a los hijo y que siempre hay que superarse, que se debe ser siempre el mejor y que cuando hacemos algo, debemos hacerlo bien.
Igualmente quiero dedicar este trabajo a las personas especiales que me acompañaron en esta etapa, y aportaron de una u otra manera en mi formación profesional y ser humana.
ii. AGRADECIMIENTO
Quiero agradecer, primeramente, a Dios, por darme la vida y la salud necesaria, lo que me permitió culminar este trabajo.
A mi familia, por haberme tenido la paciencia para que pudiera obtener este título de posgrado.
A la Dirección General de Aduanas, por haberme permitido optar a este título y darme la oportunidad de seguir creciendo profesionalmente.
A mi tutora de tesis, primero por la paciencia que me tuvo para la realización de esta tesina, por haberme guiado y brindado el apoyo para desarrollar un trabajo que pueda ser de utilidad para la institución.
I. RESUMEN
Las mercancías objeto de Subcontrato en el Régimen de Zona Franca, son mercancías que ingresan al territorio nacional bajo un Régimen Suspenso de Tributos. Dichas mercancías, son controladas por los funcionarios Aduaneros que se encuentran presentes en las distintas delegaciones de Zona Franca, los cuales son los responsables de garantizar que las mercancías que ingresan al Régimen y que son objeto de un subcontrato, sean destinadas a lo que se autorizó por la Comisión Nacional de Zonas Francas.
Actualmente no está normado en la legislación aduanera correspondiente a este tema, un mecanismo que se utilice en las delegaciones para el debido control y seguimiento de estas mercancías, sino que cada delegación elabora un modelo de acuerdo a sus necesidades, lo que les permite controlar de manera incorrecta, estas mercancías.
Ante esta necesidad, se realizó este estudio de carácter cualitativo, el cual tiene como fin, proponer ante la Dirección Superior de Aduana, la creación e implementación de un módulo en el Sistema Informático Sidunea World, que permita, ante todo, homogeneidad en los controles, confiabilidad en la información y modernización de las delegaciones para este tipo de procedimientos.
Se hicieron entrevistas, encuestas, y análisis de documentos utilizados actualmente para el control de estas mercancías, lo que permitió acentuar la necesidad de crear un mecanismo que permita controlar de manera uniforme dichas mercancías.
El análisis de la información estudiada, permitió determinar lo frágil que hasta el momento son los controles utilizados y que es preciso establecer mecanismos de control que le permitan a la Autoridad Aduanera, controlar, verificar,
inspeccionar y comprobar, que las empresas están cumpliendo con lo estipulado y autorizado en las Resoluciones de Subcontrato.
Es necesario decir, que la creación del nuevo módulo es necesaria para una correcta aplicación de los procedimientos de control que estas mercancías requieren para su tránsito dentro del territorio aduanero.
I. INTRODUCCION
El Gobierno de Nicaragua reconoce el potencial que tiene la inversión extranjera para impulsar el desarrollo económico y social de un país. Por lo tanto, promueve activamente el establecimiento de la inversión en el país, siempre que muestre prácticas responsables hacia sus trabajadores, el medio ambiente y la comunidad donde opera.
“El objetivo fundamental del Estado es el desarrollo socio-económico del país, mediante la atracción de la Inversión Extranjera Directa, la promoción de la Inversión Nacional y la promoción de las Exportaciones. En este sentido, el Régimen de Zonas Francas se ha constituido en un instrumento para elevar la calidad de vida de los nicaragüenses, mediante la generación de empleo”. Presidente de Nicaragua Cmdte. Daniel Ortega Saavedra. Carta enviada al presidente de la Asamblea Nacional, presentación de la ley de Zonas Francas
Nicaragua cuenta con una serie de ventajas competitivas que hacen del país un destino atractivo para la inversión extranjera; parte de estas ventajas es la facilidad que la Dirección General de Aduanas, brinda a estas empresas, mediante controles de fácil aplicación, que permitan una dinamización de su operatividad.
http://www.cnzf.gob.ni)
Podemos asi mismo afirmar que Nicaragua cuenta con un clima favorable de negocios, este clima permite desarrollar y operar proyectos de inversión con
tranquilidad a inversionistas nacionales e internacionales, propiciando un buen ambiente de inversión.
Nicaragua como número uno en Centroamérica en cuanto a cumplimiento de contratos, resolución de la insolvencia y protección a los inversionistas. Reporte Doing Business 2013-2014, publicado por el Banco Mundial.
La Ley de Promoción de Inversiones (Ley 344) ofrece a inversionistas garantías fundamentales como:
1. Libre convertibilidad de monedas.
2. Libre Expatriación de Capital
3. No hay monto mínimo o máximo de inversión
4. Acceso a financiamiento disponible en bancos locales, de acuerdo a sus términos y condiciones de aprobación
5. Protección de derechos de propiedad, patentes y marcas 6. No hay discriminación hacia inversionistas extranjeros 7. 100% de propiedad internacional permitida
Así mismo, el Economist Intelligence Unit, en su evaluación de riesgo país 2014, sitúa a Nicaragua como uno de los países más seguros de Centroamérica y Latinoamérica.
Esto nos da una visión generalizada y amplia del por qué las inversiones de zonas francas son una parte importante en nuestra economía, dado que es un sector dinámico del país. Actualmente estas empresas de Zonas Francas (212 empresas), generan alrededor de 115,106 empleos directos, según datos de la Comisión Nacional de Zonas Francas.
Con el paso del tiempo, Nicaragua ha logrado obtener acceso preferencial para sus productos de exportación en los mercados más importantes de Norte, Centro y Suramérica, así como de Europa y Asia.
La mayor participación (en el rubro de la exportación) la conserva el tradicional sector Textil Vestuario generando alrededor de 68,668 empleos (60% del total de empleos dentro del régimen de zonas francas) y representa más del 56% de las exportaciones totales del Régimen. Nicaragua es de los primeros países de la Región Latinoamérica en implementar exitosamente el programa Better Work en la industria Textil y confección; liderado por la Organización Internacional del Trabajo, la Secretaría del Trabajo de Estados Unidos, el Banco Mundial, en conjunto con sindicatos, gobierno y sector privado impulsando el mejoramiento de las condiciones laborales del país. http://www.cnzf.gob.ni
Gracias a estas ventajas que el Gobierno ha brindado a inversionistas nacionales e internacionales, las zonas francas han ido en crecimiento en nuestro país, brindando trabajo a nicaragüenses y dinamizando la economía; razón por la cual, la Dirección
General de Aduana, conforme lo establecido en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Artículos 6, 8 y 9), y de acuerdo a las funciones establecidas en el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Artículo 5), ha sido garante de que los beneficios otorgados a estas empresas, sean de forma ágil y eficiente, permitiéndoles mayor productividad, cumplimiento de contratos, mayores exportaciones, entre otros.
Desde luego, para logar lo anterior, es necesario también que se cumplan los procedimientos establecidos en la normativa aduanera vigente, velando la Autoridad Aduanero por la correcta aplicación de controles tanto en la importación como en la exportación.
Los Subcontratos para las empresas de Zonas Francas, pueden definirse como una forma de producción asistida, dado que cuando se subcontrata, la empresa contratante no está produciendo de manera directamente, pero logran mediante la figura de los subcontratos, cumplir con los contratos firmados con sus clientes; por esta razón, es imprescindible, que cuando se da el traslado de estas mercancías, sea haga de una manera controlada, sin obstaculizar el flujo de las mismas, siempre en cumplimiento de la normativa.
En estos momentos, las empresas de Zonas francas que se encuentran en el país, están agrupadas en diferentes rubros, tales como textil, camaronero, industrial y automotriz, tabacalera, alimentos, entre otras; dichas empresas de Zonas Francas son atendidas por 8 delegaciones de aduana, las cuales se encargan de controlar, verificar, agilizar, fiscalizar y monitorear las actividades productivas de dichas empresas, garantizando el cumplimiento de los beneficios fiscales que se les ha otorgado conforme ley.
Por todo lo anterior, se considera importante buscar alternativas de control, que permitan a la Autoridad Aduanera, atender las necesidades de subcontratación entre empresas (tanto del régimen como fuera del mismo), específicamente del tránsito de mercancías objeto de esta subcontratación, sin perder el control y garantizando agilización.
Actualmente, las delegaciones de zonas francas no tienen una manera de controlas estas mercancías de forma uniforme, estandarizada y homogénea, sino que se hace de acuerdo a lo que cada delegación considera pertinente controlar y monitorear.
II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
Cuando las empresas de Zonas Francas contratan a terceras empresas, puede darse por 3 razones principales, según lo establecido en el CAPÍTULO XII DE LAS SUB CONTRATACIONES del Reglamento de la Ley 917, Artículo 56: Las Empresas Usuarias de Zonas Francas podrán subcontratar total o parcialmente el proceso de su producción en las siguientes situaciones:
1. Cuando el bien a producir requiera de un proceso especial o adicional;
2. Cuando su volumen de producción sobrepase la capacidad instalada de la misma, y
3. Cuando por circunstancias especiales la Comisión lo autorice.
Es por esta razón, que el traslado de estas mercancías (entre las empresas contratantes y subcontratadas), debe ser sencillo, ágil, eficaz, eficiente, de modo que la empresa logre su objetivo, dándose en todo momento el control aduanero.
Pero para entender más claramente este planteamiento, es necesario definir el concepto de subcontratos, que como bien se explicaba anteriormente, son contratos en donde dos empresas, acuerdan una relación comercial de producción de un bien o servicio, este contrato puede darse tanto entre dos empresas pertenecientes al régimen de zona franca como empresas de régimen general.
Al darse un contrato de producción o servicio, se habla movimientos de mercancías, mercancías que al ingresar al país, son importadas de manera temporal para luego ser transformadas y finalmente exportadas, podríamos decir, que fueron exentas de
impuesto, y es por esta razón que todo movimiento de mercancías que se realiza fuera de los perímetros de las empresas de Zonas Francas, debe ser controlado por la autoridad aduanera, lo que para este caso en específico, es garantizar que las mercancías que salen de la empresa contratante para ser modificadas (total o parcialmente), en la empresa subcontratada, ingresen luego de su modificación a la empresa contratante.
Esto debería ser un procedimiento de control fácil, pero actualmente no existen controles en las delegaciones, que garantice que la Autoridad Aduanera está dándole el debido seguimiento a estas mercancías, dado que estos controles son precarios, y no normados por un sistema homogéneo que garantice contabilizar y controlar estos movimientos de manera eficiente.
Por lo antes expuesto, se plantea el siguiente problema:
- La falta de un módulo que registre las mercancías objeto de subcontratos entre empresas nacionales y de zonas francas, genera inexactitud en los controles.
III. ANTECEDENTES
LEY 344, LEY DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES EXTRANJERAS. Aprobada el 27 de abril del 2000 y Publicada en La Gaceta No. 97 del 24 de mayo del 2000, tiene por objeto establecer las disposiciones jurídicas que regulan la promoción de inversiones extranjeras, así como fomentar y promover la inversión extranjera.
El déficit comercial en enero de 2019 totalizó en 140.8 millones de dólares, menor en 44.7 por ciento (equivalente a US$114.0 millones) con respecto a enero 2018, debido principalmente a la disminución de las importaciones FOB (25.3%), la cual fue mayor a la disminución registrada de las exportaciones (2.6%). En términos de volúmenes, las exportaciones mostraron en su tendencia ciclo, un crecimiento interanual de 4.4 por ciento, mientras que las importaciones tuvieron una variación
negativa de 23.9 por ciento, aunque desacelerándose con respecto a los meses anteriores. El valor de las exportaciones de mercancías (FOB), éstas totalizaron en 212.8 millones de dólares, siendo menor en 5.7 millones de dólares al valor exportado en 2018. A nivel de sectores, la industria manufacturera registró una tasa de crecimiento positiva (5.7%), lo cual no compensó las disminuciones observada en el resto de los sectores como el agropecuario (-15.3%), la pesca (-5.5%) y la minería (-2.6%).
Las importaciones CIF de mercancías registraron una disminución interanual de 25.0 por ciento, al sumar en el mes 381.9 millones de dólares (US$509.2 millones en enero 2018). La disminución de las importaciones fue consecuencia principalmente por menores compras externas de Bienes de Capital (-US$48.6 millones) y Bienes Intermedios (-US$34.0 millones). De igual manera, se observó disminución en las importaciones de Petróleo, Combustibles y Lubricantes (US$22.3 millones) y de Bienes de Consumo (US$21.8 millones). Finalmente, las
exportaciones brutas de Zona Franca que incluyen las mercancías de empresas bajo modalidad full package (FP) más las exportaciones totales de las empresas Cut, Make and Trim (CMT) totalizaron en 221.0 millones de dólares, lo cual representó un incremento de 10.5 por ciento en relación a enero 2018.
Las exportaciones brutas de Zona Franca del mes – que incluyen las mercancías de empresas bajo modalidad full package (FP) más las exportaciones totales de las empresas Cut, Make and Trim (CMT) – totalizaron en 221.0 millones de dólares, lo cual representó una reducción de 10.5 por ciento con relación al año pasado (US$
246.8 millones).
Los sectores de textil, tabaco y arneses representaron el 85.7 por ciento del total de las exportaciones de zona franca, y en conjunto sumaron 189.4 millones de dólares.
Cabe mencionar que las exportaciones de aceite de palma (418.4%) y forros para muebles (79.7%) se destacaron con los mayores crecimientos interanuales.
Las exportaciones del sector textil sumaron 135.9 millones de dólares (US$153.2 millones en 2018), lo que se tradujo en una disminución de 11.3 por ciento en valor y una disminución de 20.1 por ciento en términos de volumen. La rama de
textiles se caracterizó por ser la de mayor peso en el total de exportaciones del régimen (61.5%), teniendo como principales mercados a Estados Unidos (85.3% el total), Honduras (10.1%) y México (1.2%). Por su parte, las exportaciones de arneses fueron de 40.4 millones de dólares, registrando una caída de 11.3 por ciento con respecto a enero 2018; Estados Unidos fue el principal destino de sus exportaciones de este rubro (76.0% del total).
Las exportaciones de tabaco fueron de 13.1 millones de dólares en enero 2019, lo cual significó una disminución interanual de 5.5 por ciento.
Adicionalmente, las exportaciones de productos pesqueros totalizaron 7.1 millones de dólares en enero (US$8.2 millones en enero 2018). Los principales destinos de estas exportaciones fueron; Taiwán, Francia y España, mercados que captaron el 73.7 por ciento de las exportaciones totales del sector en el mes.
Adicionalmente las exportaciones de forros para muebles aumentaron 79.7 por ciento, como resultado de mayores ventas al exterior debido al incremento de la demanda del mercado estadounidense, el cual concentró el 88.6 por ciento de las exportaciones totales de la industria.
En el caso de la industria de aceite de palma las exportaciones sumaron 1.7 millones de dólares, monto mayor al exportado en 2018 (US$0.3 millones), lo que se derivó del incremento en las ventas al mercado mexicano y al costarricense. Los mercados de Estados Unidos (76.2%), Honduras (6.7%), México (6.3%), y Taiwán (0.9%) se destacaron como los principales destinos de las exportaciones de zona franca en el mes de enero 2019. Adicionalmente, se estimó que las exportaciones de servicios de manufactura por empresas que operan bajo modalidad Cut, Make and Trim (CMT) sumaron 35.2 millones de dólares en el mes de enero, monto superior en 10.5 por ciento al generado en el mismo mes de 2018 (US$31.8 millones).
Finalmente, las importaciones brutas de Zona Franca sumaron 152.2 millones de dólares en enero, experimentando una disminución de 4.7 por ciento con respecto a 2018. Este resultado estuvo asociado a menores compras de maquinaria (-13.8%), productos plásticos (-12.2%), hilados (-9.3%), y pasta de papel (-6.0%).
Sin embargo, se observó un aumento en las importaciones de tejidos de punto (9.0%). (Banco Central de Nicaragua, Informe de Comercio Exterior correspondiente a enero 2019, publicado 2 de abril de 2019)
Las Zonas francas tienen en el comercio nacional un aporte significativo, es por eso que se incluye en la normativa aduanera, el procedimiento para el envío de mercancías bajo la modalidad de subcontratos; Dada la dinamización del comercio que ofrecen y el flujo constante de mercancías, las empresas comienzan a subcontratar a otras empresas para darle a sus mercancías un valor agregado (tal como serigrafía y bordado), pero también para poder abarcar más contratos con más clientes y poder cumplir con todos y cada uno de ellos.
El procedimiento para la subcontratación fue normado por primera vez en el decreto 50-2005.
Autorización de la Subcontratación. Las empresas usuarias de zonas francas, podrán subcontratar su producción con:
a. Otros usuarios de zonas francas.
b. Cualquier persona natural o jurídica establecida dentro del Territorio Aduanero Nacional.
El procedimiento a seguir es el siguiente:
1. La Empresa Usuaria de Zona Franca solicitará autorización por un período de hasta un año ante la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Zonas Francas, identificando el número de unidades a producir y acompañando el cuadro de insumo-producto (Insumo – producto es donde se especifica la cantidad de producto o materia prima que se utilizará; el cuadro al que se hace referencia, detalla la materia prima que se utilizará y el coeficiente de producción para cada insumo).
2. Una vez aprobada la solicitud por la Secretaría, ésta informará a la autoridad aduanera ubicada en la zona Franca, la que autorizará la salida temporal de las materias primas e insumos de la usuaria. Las materias primas e insumos objetos del subcontrato podrán permanecer hasta tres meses en poder del subcontratado una vez que el período del subcontrato ha finalizado, esto con el fin de que la empresa subcontratada retorne a la empresa contratante la materia prima, insumos o producto terminado que aún tenga en sus instalaciones, de manera que toda la mercancía que salió bajo la figura de subcontrato, retorne luego del tiempo establecido para su permanencia fuera de la Zona Franca.
3. En el caso señalado en el literal b), además de lo establecido en los numerales 1 y 2, el procedimiento será el siguiente:
3.1 Las empresas usuarias podrán prestar maquinarias a las personas naturales o jurídicas subcontratadas, previo pago del depósito de garantía ante la DGA. El período de vigencia del préstamo deberá ser menor o igual al período de autorización del subcontrato.
3.2 Los beneficios fiscales otorgados a las empresas de zonas francas no serán extensivos a las personas naturales o jurídicas subcontratadas. Reglamento del Decreto de Zonas Francas Industriales de Exportación. Capítulo XIII. Artículo 54.
p 23.
Es a partir de este decreto, que la Autoridad Aduanera, a través de la División Técnica (encargada de la normativa interna) y mediante la Circular Técnica (CT) 081-2010, y reformada por la Circular Técnica (CT) 002-2017 “Reglas Aplicables al régimen de Zonas Francas” que establece:
Cualquier beneficiario del Régimen de Zona Franca podrá trasladar equipos, materias primas e insumos a terceras personas subcontratadas por él, con el objeto de que elaboren productos para exportación, siendo en este caso dicho beneficiario responsable por el pago de los derechos e impuestos, si tales bienes no son exportados del territorio aduanero dentro del plazo de permanencia establecido. Artículo 8.1. CT 002.2017. Traslado de Mercancías.
Aunque se estableció desde el año 2010 los procedimientos y controles que estos envíos entre zonas francas hacían, no fue sino hasta el año 2017, que se implementa mediante la CT002-2017 el registro de estos traslados en el Sistema informático.
Todos los traslados, además de los documentos de autorización correspondientes, deberán realizarse mediante la Declaración de Tránsito de Mercancías, debidamente registrada y validada en el Sistema Informático del Servicio Aduanero, con la que viajará hasta la empresa de Zona Franca de destino. CT 081-2010. Artículo 7.1b. p19.
El piloto de las digitaciones en las delegaciones de Zona Franca, inicia en el mes de febrero del año 2017, en conjunto con la puesta en vigencia de la CT 002-2017 y así, poco a poco se va instaurando el procedimiento estipulado para los envíos de mercancías bajo subcontrato.
Importante mencionar que en la actualidad, los subcontratos, se han ido incrementando y con esto, la complejidad de los mismos; Inicialmente las empresas solamente subcontrataban para prestación de servicios sencillos (transformación total o parcial de prendas de vestir, o valor agregado a las mismas), pero ahora vemos subcontratos entre empresas, en donde el objeto del subcontrato, es la prestación de maquinarias y no de servicios, y ahora esta subcontratación ya no solo se da entre empresas dentro del régimen, y también se ha convertido en una actividad normal, la subcontratación a empresas de Régimen General.
Igualmente, la CT 002-2017, estipula el uso del Anexo 4 para todo traslado de mercancías realizado entre zonas francas, tal y como se establecía en la CT081- 2010
Se debe destacar que previa a la publicación de la circular, ésta fue discutida por la División Técnica de la DGA, Coordinación de Aduanas y los delegados de zonas francas; y al mismo tiempo, se realizaban reuniones entre el Comité Técnico Operativo (CTO) de la DGA, la Comisión Nacional de Zonas Francas y las cámaras que conformas las empresas de Zonas francas, garantizando de esta manera, acuerdos que beneficiaran a las empresas y que permitieran a la Autoridad Aduanera, mantener los controles a las mercancías ingresadas a este Régimen Especial.
IV. JUSTIFICACION
Para hablar de Zonas Francas, es necesario conocer un poco lo que se establece en la ley: Entiéndase por Zona Franca de Exportación, que en lo sucesivo de esta ley por brevedad se designará “La Zona” o “Las Zonas”, toda área del territorio nacional, sin población residente, bajo la vigilancia de la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGSA), sometida a control aduanero especial y regulada por la Comisión Nacional de Zonas Francas conforme lo establecido en la presente ley y su reglamento. LEY 917. LEY DE ZONAS FRANCAS DE EXPORTACION, Publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número 196. Artículo 2. Definición de Zona Franca de Exportación.
También la Ley establece que “la empresa usuaria de Zona Franca podrá solicitar autorización para subcontratar total o parcialmente el proceso de producción de un período prorrogable de hasta 12 (Doce) meses ante la Comisión Nacional de Zonas Francas (CNZF)”. Reglamento de la Ley 917 “Ley de Zonas Francas de Exportación.
Capítulo XII. Artículos 56 y 57.
Considerando que el tema que se está desarrollando contempla los envíos de subcontrato que realizan entre sí las empresas de Zonas Francas, es necesario igualmente conocer lo estipulado en el Reglamento:
Artículo 5. La Subcontratación: Las Empresas Usuarias de Zonas Francas podrán subcontratar total o parcialmente el proceso de su producción en las siguientes situaciones: 1.
Cuando su volumen de producción sobrepase la capacidad instalada de la misma; 2. Cuando el bien a producir requiera de un proceso especial o adicional; y 3. Cuando por circunstancias especiales la Comisión lo autorice.
Artículo 57. Sujetos de la Subcontratación. La Empresa Usuaria que cumpla con alguna de las situaciones establecidas en el artículo anterior, podrá subcontratar total o parcialmente su producción con: a. Otras Empresas Usuarios de zonas francas;
y b. Cualquier persona natural o jurídica establecida dentro del Territorio Nacional. Reglamento de la ley no. 917 "ley de zonas francas de exportación. Capítulo xii. Artículos 5 y 57.
Es por esto, que para controlar los envíos que las empresas de zonas francas realizan entre sí bajo la modalidad de Subcontrato, surgió la necesidad de registrar y controlar en el sistema informático Sidunea World (SW) dichos envíos, de forma que se controle que las mercancías bajo este régimen que se encuentran suspensas de tributos sean destinadas para el fin solicitado y autorizado, dado que las empresas de Zonas Francas producen bienes o servicios para terceras empresas del mismo régimen, realizando de esta manera envíos de insumos, maquinaria y materia prima entre sí, por lo cual, el control aduanero se debe efectuar de forma que se garantice que estas mercancías que son enviadas a las instalaciones de terceras empresas retornen nuevamente a la empresa contratante.
La Autoridad Aduanera, como institución garante de la normativa, y en pro de incentivar, agilizar, facilitar y controlar el comercio internacional, debe brindar en las delegaciones, servicios eficientes y eficaces. Por esta razón, este estudio tiene como finalidad:
- Brindar un servicio ágil, eficiente y eficaz en las VCT en las delegaciones de Zona Franca
- Optimizar los tiempos de despacho utilizando un formato que de manera conjunta, permita controlar los tiempos, las cantidades y los destinos de las mercancías.
- Homogenizar los controles en las delegaciones de Zona Franca y - Garantizar con métodos sencillos y de fácil aplicación, un correcto control a las mercancías que son objeto de subcontrato.
La creación de un módulo específico en el Sistema informático Sidunea World para mercancías producidas por terceras empresas, permitirá un envío más ágil entre empresas; permitirá mantener menor afluencia en las ventanillas, tanto de tránsito como en las oficinas de subcontrato.
Recordemos que la Autoridad Aduanera mediante las Circulares Técnicas, establece procedimientos y metodologías, las cuales se implementan en las delegaciones para registrar el tránsito de estas mercancías, pero no se debe únicamente controlar el tránsito, es necesario controlar otros aspectos importantes que permitan y garanticen la correcta aplicación de la normativa aduanera.
Actualmente, en las delegaciones se controla de manera automatizada y sistemática, los tiempos de tránsito de las mercancías, pero es importante controlar otros aspectos de relevancia en los subcontratos, tales como:
Insumos autorizados por la CNZF
Cantidades despachadas (materia prima)
Producto terminado
Destino Asi como:
Supervisar,
Fiscalizar,
Controlar y
Agilizar los despachos de mercancías
V. OBJETIVOS
- Objetivo General:
Desarrollar una propuesta en el Sidunea World para controlar las mercancías bajo subcontratos, de modo que se controle de forma estandarizada dichos movimientos entre empresas.
- Objetivos Específicos:
1. Analizar el formato utilizado en el sistema informático actualmente, para el tránsito interno de mercancías, desde la operatividad de las ventanillas de tránsito.
2. Unificar el módulo de tránsito con el nuevo módulo informático para agilizar el despacho de las mercancías bajo subcontrato.
3. Estandarizar los controles a los subcontratos en todas las delegaciones de Zonas Francas, permitiendo un único sistema de control y seguimiento.
VI. MARCO DE REFERENCIA JURIDICA
El presente trabajo investigativo, tiene como finalidad, la propuesta de un formato que permita una agilización en la operatividad de las empresas que trasladan mercancías bajo subcontrato, lo que se traduce en un trabajo con enfoque en agilización, productividad, facilitación del comercio y disminución de tiempos de despacho.
A nivel internacional, las leyes y normas que rigen al comercio, son controladas por la Organización Mundial del Comercio (OMC), Nicaragua es Miembro de la OMC desde el 3 de septiembre de 1995 y miembro del GATT desde el 28 de mayo de 1950, razón por la que las normas que como país se implementen para controlar
mercancías, deben de ser acordes a las normas dictadas por la OMC, de manera que no se incumpla con lo establecido a nivel internacional por la OMC.
El 4 de agosto de 2015, el entonces embajador de Nicaragua ante la OMC, Excmo.
Sr. Hernán Estrada Román, presentó el instrumento de aceptación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio al Director General de la OMC, Roberto Azevêdo en donde se ratificaba el nuevo Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, esto nos alienta aún más, a crear mecanismos de facilitación del Comercio, mecanismos apegados a las leyes internacionales que permitan la facilitación y el control de las mercancías que son objeto de comercio.
“La Organización Mundial del Comercio (OMC) es la única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países.
Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la mayoría de los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos Parlamentos. El objetivo es garantizar que los intercambios comerciales se realicen de la forma más fluida, previsible y libre posible”. (https://www.wto.org/spanish/thewto_s/thewto_s.htm)
Las demoras burocráticas y los trámites engorrosos representan una carga para los comerciantes que participan en el comercio transfronterizo de mercancías. La facilitación del comercio -la simplificación, modernización y armonización de los procedimientos de exportación e importación- se ha convertido, por lo tanto, en un tema importante para el sistema mundial de comercio. OMC. Facilitación del comercio. Consultado el 15 de febrero 2020.
https://www.wto.org/spanish/tratop_s/tradfa_s/tradfa_s.htm)
Al igual que la OMC dicta normas para el Comercio Internacional de Mercancías, el Convenio de Kyoto Revisado (CKR) es el principal convenio de facilitación del
comercio aduanero. Fue elaborado por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y entró en vigor el 3 de febrero de 2006. Es una revisión y actualización del Convenio Internacional sobre la Simplificación y la Armonización de Procedimientos Aduaneros (Convenio de Kyoto) que fue adoptado en 1973-1974. El CKR busca facilitar el comercio y simplificar los procedimientos y prácticas aduaneras.
El convenio de CKR establece “…. que se puede alcanzar importantes beneficios mediante la facilitación del comercio internacional, sin comprometer las apropiadas normas de control aduanero,
RECONOCIENDO que se podrá alcanzar la simplificación y armonización mencionadas aplicando, en particular, los siguientes principios:
• implementación de programas cuyo objetivo sea la continua modernización de los regímenes y prácticas aduaneros a fin de incrementar su eficacia y rendimiento,
• aplicación de regímenes y prácticas aduaneros de modo previsible, coherente y transparente,
• adopción de técnicas modernas tales como sistemas de gestión de riesgo y controles basados en auditorías, así como el aprovechamiento máximo de la tecnología de la información,
• cooperación, cuando corresponda, con otras autoridades nacionales, otras administraciones aduaneras y con las comunidades comerciales,
• implementación de las normas internacionales pertinentes.
Convenio Internacional para la simplificación y armonización de los regímenes aduaneros. Cuerpo del Convenio (revisado). preámbulo p. 1
Dentro de los principales instrumentos y herramientas desarrollados por la OMA, para la facilitación del comercio, que podemos considerar en este trabajo, podemos encontrar los siguientes:
1. Convenio de Kioto Revisado: El principal convenio de facilitación del comercio aduanero, elaborado por la Organización Mundial de Aduanas, es una revisión y actualización del Convenio Internacional sobre la Simplificación y la Armonización de Procedimientos Aduaneros.
2. Marco de Normas SAFE: Es un conjunto de recomendaciones para las organizaciones aduaneras, que incluye aspectos como: procedimientos de control aduanero integrado para la Administración de la Cadena de Suministro Integrada.
autoridad para inspeccionar cargamentos con el uso de tecnología moderna
3. Compendio de Gestión de Riesgos: De acuerdo con la Norma 6.3 del Convenio de Kyoto Revisado (CKR) y las Directrices correspondientes, la administración de riesgos se define como la aplicación sistemática de prácticas y procedimientos administrativos que proporcionan a la Aduana la información necesaria para manejar movimientos o envíos que presentan un riesgo
4. La Declaración de Arusha (revisada): Es la herramienta focal y la característica central de una estrategia efectiva y global para prevenir la corrupción e incrementar el nivel de integridad en las Aduanas
CONVENIO DE KIOTO REVISADO
La expresión “control aduanero” ha sido definida en el Glosario de Términos Aduaneros de la Organización Mundial de Aduanas como “medidas aplicadas a los efectos de asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos de cuya aplicación es responsable la Aduana”. Para que la Aduana pueda aplicar estas leyes y reglamentos adecuadamente, todos los movimientos internacionales declarados deben tener por finalidad un tratamiento o un empleo que sea aprobado por la Aduana. Las leyes y reglamentos mencionados se aplican tanto a las obligaciones fiscales implicadas en el movimiento internacional de mercancías y personas, como a las prohibiciones y restricciones aplicables a las mercancías, personas y medios de transporte
Las Directivas sobre Control Aduanero del Convenio de Kyoto presentan detalladamente las mejores prácticas y otros asuntos que toda administración aduanera moderna que implemente un programa de control aduanero. Las directivas enuncian los siguientes principios:
Las administraciones aduaneras deberían implementar medidas a los efectos de evaluar el cumplimiento y la ejecución de sus programas de control a fin de que estos sean eficaces y rentables.
La cooperación entre la Aduana y el sector comercial es fundamental.
Permite acompasar los cambios que ocurren en las prácticas comerciales, así como recabar datos para ser empleados por el mecanismo de evaluación y de revisión dentro de la Aduana y proporciona indicios para evaluar el potencial de cumplimiento voluntario de las empresas.
Un programa de control aduanero moderno requiere un permanente respaldo por parte de la gerencia ejecutiva de las empresas, así como personal debidamente entrenado, motivado y remunerado, así como una legislación, una organización y procedimientos adecuados.
La asistencia mutua entre las administraciones aduaneras debería aumentar progresivamente, y de este modo podrían manejar mejor hechos como la globalización del comercio, mercados y fraudes, y también formar la base para constituir un flujo de información permanente en el marco del comercio internacional.
Las administraciones aduaneras deberían hacer extensivo el uso de la tecnología de la información y del comercio electrónico, especialmente en los procedimientos de desaduanamiento. Estas técnicas son indispensables para que el control aduanero sea eficaz y rentable, y contribuyen a facilitar el intercambio comercial.
Cambiar por un medio electrónico de intercambio de datos simplificará la separación de la información que se encontraba condensada previamente en un
detallado formulario de declaración. La información puede ser fácilmente dividida en dos bases de datos: una relativa a los datos de control que se analizan antes que las mercancías lleguen a la frontera y otra compuesta de datos relativos a las transacciones, que se revisan mediante controles por auditoría. Esta simplificación de procesos permite a la Aduana proporcionar mayores facilidades a los comerciantes que cumplen con la ley, manteniendo un suficiente nivel de control al mismo tiempo.
Otra forma de mejorar los controles y las facilidades es mediante el empleo de técnicas electrónicas para operar de forma compartida un procedimiento de control entre varias administraciones aduaneras o entre varios organismos oficiales. Este método es empleado en sistemas de tránsito electrónico de algunos bloques económicos, por ejemplo, la CE y el NAFTA, y por las Aduanas de Australia, Nueva Zelanda, Singapur y Estados Unidos, a los efectos de intercambiar datos y para sustituir los certificados emitidos en papel que cubrían, por ejemplo, la inspección de carne ovina y las cuotas al amparo del Acuerdo Multifibras.
La automatización permite a las administraciones aduaneras establecer una base de datos nacional con respecto a todas las transacciones y movimientos, pasible de ser actualizada y empleada para intercambios rápidos de información y para identificar sectores de riesgo en cambio.
MARCO DE NORMAS SAFE DE LA OMA
Las administraciones aduaneras deben trabajar en cooperación y utilizar normas comunes y aceptadas para maximizar la seguridad y la facilitación de la cadena logística del comercio internacional a medida que los envíos de carga y los medios de transporte circulen a lo largo de los nodos del sistema mundial de comercio.
La administración aduanera debe elaborar o enmendar las disposiciones y aplicar procedimientos que consoliden y simplifiquen la transmisión de la información
requerida con fines de despacho, tanto para facilitar el comercio como para identificar la carga de alto riesgo y poder adoptar las medidas adecuadas.
La administración aduanera debe establecer mecanismos para que los socios comerciales formulen comentarios sobre las modificaciones y enmiendas propuestas, ya que afectan significativamente a su misión, con el objetivo de asegurar la cadena logística.
LA DECLARACIÓN DE ARU SHA (REVISADA)
Automatización
La automatización o sistematización de las funciones de Aduanas puede mejorar la eficiencia y efectividad y eliminar muchas oportunidades para la corrupción. La automatización también puede contribuir a incrementar el nivel de responsabilidad y proporcionar los registros para un monitoreo y revisión posterior de las decisiones administrativas, así como del ejercicio de las competencias discrecionales oficiales.
Siempre que sea posible, se deben configurar los sistemas automatizados de tal manera que permitan minimizar la oportunidad del personal de Aduanas para que haga un uso inapropiado del ejercicio de poder discrecional, los contactos personales entre ellos y los usuarios, así como el manejo y transferencia física de fondos.
VII. MARCO CONCEPTUAL
La Dirección de Servicios Aduaneros, tiene como misión:
Facilitar y agilizar el comercio exterior, recaudando los tributos aduaneros conforme a ley, con oportuna y eficiente gestión Administrativa.
Aunque nos enfocamos en un régimen que se encuentra suspenso de tributos, dado que las zonas francas son beneficiadas con exención del 100% de impuestos a las mercancías que importan al país, razón por la cual la gestión Administrativa de la Aduana, debe ser ante todo garante de todo lo establecido en la normativa Aduanera que rige el funcionamiento de las mismas.
Para los efectos de este estudio, y conforme lo establece el Arto 2 del REGLAMENTO DE LA LEY NO. 917 "LEY DE ZONAS FRANCAS DE EXPORTACIÓN", el Arto 4 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), el Arto 3 del Reglamento del Código Uniforme Centroamericano (RECAUCA) y la CT 074-2019, se entenderá por:
- ADUANA: Los servicios administrativos responsables de la aplicación de la legislación aduanera y de la percepción de los tributos a la importación y a la exportación y que están encargados también de la aplicación de otras leyes y reglamentos relativos, entre otros, a la importación, al tránsito y a la exportación de mercancías.
- ANEXO 4: Formato utilizado para el traslado de mercancías entre Zonas Francas y establecido en la CT 002/2017;
- BULTO: Unidad utilizada para contener mercancías. Puede consistir en cajas, fardos, cilindros y demás formas de presentación de las mercancías, según su naturaleza;
- CARTA DE PORTE: Es el documento que contiene un contrato de transporte terrestre en el que se consigna la descripción de las mercancías transportadas, las condiciones en que se realiza el transporte y se designa al consignatario de ellas;
- CAUCA: Código Aduanero Uniforme Centroamericano;
- CT: Circular Técnica;
- CIRCULAR TECNICA: Disposición Administrativa interna que regula procedimientos para los diferentes regímenes aduaneros;
- Comisión Nacional de Zonas Francas (CNZF) o Comisión: Ente rector y promotor del Régimen de Zonas Francas de Exportación creado en el Artículo 21 de la Ley No. 917;
- DESEMBARQUE: Proceso mediante el cual se descargan las mercancías de los medios de transporte;
- DGA: Dirección General de Servicios Aduaneros;
- DOCUMENTO DE TRANSPORTE: Es el que contiene el contrato celebrado entre el remitente y el porteador para transportar mercancías por vía marítima, terrestre o aérea o una combinación de éstas (multimodal);
- DUCA-T: Declaración Única Centroamericana de Tránsito;
- EMBARQUE: Proceso mediante el cual se cargan las mercancías en los medios de transporte;
- EMPRESA O EMPRESA DE ZONA FRANCA: Empresa operadora o Empresa usuaria autorizada por la Comisión Nacional de Zonas Francas para operar bajo el Régimen de Zonas Francas de Exportación;
- EXPORTACIÓN: Para fines exclusivos de contabilizar las exportaciones directas e indirectas que se originen por parte de las Empresas Usuarias de las zonas francas de Nicaragua, se entiende por exportación:
a) La producción de bienes o servicios que es vendido a un país diferente de Nicaragua;
b) El suministro de bienes o servicios a otros usuarios de las zonas francas;
y
c) Los bienes o servicios suministrados a empresas ubicadas en el territorio nacional, que a su vez sean utilizados en la producción de bienes o servicios destinados a la exportación definitiva;
- GUÍA AÉREA: Documento equivalente al conocimiento de embarque, utilizado en el transporte aéreo de mercancías, mediante el cual la empresa de aeronavegación reconoce el hecho del embarque de mercancías y expresa las condiciones del transporte convenido;
- LEY NO. 917: Se refiere a la Ley de Zonas Francas de Exportación, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, número 196, del día dieciséis de octubre del año Dos mil quince;
- MANIFIESTO DE CARGA: Documento presentado por el responsable de transportar las mercancías, con anterioridad o a la llegada o a la partida del medio de transporte y que contiene la información requerida en el presente Reglamento.
- MEDIO DE TRANSPORTE: Nave, aeronave, vagón ferroviario, vehículo automotor, o cualquier otro medio utilizado para el transporte de personas o mercancías;
- MERCANCÍA: Bienes corpóreos e incorpóreos susceptibles de intercambio comercial;
- RECAUCA: Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano;
- RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS: Régimen Aduanero y fiscal de excepción que permite a las Empresas autorizadas a operar en este régimen, producir y exportar bienes o servicios, en una parte delimitada del territorio nacional y consideradas para efectos fiscales como situadas fuera del territorio Nacional;
- RUTAS LEGALES: Vías autorizadas para el transporte de mercancías sujetas al control aduanero;
- SERVICIO ADUANERO: Autoridad aduanera a que se refiere el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA);
- TERRITORIO ADUANERO: El ámbito terrestre, acuático y aéreo de los Estados Parte, con las excepciones legalmente establecidas;
- TRIBUTOS: derechos arancelarios, impuestos, contribuciones, tasas y demás obligaciones tributarias legalmente establecidas;
- UNIDADES DE TRANSPORTE: Cualquier medio de transporte que se utilice para el ingreso, transito traslado, transbordo o salida de mercancías hacia, desde o a través del territorio aduanero tales como: contenedores, camiones,
tracto camiones, furgones, plataformas, naves aéreas o marítimas, vagones de ferrocarril y otros medios de transporte similares;
- VEHÍCULO: Cualquier medio automotor de transporte de personas, carga o unidades de transporte. Para los efectos de este Reglamento, un vehículo con compartimiento de carga se considerará como unidad de transporte;
- VCT: Ventanilla de Control de tránsito
VIII. PREGUNTAS DIRECTRICES
Las preguntas directrices, permiten la sistematización del problema y consiste en desagregar la pregunta general realizada en la formulación, en sus componentes internos. Para su formulación, se toman como guía los elementos que fueron desarrollados en el planteamiento del problema, y además, los objetivos que se
desean alcanzar. Monografías de grado.
http://monografiasjfchm.blogspot.com/2014/03/preguntas-directrices.html
Para este estudio, las preguntas directrices que se utilizarán serán desarrolladas a partir del tema y de los objetivos planteados anteriormente:
Preguntas Directrices
1. ¿Será efectivo proponer un nuevo módulo para controlar los subcontratos?
2. ¿Se agilizará
3. ¿Las medidas de control efectuadas hasta el momento han permitido a las delegaciones de Aduana fiscalizar oportunamente las mercancías objeto de subcontrato?
4. ¿La creación de un nuevo módulo permitirá la agilización en los despachos de los subcontratos?
5. ¿Podría la autoridad Aduanera crear un mecanismo de ayuda compartida con la empresa privada para la grabación del nuevo instrumento a implementarse?
6. ¿Se logrará estandarizar el proceso de control en todas las delegaciones de Zona Franca al implementar este módulo, y habrá resistencia al cambio por parte de los funcionarios Aduaneros con este nuevo módulo?
7. ¿La División de Tecnología podrá unificar los procedimientos para este nuevo módulo?
IX. DISEÑO METODOLOGICO
- AREA DE ESTUDIO
El área de estudio de esta investigación, son los subcontratos. Una subcontratación es la contratación que una empresa hace de otra empresa, para que ésta última realice parte de los servicios por los que la primera ha sido contratada directamente.
(Definición de subcontratación. www.diccionarioabc.com).
Las zonas francas se están ubicadas en todo el territorio nacional, las que se encuentran fiscalizadas por la Autoridad Aduanera a través de delegaciones de Aduana de Zonas Francas.
Actualmente existen delegaciones de Aduana (cuadro 1), las que se encargan de controlar las operaciones de comercio que realizan las empresas de Zonas Francas, pero en algunas de estas empresas no se realizan subcontratos por la naturaleza misma de las empresas, es por la que en el Cuadro 1 podemos observar cuántas delegaciones de Aduana atienden empresas de Zonas Francas que realizan subcontratos con otras empresas, tanto dentro del Régimen como fuera del mismo.
CUADRO 1
No. Delegación
Tiene Sub- contratos
activos Tipo de control para los subcontratos SI NO
1 Masaya X Formato en Excel
2 Estelí X Formato en Excel
3 Arnecom X Formato en Excel
4 Astro X Formato en Excel
5 José Ignacio X Formato en Excel
6 Saratoga X Formato en Excel
7 Las Mercedes X Automatizado (programa
computarizado)
8 Index X Formato en Excel
El detalle de las 8 delegaciones de Aduana en Zona Franca existentes en el país, que controlan subcontratos, nos permite observaremos la importancia de controlar
las mercancías objeto de subcontrato, considerando el hecho que éste procedimiento entre empresas, se ha convertido en una práctica cotidiana para las empresas adscritas a este régimen:
- ENFOQUE DEL ESTUDIO
El enfoque de esta investigación será de tipo cualitativo; porque se resaltarán los aspectos significativos que tiene el formato utilizado actualmente y se harán supuestos que demuestren los datos relevantes que debe contener el formato y se analizará la información que el sistema informático SW solicita para el llenado de la DUCA-T (Anexo 1) en los tránsitos internos de mercancías bajo subcontrato, el cual el único documento que actualmente se utiliza a nivel de sistema para controlar las mercancías bajo subcontrato; Debiendo aclarar que este formato controlar tiempos, cantidad de mercancías enviadas, aduanas de partida y de destino, más no un control de mercancías que sea completo en el control de subcontratos. Desde luego, los aspectos antes mencionados son importantes en el control de este tipo de mercancías, pero el control que se requiere debe ser más integral, existiendo un formato (en nuestro caso será el módulo en el SW) que contenga y abarque, información que permita en todo momento a la Autoridad Aduanera conocer el estado de los subcontratos, permitiéndole a los funcionarios tener toda la información concerniente a los mismos.
Igualmente se tomarán como referencia documentos oficiales como la CT 002/2017 (que derogó a la CT 081/2010), disposiciones administrativas internas de Tránsito, (tales como el manual de la DUCA-T, Anexos 4 establecidos en la CT002-2017 y el formato de tránsito utilizado para los traslados que estamos analizando.
Se estudiará con detalle el formato que actualmente se utiliza para registrar en el módulo de tránsito del Sidunea World estos tránsitos, analizando cada una de sus partes, y así determinar la importancia que las casillas de la DUCA-T tiene para el
control de las mercancías producidas por terceras empresas, es decir, producidas bajo subcontrato.
TIPO DE ESTUDIO
Según el nivel de conocimiento científico (observación, descripción, explicación) al que espera llegar el investigador, se debe formular el tipo de estudio, es decir de acuerdo al tipo de información que espera obtener, así como el nivel de análisis que deberá realizar. También se tendrán en cuenta los objetivos y las hipótesis planteadas con anterioridad.
https://www.gestiopolis.com/tipos-estudio-metodos- investigacion
La investigación documental o bibliográfica es aquella que procura obtener, seleccionar, compilar, organizar, interpretar y analizar información sobre un objeto de estudio a partir de fuentes documentales, tales como libros, documentos de archivo, hemerografía, registros audiovisuales, entre otros. Este tipo de investigación es muy usada en las ciencias sociales y es característica del modelo de investigación cualitativa, donde constituye un objetivo en sí mismo. Sin embargo, está presente en todo tipo de investigación, pues solo a partir de la investigación documental se conocen los antecedentes del problema o el estado de la cuestión.
https://www.significados.com/investigacion-documental
Para la teórica Guillermina Baena (Baena, 1985) la Investigación Documental básicamente consiste en una técnica que se orienta hacia la “selección y recopilación de información por medio de la lectura y crítica de documentos y
materiales bibliográficos”, que tiene como objetivo el levantamiento de un marco teórico y de datos. Baena, 1985
Por su parte, Enrique de la Garza (1988) señala que la investigación documental se caracteriza por el uso predominante de registros gráficos y sonoros como fuentes de información (…), registros en forma manuscrita e impresos.»
En nuestro estudio, utilizaremos el estudio documental, analizando la información escrita sobre el tema en cuestión, los cuales serán la DUCA-T, el único documento que hasta el momento controla los subcontratos, según lo estipulado en la CT 002- 2017.
Podemos observar en los cuadros 2,3,4 y 5, la información que el Sidunea World requiere al momento de grabar un T1, observando que mucha de la información solicitada no es suficiente para lo que la Autoridad Aduanera requiere para el control de estas mercancías.
CUADRO 2
CUADRO 3
CUADRO 4
CUADRO 5
- UNIDAD DE ANALISIS, UNIVERSO Y MUESTRA
La subcontratación de servicios y/o productos, es una práctica que la Autoridad Aduanera controla en las Empresas de Zona Franca, dado la particularidad del Régimen de estas empresas y de los beneficios fiscales que poseen.
Para la realización de este estudio, se hará tomando como referencia 3 delegaciones de zona francas, lo que equivale a un 37.5% de las 8 existentes, estas delegaciones objeto de estudio serán:
1. Delegación de Zona Franca Las Mercedes
Subcontratos Recibidos en 2019: 222 Resoluciones Subcontratos Activos: 100-130
Subcontratos Vencidos: 90-100 Por mes (nuevos): 20-25
2. Delegación de Zona Franca José Ignacio González Montiel Subcontratos Recibidos en 2019: 222 Resoluciones
Subcontratos Activos: 59 Subcontratos Vencidos: 115 Por mes (nuevos): 25-30
3. Delegación de Zona Franca Saratoga
Subcontratos Recibidos en 2019: 65 Resoluciones Subcontratos Activos: 150-200
Subcontratos Vencidos: 50 Por mes (nuevos): 6
Estas delegaciones han sido tomadas como muestra, por tener movimientos fluidos de subcontratos, tomando en consideración también, que, en estas empresas, la investigadora ha estado en contacto directa, razón por la cual maneja de primera mano, los tipos de controles que se realizan en estas delegaciones para los movimientos de mercancías que se da entre empresas bajo la figura de subcontrato.
Veremos el tipo de control que estas 3 delegaciones implementan en el seguimiento a los subcontratos, como parte de su función en el control aduanero, estipulados en el Artículo 8 y 9 de Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
Como parte de la investigación, se entrevistará, a un funcionario del Departamento de Tecnología; para conocer la factibilidad de crear un Módulo que permita controlar los movimientos bajo subcontrato, controlar aspectos tales como Aduana de destino, tiempo en tránsito, cantidad de producto y/o servicio terminado, cantidad de insumos y/materia prima enviada a la empresa subcontratada, cantidad de insumos retornados o devueltos, entre otros.
Al elegir una muestra aleatoria se espera conseguir que sus propiedades sean extrapolables a la población. Este proceso permite ahorrar recursos, y a la vez obtener resultados parecidos a los que se alcanzarían si se realizase un estudio de toda la población. En este estudio, como tipo de muestreo se utilizará el intencional, en donde el investigador escoge de forma voluntaria los elementos que conformarán la muestra, la que es representativa de la población. Este tipo de muestreo se caracteriza por un esfuerzo deliberado de obtener muestras "representativas"
mediante la inclusión en la muestra de grupos supuestamente típicos. También puede ser que el investigador seleccione directa e intencionadamente los individuos de la población. El caso más frecuente de este procedimiento el utilizar como muestra los individuos a los que se tiene fácil acceso (los profesores de universidad emplean con mucha frecuencia a sus propios alumnos).
Muestreo. Publicado por la Universidad de Sonora. En Wikipedia https://es.wikipedia.org/wiki/Muestreo_(estadistica)
- MÉTODOS Y TÉCNICAS UTILIZADOS PARA LA RECOLECCIÓN Y EL ANÁLISIS DE DATOS
“Un instrumento de recolección de datos es en principio, cualquier recurso de que pueda valerse el investigador para acercarse a los fenómenos y extraer de ellos información (…) De este modo el instrumento sintetiza en sí toda la labor previa de la investigación, resume los aportes del marco teórico al seleccionar datos que corresponden a los indicadores y, por lo tanto, a las variables o conceptos utilizados.” (Sabino C. 1992, p.114).
Las técnicas de recolección que se utilizaron en este trabajo, son:
1. Encuesta: Se encuestó a personal de las Ventanillas de tránsito de las 3 delegaciones de Zona Franca seleccionadas, con el único fin de obtener
insumos para la creación del nuevo módulo, partiendo del hecho que no es existe un único formato para controlar y estando conscientes de la necesidad de homologar controles y criterios. Las entrevistas no tienen un fin estadístico, se hicieron vía telefónica, y el entrevistado, contestó una seria de preguntas previamente establecidas.
La encuesta utilizada fue descriptiva, en donde lo que se buscaba era crear un registro sobre las actitudes o condiciones que los encuestados tiene sobre el control y registro de los subcontratos. La encuesta es de respuesta abierta y respuesta cerrada.
Respuesta abierta porque el encuestado tuvo la libertad de responder libremente cada pregunta, y respuesta cerrada porque los encuestados debieron en algún momento, elegir alguna de las posibles opciones.
2. Entrevista: Una entrevista es un intercambio de ideas, opiniones mediante una conversación que se da entre una, dos o más personas donde un entrevistador es el designado para preguntar. El objetivo de las entrevistas es obtener determinada información, ya sea de tipo personal o no. Una entrevista es recíproca, donde el entrevistado utiliza una técnica de recolección mediante una interrogación estructurada o una conversación totalmente libre; en ambos casos se utiliza un formulario o esquema con preguntas o cuestiones para enfocar la charla que sirven como guía. Es por esto, que siempre encontraremos dos roles claros, el del entrevistador y el del entrevistado (o receptor). El entrevistador es quien cumple la función de dirigir la entrevista mediante la dominación del diálogo con el entrevistado y el tema a tratar haciendo preguntas y a su vez, cerrando la entrevista.
https://concepto.de/entrevista/#ixzz6LFAPl0p9
La entrevista al funcionario del Departamento de Tecnología permitirá analizar la factibilidad de implementar en el Sidunea World el nuevo módulo.
Dado que existen diversos tipos de entrevista, se utilizará una entrevista libre, partiendo con el entrevistado de lo abordado con los anteriormente encuestados.
3. Análisis Documental: El análisis documental es una operación intelectual que da lugar a un subproducto o documento secundario que actúa como intermediario o instrumento de búsqueda obligado entre el documento original y el usuario que solicita información. El calificativo de intelectual se debe a que el documentalista debe realizar un proceso de interpretación y análisis de la información de los documentos y luego sintetizarlo.
https://www.uv.es/macas/T5.pdf
Se analizará el T1 de la DUCA-T, para determinar que campos de este documento, son realmente de interés para los funcionarios de Aduana ubicados en las delegaciones, así como la incidencia que estos datos contemplados en el Sidunea World pueden tener al momento de suministrar información a las Autoridades Superiores. El análisis de este documento, en nuestro caso es de suma importancia, dado que nuestro problema surge justamente por no existir un homologación en los controles de los subcontratos, los que se aplican a criterio de cada delegación y se utilizan formatos igualmente según la necesidad que cada delegación considere importante de incluir para controlar las entradas y salidas de estas mercancías.
- PLAN DE ANÁLISIS
El plan de acción como ya hemos dicho antes, estará enfocado en el análisis documental, dentro de los documentos que hemos mencionado anteriormente, se
analizará la encuesta vía telefónica que se realizó a los Analistas de tránsito de las diferentes delegaciones de Zona Franca.
Es importante señalar que este trabajo tiene un enfoque cualitativo, y como hemos dicho anteriormente, las preguntas que se realizaron, se hicieron con el único fin de conocer el grado de control que se lleva de los subcontratos, conocer la opinión de los funcionarios de Aduana en cuanto a la implementación de este nuevo módulo de Subcontratos en el Sidunea World, así como algunos aspectos de forma, que, a criterios de estos funcionarios, el nuevo módulo debería contemplar para el control de estas mercancías.
- OPERACIONALIZACION DE VARIABLES
El término variable se define como las características o atributos que admiten diferentes valores (D´Ary, Jacobs y Razavieh, 1982).
Una variable es operacionalizada con el fin de convertir un concepto abstracto en uno empírico, susceptible de ser medido a través de la aplicación de un instrumento. Dicho proceso tiene su importancia en la posibilidad que un investigador poco experimentado pueda tener la seguridad de no perderse o cometer errores que son frecuentes en un proceso investigativo, cuando no existe relación entre la variable y la forma en que se decidió medirla, perdiendo así LA VALIDEZ (grado en que la medición empírica representa la medición conceptual). La precisión para definir los términos tiene la ventaja de comunicar con exactitud los resultados.
VARIABLES A TOMAR EN CUENTA EN EL ESTUDIO:
1. Tiempo 2. Cantidad
3. Tipo de mercancías 4. Insumos
5. Supervisión 6. Fiscalización
X. ANALISIS E INTERPRETACION DE RESULTADOS
A) ANÁLISIS DE LOS DOCUMENTOS USADOS ACTUALMENTE EN CONTROL DE MERCANCÍAS OBJETO DE SUBCONTRATO.
a) Llenado de la DUCA T, conforme lo establecido en su manual. Sistema Informático SW
En la actualidad, no existe un formato homogéneo que controle los despachos de mercancías objeto de subcontrato, se utiliza únicamente para el tránsito de estas mercancías el Módulo de tránsito del Sidunea World, cumpliendo de esta manera con lo establecido en el Arto. 8 de la CT 002-2017.
Si vemos a detalle los campos que contempla el módulo de tránsito (DUCA T), podemos observar que su objetivo no es solo controlar mercancías, sino controlar los tiempos que las mercancías están en tránsito antes de llegar a su destino, para poder cumplir con los tiempos ya estipulados.
A continuación, se veremos detalladamente como se llena la DUCA T, observando de manera específica cada una de sus casillas, y su llenado conforme lo establecido
en el Manual de la DUCA T. Según este Manuel, los segmentos que tiene el formulario de T1 están compuestos por:.
ENCABEZADO:
Página: Número de páginas, llenado automáticamente por el sistema De: Número total de las páginas, llenado automáticamente por el sistema Estado del tránsito: Estado de la DUT. Asignado por el sistema.
DATOS GENERALES
Aduana de partida: Aduana donde inicia el tránsito, se despliega una lista con los
códigos de las aduanas y sus nombres de aduana registradas, cargando además las
aduanas virtuales.
Ejemplo de aduanas virtuales;
0230: Guasaule
0231: Somotillo (El Guasaule)
Tipo de tránsito: Indica el tipo de tránsito. Puede ser nacional o Internacional.
Modo del transporte: Medio de transporte para el cruce de la frontera, se despliega una lista con su código y nombre del medio de transporte
Interés cuarentenario: Seleccionar si la mercancía amerita ser revisada por las instituciones correspondientes por lo tanto se debe mandar a cuarentena.
Fecha: Fecha que se registra el tránsito, es asignada automáticamente por el sistema
al registrar el tránsito.
DUCA/ referencia local: Es generado automáticamente por el sistema al registrar el
tránsito.
Si el tipo de tránsito es Internacional el sistema genera automáticamente un número de referencia de 16 caracteres conformado por País + Año (últimos dos dígitos) + N (generado sistema nacional) + 00000 (correlativo país). Ejemplo;
NI17N00000712135 para cuando la DUCA se origina en Nicaragua,
PA17000000000044 para cuando la DUCA se origina de Panamá. Los dos primeros dígitos indican el país de la DUCA.
Si el tipo de tránsito es nacional el sistema generará automáticamente la referencia conformado por Año + Aduana + D (serial) + Consecutivo. Ejemplo;20190110D2 Número de registro del tránsito: Número de registro local asignado por el sistema.
Es el número de registro de la DUCA. Es generado para ambos tipos de tránsito (Nacional e Internacional)
Declaración de mercancía: Referencia de la Declaración de Mercancía.
Automático al vincularla DUA-DUCA.
Número de manifiesto: Referencia del manifiesto, campo puede ser opcional de llenar
Cant. de ítems: Cantidad de ítems (referente a las mercancías), asignado automáticamente por el sistema, según ítems existentes
Total de bultos: Total de cantidad de paquetes. Campo calculado por el sistema.
Total de peso bruto (kg): Es el total calculado en base a la sumatoria de bultos de los ítems. Campo calculado por el sistema.