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ACTA DEL CONSEJO RECTOR DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ.

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ACTA DEL CONSEJO RECTOR DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ.

En Badajoz, siendo las 10:00 horas, del día ocho de noviembre de dos mil once, en el Palacio Provincial, sede oficial de la Excma. Diputación de Badajoz, se reúne en primera Convocatoria el Consejo Rector del OAR dependiente de la Corporación Local mencionada, habiendo sido citados todos sus miembros a tal efecto, con acompañamiento del orden del día establecido por el Sr. Presidente.

ASISTENTES.-

El Presidente, Don Valentín Cortés Cabanillas, la Vicepresidenta, Doña María Luisa Murillo Díaz; los Consejeros: Don Ramón Ropero Mancera, Don José María Sánchez Sánchez, Don José Luís Quintana Álvarez, Don Pedro- Inocente Noriega del Valle, Don Francisco Javier Fragoso Martínez, Don Manuel Vilés Piris, Don Jesús Villalba Egea, Don Juan Manuel Sánchez Sánchez, Don José García Lobato, Don Elías López Sánchez, Don Juan Pulido Gil; por el OAR, el Gerente, Don Manuel Cordero Castillo, el Interventor- Delegado, Don José Cascos Lozano, el Tesorero, Don Benjamín Villarín Benito, el Secretario Don Carlos Víctor Barquero Fernández.

PUNTO 1º: APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.-

Abierta la sesión por el Sr.Presidente, Don Valentín Cortés Cabanillas, se somete a votación el punto primero en relación a la aprobación del Acta correspondiente a la sesión del día 28 de septiembre de dos mil once, si no hubiese objeciones a la misma por parte de los Sres.

Consejeros y no producidas éstas, se aprueba por unanimidad de los asistentes.

PUNTO 2º: APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL OAR PARA EL EJERCICIO 2012.-

Para la exposición de los Presupuestos Generales del OAR para el año 2012, se concede la palabra al Sr. Interventor, Don José Cascos Lozano, que hace una explicación detallada según Informe que acompaña, del proyecto de Presupuesto elaborado bajo el principio de equilibrio y que quedaría cifrado en la cantidad total de 10.073.000,00€ (Diez Millones Setenta y Tres Mil Euros).

El contenido del Presupuesto para 2012 es el que sigue:

(2)

PROYECTO DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS 2012

CAP. ART. CONC. SUBCONC. TÍTULO PRESUPUESTO PROYECTO VARIACIÓN %

DEFINITIVO 2011 2012 2011 - 2012

3 TASAS Y OTROS INGRESOS

39 OTROS INGRESOS

399 OTROS INGRESOS DIVERSOS

399.01 PREMIO COBRANZA VOLUNTARIA 5.850.000,00 5.957.000,00 107.000,00 1,83%

399.02 PREMIO COBRANZA EJECUTIVA 2.087.000,00 2.450.000,00 363.000,00 17,39%

399.03 COSTAS 490.000,00 579.000,00 89.000,00 18,16%

399.04 OTROS INGRESOS 60.000,00 110.000,00 50.000,00 83,33%

399.05 INGRESOS IMPREVISTOS 2.000,00 3.000,00 1.000,00 50,00%

399.06 SANCIONES ACTAS INSPECCIÓN 230.000,00 230.000,00 0,00 0,00%

399.09 SERVICIOS CATASTRALES A AYUNTAMIENTOS 443.000,00 460.000,00 17.000,00 3,84%

TOTAL CAPÍTULO III 9.162.000,00 9.789.000,00 627.000,00 6,84%

CAP. ART. CONC. SUBCONC. TÍTULO PRESUPUESTO PROYECTO VARIACIÓN %

DEFINITIVO 2011 2012 2011 - 2012

5 INGRESOS PATRIMONIALES

52 INTERESES DE DEPÓSITOS

520 INTERESES DE DEP. BANCOS Y CAJAS 350.000,00 284.000,00 -66.000,00 -18,86%

TOTAL CAPÍTULO V 350.000,00 284.000,00 -66.000,00 -18,86%

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 9.512.000,00 10.073.000,00 561.000,00 5,90%

(3)

PROYECTO DEL PRESUPUESTO DE GASTOS 2012

CLAVE ORGÁNICA: 291 ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN

FUN. CAP. ART. CONC. SUBCONC. TÍTULO PRESUPUESTO PROYECTO VARIACIÓN %

DEFINITIVO 2011 2012 2011 - 2012

932 ADMINISTRAC. FINANC. GESTÍÓN SISTEMA TRIBUTARIO

1 GASTOS DE PERSONAL

12 PERSONAL FUNCIONARIO

120 120.00 RETRIBUCIONES BÁSICAS 1.419.000,00 1.464.000,00 45.000,00 3,17%

121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS

121.00 Retribuciones Complementarias 1.664.000,00 1.698.000,00 34.000,00 2,04%

121.03 Retribuciones Complementarias Carrera Profesional Funcionarios 105.000,00 105.000,00 0,00 0,00%

127 127.00 Contribución a planes y fondos de pensiones 0,00 24.000,00 24.000,00 0,00%

13 PERSONAL LABORAL

130 LABORAL FIJO

130.00 Retribuciones Básicas 539.000,00 576.000,00 37.000,00 6,86%

130.01 Retribuciones Complementarias 603.000,00 627.000,00 24.000,00 3,98%

130.02 Retribuciones Complementarias Carrera Profesional Laborales 48.000,00 48.000,00 0,00 0,00%

131 131.00 Personal Laboral eventual 66.000,00 362.000,00 296.000,00 448,48%

14 OTRO PERSONAL

143 143.00 Básicas Otro Personal 48.000,00 49.000,00 1.000,00 2,08%

143.01 Complementarias Otro Personal 46.000,00 46.000,00 0,00 0,00%

15 INCENTIVOS AL RENDIMIENTO

150 150.00 Incentivo de Productividad 387.000,00 422.000,00 35.000,00 9,04%

16 CUOTAS, PREST. Y GTOS SOCIALES CARGO EMPLEADOR

160 CUOTAS SOCIALES

160.00 Seguridad Social 1.345.000,00 1.535.000,00 190.000,00 14,13%

162 162.00 Gastos sociales funcionarios y personal no laboral 5.000,00 5.000,00 0,00 0,00%

(4)

TOTAL CAPÍTULO I 6.275.000,00 6.961.000,00 686.000,00 10,93%

FUN. CAP. ART. CONC. SUBCONC. TÍTULO PRESUPUESTO PROYECTO VARIACIÓN %

DEFINITIVO 2011 2012 2011 - 2012

2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

20 ARRENDAMIENTOS

202 Arrendamientos de edificios y otras construcciones 38.000,00 35.000,00 -3.000,00 -7,89%

21 REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN

212 212.00 Edificios y otras Construcciones 11.000,00 11.000,00 0,00 0,00%

215 215.00 Mobiliario y Enseres 6.000,00 6.000,00 0,00 0,00%

22 MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS

220 220.00 Material de Oficina Ordinario no Inventariable 135.000,00 150.000,00 15.000,00 11,11%

221 SUMINISTROS

221.00 Energía Eléctrica 70.000,00 85.000,00 15.000,00 21,43%

221.01 Agua 6.000,00 6.000,00 0,00 0,00%

221.03 Combustible y carburantes 8.000,00 0,00 -8.000,00 -100,00%

221.10 Productos de limpieza y aseo 4.000,00 2.000,00 -2.000,00 -50,00%

222 COMUNICACIONES

222.00 Telefónicas 65.000,00 0,00 -65.000,00 -100,00%

222.01 Postales 1.100.000,00 1.200.000,00 100.000,00 9,09%

224 224.00 Primas de Seguros 15.000,00 9.000,00 -6.000,00 -40,00%

225 225.00 Tributos de las Entidades Locales 2.000,00 2.000,00 0,00 0,00%

226 GASTOS DIVERSOS

226.02 Publicidad y propaganda 42.000,00 45.000,00 3.000,00 7,14%

226.04 Jurídicos 85.000,00 97.000,00 12.000,00 14,12%

226.06 Reuniones y conferencias 12.000,00 12.000,00 0,00 0,00%

227 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS

227.00 Limpieza y Aseo 90.000,00 142.000,00 52.000,00 57,78%

227.04 Custodia, depósito y almacenaje 12.000,00 12.000,00 0,00 0,00%

227.06 Estudios y trabajos técnicos 890.000,00 900.000,00 10.000,00 1,12%

23 INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO

(5)

230 230.20 Dietas del Personal no Directivo 44.000,00 44.000,00 0,00 0,00%

TOTAL CAPÍTULO II 2.635.000,00 2.758.000,00 123.000,00 4,67%

FUN. CAP. ART. CONC. SUBCONC. TÍTULO PRESUPUESTO PROYECTO VARIACIÓN %

DEFINITIVO 2011 2012 2011 - 2012

3 GASTOS FINANCIEROS

31 DE PRÉSTAMOS DEL INTERIOR

310 INTERESES

310.00 Intereses Cuenta Tesorería 22.000,00 22.000,00 0,00 0,00%

310.01 Intereses Préstamo Diversas Entidades 6.000,00 0,00 -6.000,00 -100,00%

34 DE DEPÓSITOS, FIANZAS Y OTROS

352 352.00 Intereses de Demora 11.000,00 11.000,00 0,00 0,00%

359 359.00 Otros Gastos Financieros 1.000,00 1.000,00 0,00 0,00%

TOTAL CAPÍTULO III 40.000,00 34.000,00 -6.000,00 -15,00%

FUN. CAP. ART. CONC. SUBCONC. TÍTULO PRESUPUESTO PROYECTO VARIACIÓN %

DEFINITIVO 2011 2012 2011 - 2012

6 INVERSIONES REALES

62 PARA FUNCIONAMIENTO OPERATIVO DE LOS SERVICIOS

625 625.00 Mobiliario y Enseres 110.000,00 30.000,00 -80.000,00 -72,73%

626 EQUIPOS PARA PROCESOS DE INFORMACIÓN

626.00 Equipos para procesos de información 90.000,00 30.000,00 -60.000,00 -66,67%

626.01 Equipos para procesos de información RD Ley 8/2010 92.000,00 0,00 -92.000,00 -100,00%

64 GASTOS EN INVERSIONES DE CARÁCTER INMATERIAL

ADQUISICIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS

641.00 Adquisición aplicaciones informáticas 70.000,00 260.000,00 190.000,00 271,43%

641.01 Adquisición aplicaciones informáticas RD Ley 8/2010 120.000,00 0,00 -120.000,00 -100,00%

(6)

TOTAL CAPÍTULO VI 482.000,00 320.000,00 -162.000,00 -33,61%

FUN. CAP. ART. CONC. SUBCONC. TÍTULO PRESUPUESTO PROYECTO VARIACIÓN %

33 DEFINITIVO 2011 2012 2011 - 2012

9 PASIVOS FINANCIEROS

91 AMORTIZAC. PRÉSTAMOS Y OPERACIONES EN EUROS

913 AMORTIZ. PREST. L/P ENTES FUERA SECTOR PÚBLICO

913.00 Amortizac. Préstamo l/p entes fuera sector público 40.000,00 0,00 -40.000,00 -100,00%

913.01 Amort. Préstamo l/p entes fuera sector público. RD Ley 8/2010 40.000,00 0,00 -40.000,00 -100,00%

TOTAL CAPÍTULO IX 80.000,00 0,00 -80.000,00 -100,00%

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 9.512.000,00 10.073.000,00 561.000,00 5,90%

Terminada la exposición, pide la palabra el consejero Don Francisco Javier Fragoso Martínez, quien hace constar que echa en falta el acompañamiento de la RPT, a lo que el Sr. Gerente responde que está a su disposición y cuya copia le será remitida.

Por último toma la palabra el Sr.Presidente, para manifiesta su felicitación a todo el personal del OAR por la buena gestión que han realizado en el ejercicio.

En consecuencia, sometido a votación, se aprueba por mayoría, absteniéndose los Consejeros miembros del Grupo

Popular, ordenando se de traslado del expediente al Pleno de la Corporación, para su tramitación subsiguiente.

(7)

PUNTO 3º: AUTORIZACIÓN, SI PROCEDE, DE LA OPERACIÓN DE TESORERÍA A ENTIDADES BANCARIAS PARA EL EJERCICIO 2012.-

Interviene el Sr. Tesorero del OAR, Don Benjamín Villarín Benito, quien expone a los asistentes que esta operación especial se viene efectuando todos los años con el exclusivo objeto de poder anticipar a los Ayuntamientos, que han delegado competencias al OAR, hasta el 75% de la presumible recaudación de sus tributos.

Así, se hace necesaria para el ejercicio 2012 la concertación de la mencionada Operación con entidades bancarias que sus sistemas informáticos se adapten a la normativa establecida por el Consejo Superior Bancario (cuaderno mod.60), por lo que formula propuesta de acuerdo consistente en:

1º Que se autorice la concertación de una operación de tesorería por un importe total de 15.000.000,00€, con destino a pagos de anticipos a cuenta de recaudación a los distintos Ayuntamientos y Entidades Locales cuya competencia recaudatoria esté delegada al Organismo Autónomo Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.

2º Que a tales efectos se recabe la preceptiva autorización del Pleno de la Excma. Diputación Provincial.

3º Que se invite para que formulen ofertas a las entidades bancarias con implantación en el territorio provincial, significándoles que la negociación de la póliza de crédito, y en consecuencia las ofertas, se produzcan según Euribor y sus variaciones a lo largo del ejercicio, en más menos estos precios del dinero.

Terminada la exposición, interviene el Sr.Presidente que hace referencia a los buenos resultados que ha dado durante el ejercicio 2011, el haber anticipado a nuestros entes delegantes, no sólo la recaudación en periodo voluntario, sino también en periodo ejecutivo, naturalmente con la prudencia y porcentaje que se acordó, hasta tal punto de que al día de la fecha todos los anticipos realizados sobre la recaudación ejecutiva están cancelados.

En consecuencia, propone al Consejo que el importe de la Operación de Tesorería a aprobar se incremente en 9.000.000,00€, que son las necesidades previstas y calculadas para poder anticipar, como en el presente ejercicio, sobre la recaudación ejecutiva.

Sometido a votación del Consejo se aprueba por unanimidad de sus

miembros asistentes, se acuerda dar traslado del presente al Pleno de la

Corporación para que autorice, si procede, la Operación de Tesorería para

Anticipos a Ayuntamientos por importe de 24.000.000,00€ y realizar la

tramitación subsiguiente

(8)

PUNTO 4º: APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CALENDARIO FISCAL DEL EJERCICIO 2012.-.

A continuación, se concede la palabra al Sr. Gerente del OAR, Don Manuel Cordero Castillo, quien da

cuenta a los asistentes del Calendario fiscal para el ejercicio 2012, quedando establecido que los

periodos para el cobro de los tributos de carácter periódico sean los que a continuación se relaciona:

(9)

PUNTO 5º: APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO DEL EJERCICIO 2012.-

Sigue en uso de la palabra el Gerente del OAR, que da cuenta del Informe elaborado por el Servicio de Recaudación e Inspección y del Plan de Inspección para el ejercicio 2012, que a continuación literalmente se transcribe:

Definición del plan de inspección tributario.

Periodificación y alcance:

El Plan de Inspección se va a desarrollar en un solo período, sujeto a la consecución de determinados objetivos y con un alcance material que se concreta seguidamente.

Previo a la definición de los objetivos y alcances debe señalarse que para el ejercicio 2011 el criterio de selección de los sujetos pasivos girará en torno a las siguientes figuras tributarias:

c

Impuesto sobre Actividades Económicas, con carácter preferente.

c

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras

c

Tasa por aprovechamiento especial del dominio público.

c

Otras tasas y contribuciones especiales.

No obstante, debe igualmente señalarse que la limitación del criterio de selección al ámbito de las figuras tributarias enumeradas no será óbice para que la Inspección, una vez seleccionados los sujetos pasivos, lleve a cabo la práctica de sus actividades con un alcance que abarque a la totalidad de los elementos inspeccionables tanto si tienen relación directa con los tributos citados como si hay que regularizar la situación tributaria de los inspeccionados en relación con otros tributos no incluidos en la anterior relación.

El plan de inspección tributario intentará compaginar las dos formas de inicio de las actuaciones inspectoras que se contemplan seguidamente de modo esquemático:

A) Inicio a instancia de parte.

A.1.- Colaboración con otras Entidades Públicas.

A.2.- Denuncias de particulares.

B) Inicio de oficio.

B.1.- Actuaciones parciales y/o generales, en función de los criterios y objetivos del presente plan.

Inicio a instancia de parte.

A.1. Como en años precedentes venimos a significar la importancia del papel que los Ayuntamientos pueden desempeñar en su colaboración con la Inspección, colaboración acorde con la defensa de los intereses que le son propios, tanto de índole económico como de índole puramente administrativo, en el sentido de facilitar que no se oriente la actuación de comprobación e investigación sobre aquellos contribuyentes que tienen regularizada su situación tributaria.

Siguiendo la línea de ejercicios pasados, el O.A.R. instará a los ediles, funcionarios y demás trabajadores de los ayuntamientos y/o de otras administraciones públicas para que pongan en nuestro conocimiento cuantas situaciones encuentren irregulares e incluso nos soliciten la realización de actuaciones concretas y puntuales de inspección.

En cualquier caso se valorará por la Inspección del O.A.R. la idoneidad de la actuación inspectora solicitada.

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A.2. En lo referente a las denuncias de particulares se seguirá atendiendo a todas aquellas que formalmente se presenten ante la Inspección, conforme a lo que al respecto disponen tanto la Ley General Tributaria como el Real Decreto 1065/2007 que reglamenta el procedimiento de inspección. Podrán archivarse sin más trámite las denuncias infundadas, así como aquellas que fundamenten la presunta infracción en meros juicios de valor o en las que no se especifiquen suficientemente los hechos denunciados de modo que la Inspección pueda juzgar respecto del fundamento y veracidad de los mismos, en aplicación de los preceptos legales antes citados.

Inicio de oficio.

La planificación de la actividad inspectora, en su impulso de oficio, se articulará conforme a los criterios que se especificarán para cada tributo contenido en este Plan.

OBJETIVO, CRITERIOS DE SELECCIÓN Y AMBITO DE APLICACIÓN DEL PLAN DE INSPECCIÓN 2011 1. Impuesto Actividades Económicas

Objetivos:

Instrucción de una cantidad de expedientes que supongan, como mínimo, un 10 % de los sujetos pasivos inspeccionables de cada uno de los municipios a inspeccionar, según las directrices contenidas en este Plan.

Instrucción de expedientes de inspección en municipios de todas las comarcas de la provincia.

Finalización y cierre de, al menos, el 85% de los expedientes que se instruyan en este período.

Apertura e instrucción de Expedientes Sancionadores en número que represente el 100% de los que presenten indicios de conducta sancionable descubiertos a través de la Inspección.

Actuaciones de carácter sectorial.

Comprobación de la situación tributaria de las Plantas solares fotovoltaicas y comercio en grandes superficies.

Especial interés en descubrir aquellos grupos de sociedades formados según el artículo 42 del Código de Comercio a efectos de obtener el importe neto de la cifra de negocios correcto para determinar la correspondiente cuota del Tributo.

Comprobaciones de Denuncias de particulares, y de la Policía Local.

Comprobaciones puntuales de altas en epígrafes que puedan ofrecer dudas en cuanto a la corrección de su clasificación, y que deban ser encuadrados en otros epígrafes.

Comprobaciones de las bajas presentadas en el tributo en el último ejercicio a efectos de contrastar el efectivo cese en la actividad.

Comprobación de la aplicación correcta de las exenciones por inicio de actividad, tras analizar los datos existentes en la A.E.A.T. en relación a las altas presentadas por dichos obligados tributarios en otros municipios.

Epígrafes relaciones con el comercio e industria china asentada en la provincia.

Actuaciones de carácter territorial.

Actuaciones en las siguientes comarcas: Campiña Sur, La Serena, La Siberia, Tierra de Barros, Llanos de Olivenza, Sierra Suroeste, Tentudia, Tierra de Badajoz- Los Baldios, Tierra de Barros, Tierra de Mérida-Vegas Bajas, Vegas Altas y Zafra - Río Bodión.

Especial atención al asentamiento del comercio e industria china en el polígono industrial de Badajoz.

En municipios en que se detecten posibles bolsas de fraude, la actuación inspectora se centrará en la regularización de dichas situaciones.

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Son criterios a tener en cuenta para la selección de los sujetos pasivos de las actuaciones anteriores: La importancia de la cifra del importe neto de negocio, el número y fecha de las declaraciones censales que nos aportará también indicios significativos de situaciones autoregularizadas por los propios sujetos pasivos entendiendo que aquellos que presenten un menor número de declaraciones (incluidas, en particular, las de modificación o alteración de datos económicos o de actividad) o que no presenten ninguno en un periodo dilatado de tiempo son, en apariencia, candidatos perfectos para inspeccionar.

Para el presente ejercicio, y una vez realizado el correspondiente análisis de la realidad Socio- Económica de la provincia, consideramos oportuno la investigación de las actividades que se relacionan en el apartado B.2., en función, como se ha dicho, del lugar de realización de las mismas.

Con respecto a las inspecciones en materia del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, se estará a lo siguiente:

No existe limitación funcional ni material de las liquidaciones a inspeccionar.

El procedimiento se ha estructurado de forma que el 100% de incidencias inspeccionables se detecten en vía de gestión.

De oficio de regularizarán todas las incidencias detectadas en vía de gestión.

No se diferenciarán liquidaciones por ningún motivo, naturaleza ni circunstancias análogas.

De oficio se incoarán las actuaciones sancionadoras que procedan. El proceso tenderá también a la automatización completa.

B.2. Selección de sujetos pasivos a inspeccionar según el criterio de la actividad económica ejercida. Se trata de un criterio que opera fundamentalmente sobre el Impuesto sobre Actividades Económicas. Dado el número y características de obligados al pago que han quedado tras la reforma del impuesto, seleccionar a los sujetos pasivos tomando como elemento central la actividad por la que debe tributar resulta un criterio acertado puesto que, entre otras cosas, nos permitirá centrarnos en sujetos pasivos con un potencial y solvencia económica considerable. Las actividades que tendrán la consideración de prevalentes a efectos de ser tenidas en cuenta como criterios de selección de sujetos pasivos de la inspección serán las que se exponen a continuación:

De la DIVISIÓN 1 de las vigentes Tarifas del I.A.E., aquellas actividades comprendidas en las agrupación 15. De la agrupación 15 serán inspeccionables todas las actividades que comprende con especial atención al epígrafe 151.1 “Producción de energía hidroeléctrica” y 1514 “Otras producciones de energia”.

De la DIVISIÓN 6 de las vigentes Tarifas del I.A.E., aquellas actividades comprendidas en la agrupaciones 65 y 68. De la agrupación 65 será inspeccionable únicamente el epígrafe 655.3 que incluido dentro de las actividades del Grupo 655, se denomina “Comercio al por menor de carburantes para el surtido de vehículos y aceites y grasas lubricantes”. De la agrupación 68 “Servicio de hospedaje” serán inspeccionables todas las actividades que se incluyen en los Grupos 681, 682, 683, 684, 685, 686 y 687.

Del resultado de correspondiente informe de inspección se realizarán inspecciones de los epígrafes que se correspondan con sectores donde, a pesar de crisis económica del país, se aprecien mantenimiento o incremento de su actividad.

Por último, y en lo que se refiere a las actuaciones conforme a los principios de eficacia y oportunidad, baste señalar que fuera de lo dispuesto en este Plan, la Inspección únicamente actuará conforme a los referidos criterios. Una actuación de acuerdo a los mismos hay que situarla dentro de un plano puramente subjetivo y requiere un análisis caso por caso donde prime la discrecionalidad del Actuario sobre las directrices contenidas en un Plan de Inspección. Principalmente se generarán cuando investigando algunas de las actividades de las contenidas en el Plan, aparezcan otras de distinto signo (no contempladas) que deban ser objeto de regularización para garantizar la eficacia de la labor del Organismo.

Además y dada la amplísima carga de trabajo que supone la inspección de todas las actividades que se enmarcan en los epígrafes, agrupaciones y/o grupos de las divisiones que se han indicado en el apartado B2, se propone la extensión de esas actividades como criterios de selección para la inspección del siguiente ejercicio junto con los que en su momento se acuerden en el Plan del año correspondiente.

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Recursos humanos

De conformidad con la legislación aplicable, de la que se ha hecho mención en la página segunda del presente Plan de Inspección, la inspección del O.A.R. hará constar la identificación de los funcionarios que llevan a cabo dichas tareas en tanto que deben cumplir el obligatorio requisito de tener atribuída en la Relación de Puestos de Trabajo las funciones de inspección de forma expresa e inequívoca. Estos funcionarios son los que se relacionan en Anexo al presente Plan.

Badajoz, 25 de octubre de 2.011.

EL JEFE DEL SERVICIO DE RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN, Fdo.-José Eduardo Píriz García.

VºBº

EL GERENTE DEL OAR, Fdo.: Manuel Cordero Castillo.

Sometido a votación se aprueba por unanimidad de los miembros asistentes.

PUNTO 6º: APROBACION, SI PROCEDE, DE DELEGACIONES DE FUNCIONES RECAUDATORIAS DE AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA AL OAR

Seguidamente por la Sra. Vicepresidenta, Doña María Luisa Murillo se da cuenta de las delegaciones de funciones recaudatorias efectuadas por Ayuntamientos de la Provincia al OAR y que a continuación se relacionan:

1. ALCONCHEL

El Pleno del Ayuntamiento, en fecha 25 de octubre de 2011, acordó delegar:

1º Tasa por recogida de basura domiciliaria.

Las funciones que, en relación a la gestión/recaudación de las tasas, se delegan son:

ü Concesión y denegación de exenciones y bonificaciones.

ü Realización de liquidaciones para determinar las deudas tributarias.

ü Elaboración y emisión de padrones y documentos cobratorios.

ü Práctica de notificaciones colectivas en valores-recibo y notificaciones individuales en las liquidaciones por ingreso directo.

ü Dictar la providencia de apremio.

ü Recaudación de las deudas, tanto en período voluntario como ejecutivo.

ü Liquidación de intereses de demora.

ü Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.

ü Resolución de los recursos que se interpongan contra los actos anteriores.

ü Realización de actuaciones de comprobación e investigación y practicar las liquidaciones tributaria que resulten.

ü Cualquier otro acto necesario para la efectividad de los anteriores.

(13)

2. FUENLABRADA DE LOS MONTES

El Pleno del Ayuntamiento, en fecha 29 de junio de 2010, acordó delegar:

1º Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Las funciones que, en relación a la gestión/recaudación de las tasas, se delegan son:

ü Concesión y denegación de beneficios fiscales.

ü Realización de las autoliquidaciones presentadas.

ü Realización de liquidaciones provisionales, complementarias y definitivas para determinar las deudas tributarias.

ü Expedición de documentos cobratorios.

ü Práctica de notificaciones de las liquidaciones.

ü Recaudación de las deudas en período voluntario y ejecutivo.

ü Liquidación de intereses de demora y recursos de extemporaneidad.

ü Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.

ü Calificación de las infracciones e imposición de sanciones tributarias.

ü Realización de actuaciones de comprobación e investigación en materia tributaria y práctica de las liquidaciones tributarias que resulten.

ü Resolución de los recursos que se interpongan contra los actos anteriores.

ü Actuaciones de información y asistencia a los contribuyentes.

ü Cualquier otro acto necesario para la efectividad de los anteriores.

3. E. L. M. GUADIANA DEL CAUDILLO

La Junta Vecinal, en fecha 29 de septiembre de 2011, acordó delegar:

1º Recogida de Residuos sólidos urbanos.

Las funciones que, en relación a la gestión/recaudación de las tasas, se delegan son:

ü Dictar la providencia de apremio.

ü Recaudación de las deudas, en período ejecutivo.

ü Liquidación de intereses de demora.

ü Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos en período ejecutivo.

ü Resolución de los recursos que se interpongan contra los actos anteriores.

ü Cualquier otro acto necesario para la efectividad de los anteriores.

2º Sanciones derivada del incumplimiento de la Ordenanza de Policía y Buen Gobierno.

Las funciones que, en relación a la gestión/recaudación de los ingresos, se delegan son:

ü Dictar la providencia de apremio.

ü Recaudación de las deudas en período ejecutivo.

ü Liquidación de intereses de demora.

ü Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos.

ü Resolución de los recursos que se interpongan contra los actos anteriores.

ü Realización de actuaciones de comprobación e investigación y practicar las liquidaciones tributaria que resulten.

ü Cualquier otro acto necesario para la efectividad de los anteriores.

En consecuencia, sometido a votación, se acuerda por unanimidad

aprobar las delegaciones de funciones recaudatorias, dando traslado al

Pleno de la Corporación, para su ratificación si procede.

(14)

Y así no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 11:00 horas, el Sr. Presidente levanta la sesión, de todo lo cual como Secretario DOY FE.

El Secretario del OAR

Fdo.:Carlos V.Barquero Fernández VºBº El Gerente

Fdo.: Manuel Cordero Castillo

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