POLÍTICA
AMBIENTAL
Y VIVIENDA
MARTIN BASSOLS COMA Catedrático emérito de Derecho Administrativo Presidente Asociación Española de Derecho
Urbanístico
ÍNDICE
INTRIDUCCIÓN
POLITICAS PÚBLICAS PARA UN MEDIO URBANO MÁS
SOSTENIBLE, EFICIENTE Y COMPETITIVO
FUNCIONES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
PARA INFORMACIONES AL SERVICIO DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA UN MEDIO AMBIENTE SOSTENIBLE (Disposición Adicional Primera).
ACTUACIONES SOBRE EL MEDIO URBANO.
DEBER DE CONSERVACION- SUJETOS OBLIGADOS A LA
INTRODUCCIÓN
Fuente Green Building Challenge y < Renaciomiento urbano> Publicado en EL PAIS. Propiedades 26 de enero de 2007
IMPACTO AMBIENTAL
CONSTRUCCIÓN
VIVIENDA
Ocupa una superficie de 500 m/2
Una vivienda colectiva
240.000kg
materiales
Consume de energía 152.778 Kwh
IMPACTO AMBIENTAL EN SU
VIDA ÚTIL (75 AÑOS)
Agua
180.675 litros /año
Energía
12.000 Kwh/año
Residuos
1.080 Kg/año
Emisiones CO²
1970 Kg /año
RECURSOS Y EMISIONES
GENERADOS DIARIMENTE POR UNA
CIUDAD DE 1 MILLÓN DE
HABITANTES
Combustibles sólidos
11.500 toneladas
Agua
320.000 toneladas
Alimentos
2.000 toneladas
Residuos
1.600 toneladas
CO²
25.000 toneladas
Aguas Residuales
300.000 toneladas
Significación de la vivienda desde la
perspectiva ambiental a efectos de
estudiar las aportaciones de la Ley 8/2013
de 26 de junio de Rehabilitación,
Regeneración y Renovación Urbana
POLITICAS PÚBLICAS
PARA UN MEDIO URBANO
MÁS SOSTENIBLE,
EFICIENTE Y
COMPETITIVO
PODERES PÚBLICOS
Formularán y desarrollarán en el MEDIO
URBANO las políticas de acuerdo principios de
SOSTENIBILIDAD
ECONÓMICA,
SOCIAL
Y
MEDIOAMBIENTAL, COHESIÓN TERRITORIAL,
EFICIENCIA
ENÉRGENICA
Y
COMPLEJIDAD
FUNCIONAL y en especial:
Uso residencial de viviendas habituales de forma
segura, saludable, accesibles, equipadas para eliminar/minimizar emisiones contaminantes, mejorar el consumo del agua y la energía y la gestión de residuos.
Integrar usos compatibles con la función residencial
contribuyendo al equilibrio de las ciudades y de los núcleos residenciales favoreciendo la aproximación de servicios, dotaciones y los equipamientos a la comunidad, así como la cohesión y la integración social.
Fomentar la protección de la atmósfera y tecnologías
limpias que reduzcan emisiones contaminantes y gases de efecto invernadero (construcción), uso de materiales reutilizables y reciclados que sean eficientes.
Priorizar las energías renovables frente a
energía fósil. Combatir la pobreza energética
con medidas de ahorro y eficiencia.
Uso racional del agua, fomentando la cultura de
eficiencia en el uso de los recursos hidráulicos
(ahorro y reutilización)
FUNCIONES DE LAS
ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS PARA
INFORMACIONES AL
SERVICIO DE POLÍTICAS
PÚBLICAS PARA UN MEDIO
AMBIENTE SOSTENIBLE
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Articulación de un sistema de información y
colaboración para criterios básicos que posibiliten un sistema informativo general e integrado de los siguientes instrumentos:
◦ Censos (construcciones, edificios, viviendas y locales desocupados y los precisados de mejora y rehabilitación).
◦ Mapas de ámbitos urbanos deteriorados, obsoletos, desfavorecidos o en dificultades, precisados de regeneración y renovación o rehabilitación.
◦ Sistema público general e integrado de información sobre suelo y urbanismo. De forma telemática se tendrá derecho a acceder a toda esa información de las distintas administraciones sobre la ordenación del territorio.
ACTUACIONES
SOBRE EL MEDIO
URBANO
REALIZACIÓN DE OBRAS
Obras de rehabilitación edificatoria
Situaciones de insuficiencia o degradación de requisitos básicos de funcionalidad, seguridad, habitabilidad de las edificaciones.
Obras de regeneración y renovación urbana
Afectando a edificios como tejidos urbanos, podrían sustituirse edificios ya demolidos (carácter integrador si incluye medidas sociales, ambientales y económicas enmarcadas en una estrategia administrativa global y unitaria).
DEBER DE
CONSERVACIÓN-SUJETOS OBLIGADOS A LA
REALIZACIÓN DE LAS OBRAS
DEBER DE CONSERVACION (ART 9
TRLS 2008 – NUEVA VERSION LEY
2013)
1.
Derecho de propiedad
(terrenos-instalaciones. Construcciones y
edificaciones)
Dedicarlos a usos compatibles con la ordenación
territorial y urbanística y conservación. Condiciones
legales
soporte a dicho uso (seguridad,
salubridad, accesibilidad universal y formato
legalmente exigible).
Obras
para
mejorar
calidad
y
sostenibilidad
alcanzar deber de conservación.
DEBER DE CONSERVACION (ART 9
TRLS 2008 – NUEVA VERSION LEY
2013)
Deber de conservación
Límite de las obras a ejecutar por propietarios o
impuestas por administración (motivos turísticos,
culturales o de mejora), se establece en la mitad del
valor actual de la construcción de un inmueble de
nueva planta equivalente al original en relación a
las características constructivas y de superficie útil
(cumpliendo
condiciones
habitabilidad
o
las
requeridas para su uso).
Cuando se supere dicho limite correrán a cargo de
los fondos de aquella administración (obras de
mejora).
DEBER DE CONSERVACION (ART 9
TRLS 2008 – NUEVA VERSION LEY
2013)
Deber de conservación en edificaciones.
Trabajos y obras (requisitos edificación, adaptación legal exigible). Las obras adicionales (calidad y sostenibilidad) de adecuación total o parcial de exigencias del código técnico de edificación.(fijar la administración de manera motivada el nivel de calidad a alcanzar).
Administración competente Capacidad imponer obras para cumplir con la conservación. El acto firme de aprobación de la orden de ejecución determinará la afección directa, real e inmediata por determinación del inmueble por determinación legal al cumplimiento de la obligación del deber de conservar.
2. Personas obligadas.
Propietarios y titulares de derechos de uso
otorgados por ellos.
Comunidades de Propietarios, Cooperativas de
Viviendas (elementos comunes de la construcción, edificio o complejo inmobiliario en régimen propiedad horizontal y condominios) sin perjuicio del deber de los propietarios sobre elementos privativos.
Administraciones Públicas (elementos propios de la
urbanización y no exista el deber legal de los propietarios de asumir su coste o éstas financien parte de la operación con fondos públicos).