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POLÍTICA AMBIENTAL Y VIVIENDA

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(1)

POLÍTICA

AMBIENTAL

Y VIVIENDA

MARTIN BASSOLS COMA Catedrático emérito de Derecho Administrativo Presidente Asociación Española de Derecho

Urbanístico

(2)

ÍNDICE

INTRIDUCCIÓN

 POLITICAS PÚBLICAS PARA UN MEDIO URBANO MÁS

SOSTENIBLE, EFICIENTE Y COMPETITIVO

FUNCIONES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

PARA INFORMACIONES AL SERVICIO DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA UN MEDIO AMBIENTE SOSTENIBLE (Disposición Adicional Primera).

 ACTUACIONES SOBRE EL MEDIO URBANO.

 DEBER DE CONSERVACION- SUJETOS OBLIGADOS A LA

(3)

INTRODUCCIÓN

Fuente Green Building Challenge y < Renaciomiento urbano> Publicado en EL PAIS. Propiedades 26 de enero de 2007

(4)

IMPACTO AMBIENTAL

CONSTRUCCIÓN

VIVIENDA

Ocupa una superficie de 500 m/2

Una vivienda colectiva

240.000kg

materiales

Consume de energía 152.778 Kwh

(5)

IMPACTO AMBIENTAL EN SU

VIDA ÚTIL (75 AÑOS)

Agua

180.675 litros /año

Energía

12.000 Kwh/año

Residuos

1.080 Kg/año

Emisiones CO²

1970 Kg /año

(6)

RECURSOS Y EMISIONES

GENERADOS DIARIMENTE POR UNA

CIUDAD DE 1 MILLÓN DE

HABITANTES

Combustibles sólidos

11.500 toneladas

Agua

320.000 toneladas

Alimentos

2.000 toneladas

Residuos

1.600 toneladas

CO²

25.000 toneladas

Aguas Residuales

300.000 toneladas

(7)

Significación de la vivienda desde la

perspectiva ambiental a efectos de

estudiar las aportaciones de la Ley 8/2013

de 26 de junio de Rehabilitación,

Regeneración y Renovación Urbana

(8)

POLITICAS PÚBLICAS

PARA UN MEDIO URBANO

MÁS SOSTENIBLE,

EFICIENTE Y

COMPETITIVO

(9)

PODERES PÚBLICOS

Formularán y desarrollarán en el MEDIO

URBANO las políticas de acuerdo principios de

SOSTENIBILIDAD

ECONÓMICA,

SOCIAL

Y

MEDIOAMBIENTAL, COHESIÓN TERRITORIAL,

EFICIENCIA

ENÉRGENICA

Y

COMPLEJIDAD

FUNCIONAL y en especial:

(10)

 Uso residencial de viviendas habituales de forma

segura, saludable, accesibles, equipadas para eliminar/minimizar emisiones contaminantes, mejorar el consumo del agua y la energía y la gestión de residuos.

 Integrar usos compatibles con la función residencial

contribuyendo al equilibrio de las ciudades y de los núcleos residenciales favoreciendo la aproximación de servicios, dotaciones y los equipamientos a la comunidad, así como la cohesión y la integración social.

 Fomentar la protección de la atmósfera y tecnologías

limpias que reduzcan emisiones contaminantes y gases de efecto invernadero (construcción), uso de materiales reutilizables y reciclados que sean eficientes.

(11)

Priorizar las energías renovables frente a

energía fósil. Combatir la pobreza energética

con medidas de ahorro y eficiencia.

Uso racional del agua, fomentando la cultura de

eficiencia en el uso de los recursos hidráulicos

(ahorro y reutilización)

(12)

FUNCIONES DE LAS

ADMINISTRACIONES

PÚBLICAS PARA

INFORMACIONES AL

SERVICIO DE POLÍTICAS

PÚBLICAS PARA UN MEDIO

AMBIENTE SOSTENIBLE

(13)

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Articulación de un sistema de información y

colaboración para criterios básicos que posibiliten un sistema informativo general e integrado de los siguientes instrumentos:

◦ Censos (construcciones, edificios, viviendas y locales desocupados y los precisados de mejora y rehabilitación).

◦ Mapas de ámbitos urbanos deteriorados, obsoletos, desfavorecidos o en dificultades, precisados de regeneración y renovación o rehabilitación.

◦ Sistema público general e integrado de información sobre suelo y urbanismo. De forma telemática se tendrá derecho a acceder a toda esa información de las distintas administraciones sobre la ordenación del territorio.

(14)

ACTUACIONES

SOBRE EL MEDIO

URBANO

(15)

REALIZACIÓN DE OBRAS

Obras de rehabilitación edificatoria

Situaciones de insuficiencia o degradación de requisitos básicos de funcionalidad, seguridad, habitabilidad de las edificaciones.

Obras de regeneración y renovación urbana

Afectando a edificios como tejidos urbanos, podrían sustituirse edificios ya demolidos (carácter integrador si incluye medidas sociales, ambientales y económicas enmarcadas en una estrategia administrativa global y unitaria).

(16)

DEBER DE

CONSERVACIÓN-SUJETOS OBLIGADOS A LA

REALIZACIÓN DE LAS OBRAS

(17)

DEBER DE CONSERVACION (ART 9

TRLS 2008 – NUEVA VERSION LEY

2013)

1.

Derecho de propiedad

(terrenos-instalaciones. Construcciones y

edificaciones)

Dedicarlos a usos compatibles con la ordenación

territorial y urbanística y conservación. Condiciones

legales

soporte a dicho uso (seguridad,

salubridad, accesibilidad universal y formato

legalmente exigible).

Obras

para

mejorar

calidad

y

sostenibilidad

alcanzar deber de conservación.

(18)

DEBER DE CONSERVACION (ART 9

TRLS 2008 – NUEVA VERSION LEY

2013)

Deber de conservación

Límite de las obras a ejecutar por propietarios o

impuestas por administración (motivos turísticos,

culturales o de mejora), se establece en la mitad del

valor actual de la construcción de un inmueble de

nueva planta equivalente al original en relación a

las características constructivas y de superficie útil

(cumpliendo

condiciones

habitabilidad

o

las

requeridas para su uso).

Cuando se supere dicho limite correrán a cargo de

los fondos de aquella administración (obras de

mejora).

(19)

DEBER DE CONSERVACION (ART 9

TRLS 2008 – NUEVA VERSION LEY

2013)

Deber de conservación en edificaciones.

Trabajos y obras (requisitos edificación, adaptación legal exigible). Las obras adicionales (calidad y sostenibilidad) de adecuación total o parcial de exigencias del código técnico de edificación.(fijar la administración de manera motivada el nivel de calidad a alcanzar).

Administración competente  Capacidad imponer obras para cumplir con la conservación. El acto firme de aprobación de la orden de ejecución determinará la afección directa, real e inmediata por determinación del inmueble por determinación legal al cumplimiento de la obligación del deber de conservar.

(20)

2. Personas obligadas.

Propietarios y titulares de derechos de uso

otorgados por ellos.

Comunidades de Propietarios, Cooperativas de

Viviendas (elementos comunes de la construcción, edificio o complejo inmobiliario en régimen propiedad horizontal y condominios) sin perjuicio del deber de los propietarios sobre elementos privativos.

Administraciones Públicas (elementos propios de la

urbanización y no exista el deber legal de los propietarios de asumir su coste o éstas financien parte de la operación con fondos públicos).

DEBER DE CONSERVACION (ART 9

TRLS 2008 – NUEVA VERSION LEY

2013)

(21)

INSTRUMENTOS

BÁSICOS

(22)

INSTRUMENTOS BÁSICOS

1.

INFORME

DE

EVALUACION DE

LOS EDIFICIOS

2.

MEMORIA

DE

VIABILIDAD

ECONOMICA

(23)

MUCHAS GRACIAS POR

SU ATENCIÓN

Referencias

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