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Tema 7 del programa CX/NFSDU 13/35/8
PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS
COMITÉ DEL CODEX SOBRE NUTRICIÓN Y ALIMENTOS PARA REGÍMENES ESPECIALES Trigésima quinta reunión
Bad Soden am Taunus (Alemania) 4-8 de noviembre de 2013
ANTEPROYECTO DE REVISIÓN DE LA LISTA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS (Preparado por Suiza)
Antecedentes
En la 34.a reunión del Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales (CCNFSDU), la delegación de Suiza presentó un Anteproyecto de revisión de la lista de aditivos alimentarios (CX/NFSDU 12/34/12), redactado conforme a la propuesta realizada en la 33.a reunión del CCNFSDU. En su 43.a reunión, el CCFA examinó el Documento de debate sobre disposiciones sobre aditivos alimentarios en la Norma para preparados para lactantes y preparados para usos medicinales especiales destinados a los lactantes (CX/FA 11/43/5), y recomendó el procedimiento a seguir para las disposiciones de la lista de aditivos alimentarios (párr. 44 de REP11/FA). Después de que el CCNFSDU aceptara incluir en la lista de aditivos las sales del ácido cítrico y fosfórico, que pueden considerarse constituyentes fisiológicos del cuerpo, y en vista de que los citratos sódicos (331i, 331iii) y los citratos potásicos (332i, 332ii) ya estaban incluidos en la sección de aditivos de la Norma, el Comité acordó remitir al CCFA las disposiciones sobre aditivos alimentarios considerados constituyentes fisiológicos del cuerpo (números del SIN: 339i, 339ii, 339iii, 340i, 340ii y 340iii) para su aprobación. En la 44.a reunión del CCFA se aprobó la lista de aditivos propuesta por el CCNFSDU (Apéndice IV de REP12/FA).
Al objeto de descubrir cuáles de los aditivos alimentarios propuestos estaban justificados desde el punto de vista tecnológico, Suiza solicitó al sector (International Special Dietary Foods Industries, o ISDI) que aclarara cuáles de los aditivos alimentarios adicionales resultaban verdaderamente necesarios y que proporcionara información sobre su uso para la elaboración de preparados para lactantes. A continuación, revisó el Anteproyecto de lista de aditivos alimentarios de la Norma para preparados para lactantes y preparados para usos medicinales especiales destinados a los lactantes siguiendo la información detallada proporcionada por las ISDI, e introdujo tres columnas (status JECFA, observaciones y aprobación) en el cuadro de aditivos alimentarios, incorporando la información adicional incluida en el documento CX/NFSDU 12/34/12. El Anteproyecto de revisión de la lista de aditivos alimentarios en los preparados para lactantes también se incluye como Apéndice 1 del presente documento.
2 1. Eliminar los siguientes aditivos alimentarios de la lista:
Sección A (preparados para lactantes): Espesantes: número del SIN 414
Emulsionantes: números del SIN 472a y 473
Reguladores del pH: número del SIN 338
Antioxidantes: números del SIN 306, 308 y 309
Sección B (preparados para lactantes como alimentos para usos medicinales especiales): Espesantes: números del SIN 401, 405, 412, 466 y 414
Emulsionantes: número del SIN 471
2. Solicitar al JECFA que evalúe los siguientes aditivos alimentarios:
Sección A (preparados para lactantes): Espesantes: número del SIN 415
Emulsionantes: números del SIN 472c y 472e
Sección B: (preparados para lactantes como alimentos para usos medicinales especiales): Espesantes: números del SIN 410, 415, 440 y 1450
Emulsionantes: número del SIN 472c Solicitud de observaciones
Se insta a los miembros y observadores del Codex a que envíen sus observaciones sobre el Anteproyecto de revisión de la lista de aditivos alimentarios (Apéndice I), así como sobre la propuesta anterior. Las observaciones deben enviarse a las direcciones de correo electrónico [email protected] y
[email protected], con copia a [email protected] y [email protected], siendo el plazo límite para el envío el 30 de septiembre de 2013. El Anteproyecto de revisión de la lista de aditivos alimentarios, junto con las observaciones remitidas, se examinarán en la 35.a reunión del CCNFSDU, que tendrá lugar en Bad Soden am Taunus (Alemania) del 4 al 8 de noviembre de 2013.
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APÉNDICE 1 ADITIVOS ALIMENTARIOS (PREPARADOS PARA LACTANTES)
Solicitud de aditivos alimentarios adicionales para su uso en preparados para lactantes (sección A) y preparados para lactantes como alimentos para usos medicinales especiales (sección B)
Sección A (preparados para lactantes): N.º del
SIN
Aditivo Dosis máxima en 100 ml del producto listo para el consumo4
Justificación tecnológica
Status JECFA Observaciones Aprobado en
Espesantes
415 Goma xantán BPF Mantiene la
homogeneidad
30.o JECFA (1986): IDA N.E.; no se mencionan los lactantes < 12 semanas Base de datos toxicológica: estudio de reproducción que abarcó tres generaciones sin detectar efectos adversos achacables a la goma xantán
Pendiente de reevaluación por el JECFA
Fecha de comercialización: anterior a 1998
UE (28 países, 1,2 g/l en AUME)
EE. UU. (GRAS* para
alimentos en general) 414 Goma arábiga (goma de acacia) BPF Mantiene la homogeneidad
- ISDI: puede eliminarse
Eliminación no extensible al uso del SIN 414 como sustancia inerte portadora de preparados nutricionales, tal como se autoriza en CAC/GL 10-1979
4 N.º del
SIN
Aditivo Dosis máxima en 100 ml del producto listo para el consumo4
Justificación tecnológica
Status JECFA Observaciones Aprobado en
472c Ésteres ácidos cítricos y grasos de glicerol* 0,75 g en preparados en polvo1 0,9 g en los preparados líquidos2 que contienen proteínas o aminoácidos hidrolizados Mantiene la homogeneidad 17.o JECFA (1973): IDA N. E. (no limitada); no se mencionan los lactantes < 12 semanas
Pendiente de reevaluación por el JECFA
Fecha de comercialización: anterior a 1995
Australia, Canadá, China, UE (28 países), Malasia, Nueva Zelanda, EE. UU. (GRAS para alimentos en general) 473 Ésteres de sacarosa de ácidos grasos* 12 mg en los preparados3 que contienen proteínas o aminoácidos hidrolizados Mantiene la homogeneidad 49.o JECFA (1997): IDA especificada en 0-30 mg/kg de peso corporal; no se mencionan los lactantes < 12 semanas
Pendiente de reevaluación por el JECFA Fecha de comercialización: anterior a 1995 Japón, UE (28 países) 472e Ésteres diacetiltartári cos y de ácidos grasos de glicerol BPF (China) 0,5 g Mantiene la homogeneidad 61.o JECFA (2003): IDA especificada en 0-50 mg/kg de peso corporal; no se mencionan los lactantes < 12 semanas
Pendiente de reevaluación por el JECFA
Fecha de comercialización: 1998
Australia, Nueva Zelanda,
EE. UU. (GRAS para
alimentos en general) 472a Ésteres de ácidos acéticos y grasos de glicerol
BPF (EE. UU.) 17.o JECFA (1973):
IDA N. E. (no limitada); no se mencionan los lactantes < 12 semanas
No respaldado por las ISDI: puede eliminarse
-
Reguladores del pH
1
Si se añade más de una de las sustancias SIN 472c y 473, la dosis máxima para cada una de ellas descenderá en proporción al nivel presente de la otra sustancia. 2
Si se añade más de una de las sustancias SIN 472c y 473, la dosis máxima para cada una de ellas descenderá en proporción al nivel presente de la otra sustancia. 3
5 N.º del
SIN
Aditivo Dosis máxima en 100 ml del producto listo para el consumo4
Justificación tecnológica
Status JECFA Observaciones Aprobado en
338 Ácido
fosfórico
0,1 g expresados como P2O5, solo o en
combinación y dentro de los límites para el sodio, el potasio y el fósforo de la sección 3.1.3 (e) en
todos los tipos de
preparados para lactantes
15.o JECFA (1971): compuesto químico adecuado para alimentos para bebés (no especificados); atención a la proporción Ca:P
MTDI: 70 mg/kg de peso corporal como P (combinado para todas las fuentes de P)
No respaldado por las ISDI: puede eliminarse
-
Antioxidantes
306 Concentrado
de vitamina E 1 mg en todos los tipos de preparados para lactantes, solos o combinados
Protege de la oxidación
Es equivalente a la
especificación SIN 307b del JECFA, por lo que SIN 306 puede eliminarse
309
Gama-tocoferol
1 mg en todos los tipos de preparados para lactantes, solos o combinados
Protege de la oxidación
No se utiliza en preparados para lactantes, por lo que puede eliminarse
308
Delta-tocoferol
1 mg en todos los tipos de preparados para lactantes, solos o combinados
Protege de la oxidación
No se utiliza en preparados para lactantes, por lo que puede eliminarse
Sección B (preparados para lactantes como alimentos para usos medicinales especiales): N.º
del SIN
Sustancia Dosis máxima en 100 ml del producto listo para el consumo4
Justificación tecnológica
Status JECFA Observaciones Aprobado en
Espesantes
401 Alginato de sodio 100 mg Mantiene la
homogeneidad
No respaldado por las ISDI: puede eliminarse
4
6
405 Alginato de propano-1,2-diol
20 mg Mantiene la
homogeneidad
No respaldado por las ISDI: puede eliminarse 410 Goma de semillas de algarrobo (goma garrofin) 0.5 g Mantiene la homogeneidad Pendiente de reevaluación por el JECFA
412 Goma guar 1 g Mantiene la
homogeneidad
No respaldado por las ISDI: puede eliminarse
414 Goma arábiga (goma
de acacia)
BPF Mantiene la
homogeneidad
No respaldado por las ISDI:
puede eliminarse.
Eliminación no extensible al
uso del SIN 414 como
sustancia inerte portadora de preparados nutricionales, tal como se autoriza en CAC/GL 10-1979
415 Goma xantán 0.12 g Mantiene la
homogeneidad 30.o JECFA (1986), no especificado Pendiente de reevaluación por el JECFA Fecha de comercialización: 1998 UE (1,2 g/l en AUME),
EE. UU. (GRAS para
alimentos en general) 440 Pectinas 1 g Mantiene la homogeneidad 25.o JECFA (1981), no especificado Pendiente de reevaluación por el JECFA Fecha de comercialización: 2007 Brasil, UE (28 países, en AUME), Indonesia,
EE. UU. (GRAS para
alimentos en general) 466 Carboximetilcelulosa
sódica
1 g Mantiene la
homogeneidad
No respaldado por las ISDI: puede eliminarse 1450 Octenil succinato sódico de almidón 2 g Mantiene la homogeneidad. 26.o JECFA (1982), no especificado Pendiente de reevaluación por el JECFA Fecha de comercialización: 1986 UE (20 g/l en AUME), EE. UU. (exención para hidrolizados de proteínas
en preparados para
lactantes)
Emulsionantes5
471 Monoglicéridos y 0.5 g Mantiene la No respaldado por las ISDI:
5
Si los emulsionantes se usan en combinación, los niveles combinados deben mantenerse dentro de los niveles estipulados en la lista y ser reducidos proporcionalmente, existiendo en la cantidad mínima necesaria para obtener el efecto tecnológico deseado.
7
diglicéridos homogeneidad puede eliminarse
472c Ésteres cítricos y de ácidos grasos del glicerol 0,75 g en preparados en polvo 0,9 g en los preparados líquidos que contienen proteínas, péptidos o aminoácidos parcialmente hidrolizados Mantiene la homogeneidad 17.o JECFA (1973), sin límites Pendiente de reevaluación por el JECFA Fecha de comercialización: anterior a 1995
Australia, Canadá, China, UE (28 países), Malasia, Nueva Zelanda, EE. UU. (GRAS para alimentos en general) 473 Ésteres de sacarosa de ácidos grasos 12 mg en preparados que contienen proteínas, péptidos o aminoácidos hidrolizados Mantiene la homogeneidad 49.o JECFA (1997): IDA especificada en 0-30 mg/kg de peso corporal; no se mencionan los lactantes < 12 semanas Pendiente de reevaluación por el JECFA Fecha de comercialización: anterior a 1995 Japón, UE (28 países)